Decreto N° 87 - Planes y Programas de Estudio - Chile
Document Details
Uploaded by BraveBiedermeier
1990
Tags
Summary
This document outlines educational plans and programs for students with mental disabilities in Chile, 1990. It details different levels of education, from pre-basic to labor and the roles of different professionals involved in the educational process. The document is clearly an educational policy document and not a past paper.
Full Transcript
REPUBLICA DE CHILE APRUEBA PLANES Y MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA PROGRAMAS DE DIRECCION DE EDUCACION ASESORIA JURIDICA ESTUDIO PARA __RECOPILACION Y REGLAMENTOS__...
REPUBLICA DE CHILE APRUEBA PLANES Y MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA PROGRAMAS DE DIRECCION DE EDUCACION ASESORIA JURIDICA ESTUDIO PARA __RECOPILACION Y REGLAMENTOS__ PERSONAS CON MSBG/ MEMG/ STS/ SMD/ gag. DEFICIENCIA MENTAL SANTIAGO, 05 marzo de 1990 EXENTO Nº 87 CONSIDERANDO: Que, es propósito del Ministerio de Educación Pública brindar servicios educativos acorde a las características de los usuarios y necesidades del país; Que, la atención proporcionada a estos escolares se debe desarrollar en forma individualizada, a partir de evaluaciones diagnósticas integrales, realizadas por profesionales idóneos; Que, la Educación Especial atiende educandos con deficiencia mental en grados: Leve o Discreta, Moderna, Severa o Grave, (con el propósito de favorecer) su desarrollo integral y adecuada interrelación con su entorno; Que, los servicios educativos deben incluir niveles pre-básico, básico y laboral, atendidos por profesionales idóneos; Que, las evaluaciones de Planes y Programas para el alumno con déficit intelectual, indican la conveniencia de modificar la normativa vigente; y VISTO: Lo dispuesto en los decretos supremos de Educación Nºs. 2039 y 9555, de 1980, Resolución Nº 1050, de 1980, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, DECRETO: ARTICULO 1º. Apruébase a contar de la fecha de publicación del presente Decreto, los siguientes Planes y Programas de estudio que serán aplicados en escuelas especiales declaradas Cooperadores de la Función Educacional de Estado y que atiendan escolares con deficiencia mental: A.- PLAN DE ESTUDIO: NIVELES PRE-BASICO BASICO LABORAL CICLO 1 2 1 2 1 CURSO 1-2 3-4 5-6-7 8-9-10 1 2 3 EDAD CRONOLOGICA 2-4 5-7 8-11 12-15 16-24 PLAN COMUN Areas de Desarrollo 8 1.- Físico Motor − Psicomotor − Ed. Física, Deportes y 6 6 4 Recreación 8 6 2.- Artístico − Ed. Musical − A. Plásticas − Expresión Corporal 2 4 2 2 − Teatro y Mimo − Danza 4 4 8 4 3.- Cognitivo Funcional − Comunicación - No verbal y verbal - Lec. Escrit. Instrument. - Cálculo − Noc. Del entorno − Social y cultural 8 6 2 4 4.- Social − Actividades Vida Diaria − Formación Moral − Sexualidad 5.- Vocacional 2 10 16 22 26 30 TOTAL HORAS 22 22 28 30 30 32 34 PLAN COMPLEMENTARIO 6 6 5 4 4 4 2 OBJETIVOS: 1. Objetivos Generales 1.1 De los Niveles: 1.1.1. Pre- Básico − Favorecer el desarrollo de las potencialidades físicas, cognitivas y emocional social. − Propiciar la gradual formación de la personalidad adquiriendo independencia, confianza y seguridad en sí mismo. − Orientar al grupo familiar en relación a las actitudes que deban adoptar frente al deficiente mental y su participación en el proceso habilitador y rehabilitador. 1.1.2. Básico: − Fortalecer la autoestima y seguridad personal para lograr la integración dinámica al medio familiar, escolar y social. − Explorar y desarrollar destrezas específicas tanto en función del sujeto como de sus reales posibilidades laborales. − Lograr un manejo funcional de las técnicas instrumentales básicas: Lectura, escritura y cálculo. − Orientar la participación activa del grupo familiar en las acciones educativas propiciadas por la escuela. 1.1.3. Laboral. − Favorecer la adquisición de aprendizajes que posibiliten el desempeño del joven en la vida del trabajo. − Atender a los alumnos, proporcionándoles una formación de tipo laboral que les permita realizar un trabajo semicalificado en forma independiente, supervisada o cooperativa. − Buscar en conjunto con el grupo familiar alternativas laborales acordes a las características del alumno. 