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Academia Auxiliar de Biblioteca Normalización bibliotecaria Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. Centro de Formación / www....

Academia Auxiliar de Biblioteca Normalización bibliotecaria Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 1. ¿Qué es la Normalización? Para González de Guzmán, Normalizar es: codificar un procedimiento para resolver un problema que se repite con frecuencia, ordenando sus datos con un criterio unificado y lógico garantizando la solución. AENOR (Asociación Española de Normalización) lo define como: un documento que simplifica específica, y unifica un material, un producto, un ensayo, una unidad, una terminología. La RAE (Real Academia de la Lengua Española) también hace lo propio: Normalizar es Regularizar o poner en orden lo que no lo estaba. Podemos concluir que Normalizar no es sino dotar de una estructura organizada de criterios lógicos a un desorden anterior en una materia. Casi todos los autores, eso sí, están de acuerdo en que para que exista normalización, tiene que haber una base científica seria y consolidada y unas experiencias previas y unos resultados comprobados. Veamos este breve resumen bastante bien explicado: La normalización o estandarización es la redacción y aprobación de normas que se establecen para garantizar el acoplamiento de elementos construidos independientemente, así como garantizar el repuesto en caso de ser necesario, garantizar la calidad de los elementos fabricados y la seguridad de funcionamiento. La normalización es el proceso de elaboración, aplicación y mejora de las normas que se aplican a distintas actividades científicas, industriales o económicas con el fin de ordenarlas y mejorarlas. La asociación estadounidense para pruebas de materiales (ASTM), define la normalización como el proceso de formular y aplicar reglas para una aproximación ordenada a una actividad específica para el beneficio y con la cooperación de todos los involucrados. Según la ISO (International Organization for Standarization) la Normalización es la actividad que tiene por objeto establecer, ante problemas reales o potenciales, disposiciones destinadas a usos comunes y repetidos, con el fin de obtener un nivel de ordenamiento óptimo en un contexto dado, que puede ser tecnológico, político o económico. La normalización persigue fundamentalmente tres objetivos: Simplificación: Se trata de reducir los modelos quedándose únicamente con los más necesarios. Unificación: Para permitir la intercambiabilidad a nivel internacional. Especificación: Se persigue evitar errores de identificación creando un lenguaje claro y preciso. Las elevadas sumas de dinero que los países desarrollados invierten en los organismos normalizadores, tanto nacionales como internacionales, es una prueba de la importancia que se da a la normalización 2 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En materia de documentación, que es la que a nosotros nos interesa, ha habido un gran esfuerzo normalizador, para no caer en el caos y, como decimos, para regular una ingente cantidad de información y aspectos que estaban sin regular. Y esta normalización se ha dado sobre todo en los aspectos formales más que en los aspectos de contenido. Así, por ejemplo, la descripción bibliográfica y la catalogación están totalmente normalizadas a través de dos normas que ya hemos nombrado en temas anteriores y que son las AACR2 y las ISBD. Para Chaumier, la Normalización debe afectar a tres momentos o fases de la cadena documental: Al momento de la selección documental Al momento del tratamiento documental Al momento de la difusión documental 2.La Descripción bibliográfica normalizada. Historia de la ISBD El CBU (Control bibliográfico Universal) de la IFLA llevaba tiempo con la megalómana idea de construir un control bibliográfico tal que hubiera una unificación a la hora de catalogar y describir las publicaciones. En 1961 se celebra en París la Conferencia Internacional sobre Principios de Catalogación en la que se intenta llegar a acuerdo sobre cuestiones como cómo encabezar, elección de puntos de acceso, ordenamiento...Después tiene lugar otro encuentro, la Primera Reunión Internacional de Expertos en Catalogación, celebrada en 1969 en Copenhague, donde ya se habla más seriamente de establecer normas o reglas para realizar la descripción de documentos a escala internacional. Consecuencia de esta reunión nace la edición preliminar de las ISBD para Monografías en 1971: ISBD (M). ISBD (M): Descripción bibliográfica internacional normalizada para publicaciones monográficas Traducción y ejemplos de Pilar Benedito Castellote, M.ª Dolores del Castillo Cuervo-Arango y Amelia López Rodríguez 3 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El objetivo principal de las normas ISBD es hacer comunicable la información bibliográfica y para ello cuenta con tres funciones: a) Hacer intercambiables los asientos que proceden de distintas fuentes b) Facilitar la interpretación de estos asientos, aún siendo de distintas lenguas c) Facilitar la conversión de los asientos a un formato legible por ordenador En España la primera edición revisada de las ISBD para monografías ISBD (M) es de 1978. Pero la primera edición de las Reglas de Catalogación es de 1985; hasta entonces, la descripción de asientos se hacía en función de la siguiente normativa: Instrucción para la redacción de los catálogos en las bibliotecas públicas del estado (1902) AACR2 (Angloamerican Cataloguing Rules en su versión segunda) La primera edición de las Reglas de Catalogación Españolas fue creada por una comisión nombrada por Orden Ministerial de 30 de junio de 1980 y ésta elaboró las Reglas en 1985 en 2 volúmenes. El Primer volumen dedicado a la descripción bibliográfica general, descripción de monografías, publicaciones seriadas, elección de puntos de acceso, formas de encabezamiento, catalogación analítica, referencias y ordenación de los asientos, y el segundo volumen dedicado a la descripción de otra clase de materiales. En 1995 se editan de nuevo las reglas en una edición refundida y revisada en un solo volumen. Y en 1999 se edita la edición actual, revisada y en formato digital con mayor navegabilidad. 4 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En 1977 se publicaron las ISBD para todo tipo de materiales ISBD (G); y a continuación se fueron publicando las ISBD para cada uno de los diferentes materiales: ISBD (S): Para publicaciones seriadas ISBD (CM): Para material cartográfico ISBD (NBM): Para material no librario ISBD (PM): Para música impresa ISBD (A): Para publicaciones monográficas antiguas ISBD (CP): Para partes de obras ISBD (CF) Para archivos legibles por ordenador Actualmente, con objeto de unificar la descripción bibliográfica de todas las ISBD, la IFLA ha publicado la ISBD consolidada, que es la que se usa actualmente en España (se está empezando a adoptar) para la descripción bibliográfica y que unifica todas las ISBD, aunque sólo es usada para la Descripción Bibliográfica. Ya hay una versión primera de estas ISBD publicada por la IFLA. Lo hemos visto con más detalle en el tema del análisis formal anteriormente. La ISBD Consolidada ha sido actualizada y traducida de nuevo al español, con algunos cambios necesarios, en 2021. En 2023, El ISBD Review Group ha anunciado la disponibilidad de la traducción al español de la Actualización 2021 de la Edición Consolidada de 2011 de la norma ISBD (Descripción Bibliográfica Internacional Normalizada). Esta traducción es la primera en ofrecerse para la Actualización 2021 de ISBD, que se publicó en 2022. El equipo de la Biblioteca Nacional de España fue responsable de realizar la traducción bajo la supervisión y guía de Elena Escolano Rodríguez. 5 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 3.La norma ISO 2709 La norma ISO 2709 es una norma muy importante en materia de documentación dictada por la ISO, referente a la descripción bibliográfica por medios informáticos y que sirve de base al resto de normas en esta materia. Esta norma especifica los elementos requeridos para un formato de intercambio, aunque no especifica el tamaño del registro, ni el contenido de los campos. Esta norma, junto con la norma americana ANSI Z39.2-1979 han servido de base para la creación y formación del Formato MARC (descripción bibliográfica por ordenador). La ISO 2709 expone los objetivos y su campo de aplicación, así como sus elementos, y, además, la estructura de cada registro, que se compone de 4 partes: o Cabecera o Directorio o Zona de datos o Separador de registros La cabecera es un campo de longitud fija; el directorio es variable; y la zona de datos son campos de longitud variable. La cabecera o guía tiene una longitud de 24 caracteres y los parámetros necesarios para el proceso de catalogación en el tratamiento informático del registro. De toda la información que contiene esta zona, el documentalista sólo se ocupará de lo referente al Estado del registro, y la información restante corresponderá al programa informático. El directorio que contiene tantos elementos como campos tenga el registro realiza una función de índice contiene tantos elementos como campos tenga el registro realiza una función de índice del registro para facilitar la recuperación de la información. 6 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Cada elemento del directorio lo componen 3 unidades: Etiquetas Longitud de campo Dirección de campo La zona de datos está situada a continuación del directorio y separada de él por un separador de campos y contiene información bibliográfica codificada textual. Esta información se divide en campos y cada uno de ellos va precedido de una etiqueta. Estos campos en la zona de datos se dividen en: Campos de identificación (etiqueta 001): datos que proporciona la agencia u organismo que creó el registro; Campos reservados (002 a 009 y 00A a 00Z) incluyen parámetros que pueden ser necesarios para el tratamiento informático del registro); campos bibliográficos (010 a999 y 0AA a ZZZ) datos del asiento catalográfico tradicional. Si la normalización es imprescindible en cualquier campo, todavía más en un proceso de automatización, el cual implica la elección de un formato capaz de soportar información de distintas clases y la adaptación de los distintos centros y también de diferentes países. 4.El ISBN y la Agencia Española del ISBN El ISBN (Internacional Standard Book Number) es un número que se asigna a los libros y que hace las veces de DNI en las personas. Es un número unívoco e irrepetible de identificación de los libros, como decimos, para que estos tengan identidad propia unos frente a otros y se eviten confusiones por semejanzas de títulos, autores, etc.… y además se consigue una normalización muy deseada y efectiva. No obstante, aunque es un número normalizado para libros, es obligatorio también para otros materiales publicados, que ya veremos más adelante en este epígrafe. 