Parte General (3) PDF
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This document discusses the Spanish Cortes Generales, focusing on the functions of the Congress and the Senate. It includes details about regulations, members' rights, composition, elections, and internal organization of the bodies.
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TEMA 3.- LAS CORTES GENERALES: FUNCIONES DEL CONGRESO Y DEL SENADO REGULACIÓN Títuolo III “De las cortes generales” (art 66-96) LO 5/1985, del Régimen Electoral General, LOREG Art 66. 2. Las Cortes Generales - ejercen la potestad legislativa del Estado - aprueban los presu...
TEMA 3.- LAS CORTES GENERALES: FUNCIONES DEL CONGRESO Y DEL SENADO REGULACIÓN Títuolo III “De las cortes generales” (art 66-96) LO 5/1985, del Régimen Electoral General, LOREG Art 66. 2. Las Cortes Generales - ejercen la potestad legislativa del Estado - aprueban los presupuestos - controlan al Gobierno - y demás competencias que le atribuya la CE 3. Las Cortes Generales son inviolables. Las cámaras son los órganos constitucionales representantes del pueblo LOS MIEMBROS DE LAS CORTES GENERALES DERECHOS Art 67.2 -> Los miembros de las Cortes no están sujetos a mandato imperativo Art 71 -> 1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad 2. Asimismo gozarán de inmunidad y sólo podrán ser detenidos por flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva. 3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Es la Cámara Baja de las Cortes Regulado en el Art 68 y en la LOREG COMPOSICIÓN - Se compone de entre 300 y 400 diputados, actualmente 350. - La circunscripción electoral será la provincia, del siguiente modo A cada provincia-> Minimo 2 diputados inicialmente según la LOREG Ceuta y Melilla -> 1 diputado cada una El resto se repartirán mediante representación proporcional, Sistema D´Hont ELECCIONES Serán por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto (ULIDS), siendo electores y elegibles todos los españoles con pleno derechos políticos Los diputados serán elegidos por 4 años Las elecciones tendrán lugar entre 30-60 días desde la terminación del mandato y serán convocadas por el Rey mediante Real Decreto La sesión constitutiva de la Cámara dentro de 25 días siguientes a la celebración de las elecciones EL SENADO Es la Cámara alta de las Cortes Es la Cámara de representación territorial Regulado Art 69. y en la LOREG COMPOSICIÓN Numero de senadores: - 4 por provincia - 3 por isla mayor - 2 Ceuta y Melilla - 1 por isla menor - 1 por CCAA + 1 por cada millón de habitantes ELECCIONES Los senadores serán elegidos por 4 años por sufragio ULIDS CUESTIONES DE AMBAS CÁMARAS DISOLUCIÓN Existen 2 tipos: - AUTOMÁTICA (3 motivos): Finalización del mandato parlamentario (4 años) Disolución de ambas cámaras por no presidente en 2 meses Cuando se acepte por la cámaras por mayoría de 2/3 una propuesta de revisión total o de partes esenciales de la CE Los 3 los hace el Rey mediante Real Decreto y con refrendo del Presidente del Gobierno, salvo la disolución que será refrendada por el Presidente del Congreso - DISCRECIONAL A iniciativa del Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros comunicándolo al Rey. No se podrán disolver: - Durante moción de censura - Durante un año desde la anterior disolución discrecional - En estados excepcionales del Art 116 ( Alarma, excepción y sitio) PERIODO DE SESIONES Dos periodos ordinarios: - Septiembre- Diciembre - Febrero- Junio Sesiones extraordinarias a petición: - Del Gobierno - De la Diputación Permanente (21 miembros) - O mayoría absoluta de cualquiera de las cámaras ORGANIZACIÓN INTERNA 1. ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS - Presidente (72): representación unipersonal de las Cámaras - Mesa (72): Es el órgano rector de la cámara Presidente Vicepresidente Secretarios Congreso 1 4 4 Senado 1 2 4 - El pleno (75): válidamente constituidos cuando asistan la mitad + 1 - Comisiones: Legislativas, no legislativas, no permanentes y mixtas - Diputación permanente: en cada Cámara mínimo 21 miembros 2. ÓRGANOS POLÍTICOS - Grupos parlamentarios: Todos los miembros de la cámara del mismo partido político - Junta de portavoces: El presidente de la Cámara respectiva y los portavoces de todos los grupos de dicha cámara