Contrato de Trabajo PDF
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Este documento describe los elementos esenciales de un contrato de trabajo en Colombia, incluyendo la identificación de las partes, el objeto del contrato, la duración, la jornada laboral, el salario, las vacaciones y responsabilidades de ambas partes.
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¿Qué es un contrato de trabajo? **¿Qué es un contrato de trabajo?** Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empresario y un trabajador que establece las condiciones en las que se realizará la labor. Este documento es esencial para garantizar que las partes entiendan sus obligaciones y respo...
¿Qué es un contrato de trabajo? **¿Qué es un contrato de trabajo?** Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empresario y un trabajador que establece las condiciones en las que se realizará la labor. Este documento es esencial para garantizar que las partes entiendan sus obligaciones y responsabilidades. Además, estipula los derechos y deberes que tienen tanto el patrón como el empleado durante la ***relación laboral***. **Elementos esenciales del contrato de trabajo** A continuación, se presentan los elementos esenciales que debe incluir todo contrato de trabajo para que resulte válido y eficaz: 1\. Identificación de las partes El contrato de trabajo debe incorporar la identificación de las partes implicadas: el empleador y el trabajador. Es de suma relevancia incluir el nombre completo de cada parte y su número de identificación fiscal 2\. Objeto del contrato El objeto del contrato debe expresarse con nitidez y precisión. En tal sentido, el contrato debe indicar la naturaleza del trabajo que se llevará a cabo y las tareas específicas que debe desarrollar el trabajador. 3\. Duración del contrato En el contrato de trabajo se debe fijar la extensión de la relación laboral. Podría referirse a una fecha específica o a un tiempo determinado. En ocasiones, el contrato podría ser de una duración indefinida. 4\. Jornada laboral El contrato de trabajo debe estipular la ***jornada laboral del trabajador***. Además, debe incluir las horas extraordinarias que el trabajador puede llevar a cabo y las condiciones para su remuneración. 5\. Salario El salario es uno de los aspectos más relevantes del contrato de trabajo. El contrato debe especificar el salario base que recibirá el empleado y las condiciones para su ajuste. **6. Vacaciones y días de descanso** El contrato de trabajo debe fijar el número de días de vacaciones que le corresponden al trabajador. También debería incluir los días de descanso y las condiciones para su disfrute. **7. Obligaciones del trabajador** El contrato de trabajo debe fijar las obligaciones del trabajador. Entre ellas se encuentran el cumplimiento de las normas de la empresa, la puntualidad, la responsabilidad en el trabajo y otras. 8\. Obligaciones del empleador Estas pueden incluir la obligación de proporcionar un entorno de trabajo seguro, garantizar el [[pago del salario y las prestaciones]](https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/que-es-la-seguridad-social), proveer las herramientas y el equipo necesarios para el trabajo, entre otras. **9. Causales de terminación del contrato** El contrato de trabajo debe determinar las causas que pueden llevar a la rescisión del contrato. Estas pueden abarcar desde la finalización del proyecto hasta el incumplimiento de alguna de las partes, pasando por el acuerdo mutuo, entre otras. ![](media/image2.jpeg) Contrato a término fijo **\ El contrato a término fijo** es un tipo de contrato laboral en el que se pacta una duración determinada para la prestación de los servicios. La duración máxima de un contrato a término fijo es de tres años, prorrogables por un máximo de dos años más. Características del contrato a término fijo Las características principales del contrato a término fijo son las siguientes: **La duración del contrato es determinada.** El contrato debe especificar el inicio y la terminación del contrato. **El contrato debe constar por escrito.** El contrato debe ser firmado por el trabajador y el empleador, y debe contener los siguientes elementos: Las partes del contrato El objeto del contrato La remuneración La jornada laboral Las condiciones de trabajo Las demás cláusulas que convengan las partes **El contrato debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.