Apuntes: TERCERA FASE DERECHO TRIBUTARIO PDF

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This document provides notes on the third phase of Tax Law. It covers topics such as fiscalization, contentious issues, non-contentious matters, and actions for tax collection. The material is likely intended for professional study.

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APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. TERCERA FASE La administración escoge que tipo de fiscalización quiere, puede ser: DERECHO TRIBUTARIO DEFINITIVA: (1año) l...

APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. TERCERA FASE La administración escoge que tipo de fiscalización quiere, puede ser: DERECHO TRIBUTARIO DEFINITIVA: (1año) la administración puede En la administración tributaria revisar todos los elementos contamos con procesos y del tributo (puede ser que lo procedimientos, los cuales son con haga como también que no cuatro tipos de procedimientos lo haga) que llevaremos en esta fase La administración tiene la Fiscalización, contencioso, no obligación de inspeccionar contencioso, cobranza coactiva todo, si no me pregunto algo a su debido tiempo ya FISCALIZACION: no es mi culpa sino de la Es un proceso complejo ya que la administración. administración se rige de manera Si lo hace completamente reglada, con el objetivo de ejercer ya no me podrá volver a la facultad de determinar un fiscalizar, ya que no lo correcto o incorrecto del pueden hacer dos veces por cumplimiento de obligaciones lo mismo. tributarias formales o informales En resumen: la administración puede Tenemos 3 tipos de fiscalización: fiscalizar durante 1 año o a Cada uno de estos procedimientos lo mucho 2 cuando es darán una garantía para el prorrogable en la que el administrado (toda obligación de fiscalizador recauda la la administración es garantía para información ahí termina, ya el administrado) no puede volver a poder pedir esta información de El alcance de esta fiscalización no nuevo en fiscalizaciones puede ser nuevamente futuras. fiscalizado algo que ya se Se puede prorrogar + 1 fiscalizo nuevamente, esto es una año más: obligación para la administración Complicado “si ya me fiscalizaron antes no me Delitos tributarios pueden fiscalizar de nuevo” a lo Grupos empresariales como cual es una garantía para el consorcios, asociaciones administrado Importante: La ampliación no se puede dar vencido el plazo APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. de fiscalización, esto se tiene Plazo: 1 año 6 meses y 30 días que dar antes. para que la administración pueda pedir la información, Todo esto por la seguridad que consideren necesaria, jurídica del administrado luego vencido este plazo ya no Puntos importantes: puede pedir información. ✓ Fuera del plazo ya no PROCESO DE puedes pedir FISCALIZACION: información Inicia: con una carta y un ✓ Se inicia el plazo cuando requerimiento inicial los cuales el fiscalizado presento tienen que ser detallados toda la información mencionando el tipo de RTF 4075-Q-2015 información que se requiere u RTF 476-1-2017 como quiere que se presente además también da la fecha de PARCIAL DE CAMPO: presentación, la respuesta también (6 meses) solo fiscaliza un tiene que ser detallada. aspecto que se señaló en la carta de fiscalización. (debe Reparo (observar): Es lo mencionar cual es el que considera la aspecto a fiscalizar). administración referente a Ejemplo: Se podría solo lo que está mal en la verificar gastos en dicha determinación del fiscalización. administrado. Puede ampliarse a una ¿Por qué es importantes? fiscalización definitiva Porque gracias a estos la únicamente antes de administración podrá vencerse el plazo de fundamentar los valores. fiscalización parcial (6 ¿Qué Contiene? meses). Cartas de requerimiento, cartas PARCIAL respuestas y valores. ELECTRONICA: solo dura 30 días en los cuales Carta inicial: presentación por solo se limita a cotejar parte de la administración información y cruce de tributaria señalando quien es el información. Técnicamente que llevara el procedimiento de solo es un cotejo de fiscalización, en segundo