Código Deontológico de SEDIC PDF 2022

Summary

This document is a code of ethics for professionals working in information management, such as librarians, archivists and documentalists in Spain. It's a 2022 edition.

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Código deontológico de sedic Sociedad Española de Documentación e Información Científica Código Deontológico de SEDIC Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC Edición r...

Código deontológico de sedic Sociedad Española de Documentación e Información Científica Código Deontológico de SEDIC Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC Edición revisada y actualizada 2022 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento – NoComercial - SinObraDerivada 3.0 Unported No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas La revisión y redacción del Código deontológico de SEDIC son fruto de la co- laboración de los profesionales y académicos que componen el Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, enriquecidas con las respuestas ob- tenidas de la encuesta sobre «Valores y ética profesional 2022» realizada con tal fin. Los integrantes del Grupo de trabajo de ética de SEDIC, autores del presente documento, son: Paz Fernández y Fernández-Cuesta (Bibliotecaria. Coordinado- ra del Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC. Socia de SEDIC). Vicent Giménez Chornet (Archivero. Profesor Universidad Poli- técnica de Valencia. Miembro del Col·legi Oficial de Bibliotecaris i Documentalistes de la Comunitat Valenciana). Juan Vicente Oltra Gutiérrez (Profesor de Deontología y Derecho informático y de la información. Universitat Politècnica de Valencia). Ana Reyes Pacios Lozano (Profesora de Documentación. Univer- sidad Carlos III de Madrid. Socia de SEDIC). Margarita Pérez Pulido (Profesora de Documentación. Universi- dad de Badajoz. Socia de SEDIC, ANABAD y ABADMEX). Montserrat Puyol Rodríguez (Documentalista-Archivera. Directo- ra del Archivo del Govern de les Illes Balears. Presidenta de la Aso- ciació de Bibliotecaris, Arxivers i Documentalistes de les Illes Balears, ABADIB). Concepción Rodríguez-Parada (Professora del Departament de Biblioteconomia, Documentació i Comunicació Audiovisual. Uni- versitat de Barcelona. Miembro del Col·legi Oficial de Bibliotecaris- Documentalistes de Catalunya). Josep Vives i Gràcia (Bibliotecario. Generalitat de Catalunya. Miembro del Col·legi Oficial de Bibliotecaris-Documentalistes de Catalunya y socio de SEDIC). índice Presentación 4 Preámbulo 5 Capítulo I. DEfinición 7 Capítulo II. OBJETIVOS 8 Capítulo III. ÁMBITO DE APLICACIÓN 9 Capítulo IV. PRINCIPIOS Y VALORES DEL PROFESIONAL DE LA GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN 10 Capítulo V. GESTIÓN DEL CÓDIGO 16 Presentación Se presenta la edición revisada y actualizada del Código deontológico de SEDIC aprobada por la Junta Directiva de SEDIC en septiembre de 2022. El documento mantiene los principios y valores morales fundamentales adoptados en su primera redacción (2013), profundiza en aspectos relacio- nados con los cambios sociales y tecnológicos que afectan a los profesiona- les y las profesionales de la gestión de la información que exigen una mayor atención a la diversidad, a las cuestiones de género, a la transparencia, a la sostenibilidad y al medio ambiente, a la protección de los vulnerables o a la utilidad social de las instituciones, e incorpora valores éticos con los que responder a los conflictos surgidos por la digitalización de la información, de sus procesos y servicios.  Código Deontológico de SEDIC Preámbulo Los gestores de información, colectivo profesional compuesto por biblio- tecarios, archiveros, documentalistas y todas aquellas personas que se ocu- pan del tratamiento, conservación, análisis, difusión y preservación de la información, trabajan en entornos culturales, administrativos, económicos y tecnológicos diversos y cambiantes. La profesión está inserta en una sociedad en profunda transformación. Los servicios y recursos de información presenciales, físicos y analógicos han visto la incorporación de otras formas digitales de comunicación, obten- ción, tratamiento y análisis de la información; el profesional convive con los cambios que se adoptan casi diariamente de forma imperceptible y, a la vez, constata tanto los beneficios de la digitalización como los retos que su- pone en lo que respecta a los derechos digitales de todos los implicados en la protección de los riesgos inherentes a las tecnologías emergentes, particu- larmente los que afectan a las personas usuarias del servicio y que plantean nuevos dilemas éticos propios del ecosistema digital. Los códigos deontológicos adquieren su más alto sentido en sus actualiza- ciones como reflejo de la propia evolución de la sociedad. Por este motivo, es necesario adaptar los principios y valores tradicionales de los gestores de información a la realidad digital y social. Tras diez años de su redacción, el Código deontológico de los gestores de información SEDIC / FESABID ha sido revisado profundamente y ha incorporado las normas morales imprescindibles para una actuación ética de la gestión de la información en el mundo actual. De tal manera el presente Código: Reconoce la Declaración Universal de los Derechos Humanos como el docu- mento de esencia ética definitorio para la profesión. Fundamentalmente los artículos 1 a 3 referidos a la libertad, igualdad y dignidad de la persona,  Se ha optado por el masculino genérico para aligerar la lectura del documento.  