** El registro del contrato debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a su celebración. Leyes que regulan el contrato a término fijo El contrato a término fijo está regulado por las siguientes leyes colombianas: **Código Sustantivo del Trabajo** (CST) **Ley 1064 de 2006** **Ley 1429 de 2010** **CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO** [Recomendaciones para el diligenciamiento de la presente minuta:] Verde: Reemplace por los datos a los que hace referencia cada frase Azul: Tenga en cuenta las indicaciones, explicaciones y ejemplos que trae la frase. \-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-- CONTRATO DE TRABAJO ENTRE (NOMBRE DEL EMPLEADOR) Y (NOMBRE DEL TRABAJADOR) Entre las partes, por un lado (nombre completo del empleador), domiciliado en la ciudad de (lugar actual de domicilio), representante legal de (nombre de la empresa), con NIT (número de NIT) (en caso que el empleador sea una persona jurídica), quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL EMPLEADOR, y por el otro, (nombre completo del trabajador), domiciliado en la ciudad de (lugar actual de domicilio), quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL TRABAJADOR, ambos mayores de edad (las partes deben ser mayores de 18 años; especialmente el trabajador, salvo que se trate de un menor de edad con permiso de trabajo expedido por el Inspector del Trabajo), identificados como aparece al pie de las firmas, hemos acordado suscribir este contrato de trabajo, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: Artículo 1. Naturaleza y Objeto. Se trata de un contrato de trabajo a término fijo, en vigencia del cual el EMPLEADOR contrata al TRABAJADOR para que este de forma personal, dirija su capacidad de trabajo en aras de la prestación de servicios y desempeño de las actividades propias del cargo de (denominación del cargo), y como contraprestación el EMPLEADOR pagará una remuneración. Artículo 2. Obligaciones de las partes Del EMPLEADOR Pagar en la forma pactada el monto equivalente a la remuneración. Realizar la afiliación y correspondiente aporte a parafiscales. Dotar al TRABAJADOR de los elementos de trabajo necesarios para el correcto desempeño de la gestión contratada. Las obligaciones especiales enunciadas en los artículos 56 y 57 del Código Sustantivo del Trabajo. (ver de qué se tratan estos artículos consultando el siguiente link [[http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133]](http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133) ) (Aquellas otras consideren las partes, por la naturaleza del contrato). Del TRABAJADOR Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, en la forma convenida. Las obligaciones especiales enunciadas en los artículos 56 y 58 del Código Sustantivo del Trabajo. (ver de qué se tratan estos artículos consultando el siguiente link [[http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133]](http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133) ) (describir cada una de las actividades especiales y propias del cargo para el cual fue contrato). Artículo 3. Lugar de prestación del servicio. El TRABAJADOR prestará sus servicios de forma personal, en la (dirección en la cual se va a prestar el servicio); dirección que corresponde al domicilio de la empresa (si se trata de una persona jurídica). Artículo 4. Jornada de trabajo. La jornada de trabajo será de: (establecer el horario en el cual se cumplirán las actividades: Ejemplo: de lunes a viernes en el horario de 8:00am a 5:00pm). Recordar que existe un máximo de horas para trabajar, que no puede exceder de 8 al día. De sobrepasarse dicho número, se deberán conforme a ley horas extras, recargos nocturnas y dominicales según sea el caso) Artículo 5. Remuneración. El EMPLEADOR deberá pagar al TRABAJADOR, a título de remuneración por las actividades un monto de (escribir en números y letras el monto acordado como salario). Artículo 6. Forma de pago. La forma de pago del salario señalado en la cláusula anterior, así: (establecer cómo se va a pagar; Ejemplo: diariamente, quincenal, mensual). El pago se hará (describir cómo se va a entregar el dinero; Ejemplo: personalmente, consignación, escribir la cuenta bancaria a la cual se va a transferir el dinero, etc.). Artículo 7. Duración del contrato. El presente contrato será por el término de (escribir la duración del contrato), prorrogables de forma automática por un término igual al inicialmente pactado. Recuerde que si el contrato se celebró por menos de un año, puede ser prorrogado 3 veces por periodos iguales o inferiores al inicialmente pactado. Sin embargo, cuando el contrato se vaya a prorrogar por cuarta vez, se renovará por mínimo un año y así sucesivamente. Artículo 8. Preaviso. La parte que desee terminar el contrato, así deberá notificarlo por escrito dentro de los 30 días anteriores al vencimiento del término de duración. Recuerde que si el empleador no da el preaviso debe pagar una indemnización al trabajador. De