lugar, información. quien es su supervisor. (cual es el APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. tipo de fiscalización, cual es el “la administración pida pericia a periodo y que tributo) un especialista y mientras el perito se demore la administración no “solo me puede fiscalizar el que puede” fue presentado” también si me mencionan en que periodo me van En estos casos se suspende. a fiscalizar, no lo podrán hacer de Información de autoridades de otras fechas otros países ✓ Todo esto es una garantía “le pido información tributaria a la para el administrado DIAN (Colombia) y esta se ✓ Obligación para la demora en responder” administración También al depender de un Solo me pueden preguntar tercero referente a lo que me están fiscalizando. Casos de fuerza mayor o fortuitos, no depende de la administración La administración no puede fiscalizar a todos debido a que su “el caso del COVID la presupuesto no es muy amplio a lo administración no podía ni cual solo se enfoca en los movilizarse incluso muchos contribuyentes que paguen más fallecieron”. Técnicamente se sacrifica no ¿En todos estos casos quien se fiscalizar a todos para poder puede preocupar de atender la fiscalizar a unos pocos para que fiscalización? paguen más. También se suspende cuando no Art 75 los requerimientos aquí entrega información. son excepcionales ya que se puede Cuando hay un proceso judicial, solicitar un requerimiento después también se suspende. de vencido el plazo “solo señala los reparos” no puedes solicitar Solicitas información a entidades más información. privadas. RTF 447-11-2021 De concurrir a dos o más causales también se suspende. “dar oportunidad de defenderse antes de la emisión de valores” RTF 790-Q-2017 (Cruce de información) Suspensión: la administración se encuentre limitada para actuar, debido a que puede depender de Vencidos los plazos: un tercero. APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. La administración ya no puede o un remedio que permite solicitar más información, esto es cuestionar acotación de la una garantía para el administrado administración tributaria y como una obligación para la del tribunal fiscal que administración. contravengan lo señalado por el código tributario y ley Si la administración no informa o no notifica al administrado se da “solo si no existen valores” es por vencido, todo por seguridad decir actos de la jurídica. administración, pues si ya término del proceso ya no puedes hacer nada. Resultados de requerimiento: ¿Quién resuelve? ❖ Empieza a completarse el La queja es resuelta por el tribunal plazo de fiscalización fiscal y si es contra el ❖ El resultado contiene tribunal el que resuelve es el reparos ministro de economía y ❖ Conclusivo se emite al finanzas. amparo articulo 75 Recursos: cuando existe valores y Actas: la administración dejara aquí los plazos suelen ser constancia de lo que se a exhibido muy largos y lo que se ha presentado. También dejara constancia de su Reclamación evaluación asi como de los hechos Apelación constatados en el procedimiento PROCEDIMIENTO NO de fiscalización. CONTENCIOSO: “lo que se constató” No tiene litis no existe conflicto, Fin del proceso de Fiscalización: es la materialización del derecho termina con la emisión de valores de petición que emite el administrado con el objetivo de Valor: Es la determinación de una ser respondido por el estado. deuda y la futura configuración de una infracción tributaria. Diferencia: existen solicitudes que se encuentran vinculadas a la materialización de una obligación Remedios: tributaria. denominadas quejas las cuales se resuelven 20 días, un recurso APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. TIPOS DE SOLICITUDES: Esto se da porque el estado le da la oportunidad a la administración Vinculadas: para poder corregir sus errores. Serán resueltas referente al código ETAPAS EN MATERIA tributario (Solo cuando esté TRIBUTARIA: vinculado a la determinación de la obligación tributaria) en el pago ❖ Reclamación de tributos. ❖ Apelación No vinculadas: “el tribunal fiscal puede actuar en tres instancias” Se resolverán conforme