los artículos 18 y 19 sobre la libertad de expresión, opinión y acceso a la información de la persona, y los artículos 26 y 27 en los que se plasman el derecho a la educación y la vida cultural de las comunidades, y la protección de la propiedad intelectual y los derechos de autor. Asume los Objetivos de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible, las Re- comendaciones de la UNESCO sobre ética en la inteligencia artificial y la Declaración europea sobre los principios y los derechos digitales de la década digital, así como las directrices éticas de la Oficina Europea de Asociaciones de Bibliotecas, Información y Documentación (EBLIDA), de la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA) y del Consejo Inter- nacional de Archivos (ICA). Insta a la acción y a la responsabilidad de los gestores de información y de las instituciones culturales en la construcción de sociedades más justas, transparentes y sostenibles como mediadores entre la información y la ciudadanía. Reconoce el impacto y la importancia que la inteligencia artificial está te- niendo en la sociedad en general y en los servicios de información en par- ticular, las preocupaciones éticas que está suscitando y estimula prácticas responsables de acuerdo con los principios de los derechos humanos. Apela a la sostenibilidad como un cambio de perspectiva humanística y de modelo de gestión, con un componente técnico y un alto grado de honesti- dad al que deben aspirar todos los profesionales.  Capítulo I. DEfinición El Código deontológico de los profesionales de la gestión de la información es una guía que complementa el conocimiento especializado y la normativa técnica y legal, y orienta el ejercicio profesional responsable y de calidad. Fruto de la evolución de la sociedad y de la profesión misma, constituye una reflexión sobre sus principios y valores, los cuales se manifiestan en un conjunto de normas aceptadas por el colectivo profesional y fundamentadas en su experiencia.  Capítulo II. OBJETIVOS Definir los principios y los valores específicos de la profesión. Mostrar una imagen distintiva y de calidad profesional a toda la ciudadanía a través de los valores que guían a las personas que gestionan información en el ejercicio de la ocupación económica y laboral de la que son responsa- bles y de lo que cabe esperar de ellos. Consolidar el sentimiento de pertenencia a un grupo, potenciando los in- tercambios de información y experiencias entre los propios profesionales de forma individual, y entre colegios y asociaciones profesionales. Ofrecer un marco de referencia ético al cual acudir ante abusos, intromisio- nes, dilemas y conflictos de valores. Crear un flujo de confianza desde la sociedad hacia el colectivo profesional como personas íntegras, expertas en la provisión de servicios de información. Promover la reflexión entre el colectivo profesional acerca de las situacio- nes problemáticas e imprevistas que la evolución de la sociedad, de los re- cursos y de los servicios plantean, y sobre la respuesta conforme a valores con la que enfrentarse a dicha realidad.  Capítulo III. ÁMBITO DE APLICACIÓN Este Código ha de guiar la práctica profesional tanto en el ámbito público como en el privado y aspira a servir de orientación para otros profesionales que realicen su actividad en organizaciones que gestionan información, sin menoscabo de otros códigos deontológicos existentes.  Capítulo IV. PRINCIPIOS Y VALORES DEL PROFESIONAL DE LA GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Los Principios éticos que inspiran el presente Código deontológico son: Autonomía, creencia en la autonomía moral y dignidad de los seres humanos. Justicia, neutralidad e imparcialidad en detrimento de prejuicios propios. Responsabilidad, capacidad de asumir responsabilidades para construir una sociedad mejor y de aceptar las consecuencias de las decisiones que se toman. Utilidad social, satisfacer las necesidades de información de toda la ciudadanía. En virtud de los Principios enumerados, el colectivo profesional aplicará en el ejercicio de su actividad los Valores éticos siguientes: 1. LA LIBERTAD INTELECTUAL a) Defenderán la plena libertad de expresión, de información y de co- nocimiento de las personas y evitarán la censura y la autocensura en cualquier faceta de su actividad profesional. b) Las únicas limitaciones a la libertad intelectual serán aquellas de- rivadas del respeto a los derechos humanos promulgados por las Naciones Unidas. 