Resumen de la Historia de España PDF
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Este documento resume temas políticos y sociales de la historia de España, incluyendo conceptos como afrancesados, soberanía nacional, y cortes durante el siglo XIX. El texto detalla la evolución de la política española durante este período histórico.
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Afrancesados: Llamamos afrancesados o josefinos a aquellos españoles que aceptaron y colaboraron en 1808 con la nueva dinastía impuesta por Napoleón a la medida de sus intereses, en la persona de su hermano José Bonaparte, después de forzar las abdicaciones de Carlos IV y Fernando VII en Bayona. Par...
Afrancesados: Llamamos afrancesados o josefinos a aquellos españoles que aceptaron y colaboraron en 1808 con la nueva dinastía impuesta por Napoleón a la medida de sus intereses, en la persona de su hermano José Bonaparte, después de forzar las abdicaciones de Carlos IV y Fernando VII en Bayona. Para llevar a cabo su labor de gobierno, José I se apoyó en los grupos afrancesados, colaboradores españoles afines a los proyectos reformistas del monarca que, en general, fueron rechazados por el pueblo. La labor del nuevo rey apenas tuvo trascendencia por la brevedad de su mandato y por el contexto bélico, que impidió desarrollar multitud de reformas. Soberanía nacional: La soberanía, poder pleno y supremo del Estado, que hasta entonces había correspondido al Rey, pasa ahora a la Nación, como ente supremo y distinto a los individuos que la integran, representado por los diputados, sin estamentos ni mandato imperativo. La idea quedó ratificada en el artículo tercero del texto constitucional: «La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales». Soberanía compartida: es la característica del régimen político en el que la soberanía, como poder político fundamental, recae tanto sobre el monarca como sobre el pueblo a través de sus representantes en las Cortes. Puede concretarse de diferentes formas, como por ejemplo a través del nombramiento por parte del monarca de un número concreto de parlamentarios o senadores o por su derecho de veto sobre las leyes aprobadas en el parlamento. En España, por ejemplo, la soberanía compartida tuvo vigencia a través de la Constitución de 1876. Cortes: Eran el máximo órgano de representación de la nación, porque no solo legislaban, sino que controlaban al gobierno y limitaban el poder del monarca. Fueron convocadas a comienzos del s.XIX durante la guerra de la Independencia española por la Junta Central Suprema haciendo una consulta al país en la que pretendía recoger el estado de opinión que orientara la labor de las futuras Cortes. Elaboraron la primera constitución española, la Constitución de 1812, que supuso el advenimiento de la revolución liberal en el mundo hispano y el establecimiento de un Estado liberal, que no resultó ser duradero. Juntas: Organismos políticos que surgieron en la Monarquía Española en el siglo XIX tanto en América como en la Península Ibérica, frente a la crisis y el vacío de poder generado por las abdicaciones de Bayona en 1808 y la cesión de los derechos de la corona española a Napoleón Bonaparte y la consiguiente Guerra de la Independencia Española. Empezaron siendo locales, para conformarse con posterioridad en Juntas Provinciales y terminando por agruparse en la llamada Junta Suprema Central, constituida en Aranjuez en 1808. En 1810 se disolvió debido a que no pudo hacer frente a las derrotas militares y al hostigamiento de los absolutistas y se estableció un Consejo de Regencia que se encargó de la convocatoria de Cortes en Cádiz. Junta Suprema Canaria: órgano de gobierno local creado durante la Guerra de Independencia Española, que buscaba mantener el orden y la autonomía en las islas frente a la crisis política de la época. La creación de la Junta Suprema de Canarias con sede en La Laguna (Tenerife) fue contestada por la Junta de Gran Canaria, considerándose este hecho uno de los primeros episodios del “pleito insular canario”. Monarquía parlamentaria: sistema en el que el poder del rey está limitado por un parlamento que legisla y controla las decisiones del estado. Surge a partir de los procesos revolucionarios del siglo XVII inglés y del XVIII francés. Este modelo cobró