con la ley de Procedimientos RESOLUCIÓN DE Administrativos (Todo lo que no DETERMINACION (RD) está relacionado). Este acto se encuentra Aquella entidad que no genere fundamentado haciendo referencia lucro y cuente con una a otros documentos “siempre tiene calificación especial por la que haber un nexo en lo que SUNAT como entidad (perceptora señalen los fundamentos con los de donaciones) tienes que estar otros documentos. inscrita como entidad exonerada RESOLUCIÓN DE MULTA de donaciones. (RM): DETERMINACION EN Contiene la configuración de una NUETRO PAIS ES MIXTA YA sanción, que responde a los QUE PUEDE SER: incumplimientos formales que se Vía Administrativo: generaron en materia tributaria determinación, autodeterminación Regulado en: Art 172 al 179 Vía Judicial: Contencioso A las infracciones no les interesa administrativo si manifestaste dolo o culpa ya El proceso contencioso tiene un que simplemente por su conflicto ya que no existe un incumplimiento se aplican. tercero interesado que resuelva el Pueden existir casos en los que la conflicto entre partes. administración puede dejar de Ya que cuando inicias el sancionar solo en unos muy procedimiento mediante especiales y excepcionales, Como reclamación, Pues quien resuelve lo es a través de una norma que lo es la administración misma ya que indique. esta es (juez y parte) APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. Ambas como la RM y la RD El código tributario establece los cuentan con una variante de actos reclamables, solo se puede anexos. reclamar los actos que estén en el código tributario. ART 77: Requisitos comunes a las RD – RM Por ejemplo: ORDEN DE PAGO (OP) La Queja: Cuando no se encuentra regulado dentro del código “no Es mucho más fácil ya que son reclamables”. proviene de una determinación más sencilla, ya que solo REQUISTOS DE dependerá de cómo se determinó ADMISIBILIDAD: la deuda. 1. El escrito tiene que tener VIA ADMINITRATIVA: los fundamentos de hecho y derecho. 1. LA RECLAMACIÓN: Regla, no puedo impugnar El que tenga interés económico o una regla si no pago, moral podrá interponerlo, también excepción puedo impugnar podría ser el caso de familiares de esta orden cuando la un incapacitado cobranza provenga improcedente. ¿Quiénes resuelven? “yo pague una deuda en tal En primera instancia la SUNAT fecha vía web y el sistema respecto a los tributos que este del banco no reconoció el administre. pago por un error del sistema, para SUNAT no le SUNAT es juez y parte, pero esto llego, y al día siguiente me se le hacer para que esta pueda dan una orden de pago, pese enmendar sus errores a que ya pagué a lo cual “generalmente SUNAT no acepta esto viene a ser sus errores” improcedente” Ya que si esto sucede esto implica RD: 20 días hábiles – sin responsabilidad del funcionario. pago previo RM: 20 días hábiles – sin “Entonces SUNAT resuelve en pago previo primera instancia para que puedan OP: 20 días hábiles tener oportunidad de corregir sus excepción (119 CT) errores”. También los gobiernos locales son De no cumplir con estos responsables de resolver. requisitos la administración APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. tiene la obligación de “el plazo únicamente darnos la oportunidad de funciona para no pagar” poder enmendar (15 días) “si haces la reclamación y si no tienes nada que pagar no cumples con todos los no existe plazo. requisitos la administración te tiene que dar plazo (15 días) para subsanarla”. PRECIOS DE TRANSFERENCIA (PTS) Frente a una reclamación extemporánea “establecer valores de Existe impugnación, pero mercado” pagando o garantizando la deuda, la garantizarían es ❖ Partes vinculadas mediante una carta fianza ❖ Cuando se realizan bancaria. operaciones en Asia o paraísos fiscales El pagar una deuda o ¿Por qué hay más plazos en garantizarla con carta precios de transferencias? fianza y estoy impugnando es porque no es mi deuda o Simplemente porque es más no estoy conforme con lo complejo que se tiene que pasar. Contienen una evaluación ¿Cuál es el plazo y los sobre los valores que se requisitos que debemos generen en operaciones que cumplir respecto