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Academia Auxiliar de Biblioteca La descripción bibliográfica y el control de autoridades Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. ...

Academia Auxiliar de Biblioteca La descripción bibliográfica y el control de autoridades Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 1.Descripción Bibliográfica A través de la descripción bibliográfica describimos e identificamos los aspectos formales del documento; luego, redactaremos los puntos de acceso principal y secundarios al documento en función del tipo de catálogo (todo esto lo veremos a lo largo del tema) y ordenaremos dichos asientos con lo que quedará confeccionado el catálogo, aunque hoy en día los catálogos físicos como tal ya no existen, lo que existe es una “base de datos interna” que va a ser sometida mediante una orden de búsqueda como si realmente existieran estos catálogos, pero en realidad lo que hay son registros documentales automatizados que mediante un lenguaje informático tienen etiquetas o metadatos para recuperarlos por autor, título, etc. Se trata de uno de los temas más complejos de cualquier manual de Auxiliar y Técnico Auxiliar de Bibliotecas que se precie. Esperemos que no se desespere, sólo debe conocer la parte teórica más básica. No obstante, un registro bibliográfico lleva mucho más, pero no es tarea del análisis formal (signatura, número de registro, nº de CDU…). Veamos a continuación un ejemplo: 1. Signatura topográfica 2. Encabezamiento principal 3. Descripción bibliográfica propiamente dicha (cuerpo del registro) 4. Encabezamientos secundarios Fuente: Carrión, M. Manual de bibliotecas. Madrid: Fundación Germán Sánchez Ruipérez, 1987. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Las ISBD El mundo bibliotecario buscaba la homogeneidad de criterios catalogadores desde muy temprano, abogando por la unificación de criterios y la comodidad y la facilidad de uso. En la descripción bibliográfica y catalogación todo el proceso está normalizado, se atiene a unas pautas que siguen todos los centros (en España, la referencia en este sentido para todas las bibliotecas es la Biblioteca Nacional de España). Cuando hablamos de norma nos referimos a una referencia establecida como resultado de una selección colectiva con el objeto de ser base para la resolución de un problema. La normalización pretende establecer un proceso (VER TEMA NORMALIZACIÓN) por el cual se unifican criterios respecto a determinadas materias y posibilita la utilización de un lenguaje común en un campo de actividad concreto. Es un pacto que se plasma en un documento técnico mediante el cual los fabricantes, consumidores y usuarios acuerdan las características técnicas que deberá reunir un producto o servicio. En bibliotecas, la normalización permite racionalizar los métodos de trabajo y homologar los resultados. En el análisis documental, los procesos de descripción bibliográfica y catalogación están estrictamente regulados. Las descripciones de los documentos se presentan en el mismo orden y ajustadas al mismo formato. Se unifican las distintas fuentes de obtención de los datos dentro del documento y se utiliza un lenguaje controlado, que evite ambigüedades, para la descripción de los diferentes elementos. El inicio del movimiento internacional de unificación de las prácticas catalogadoras se remonta a 1961, a la Conferencia Internacional sobre Principios de Catalogación, celebrada en París ese año. Esta conferencia sentó las bases mínimas de unificación sobre los encabezamientos del catálogo de autores y obras anónimas. Ocho años más tarde, en 1969, tuvo lugar la Reunión Internacional de Expertos en Catalogación, en Copenhague, en la que se establecieron las pautas para alcanzar una descripción bibliográfica normalizada, con el fin de unificar los asientos y facilitar su mecanización e intercambio, basado en una red de agencias bibliográficas nacionales que se apoyasen en el tratamiento electrónico de los datos. Como resultado de esa reunión se publica en 1971 la primera edición de las ISBD (Internacional Standard Bibliographic Description). En 1974 se publicarían las ISBD (M) o ISBD para Monografías, y de las experiencias de aplicar estas normas se llegó a la conclusión de que era necesario establecer normas aplicables a todos los materiales y entonces surgieron: ISBD (CM) Para material cartográfico ISBD (S) Para publicaciones seriadas (ISBD CR después) ISBD (NBM) Para material no librario Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ISBD (CF) Para archivos de ordenador ISBD (PM) Para música impresa La implantación de estas reglas normalizadoras en todo el mundo también tuvieron calado en España, donde en 1985 se publicó la Primera Edición de las Reglas de Catalogación para Monografías y Publicaciones Seriadas. En 1988, las necesidades hicieron publicar un segundo tomo catalogador para materiales especiales. Y en 1995 se publicó una edición refundida y definitiva que englobaba a las dos anteriores en la que los Trece Primeros Capítulos están dedicados a la descripción bibliográfica de los distintos tipos de documentos, el capítulo 14 normaliza la elección de los puntos de acceso a esa descripción y el 15 