una importante relevancia a lo largo del siglo XIX, acabando con la antiguas monarquías Sufragio censitario: Modalidad de sufragio restringido en el cual se reservaba el derecho a votar a aquellos ciudadanos que poseían ciertas condiciones de renta o patrimonio, excluyendo a la mayoría de la población. Sufragio universal: El sufragio universal es el derecho a voto de todos los ciudadanos adultos de un país sin restricciones de clase, propiedad o educación. En España en 1890, por la Ley electoral se declara, pero solo para aquellos del género masculino. En la Constitución de 1869 (en el Decreto de 9 de noviembre de 1868) se reconoce el sufragio universal masculino, igual, directo y secreto (aunque se mantiene la edad para votar en los 25 años). Pronunciamiento: Forma específica de rebelión militar propia del S.XIX en los países hispanos y lusos, que pretende el derrocamiento del gobierno o el cambio de régimen político. Rafael del Riego y Flórez fue un militar y político liberal español que en 1820 encabezó el pronunciamiento que lleva su nombre, que puso fin al absolutismo de Fernando VII y dio paso a un régimen constitucional en España. Pragmática sanción: Abolición por parte de Fernando VII en 1830 de la ley sálica instaurada por Felipe V que no permitía reinar a las mujeres, con el objetivo de que su hija Isabel II pudiera gobernar en España. Criollo: se refiere a las personas de ascendencia europea nacidas en América Latina, especialmente durante el período colonial. Propiedad vinculada: tipo de propiedad en el que los bienes, generalmente inmuebles, están vinculados a un linaje o institución (iglesia, mayorazgo) de forma que estos no podían transmitirse (venderse, alquilarse) a terceros. También llamada propiedad amortizada. Latifundio: Concentración de grandes tierras en pocas manos, especialmente en el sur, trabajadas por campesinos sin tierras. Las reformas intentaron redistribuir tierras, pero acabaron beneficiando a la élite, manteniendo la desigualdad y la pobreza rural. Carlismo: Doctrina política del movimiento carlista, que se originó por las pretensiones del infante don Carlos María Isidro de Borbón de suceder a Fernando VII contra la entronización de Isabel II de España. El carlismo defendía una interpretación tradicionalista del catolicismo, el regionalismo y la monarquía absoluta. Diputados cuneros: candidatos o diputados que son presentados por sus respectivos partidos en un distrito electoral al que no pertenecen. Ocupaban un cargo sin el respaldo legítimo de la voluntad popular, lo que generó desconfianza en el sistema político. Empezó a emplearse durante el siglo XIX para referirse concretamente a los candidatos extraños al distrito y que estaban patrocinados por el Gobierno. Gloriosa: También llamada Revolución de 1868 fue una sublevación militar con elementos civiles que supuso el destronamiento de la reina Isabel II y el inicio de experimentos democráticos en España, el denominado Sexenio Democrático. Culminaría con la instauración de la Primera República. Cantonalismo: Movimiento que surge durante la Primera República Española (1873-1874) y defendía la autonomía de las provincias o cantones dentro de un modelo federalista. En lugar de un Estado centralizado, los cantonalistas buscaban una España constituida por cantones casi independientes que tuviesen amplio control sobre sus asuntos. En diversas ciudades y pueblos de España, especialmente en el Sur y el Levante, durante la 1ª República, se produjo un levantamiento, proclamándose cantones independientes, lo que llevó al Gobierno republicano a ordenar la intervención del Ejército para controlar la situación. Tras varios enfrentamientos armados, los cantones fueron cayendo, excepto el de Cartagena, que resistió más tiempo, gracias al dominio de la base naval y de las fortificaciones de esta ciudad. Este conflicto hirió de muerte a la ya de por sí débil República. Federalismo: Forma de gobierno que combina un gobierno general (el gobierno central) con gobiernos regionales (provincial, cantonal, territorial, u otros gobiernos) en un único sistema político, dividiendo los poderes entre ambos. Combina la fuerza de la unión con el respeto a la diversidad. El primer y único intento de instaurar una monarquía federal en España fue durante la Primera República.