Las Reformas Educativas en España Desde los Años 70 (PDF)

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Barbara Rostecka, Betty Coromoto Estévez Cedeño, Carmen Nieves Pérez Sánchez, Begoña María Zamora Fortuny

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This document provides an overview of educational reforms in Spain from the 1970s to the present. It discusses key policy changes and societal influences on education. The document utilizes research and analysis, referencing several sources.

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LAS REFORMAS EDUCATIVAS EN ESPAÑA, DESDE LOS AÑOS 70 HASTA LA ACTUALIDAD. Extracto de Tema 9. Políticas Educativas. CURSO: ‘Introducción a la Sociología de la Educación’ AUTORAS: Barbara Rostecka, Betty Coromoto Estévez Cedeño, Carmen Nieves Pérez Sánchez, Begoña María Zamora Fortuny Nos centraremo...

LAS REFORMAS EDUCATIVAS EN ESPAÑA, DESDE LOS AÑOS 70 HASTA LA ACTUALIDAD. Extracto de Tema 9. Políticas Educativas. CURSO: ‘Introducción a la Sociología de la Educación’ AUTORAS: Barbara Rostecka, Betty Coromoto Estévez Cedeño, Carmen Nieves Pérez Sánchez, Begoña María Zamora Fortuny Nos centraremos en las leyes que, como dice Cabrera (2016) tratan de servir a modelos de sociedades existentes o deseables. Revisando encontramos como premisas constantes: la igualdad de oportunidades o equidad, la adecuación de la educación al empleo; la búsqueda de la calidad; el profesorado como agente activo y en los últimos años un avance importante de los procesos de evaluación y rendición de cuentas, a través de la expansión de las políticas internacionales (por ejemplo, PISA). Además, un elemento presente en todas las reformas es el idealismo (Martín Criado, 2004) que está en la base de las concepciones sociales y políticas sobre la educación. A la educación se le exige la solución de problemas económicos, políticos y sociales que no son abordados en los ámbitos específicos donde estos problemas se generan. Durante el período de los años 50 hasta los 90 del siglo XX se aceptaba por parte de las sociedades el principio meritocrático, basado en el supuesto de que “la desigualdad es un valor social fundamental y, más aún, la desigualdad asociada a méritos diferenciados y socialmente reconocidos de las personas y los grupos que redundan en posiciones desiguales bastante estables y la ilusión de la circulación por esas posiciones mediante logros individuales cada nueva generación” (Cabrera, 2016: 178). Que el éxito y fracaso educativo está fuertemente asociado a los contextos socioculturales del alumnado no cuestiona las creencias hegemónicas que coinciden en asociar el éxito educativo a la capacidad, la inteligencia, el esfuerzo, la actitud, la motivación, las expectativas o la voluntad del individuo. La ley General de Educación de 1970 es la primera reforma que cubre la totalidad del sistema educativo. Se trata del primer intento de la dictadura franquista para adaptar el sistema de la educación formal a las nuevas realidades del desarrollo económico y la crisis de legitimidad (Puelles Benítez, 1980). Es un intento por adecuar el sistema educativo a los requerimientos de los intereses de acumulación de diversos sectores dominantes del capital en el contexto de los 60. Por tanto, se trataba de buscar, por parte de los tecnócratas del régimen, un nuevo marco de aceptación de la dictadura por parte de amplios sectores, como clara estrategia de legitimación. Si bien los países desarrollados habían avanzado en sus sistemas educativos a partir de los años 50, España asume las premisas de la igualdad de oportunidades y la adecuación de la educación al mercado de trabajo a partir de esta ley. Se reconoce la función docente del estado y se produce una innovación fundamental: la generalización de la educación básica para toda la población hasta los 14 años, por apuntar un dato, en 1951, la tasa de escolarización de la población de 6-13 años era del 50%. En el preámbulo de la ley se destaca la finalidad democrática de la misma en el sentido de extender la educación. “El marco legal que ha regido nuestro sistema educativo en su conjunto respondía al esquema ya centenario de la Ley Moyano. Los fines educativos se concebían de manera muy distinta en aquella época y reflejaban un estilo clasista opuesto a la aspiración, hoy generalizada, de democratizar la enseñanza” (LGE Preámbulo, p. 5). A pesar de ello, no debemos olvidar que todavía la iglesia y el estado van juntos, y se proclama la única escuela posible: la escuela nacional-católica. Es en La Constitución de 1978, donde se articula el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, en su artículo 27. De un lado, la educación entendida como derecho fundamental de todas las personas; derecho de los padres a que sus hijos e hijas reciban formación religiosa y moral; y a que participen