igual forma, si el trabajador es quien desea dar por terminado el contrato de trabajo, debe dar el preaviso con mínimo 30 días de anticipación a su empleador, sin embargo, si no lo hace, no está obligado al pago de una indemnización, salvo, que hubieren estipulado en el contrato, el pago de una indemnización a cargo del trabajador que termine el contrato sin previo aviso. Artículo 9. Terminación unilateral del contrato. El presente contrato se podrá terminar unilateralmente y sin indemnización alguna, por cualquiera de las partes, siempre y cuando se configure algunas de las situaciones previstas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo o haya incumplimiento grave de alguna cláusula prevista en el contrato de trabajo. Se considera incumplimiento grave el desconocimiento de las obligaciones o prohibiciones previstas en el contrato. Artículo 10. Domicilio de las partes. Para todos los efectos legales y convencionales, el domicilio de las partes es: el EMPLEADOR: la ciudad de (escribir la ciudad), en la dirección (escribir la dirección); y el TRABAJADOR, la ciudad de (escribir la ciudad), en la dirección (escribir la dirección). Artículo 11. Integridad. El presente contrato, remplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier acuerdo de voluntades que sea haya pactado con anterioridad a la suscripción del mismo. Recuerde que dependiendo de la naturaleza del contrato, así como de las obligaciones que resultan del mismo, según lo acuerden las partes, podrán incluirse además de las mencionadas, cláusulas como: Periodo de prueba (que en todo caso deberá estar por escrito, no podrá ser mayor a dos meses y cuenta para la hacer la liquidación). Derechos de autor: para expresar que las invenciones o productos realizados por el trabajador, pertenecen a la empresa, en virtud del contrato de trabajo. Confidencialidad: Para proteger aquellos activos de la empresa que se consideran de reserva. Ejemplo: información. Exclusividad: La cual se usa para establecer que el trabajador solo podrá prestar los servicios en dicha empresa. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato, en dos ejemplares del mismo tenor (se firman dos originales; cada parte se queda con un paquete), el día (especificar la fecha), en (número de folios) folios (folios hace referencia al número de páginas que tiene el contrato). EL EMPLEADOR, EL TRABAJADOR, \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Nombre del Empleador Nombre del Trabajador C.C. C.C. Contrato a término indefinido El contrato a término indefinido es aquel en el que no se pacta una duración determinada para la prestación de los servicios. Este tipo de contrato es el más común en Colombia. Características del contrato a término indefinido Las características principales del contrato a término indefinido son las siguientes: **La duración del contrato no está determinada.** El contrato puede terminar en cualquier momento, por voluntad de una de las partes o por causas justificadas. **El contrato no requiere constar por escrito.** Sin embargo, es recomendable que el contrato se celebre por escrito para garantizar los derechos de las partes. **El contrato debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.** El registro del contrato debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a su celebración. Derechos y obligaciones de las partes El contrato a término indefinido confiere a las partes los siguientes derechos y obligaciones: - **Trabajador** Tiene derecho a recibir una remuneración adecuada a la labor desempeñada. Tiene derecho a gozar de vacaciones, prima de servicios, cesantías e intereses de cesantías. Tiene derecho a la protección de su salud y seguridad en el trabajo. Tiene derecho a estabilidad laboral. (Articulo de interés: [[Demanda laboral en Colombia: Proceso y pasos a seguir]](https://miconsultoriolegal.com/demanda-laboral-en-colombia-proceso-y-pasos-a-seguir/).) - **Empleador** Tiene la obligación de pagar la remuneración al trabajador. Tiene la obligación de cumplir con las normas laborales y de seguridad social. Tiene la obligación de proporcionar al trabajador las herramientas y materiales necesarios para el desempeño de sus labores. Tiene la obligación de mantener la estabilidad laboral del trabajador. ***Guía de los tipos de contratos laborales Colombia*** Leyes que regulan el contrato a término indefinido El contrato a término indefinido está regulado por las siguientes leyes colombianas: **Código Sustantivo del Trabajo** (CST) **Ley 1064 de 2006** **Ley 1429 de 2010** CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO ======================================== [Recomendaciones para el diligenciamiento de la presente