1.2. De los Subciclos: 1.2.1. Ciclo I Prebásico − Proporcionar servicios especializados, en forma sistemática y oportuna, al niño entre 2 y 4 años de edad cronológica. 1.2.2. Ciclo II Prebásico − Desarrollar al máximo la psicomotricidad, el lenguaje y el pensamiento en el niño que tenga una edad cronológica de 5 a 7 años. 1.2.3. Ciclo 1 Básico − Favorecer el desarrollo personal, la socialización y la instrucción del educando que tenga una edad cronológica entre 8 y 11 años. 1.2.4. Ciclo 2 Básico − Desarrollar habilidades y destrezas específicas que faciliten una objetiva orientación vocacional y/o laboral a jóvenes que tengan una edad cronológica entre 12 y 15 años. 1.2.5. Ciclo único laboral − Desarrollar habilidades y destrezas orientadas hacia el aprendizaje de un oficio o parte de él a jóvenes que tengan una edad cronológica entre 16-21 años. 1.3. De los Planes: 1.3.1. Plan Común − Estimular las diferentes áreas de desarrollo que favorezcan la formación integral del educando, a través de asignaturas y actividades formuladas con una carga horaria determinada para cada subciclo y curso. 1.3.4. Plan Complementario − Propender a la compensación y superación de áreas de desarrollo o aspectos específicos deficitarios de carácter psicopedagógico, psicológico, fonaudiológico, asistencial, kinésico, o médico, que interfieran el proceso enseñanza-aprendizaje de los alumnos. La atención podrá ser individual o grupal de 6 a 2 horas cronológicas semanales según el nivel, ciclo o curso a que pertenezca el educando que requiera este tipo de atención. 1.4. De las Áreas de Desarrollo 1.4.1. Físico Motor − Lograr que el alumno adquiera un dominio gradual de su entorno físico y social mediante actividades de psicomotricidad, educación física, deportes y recreación. 1.4.2. Artística − Desarrollar la capacidad creativa a través de la expresión corporal, plástica y musical; favoreciendo su interacción familiar, escolar y social. 1.4.3. Cognitiva Funcional − Estimular el desarrollo de los procesos cognitivos que favorezcan el dominio funcional de la comunicación, de situaciones vivenciales cuantificables y del conocimiento de su entorno social y cultural. 1.4.4. Social (Moral – Social) − Desarrollar y Fomentar valores, actitudes y normas de conductas adaptativas que le permitan desenvolverse en su entorno socio-cultural. 1.4.5. Vocacional − Lograr el desarrollo de destrezas y adquisición de habilidades requeridas para la ejecución de tareas que puedan ser aplicadas y transferidas a la vida del trabajo. ARTICULO 2°. Las clases podrán tener una duración mínima de 30 minutos para los cursos del nivel prebásico, 40 minutos para los cursos básicos y 45 minutos para los cursos talleres del nivel laboral, a este tiempo se agregarán 30 minutos dedicados al descanso, los que podrán ser distribuidos de acuerdo a las características de los alumnos y naturaleza de las actividades. ARTICULO 3°. El Plan de estudio que aprueba el presente Decreto está destinado a alumnos que presenten la siguiente característica y requisitos: a) Deficiencia mental debidamente diagnosticada por un organismo de diagnóstico del Ministerio de Educación o por profesionales idóneos inscritos en la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente a un rango de: ♦ Leve o Discreta ♦ Moderada ♦ Severa o grave b) Tener una edad cronológica igual o inferior a 24 años. ARTICULO 4°. La ubicación de los educandos en los diferentes niveles se hará, considerando los actuales criterios de normalización, la enseñanza individualizada y según la edad cronológica establecida en el plan de estudio. ARTICULO 5°. El presente Plan de Estudios tendrá una duración de hasta 20 años distribuidos de la siguiente forma: ♦ Nivel prebásico : 4 a 6 años de duración ♦ Nivel básico : 7 a 8 años de duración ♦ Nivel laboral : 4 a 6 años de duración. Dada la naturaleza del enfoque curricular personalizado que se propicia en el presente Decreto, la duración de cada uno de los cursos señalados puede o no coincidir con el año lectivo correspondiente. ARTICULO 6º. Para dar cumplimiento al Plan de Estudio que aprueba el presente Decreto, los alumnos se organizarán de la siguiente forma: 1.- Cursos del Nivel Prebásico : Cada curso deberá dividirse en dos grupos de un máximo de 7 a 8 alumnos respectivamente y ambos serán extendidos por un docente. 