en el control y gestión de la enseñanza. Por otro lado, la libertad en la creación de centros; libertad y pluralismo ideológico y libertad de cátedra. La LODE (1985) supone la ejemplificación y concreción de los preceptos constitucionales apuntados: derecho a la educación; libertad de enseñanza; participación de padres, profesores y alumnado en los Consejos Escolares. Pero sobre todo con esta ley se configura un modelo de escolarización dual, poco cuestionada y que se extiende hasta la actualidad. Red dual sostenida con fondos públicos: Privada concertada y pública. Red que garantiza total gratuidad en enseñanza obligatoria, existencia de centros privados en régimen de mercado. La batalla de la financiación la ganó la enseñanza privada, aunque esté formalmente controlada por los poderes públicos. No existe una escuela única estatal. Dos redes que en la práctica constituyen dos ofertas educativas diferenciadas, con presupuestos educativos, organización, funcionamiento y consumidores potenciales dispares. Se trata de un modelo educativo donde está presente la iniciativa privada en la educación obligatoria, la religión en la oferta educativa de los centros públicos y de la financiación pública de la iniciativa privada para establecer un mercado de ofertas educativas teóricamente a elegir por los consumidores. Es en 1990 cuando se aprueba la LOGSE, constituye la primera reforma amplia del sistema en el período democrático. Dicha ley contiene un proyecto educativo que se autodefine como progresista, que tiende a satisfacer las demandas específicas de una sociedad altamente avanzada, constitucionalmente democrática y culturalmente plural (reconocimiento de la diversidad histórica y cultural que se manifiesta en las nacionalidades históricas). A partir de esta ley se instaura la obligatoriedad de la escolarización hasta los 16 años (se pasa de los 14 a los 16). Predomina un intento por conciliar la Igualdad de Oportunidades con respecto a la diversidad individual, definida psicológicamente como la capacidad y motivación para aprender. Aunque las peculiaridades individuales resultan ser un cajón donde se esconden diferencias sociales y culturales. A partir de la LOE (2006) la gramática cambia y aparece insistentemente la necesidad de combinar calidad con equidad, las evaluaciones internacionales y el valor creciente de la información y el conocimiento para el desarrollo económico y social (sociedad del conocimiento), así como la exigencia de un sistema educativo más flexible (caminos de ida y vuelta hacia el estudio y la formación). Como balance, todas las reformas educativas de la democracia se han situado sobre la premisa de adecuar la educación a las necesidades del desarrollo económico (es decir, del mercado laboral). En esta línea, la última ley aprobada LOMCE (2013) avanza un paso, abandonando definitivamente la alusión al derecho a la educación y al valor de ésta como bien personal y social, y enfatizando la rentabilidad y el acomodo a los intereses del mercado. En un enfoque exclusivamente economicista, la LOMCE considera la educación, directamente y en primer lugar, como “motor de la competitividad de la economía y prosperidad del país”, que supuestamente reporta a los individuos el instrumento para “abrirse las puertas a puestos de trabajo”, en relación con la idea de empleabilidad, de la que les hace responsables. La educación, como cualquier otro bien o mercancía, es un servicio (se elimina incluso formalmente lo de “público”) que pueden prestar cualesquiera agentes a sus beneficiarios o clientes y en todo tipo de relaciones y estructuras. Es decir, un mercado abierto a la regulación y financiación tanto pública como privada sometido a las leyes de la oferta/demanda y de la competencia, como cualquier otro servicio. Desarrollo de un proceso creciente que intenta corresponsabilizar a la sociedad civil respecto a lo que resulte de la educación institucional. Compromiso voluntarista del profesorado y del alumnado junto a una intensificación del papel de las familias para evitar y resolver los problemas educativos. “Llegamos así, a una indiscriminada y diluida responsabilidad de todos y de nadie en la que el Estado y los gobiernos solo son un actor más que cumple con coordinar dispares iniciativas, procesos, propuestas y decisiones de actores diversos de la sociedad civil que, al final, debe arbitrar el mercado” (Cabrera, 2016: 195). Referencias: Cabrera Montoya, B. (2016): “La obediencia de las reformas educativas a las políticas educativas internacionales: breve historia de cómo se hace camino desde la LOGSE de 1990 hasta la LOMCE de 2013”, Historia y Memoria de la Educación, 3: 171-195. Martín Criado, E. (2004): “El idealismo como programa y como método de las reformas escolares”, El nudo de la red, 3-4: 18-32

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