Casación: Motivos, Procedencia y Legitimación PDF

Summary

This document provides an overview of legal procedures related to casation. It details the reasons for invoking casation, including issues like violations of law, inappropriate applications of law, and incorrect interpretations. It also addresses cases where the court lacks jurisdiction or competence, or where procedural irregularities occur, among other situations. This document primarily addresses legal procedures.

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Legitimación: Tienen legitimación para interponer el recurso de casación: a. Los directamente afectados b. Los principalmente interesados en el proceso c. Los representantes de los directamente afectados y principalmente interesados en un proceso Procedencia: a. Contra las sentencias d...

Legitimación: Tienen legitimación para interponer el recurso de casación: a. Los directamente afectados b. Los principalmente interesados en el proceso c. Los representantes de los directamente afectados y principalmente interesados en un proceso Procedencia: a. Contra las sentencias definitivas de Segunda Instancia, no consentidas expresamente por las partes, que terminen los juicios ordinarios de mayor cuantía ya sea la casación por motivo de forma o fondo; b. Contra los autos definitivos de Segunda Instancia no consentidos expresamente por las partes, que terminen los juicios ordinarios de mayor cuantía ya sea la casación por motivo de fondo o de forma. **[También Procede el Recurso de Casación en los siguientes casos:]** **\ ** **1. Juicios de valor indeterminado:** **Ejemplos: Reivindicación de la Propiedad, Juicio Ordinario de Divorcio, Juicios de Paternidad y Filiación, etc.** **\ ** **2. Juicio Contencioso Administrativo Art. 221 de la Constitución** **\ ** **3. Juicio de Cuentas Art. 220 de la Constitución y 97 de la Ley del Tribunal de Cuentas\ ** **4. Vía Procesal en Asuntos Mercantiles Artículo 1039 del Código de Comercio.  ** Excepción a la regla de los juicios de mayor cuantía en la procedencia del recurso de casación: Los Juicios donde las partes por convenio expreso mediante escritura pública, hayan convenido que se ventilarán en juicio sumario, debiéndose tramitado en juicio ordinario, procede el recurso de casación. Art. 231. MOTIVOS DE CASACIÓN DE SENTENCIAS O AUTOS DEFINITIVOS DE SEGUNDA INSTANCIA **Este Recurso a diferencia de los otros recursos NO se puede plantear simplemente por inconformidad con la resolución.** **En la Casación está restringido el Planteamiento a ciertos motivos en los cuales se debe encuadrar mi actuación o planteamiento.** LOS MOTIVOS PARA EL PLANTEAMIENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN: 1. CASACIÓN POR MOTIVO DE FONDO 2. CASACIÓN POR MOTIVO DE FORMA 3. CASACIÓN POR MOTIVO DE **DE INCONSTITUCIONALIDAD (Artículos 116 y 117 de la Ley de Amparo)** MOTIVOS, SUBMOTIVOS Y SUBCASOS CASACIÓN POR MOTIVO DE FONDO: **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Violación de ley 2\. Aplicación indebida de la ley 3\. Interpretación errónea de la ley 4\. Violación de Doctrina Legal aplicable 5\. Aplicación indebida de Doctrina legal aplicable 6\. Interpretación errónea de Doctrina Legal Aplicable **SUBCASOS DEL SEGUNDO SUBMOTIVO DE FONDO ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Error de derecho en la apreciación de las pruebas. 2\. Error de hecho en la apreciación de las pruebas. MOTIVOS, SUBMOTIVOS Y SUBCASOS CASACIÓN POR MOTIVO DE FORMA (Casación por quebramiento substancial del procedimiento) **SUBCASOS DEL PRIMER SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Cuando el Tribunal de Primera Instancia careciere de jurisdicción para conocer en el asunto de que se trate. 2. Cuando el Tribunal de Segunda Instancia careciere de jurisdicción para conocer en el asunto de que se trate. 3. Cuando el Tribunal de Primera Instancia careciere de competencia para conocer en el asunto de que se trate. 4. Cuando el Tribunal de Segunda Instancia careciere de competencia para conocer en el asunto de que se trate. 5\. Cuando el Tribunal se niegue a conocer teniendo la obligación de hacerlo. **SUBCASOS DEL SEGUNDO SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Por falta de capacidad legal de los litigantes. 2\. Por falta de personalidad de los litigantes. 