7 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En 1972 se publica la norma ISO 2108 que establece el concepto de ISBN: coordinar y homologar internacionalmente la utilización de un sistema de numeración de libros, de forma que un ISBN específico, identifique un título o la edición de un libro de una editorial concreta que sea exclusivo para ese título o edición. Existe una Agencia internacional del ISBN que tiene por objeto crear y coordinar las agencias nacionales, la supervisión del sistema, etc.…. La solicitud de ingreso en esta red puede partir de organismos oficiales, o bien de los propios editores, actualmente hay más de 100 países en el mundo que utilizan el ISBN. Es tan importante que está incluido en programas de tanta envergadura como el CBU de la IFLA. Agencia ISBN y Base de datos de libros editados en España Estructura del ISBN El número ISBN, hasta enero de 2007, estaba formado por las siglas ISBN y diez dígitos. Los diez dígitos se dividían en cuatro grupos separados por guiones. Pero a partir de enero de 2007 ha habido un cambio. Veamos cómo se estructuraba el ISBN hasta esta fecha y los cambios sufridos a partir de enero de 2007 hasta el momento actual: 8 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Ejemplo de ISBN español de 10 y 13 dígitos. Hasta enero de 2007 País de la editorial. Asignado por la agencia internacional. Es inversamente proporcional a la producción editorial de ese país. España tiene el 84. Cuanta más producción, menos dígitos. Prefijo editorial. Identifica a una editorial concreta y será el mismo número para todas las publicaciones de esa editorial. Al igual que el primer grupo de números relativo al país, es inversamente proporcional a la cantidad de producción. Identificador del título. Su longitud depende de los dos grupos anteriores. Dígito de comprobación. Es sólo un dígito y garantiza la correcta utilización del ISBN. Ejemplo hasta enero 2007: ISBN: 84-665-1199-7 Cambios a partir de enero de 2007 A partir de enero de 2007, el ISBN pasó de tener 10 dígitos a tener 13 dígitos. ¿Por qué se revisa el sistema ISBN? Por las siguientes razones: Para aumentar la capacidad del sistema ISBN Para alcanzar la compatibilidad total del sistema ISBN con el código EAN-13 Para especificar los metadatos asociados con la asignación de los ISBN y el método de asociación Para decidir si, y de qué manera, se asigna un ISBN a ciertos tipos de publicaciones Para especificar la autoridad que puede asignar ISBN y la administración del sistema ISBN ¿Qué es lo que cambia después de esta revisión? El ISBN pasa de tener de 10 dígitos a 13 dígitos Los ISBN existentes pasarán a ser precedidos por el número 978 y el dígito de control será recalculado El ISBN será idéntico al Bookland/ISBN que utiliza el código de barras EAN-13 Cuando la capacidad del actual ISBN se agote, se introducirá el prefijo 979 y se comenzará la distribución del nuevo cupo de números ISBN. Ambos grupos coexistirán en España durante bastante tiempo. Ejemplo desde enero 2007: ISBN: 978 84-665-1199-7 9 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En España ya no es obligatoria la asignación del ISBN. Es necesario apuntar algunas matizaciones que pueden llevar a confusión a la hora de asignar el número ISBN: Las reimpresiones sin cambios importantes no llevarán un nuevo ISBN. Una misma obra editada en distinto formato o encuadernación lleva distinto ISBN. Las obras en más de un volumen llevarán un ISBN de la obra completa y un ISBN para cada volumen. Ejemplo de ISBN de España 5.Novedades ISBN El ISBN NO es obligatorio El Real Decreto 2063/2008 del Ministerio de Cultura sobre el ISBN, publicado en el BOE número 10, del 12 de enero de 2009, en su “Disposición derogatoria única a)”, deroga la obligatoriedad de consignar el ISBN en las publicaciones, fijada por Decreto 2984/1972. Por tanto, no hay ninguna obligación de solicitar un ISBN para obtener el Depósito Legal ni mucho menos para publicar un libro. ¿Supone el ISBN un marchamo de calidad? No. La Agencia del ISBN no tiene como misión valorar la calidad de las publicaciones para las que se solicita un ISBN. La Agencia no tiene acceso a las publicaciones, sino a los datos que sobre ellas les envían los editores. El único control de la Agencia se efectúa sobre la pertinencia, o no, de la publicación para obtener un ISBN y sobre la corrección formal de los datos que los editores deben proporcionar. ¿Protege mis derechos literarios y de autoría la obtención de un ISBN? No, en absoluto: los derechos de propiedad intelectual no quedan protegidos por la obtención de un ISBN sino por la propia publicación de la obra o por su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual. 10 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ISBN en documentos electrónicos El ISBN es un identificador de las publicaciones monográficas (libros) y productos relacionados que están a disposición del público en general. El ISBN no se debería utilizar para identificar los archivos que se trasmiten entre los editores y las fotomecánicas o los servicios de conversión de libros electrónicos, ni debe identificar entidades abstractas como el texto de una obra (contenido). Las publicaciones necesitan ISBN diferenciados siempre que cualquiera en la cadena de suministro necesite distinguirlos inequívocamente. Los usuarios finales necesitan saber: a) si el libro electrónico que están comprando funcionará en su dispositivo o su aplicación, y b) lo que podrán hacer con él (por ejemplo, copiar, imprimir, prestarlo, etc.). Estos aspectos quedan definidos normalmente por una combinación del formato de archivo con el programa de gestión de derechos digitales (GDD) —o digital rights management, («DRM») —. La quinta y última edición de la norma ISBN se publicó en diciembre de 2017. Coincidiendo con esta publicación, hemos preparado la nueva -séptima- edición del Manual del Usuario del ISBN y un documento sobre las Preguntas más Frecuentes. El Manual del Usuario es la guía fundamental para el sistema y la norma ISBN. Las Preguntas Frecuentes proporcionan consejos rápidos sobre algunos de los aspectos clave del ISBN y, en algunos casos, hay enlaces directos al Manual del Usuario para más información. Los ISBN diferenciados facilitarán la gestión, difusión y búsqueda de información sobre un libro electrónico, así como la entrega de su versión adecuada. También facilitarán la inclusión de las distintas versiones de libros electrónicos en las bases de datos comerciales, en los informes de ventas y de uso y en las transacciones de comercio electrónico, especialmente si se venden en formatos múltiples a través de un mismo canal. Recomendamos la consulta y descarga del “Manual de usuario del ISBN” Agencia española del ISBN (Estudiar, muy importante). Desde 1972, en que se estableció su obligatoriedad en libros y folletos editados en España, el ISBN fue una competencia de la Administración Central. A partir de 2010, la gestión de la Agencia Española del ISBN fue asumida por la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE), aunque manteniendo el Ministerio su titularidad hasta principios de 2015. En 2015, la Federación de Gremios de Editores de España firmó un contrato con la Agencia Internacional del ISBN. Desde ese momento, y con independencia de las subvenciones que en los últimos años ha recibido del Ministerio (consulte las ayudas para la promoción y fortalecimiento de la 11 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com industria editorial), tanto la titularidad como la gestión del ISBN corresponden en exclusiva a dicha institución, por lo que, en caso de que quiera presentar una solicitud, debe dirigirse a: Agencia Española del ISBN Calle Cea Bermúdez, 44 – 2º dcha.28003 MadridCorreo electrónico: [email protected] Teléfono: 902 105 389Página web: http://agenciaisbn.es Enlace externo, se abre en ventana nueva El Ministerio ofrece las bases de datos del ISBN (base de libros y base de editores) proporcionadas por la Agencia Española del ISBN, de conformidad con lo establecido en la disposición final primera de la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectua, cuya redacción es la siguiente: "En aplicación de las recomendaciones y orientaciones internacionales aprobadas por la Agencia Internacional del ISBN, la Agencia Española del ISBN desarrolla el sistema del ISBN en nuestro país. La Agencia Española proporcionará al Ministerio los registros actualizados del ISBN, para garantizar la continuidad de la base de datos de libros editados en España y la de editoriales, gestionadas por dicho departamento." España se adhiere al sistema ISBN en 1.972, por medio del decreto 2984. A partir de ese momento los encargados de consignar el ISBN y también el depósito legal (no asignar los números, sino transcribirlos a la publicación) fueron los editores. La agencia internacional del ISBN asignó un número de dos cifras para el primer grupo del ISBN a nuestro país. Por una orden de 1.987 se crea la agencia española del ISBN dependiendo de la dirección general del libro y la biblioteca, y como gran función de esta agencia, que engloba a todas las demás, está la de mantener una base de datos actualizada de todos los libros españoles existentes en el mercado: surge en ese momento libros españoles en venta, catálogo u obra que ya hemos visto en el tema anterior, que habla de la selección y adquisición de fondos. La agencia española del ISBN tiene una serie de departamentos según las funciones a realizar: Departamento de asignación: proporciona los dígitos relativos a la editorial y los títulos. Departamento de catalogación Departamento de información bibliográfica Departamento de procesos de datos 12 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Desde el 2011 El ISBN cuesta ya 5 euros por título La agencia del ISBN ha comenzado a cobrar a todos aquellos editores y autores que quieran publicar libros. Este servicio, que antes dependía del Ministerio de Cultura y era totalmente gratuito, fue transferido a la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE) en el 2010. Entonces la Federación anunció que no tenía previsto cobrar, pero muchos editores ya se lo imaginaban. Desde hace 2 años incluir un título, si es para "editoriales ya registradas", costará unos 5 euros (45 euros por 10 títulos, un precio que disminuye a medida que se amplía la lista de registro de códigos). Y si es el propio autor quien se la autoedita, 45 euros, según las tarifas publicadas en su Web o consultar el comunicado que se realizó en su momento. Nuevo traspaso de gestión Agencia Española del ISBN El International Standard Book Number (ISBN) es un número internacional para dotar a cada libro de un código numérico que lo identifique. Permite coordinar y normalizar la identificación de cualquier libro para localizarlo y facilitar su circulación en el mercado, estimulando la cooperación de los proveedores y usuarios de la información bibliográfica que constituye su objeto fundamental. Desde 1972, en que se estableció su obligatoriedad en libros y folletos editados en España, el ISBN fue una competencia de la Administración Central. A partir de 2010, la gestión de la Agencia Española del ISBN fue asumida por la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE), aunque manteniendo el Ministerio su titularidad hasta principios de 2015. En 2015, la Federación de Gremios de Editores de España firmó un contrato con la Agencia Internacional del ISBN. Desde ese momento, y con independencia de las subvenciones que en los últimos años ha recibido del Ministerio (consulte las ayudas para la promoción y fortalecimiento de la industria editorial), tanto la titularidad como la gestión del ISBN corresponden en exclusiva a dicha institución. 