Obligación Tributaria PDF

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Universidad de San Carlos de Guatemala

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taxation tax law taxation systems taxation policies

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This document discusses Guatemalan tax obligations, covering topics such as definitions, legal nature, types of tax obligations, determination processes, and specific examples. It highlights the role of tax administration and the importance of tax systems for the development of the country.

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Obligación Tributaria Definición  ARTICULO 14. Código Tributario La obligación tributaria constituye un vínculo jurídico, de carácter personal, entre la Administración Tributaria y otros entes públicos acreedores del tributo y los sujetos pasivos de ella. Tiene por objeto la prestación de un trib...

Obligación Tributaria Definición  ARTICULO 14. Código Tributario La obligación tributaria constituye un vínculo jurídico, de carácter personal, entre la Administración Tributaria y otros entes públicos acreedores del tributo y los sujetos pasivos de ella. Tiene por objeto la prestación de un tributo, surge al realizarse el presupuesto del hecho generador previsto en la ley y conserva su carácter personal a menos que su cumplimiento se asegure mediante garantía real o fiduciaria, sobre determinados bienes o con privilegios especiales. La obligación tributaria pertenece al derecho público y es exigible coactivamente. Naturaleza Jurídica  Pertenece al Derecho Público porque pertenece al conjunto de normas que regulan la organización y actividad del Estado y demás entes público y sus relaciones entre si o con los particulares. En las relación de Derecho público uno o los dos de los sujetos debe ser el Estado u otro Ente público. División de la Obligación Tributaria  Obligación Tributaria Principal: Esta es la obligación tributaria principal ya que es la que tiene por objeto el pago de la cuota tributaria, es decir que es la obligación sustantiva o principal  Obligación Tributaria Formal: obligaciones que, sin tener carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria a los obligados tributarios y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones Elementos de la Obligación Tributaria  Estos son los factores irreductibles e indispensables en la noción de la obligación, de tal forma que no puede concebirse es relación jurídica sin la existencia de esos elementos.  Por las personas entre quienes se forma: - Sujeto Activo - Sujeto Pasivo - Contribuyente - Responsables  Por la prestación: Que es el objeto de la obligación.  Por el hecho que le da el nacimiento: Que es la causa o fuente de la obligación. BASE IMPONIBLE: Es el monto sobre el cual aplica el porcentaje o tarifa de impuesto establecido en la norma legal correspondiente. TASA IMPOSITIVA: Es el porcentaje que establece en cada impuestos, es decir lo que corresponde pagar a la Administración Tributaria, conforme lo regula la norma tributaria específica. ELEMENTO TEMPORAL Este elemento manifiesta el momento de realización del hecho generador. DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DEFINICIÓN La determinación de la obligación tributaria es el acto mediante el cual el sujeto pasivo o la Administración Tributaria, según corresponda conforme a la ley, o ambos coordinadamente, declaran la existencia de la obligación tributaria, calculan la base imponible y su cuantía, o bien declaran la inexistencia, exención o inexigibilidad de la misma. Artículo 103 Código Tributario FORMAS DE DETERMINACIÓN 1. La realiza el contribuyente o responsable, sin intervención de la Administración Tributaria. Art. 104 CT 2. La realiza la Administración Tributaria sin la cooperación del contribuyente o responsable. Art. 107 CT 3. La realizan conjuntamente, contribuyente o responsable y la Administración Tributaria. SUPUESTOS DE DETERMINACIÓN POR SAT Obligado no cumple con presentar la declaración tributaria. Obligado cumple con presentar la declaración, pero la misma tiene objeción o ajustes. Obligado no proporciona la información necesaria para establecer la obligación tributaria. Sobre base cierta: Se consideran todos los elementos que existen para conocer en forma directa el hecho que genera la obligación tributaria del contribuyente. Sobre base presunta: Se aplica con base a los hechos y circunstancias comparativas de situaciones normales, debido a la falta de elemento para determinar. PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Ocurre: 1. Contribuyente omite el cumplimiento de la obligación tributaria. 2. La Administración Tributaria realiza la fiscalización respetiva para determinar el cumplimiento de la obligación tributaria. Artículo 146 Código Tributario LOS SISTEMAS DE TRATAMIENTOS TRIBUTARIOS DIFERENCIADOS Ordenación o conjunto de impuestos establecidos que tienen como fin la obtención de ingresos para el sustento del Gasto público, para cubrir las necesidades de la sociedad en general. DEFINICIÓN DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO TRIBUTARIO DIFERENCIADO  El objetivo principal de los sistemas tributarios es: - Recaudar ingresos - Inversión extranjera - Incentivar el ahorro - Estimular la generación de empleo - Promover exportaciones e industrialización, la producción o el consumo de bienes y servicios.  