3\. Por falta de personería en quien los haya representado. **ÚNICO SUPUESTO DEL TERCER SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** Por omisión de una o más de las notificaciones que han de hacerse personalmente, conforme el artículo 67, si ello hubiere influido en la decisión. **SUBCASOS DEL CUARTO SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Por no haberse recibido a prueba **el proceso** en Primera Instancia, cuando proceda con arreglo a la ley, si todo ello hubiere influido en la decisión. 2. Por no haberse recibido a prueba **el proceso** en Segunda Instancia, cuando proceda con arreglo a la ley, si todo ello hubiere influido en la decisión. 3. Por no haberse recibido a prueba **las incidencias del proceso** en Primera Instancia, cuando proceda con arreglo a la ley, si todo ello hubiere influido en la decisión. 4. Por no haberse recibido a prueba **las incidencias del proceso** en Segunda Instancia, cuando proceda con arreglo a la ley, si todo ello hubiere influido en la decisión. 5\. Por haberse denegado cualquiera diligencia de prueba admisible, si todo ello hubiere influido en la decisión.  **ÚNICO SUPUESTO DEL QUINTO SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** Cuando el fallo contenga resoluciones contradictorias,  si la aclaración hubiere sido denegada. **SUBCASOS DEL SEXTO SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** **(Motivos de incongruencia en el fallo)** 1\. Cuando el fallo otorgue más de lo pedido. 2\. Cuando el fallo no contenga declaración sobre alguna de las pretensiones oportunamente deducidas, si hubiere sido denegado el recurso de Ampliación. 3\. Por incongruencia del fallo con las acciones que fueren objeto del proceso. **SUBCASOS DEL SEPTIMO SUBMOTIVO DE FORMA ** **DEL RECURSO DE CASACIÓN** 1\. Por haberse dictado la resolución por un número de Magistrados menor que el señalado por la ley. 2\. Por haberse dictado la resolución por un Magistrado legalmente impedido.  INDIVIDUALIZACIÓN DEL MOTIVO SUBMOTIVO Y SUBCASO Es importante tomar en cuenta lo siguiente: 1\. Se debe ubicar el caso específico de procedencia, es decir iniciar al analisis de procedencia de lo particular a lo general. 2\. Al momento de realizar el planteamiento se debe se debe estructurar del motivo general al caso específico de procedencia. LA TESIS DEL RECURSO La necesidad de presentar una tesis para los casos de procedencia del recurso, no está expresamenteregulado en la ley, pero es absolutamente importante su presentación en el planteamiento del recurso de Casación. 1\. Es el argumento en el que se hace descansar el planteamiento del resurso. 2\. Dentro de la estructura del memorial del recurso, es el apartado en el que se resume el planteamiento de cada caso de procedencia, es decir es un enunciado. INTERPOSICIÓN El término para interponer el recurso de casación es de quince días (15 días), contados desde la última notificación de la resolución respectiva. Art. 626. Dto. Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República de Guatemala.      - El plazo comienza correr el día siguiente al de la última notificación. Art. 45, literal e) Dto. 2-89. del Congreso de la República de Guatemala. FORMA DE INTERPOSICIÓN El recurso de casación puede entregarse al Tribunal que dicto la resolución recurrida o a la Corte Suprema de Justicia; Debe interponerse por escrito, con los requisitos generales de la primera solicitud y específicos de la casación Art. 619 Dto. Ley 107.del Jefe de Gobierno de la República de Guatemala.  Deberá recurrente invocar de una vez todos los motivos que tenga para impugnar la resolución recurrida (forma y fondo). Art. 624 Dto. Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República de Guatemala.  EFECTO GENERAL DEL RECURSO DE CASACIÓN El efecto general del recurso de casación ES CASAR LA SENTENCIA recurrida. Casar significa anular, dejar sin efecto la sentencia impugnada ya sea por motivos de forma o de fondo. EFECTO DEL RECURSO DE CASACIÓN POR MOTIVO DE FONDO **Cuando el recurso de Casación por motivos de fondo es declarado con lugar:** Casa la resolución impugnada y dicta el fallo conforme a la ley. Es decir en la misma sentencia emite el Tribunal el pronunciamiento que corresponde sobre el asunto.  Artículo 630 EFECTO DEL RECURSO DE CASACIÓN POR MOTIVO DE FORMA **Cuando el recurso de Casación por motivos de forma es declarado con lugar:** Casa la resolución impugnada y anula lo actuado desde que se cometió la falta y remite los autos a donde corresponda para que se sustancien y resuelvan con arreglo a la ley. Es decir la Corte detecta la vulneración del procedimiento y ordena a donde corresponda realizar lo procedente con arreglo a la ley. Artículo 631.

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