13 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 6.El ISSN. El ISSN es el código internacional de identificación de las publicaciones seriadas, como por ejemplo revistas, periódicos, boletines, series de monografías, etc. Es el equivalente para las publicaciones seriadas de lo que el ISBN es para las publicaciones monográficas. Para la adjudicación de cada ISSN se creó la red ISSN de la que España forma parte desde 1.978. El ISSN aparece como norma ISO 3297-1986 (UNE 50-107). Las características más importantes del ISSN son: Consta de 8 cifras, la última de las cuales es un dígito de control, pero las anteriores, al contrario que en el ISBN, no indican país de publicación ni editor. Su único significado es la identificación del título de la publicación. Si el título de la publicación cambia, el ISSN será distinto. ISSN e ISBN pueden ser compatibles, por ejemplo, en series de monografías, en cuyo caso habrá un ISSN para la serie y un ISBN para cada volumen. El ISSN no es obligatorio, es opcional. El editor no está legalmente obligado a utilizarlo, pero conlleva muchas ventajas, como, por ejemplo: o Identificación de la publicación de forma inequívoca, o Simplificación en la elaboración de los catálogos colectivos, Facilitación del canje de publicaciones. 7.El centro español del ISSN El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es el código internacional de identificación de las publicaciones seriadas (revistas, periódicos, boletines, anuarios, series de monografías...). España forma parte de la Red ISSN desde 1978, año en que se creó el Centro Nacional Español del ISSN, actualmente integrado en el Departamento de Control Bibliográfico de Revistas de la Biblioteca 14 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Nacional. En virtud del RD 1405/2007, de 29 de octubre, las empresas y entidades editoras radicadas en Cataluña deberán dirigirse a la Biblioteca de Catalunya para la solicitud de un número ISSN. La información sobre la gestión de los ISSN catalanes se puede encontrar en la Gestión del ISSN en Cataluña, desde donde se accede a su formulario de solicitud. Preguntas frecuentes sobre el ISSN y el Centro español del ISSN ¿Qué es el ISSN? El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es un código numérico reconocido internacionalmente para la identificación de las publicaciones seriadas. El ISSN identifica sin ambigüedades ni errores la publicación seriada a la que va asociado. El ISSN consta de ocho cifras (la última de las cuales es un dígito de control) y no incorpora ningún otro significado más que la identificación de la publicación seriada: no contiene prefijos que indiquen el país de publicación ni el editor. El ISSN está indisolublemente asociado al título de la publicación seriada y un cambio en el título puede implicar un cambio de ISSN. Mientras el título no sufra cambios o variaciones, el ISSN se mantiene y debe imprimirse en cada fascículo, volumen o iteración de la publicación seriada a la que identifica. 15 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Ventajas del ISSN Aunque el ISSN nunca es obligatorio son muchas sus ventajas: ▪ El ISSN permite identificar en todo el mundo, de una forma unívoca y sin ambigüedades, una publicación seriada, cualquiera que sea el país de edición o la lengua de esta y sin importar que otras publicaciones seriadas lleven un título igual o parecido. Por ello el ISSN es un elemento básico en todos los procesos de información, comunicación, control y gestión referentes a las publicaciones seriadas. ▪ Asegura un medio de identificación preciso e inmediato cuando se hace un pedido. ▪ Permite un método de comunicación rápido y eficaz entre editores, distribuidores, libreros y agencias de suscripción, mejorando sus circuitos de venta. ▪ El ISSN puede servir para la construcción de los códigos de barras de las publicaciones seriadas. ▪ La asignación de un ISSN comporta también la inclusión de los datos de la publicación en el Registro Internacional ISSN (ISSN International Register). ▪ En las bibliotecas y centros de documentación facilita las operaciones de identificación, adquisición y préstamo. ▪ Su asignación es completamente gratuita. El ISSN no está relacionado con los derechos de propiedad de las publicaciones ni de los títulos o cabeceras. Nadie es titular de un ISSN ni la base de datos del ISSN actúa como un registro de la 16 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com propiedad. La única forma de proteger la propiedad de los títulos o cabeceras es registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas. El único trámite legalmente obligatorio para las publicaciones seriadas es el Depósito Legal, que debe cumplir el editor en la Oficina Provincial del Depósito Legal correspondiente. Es un trámite obligatorio y previo antes de la asignación de ISSN (excepto en el caso de publicaciones seriadas en línea). El ISSN y el código de barras El ISSN puede utilizarse como base para la construcción del código de barras. El Centro Nacional Español del ISSN no elabora códigos de barras, sólo proporciona el ISSN a partir del cual pueden generarse dichos códigos recurriendo a empresas codificadoras o mediante los pertinentes programas informáticos. Aunque el ISSN esté incluido en el código de barras debe hacerse constar también en su forma completa y natural (con sus ocho cifras, separadas en dos grupos de cuatro por un guión y precedido por las siglas ISSN) en la cubierta y/o páginas editoriales. Se recomienda que figure además en la parte superior del código de barras. El código de barras con ISSN sigue la norma EAN-13, la simbología más extendida de codificación comercial. La forma de construir un código de barras a partir del ISSN es la siguiente: Supongamos que tenemos el ISSN 1144-875X, que corresponde a la publicación "GENCOD informations (Paris)". Se trata de una publicación mensual. El código de barras para el número de marzo sería: 977 1144875 00 7 03 Adendum Prefijo ISSN sin su Código Dígito de (número fascículo EAN última cifra de precio control o entrega) Prefijo: Siempre será 977 (éste es un prefijo especial para las publicaciones seriadas). ISSN: Se transcribe sin el guión y eliminando el último dígito (que es el dígito de control del ISSN). 17 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Código de precio: Dos dígitos que sirven para indicar precios especiales (números extraordinarios, números dobles, etc.). Si se trata de números normales el valor es 00. Dígito de control: Es un número que se obtiene por programa aplicando un algoritmo (el EAN-13). Adendum: El editor puede añadir un adendum de 2 ó 5 dígitos para indicar el número de fascículo o entrega. En el presente ejemplo: 03 corresponde al tercer mes del año. Tipos de publicaciones a las que se asigna ▪ A cualquier publicación seriada, que se define como aquella que bajo un título común se publica en partes sucesivas y para la que en principio existe la intención de que continúe indefinidamente. Normalmente va numerada y/o lleva designación cronológica. Son publicaciones seriadas: revistas, periódicos, boletines, publicaciones anuales (informes, anuarios, directorios, etc.), memorias de sociedades, actas de congresos periódicos, transacciones, etc. También pueden considerarse publicaciones seriadas las series monográficas. ▪ Las publicaciones seriadas pueden estar editadas en cualquier soporte: impreso, CD-ROM, disquetes, en línea, etc. Si un mismo título se edita en varios soportes a cada uno de ellos le corresponderá su propio ISSN. ▪ Si una publicación seriada se edita en varias lenguas, a cada una de las ediciones le corresponderá un ISSN distinto. ▪ Si una publicación seriada tiene un suplemento y éste lleva su propia numeración, independiente de la de la publicación principal, también le corresponderá su propio ISSN, distinto del de la publicación de la que depende. ▪ No se asigna ISSN a las publicaciones editadas en partes pero que tienen una fecha de finalización predeteminada o un número de partes preestablecidas a priori (por ejemplo, las colecciones de fascículos o una revista que, con motivo de algún aniversario, sólo se vaya a editar durante un breve periodo de tiempo). 18 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com La mayoría de las convocatorias de las agencias de evaluación académicas exigen el ISSN en las publicaciones aportadas. Esta exigencia supone un problema para el Centro Nacional del ISSN, puesto que se solicita ISSN para publicaciones que no reúnen los requisitos necesarios para ello. La Agencia del ISBN ha elaborado un documento con su posición en este tema de los concursos. El ISSN no es obligatorio y su obtención no garantiza la calidad, relevancia u originalidad de la publicación seriada. El ISSN se asigna exclusivamente a publicaciones seriadas de acuerdo con unas directrices internacionales. Cuándo solicitarlo a) Antes de que se edite el primer número con el fin de que el ISSN pueda figurar en la publicación desde el principio (excepto en el caso de publicaciones seriadas cuyas URL deben estar operativas previamente a la solicitud). b) En cualquier momento de la vida de la publicación. c) Puede solicitarse cuando ya ha dejado de publicarse si se desea una asignación retrospectiva. d) Siempre que haya un cambio de título. Si el título de la publicación seriada cambia, el ISSN que tuviera asignado ya no puede seguirse utilizando y hay que solicitar uno nuevo. Cualquier cambio en el título, por insignificante que parezca (como la desaparición de una palabra o acrónimo, el orden de las palabras, un cambio en la denominación de la entidad responsable si forma parte del título…) puede suponer la asignación de un nuevo número de ISSN. Cuando se solicita ISSN para una determinada publicación seriada también hay que solicitarlo para las publicaciones relacionadas con ella: Suplementos de la publicación que cuenten con su propia numeración. Ediciones en otras lenguas. Ediciones en otros soportes. (por ejemplo, Internet, CD-ROM, disquete, etc.) Dónde debe hacerse constar El ISSN se presenta en dos grupos de cuatro cifras separadas por un guión y precedido por las siglas ISSN (el último dígito es de control y puede ser una X). Ej. ISSN 0031-213X El número de ISSN se hará constar en el primer fascículo y/o en fascículos siguientes o en cualquier iteración de la publicación seriada. Si se publica acompañado de material anejo, el ISSN se incluirá también en dicho material. a) Publicaciones seriadas en soporte impreso: se recomienda imprimir el ISSN en el borde superior derecho del verso de la cubierta, en la portada, en la cabecera y/o páginas editoriales. b) Publicaciones seriadas en soporte CD-ROM, DVD, disquete, etc.: se recomienda incluirlo en la pantalla del título, o si no tiene, en el menú principal o en cualquier etiqueta unida permanentemente a la publicación. Si no fuera posible, se indicará en la carátula del estuche o envase. c) Publicaciones seriadas en Internet: se recomienda incluirlo en la pantalla de inicio o portada, en las diferentes iteraciones y en los correspondientes campos de metadatos. Si un número o volumen de una publicación seriada lleva, además de ISSN, un ISBN, ambos códigos aparecerán juntos, precedido cada una de sus respectivas siglas (ISSN o ISBN). Si una publicación seriada lleva inserta otra publicación seriada con su propio ISSN, el ISSN de la publicación inserta se imprimirá en su propia portada o cabecera. Se recomienda que el ISSN aparezca reflejado en los catálogos de los editores. 