2.- Cursos del Nivel Básico : Curso con un máximo de 15 alumnos. 3.- Cursos del Nivel Laboral : Curso con un máximo de 15 alumnos. ARTICULO 7°. Los programas de estudio correspondientes a las asignaturas y actividades del Plan Común que aprueba el presente Decreto, contemplará los siguientes objetivos: I. AREA FISICO MOTOR: Comprende Educación Psicomotriz, Educación Física, Deportes y Recreación. A. EDUCACION PSICOMOTRIZ. OBJETIVOS GENERALES: 1. Desarrollar la coordinación de movimientos fundamentales en función de la noción del propio cuerpo, de los objetivos y de los demás. 2. Coordinar combinaciones simples y complejas de movimientos fundamentales en función de la elaboración del esquema corporal. 3. Favorecer el desarrollo de la organización y estructuración espacio temporal mediante nociones perceptivo motrices en relación con el propio cuerpo, los objetos y los demás. 4. Favorecer y estimular la disposición afectiva a través de las actividades psicomotoras. OBJETIVOS ESPECIFICOS − Resolver tareas motoras que demandan coordinar movimientos fundamentales de locomoción, manipulación y equilibrio en relación con los elementos que conforman el propio cuerpo. − Resolver tareas motoras que demandan coordinar movimientos fundamentales de locomoción, manipulación y equilibrio en relación con la noción del objeto. − Resolver tareas motoras que demandan coordinar movimientos fundamentales de la locomoción, manipulación y equilibrio en relación con la noción de los demás. − Resolver tareas motoras que demandan coordinar combinaciones simples de movimientos fundamentales, en relación con los elementos que conforman las nociones del propio cuerpo, de los objetos y de los demás. − Controlar los segmentos corporales en la ejecución de movimientos fundamentales a manos libres, con implementos y otras actividades psicomotoras. − Incrementar el desarrollo de la fijación y control de los segmentos corporales en la ejecución de combinaciones de movimientos fundamentales. − Desarrollar y afianzar el predominio lateral mediante acciones motoras simples o combinadas de segmentos superiores e inferiores. − Vivenciar, conocer e interiorizar mediante actividades perceptivo motoras, nociones espaciales en función del propio cuerpo, de los objetos y de los demás. − Favorecer mediante acciones motoras simples o complejas el desarrollo de la posición relativa de los movimientos en el tiempo (sucesión y simultaneidad), de la duración temporal y de la velocidad. B. EDUCACION FISICA, DEPORTES Y RECREACION. OBJETIVOS GENERALES: 1) Adquirir, incrementar y perfeccionar habilidades motoras simples de naturaleza educativo físicas en función de la eficiencia motriz. 2) Desarrollar e incrementar las capacidades motoras básicas en función de la armonía postural y de la eficiencia motriz general. 3) Desarrollar un equilibrio armónico del aspecto biosíquico mediante la práctica de actividades deportivas, recreativas, artísticas y sociales para una óptima utilización del tiempo libre. OBJETIVOS ESPECIFICOS: 1) Desarrollar e incrementar la condición física en función de la eficiencia motriz general con acento en resistencia aeróbica, velocidad, fuerza y flexibilidad. 2) Mantener una postura corporal armónica, nivelando la elasticidad y tono muscular considerando los requerimientos del crecimiento propios de la edad. 3) Adquirir, incrementar y perfeccionar habilidades motoras simples que se incluyen en juegos predeportivos, deportes individuales, deportes colectivos y en danzas folklóricas propias de la región. 4) Resolver con fluidez situaciones simples y complejas de relación motriz con los demás que se presentan en juegos predeportivos y colectivos. II. AREA ARTISTICA: Comprende Educación Musical, Artes Plásticas y Expresión Corporal (Teatro, Mimo y Danza). Objetivos Generales: Estimular y ejercitar el desarrollo de la capacidad creadora para provocar su originalidad y lograr la expresión libre de afectividad, experiencias y vivencias. Objetivos Específicos: Artes Plásticas: 1. Desarrollar las potenciales artísticas y creadoras enriqueciendo la coordinación motora fina. 2. Lograr mediante una gama de actividades que requieran el uso de diversos materiales y herramientas una disciplina de trabajo. 