establece la forma de trascripción de cada asiento. En 1999 se vuelve a publicar una nueva edición revisada que es la que está vigente en la actualidad, con precisiones de las reglas para una mejor comprensión. Por otro lado, La Declaración de Principios – conocida comúnmente como los “Principios de París” – fue aprobada por la Conferencia Internacional sobre Principios de Catalogación en 1961 como hemos dicho. Se ha conseguido, sin ninguna duda, su objetivo de servir como base para la normalización en la catalogación: la mayoría de los códigos de catalogación que se desarrollaron en el mundo desde entonces siguieron los Principios estrictamente o, al menos, en un alto grado. Pasados más de cuarenta años, el contar con un conjunto común de principios internacionales de catalogación se ha convertido en algo más que deseable ya que los catalogadores y sus clientes utilizan OPACs (Catálogos de Acceso Público en Línea) por todo el mundo. Ahora, a comienzos del siglo XXI, la IFLA ha realizado un esfuerzo por adaptar los Principios de París a los objetivos que se aplican a los catálogos en línea de bibliotecas y demás (2003). El primero de estos objetivos es atender a los intereses del usuario del catálogo. Estos nuevos principios sustituyen y amplían los Principios de París desde sólo obras textuales a todo tipo de materiales y desde sólo la elección y forma del asiento a todos los aspectos de los registros bibliográficos y de autoridad utilizados en los catálogos de bibliotecas. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Relaciones de influencia en la normalización bibliográfica. Fuente: NAUMIS PEÑA, Catalina. Registro bibliográfico y referencia bibliográfica: una revisión conceptual. Revista Interamericana de Bibliotecología. Ene.-Jun. 2008, vol. 31, no. 1, p. 227-245. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS INTERNACIONALES DE CATALOGACIÓN 2003: Francfort, 2003 Traducidos por Elena Escolano: Pero… La Descripción bibliográfica ha cambiado con la creación de la ISBD consolidada (o la traducción al español desde la BNE), que no es sino un intento de unificar y facilitar el trabajo de catalogadores con una sola norma ISBD que englobe todos los materiales. La nueva ISBD consolidada sólo establece cambios puntuales. Ahora, la ISBD consolidada es la que se debe usar para la descripción (8 áreas + el área 0-nueva área incluida en la Descripción, lo veremos a continuación-) y para el resto de elementos (puntos de acceso y formas de encabezamientos) se usará (como hasta ahora) las Reglas de Catalogación Españolas Vigentes. Ya está en vigor la edición primera (previamente se publicó la preliminar) de la ISBD consolidada, verdadera norma vigente, traducida al español que está siendo utilizada. Se puede encontrar en la Web de la IFLA. La Catalogación no tiene carácter obligatorio, pero la BNE es el referente en el que deben mirarse todas las bibliotecas en esta faceta del análisis documental. No se preocupen, en un examen teórico de grupos C1 y C2, las preguntas a este respecto son básicas, por eso no vamos a profundizar en demasía. Se puede adquirir la ISBD consolidada (versión primera) en español en este enlace, o en el que hemos proporcionado anteriormente. Pese a que en el “mundillo bibliotecario” se le llama Catalogación al Análisis Formal completo, en realidad la Catalogación es la segunda y última fase de éste. La Descripción Bibliográfica (que es la primera) consiste en desarrollar el “cuerpo” de la ficha catalográfica, que está compuesta por 8 áreas (ahora 9 con la reciente aparición del área 0) que describen las características formales del documento. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Para esta descripción, basada únicamente en estas 9 áreas y en sus reglas y usos de las puntuaciones se usa en la actualidad la ISBD consolidada. Una vez realizada esta descripción es cuando realizamos la Catalogación propiamente dicha: Ésta consiste en asignar al registro un Encabezamiento principal y una serie de asientos secundarios, cuyos registros o fichas serán igual que el principal, pero con encabezamientos o índices diferentes. Para esto seguimos usando en España las Reglas de Catalogación Españolas de la BNE. No obstante, lo que antes era manual, ahora, con los módulos de Catalogación de los Sistemas Integrados de Gestión Bibliotecaria (todo esto lo veremos en temas venideros) se hace mucho más sencillo y fácil para el catalogador. Ya todo es automatización. Estén tranquilos, un Auxiliar o Técnico Auxiliar no tiene entre sus funciones Catalogar, por eso, lo importante de este tema es absorber las nociones teóricas que le estamos dando, sin pensar más allá de eso. Si quieren pasar de ahí, deben hacer un Curso Práctico de Catalogación o comprar una Publicación especializada que les enseñe a catalogar, o incluso realizar algún curso especializado. Lo que sí queremos que sepan es cuáles son actualmente las 9 áreas que incluyen la descripción bibliográfica de un documento según la normativa vigente. Ya hemos dicho que estas áreas sirven para describir mediante normas y puntuaciones los datos formales del documento. Son (ya en la nueva ISBD consolidada): “ISBD consolidada y MARC 21 :Manual práctico para