19 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Diferencias entre ISBN e ISSN El ISSN y el ISBN (International Standard Book Number / Número Internacional Normalizado de Libros) son códigos numéricos de identificación. El ISSN identifica las publicaciones seriadas y el ISBN identifica obras monográficas. Para informarse acerca de los criterios de aplicación del ISBN contacte con la Agencia Española del ISBN. El ISSN y el ISBN no son incompatibles: hay publicaciones que pueden llevar ambos códigos, como es el caso de las series monográficas. El ISSN identificará la serie, mientras que el ISBN identificará una entrega o volumen concreto. En caso de que una publicación cuente con ambos números, ISSN e ISBN, se recomienda imprimirlos juntos, precedido cada uno de ellos por sus respectivas siglas. 8.El DOI El DOI (Digital Object Identifier) es el indicador persistente que más se utiliza para los artículos científicos electrónicos, revistas completas, partes de artículos, audio, vídeos, imágenes e incluso software. DOI nos garantiza ir directamente hacia el objeto que identifica, facilita las transacciones comerciales y sirve de enlace seguro y persistente entre los usuarios y los suministradores de información tanto si es comercial como si no lo es. 20 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El DOI se creó en 1996 por los principales editores de contenidos digitales científicos como un código único para el reconocimiento de la propiedad intelectual de los recursos electrónicos. Algo semejante al ISBN o ISSN, pero específico para artículos electrónicos. Su creación se debe a la necesidad del seguimiento de los derechos de propiedad intelectual a través de Internet, aunque ahora tiene más utilidades. Dado que las direcciones URL de los artículos (los enlaces) no son del todo fiables, porque pueden dar errores de acceso, es necesario tener un código diferente. Un código persistente e íntegro, similar a Uniform Resource Name (URN) or Persistent Uniform Resource Locator (PURL). La diferencia con éstos es que DOI refleja los metadatos esenciales del artículo, revista etc. con un esquema XML, es decir tiene una estructura en la que cada dato de autor, título, publicación, páginas, partes... se identifican con las etiquetas correspondientes. Algunos DOI nos llevarán a contenidos que sólo ofrecen el texto completo si se es usuario registrado, se ha comprado el acceso a la revista y nuestra IP está autorizada o tenemos clave y contraseña. Pero muchos DOI nos llevarán a contenidos de libre acceso y gratuitos. Desgraciadamente todavía hay algunos contenidos científicos que no utilizan DOI. Los editores deben solicitar el número DOI a la Agencias de Registro correspondiente. Una vez que el número es asignado a un artículo, revista, imagen, etc., se podrá utilizar como enlace seguro para ir directamente al artículo, para incorporar datos bibliográficos, para seleccionar, marcar y compartir la información, etc... Por ello es esencial citar utilizando el número DOI y no la URL. 21 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Hay varias Agencias que proporcionan códigos DOI y que nos permiten localizar la información a través de códigos DOI. Para la información científica, las más importantes son CrossRef, TIB (Technische Informationsbibliothek), R.R. Bowker. CrossRef es la que se utiliza para las publicaciones académicas en general. Gracias al post de Luisa Álvarez de Toledo en Infobiblio podemos saber algo más del DOI. Debemos utilizar en código DOI para: Citar documentos científicos electrónicos Publicar documentos científicos electrónicos Buscar y localizar documentos científicos electrónicos Ejemplos de números DOI: 10.1016/j.ssi.2007.04.002 10.1002/fuce.200400051 10.1016/j.quascirev.2003.12.004 Ejemplo de cita bibliográfica que utiliza DOI en vez de la URL: Adam, D., 2002. "The counting house". Nature, Vol. 415 (February 2002), pp. 726-729.. Información del DOI en Research Gate 22 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 9.El NIPO El NIPO (Número de Identificación de las Publicaciones Oficiales) identifica las publicaciones unitarias y periódicas, el material audiovisual e informático y los folletos, mapas, hojas sueltas y carteles que edita la Administración General del Estado español y sus Entidades de Derecho Público. Está regulado por Orden de 30 de diciembre de 1993 del Ministerio de la Presidencia de España y el Real Decreto 118/2001 de Ordenación de Publicaciones Oficiales. Lo asigna la Secretaría de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales. 10.Normas ISO para documentación y bibliotecas La ISO (International Standarization Organization) es la entidad internacional encargada de favorecer la normalización en el mundo. Con sede en Ginebra, es una federación de organismos nacionales, éstos, a su vez, son oficinas de normalización que actúan de delegadas en cada país, como por ejemplo: AENOR en España, AFNOR en Francia, DIN en Alemania, etc. con comités técnicos que llevan a término las normas. Se creó para dar más eficacia a las normas nacionales. 23 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ISO 4 1984 (E) Documentation - Rules for the abbrevation of title words and titles of publications. (Normas para la abreviatura de palabras en el título y de los títulos de publicaciones.) Las reglas contenidas en esta norma son aplicables a la abreviatura de títulos de publicaciones seriadas de todo tipo, y, si es apropiado, de publicaciones no seriadas en diferentes idiomas. Esta norma también sirve de base para el establecimiento de las abreviaturas de palabras en el título de las publicaciones. En su contenido se especifican, por separado, todos los aspectos a considerar, tanto en la abreviatura de palabras como en la de los títulos de las publicaciones. La filosofía básica presentada en esta norma internacional es que cada título debe tener su propia abreviatura -única-. Resulta de gran utilidad para los autores, editores, bibliotecarios y otros profesionales para preparar abreviaturas no ambiguas de los títulos de las publicaciones que se citan en las notas al pie de página, referencias y bibliografías de los documentos. ISO 8 1977 (E). Documentation - Presentation of Periodicals. (Presentación de las publicaciones periódicas.) Establece reglas que tienen como objetivo permitir a los editores y casas editoras la presentación de las publicaciones seriadas, con el fin de facilitar su uso. Explica en detalle todos y cada uno de los aspectos y requerimientos que deben considerarse en la presentación de las publicaciones, tales como título, volumen, número, diseño, tabla de contenido, paginación, fecha, etcétera. ISO 18 1981 (E) Documentation - Contents list of periodicals. (Tabla de contenido de las publicaciones periódicas.) Proporciona las reglas esenciales y requisitos para tener en cuenta en la presentación de las tablas de contenido de las publicaciones seriadas. Considera, además de otros aspectos, su ubicación dentro de la publicación y el orden de los datos que se reflejarán para cada artículo. ISO 999 1975 (E) Documentation - Index of a publication. (Índice de una publicación.) Proporciona una serie de requisitos que permiten a los editores y casas editoras producir índices de publicaciones que faciliten su uso por los bibliógrafos, bibliotecarios e investigadores. Aunque esta norma se ha preparado básicamente para la confección de índices de forma manual, muchos de sus principios se pueden aplicar igualmente a la preparación automatizada de índices. Aborda en su contenido, entre otros aspectos, los tipos de índices, la frecuencia de que publicación, los datos que deben registrarse en el encabezamiento de un índice, etcétera. 24 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Fuente: Gorbea Portal, Salvador, & Ávila Uriza, Manuel. (2009). Publicaciones seriadas en ciencias bibliotecológica y de la información: su estado actual. Investigación bibliotecológica, 23(48), 179-209. Recuperado en 13 de enero de 2014, de Scielo. ISO 1086 1991. Information and documentation - Title leaves of books. (Portadas de libros.) Contiene la información que debe aparecer en la portada de los libros (monografías, colecciones, libros de texto, atlas, tesis) y la forma en que debe estar presentada y ordenada. Esta norma se aplica a libros con una composición horizontal en la que la lectura del texto sea de izquierda a derecha. ISO 2146 1988 (E) Documentation - Directories of libraries, archives, information and documentation centres, and their data bases. (Directorios de bibliotecas, archivos, centros de información y documentación y sus bases de datos.) Esta norma ayuda a la compilación y publicación de los directorios de bibliotecas, archivos, centros de información y documentación, e incluye una descripción de sus servicios de bases de datos. Sus reglas abarcan los directorios internacionales y nacionales publicados en países bilingües o multilingües. Esta norma debe utilizarse tanto para la publicación de directorios como para el intercambio de datos. ISO 2384 1977 (E) Documentation - Presentation of translations. (Presentación de traducciones.) Se establecen las reglas que garantizan que las traducciones se presenten en forma normalizada para facilitar su uso por las distintas categorías de usuarios. De acuerdo con esto, esta norma se aplica a las traducciones (completa, parcial o abreviada) de cualquier tipo de documento. No es aplicable a los resúmenes. Aborda aspectos relacionados con la traducción de publicaciones periódicas y seriadas, artículos de revistas y capítulos de libros o de libros completos, patentes y otros documentos similares, etcétera. No trata lo concerniente a la composición, márgenes, métodos de impresión y tipografía. 