Ventajas: - Exenciones - Tasas Reducidas - Deducciones y créditos por inversión  Desventajas: - Favorece proyecto de alta rentabilidad - Se abusa del sistema - Es un regalo para las inversiones Incentivar el ahorro, estimular la generación de empleo, promover exportaciones e industrialización, promover la producción o el consumo de bienes y servicios, apoyar a determinados sectores de sociedad, entre otros, llamándolos como estimulaciones o incentivos fiscales OBJETIVO DEL INCENTIVO FISCAL  PRINCIPALES INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA GUATEMALA: - Zonas Francas, Decreto número 65-89 del Congreso de la República: Se entenderán como el área de terreno física delimitada, planificada y diseñada, sujeta a un régimen aduanero especial establecido en esa ley, en la que personas individuales o jurídicas se dediquen indistintamente a la producción o comercialización de bienes para la exportación o reexportación, así como la prestación de servicios vinculados con el comercio internacional. - ZOLIC, Decreto número 22-73 del Congreso de la República de Guatemala: Institución con un enfoque dirigido hacia la industrialización, servicios y comercialización, atrayendo la inversión nacional y extranjera, para la ejecución de proyectos que reactiven la economía nacional del país, principalmente a través de la promoción y facilitación del régimen de Zonas de Desarrollo Económico Especial Públicas -ZDEEP- - ZDEEP, Decreto número 30-2008: Área geográficamente definida dentro del territorio nacional, extra aduanal, para el desarrollo de bienes y servicios industriales o actividades comerciales, con tarifas especiales, régimen aduanero temporal y comercio exterior, autorizadas por ZOLIC. - Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, Decreto número 29-89: Su finalidad es promover, incentivar y desarrollar en el territorio aduanero nacional, la producción de mercancías para exportación o reexportación, sin necesidad de operar dentro de una zona franca. - Ley de Incentivos para el Desarrollo del Proyectos de Energía Renovable, Decreto número 52-2003: Los incentivos aplican para las municipalidades, el Instituto Nacional de Electrificación· INDE, empresas mixtas, y las personas individuales y jurídicas que realicen proyectos de energía con recursos energéticos renovables Extinción de la Obligación Tributaria Extinción de la Obligación Tributaria  Es la disolución del vínculo jurídico existente entre el sujeto activo y pasivo, en virtud de satisfacerse el objeto de la obligación o por presentarse alguna causa o situación que la Ley considere suficiente para que el deber jurídico se extinga. - Pago - Compensación - Confusión - Condonación o Remisión - Prescripción Exención Tributaria  Exención: Dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria. De acuerdo al Principio de Legalidad Tributaria, corresponde exclusivamente al Congreso de la República de Guatemala, decretar y determinar las exenciones.  Características: - Excepcional - Coexistencia - Realización del Hecho Imponible - Neutralización de la obligación tributaria  Clasificación: - Constitucionales - Permanentes y Transitorias - Por razones económicas - Relativas y absolutas - Con finalidad social - Distributivas - Objetivas - Subjetivas Exoneración Tributaria  Medio de extinción de obligaciones tributarias, ya que existe hecho imponible, existe el supuesto legal de aplicación del tributo, pero por disposición legal, no nace la obligación tributaria.  Artículos 183 literal r) y 239 literal b) Constitución Política de la República de Guatemala.  Artículo 62 y 63 Código Tributario BENEFICIOS FISCALES  Los beneficios fiscales constituyen incentivos otorgados para el crecimiento y desarrollo del país, buscan objetivos económicos y sociales para fortalecer la calidad de vida de las personas. Estos beneficios, en alguna medida, eximen de la responsabilidad u obligación tributaria a determinadas personas con la idea de promover inversión, empleo o producción nacional  Tipos de Beneficios Fiscales:. Exención - Condonaciones - Exoneración - Deducciones ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEFINICIÓN: Organizaciones del Sector Público, cuya misión es recaudar tributos y otros ingresos públicos necesarios para el sostenimiento del Estado OBJETO: Velar porque las obligaciones y derechos de los contribuyentes sean claros, que los funcionarios apliquen el sistema tributario como es debido. SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Entidad estatal descentralizada que tiene competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional para la recaudación de tributos. Goza de autonomía funciona, económica, financiera, técnica