minuta:] Verde: Reemplace por los datos a los que hace referencia cada frase Azul: Tenga en cuenta las indicaciones, explicaciones y ejemplos que trae la frase. \-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-\-- **CONTRATO DE TRABAJO ENTRE (NOMBRE DEL EMPLEADOR) Y (NOMBRE DEL TRABAJADOR)** Entre las partes, por un lado (nombre completo del empleador), domiciliado en la ciudad de (lugar actual de domicilio), representante legal de (nombre de la empresa), con NIT (número de NIT) (en caso que el empleador sea una persona jurídica), quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL EMPLEADOR, y por el otro, (nombre completo del trabajador), domiciliado en la ciudad de (lugar actual de domicilio), quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL TRABAJADOR, ambos mayores de edad (las partes deben ser mayores de 18 años; especialmente el trabajador, salvo que se trate de un menor de edad con permiso de trabajo expedido por el Inspector del Trabajo), identificados como aparece al pie de las firmas, hemos acordado suscribir este contrato de trabajo, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: **Artículo 1.** Naturaleza y Objeto. Se trata de un contrato de trabajo a término indefinido, en vigencia del cual el EMPLEADOR contrata al TRABAJADOR para que este, de forma personal, dirija su capacidad de trabajo en aras de la prestación de servicios y desempeño de las actividades propias del cargo de (denominación del cargo), y como contraprestación el EMPLEADOR pagará una remuneración. **Artículo 2.** Obligaciones de las partes 1. Del EMPLEADOR a. Pagar en la forma pactada el monto equivalente a la remuneración. b. Realizar la afiliación y correspondiente aporte a parafiscales. c. Dotar al TRABAJADOR de los elementos de trabajo necesarios para el correcto desempeño de la gestión contratada. d. Las obligaciones especiales enunciadas en los artículos 56 y 57 del Código Sustantivo del Trabajo. (ver de qué se tratan estos artículos consultando el siguiente link [[http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133]](http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133) ) e. (Aquellas que consideren las partes, por la naturaleza del contrato). 2. Del TRABAJADOR a. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, en la forma convenida. b. Las obligaciones especiales enunciadas en los artículos 56 y 58 del Código Sustantivo del Trabajo. (ver de qué se tratan estos artículos consultando el siguiente link [[http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133]](http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1874133) ) c. (describir cada una de las actividades especiales y propias del cargo para el cual fue contratado(a). **Artículo 3.** Lugar de prestación del servicio. El TRABAJADOR prestará sus servicios de forma personal, en la (dirección en la cual se va a prestar el servicio); dirección que corresponde al domicilio de la empresa (si se trata de una persona jurídica). **Artículo 4.** Jornada de trabajo. La jornada de trabajo será de: (establecer el horario en el cual se cumplirán las actividades: Ejemplo: de lunes a viernes en el horario de 8:00am a 5:00pm). Recordar que existe un máximo de horas para trabajar, que no puede exceder de 8 al día. De sobrepasarse dicho número, se deberán conforme a ley horas extras, recargos nocturnas y dominicales según sea el caso) **Artículo 5.** Remuneración. El EMPLEADOR deberá pagar al TRABAJADOR, a título de remuneración por las actividades, un monto de (escribir en números y letras el monto acordado como salario). **Artículo 6.** Forma de pago. La forma de pago del salario señalado en la cláusula anterior, será así: (establecer cómo se va a pagar; Ejemplo: diariamente, quincenal, mensual). El pago se hará (describir cómo se va a entregar el dinero; Ejemplo: personalmente, consignación, escribir la cuenta bancaria a la cual se va a transferir el dinero, etc.). **Artículo 7.** Duración del contrato. La duración del presente contrato es indefinida. Para tales efectos, inicia a regir desde el día (escribir fecha de celebración del contrato) y permanecerá vigente mientras subsistan las causas que le dieron origen, salvo que de común acuerdo las partes consientan en darlo por terminarlo, o se incurra en alguna de las situaciones de ley que permitan la terminación unilateral del mismo. **Artículo 8.