25 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ISO 2788 1986 (E) Documentation - Guidelines for the establishment and development of monolingual thesauri. (Directrices para el establecimiento y el desarrollo de tesauros monolingües.) Esta norma abarca algunos aspectos de la selección de términos de indización, los procedimientos para el control del vocabulario y, específicamente, el modo de establecer relaciones entre estos términos (particularmente aquellas relaciones que a priori se utilizan en los tesauros), así como la inclusión y supresión de términos, los métodos de compilación, la forma y el contenido de los tesauros, el uso de la automatización en el procesamiento de los datos, etc. Las indicaciones establecidas en esta norma aseguran una práctica uniforme en cada una de las áreas o entidades de indización. Las técnicas descritas en su contenido se basan en principios generales que se aplican a cualquier materia. Fuente: Wilson, Michael. "Thesaurus relations as RDF schema - Example". In A Thesaurus Interchange format for migration to the Semantic Web. ISO 2789 1991 (E) International library statistics. (Estadística de las bibliotecas a nivel internacional.) Las estadísticas que se indican en esta norma abarcan los distintos tipos de bibliotecas nacionales, de instituciones de educación superior, escolares, especializadas y públicas, localizadas en un país particular. Asimismo, informa los datos que se incluyen en el reporte estadístico y establece la forma de comunicar dichos datos. Las estadísticas referidas en esta norma deben elaborarse en intervalos regulares de tres años. ISO 5963 1985 (E) Documentation - Methods for examining documents, determining their subjects, and selecting indexing terms. (Métodos para examinar los documentos, determinar su materia y seleccionar los términos de indización.) Se describen los métodos para examinar y analizar los documentos, determinar la materia que tratan y seleccionar los términos de indización apropiados. Esta norma se limita a las etapas preliminares de la indización y no incluye las prácticas de un tipo específico de sistema de indización, ya sea precoordinado o poscoordinado. Las técnicas descritas en esta norma pueden ser usadas por cualquier institución de información donde el proceso de indización se realice de forma manual; por el contrario, no 26 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com se aplican en aquellas instituciones que empleen técnicas de indización automatizada. Esta norma tiene como propósito guiar a los indizadores durante las etapas de análisis de documentos e identificación de conceptos esenciales en la descripción de la materia. ISO 5964 1985 (E) Documentation for the establishment and development of multilingual thesauri. (Guía para el establecimiento y desarrollo de tesauros multilingües.) Las reglas ofrecidas en esta norma deben utilizarse en conjunto con la norma ISO 2788 (Guía para el establecimiento y desarrollo de tesauros monolingües), pues la mayoría de los métodos y recomendaciones consideradas en ésta son igualmente válidas para los tesauros multilingües. La presente norma se considera como un paso fundamental en el perfeccionamiento de la recuperación de la información y el logro de la compatibilidad entre los tesauros producidos por instituciones que indizan con términos seleccionados a partir de más de dos lenguajes naturales (idiomas). Su contenido abarca los problemas multilingües que pueden surgir durante la creación de un tesauro convencional. ISO 7275 1985 (E) Documentation - Presentation of title information of series. (Presentación de la información en el título de una serie.) Se describen los elementos necesarios para la identificación y descripción bibliográfica de las series y partes de ellas, y ofrece las reglas para la presentación, numeración y ubicación de tales elementos. Su objetivo es permitir a editores y casas editoras la identificación de las publicaciones agrupadas en series, lo que facilita su adquisición y registro. De esta forma, se ofrece una norma simple que, de aplicarse, los editores y casas editoriales comprenderán mejor la terminología y descripción bibliográfica de las series. ISO 8459 1 1988 (E) Documentation - Bibliographic data element directory. Parte 1. Interloan application. (Directorio de elementos de dato para uso bibliográfico. Parte 1. Aplicación en el intercambio de préstamos.) Se describe, en forma de directorio, los elementos de dato usados para respaldar procesos bibliográficos o sus aplicaciones. Está provista de ilustraciones que muestran la relación entre los elementos de dato y ejemplos de su utilización. Esta norma es la primera de una serie que integra el directorio completo de los elementos de dato para su uso bibliográfico, y está diseñada fundamentalmente para los nuevos sistemas de intercambio de préstamo. Esta parte específica describe los elementos de dato necesarios para el intercambio de datos entre las instituciones en la actividad de préstamo. Fuente: BMP Allande 27 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com La norma ISO 2789 Esta Norma Internacional ofrece unas directrices a los bibliotecarios y profesionales de la información para la recogida y presentación de datos estadísticos. Los Capítulos 3 y 6 constituyen la base de esta Norma Internacional. El Capítulo 3 presenta las definiciones de la mayoría de los elementos de un servicio bibliotecario que son susceptibles de análisis estadístico. El Capítulo 6 recomienda la forma en la que se deberían contabilizar cada uno de estos elementos. Los usuarios de esta norma necesitarán consultar los dos Capítulos para tener una visión completa. Además del objetivo original de ofrecer unas directrices generales para el mantenimiento de los datos estadísticos de la biblioteca y la compilación de estadísticas nacionales con objeto de difundirlas a nivel internacional, existe el requisito concreto establecido por la norma ISO 11620 de que la biblioteca aporte datos estadísticos. También tenemos que recordar que acaba de ser publicada en el 2013 la quinta edición de la norma ISO 2789:2013 Information and documentation -- International library statistics. Como principales novedades, esta edición incorpora las últimas tendencias que se han producido en el ámbito bibliotecario en estos últimos años: el desarrollo del mundo digital, la interacción con redes sociales, los nuevos modelos de biblioteca y los nuevos usuarios, la concepción de los espacios, sin olvidar el importantísimo papel social que las bibliotecas están desempeñando en todo tipo de comunidades. Se encuentra en preparación la traducción de la norma al castellano, y su adaptación como norma UNE. Está prevista su publicación para la primavera del 2014. La norma ISO 2789 es aplicable a todo tipo de bibliotecas y está en la base de las estadísticas nacionales e internacionales del sector. Los responsables del proyecto han sido los miembros del Grupo de Trabajo de Estadísticas Internacionales de la Organización Internacional de Normalización (ISO), integrados en el Subcomité nº 8 de Estadísticas y Evaluación del Rendimiento de ISO (Comité Técnico 46 de Información y Documentación). Este grupo lo integran once miembros activos de diez países diferentes, entre ellos España. Los trabajos preparatorios de esta 5ª edición se iniciaron en el año 2008 y han finalizado en septiembre de 2013, aunque hay una más actualizada en el 2014. Como es preceptivo en todas las normas ISO, el proyecto ha contado con el consenso y el aval de los distintos países representados, debiendo superar diferentes fases previas a su aprobación final como norma internacional. El texto final ha sido avalado por la mayoría de los países miembros de la ISO. La Biblioteca Nacional de España adquirirá un ejemplar para su uso y consulta. 11.Normas UNE en la Biblioteca Las normas UNE son documentos elaborados por AENOR (Asociación Española de Normalización y Certificación) que contiene especificaciones técnicas para una actividad o producto y que han sido consensuados entre todas las partes involucradas. En él podemos encontrar desde indicaciones para la fabricación de libros a directrices para la realización de estadísticas bibliotecarias. Todas las normas que enumeraremos a continuación son las UNE que ayudan a un correcto funcionamiento de la biblioteca: 1. UNE 54111. Información y documentación. Requisitos para la encuadernación de libros, periódicos y otros documentos en papel para la utilización en archivos y bibliotecas. Métodos y ensayos. 2. UNE 50001. CDU. Clasificación Decimal Universal. Volumen I: Tablas sistemáticas (0/5). Volumen 2: Tablas sistemáticas (2/9). Volumen 3: Índice alfabético. 28 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Pantallazo de descarga de AENOR de la Norma UNE 3. UNE 50106. Documentación. Directrices para el establecimiento y desarrollo de tesauros monolingües. 4. UNE ISO 2108. Información y documentación. Requisitos para los materiales y métodos de encuadernación utilizados en la fabricación de libros. 5. UNE 50103. Documentación. Preparación de resúmenes. 6. UNE 2448. Equipos y sistemas multimedia. Libros y publicaciones electrónicos multimedia. Trato genérico para publicaciones electrónicas. 7. UNE 50101. Documentación. Presentación de las publicaciones periódicas. 8. UNE ISO 2709. Documentación e información. Formato para el intercambio de información. Pantallazo de descarga de AENOR de la Norma UNE 9. UNE 50137. Información y documentación. Indicadores del rendimiento bibliotecario. 10. UNE 54110. Información y documentación. Requisitos en el almacenamiento de documentos para materiales de archivo y biblioteca. 11. UNE ISO 2789. Información y documentación. Estadísticas de bibliotecas para uso internacional. 12. UNE ISO/TR 20983. Información y documentación. Indicadores para los Servicios Bibliotecarios electrónicos. 13. UNE 50104. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura. 14. UNE 50120. Documentación. Títulos en los lomos de los libros y otras publicaciones. 15. UNE ISO 2108. Información y documentación. ISBN. 16. UNE 50129. Información y documentación. Hojas preliminares de los libros. 