3. Desarrollar la capacidad de apreciar, disfrutar y gozar con la contemplación de la belleza del mundo que lo rodea. 4. Desarrollar la capacidad, habilidad y destreza de expresarse libremente en cuanto a la elección de un tema. 5. Incentivar el uso del color con completa libertad para crear su propio lenguaje de expresión artística. 6. Crear al interior de la Unidad Educativa clubes y talleres que favorezcan las actividades de expresión plástica. Educación Musical. 1. Desarrollar la habilidad para expresarse musicalmente a través de la interpretación vocal, corporal, instrumental y mixta. 2. Propiciar mediante las vivencias musicales actitudes de respeto, disciplina y relaciones humanas armónicas. 3. Lograr la habilidad para interpretar canciones infantiles, folclórica nacional e internacional. 4. Lograr la capacidad de apreciar, disfrutar y gozar los diversos sonidos, ritmos y melodías musicales. 5. Desarrollar la creatividad del niño, mediante la música, el lenguaje y la expresión corporal. 6. Propender al desarrollo de la capacidad de apreciación y comprensión de las diversas formas musicales. Expresión Corporal. (Teatro – Mimo y Danza) 1. Desarrollar la capacidad de expresarse corporalmente en forma creativa mediante juegos, narraciones y situaciones de la vida diaria. 2. Desarrollar habilidades para expresar sentimientos, emociones y vivencias que conduzcan a un mayor bienestar consigo mismo y con los demás. 3. Adquirir una coordinación física que favorezca el control y la gracia corporal. 4. Propender a través de expresiones artísticas a la apreciación de la plástica, la música, el canto y la danza. III. AREA COGNITIVA-FUNCIONAL: Comprende Comunicación (verbal y no verbal), lectura y escritura instrumental, Matemáticas, Nociones entorno social y cultural. A. COMUNICACION – LECTURA Y ESCRITURA INSTRUMENTAL. Objetivos Generales: 1. Desarrollar habilidades de comunicación de acuerdo a potencialidades de modo que faciliten la interacción con su medio familiar, escolar, laboral y social. 2. Desarrollar habilidades de comunicación gestual, oral y escrita instrumental a nivel comprensivo y expresivo. Objetivos Específicos: 1. Adquirir las capacidades previas para el desarrollo del lenguaje. 2. Adquirir y desarrollar la comunicación gestual comprensiva y expresiva, de acuerdo a las necesidades del niño. 3. Adquirir y desarrollar la comunicación oral y expresiva de acuerdo a sus potencialidades. 4. Adquirir y desarrollar la habilidad para reconocer visualmente e interpretar símbolos y/o mensajes escritos que resguarden su seguridad personal. 5. Adquirir el proceso de la lectura instrumental. 6. Adquirir el proceso de la escritura instrumental. Los objetivos de lectura, escritura y cálculo deben abordarse si el alumno ha alcanzado la madurez necesaria. C. CALCULO: Objetivos Generales: 1. Desarrollar y afianzar los conceptos básicos relativos a espacio, tiempo y cantidad, a fin de favorecer la formación y adquisición de los conceptos o estructuras lógico- matemáticas. 2. Desarrollar la lectura y escritura de números y adquisición de las operaciones elementales de cálculo y su aplicación práctica. Objetivos Específicos: 1. Afianzar los conceptos básicos relativos a orientación espacial, temporal. 2. Manejar a nivel concreto expresiones cuantitativas. 3. Estimular la adquisición de las nociones de clasificación, seriación, correspondencia y conservación necesarias para la formación del concepto de número. 4. Leer y escribir los diez primeros números. 5. Lograr la adquisición de la suma y la resta y sus aplicaciones prácticas. 6. Resolver en forma oral y escrita ejercicios de suma y resta en el ámbito numérico conocido. 7. Leer y escribir los números hasta 100, 1.000 y superiores. 8. Lograr la adquisición de la multiplicación y la división y sus aplicaciones prácticas. 9. Conocer e identificar figuras y cuerpos geométricos básicos y sus aplicaciones prácticas. 10. Conocer, identificar y aplicar fracciones (1/2, ¼ y 1/8) y sus aplicaciones. 11. Aplicar medidas estandarizadas y no estandarizadas en situaciones de la vida diaria. D. NOCIONES DEL ENTORNO NATURAL Y CULTURAL: Objetivos Generales: 1. Desarrollar habilidades para conocer y comprender elementos naturales básicos del mundo en que vive. 2. Desarrollar habilidades para conocer y comprender hechos y fenómenos históricos- culturales. Objetivos Específicos: 1. Identificar y comprender el ambiente familiar, escolar y comunitario en que se desenvuelve. 