** Terminación unilateral del contrato. El presente contrato se podrá terminar unilateralmente y sin indemnización alguna, por cualquiera de las partes, siempre y cuando se configure algunas de las situaciones previstas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo o haya incumplimiento grave de alguna cláusula prevista en el contrato de trabajo. Se considera incumplimiento grave el desconocimiento de las obligaciones o prohibiciones previstas en el contrato. (Recuerde que para este tipo de contrato no es necesario que el trabajador de preaviso al empleador sobre la terminación del contrato. Ahora bien, si es el empleador quien quiere dar por terminado el contrato so pretexto de una justa causa legal, deberá avisarle al trabajador con 15 días de anticipación). **Artículo 9.** Domicilio de las partes. Para todos los efectos legales y convencionales, el domicilio de las partes es: el EMPLEADOR: la ciudad de (escribir la ciudad), en la dirección (escribir la dirección); y el TRABAJADOR, la ciudad de (escribir la ciudad), en la dirección (escribir la dirección). **Artículo 10.** Integridad. El presente contrato, remplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier acuerdo de voluntades que sea haya pactado con anterioridad a la suscripción del mismo. Recuerde que dependiendo de la naturaleza del contrato, así como de las obligaciones que resultan del mismo, según lo acuerden las partes, podrán incluirse además de las mencionadas, cláusulas como: - Periodo de prueba (que en todo caso deberá estar por escrito, no podrá ser mayor a dos meses y cuenta para la hacer la liquidación). - Derechos de autor: para expresar que las invenciones o productos realizados por el trabajador, pertenecen a la empresa, en virtud del contrato de trabajo. - Confidencialidad: Para proteger aquellos activos de la empresa que se consideran de reserva. Ejemplo: información. - Exclusividad: La cual se usa para establecer que el trabajador solo podrá prestar los servicios en dicha empresa. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato, en dos ejemplares del mismo tenor (se firman dos originales; cada parte se queda con un paquete), el día (especificar la fecha), en (número de folios) folios (folios hace referencia al número de páginas que tiene el contrato). **EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR** \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Nombre del Empleador Nombre del Trabajador C.C. C.C. **El contrato de obra o labor** es un tipo de contrato laboral en el que se pacta la realización de una obra o labor determinada. La duración del contrato será la necesaria para la ejecución de la obra o labor. Características del contrato de obra o labor Las características principales del contrato de obra o labor son las siguientes: **La duración del contrato está determinada por la obra o labor a realizar.** El contrato se termina una vez que se ha realizado la obra o labor. **El contrato no requiere constar por escrito.** Sin embargo, es recomendable que el contrato se celebre por escrito para garantizar los derechos de las partes. **El contrato debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.** El registro del contrato debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a su celebración. Derechos y obligaciones de las partes El contrato de obra o labor confiere a las partes los siguientes derechos y obligaciones: **Trabajador** Tiene derecho a recibir una remuneración adecuada a la labor desempeñada. Tiene derecho a gozar de vacaciones, prima de servicios, cesantías e intereses de cesantías. Tiene derecho a la protección de su salud y seguridad en el trabajo. **Empleador** Tiene la obligación de pagar la remuneración al trabajador. Tiene la obligación de cumplir con las normas laborales y de seguridad social. Tiene la obligación de proporcionar al trabajador las herramientas y materiales necesarios para el desempeño de sus labores. Leyes que regulan el contrato de obra o labor El contrato de obra o labor está regulado por las siguientes leyes colombianas: **Código Sustantivo del Trabajo** (CST) **Ley 1064 de 2006** **Ley 1429 de 2010** Contrato temporal, ocasional o accidental **El contrato temporal, ocasional o accidental** es un tipo de contrato laboral en el que se celebra para atender necesidades transitorias o accidentales del empleador. La duración de este tipo de contrato no debe exceder de 30 días. Características del contrato temporal, ocasional o accidental Las características principales del contrato temporal, ocasional o accidental son las siguientes: **La duración del contrato no debe exceder de 30 días.** **El contrato no requiere constar por escrito.** Sin embargo, es recomendable que el contrato se celebre por escrito para garantizar los derechos de las partes. **El contrato no debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.