29 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 17. UNE 50127. Documentación. Información bibliográfica (Biblid) de artículos en publicaciones en serie y libros. Visitando la página el documentalista enredado nos encontramos con un magnifica infografía que ilustra detalladamente las normas UNE más importantes implicadas en el mundo bibliotecario. Fuente 12.Organismos de normalización Los organismos o agencias nacionales e internacionales tienen la tarea de fijar normas técnicas que establezcan la terminología, la clasificación, las directrices, las especificaciones, los atributos, las características, los métodos de prueba o las prescripciones aplicables a un producto, proceso o servicio con el fin de preservar la seguridad, la protección al consumidor, al medio ambiente, a la salud de las personas y animales, y favorecer el efectivo intercambio de bienes. Nacionales AENOR Oficina Española de Patentes y Marcas AECOC (GS1 España) Comisión de Normas Españolas de Descripción Archivística (CNEDA) 30 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Consejo de Cooperación Bibliotecaria Internacionales IFLA Consorcio de la CDU - Clasificación Decimal Universal ISO. Comisión Técnica 46 (TC 46) ANSI – American National Standards Institute (en inglés) 13.Otros números normalizados BICI El BICI (Book Item and Component Identifier, Identificador de ítems y components de libros) está siendo desarrollado por la NISO (National Information Standards Organization). Es un código alfanumérico que se utiliza para identificar partes de libros: información preliminar, capítulos, secciones, tablas, figuras, índices, apéndices, referencias bibliográficas, materiales suplementarios (mapas, CD), etc. No se usa en informes técnicos, literatura gris en general ni en partes que no tengan una enumeración (por ejemplo, diccionarios sin enumerar o entradas de enciclopedias). Su estructura es siempre la misma. Consta de tres segmentos: ítem, componentes y control que, a su vez, se subdividen en otros. Ejemplo de un capítulo de libro: Capítulo 10: “English as a World Language” in The English Language: A Historical Introduction, 1993 pp. 234-261 ISBN 0-521-41620-5. 31 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com SICI El SICI (Serial Item and Contribution Identifier / identificador de Ítem de publicación seriada y de contribución) se define en la norma ANSI/NISO Z39.56-1996. Es un código que permite identificar ítems de publicaciones seriadas electrónicas (por ejemplo, números de revistas, índices, tablas, resúmenes…) y contribuciones (artículos, por ejemplo). Es utilizado por prestigiosas entidades como JSTOR y es compatible con el DOI. 32 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Se compone de tres segmentos: ítem, contribución y control (siempre aparecen, aunque alguno de ellos esté vacío de contenido) La relación entre ellos es fundamental para construir la cadena que forma el SICI: El segmento ítem identifica y describe la parte de la publicación seriada por su ISSN, número y/o fecha y es la base del segmento contribución. La contribución identifica una contribución intelectual específica mediante la ubicación y/o el código del título El elemento "control" se utiliza para la validación del SICI. Ejemplos de nº de revista: Ítem: Library Journal, Vol. 120, nº 5, de 15 de marzo de 1955. Handle Al igual que el DOI, el Sistema Handle identifica los objetos digitales (vídeos, imágenes, revistas…) de modo que puedan ser localizados con independencia del nombre del servidor donde estén ubicados. Desarrollado por la CNRI (Corporation for National Research Initiatives) , el handle es utilizado por la mayoría de los repositorios (como por ejemplo Dehesa, el repositorio institucional de la Uex, o el Repositorio UCJC de la Universidad Camilo José cela). 33 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ¿Cómo podemos buscar un documento por su handle? Ir a la dirección http://hdl.handle.net/ y teclearlo Directamente en el navegador, anteponiéndole la cadena http://hdl.handle.net: Estructura Consta de un prefijo (naming authority) que identifica al productor del recurso digital (revista, editorial, universidad…) y de un sufijo (unique local name) que identifica a cada uno de los objetos o digitales (libro, capítulo, artículo, etc.). En el ejemplo anterior el prefijo es el de la Universidad de Extremadura y el sufijo corresponde a una tesis concreta defendida en esta Universidad. PURL El sistema PURL (https://purl.oclc.org/docs/index.html gestionado por la OnLine Computer Library Center, OCLC) separa el nombre de un documento de su ubicación de forma que se incrementa la probabilidad de que siempre sea localizado; si un documento cambia de ubicación, su URL varía pero la PURL permanecerá igual. 34 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El PURL no apunta directamente a la ubicación de un recurso en Internet sino a un servicio intermedio de resolución (servidor PURL de OCLC, que actúa como un intermediario) que asocia el PURL con la URL y devuelve esa URL al cliente (redirección HTTP estándar). URI El URI (Uniform Resource Identifier, “Identificador uniforme de recursos”) identifica un recurso por su nombre, por su ubicación o por ambos. En este último caso, el URI indica que un recurso identificado y dónde está disponible. Comprende el URL y el URN. URN (Uniform Resource Identifier, “Nombre Uniforme de Recurso”) es una cadena de caracteres que identifica de forma unívoca los recursos electrónicos por un nombre, ya sean documentos de texto, clips de sonido, programas informáticos, imágenes…). El URN no implica que el documento electrónico esté disponible. Todos los URNs son URIs (pero no todos los URIs son URNs). El URN es poco utilizado. URL (Uniform Resource Locator o “Localizador uniforme de recursos”) está formada por un conjunto de caracteres, que sigue un estándar, y que especifica que un determinado recurso digital está identificado y disponible y permite localizarlo. Todos los URLs son URIs (pero no todos los URIs son URLs). Todos los contenidos digitales (documentos de texto, vídeos, audios…) tienen un URL cuando se publican en Internet; los localizadores permiten crear hipervínculos (enlaces o links) en la World Wide Web que facilitan la navegación. 35 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Los URI suelen seguir el formato: esquema: //máquina/directorio/archivo. El esquema del URI indica el protocolo (conjunto de reglas a seguir) de red utilizado para recuperar la información del recurso identificado. Entre los esquemas URL, se encuentran http, https, mailto y ftp. HTTP (HiperText Transfer Protocol o “protocolo de transferencia de hipertexto”) es el protocolo que se utiliza para publicar páginas web o HTML. Funciona a través de solicitudes y respuestas entre un cliente (por ejemplo, un navegador de Internet) y un servidor (por ejemplo, un ordenador donde residen páginas web). HTTPS (HyperText Transport Protocol Secure o “protocolo seguro de transferencia de hipertexto”) garantiza que se está utilizando un esquema seguro para proteger la información que se está transmitiendo. Se encriptan datos personales o números de tarjetas de crédito para que no puedan ser interceptados. MAILTO, es el esquema utilizado para envío de correo electrónico. ftp (“File Tranfer Protocol” o protocolo de transferencia de archivos) se usa para transferir archivos de diversa tipología. La “máquina” hace referencia al ordenador en el que están los contenidos; el “directorio” se refiere al sitio virtual donde están alojados en concreto en ese ordenador y, por último, “archivo” es el nombre del archivo que contiene los datos a los que queremos acceder. ISAN El ISAN (International Standard Audiovisual Number) es un código numérico internacional de identificación de registros audiovisuales: películas, documentales, cortos, series, episodios de series, eventos deportivos, etc. El ISAN Version permite identificar todas las versiones de un trabajo audiovisual y sus posibles variantes: idioma, ediciones, clips, material promocional, bandas sonoras, etc. Ventajas de utilizar el ISAN Facilita la interoperabilidad y el cambio de información entre los medios de producción y distribución. 36 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Mejora la medición de la audiencia y los análisis de mercado. Es clave para hacer un seguimiento y análisis del contenido. Ayuda a gestionar los derechos de autor. Estructura: Formato ISAN: NNNN-NNNN-NNNN-NNNN-X-NNNN-NNNN-Y (N son dígitos hexadecimales, X e Y son dígitos de control). En la base de datos de la Agencia Internacional del ISAN se puede buscar el ISAN del material audiovisual (búsquedas por título de la obra, del episodio y de la serie). ISRC El ISRC (International Estándar Recording Code) o Número Internacional Normalizado de Grabaciones, es un código internacional que identifica de forma unívoca grabaciones de audio y música. Se usa sobre todo para identificar las canciones individuales (pistas) en una grabación, pero también se utiliza para vídeos musicales, audiolibros, programas de formación, etc. Es un punto de referencia cuando la grabación se comercializa en diferentes servicios y países, o bien bajo diversos acuerdos de licencia. Evita la ambigüedad y simplifica la gestión de derechos cuando de las grabaciones en distintos formatos -incluido el digital- canales de distribución o productos. Puede insertarse en las grabaciones realizadas en formatos de uso generalizado, como CD y MP3. Es compatible con diferentes tipos de bases de datos, dispositivos electrónicos y estándares de comunicación digital. Permite la interoperabilidad de los datos entre diferentes organizaciones y sistemas. 37 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El ISRC puede ser asignado por una agencia nacional (en España , AGEDI) o por los Administradores de ISRC, empresas dedicadas a la creación de grabaciones sonoras o audiovisuales, expresamente autorizadas para emitir ISRC. La asociación IPFI, que representa a más de 1300 compañías discográficas de todo el mundo, gestiona la base de datos internacional ISRC SEARCH. ISMN EL ISMN (International Standard Music Number) o Número Número Internacional Normalizado para Música identifica de forma unívoca las publicaciones de música notada, ya sea para su venta, alquiler, difusión gratuita o a efectos de derechos de autor. Llevarán ISMN: Partituras Partituras de estudio Partituras vocales Conjunto de partes Partes individuales disponibles por separado Hojas sueltas de música pop Antologías Otros medios que sean un componente integrante de una publicación musical (por ejemplo, una grabación sonora que va como material anejo) Textos de canciones o libretos publicados con la música impresa (si están disponibles por separado) Comentarios publicados con la música impresa (también disponibles por separado) 38 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Cancioneros (opcional) Publicaciones musicales en microformas Publicaciones musicales en Braille Publicaciones electrónicas con música notada Métodos y otros materiales pedagógicos El ISMN consta de 13 dígitos estructurados en 5 elementos, algunos de los cuales son de longitud variable. Irá siempre precedido por las siglas ISMN. Ejemplo: 979-0-2306-7118-7. El ISMN se puede solicitar a la Agencia Española del ISMN, gestionado por el Centro de Documentación de Música y Danza y dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). La Agencia gestiona una base contiene los datos de las editoriales que tienen asignados ISMN desde el año 2002, recogiéndose los datos de su actividad o cese. También se incluyen autores-editores, entidades e instituciones que publican esporádicamente. Los datos son facilitados a la Agencia por los propios editores. ELI El Identificador Europeo de Legislación-ELI (European Legislation