2. LA PRIVACIDAD Y LA CONFIDENCIALIDAD a) Garantizarán el secreto profesional en el ejercicio de su actividad laboral con las únicas limitaciones que vengan determinadas por el marco normativo y el régimen jurídico. b) Velarán por la equidad, el respeto y la seguridad en la información y datos de las personas usuarias y de los profesionales obtenidos en la prestación de los servicios, el uso de la tecnología y el acceso a los recursos y medios digitales. 10 c) Protegerán la privacidad y la confidencialidad en la información y datos requeridos en la gestión del servicio o derivados de su uso y tratamiento. d) Respetarán en cualquier ámbito la intimidad personal y familiar, así como la propia imagen de las personas. 3. EL ACCESO A LA INFORMACIÓN a) Proporcionarán el mejor acceso posible a la información por tratar- se de un medio para el desarrollo económico, social y democrático, poniendo a disposición de los usuarios la normativa que regula su acceso, uso y difusión. b) Velarán por garantizar un acceso libre e igualitario de los recursos a toda la ciudadanía, sin restricciones por razón de género, cuestio- nes ideológicas, educacionales, culturales, políticas, económicas o de cualquier otra condición, o circunstancia personal o social. c) Apoyarán el derecho universal al conocimiento y a la información, procurando proporcionar información actualizada, plural, fiable, equilibrada y adecuada a las necesidades de información de las per- sonas usuarias de servicios de información y documentación. d) Promoverán la alfabetización mediática e informacional crítica de profesionales y usuarios, formarán en la búsqueda, buen uso y eva- luación de los recursos como forma de detectar la desinformación para que, de forma autónoma y responsable, puedan extraer toda la información requerida. e) Facilitarán el acceso a los datos y a la información necesaria para su interpretación con fines de archivo e interés público, de innovación, de investigación científica o histórica, estadísticos o de visualización, conforme a la legislación vigente de propiedad intelectual y de pro- tección de datos personales, evitando su uso privilegiado. f) Cuidarán del correcto diseño y uso de algoritmos en servicios, pro- cesos técnicos y productos de información y evitarán posibles ses- gos en los datos que los alimenten. Informarán sobre la ausencia o presencia de algoritmos en el tratamiento documental digital que puedan haber sido utilizados para la codificación o enriquecimiento de los objetos digitales o metadatos. 11 g) Será contrario a la deontología profesional pedir o aceptar contra- prestaciones por la consulta o acceso a cualquier producto, salvo que tal contraprestación esté así regulada por la organización o se trate de centros o empresas de carácter privado cuya actividad esté ligada a la venta de información. 4. TRANSPARENCIA a) Garantizarán la transparencia en los procesos de selección, acceso y suministro de los recursos de información. b) Facilitarán toda la información sobre las actuaciones que realizan en relación con el servicio que prestan, de manera permanente, com- prensible, completa y oportuna, rindiendo cuentas de su actividad para que pueda ser escrutada por el público en general. c) Apoyarán los principios del gobierno abierto para que, mediante la transparencia, la participación y la colaboración, los ciudadanos puedan contribuir a la creación y mejora de los servicios públicos adaptándolos a sus necesidades reales. d) Impulsarán políticas tendentes a mejorar la transparencia y el acceso a la información de gobiernos y administraciones públicas. 5. DERECHOS DE AUTOR Y LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL a) Protegerán los derechos de autor y de la propiedad intelectual e in- dustrial conforme a la legislación vigente en todos los ámbitos. b) Promoverán el establecimiento de excepciones y limitaciones al de- recho de autor en beneficio de bibliotecas, archivos y centros de documentación públicos y de instituciones sin fines de lucro. c) Difundirán en sus organizaciones el conocimiento del derecho de autor e instruirán a la ciudadanía y a los colegas sobre las consecuen- cias legales e intelectuales del plagio. d) Fomentarán las iniciativas de acceso abierto para garantizar el de- recho de acceso a la información, con las únicas limitaciones que vengan marcadas por el marco jurídico, la actividad económica de la organización y la defensa de su conservación. 12 e) Identificarán y harán constar de forma expresa la autoría y la fuente original de la información. 