a una se realicen entre o con reclamación de una territorios con bajo precios resolución de como son los paraísos determinación que tenga fiscales “Islandia, islas un crédito? caimán, linchasteis” Nada, ya que la puedes impugnar cuando quieras MEDIOS PROBATORIOS EN (20, 25, 30 días) porque no ESTOS DOCUMENTOS: hay deuda ya que como es crédito no hay monto a Documentos, pericias pagar. manifestaciones, inspecciones con el límite de que no se te haya requerido anteriormente de forma APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. expresa en un proceso de y un reexamen seria como otra fiscalización. fiscalización más. Si fueron pedidos y no los DESISTIMIENTO: presente en esa etapa de Se puede realizar en cualquier fiscalización ya no la podre volver momento, es incondicional, tiene a presentar, salvo medios que haber firma legalizada y es probatorios extemporáneos, o por facultad de la administración pagar antes. aceptar el desistimiento. Y es casi imposible ya que nadie Pero no siempre la administración pagaría una deuda que no es suya. aceptaría el desistimiento ya que También se pueden dar pruebas pueden ver casos donde se esté de oficio, en cualquier estado del encubriendo un delito tributario. procedimiento administrativo le FIN DEL PROCEDIMIENTO: corresponde a la autoridad administrativa incorporar de oficio Plazos promedios, son las pruebas que considere determinantes para conocer el necesarias para el plazo de suspensión de la esclarecimiento de los hechos. prescripción REEXAMEN: ❖ 9 meses - PT ❖ 12 meses casos más La administración en este proceso complejos puede hacer un reexamen, donde ❖ 2 meses denegatorias tacitas se puede revisar lo que ya se a solicitud de devolución de examinó en fiscalización. saldo El órgano encargado para resolver ❖ 20 días- (Afectación podrá comunicar el incremento inmediata) del monto que considero la CB+ITV+CTEuOPI administración en el reexamen Resolución de intendencia – RI para que pueda defenderse Al momento de resolver la AT Bien se pueden incrementar o podría disponer la acumulación de disminuir las deudas, pero no las los expedientes de reclamación. multas. La AT no puede abstenerse a “la administración no puede hacer dictar la resolución por defecto o reexamen de oficio ya que deficiencia de ley. técnicamente ellos ya tuvieron antes la oportunidad de fiscalizar APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. 2. APELACION: obligación de darte 15 días para subsanar. Resuelta por el tribunal fiscal agotando la vía previa. “el tribunal Casos especiales como fiscal es la última vía donde ya se (Afectación inmediata) CB+ITV agota. CTEuOPI es de 5 días para resolver. Siempre es escrito sin embargo existe la opción de dar un informe El informe oral en la apelación se oral ante el tribunal fiscal, en una tiene que solicitar y si no lo haces audiencia en vivo y en directo. pierdes la oportunidad de brindar una defensa oral ante el tribunal Plazos para impugnar 6 meses, fiscal. esto no pasa en la reclamación. “El inicio de un proceso judicial Requisitos: no impide el inicio de una ❖ No existe como requisito la resolución administrativa, no evita firma de un abogado para la cobranza” presentar un recurso. ¿Medidas Cautelares para ❖ Se a eliminado el requisito evitar esto? de un escrito fundamentado. ❖ Se incluyo de que se Es muy difícil en ámbito tributario implemente un formato de obtener dichas medidas afiliación electrónica al Pretensión cautelar, el juez corre tribunal fiscal, buzón traslado a la administración la electrónico deuda y se resuelve referente a lo ❖ Plazo de 15 días, En casos que ellos mencionen de precios de transferencia (30 días) Y esto es complicado ya que nunca la administración va a dar Si no cumples con los requisitos te la razón al administrado. tiene que dar el plazo ya que son requisitos subsanables. Informe oral: Única oportunidad para pedir Se cita a las partes en un lugar a informe oral es en la apelación, no una misma hora donde se le da la hay más. oportunidad al administrado para que hable por 10 minutos y Ojo: tienes que pedir el informe después se le pasa la palabra a