Identifier) es un estándar europeo de identificación y descripción de la normativa publicada en los diarios y las bases de datos oficiales, que permite acceder online a la legislación en un formato normalizado, de manera que pueda localizarse, intercambiarse y reutilizarse por encima de las fronteras. El estándar ELI incluye especificaciones técnicas sobre: Identificadores web (URI) de la información jurídica Metadatos que especifican la manera de describir la información jurídica Un lenguaje específico para intercambiar legislación en formatos de lectura mecánica 39 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Depósito Legal El depósito legal es la normativa que permite a la Biblioteca Nacional de España (BNE) y a los centros de conservación de las Comunidades Autónomas recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo editadas en cualquier clase de soporte (tanto físico como en línea), con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico y documental español. También en virtud del depósito legal, la BNE y las CC.AA. son responsables de la conservación del patrimonio que nace digital, las publicaciones en línea, tanto sitios web como libros o revistas electrónicas. Anualmente a través del depósito legal se reciben en la BNE en torno a 400.000 documentos en soporte físico gracias a esta norma y la BNE cuenta ya con 120.000 libros digitales y en torno a un petabyte de sitios web españoles recolectados. La Ley 23/2011, de 29 de Julio de Depósito Legal lo define como una institución que permite recoger ejemplares de todas las publicaciones (de cualquier tipo y soporte) con el fin de preservar el 40 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o de información. Está formado por los siguientes elementos: 1. Siglas del Depósito Legal (D.L.) 2. Siglas correspondientes a la provincia 3. Número del depósito del documento 4. Año en el que se realiza el depósito (cuatro dígitos) En la actualidad, como ya hemos dicho, se regula por la Ley 23/2011, de 29 de julio. Esta nueva ley responde a la necesidad de adaptar la recopilación del patrimonio bibliográfico, su conservación y su difusión a los cambios producidos en el campo de la edición debido a las nuevas tecnologías. Entre sus novedades, la figura del editor cobra gran importancia, pues es el sujeto obligado a constituir el depósito legal cuando su domicilio, residencia o establecimiento permanente esté establecido en territorio español. Es quien debe solicitarlo, o el productor, si se trata de obras sonoras, visuales, audiovisuales y películas cinematográficas. Además, ha sido modificada con la Ley 8/2022, de 4 de mayo, con el objetivo de adecuarse a un entorno cambiante y corregir algunas deficiencias. La propuesta incorpora nuevas tipologías como las publicaciones de impresión bajo demanda, los catálogos comerciales de librerías, editoriales y casas de subastas y los marcapáginas. Con relación a los videojuegos, se considera necesaria su identificación individualizada y mención expresa. Por otra parte, se eliminan las microformas, pues su edición es inexistente, así como las publicaciones publicitarias al carecer de interés patrimonial. Otro de los cambios que presenta es la inclusión de nuevos centros de conservación como la Filmoteca Española para conservar el patrimonio cinematográfico español. También realiza ciertas matizaciones con relación a las publicaciones en línea, por ejemplo, se insiste en que son los centros de conservación los que deciden qué publicaciones en línea y qué recursos serán capturados o depositados. Se expone, igualmente, que en el caso de los libros, prensa y revistas el editor depositará, en caso de existir, una copia en versión digital previa a la impresión. Asimismo, es destacable la eliminación de la alta inspección por parte de la Biblioteca Nacional de España. Por añadidura, se deja constancia de la condición de irrevocable del depósito legal una vez constituido, aunque los interesados no deseen su comunicación pública. En cuanto al concepto, el depósito legal se define como la obligación, impuesta por ley u otro tipo de norma administrativa, de depositar para una o más bibliotecas ejemplares de las publicaciones editadas en un país. Sus objetivos, según reza el artículo 2 de la Ley del Depósito Legal, son los siguientes: “Recopilar, almacenar y conservar, en los centros de conservación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, las publicaciones que constituyen el 41 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital español, con objeto de preservarlo y legarlo a las generaciones futuras, velar por su difusión y permitir el acceso al mismo para garantizar el derecho de acceso a la cultura, a la información y a la investigación. Recoger la información precisa para confeccionar las estadísticas oficiales sobre el patrimonio de referencia. Describir el conjunto de la producción bibliográfica, sonora, visual, audiovisual y digital española, con el fin de difundirla, y posibilitar el intercambio de datos con otras agencias o instituciones bibliotecarias españolas y extranjeras. Permitir el acceso y la consulta de las publicaciones almacenadas, bien en las instalaciones de los propios centros de conservación o bien a través de bases de datos en línea de acceso restringido, asegurando su correcta conservación y respetando en todo caso la legislación sobre propiedad intelectual; protección de datos; de la lectura, del libro y de las bibliotecas; accesibilidad; así como lo dispuesto en esta ley.”. Por tanto, son objeto de depósito legal, todas las obras bibliográficas, sonoras, visuales, audiovisuales y digitales, producidas o editadas en España, por cualquier procedimiento de producción, edición o difusión y distribuidas en cualquier soporte, tangible o intangible. La norma apunta que, además de los centros de conservación, están los centros depositarios, las oficinas de depósito legal, que son las que distribuyen los documentos a las distintas bibliotecas conservadoras. Por último, la ley resuelve, en su disposición final segunda, que por motivos de preservación del patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital español, podrá determinarse reglamentariamente un número diferente de ejemplares a depositar en los centros de conservación. Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea En 2015 se aprobó el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, tal y como preveía la Ley 23/2011 en su disposición final tercera, “el Gobierno, a propuesta del titular del Ministerio de Cultura, regulará mediante Real Decreto y en el ámbito de sus competencias, oídas las Comunidades Autónomas y los sectores implicados, el procedimiento de constitución del depósito de las publicaciones electrónicas”. Este RD denomina “publicaciones en línea” a las “publicaciones en soporte intangible”, las cuales son objeto de esta normativa, pues las publicaciones electrónicas en soporte tangible son tratadas por la Ley 23/2011. Se estructura en 3 capítulos, que tratan respectivamente de las disposiciones generales, de la obligación del depósito legal y del procedimiento de gestión de las publicaciones en línea. Se establece que el objeto de este real decreto es el de regular el procedimiento de gestión del depósito de los sitios web y de los recursos en ellos contenidos. 42 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Dadas las especiales características de este tipo de publicaciones y la imposibilidad de ser exhaustivos en su captura, almacenamiento y preservación en las condiciones tecnológicas actuales, el texto legal introduce una serie de novedades con respecto a la regulación del depósito legal de las publicaciones en soporte tangible: La iniciativa del depósito no está en los editores, sino en los centros de conservación que “determinarán qué sitios web y qué recursos son los que se capturarán o depositarán para ser conservados y poder así facilitar su consulta.” No se asignará número de depósito legal a las publicaciones en línea. Para el ingreso de estas publicaciones en los centros de conservación como depósito legal, se prevén varias vías: - Si se trata de publicaciones en línea libremente accesibles: “los centros de conservación podrán capturar las publicaciones en línea que hayan sido objeto de comunicación pública y los sitios web accesibles a través de redes de comunicaciones”. - En el caso de publicaciones en línea de acceso restringido, los editores o productores deberán facilitar, obligatoriamente, la recolección de los sitios web proporcionando a los centros de conservación las claves de acceso. En este supuesto, su consulta se realizará desde los terminales de los centros de conservación. Los centros de conservación podrán establecer acuerdos de colaboración con entidades públicas o privadas que dispongan de plataformas de distribución con las que puedan cooperar como repositorios seguros del depósito legal. ISRN El ISRN (International Standar Technical Report Number) o Número Internacional Normalizado de Informes Técnicos (NIIF es un formato uniforme para la identificación, organización y localización de informes técnicos emitidos por organismos gubernamentales y entidades privadas. El National Technical Information Service (NTIS) coordina la asignación de los ISRN y mantiene un registro de los números asignados. Tiene como máximo 36 caracteres agrupados en 3 partes. Ejemplo: 43 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El código de informe y el grupo secuencial se separan con un doble guión (--). El sufijo local va precedido por un signo más (+). Las barras y los guiones simples pueden ser utilizados para subdivisiones dentro del código de informe y dentro del grupo secuencial. ISWC El ISWC (International Standard Musical Work Code, o Código internacional normalizado para obras musicales) es un número de referencia único, permanente y reconocido internacionalmente para la identificación de obras musicales. El ISWC forma parte del plan CIS (Sistema de Información Común) que la CISAC, la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores, ha desarrollado con objeto de responder a la necesidad de información en la era digital. El ISWC ha sido aprobado por la ISO (Organización Internacional de Normalización). Existe un documento oficial que define cómo debe ser estructurado el ISWC, además de las normas que gobiernan su emisión y aplicación. Un ISWC comienza con la letra "T", seguida de un número único de nueve dígitos (desde 000000001 hasta 999999999) y un dígito de comprobación al final (formato por escrito: T-345246800- 1). Sólo se puede asignar un ISWC, por una agencia de numeración cualificada y cuando todos los creadores han sido identificados de forma única. Los metadatos descriptivos de un ISWC incluyen: El título de la obra Todos los compositores, autores y arreglistas de la obra identificados con sus números IPI y sus códigos de función El código de clasificación de la obra (tomado de la lista de normas del CIS) en el caso de 'versiones', como por ejemplo arreglos, la identificación de la obra de la que procede la versión. 