6. LA PROFESIONALIDAD a) Asumirán un compromiso con el desarrollo educativo, social y eco- nómico, con la investigación y con la innovación, con la compren- sión del presente y del pasado, y con la preservación íntegra del co- nocimiento para generaciones futuras. b) Contribuirán a la dignificación y al progreso de la profesión, así como al reconocimiento social de su actividad. c) Mostrarán un criterio profesional independiente, justo y objetivo, con un comportamiento honesto e íntegro, aspirando a la máxima competencia profesional. d) Defenderán condiciones de trabajo justas y equitativas, destacando la igualdad de oportunidades sin distinción de género, un ambiente de trabajo digno y saludable y una relación contractual fiable y segura. e) Promoverán la formación universitaria en Gestión de la Informa- ción y la formación permanente, asumiendo y respetando la plurali- dad de especializaciones diferentes que en la actualidad se imbrican en un servicio de calidad, innovador y moderno tanto en el entorno físico como en el digital. f) Potenciarán el traspaso de conocimientos entre profesionales, cola- borando en el intercambio de experiencias en congresos y publica- ciones, y cooperando con otros colegas e instituciones afines. g) Difundirán el asociacionismo en su ámbito de trabajo, -entre cole- gas, la ciudadanía y las organizaciones-, y especialmente entre estu- diantes de Gestión de la Información, favoreciendo la asociación a organizaciones profesionales como canales para el fortalecimiento y la cohesión de la profesión. 7. LA LEALTAD A LA ORGANIZACIÓN a) Contribuirán al logro de la misión, visión y objetivos de su organización. 13 b) Demostrarán lealtad a la institución mediante el buen uso de su nombre, el respeto a la información confidencial, el cuidado de los bienes materiales y la práctica de relaciones comerciales honestas. c) No participarán en actividades o comentarios que puedan perjudicar la imagen social de la organización con la excepción de las revelacio- nes que se realicen con vistas a la denuncia de prácticas o conductas ilegales. d) Promoverán la libertad de opinión, la participación y el debate cons- tructivo entre trabajadores sobre asuntos de interés general y sobre la organización. 8. LA CONSERVACIÓN Y LA PRESERVACIÓN a) Asumirán la responsabilidad de la protección y la conservación de los documentos contra el daño físico, el deterioro o la sustracción. b) Respetarán el documento como testimonio de información y me- moria a fin de garantizar su autenticidad. c) Llevarán a cabo políticas de conservación de forma responsable y fiel a la integridad del documento original. d) Se potenciará la digitalización como medio de protección y consulta del documento. e) Velarán, con el apoyo de estrategias y políticas diseñadas para tal fin, por la preservación digital del documento. 9. LA DIVERSIDAD CULTURAL E IDEOLÓGICA a) Respetarán y conservarán el patrimonio y el acervo cultural. b) Apoyarán la diversidad, ya sea de género, funcional, social, cultural o ideológica en la formación, descripción y difusión de las colecciones y en otros recursos de información como camino para alcanzar un mejor diálogo y entendimiento. 10. SOSTENIBILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL a) Promoverán un ambiente laboral y profesional comprometido con el progreso, la erradicación de la pobreza, la igualdad, la solidaridad, la inclusión de todas las personas y la protección del planeta. 14 b) Realizarán acciones responsables apoyadas en el buen uso de los recursos naturales, el respeto y preservación del medioambiente, la formación del capital humano y la cooperación entre instituciones. c) Crearán espacios de conocimiento y de encuentro seguros para to- das las personas, con especial atención a los colectivos vulnerables. d) Fomentarán iniciativas de sensibilización, difusión y formación so- bre sostenibilidad y responsabilidad social. e) Considerarán la libre concurrencia, la publicidad, la transparencia, la no discriminación, la igualdad de trato y la protección mediambiental en la gestión de contratos y adquisiciones de servicios y productos. 11. CALIDAD DEL SERVICIO a) Tendrán un comportamiento personal y colectivo exigente en cual- quier faceta de su actividad profesional. b) Velarán por el cumplimiento de los compromisos del servicio bus- cando la excelencia y la mejora constante. c) Promoverán sistemas de evaluación de calidad del servicio para co- nocer la satisfacción de los usuarios, de los profesionales y de otros agentes implicados. d) Informarán a sus responsables sobre las consecuencias de posibles carencias en recursos humanos, económicos, técnicos o de otra ín- dole en la calidad del servicio. 15 Capítulo V. GESTIÓN DEL CÓDIGO 1ª. SEDIC promoverá ampliamente los valores y principios contenidos en el presente Código entre sus miembros y organizaciones, ciudadanía e instituciones. 2ª. El Grupo de trabajo de ética de SEDIC velará por el seguimiento de las consultas o cuestiones que se formulen y la difusión del Código. Para garan- tizar su vigencia el presente Código se revisará periódicamente con el fin de incorporar los cambios que se produzcan en la naturaleza de la profesión y en el entorno social e institucional. Elaborado en abril de 2013, la presente revisión actualizada fue ratificada por la Junta directiva de SEDIC en septiembre de 2022. 16 te esperamos en www.sedic.es c/Rodríguez San Pedro 2, oficina 606. 28015 Madrid Tfno: +34 915 934 059 Móvil: +34 639 186 570 [email protected]  https://twitter.com/SEDIC20  https://www.facebook.com/AsociacionSEDIC  https://www.linkedin.com/company/sedic

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