la oral en la apelación si no lo pides administración a través del Pierdes tu oportunidad. procurador luego se pasa a la Si no cumples con todos los réplica del administrado donde requisitos la administración esta APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. luego se pasan las preguntas a los ya que anteriormente ya lo vocales. hice. Alegatos: Argumentos puntualizados que ayudan a los APELACION DE PURO vocales a resolver. DERECHO: ASPECTOS Se discute la naturaleza de una INIMPUGNABLES: figura jurídica con un plazo de ❖ Cuando no reclame en su resolución de 20 días por el debido momento y acepte lo tribunal fiscal. que anteriormente la En CB ITV (Afectación administración emitió. Sin inmediata) son 10 días. importar si estaba mal o no. ❖ Nuevos hechos o aspectos “En cualquier etapa del proceso que obligarían al tribunal puedo interponer queja. Ya que si fiscal a pedir cargas de la administración (TF) se demora prueba. para resolver puedo aplicar esta ❖ Medios probatorios que queja ante el ministro de habían sido pedidos (etapa finanzas”. de reclamación) pero nunca PROCEDIMIENTO DE fueron presentados. COBRANZA COACTIVA: Plazo para resolver del tribunal En este procedimiento la fiscal: 12 meses, Precios de administración busca transferencia 18 meses. efectivización del pago de una ¿Cuándo no se concede la deuda “tutela efectiva” palabra en el informe oral? Es la materialización de su ❖ Cuando las apelaciones de facultad de cobro, a través de este puro derecho no son de procedimiento la administración puro derecho (el tribunal recauda la deuda que es exigible fiscal evaluara esto) para este procedimiento. ❖ Cuando se declare la No todas las deudas, solo será la nulidad del concesorio de la que tenga de calidad exigible (Art apelación, 114) ❖ Quejas ❖ Después de emitida la RTF A través de este procedimiento de y si yo quiero pedir la obtiene tutela efectiva, es muy ampliación corrección, no similar a la recuperación de una podre informar oralmente deuda entre privados. APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. Ejem: Erick de le debe dinero En este proceso no se discute el Piero, este último le dice que no origen de la deuda, solo es el tiene a lo cual este le podría cobro- mandar una carta notarial para que Las deudas exigibles están en el pague, si no acepta esta vez lo artículo 114 y 115 invita a conciliar y si ya ahí no acepta lo demanda, por obligación ❖ Una deuda será exigible en de dar suma de dinero, termina el resoluciones de proceso emitirá una sentencia el determinación o de multa, juez. perdida de fraccionamiento no reclamadas en el plazo. Sabiendo esto de que nos sirve la ❖ Resoluciones de sentencia si declara fundada la determinación o de multa demanda, pero no me paga. reclamadas fuera de plazo y ¿Esto hace la administración? no presenten carta fianza. ❖ Resolución no apelada en el No ya que no es necesario que la plazo de ley o apelada fuera administración vaya al PJ para la del plazo sin presentar carta ejecución fianza Debido a que la administración ❖ Orden de pago notificada bajo la “autotutela” podrá conforme a la ley. implantar medidas cautelares ellos ❖ Costas y gastos incurridos mismos, lo único que hacen es en a la cobranza coactiva comunicar el tipo de medida, ❖ Castos incurridos en como lo es la de cobranza medidas cautelares previas. coactiva. La administración te da un plazo Inicio: inicia con la emisión de la de 7 días para poder pagar la resolución de ejecución coactiva deuda, con la notificación de una (REC) Ojo: la administración podría Ojo: solo ante deudas exigibles establecer medidas cautelares que fueron mencionadas en el antes de que la deuda sea exigible, código tributario. cuando se tenga un supuesto como ¿Quién lo dirige? en que el deudor puede desaparecer los bienes y no quiera Un ejecutor coactivo que es un pagar. abogado el cual es apoyado por un auxiliar coactivo que no es Al no presentar libros es una necesario que sea abogado, su forma en la que se puede habilitar función es cobrar. la aplicación de medidas cautelares previas. APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. La