44 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El ISWC identifica de forma única y precisa una obra musical específica. Los métodos de identificación actuales para obras musicales, tales como el título de la obra, en ocasiones pueden causar confusión, especialmente si varias obras musicales comparten el mismo título o uno similar. Puesto que el ISWC se establece de forma permanente para una obra musical, la identifica incluso después de que haya sido distribuida más allá de fronteras nacionales y barreras lingüísticas. El ISWC se puede combinar con una amplia variedad de aplicaciones informatizadas, especialmente aquellas relacionadas con el seguimiento y el intercambio de información sobre obras musicales (por ej. registro, identificación, reparto de derechos, etc.). El ISWC identifica obras musicales, pero no sus manifestaciones, elementos o expresiones (por ej. publicaciones, difusiones, etc.). El ISWC no identifica grabaciones, partituras o cualquier otro tipo de ejecución asociada con una obra musical. Además, el ISWC no indica los compositores o propietarios de derechos de la obra (con frecuencia son demasiados y cambian con el tiempo y de acuerdo con el territorio y los derechos), ni la fecha o el lugar en que se publicó inicialmente la obra. El ISWC debe integrarse dentro de las bases de datos para la administración de obras musicales y de los procesos que acompañan a este tipo de actividades, como, por ejemplo: El registro y la correspondencia entre sociedades de autor Las listas de acuerdos de publicación y subpublicación Las licencias otorgadas por una sociedad Los informes sobre la utilización de música La recaudación e identificación de ejecuciones La administración de los derechos. Cuando se identifica una obra musical en contratos o en la correspondencia, debe indicarse el ISWC tal y como se muestra en este ejemplo: 1.1 "I Love Life" (Smith/Jones) (ISWC T-345246800-1) La Agencia Internacional ISWC, designada por la ISO, es responsable del mantenimiento y la administración de todo el sistema ISWC. La Agencia Internacional ISWC seleccionará y supervisará a las Agencias de numeración de ISWC regionales y/o locales. Estas agencias tendrán autorización para recibir y procesar aplicaciones del ISWC y para atribuir los números ISWC concretos a las obras musicales. 45 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 14. Más de MARC/BIBFRAME MARC Los formatos de intercambio son sistemas de códigos y contenidos que permiten la codificación de registros legibles por ordenador. Dentro de estos formatos se ubica el formato MARC. El formato MARC (Machine Readable Cataloguing Record) es un conjunto de normas que permite almacenar información en registros de cualquier tipo, para posteriormente, poder tratarla, localizarla, intercambiarla o ponerla a disposición del usuario. El formato MARC fue desarrollado para ayudar a las bibliotecas en el uso, desarrollo y mantenimiento de sus bases de datos, y precisamente el desarrollo de este formato ha hecho realidad la catalogación compartida y la automatización de bibliotecas. Conociendo MARC. Fuente La Biblioteca del Congreso de los EEUU inició a finales de los años 50 la investigación para desarrollar un formato legible por “máquina” para los registros bibliográficos. Otras bibliotecas comenzaron a cooperar en este proyecto que incluía el desarrollo y uso del MARC I. La Library of Congress distribuía registros MARC I a los miembros del proyecto y las bibliotecas trataron estos registros en sus ordenadores locales. El proyecto piloto MARC I aportó información para establecer una norma para registros legibles por máquina. El formato MARC I fue refinado y extendido a partir de 1967 en el formato conocido hoy como MARC II, concebido para intercambio de datos, capaz de almacenar información bibliográfica sobre toda clase de materiales. El MARC II es un formato de comunicaciones, su uso principal es permitir que distintas bibliotecas y organizaciones, independientemente de sus sistemas, puedan transmitirse registros entre ellas para ser usados en un sistema automatizado. La estructura del formato se aceptó por la Organización Internacional de Normalización convirtiéndose en norma ISO 2709. Esta norma, junto a la norma ANSI Z39.2, norma nacional americana, definen la estructura del formato MARC. Desde que existe el MARC ha sido sometido a continuos perfeccionamientos para adaptarse a las necesidades de las bibliotecas y sus usuarios. La Library of Congress coordina la investigación y proyectos sobre MARC, sirve como última autoridad sobre estos formatos y es la editora de la documentación de USMARC (hoy en día MARC 21). Otras organizaciones con gran influencia en el desarrollo del MARC son el Comité de laAmerican Library Association, “MARBI”, y el MARC Advisory Comité. Partiendo de las normas ISO y ANSI referidas al formato MARC, éste se articuló en 46 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com dostipologías distintas: El MARC ideal, o MARC puro, que contenía todo el esquema del MARC II. Un MARC adaptable que consistía en las distintas adaptaciones nacionales que se hacían del formato para ajustarlo a las necesidades y costumbres catalográficas decada país. Sin embargo, el MARC adaptable provocó la proliferación de variantes del formato MARC. Esta proliferación supone un problema para compartir registros entre países. Como consecuencia de esta situación, a partir de 1977 bajo los auspicios de la IFLA, comenzó a desarrollarse un nuevo formato de intercambio que incluye todas las variantes de los distintos formatos de bibliotecas nacionales. Este nuevo formato es el UNIMARC (Universal MARC), se difundió internacionalmente, e incluso algunos países (como Portugal) lo adoptaron como formato nacional. La tipología MARC se ha estructurado tradicionalmente en torno a los formatos USMARC (EEUU) y UKMARC (Reino Unido), y basándose en ellos se desarrollaron otros formatos nacionales: Basados en USMARC: IBERMARC (España), CANMARC (Canadá) Basados en UKMARC: CATMARC (Cataluña), AUSMARC (Austria) Los sistemas bibliotecarios norteamericano, canadiense y británico trabajaron para evitar esta dispersión bibliográfica, además de para realizar una revisión del MARC II, con el objetivo de actualizarlo y adaptarlo a las nuevas necesidades catalográficas. Así surge en 1999 el MARC 21, un formato que integra muchas de las características del USMARC y el CANMARC, y también, aunque en menor medida, del UKMARC. En 1975 se creó en España un grupo de trabajo para adaptar el MARC a las necesidades bibliográficas españolas, y en 1976 se publicó la 1ª ed. provisional del Manual de Formato IBERMARC para monografías. El IBERMARC comenzó a aplicarse en España en 1976 con la recogida de los datos correspondientes a la edición nacional del mismo año. Al adaptar este formato España se incorporó al Control Bibliográfico Universal y al canje de información con los países que utilizaban el MARC. También existe una adaptación española del formato de autoridades: 47 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com IBERMARC para registros de autoridad, aparecido en 1999, pero que no incorpora las novedades introducidas por el MARC 21 de autoridades. La 6ª ed. de Formato IBERMARC para registros bibliográficos publicada en 2002 sí tiene en cuenta el MARC 21. Un registro IBERMARC se compone de tres elementos: la estructura del registro, los identificadores de contenido y el contenido del registro. La estructura del registro es un desarrollo de la norma ISO 2709:1996 Los identificadores de contenido son códigos y convenciones establecidas explícitamente para precisar los elementos de un registro y para permitir su manipulación. El contenido del registro se define por normas externas a los formatos (ISBD, Reglas de Catalogación...). Además de existir diversos tipos de formatos MARC en función de cada país, también existen distintos tipos de formatos para cada uno de los materiales que podemos encontrar en una biblioteca. En España se está adaptando el MARC 21, procedente originalmente de EEUU, de hecho, ya se utiliza en la mayoría de las bibliotecas españolas. El MARC 21 permite la codificación de registros legibles por ordenador para 5 tipos de informaciones: datos bibliográficos, de autoridades, de clasificaciones, de fondos y localizaciones y de informaciónde la comunidad. MARC 21 para Registros Bibliográficos: se emplea para la identificación y descripción de distintos tipos de materiales bibliográficos. Es el más conocido de todos los tipos de formato, y el único que se suele traducir y adaptar en todos los países. Se distingue de los otros MARC por los códigos específicos de la posición cabecera /06/ donde se identifica el tipo de material que se va a catalogar, que puede ser: libros, series, archivos de ordenador, mapas, música, materiales visuales y materiales mixtos. MARC 21 para Registros de Autoridad: Se emplea en registros que ofrecen información sobre las formas de autoridad (aceptadas o no) que pueden emplearse como puntos de acceso. Permite ofrecer notas aclaratorias sobre cómo y cuándo usar la autoridad, nos remite a otras formas de autoridad aceptadas. MARC 21 para Registros de Fondos y Localizaciones: El fin de este tipo de formato es proporcionar información sobre cada ítem (unidad circulante), identificar cada uno de los documentos que constituyen el fondo, con datos como la signatura, colección, número de copia, etc. Identifica tres tipos de ítems: simple (por ejemplo, monografía en un volumen), multiparte (por ejemplo, obra en varios volúmenes), seriado (por ejemplo, publicación periódica o seriada). MARC 21 para Registros de Clasificación: Este formato permite codificar los datos relacionados con los números de clasificación y las notas asociadas con ellos. Permite, por tanto, relacionar las notaciones con sus encabezamientos de materia odescriptores correspondientes. MARC 21 para Información de la Comunidad: Es un formato diseñado para la descripción de recursos no bibliográficos. Identifica 5 tipos de información no bibliográfica: Individual: datos sobre un individuo particular Organización: datos sobre un grupo o entidad Programas o servicios: servicios o actividades que no constituyen entidad Eventos: entidades temporales Otros: por ejemplo, tipos de transportes, entretenimientos... El registro MARC puede definirse como una agrupación lógica de elementos, dispuestos en un orden previsto y que constituyen una sola unidad de información que podría 48 Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ordenarse en cualquier lista, catálogo, bibliografía, etc. Existen tres normas ISO que regulan la estructura de estos registros: ▪ ISO 2709: establece las tres partes principales del registro: cabecera, directorioy área de datos. ▪ ISO 1001: especifica la estructura física del archivo para el intercambio deinformación

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