** (Lea también: [[Discriminación laboral en colombia: Todo al respecto]](https://miconsultoriolegal.com/discriminacion-laboral-en-colombia-todo-al-respecto/).) ![](media/image4.jpeg)**Tipos de contratos laborales Colombia:** Derechos y obligaciones de las partes El contrato temporal, ocasional o accidental confiere a las partes los siguientes derechos y obligaciones: **Trabajador** Tiene derecho a recibir una remuneración adecuada a la labor desempeñada. Tiene derecho a gozar de descansos dentro de la jornada laboral. Tiene derecho a la protección de su salud y seguridad en el trabajo. **Empleador** Tiene la obligación de pagar la remuneración al trabajador. Tiene la obligación de cumplir con las normas laborales y de seguridad social. Tiene la obligación de proporcionar al trabajador las herramientas y materiales necesarios para el desempeño de sus labores. Leyes que regulan el contrato temporal, ocasional o accidental El contrato temporal, ocasional o accidental está regulado por las siguientes leyes colombianas: [**[Código Sustantivo del Trabajo]**](https://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/leyes-y-decretos-ley/codigo-sustantivo-del-trabajo) (CST) **Ley 1064 de 2006** **Ley 1429 de 2010** Contrato de aprendizaje El contrato de aprendizaje es un tipo de contrato laboral en el que se pacta la formación de aprendices en una actividad económica determinada. El contrato de aprendizaje debe celebrarse con un aprendiz que tenga entre 14 y 28 años de edad. Características del contrato de aprendizaje Las características principales del contrato de aprendizaje son las siguientes: **El contrato debe celebrarse con un aprendiz que tenga entre 14 y 28 años de edad.** **El contrato debe constar por escrito.** El contrato debe ser firmado por el aprendiz, el empleador y el centro de formación. **El contrato debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.** El registro del contrato debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a su celebración. Derechos y obligaciones de las partes El contrato de aprendizaje confiere a las partes los siguientes derechos y obligaciones: **Aprendiz** Tiene derecho a recibir una remuneración adecuada a la labor desempeñada. Tiene derecho a gozar de vacaciones, prima de servicios, cesantías e intereses de cesantías. Tiene derecho a la protección de su salud y seguridad en el trabajo. Tiene derecho a recibir formación teórica y práctica en una actividad económica determinada. **Empleador** Tiene la obligación de pagar la remuneración al aprendiz. Tiene la obligación de cumplir con las normas laborales y de seguridad social. Tiene la obligación de proporcionar al aprendiz las herramientas y materiales necesarios para el desempeño de sus labores. Tiene la obligación de cumplir con los términos del contrato de aprendizaje. Leyes que regulan el contrato de aprendizaje El contrato de aprendizaje está regulado por las siguientes leyes colombianas: **Ley 119 de 1994** **Ley 789 de 2002** **Ley 1429 de 2010** Contrato de trabajo por prestación de servicios **El contrato de trabajo por prestación de servicios** es un tipo de contrato civil en el que se pacta la prestación de servicios profesionales o de carácter técnico o científico, por parte de una persona natural, en favor de otra persona natural o jurídica, en forma independiente. Características del contrato de trabajo por prestación de servicios Las características principales del contrato de trabajo por prestación de servicios son las siguientes: **La prestación de servicios se realiza de forma independiente.** El contratista no está sujeto a la subordinación o dependencia del contratante. **El contratista es responsable de sus propios gastos.** El contratista debe proporcionar sus propias herramientas y materiales para el desempeño de sus labores. **El contratista no tiene derecho a prestaciones sociales.** El contratista no tiene derecho a vacaciones, prima de servicios, cesantías e intereses de cesantías. Derechos y obligaciones de las partes El contrato de trabajo por prestación de servicios confiere a las partes los siguientes derechos y obligaciones: **Contratista** Tiene derecho a recibir una remuneración adecuada a la labor desempeñada. Tiene derecho a gozar de descansos dentro de la jornada laboral. Tiene derecho a la protección de su salud y seguridad en el trabajo. **Contratante** Tiene la obligación de pagar la remuneración al contratista. Tiene la obligación de cumplir con las normas laborales y de seguridad social. Tiene la obligación de proporcionar al contratista las herramientas y materiales necesarios para el desempeño de sus labores. Leyes que regulan el contrato de trabajo por prestación de servicios El contrato de trabajo por prestación de servicios está regulado por las siguientes leyes colombianas: **Código Civil** **Código de Comercio** **Ley 1064 de 2006** **Ley 1429 de 2010**