catalogadores”. Este nuevo manual de María Olarán Mugica, totalmente práctico, es una guía para la interpretación y utilización de la ISBD consolidada, el formato MARC 21 y las Reglas de Catalogación españolas, en lo que se refiere a monografías impresas modernas. Área 0 - Área de forma del contenido y tipo de medio Área 1 – Área de título y mención de responsabilidad Área 2 – Área de edición Área 3 – Área específica de material o tipo de recurso Área 4 – Área de publicación, producción, distribución, etc. Área 5 – Área de descripción física Área 6 – Área de serie Área 7 – Área notas Área 8 – Área de identificador del recurso y condiciones de disponibilidad Si nos metiéramos de lleno en la catalogación, este tema tendría más de mil páginas, sin temor a equivocarnos. Pero, tratando de ser sucintos, ¿Qué van a describir cada una de estas áreas de la parte formal del documento? Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Área 0 - Área de forma del contenido y tipo de medio (tipo de material y formato, sustituye a una parte que antes incluía el área 1) Área 1 – Área de título y mención de responsabilidad (título, autor y todos sus complementos tales como subtítulo, título en otras lenguas, coautores, etc.) Área 2 – Área de edición (información relativa al número de edición e información complementaria) Área 3 – Área específica de material o tipo de recurso (no se usa en monografías, sirve para especificar la clase de material cuando hay ambigüedad) Área 4 – Área de publicación, producción, distribución, etc. (datos de la publicación del documento) Área 5 – Área de descripción física (longitud, nº de páginas, etc.) Área 6 – Área de serie (serie o colección del documento) Área 7 – Área notas (notas que queremos añadir y que no se han puesto en ningún área) Área 8 – Área de identificador del recurso y condiciones de disponibilidad (números normalizados (ISBN, ISSN… precio, etc.) Nueva Área 0 En 2003, el Grupo de Revisión de ISBD de IFLA nombró un Grupo de Estudio de las Designaciones de Material para examinar las designaciones específicas y generales de material aplicadas a varios medios y múltiples formatos. La conclusión a la que se llegó fue que los términos de la DGM reflejaban una mezcla en ocasiones confusa de formato físico, clase de material, forma de soporte y notación. Como consecuencia de su trabajo, en 2009 se aprobó y publicó el Área 0 de ISBD (y se incluyó, revisada, en la versión definitiva de la edición consolidada de ISBD, en julio de 2011, sustituyendo la designación general de material del área 1. También se incluyó en los ejemplos completos de ISBD publicados en agosto de 2011. La Biblioteca Nacional de España ha empezado, de forma general, a utilizar esta nueva área en enero de 2012. Fruto de estos primeros pasos se publica ahora, en la sección de Normativa de la BNE, un documento que detalla su aplicación en la biblioteca, su codificación en MARC21, acompañado de algunos ejemplos. El objetivo fundamental de esta publicación es compartir con la comunidad bibliotecaria de habla hispana estas primeras experiencias y las decisiones y criterios adoptados. La BNE presentó la traducción al español de la edición preliminar de la ISBD consolidada, publicada en 2007; reemplaza a todas las ISBD para uso de todas las bibliotecas y centros de documentación hispanohablantes. Esta ISBD consolidada integra la descripción de los diferentes tipos de materiales existentes en las colecciones bibliotecarias, por lo que la Biblioteca Nacional de España creó un grupo de traducción integrado por especialistas de dichos materiales y coordinado por la presidenta del Grupo de Revisión de ISBD de la IFLA. Se ha trabajado mucho para conseguir una traducción lo más fiel posible al original, teniendo siempre en cuenta las recomendaciones sobre terminología española aportadas por la Reunión de Expertos en un Código de Catalogación para Latinoamérica, que también se aplican en la traducción de los Principios Internacionales de Catalogación. Se han realizado numerosas consultas a la Real Academia de la Lengua. Asimismo, se ha establecido una estrecha relación con otros grupos traductores del estándar a otras lenguas latinas de Europa, lo que ha contribuido a conseguir una mayor uniformidad en el trabajo. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com A partir de enero de 2010 la BNE empezó a utilizar la ISBD consolidada para la descripción (puesto que está más actualizada) y las Reglas de catalogación (edición nuevamente revisada de 1999, reimpresión de 2010) de la que se seguirán utilizando los capítulos relacionados con forma y elección de los puntos de acceso. Esta decisión se ha llevado a cabo ante los cambios internacionales que se están produciendo y que dificultan por el momento adoptar unas nuevas reglas. Seguimos en cualquier caso muy de cerca lo que se está haciendo en estos momentos y poniéndonos de acuerdo con otros países para trabajar en coordinación, no duplicar esfuerzos y tomar la decisión oportuna en el momento oportuno. Finalmente, en 2011, la IFLA publica la edición de la ISBD consolidada, que incorpora algunas correcciones y modificaciones sobre la ISBD de 2007, y que ya incluye en su texto el nuevo Área 0, aunque