y administrativo. Artículo 1 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria Atribuciones de la Administración Tributaria: artículos 19, 98 y 98 A, Código Tributario Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria Acuerdo de Directorio número 007-2007, la SAT estableció su estructura y organización interna, creando intendencias, unidades técnicas y administrativas necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones y funcionamiento. Dicho reglamento establece a qué dependencias les compete conocer de las solicitudes y los procedimientos que se establecen en el Código Tributario y demás leyes de la materia. Estas dependencias son: Intendencias: Asuntos Jurídicos Aduanas Fiscalización Recaudación Atención al Contribuyente; además, Gerencias: De Funciones de apoyo: De Planificación y Cooperación De Informática Formación de Personal Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria De Gestión de Recursos: Administrativa Financiera Seguridad Institucional Recursos Humanos Infraestructura De Funciones de Ejecución: Contribuyentes Especiales Grandes y Medianos, y Gerencias Regionales, y De Control Interno y Externo: Asuntos Internos Investigación Fiscal, entre otras dependencias. ESTRUCTURA PRIMER NIVEL DERECHO SANCIONATORIO TRIBUTARIO ADMINISTRATIVO Derecho sancionatorio tributario administrativo: Potestad sancionatoria tributaria de la Administración Tributaria, para imponer sanciones a través de procedimientos administrativos. En materia tributaria, la actividad sancionatoria de la Administración Tributaria es lograr el fin constitucional que es recaudar los tributos destinados al financiamiento del ingreso público. Responsabilidad Jurídica: Se origina de los actos de los contribuyentes porque debiendo realizar lo mandado conforme a derecho o normativa legal, no lo hace. Responsabilidad Objetiva: Cuando hay acción causando un resultado dañoso Responsabilidad Subjetiva: No hay culpa, no hay responsabilidad. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS Toda acción u omisión que implica violación de normas tributarias de índole sustancial o formal, constituye infracción que sancionará la Administración Tributaria o juzgador a petición de la misma. Trasgresión, quebrantamiento de una ley, pacto o tratado o de una normal moral, lógica o doctrinal. Artículo 69 del Código Tributario. ELEMENTOS DE LA INFRACCIÓN TRIBUTARIA La conducta: Acción del sujeto activo que puede ser positiva o negativa. Tipicidad: Existencia o preexistencia de la norma jurídica que establece supuestos dentro de los cuales se enmarca la conducta. Anti juricidad: Contradicción de la ley por una conducta, provocando una lesión al ordenamiento jurídico. Inimputabilidad: Determina la capacidad del contribuyente al momento de cometer la infracción tributaria. Culpabilidad: La imputación de delito o falta a quien resulte agente de uno u otro. CLASIFICACIÓN DOCTRINAL DE INFACCIÓN TRIBUTARIA De daño: incumplimiento de una obligación sustantiva que produce una lesión inmediata y directa al bien jurídico protegido por la ley tributaria que es el Estado. De peligro: No refiere al perjuicio económico que se pueda causar al Estado, en lo referente a lo pecuniario, sino que, a los actos que pueda realizar el sujeto pasivo, ejemplo: determinaciones incorrectas, acreditaciones improcedentes. Graves: como ejemplo la evasión de la deuda tributaria CLASIFICACIÓN LEGAL DE INFRACCIONES TRIBUTARIA Artículo 71 Artículo 88 Artículo 91 Artículo 92 Todos del Código Tributario Artículo 93 Artículo 94 SANCIONES TRIBUTARIA Pena que la ley establece para el que la infrinja OBJETO: Lograr el cumplimiento voluntario de la obligación tributaria ELEMENTOS: Tipicidad: Condiciona el hecho que la sanción se encuentre establecida en ley Retribución: Fin primordial de la sanción tributaria, retribuir o compensar a El Estado. Consecuencia Jurídica: Representa una reacción a un acto antijurídico. CLASIFICACIÓN: No pecuniarias: No se refiere al pago en dinero, sino que, hay sanciones por incumplimientos formales Pecuniaria: Representan multas, mora. DERECHO PENAL ADMINISTRATIVO Definición: Conjunto de normas de carácter general y administrativo que sanciona la acción u omisión de los particulares que tengan deberes u obligaciones para con la administración pública. Delitos penales tributarios Artículo 358 A, Defraudación tributaria: Artículo 358 B Casos especiales de defraudación Artículo 358 C Apropiación Indebida de Tributos Artículo 358 D Resistencia a la Acción Fiscalizadora de la Administración Tributaria Decreto número 58-90 del Congreso de la República, Ley contra la defraudación y el contrabando aduaneros Artículo 1. De la defraudación aduanera. Artículo 2. De los casos especiales de defraudación aduanera. Artículo 3. Del contrabando aduanero. Artículo 4. De los casos especiales de contrabando aduanero. Artículo 5. De la introducción de mercancías de contrabando. Artículo 6. De la constitución de falta. Artículo 7. De las sanciones.

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