regla general es solicitar la ¿Cuándo se detiene? medida cautelar después de los 7 ❖ Cuando existe una medida días, en cambio hay supuestos cautelar (muy complicado) (excepciones) en los que se puede ❖ Cuando existe una ley o aplicar antes cuando se presuma rengo de ley que asi lo que no se va a pagar esa deuda. disponga (no existe) Procedimiento: ❖ Un reclamo interpuesto contra la orden de pago Se te notifica con un REC y si no (Cuando ya pagué) pagas en esos 7 días se te puede ❖ Exista un monto declarado establecer medidas cautelares. y exista otro diferente al En el código civil podemos que emití, ya que encontrar: técnicamente lo que te ❖ Intervención en cobran no existe. recaudación: Termina: Ejemplo donde un ❖ Cuando se presenta miembro de la SUNAT oportunamente los medios estaba en la boletería de la probatorios contra los venta de entradas al partido valores. del melgar para directo ❖ cuando la deuda quede por cobrarse cuando se vendían. extinguida. ❖ Deposito con o sin ❖ cuando se declare la extracción de bienes: prescripción. cuando no existe un espacio ❖ cuando exista una en donde guardar los bienes resolución concediendo con los que se va a cobrar y fraccionamiento o preferirá dejarlos ahí aplazamiento de la deuda ❖ Inscripción en registros tributaria. ❖ Retención sobre bienes, ❖ cuando los valores que valores, fondos, cuentas: derivan la deuda son es la más común ya que la declarados nulos o administración buscara el sustituidos. dinero en las cuentas. ❖ cuando el deudor tributario No se suspende el proceso de sea declarado en quiebra. cobranza coactiva, el responsable ❖ si existe una norma de está en la obligación de cobrar, es rango de ley que lo imposible detenerlo. disponga (no existe). APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. ❖ cuando se cumpla con la presentación de una carta fianza APELACION: es posible que en el proceso de cobranza coactiva se vulneren ❖ Dentro de los 5 días hábiles bienes que no son deudores siguientes de notificado con tributarios la resolución del ejecutor coactivo Ejemplo: ❖ El tribunal fiscal tiene un Una compra venta, el vendedor plazo de 20 días para me dio una propiedad y yo no la resolver inscribí en registros públicos Este proceso no podrá ser resuelto como comprador y la de fondo sino solo de forma, como administración emite una medida si existió una correcta cautelar contra ese bien que aun notificación. está a nombre del vendedor ¿Quién resuelve? Aquí tendríamos que ir por una Intervención excluyente de La corte superior de justicia propiedad Se puede interponer en cualquier PROCESO CONTENCIOSO momento del proceso ante el ADMINSITRATIVO: ejecutor coactivo Se dirige mediante la ley de TRAMITE procesos contenciosos ❖ se notifica al ejecutado para administrativos y supletoriamente que pueda hacer sus por el código procesal civil. descargos (5 días) ¿Quién es competente ante estos ❖ Ejecutor coactivo emite un procesos? pronunciamiento en un plazo no mayor de 30 días Los ve un juez civil hábiles. (Arequipa) ❖ Probar derecho con Juez especializado en documento privado de materia tributaria (Lima) fecha cierta, documento Generalidades: publico u otro que se fehaciente a juicio de la Las infracciones responden al administración incumplimiento de obligaciones formales APUNTES: LUIS CHACON FERNANDEZ DAVILA. ¿Cómo son las obligaciones tributarias? Son objetivas, la administración no evaluara si se incumplió por dolo o por culpa, solo les basta que no haya declaración. Solo es discrecional, en caso de que haya habido algún fenómeno o tipo de fuerza mayor. Se sanciona el incumplimiento de deberes formales. La mora en el pago de tributos no constituye infracción sancionable. Sanciones: Art 172 Las infracciones tributarias nunca se podrán considerar como delitos tributarios. Cuando la administración vea que existe un delito, podrá emitir un informe de indicio de delito tributario (nunca lo podrá emitir por el incumplimiento formal de una obligación. Para que se formule la administración tiene que emitir dicho informe y correrle traslado al fiscal.

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