con modificaciones con respecto al texto de 2009. La revisión de la traducción y actualización con las nuevas modificaciones o correcciones incluidas en la edición de 2011 la ha llevado a cabo Elena Escolano Rodríguez, y está accesible online en la página Web de IFLA. También se puede descargar la traducción y más información desde la Web de la Biblioteca Nacional de España. (Normas catalogadoras que se quieren aplicar pero aún no se han aplicado. A usted sólo le interesa tener las nociones generales de este aspecto) RDA (Resource Description and Access O RECURSOS, DESCRIPCIÓN Y ACCESO) es una nueva norma de catalogación que reemplazará a las Normas existentes de Catalogación actuales y que surgen por la fulgurante aparición de los nuevos soportes virtuales y las NTICs. RDA supera al código de catalogación anterior dado que proporciona pautas para la catalogación de recursos digitales y pone un mayor énfasis en auxiliar al usuario a encontrar, identificar, seleccionar y obtener la información deseada. RDA favorece la agrupación de registros bibliográficos para mostrar las relaciones inherentes entre las obras y sus creadores. Esta nueva característica es sumamente importante porque permite a los usuarios descubrir las diferentes ediciones, traducciones y/o formatos de una obra - lo que supone un desarrollo sobresaliente-. o RDA facilitará la eficiencia en catalogación porque es una herramienta en línea basada en la Web. o RDA se puede personalizar de manera que se adapten a perfiles de aplicación específicos o tareas particulares y a la catalogación de tipos específicos de material. o RDA aumentará la eficiencia en la catalogación de formatos desconocidos – a través de la herramienta en línea se puede recuperar toda las pautas necesitadas para cada categoría que se está catalogando. o RDA permitirá que el usuario agregue sus propias notas en línea. Asimismo, las interpretaciones de las reglas y/o política institucional o de red se pueden combinar en línea con la pautas RDA. o RDA posibilita la integración con los productos de las empresas comerciales con el fin de agilizar el flujo de trabajo y el rendimiento de la catalogación Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com FRBR En todo caso, esta espectacular evolución de las ISBD no habría sido posible sin la celebración del SEMINARIO DE ESTOCOLMO SOBRE REGISTROS BIBLIOGRÁFICOS de 1990, promovido por el UBCIM y por la sección de catalogación de la IFLA, en el que, mediante una resolución, se sentaron las bases para la constitución de los denominados Requisitos Funcionales para Registros Bibliográficos (FRBR). Desde su aparición, dos de sus objetivos prioritarios han sido: establecer un mínimo de información imprescindible para los registros creados por las agencias bibliográficas nacionales y proporcionar un marco estructurado, claramente definido, para relacionar los datos consignados en los registros con las necesidades de los usuarios. Desde su publicación en 1998, los FRBR han sido cruciales para las revisiones de las ISBD. Por eso, la reciente ISBD Unificada ha sido elaborada garantizando la coherencia con los mismos. Más sobre FRBR… De 1992 a 1995, el Grupo de Estudio de IFLA de los Requerimientos Funcionales para Registros Bibliográficos (FRBR) desarrolló un modelo de entidad-relación como una visión generalizada del universo bibliográfico, que intenta ser independiente de cualquier código de catalogación o su implementación. El mismo informe FRBR incluye una descripción del modelo conceptual (las entidades, relaciones y atributos o metadatos como los llamamos hoy en día), un registro bibliográfico de nivel nacional propuesto para todos los tipos de materiales y las tareas del usuario asociados con los recursos bibliográficos descriptos en los catálogos, bibliografías y otras herramientas bibliográficas. IFLA continúa monitoreando la aplicación de FRBR y promueve su uso y evolución. El Grupo sobre FRBR de la Sección de Catalogación de IFLA, dirigido por Patrick LeBoeuf, mantiene una lista de discusión en línea y un sitio Web. El sitio Web incluye presentaciones, herramientas, etc.… FRBR nos ofrece una nueva perspectiva sobre la estructura y relaciones de los registros bibliográficos y de referencia y también un vocabulario más preciso para ayudar a los futuros realizadores de códigos de catalogación y diseñadores de sistemas a satisfacer las necesidades del usuario. 2.Control de autoridades El control de autoridades es el conjunto de procesos que crean, unifican y actualizan los puntos de acceso de los catálogos automatizados y muestra además las relaciones entre los distintos puntos, de una forma normalizada. Su finalidad es facilitar la búsqueda, identificación y recuperación de los documentos almacenados, evitando confusiones y ahorrando tiempo al usuario. Para asegurar que las obras de una determinada entidad corporativa o personal sean recuperadas siempre que se realice una búsqueda, se deberá determinar el encabezamiento y establecer la forma autorizada de éste, siguiendo también las convenciones y recomendaciones internacionales. El control de autoridades nos permite realizar el catálogo de la biblioteca, ayudándonos como recurso a recuperar