2. Reconocer y utilizar medidas preventivas e higiénicas de tipo ambiental, alimenticio y corporales que protegen la salud. 3. Identificar recursos naturales propios de la región y su importancia para la vida del hombre. 4. Identificar los símbolos patrios y reconocer figuras relevantes de la historia, efemérides y feriados nacionales. 5. Identificar y participar en diversas formas de expresión artística y recreativas de su comunidad, país y región. 6. Conocer y valorar el aporte que para el desarrollo de la humanidad han hecho los hombres de diferentes oficios y profesiones y las instituciones en que se organizan. 7. Desarrollar actitudes de respeto, responsabilidad y aprecio hacia las normas y leyes que protegen y favorecen la convivencia humana. 8. Conocer las características geográficas y económicas regional y nacional. IV. AREA SOCIAL: Comprende actividades de la vida diaria, formación moral, sexualidad. Objetivos Generales: 1. Desarrollar una competencia razonable en las habilidades que requiere la vida diaria para lograr una máxima independencia personal. 2. Lograr patrones de comportamiento, valores, hábitos y actitudes deseables que permitan una adecuada integración a la vida familiar, escolar y comunitaria. 3. Proporcionar el conocimiento, comprensión, aceptación y valoración de su propia identidad masculina o femenina para enfrentar un comportamiento sexual adecuado en sus relaciones sociales personales. 4. Capacitar a los padres y núcleo familiar en los aspectos biológicos, psicológicos y psicosociales para conocer, comprender y manejar la formación de la personalidad y sexualidad del niño o joven deficiente mental. Objetivos Específicos: 1. Desarrollar capacidad para identificarse a sí mismo, manejar sus pertenencias y ubicar lugares de trabajo, recreación e higiene. 2. Desarrollar hábitos que favorezcan la independencia personal (alimentación, vestuario, higiene, movilidad). 3. Capacitar para identificar y respetar normas de seguridad personal. 4. Desarrollar la capacidad para actuar de acuerdo a normas establecidas tanto en el hogar como en la escuela y comunidad. 5. Capacitar para la participación en organizaciones culturales deportivas y recreativas de la escuela y comunidad. 6. Favorecer la manifestación de actitudes de cortesía, compañerismo, aceptación, respeto, honestidad, justicia, colaboración y otros. 7. Valorar el significado personal y social del amor, propiciando una adecuada expresión de la sexualidad humana mediante el conocimiento, autocontrol y orden de sus impulsos y tendencias. 8. Desarrollar valores espirituales a través de acciones vivenciadas y realizadas por los mismos niños. V. VOCACIONAL. Objetivos Generales. 1. Desarrollar técnicas básicas de coordinación motriz requeridas para la elaboración y/o transformación de objetos. 2. Explorar y desarrollar destrezas y habilidades pre-vocacionales. 3. Orientar hacia el aprendizaje de técnicas básicas para un oficio determinado o parte de él. 4. Proporcionar la capacitación y habilidad de interrelación laboral que exige un determinado trabajo para su correcta ejecución. 5. Orientar a la vida del trabajo de acuerdo al nivel educativo alcanzado. Objetivos Específicos: 1. Desarrollar habilidades y destrezas para manipular objetos utilizando la mano y la pinza. 2. Adquirir el control del gesto y la presión de la mano que se requieren para aplicar Técnicas Básicas. 3. Adquirir el conocimiento de técnicas básicas para realizar trabajos con papel, cartulina y cartón. 4. Conocer y aplicar diferentes materiales utilizados para colorear. 5. Conocer procedimientos para combinar diferentes materiales y técnicas utilizadas en trabajos con pastas, papeles, cartones, maderas, metales, semillas, frutos y materiales diversos. 6. Identificar con precisión herramientas, materiales y técnicas empleadas en un determinado trabajo. 7. Conocer y practicar normas de seguridad y prevención de accidentes en la utilización de herramientas y maquinarias. 8. Afianzar hábitos de higiene personal y laboral. 9. Adquirir el conocimiento del vocabulario propio de oficio. 