registros bibliográficos tanto a profesionales de la información como a los usuarios, para ello, los profesionales de la información, necesitan establecer una serie de tareas principales: Saber diferenciar entre dos puntos de acceso cuando son similares, homonimia Entablar relaciones de forma jerárquica o asociativa entre todos los puntos de Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com acceso. Unificar puntos de acceso que se consideren sinónimos. Establecer una relación entre los puntos de acceso que se encuentren admitidos en las reglas de catalogación y los que no lo estén, también llamado referencias de reenvío. Sobre el control de autoridad en tiempos de cambio Artículo escrito por Claudia Escobar el 18/01/2013 en Biblogtecarios Ahora que tantos cambios aparecen en el panorama del catalogador, existe una práctica que se conserva casi intacta: el control de autoridades, ya que sus cambios iniciaron desde hace treinta años, primero con los avances tecnológicos dentro de la biblioteca, después con los cambios en las normas o estándares que buscaban evidenciar el sentido de realizarlo y clarificar sus propósitos: optimizar la búsqueda y recuperación (mediante la elección del catalogador y el uso que le da el usuario), e incluso con nuevos servicios ofrecidos por los proveedores. La labor del control de autoridad, reflejado en la creación de Registros de Autoridad, hoy día puede dividirse en dos apartados: su contenido (normado por ejemplo, por la segunda parte de las RCAA2 para la elección y construcción de los Puntos de Acceso) y su estructura (de nuestro registro por el MARC Authority). El control de autoridad puede definirse como: o Proceso realizado para mantener consistencia en la forma verbal usada para representar un punto de acceso en el catálogo, así como el posterior proceso de mostrar las relaciones entre nombres, obras y temas. Arlene G. Taylor, Wynar’s introduction to catalonging and classification o El control de autoridades es beneficioso para los catalogadores, a los que posibilita identificar y distinguir entre los puntos de acceso controlados dentro de un catálogo y, aún más importante… beneficia a los usuarios finales, ya que les permite buscar por cualquier forma controlada del nombre del autor o de un título para recuperar los recursos bibliográficos de los catálogos. FRAD o Ayuda a proveer estructura y uniformidad a la información, haciéndola más accesible y valiosa para el usuario de la biblioteca. Robert E. Wolverton, Becoming and authority on authority control… Sin embargo de la mano de RDA llegan algunas novedades enraizadas en FRBR (su base conceptual), lo cual implica la necesidad de conocer una familia de nuevos modelos conceptuales como son: Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com FRAD (Requisitos Funcionales de los Datos de Autoridad): Su desarrollo se planteó desde 1999 y fue presentado en la 70 Conferencia General de IFLA en Buenos Aires (2004) como una extensión y expansión de FRBR, añadiendo numerosas entidades y atributos, define a las entidades, sus atributos y sus relaciones necesarias para las tareas de control de autoridad, incluidas las tareas del usuario: encontrar e identificar. Apoya diversas implementaciones del registro de autoridad. Busca dos objetivos: 1) Proveer entendimiento sobre cómo funcionan actualmente los Registros de autoridad; 2) Clarificar y subrayar conceptos que dan las bases para mejorar o refinar las prácticas de autoridad en el futuro. Es un modelo basado en entender QUÉ hacen los catalogadores; y en el CÓMO utilizan esa información los usuarios. Su implementación busca apoyar las cuatro tareas del usuario planteadas por FRBR (aunque también podemos relacionarlas con lo que buscan los directivos de la biblioteca –las tres primeras- y los bibliotecarios mismos (las cuatro): 1. Encontrar: una entidad o grupo de entidades que respondan a cierto criterio; 2. Identificar: una entidad; 3. Contextualizar: un lugar, persona, organismo corporativo, obra, etc. en su contexto; 4. Justificar: documentar en el registro de autoridad la razón del catalogador para elegirá ese nombre o forma de nombre en el cual está basado cierto punto de acceso FRAD define los datos de autoridad como “la suma de información acerca de una persona, familia, entidad corporativa u obra, cuyo nombre se utilice como base para un punto de acceso controlado en las citas bibliográficas, en los registros de un catálogo de biblioteca o base de datos bibliográficas.” ISADN (International Standard Authority Data Number) Identificadores únicos asignados a registros de autoridad para facilitar la cooperatividad y solucionar problemas como: la duplicidad, simplificar el mantenimiento de vocabularios controlados, ajustar el despliegue (la utilización de un único encabezamiento autorizado, es decir, una única secuencia de caracteres de texto que identifique a una entidad, en el enfoque bibliotecario tradicional, pero se ha demostrado que este tratamiento no sirve en el ámbito internacional, pues se necesita disponer de nombres que puedan entenderse, en distintas lenguas y alfabetos), entre otros. Aparentemente, este sistema puede resultar muy ventajoso, ya que los números funcionan en Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com cualquier sistema o aplicación y son independientes de la lengua (aunque esto no es totalmente cierto, puesto que muchas lenguas no utilizan el sistema de números arábigos utilizado en occidente). Lo sé, al parecer los catalogadores somos fanáticos de utilizar acrónimos extraños y bizarros incluso en su pronunciación, para terminar recordemos que RDA incluye como uno de sus grandes cambios el contemplar la creación de Registros de Autoridad: la Segunda parte de RDA se avoca a registrar datos para identificar Nombres, Familias u Organismos Corporativos así como elementos núcleo para la identificación de dichas entidades, con base en FRAD) y una Tercera parte que aún no ha sido terminada respecto de las Entidades que pueden ser temas (Conceptos, Objetos, Eventos y Lugares). Debates sobre el control de autoridad Algunos critican la inversión que implica para la catalogación realizar un adecuado control de autoridad, el tiempo invertido y la labor del catalogador, frente al valor reducido que representa para la recuperación, además de que el espectro documental al que puede ser aplicado se ha reducido (mayormente documentos impresos). El catálogo es una herramienta que busca principalmente ahorrar tiempo y para esto requiere de estructuras basadas en los Principios de Paris (actualizados en 2009) a fin de “ser un instrumento efectivo y eficiente que posibilite al usuario… encontrar un conjunto de recursos que representan todos los recursos relacionados con una persona, familia u organismo corporativo”. Con todo, por distintas razones los usuarios no siempre encuentran lo que buscan, lo cual plantea otro fuerte cuestionamiento a la realización del Control de Autoridad, hoy día cuando la web derriba barreras físicas para el acceso ¿estamos dispuestos a costear la negligencia de los obstáculos semánticos que contaminan el horizonte informacional? ¿nuestros directores creerán que un control de autoridad realizado parcialmente vale la pena? Dado que el control de autoridad actual este fundamentalmente basado en la investigación del catalogador lo hace muy caro y no se puede realizar a gran escala sin una inversión fuerte. Una alternativa sería el registrar información sobre autoridades antes de publicar un recurso, involucrando a editores, autores, investigadores y bibliotecarios haciendo que dicha información sea más valiosa. Sin embargo, frente a sus detractores la tarea del Control de autoridades es altamente valorada por los bibliotecarios profesionales, según el artículo “Name authority work today” de Susan Burke y Jay Shorten, siendo una tarea hecha mayormente por bibliotecarios con grado de maestría, además de realizarse casi exclusivamente dentro de bibliotecas académicas; algunos factores que influyen en su realización son el tamaño de las bibliotecas, el número de su personal y claro su presupuesto. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com La Biblioteca del Congreso de Estados Unidos cuenta con el programa NACO (Name Authority Cooperative Program) y SACO (Subject Authority Cooperative Program) que invita a bibliotecas extranjeras, instituciones individuales o en grupos, a participar en la creación de registros de autoridad de nombre y registros de autoridad temáticos, esto puede ser visto como la manera de las bibliotecas latinoamericanas para aportar los nombres de sus autores e incluso propuesta de sus temáticas en la forma adecuada de nuestra lengua. El Catálogo de autoridades en la BNE El fichero de Autoridades de la Biblioteca Nacional está constituido por el conjunto de registros de autoridad de nombres de persona, entidad corporativa, título y materias. Los registros de autoridad establecen de forma normalizada el encabezamiento que se utiliza en los registros bibliográficos como puntos de acceso, asociados a una persona, entidad corporativa, título o materia y conforme a la normativa de los Grupos de Trabajo específicos de IFLA, publicada con los títulos Directrices para registros de autoridad y referencias y Directrices para registros de autoridad y referencia de materia. Contenido El fichero de Autoridades de la BNE, en continua actualización, ofrece en este momento acceso a más de 300.000 registros de autoridad de los encabezamientos empleados en los registros bibliográficos del catálogo (consulte las estadísticas). Los registros de autoridad, reflejan la investigación llevada a cabo por la Biblioteca Nacional y contienen, además de la forma aceptada, la información que justifica la terminología escogida, las formas no aceptadas, información sobre las fuentes consultadas, las relaciones con otros encabezamientos; contienen también, cuando se considera pertinente, notas explicativas para el usuario sobre la relación con los encabezamientos variantes y relacionados, así como instrucciones para el catalogador con información de tipo interno para facilitar la uniformidad en su aplicación. El conjunto de los registros de autoridad de materia (EMBN) constituye una lista de encabezamientos de materia, enciclopédica por la variedad de los temas recogidos y especializada por el nivel de especificidad alcanzado. Consulta Las Autoridades se consultan desde un formulario en el que se escribe el término que se quiere buscar y se elige el índice en el que se quiere encontrar dicho término. La búsqueda que se realiza es alfabética y los resultados se presentan en orden alfabético a partir del término introducido. En el caso de nombres de persona hay que escribir en primer lugar el apellido seguido de coma y el nombre. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Los posibles índices son: Persona, Título/Título mapa, Congreso, Entidades, Materias, Geográficos y Subencabezamientos. ▪ Los nombres de personas y nombres de entidad corporativa incluyen registros de autoridad de autor-título y de series de autor-título. ▪ Los títulos anónimos comprenden los registros de autoridad de títulos de obras y series anónimas. ▪ Las materias incluyen los registros de autoridad de materias, términos geográficos, materias con subencabezamiento, personas, entidades, títulos uniformes y nombres geográficos con subencabezamiento y registros de subencabezamientos de materias. ▪ Los registros se pueden ver en formato etiquetado, tesauro y MARC 21. Descarga de registros Permite realizar la descarga de registros de autoridad, ofreciendo la posibilidad de imprimir los registros seleccionados, salvarlos en un fichero local o exportarlos por correo electrónico. Esta funcionalidad se puede llevar a cabo tanto desde la visualización de un registro de autoridad como desde el listado de registros que aparecen tras realizar una búsqueda. Si lo que desea es la descarga de registros bibliográficos deberá hacerlo desde el Catálogo Bibliográfico. Directrices para Registros de Autoridad y Referencias (IFLA): Definiciones (aprender qué es cada cosa) Agencia bibliográfica nacional. La agencia responsable del control bibliográfico en un país. Área. Una de las secciones principales del asiento, que incluye datos de una categoría determinada o sirve para una función determinada. Asiento. Una agrupación lógica de elementos ordenados según un orden prescrito y que juntos constituyen una sola unidad de información que se registra y dispone como tal en un registro, lista, catálogo, bibliografía, etc. Véase también Registro de autoridad, Encabezamiento autorizado, Asiento de autoridad, Asiento explicativo general y Asiento de referencia. Asiento de autoridad. Un encabezamiento autorizado que se presenta al usuario. Este término puede también aplicarse al registro de autoridad completo visualizado por el usuario. Véase también Registro de autoridad. Asiento de referencia. Una presentación de datos de referencia cruzada que dirige al usuario de un catálogo, bibliografía, registro, lista, etc., desde una forma variante de un encabezamiento (referencia de véase) o desde un encabezamiento relacionado (referencia de véase también) al encabezamiento autorizado. Asiento explicativo general. Asiento que sirve para informar a un usuario de una lista, catálogo, bibliografía, etc., sobre una convención que se aplica, bien de forma general o a una categoría particular de encabezamientos, dando así pautas de búsqueda de dichos encabezamientos. Autoridad territorial. Una entidad que ejerce funciones de gobierno de forma plena o restringida sobre un determinado territorio, o al menos pretende ejercerlas. Incluye estados, estados constituyentes y unidades federales, sus unidades regionales o locales, etc. Calificador. Información añadida a un encabezamiento por un catalogador, conforme a las prescripciones de sus reglas de catalogación, para distinguir de manera unívoca a una entidad (persona, institución, obra/expresión) de otras entidades con el mismo nombre o título. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Centro catalogador. La agencia responsable de la creación del registro de autoridad. Designación. Palabra(s), letra(s) o número(s) o una combinación de ellos, que siguen al título principal y pueden aparecer solos o en conjunción con el título de la parte. Elemento. Un atributo en un registro de autoridad, como, por ejemplo, un nombre, notas, fechas, etc. Encabezamiento. Un nombre, palabra o frase situados en la parte superior del registro bibliográfico o de autoridad, de un asiento de referencia o de un asiento de referencia explicativa general; se utiliza para disponer de manera ordenada los asientos y se indiza para dotar de un punto de acceso a cada uno de los mismos o a cada registro. Véase también Punto de acceso y Encabezamiento autorizado. Encabezamiento autorizado. El encabezamiento controlado y uniforme de una entidad (persona, institución o título). Anteriormente conocido como Encabezamiento uniforme. Véase también Asiento. Encabezamiento explicativo. El encabezamiento de un asiento explicativo general, compuesto por lo común de una forma truncada, abreviada o con valor de ejemplo, a partir del cual el usuario se dirige a una clase general o categoría definida de encabezamientos. Encabezamiento paralelo. Una forma alternativa autorizada de un encabezamiento autorizado, formulado de acuerdo con otras reglas de catalogación o en función de otra lengua (en los casos en que hay más de una lengua oficial). Los encabezamientos paralelos se establecen por las agencias bibliográficas nacionales o por otras instituciones autorizadas y responden a las propias necesidades. Tales encabezamientos no deben confundirse con los títulos paralelos de los registros bibliográficos. Véase también Encabezamiento relacionado. Encabezamiento paralelo autorizado. Véase Encabezamiento paralelo. Encabezamiento relacionado. Uno de dos o más encabezamientos autorizados de entidades que están relacionadas bibliográficamente. Encabezamiento uniforme. Véase Encabezamiento autorizado. Encabezamiento variante. Un encabezamiento de forma diferente a la establecida como encabezamiento autorizado. Por regla general tal encabezamiento se basa en un nombre variante utilizado alguna vez por la propia persona o entidad; o por otros para, ocasionalmente, identificar a la persona, entidad u obra; o se construye sobre otro modelo distinto del utilizado para establecer el encabezamiento autorizado. Entidad bibliográfica. Una obra, expresión, manifestación, ítem o una persona o entidad, o bien conceptos, lugares o acontecimientos en el universo bibliográfico. Puede incluir también una persona, entidad u obra representada por un registro de autoridad o identificada por un ISADN (International Standard Authority Data Number). Las entidades “manifestación, ítem, conceptos, lugares o acontecimientos” no se incluyen en estas Directrices. Entidad corporativa. Una organización o grupo de personas y/o de organizaciones que se identifican por un nombre. Esto incluye agrupaciones circunstanciales y acontecimientos como reuniones, conferencias, congresos, expediciones, exposiciones, festivales y ferias. Expresión. La realización intelectual o artística de una obra en una forma de notación alfanumérica, musical o coreográfica, de sonido, imagen, objeto, movimiento, etc., o en cualquier combinación de tales formas. Fichero de autoridad. Un conjunto de registros de autoridad. Fichero de autoridad nacional. Conjunto de registros de autoridad que normalmente crea y mantiene una agencia bibliográfica nacional. Véanse los Requisitos Funcionales de los Registros Bibliográficos : informe final.(Número Internacional Normalizado de Datos de Autoridad). Un número normalizado propuesto para identificar y agrupar entidades (personas físicas, entidades, etc.) con independencia de los encabezamientos de autoridad nacionales. Manifestación. La materialización física de una obra. Nota de información. Una nota pública formulada de forma idó nea para usuarios de catálogos, bibliografías, etc., bajo un encabezamiento autorizado, un encabezamiento de referencia o un encabezamiento Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com explicativo, y que se da con la finalidad de explicar la relación de ese encabezamiento con otros encabezamientos o de proporcionar información histórica sobre el mismo. Nota del catalogador. Una nota redactada por un catalogador cuya finalidad es proporcionar información a otros catalogadores. Nota pública. Véase Nota de información. Número de bibliografía nacional. Un número asignado por la agencia bibliográfica nacional para identificar unívocamente cada registro que ha creado. Obra. Una creación intelectual o artística diferenciada. Punto de acceso. Un nombre, término, código, etc., bajo el cual puede buscarse, encontrarse e identificarse un registro bibliográfico o de autoridad. Véase también Encabezamiento y Encabezamiento autorizado. Registro de autoridad. Un registro de un fichero de autoridad para el cual el elemento organizador es el encabezamiento autorizado de una entidad (persona, entidad corporativa u obra/expresión) tal como se ha establecido por la agencia de catalogación responsable. Además del encabezamiento autorizado, el registro contiene cuando se considera pertinente: notas de información; una relación de todos los encabezamientos variantes y relacionados a partir de los cuales se han hecho referencias (trazados); notas que precisan las fuentes consultadas, etc.; una identificación de la agencia de catalogación responsable del asiento; y (cuando se lleve a efecto) el Número Internacional Normalizado de Datos de Autoridad (ISADN). Registro explicativo general. Un registro de un asiento explicativo general para el usuario de un fichero de autoridad. Reglas de catalogación descriptivas. Las reglas de catalogación utilizadas por una agencia bibliográfica para describir las características físicas y las relaciones bibliográficas de un ítem o unidad bibliográfica. Título uniforme. La forma autorizada por medio de la cual los títulos variantes de diferentes manifestaciones de una obra, con o sin autor, quedan reunidos y enlazados entre sí con fines de búsqueda y acceso. Trazado. La identificación dentro de un registro de autoridad de un encabezamiento variante o de un encabezamiento relacionado, para el que se ha hecho un asiento de referencia con la intención de dirigir al usuario de la lista, catálogo, bibliografía, etc., al encabezamiento autorizado. El trazado se ha diseñado con el fin de ayudar al catalogador a que localice sin ningún esfuerzo los asientos de referencia que se han hecho y controlar estos asientos en el caso de que se precise practicar en ellos una revisión del encabezamiento autorizado.

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