10. Conocer nociones básicas acerca de leyes laborales vigentes. 11. Adquirir una adecuada interacción preformal en ambientes de trabajo acordes a la realidad ocupacional. ARTICULO 8°. La evaluación educacional, el progreso escolar y egreso de los alumnos se regirá por las siguientes normas. 1. La evaluación se entenderá como un control y registro sistemático del logro de los objetivos de un programa educacional diseñado para cada alumno. 2. El programa establecido para el educando a partir de una evaluación diagnóstica será evaluado formativamente. Al finalizar el primer semestre se emitirá un informe cualitativo de los progresos alcanzados y una certificación al término del año lectivo, indicando en cada caso los logros obtenidos 3. La valoración funcional de los aprendizajes será registrada en conceptos en las asignaturas y actividades que establece el presente Decreto en su Art. 1, de acuerdo a la siguiente escala: Objetivo Logrado (L) Objetivos en Desarrollo (OD) Objetivo No Logrado (NL) 4. Los alumnos cursarán en forma progresiva los distintos cursos, ciclos y niveles de acuerdo a edades cronológicas que determina el presente Decreto. Las notaciones conceptuales obtenidas por el alumno en las asignaturas y actividades del plan común y complementarlo, no tendrán incidencia en la ubicación escolar secuenciada del alumno. No obstante lo anterior, los educandos que cursen el nivel laboral serán promovidos y egresados considerando objetivo logrado (L) en el Area Vocacional. 5. A su egreso del nivel laboral, el alumno obtendrá una certificación otorgada por el propio establecimiento que acreditará la capacitación alcanzada en un oficio o tarea determinada. ARTICULO 9º. Podrán integrarse áreas de desarrollo afines sumando la carga horaria asignada a cada una de ellas, considerando las características y necesidades de los educandos, autorizadas por la Dirección Provincial de Educación que corresponda. ARTICULO 10º. El establecimiento que desee ofrecer programas educativos del (ciclo 1 pre-básico) y/o se interese en proporcionar a sus alumnos aprendizajes orientados a la vida del trabajo a través del nivel laboral, deberá presentar a la Secretaría Regional Ministerial de Educación que corresponda, una solicitud que identifique los recursos humanos y materiales con que se cuenta y en el caso del nivel laboral las especialidades o tareas que desee impartir. El nivel laboral podrá impartirse también en: Centros de Capacitación Laboral. ARTICULO 11º. Durante su permanencia en los cursos talleres del nivel laboral, los alumnos podrán realizar períodos de práctica supervisada, actividad que deberá estar consignada en el proyecto educativo del establecimiento. ARTICULO 12º. Los límites de edades cronológicas establecidas para el nivel laboral (16 a 24 años) comenzarán a regir luego de 4 años contados desde la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial. ARTICULO 13º. Los alumnos que estén en condiciones de integrarse a la educación común, previo acuerdo con los padres y apoderados, serán derivados con un certificado emitido por el establecimiento de origen que indique el curso al cual debieran ser incorporados. ARTICULO 14º. Derógase el Decreto Supremo de Educación Nº 310, de 1976, que aprueba plan de estudio para deficiencia mental y el Decreto Supremo de Educación Nº 244, de 1977, que aprueba programas de estudio para deficiencia mental. Los planes y programas especiales de Capacitación Laboral aprobados conservarán su vigencia hasta terminar su período de experimentación. ARTICULO 15º. La Dirección de Educación supervisará la aplicación de los planes y programas que aprueba el presente decreto, asimismo, resolverá las situaciones no previstas dentro de la esfera de sus atribuciones, sin perjuicio de las que corresponden a las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación. ARTICULO TRANSITORIO. No obstante de lo establecido en el artículo primero del presente decreto, en planes aprobados podrán aplicarse gradualmente durante el primer semestre del presente año escolar hasta alcanzar su plena vigencia en el segundo semestre. ANÓTESE Y PUBLÍQUESE POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PROF. RENE SALAME MARTIN MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA