Apuntes de Seguridad Social PDF
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Gerardo arenas Monsalve
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Summary
These lecture notes cover the concept of Colombian social security, including contingencies, legal requirements, and the constitutional framework. The document provides definitions and examines the rights and responsibilities involved in social security.
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Derecho colombiano de la seguridad social Gerardo arenas Monsalve CAP 1 y 2 para mañana Se empieza a las 15 o sea toca llegar temprano Después de el entrar no entro Siempre deja consultar Prestaciones económicas prestaciones asistenciales y Evalúa lo que acaba de explicar Notas par...
Derecho colombiano de la seguridad social Gerardo arenas Monsalve CAP 1 y 2 para mañana Se empieza a las 15 o sea toca llegar temprano Después de el entrar no entro Siempre deja consultar Prestaciones económicas prestaciones asistenciales y Evalúa lo que acaba de explicar Notas parcial oral y un taller mismo Alor taller a mano Corte martes 17 septiembre Repasar los apuntes también vuelve a preguntar Art 48 vonti Art 123 de la ley 100 Seguridad social concepto Como se entiende en colombia Que son las contingencias a las que estamos expuestos Cuales son las medidas que el estado toma para protegernos de hechos irresistibles Régimen jurídico Requisitos que la ley exige para acceder a las prestaciones asistenciales y económicas JURIS de corte constitucional se ve desde esa óptica Las referencias de refuerzo las de ellibros y eso Fuentes Constitución Art 216 cst sise demuestra que el accidente es por culpa del empleador le paga perjudicial s materiales e inmateriales además de los de seguridad social Ley 1751 Ley 100 1993 Art 47 Ley 1438 Ley 1562 sistema de riesgos laborales Decretos únicos reglamentarios Sector trabajo Sector salud De las pensiones Ley 2381 reforma el sistema de pensiones CONTENIDOS - Gracias al principio pro homine esto hace que nuestro estado sea social de derecho: Tienen una dennitacion alta donde hay que tomar medidas para identificarlos, enviar la contingencia, retrasar su configuración y par que generen el menor impacto posible en nuestra salud vida etc Cuales son las medidas que el estado toma para prevenir identificar evitar Art 48 CONST Lo hace artraves s de conjunto de normas de instituciones y procedimientos llamado sistema general de seguridad social integral- medida Ese sistema identifica las contingencias que si o si se pueden configurar para evitar el menor impacto o consecuencias negativas que recaen a las personas está es la forma general de atención de las contingencias Cuales pueden ser? Fruto de la salud vida y eso - - - Sistema de pensiones los regula Estos son eventos contingentes Derechos contingentenque retrasan por condiciones físicas - - Sistema general de seguridad social en salud - - Sistema general de seguridad social en riesgos laborales Así fuera la enfermedad luego de salir del trabajo renunciar - - - - - Sistema de servicios sociales complementarios Subsistemas de clases de contingencia donde se tendrá un conjunto de normas instituciones y procedimientos especializados para su identificación y atención Se ve que se le reconoce a las personas en dichos sistemas o subsistemas donde reconoce beneficios quien identifica como prestaciones la ley 100 REGIMEN DE BENEFICIOS A TRAVES DE Prestaciones es el mismo concepto de obligación es una carga de obligación o crédito,beneficio o forma de atender cada contingencia Asistenciales Se atiende por medio de las prestaciones las cuales van a cuidar la salud que son las prestaciones asistenciales de atención médica que se encargan de la atención en salud Económico Y para garantizar el mínimo familiar o condiciones de vida digna,para mantener el ingreso del sostenimiento de grupo familiar y personal El sistema de pensión no acoge el asistencial Económicamente tiene la pensión reconoce prestación económica Para cada contingencia es: Pensión de vejez Pensión invalidez Pensión de sobrevivientes MÁS auxilio funerario que es el reconocimiento de reconocer los gastos funerarios 2- 10 salarios minimos REGLA DE ORO: DE SOLO GENERAR LA CONTINGENCIA HAY QUE VER REQUISITOS PARA PODER A ACCDEDER A LAS PRESTACIONES SI NO NO DAN EL DERECHO DE MANERA AUTOMÁTICA SOLO LA ASISTENCIAL ES LA QUE SE PODRIA DECIR QUE ES AUTOMATICA DICHAS PRESTACIONES EN SALUD LEY 1751 2015 LA SALUD COMO DERECHO FUNDAMENTAL Sistema de salud reconoce ambas prestaciones asistenciales y económicas Pago de incapacidad tiempo para recuperarse según el médico y se le paga cuanto y como en requisitos enfermedades o accidentes En maternidad paternidad hay condiciones y cambios físicos o el nacimiento necesita recuperar salud Se reconoce descanso remunerado en forma de licencia de maternidad 18 semanas, ley omite lactancia pero empleador puede darle con prueba media hora para lactar durante los dos años En paternidad se reconoce un descanso de dos semanas licencia de paternidad con requisitos Sistema de riesgos mantener el derecho de trabajadores cuando se les impida trabajar de manera temporal o permanente Hay prestaciones económicas y asistenciales Se tiene en económica subsidio de incapacidad indemnizaciones por incapacidad permanente parcial Pensión de invalidez Pensión de sobrevivientes Auxilio funerario muerte producida por trabajo PRESTACIONES NO SE ACUMULAN en todas Se ve conelizabeth : Factor de riesgo psicosocial: gestión entre personas, mayor riesgo ley 1010 conductas de acoso laboral que son repitivas, que producen miedo terror angustia ganas de renunciar, violencia fisica, inequidad laboral, persecusión laboral, patologias de orden psiquiatrico por la misma noción de conflictos de orden en el trabajo, gran impacto del trabajador en su ambito laboral siendo publico y reiterativo con la intención de quien realiza la conducta En acoso laboral: vertical superior a trabajador o de trabajador a empleador Horizontal: entre mismos trabajadores Quien realiza Quien la promueve Quien la permite como una omisión MARTES 20/08 EN LA HISTORIA SE PRESENTAN ESTOS MODELOS QUE SON SECTORIALES +-----------------+-----------------+-----------------+-----------------+ | ASISTENCIA | PREVISIÓN | SEGUROS SOCIAL | SEGURIDAD | | | | | SOCIAL | +=================+=================+=================+=================+ | MODELO ATENCIÓN | MODELO | MODELO DE | ESTE ES UN | | DE NECESIDADES, | PREVENTIVO | ATENCIÓN, | MODELO: | | NO ES | PORQUE NO TODOS | PREVENCIÓN Y | | | PREVENTIVO ES | TIENEN PARA | AHORRO PERO | - - - - | | SOLO DE LA | GARANTIZAR SU | SOLO PARA UN | - - | | SATISFACCIÓN DE | AHORRO PARA EJ | SECTOR DE LA | | | PERSONAS | VEJEZ O | POBLACIÓN ES | | | POBRES | PREVENIR SUS | DECIR | | | | CONTINGENCIAS | LOS TRABAJADORE | AQUI SE | | - FAMILIA | | S | PRESENTA | | | ES TAMNIEN | | GRACIAS AL ART | | - ASISTENCIA | ASISTENCIAL | | 48 CONST LA | | PRIVADA | | | UNIVERSALIDAD | | PROTEGE LA | ES DE APORTES O | | EN CUANTO A | | INDIGENCIA, | DE | | ASEGURARSE Y | | NO ES | CONTRIBUCIÓN, | EN UN MOMENTO | POR LO MENOS | | PREVENTIVO | PARA TENER UNA | | TENER LAS | | | PRESTACIÓN | 1. 2. 3. | ATENCIONES DE | | DONDE ES UNA | TENGO QUE | | SALUD | | INICIATIVA, | APORTAR | | ESENCIALES | | PROVIENE DE | | | | | PERSONAS QUE | TAMBIEN ES UN | | | | ATIENDEN A LA | MODELO DE | | | | NECESIDAD SIN | ASEGURAMIENTO | | NO SOLO SE | | AYUDAS DEL | | | RESTRINGE A LAS | | ESTADO, | | | CAPACIDADES | | CARIDAD | | | ECONOMICAS DE | | | (LOS QUE TIENEN | | LAS PERSONAS | | - PUBLICO SON | PLATA) | | | | MODELOS DE | | | | | ATENCIÓN | | | | | CUANDO ALGO | | | | | SE | - - | | | | PRESENTE, | | | | | SE DA POR | | | | | MONOPOLIOS | | | | | RENTISTICOS | AHORRO: | | | | DEL ESTADO, | DISTRIBUYE EL | | | | JUEGOS DE | RIESGO, | | | | AZAR, | | | | | ALCOHOL, | EJ LA VACA PARA | | | | CIGARRIO, | COMIDA | | | | | | | | | - LO | | | | | RESIDUAL | | | | | | SEA INDIVIDUAL | | | | | O COLECTIVA | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | LO COLECTIVO | | | | | ABRE PASO AL | | | | | MUTUALISMO PARA | | | | | QUE TODOS | | | | | APORTEMOS, SOLO | | | | | SE BENEFICA | | | | | QUIEN ESTA EN | | | | | LA ORGANIZACIÓN | | | | | QUE RESUELVA | | | | | ESAS | | | | | CONTIGENCIAS, | | | | | ES | | | | | COOPERATISTA | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | CONTRATO DE | | | | | SEGURO | | | | | | | | | | 1. 2. 3. 4. | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | MECANISMO: | | | | | AFILIACIÓN | | | | | | | | | | DONDE UN | | | | | BENEFICIARIO | | | | | CONTRATA CON | | | | | UNA ENTIUDAD DE | | | | | LA SEGURIDAD | | | | | SOCIAL(FONDO DE | | | | | PENSIONES O | | | | | ENTIDAD | | | | | PROMOTORA DE | | | | | SERVICIOS DE | | | | | SALUD O | | | | | ADMINISTRADORA | | | | | DE RIESGOS | | | | | LABORALES ARL) | | | | | PARA QUE SI SE | | | | | PRESENTA UN | | | | | RIESGO QUE ES | | | | | LA CONTINGENCIA | | | | | RECONOZCA LAS | | | | | PRESTACIONES | | | | | ASISTENCIALES | | | | | QUE SE | | | | | REQUIERAN | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | SOLO EN | | | | | PENSIONES ES | | | | | AHORRO | | | | | | | | | | EN SALUD NO HAY | | | | | UN AHORRO | | | +-----------------+-----------------+-----------------+-----------------+ LA SEGURIDAD SOCIAL COMO CONCEPTO TIENE DIVERSAS PERSPECTIVAS 1. CONJUNTO DE MEDIDAS INSTITUCIONALES QUE SE DISEÑAM CON PLANES Y PROGRAMAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DEL ESTADO SEGURIDAD, ESTABILIDAD, EQUILIBRIO, PROTECCIÓN A LAS PERSONAS 2. DONDE LA AUTONOMIA ES AMPLIA PERO DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABORALES TIENEN UN LIMITE DERECHOS QUE INTEGRAN LA SEGURIDAD TAMBIEN TIENEN UN CARACTER SENSIBLE, NECESARIO E INDISPENSABLE EL LIMITE ES LA IRRENUNCIABILIDAD QUE ES PROPIO DE LA SEGURIDAD DONDE EN PRINCIPIO NO SE PUEDE INDISPONER DE AQUELLO QUE GENERA UNA AYUDA DE SUBSSISTENCIA PERO FRENTE A ESAS RENUNCIAS TIENEN UN CARACTER INEFICAZ, PERMITE QUE EL REGIMEN DE DERECHOS AL QUE SE RENUNCIÓ POR NECESIDAD, IGNORANCIA O CON LA INTENCION DE DEFRAUDAR INTERESES DE LAS PERSONAS NO PRODUZCA NINGUN EFECTO Y SE PUEDA RECLAMAR POR VIA ADM JUDICIAL AQURLLO QUE SE PRETENDIA EXCLUIR DEL PATRIMONIO PERSONALISIMO DE LAS PERSONAS, NO ESTA PROHIBIDO PERO ESA RENUNCIA NO PRODUCE EFECTOS. EJ CASO TIPICO DE SEGURIDAD, SEÑORA QUE TRABAJABA RESTAURANTE, NO LA ASEGURRON PORQUE TIENE EL SISBEN Y LE HIZO FIRMAR UN PAPEL RENUNCIANDO A DERECHO DE SEGURIDAD 3. ACTIVIDAD PERMANENTE Y CONTINUA DEL ESTADO QUE PUEDE SER DESARROLLADA POR PARTICULARES QUE SATISFACE NECESIDADES DE ATENCIÓN PREVENCION Y CUIDADO A LAS PERSONAS, PUEDEN SER DE CARACTER ESENCIAL O NO ART 430 CST REVISAR PROHIBICIÓN DE REALIZAR HUELGA EN LOS SERVICIOS PUBLICOS SP ESENCIAL 4. CONJUNTO DE NORMAS Y PPROCEDIMIENTOS QUE ACOGEN A LA SEGURIDAD\... ARTICULAR PARA IDENTIFICAR PREVENIR Y RESOLVER CONTINGENCIAS CLAUSULAS INEFICACES Y NORMAS DE OPRDEN PUBLICO SISTEMA DE RIESGOS CARACTERISTICO ART 216 CST CULPA DEL EMPLEADOR INDEMNIZACION POR CAPACIDAD PARCIAL CULPA SUFICIENTE DEL EMPLEADOR DEBE INDEMNIZAR QUE EL TRABAAJDOR O SU FAMILIA RECIBIERON EN EL MOMENTO AL TRABAJO DONDE DEBE PAGARLE TODO POR NO AFILIARLO PRASTACIONES SOCIALES CESANTIAS SI SON A LARGO PLAZO ES EN UN FONDO 14 FEBRERO ULTIMO DIA PARA SEGURO TODO RIESGO FINALIDAD DE CESANTIAS AYUDA AL TRABAJADOR CUANDO YA NO TIENE EMPLEO EMPLEADOR ES EL QUE HACE UN OFICIO AL FONDO PARA QUE SAQUEN SE PIUDENE PAGAR POR SUSTITUCION DE EMPLEADOR SERVICIO MILITAR COMPRA Y MEJORA DE VIVIENDA ESTUDIO FAMILIAR RETIRO ANTICIPADO DE CESANTIAS HISTORICAMENTE HASY DOS ETAPAS MARCADAS EN COLOMBIA +-----------------------------------+-----------------------------------+ | CP 19991 | LEY 100/93 | +===================================+===================================+ | ACCESO RESTRINGIDO Y | UNIFICA CRITERIOS PARA LA | | MULTIPLICIDAD DE FORMAS Y NORMAS | ATENCIÓN DE CONTINGUENCIAS | | PARA CUIDADO DE NORMAS O LEYES O | | | ENTIDADES PARA PROTEGER LA VEJEZ, | GENERALIZÓ PARA QUE TODAS LAS | | INVALIDEZ, PENSION | PERSONAS ESTUVIERAN EN LA | | | PROTECCION CON LA MISMA MANERA | | DISPERSION DE NORMAS | MISMA NATURALEZA, MISMAS | | | CONDICIONES | | PERO CON FALTA DE COBERTURA | | | | GENERÓ SEGURIDAD JURIDICA | | | | | | | | | | | | GARANTIA DE PROTECCION Y | | | ATENCION | +-----------------------------------+-----------------------------------+ | | ES GENERAL PORQUE EL SISTEMA SU | | | COBERTURA ES UNIVERSAL ES | | | GENERAL, INTEGRAL PORQUE SE | | | PUEDEN CUBRIR TODOS LAS | | | CONTINGUENCIAS POSIBKLES CON EL | | | MAYOR NUMERO DE CONTINGUENCUAS | | | CON EL MAYIOR NUMERO DE | | | PRESTACIONES | +-----------------------------------+-----------------------------------+ | | EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL | | | INTEGRAL SE ENTIENDE COMO ESE | | | MECANISMO O DERECHO IRRENUNCIABLE | | | QUE ACOGE A TODAS LAS PERSONAS EN | | | UN EJE UNIVERSAL PARA SU | | | PROTECCIÓN Y ATENCIÓN FRENTE A | | | CONTINGUENCIAS QUE SE PUEDAN | | | PRESENTAR MEDIANTE PRESTACIONES | | | ASISTENCIALES O ECONOMICAS SEGUN | | | LOS REQUISITOS QUE ESTABLEZCA EL | | | RIESGO DE UN HECHO INCIERTO | +-----------------------------------+-----------------------------------+ MIERCOLES 21/08 PRINCIPIOS +-----------------------------------+-----------------------------------+ | ART 48 CP | LEY 100 ART 2 | +===================================+===================================+ | EFICIENCIA | EFICIENCIA: ES UN CONCEPTO DE | | | ECONOMIA Y DE ADMIISTRACIÓN, USO | | UNIVERSALIDAD | ADECUADO DE RECURSOS, CUMPLE CON | | | LOS FINES DEL ESTADO, DINERO | | SOLIDARIDAD | INFRAESTRUCTURA PERSONAS, | | | ECONOMIA EN MENOR DESGASTE QUE | | IRRENUNCIABILIDAD: GARANTIA DE | PERMITE QUE SE HAGAN EXIGIBLES | | BENEFICIOS Y DERECHOS MINIMOS, | | | NECESARIOS, DE ORDEN PÚBLICO Y | | | MUY SENSIBLES QUE INTEGRAN LA | | | POSIBILIDAD DE TENER CONDICIONES | UNIVERSALIDAD: ES PRINCIPIO | | DE VIDA DIGNA, ARTICULA LA VIDA, | CARACTERISTICO DE LA SEGURIDAD | | SALUD, INTEGRIDAD, GRUPO | SOCIAL QUE GARANTIZA POR LO MENOS | | FAMILIAR | SERVICIOS DE SALUD A TODOS LOS | | | HABITANTES DEL TERRITORIO (PORQUE | | | NO TODOS PUEDEN COTIZAR, ES DECIR | | | NO TODOS PUEDEN ACCEDER PENSION, | | PARTICIPACIÓN: ESTADO GARANTIZA | LICENCIA MATERNIDAD PERO SI LA | | POR MEDIO DE PARTICIPACIÓN POR | SALUD SI O SI) | | PROGRAMAS PERO NO SE VE UN | | | VERDADERO CONTROL | | | | | | EJ VEEDURIA CUDADANA | SOLIDARIDAD: ES UNA AYUDA MUTUA, | | | EL MAS FUERTE AYUDAR AL MAS | | REPRESENTACIÓN DE USUARIOS EN LAS | DEBIL, POR SALUD, EDAD, UBICACIÓN | | EPS, ARLS, FONDOS DE PENSIONES, | Y CONDICION ECONOMICA, ES DE | | PERSONERIAS DELEGADAS, VIGILANCIA | CARACTER FORZOSO Y OBLIGATORIO, | | DE DERECHOS HUMANOS, | APORTE FINANCIERO A FAVOR DE | | | PERSONAS QUE NO PUEDEN COTIZAR DE | | | MI AHORRO DE COTIZACIONES UN | | | PORCENTAJE SE LES DA A ESAS | | PROCURADURIA: FORMA DE | PERSONAS | | PARTICIPACION Y CONTROL | | | | OBLIGACIONES DE PADRES E HIJOS DE | | LA MAS RECURRENTE DE | MODELO AISTENCIAL | | PARTICIPACIÓN Y CONTROL ES LA | | | ACCIÓN DE TUTELA | PROTECCION DE MATERNIDAD, | | | SEGURIDAD DE EMPLEO, NO SEAN | | TODAS LAS PRESTACIONES ADQUIEREN | DESMEJORADOS | | CARACTER DE DERECHO FUNDAMENTAL | | | | PUEDE SER FORZOSO O POR MANDATO | | | JUDICIAL | | | | | PROGRESIVIDAD: IMPLICA QUE | | | GRADUALMENTE SE AMPLIE LA | | | COBERTURA DE PERSONAS, | EJ: FONDO DE SOLARIDAD | | RECONOCIMIENTO DE PRESTACIONES EN | PENSIONAL | | LA MEDIDA EN QUE EXISTAN RECURSOS | | | PARA HACERLO | REGIMEN DE SUBSIDIO EN SALUD | | | | | | | | | | | LEY DA LA COMPETENCIA AL CONGRESO | | | PARA DEFINIR LOS PRINCIPIOS | | | | INTEGRALIDAD: CUBRIR TODAS LAS | | | CONTINGUENCIAS POSIBLES SIN | | | ALGUNA EXCLUSIÓN | | | | | | | | | | | | UNIDAD: EL SISTEMA ES UNO SOLO | | | PERO SE ARTICULA CON LOS DE ORDEN | | | TERRITORIAL, LA NACIÓN, DE TODAS | | | LAS ENTIDADES Y PERSONAS QUE | | | INTEGRAN EL SISTEMA DE SEGURIDAD | | | | | | | | | | | | PARTICIPACIÓN | | | | | | | +-----------------------------------+-----------------------------------+ PRINCIPIO JURISPRUDENCIAL PRO HOMINE: DENTRO DE TODOS LOS SISTEMAS RECONOCE LA DIGNIDAD HUMANA, APLICACION DE NORMA MAS FAVORABLE PARA AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DE TODO EL SISTEMA AFILIADO: EL QUE APORTA BENEFICIADO: EL FAMILIAR DEL QUE APORTA SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES CONTINGUENCIAS QUE VA A ATENDER LA VEJEZ, INVALIDEZ Y MUERTE QUE ES PENSION PARA UQE SIRVE CONSULTA DE VEJZ TALLER ES DE LEY 100 CON LOS PRINCIPIOS EJ CON EL 46 REQUI PENSION DE SOBREVIVIENTE SOLIDARIDAD: ART 46 CON SU TITULO, DEBEN SER 10 A MANO MARTES 27/08 Clase PENSION \- Para acceder debe hacer ahorro para la contingencia (AHORRO FORZOSO) \- Es obligatorio cumpliendo unos requisitos \- Ahorro puede ser de manera: CONJUNTA - se hace entre empleadores y trabajadores, es decir ue todo empleador donde exista una relación de trabajo SUBORDINADO, obligatoriamente, forzosamente, indispensablemente ese ahorro tienen que hacerse entre empleador y trabajador Esos empleadores pueden ser: \- Trabajadores independientes \- El estado: El vinculo de ellos es de orden legal y reglamentario Los trabajadores pueden ser: \- Particulares \- Servidores públicos -- autoridades admin. Ojoo: todo esto para beneficio del TRABAJADOR Individual: Trabajadores independientes: \- Contratistas independientes: quienes trabajan, pero no están sujetos al poder de subordinación \- Rentistas de capital: ingresos que no provienen de trabajo sino por otras actividades (ej: el que tiene un establecimiento de comercio, el que recibe arriendos) \-\-- estos celebran contratos de prestación de servicios TODO ESTO ESTA SIJETOS A UNOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY: los requisitos los establecen las contingencias, es decir, los requisitos para cada contingencia son diferente ¿Cuáles requisitos? ¿cómo va a recibir una persona un salario DIFERIDO EN EL TIEMPO (pensión) por el ahorro que esta haciendo? Depende de: 1\. Los que estan definidos por las contingencias 1\. El régimen en el que se encuentre la persona que esta ahorrando IMP: recordar que el simple hecho de las contingencias, no genera la pension por si sola porque este sujeto a unos requisitos ¿PARA QUE SIRVE LA PENSION? Para que la persona pueda garantizar ingresos y la subsitencia de su grupo familiar para cuando llegue a a vejez, incapacidad, muerte Ley 2381: No habla de SGSSP sino que lo llama SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA LA VEJEZ, INVALIDEZ Y MUERTE -- aquí lo único diferente es que amplía las prestaciones para las contingencias se aspira a que las personas que no pueden acceder a la pension puedan acceder a un subsicio de 200.000 pesos aprox -- ESO NO ES UNA PENSION SINO UN SUBSIDIO (DENTRO DEL REGIMEN SUBSIDIADO) SGSSP: Conjunto de normas, procedimientos e instituciones que se encarga de cubrir las prestaciones económicas cuando alguien se vea expuesto a las contingencias de vejez, invalidez y muerte CARACTERISTICAS DEL SGSSP: Art 13 de la ley 100/93 Aunque para el profe empiezan en el art, 12 y la enunciación empieza en el 13 1\. Tiene 2 formas de consolidar el ahorro y reconocer la pensión de vejez, esas formas de consolidación y reconocimiento se llaman REGIMENES es decir, el sistema es uno solo pero tiene 2 regimenes coexistentes PERO.. EXCLUYENTES ( estan en la misma casa pero quien entre a una habitación no puede pasarse a la otra OJO: tampoco me puedo cambiar cuando yo quiera régimen: es una modalidad de ahorrar y una forma de recibir la pensión de vejez ¿Cuáles son esos regímenes? 1\. Régimen de prima media con prestación definida 2\. Régimen de ahorro individual con solidaridad 3\. Obligatoriedad en la afiliación: ¿que hace que sea obligatorio?: Rta: el que devenga o recibe como ingresos un salario mínimo 3.Va a reconocer las prestaciones derivadas de vejez, invalidez y muerte 4\. LIBRE ELECCION. Es que yo voluntariamente escojo el régimen donde quiero ahorrar Excepción: si una persona desea cambiarse de régimen, debe haber permanecido por lo menos 5 años en el régimen inicial PERO... si le faltasen 10 años o menos para cumplir la edad de pensión NO SE PUEDE CAMBIAR 5.NULIDAD EN EL CAMBIO DE REGIMEN / RECUPERACION DEL REGIMEN DE PRIMA MEDIA ANTES La corte constitucional A pesar de la doble asesoría NO es suficiente porque su firma no demuestra el alcance del régimen, entonces lo que se tiene que demostrar es que a la persona la engañaron, no entendía las consecuencias de su cambio o lo hicieron sin su autorización ART 2: Esto se hace a través de acción de tutela: porque el juez laboral no puede declarar la nulidad de actos administrativos Doble asesoría: cuando una persona se quiere cambiar de régimen le tiene que hacer una doble asesoría para que comprenda bien cómo funciona cada una y elija la que quiera DESPUES DE ADQUIRIR LA PENSIÓN NO, se puede cambiar, pero a título d indemnización se le puede reconocer la diferencia que pudo recibir en el otro régimen 6.los dineros de las pensiones son para pagar pensiones NO SON DEL ESTADO, independientemente de cual sea el régimen 7.nadie puede recibir ninguna clase pensión inferior al salario mínimo, NUNCA -- eso se llama PENSION MINIMA 8.LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA vigila, inspeccionar y controlar esa actividad de captación masiva de dinero 9.Inceremnto anual de las pensiones / movilidad de las pensiones: las pensiones iguales al salario mínimo se incrementaran en la misma proporción que se incremente el salario mínimo en Colombia Y las pensiones superiores al salario mínimo se incrementaran en la misma proporción del índice de precios al consumidor (I.P.C) IPC: es un valor que cambia periódicamente que demuestra cuanto han cambiado los precios de los productos de la canasta familiar -- el costo de vida Tiene que ver con devaluación del dinero -- el DANE es el que certifica este valor 10.todo el tiempo cotizado o trabajado con antelación a la 100/93 será tenido en cuenta para aquellas personas que vayan a pensionarse con vigencia de la ley 100/93 Y con la reforma pasa lo mismo, si yo no me alcano a pensionara horita con la ley 100/93, me lo van a sumar con las leyes nuevas CONDICION MAS BENEFICIOSA OJO. En materia de pensiones NO se tienen en cuanta las meras expectativas sino los derechos adquiridos.... 11.INCOMPATIBILIDDA ENTRE LA PENSION DE VEJEZ E INVALIDEZ, dentro del sistema de pensiones nadie puede recibir SIMLTANEAMENTE pensiones de vejez e invalidez, si tiene las dos contingencias y cumple los requisitos para las 2 -- se le reconoce la que sea mas beneficiosa ¡POR QUE NO LAS 2?: Porque seria ENRIQUECIMIENTO SIN JUSTA CAUSA 12.EL SGSSP cuenta con el fondo de solidaridad pensional, una parte de mi ahorro va a un fondo común, para las personas como deportistas.... Tiene 2 cuentas: 1\..... 2\..... 13.obligatoriedad de los requisitos para acceder a las prestaciones del sistema, estos requisitos NO se pueden: \- Homologar \- sustituir \- Reemplazar Son de estricto cumplimiento -- aunque falta 1 dia para ahorrar 13.el Estado es GARANTE del pago de las pensiones Dato: Se permite la competencia entre regímenes (habitaciones) En la reforma pensional estaban excluyendo a RAIS Indemnizacion sustitutiva de pension Calculo actuarial: expectativa de vida Ingreso base de cotización IBC Ingreso base de liquidación IBL 14.El manejo de los dineros o ahorros o cotizaciones de los afiliados generan una retanbilidad o intereses minimoses decir que pueden haber superiores del fijado por el gobierno......?? La super. Financiera es la que dice cuales son intereses minimos 15.la admin de las cotizaciones genera a favor de los fondos de pensiones una CUOTA RAZONABLE DE ADMINSTRACION ( tanto en publico como en privado) LO MIO DESPUES DE VENIR DE CONVENIO ESA CLASE MISMO MARTES 27 Regímenes Régimen de prima media Quien reconoce Colpensiones Aquí el estado se la financia Porque lo que da no es mucho Ahorro fondo pensión privado RAIS Una vez cambiado no se puede devolver a Colpensiones entonces hace una doble asesoría en cada uno de los fondos viendo ventajas y desventajas en el cambio, Para demandar siempre laboral Muchos se vieron afectados piernotas y después empezaron por vía tutela siendo personas mayores para recuperar y se lo negaron y las condiciones son no memorable y aquí en privado era más desfavorable por tutela porque son derechos fundamentales para el anciano Art 2 código procesal del trabajo por eso Juez laboral o puede nulidad de un acto Aquí ya adquiere derecho pero a título de indemnización puede pedir mesadas pasadas yde lo que pudo haber recibido en el Permanencia de régimen inicial 5 años - - - - - - - Sistema de Cuenta con el fondo de polaridad pensional Art 13 el fondo de solidaridad Personas que no tienen acceso Artistas discapacitados artistas indigencia o pobreza extrema independiente En virtud de solidaridad todos los que cotizan una porción de su ahorro va pa los pobres a subsidiar prestaciones -obligatoriedad para requisitos de prestaciones estos no se pueden homologar sustituir o reemplazar, de obligatorio cumplimiento - Fondos de pensiones son bancos ojo - - Que es salario Salario integral Honorarios - MIERCOLES 28/08 Allanamiento en la mora en seguridad social Evasión ala sistema de seguridad social y elusión **¿Qué son las rentas de capital?** Según la página de la DIAN, las rentas de capital corresponden a los ingresos provenientes de: - - - - - Las rentas de capital son entonces los ingresos obtenidos por las actividades anteriormente mencionadas. Evasión: NO REPORTO NADA Elusión: REPORTO MENOS INGRESOS DE LOS QUE RECIBO Aquellos dineros que recibe una persona por concepto de actividades diferentes al trabajo. Son aquellas utilidades que recibe una persona. Que es la planilla integrada de liquidación de aportes **Planilla integrada de liquidación de aportes a la seguridad social PILA** Corresponde a la información que los afiliados al sistema de salud, pensiones y riesgos laborales han consignado en la afiliación en cuanto a sus a. b. Una vez contenida la información de los ingresos, con la planilla se calcula o validad la cantidad de los aportes que debe hacerse a salud, pensiones y riesgo laboral a partir del ingreso base cotización. - La planilla mensualmente indica la cantidad que se debe aportar para salud, pensiones y riesgos laborales - Se hace en un solo pago unificado con el porcentaje de cada elemento. Características del sistema Existencia de dos formas o regímenes componentes del sistema prima media y ahorro estos son excluyentes se elige libremente Forma de ahorro y forma de vejez es diferente en estos componentes Prima media para calcular el monto de la pensión de vejez, se hace un promedio de los ingresos del afiliado de X tiempo y con base en el promedio la ley determina el valor de la pensión Régimen tarifado Se calcula de lo que la persona ganaba Este régimen recibe a los afiliados y paga pensiones a través de la compañía colombiana de pensiones COLPENSIONES Empresa industrial del estado que debe producir este es entidad pública unica Solo un marrano Consiste en que los afiliados en este régimen hacen sus aportes cotizaciones a una cuenta de fondo común, el dinero queda en una sola cuenta misma alcancía Requisitos de vejez - 1300 semanas dividido en 52,144: 24,930 años - Mujer 57 con misma semana que hombres pero van hacer reducción de semanas solo para nosotras Régimen de ahorro con solidaridad Es administrado por entidades del sector financiero como las administradoras de fondo de pensiones quien hace lo mismo que las otra pagar pensiones recibir cotizaciones Aquí hay varias administradoras y se elige libremente Cada afiliado al sistema tiene su propia cuenta individual de ahorro diferentes marranos Se debe tener capital suficiente dinero suficiente por Vejex Requisitos Que en su cuenta individual tenga mucha plata capital suficiente que permita garantizar una pensión de por lo menos el 110% del smlmv salario mínimo más 10 % durante toda su espectativa de vida Edad da la expectativa de vida y mayor ahorro Este régimen no necesita semanas sino plata No es requisito edad pero está estima pues la plata que necesita En resolución sale la expectativa de vida MARTE 3/09 Prima media: Cuándo se cumple la edad pero no la semanas hay varias opciones: 1\. Seguir cotizando 2\. Afiliarse a los beneficios periodicos Colpensiones reconoce un porcentaje de cuánto cotizo y le da entre 80 cada dos meses, son subsidios NO SON PENSION 3\. Único pago a título de indemnización llamado indemnización sustitutiva de pensión le calcula semanas cotizadas el ingreso que reportó al sistema y con base a lo que alcanzó a aportar, son bajas En ahorro individual Vicisitud cuando no le alcanza la plata Edad se cumple sin ser requisito pero capital es insuficiente puede pasar 1\. Seguir cotizando 2\. Le devuelvan la plata a esa edad antes NO Devolución de saldos todo menos la cuota de ADM de plata 3\. Edad+ insuficiente+ se ahorro continua o discontinua durante 1150 semanas= sistema reconoce la pensión de garantía mínima es decir un smlmv está es la excepción del 110% Aquí no puedo escoger estas opciones el sistema se lo asigna depende Elemento más importante Ingreso base de cotización: elemento financiero más importante del sistema de seguridad y corresponde a la cantidad de dinero que sirve de referencia para determinar el valor de los aportes a cada uno de los sistemas de la seguridad social Características \- Es el dinero o cantidad de dinero que reporto por concepto de ingresos laborales o no laborales \- Es la cantidad de dinero que va permitir determinar el valor de las prestaciones económicas es decir lo que informo de dinero va determinar las prestaciones en proporción a lo que reportan \- Uno solo, es el mismo ingreso para el sistema de salud, riesgos laborales y pensiones ¿En donde se presenta ese ingreso base? Afiliación es por un papel formulario físico en donde se da info básica del afiliado Familia ganancias de salario Luego en planilla en aportes en línea, asopagos en donde se consigna el nombre de afiliado el fondo la EPS la gestora de riesgos laborales si es trabajador independiente o subordinado, se debe incluir cual es la cantidad del ingreso que sirve de referencia base para aportar a cada sistema es decir salud pensión riesgos son diferentes porcentajes Como se cuánto debo reportar a la seguridad social Depende de la forma de mis ingresos Hay dos ingresos \- Laborales: no solo el contrato de trabajo, ingresos que derivan del trabajo Tienen que ver con trabajadores subordinados servidores públicos contratistas independientes Ingresos: salario, salario integral, honorarios Contraprestación por la prestación de un servicio propor ional a calidad tiempo y actividad que dedica NO ES DADIBA NO ES REGALO, es dinero para satisfacer necesidades familiares y personales que ingresa al Patri del trabajador y está conformado por otras sumas de dinero que remuneran el trabajo siendo este un pago habitual está integrado por otros factores salariales todas las sumas de dinero que remuneran el servicio Art 127 elementos integrales cst título v salarios esto se diligencia en la planilla Salario se informa al 100% todos los meses se diligencia el mes y el valor su cambia también se reporta cuando sean por comisiones porque genera obligación de cotizar porque todo ingreso independiente de su naturaleza genera reporte a la seguridad social conforme al ingreso Un solo pago unificado planilla integral de liquidación de aportes Afecta sino mis prestaciones y la solidaridad Si hace retraso de pago hay que avisar para evitar la mora Mora en los aportes es el mismo interés de mora por no pagar impuesto de renta interés alto (prescribe a los 5 años entidades del sistema pueden cobrarles pero para el afiliado no prescribe) entidades tiene obligacionistas n de cobrar los s aportes porque a los afiliados no se le pueden negar prestaciones por trámites entres entidades del sistema y quien deba hacer los pagos es decir el allanamiento en la mora se podría también demandar al empleador por aceptar la mora de quién tenía que cotizar No puede trasladar ni falta de cobro ni falta de pago NO OPERA CON TRABAJADORES INDEPENDIENTES porque no da cabida no debe esperar a que le cobren Una cosa es pagar y otra cotizar Nadie puede reportar un ingreso inferior al salario mínimo eccep Aportes a trabajador social por días investigación ingresos mensuales Colombianos en exterior semanas cotizadas fueras del país salud o pensiones si es un ingreso que genera tributos no es obligatorio Salario integral art 132 Salario por unidad de tiempo, por obra, destajo, por tarea y ejemplos \- No laborales: Son rentas de capital Por lo menos ,50 semanas dentro de los 3 años anteriores para la pensión sobrevivientes 5 años está no se sucede Unidad de gestión de pensiones y parafiscales Ve como quien paga y reporta menos Inicia trámite Cobro persuasivo Cobro coactivo MIERCOLES 4/09 Art 132 diferentes formas para estipular el salario forma de pago según la cantidad ejecución o labor tiene libertad de estipulación y una de sus formas es el salario integral Salario integral Integra horas extras bonificaciones de manera anticipada y conjunta, se incluye en ese pago incluyendo prestaciones sociales cesantías auxilios y prima estás no se pagan mensual sino un periodo específico NO INCLUYE VACACIONES integra lo que puede llegar a ganar el trabajador menos las vacas Características \- Es un pacto escrito \- Corresponde por lo menos a 10 veces el salario mínimo \- Un 30% de esos 10 salarios se le suma o sea 13 o sea 3 salarios mínimos más son las prestaciones sociales \- Se reporta el 70% del salario integral sin incluir prestaciones es decir si se pactó 10 smlmv se reporta el 70% Lo reciben trabajadores altamente calificados HONORARIOS No hay pago de prestaciones, contraprestación de una relación de contrato de prestación de servicios art 32 ley 80/93 contratación estatal NO ES SALARIO Características \- Se establece un tiempo de la tarea ejecución duración de obra y valor, puede ser valor mensual o total pueden estar los dos \- Reporta 40% del valor mensual bruto es decir valor sin ningún tipo de descuento j construcción de casa en 8 meses 75millo El maestro reporta el valor del contrato ÷ en el tiempo de ejecución= 9 palos IBC: 3 PALOS Si tiene inferior del mínimo se reporta como si fuera por días Trabajador de horas Vínculo de contrato laboral puede ser verbal o escrito Servicio inferior a un mes Inferior valor al smlmv si es por día u horas es conforme al salario que se le debe pagar Debe pagar seguridad social Se da para personas que solo pueden estar afiliados en régimen subsidiado de salud les permite que paguen a pensiones riesgo y caja de compensación manteniendo condición en el régimen subsidiado porque trabajo parcial la mayoría son afiliados a Pero genera un inconveniente no pueden darle pago de contingencias incapacidades pero si pueden tener prestaciones de minimas porque cotizan Semanas mínimas de cotizaciones es depende cuántos días trabaja de 1-7 días si trabaja de 8 a 14 reporta lo de dos semanas Depende el número de días que trabaje Se reporta mensual si son 12 días son dos semanas Reporta lo que gana de los días lo que vale su salario en 20 días Ej trabaja 3 días 150 reporta eso Distinto de 3 días semanales en el mes 450 cotiza eso para la seguridad MARTES 10/09 COTIZACIÓN POR DIAS Ingreso de base es lo que gano en semanas, cada semana es ¼ parte 1. 2. 3. Independientemente que se trabaje por horas porque debe ser el pago conforme el salario minimo El trabajo por turnos es diferente a las horas Ej de hora lunes 4 h martes 4h miercoles 4h jueves 4h (SI NO LE COBRAN DEBE COBRAR EL FONDO FONDO DE PENSIONES ES EL QUE VIGILA CON BASE LA INFO DEL EMPLEADOR EL EMPLEADOR LO QUE DEBE HACER EL HACE EL CALCULO DE SEMANAS DE PENSION NO LA PLANILLA VERIFICA NUMERO DE DIAS CON SEMANAS PORQUE PUEDE QUE LE ESTEN ROBANDO SEMANAS DEMANDAN SIEMPRE PORQUE NO HAY UNA NORMA PRESTACIONES PERIODICAS NO HAY TIEMPO DE PRESCRIPI MESADAS PENSIONALES CUANDO YA SE RECONOCIÓ REAJUSTE DE PENSION TAMPOCO PRESCRIBE SI NO HAY INFO CORRECTA SE ACUDE A LA TUTELA PARA HISTORIA LABORAL POR HABEAS DATA SE PRUEBA INGRESO BASE, PARA CORRECCION DE HISTORIA LABORAL) CUANTO DEBO PAGAR A LA SEGURIDAD SOCIAL MONTO PARA LA COTIZACIÓN 16% IBC ingreso base de cotización de lo que representa el salario, salario integral, honorarios, Rentas de capital Quien paga el 16%? DEPENDE, Los ingresos subordinados son compartidos conjuntos El salario integral y salario, asignación basica- servidores publicos publica corresponde al empleador y trabajador para el aporte En ley 100 dice que 75 % lo asume el empleador 75% de 16%: 12% 25% lo asume el trabajador 25 % de 16%: 4 % El salario es la base del ingreso base se le saca el 16% : 208% esto es lo que debe ahorrar 156% empleador 52 trabajador (Salario integral 10 veces el salario minimo) Ej 3500 millones el 16% : 560 este es el ahorro conjunto PUEDE SER DE DOS FORMAS 75 y 25 o 12 y 4 da lo mismo 140 tabrajador 420 empleador Trabajador indeopendiente 100% se saca 16 solo asume la totalidad del aporte Independiente de los regimenes el monto de cotizacion es el mismo es decir el de prima media y el de ahorro individual En virtud del principio de solidaridad: quien tenga ingresos altos paga más deberá hacer esfuerzo mayor en la cotización En que consiste? El valor del 16% es para los que su ingreso base de cotización ees entre 1-4 smlmv +-----------------------------------+-----------------------------------+ | IBC | MONTO | +===================================+===================================+ | 1-4 SMLMV | 16% | | | | | | | | | | | 4- MAYOR | | +-----------------------------------+-----------------------------------+ SIEMPRE SE AÑADE 2 MAS POR EL AUMENTO DE SALARIO, SIEMPRE SE LE SUMA UN 1 PORCIENTO AL ANTERIOR QUIENES DEVENGEN MAS DE 4 SALARIOS MINIMOS COTIZAN UN UNOPORCIENTO MAS EL 1% ASUME EL EMPLEADOR ESE 1% VA FONDO DE SOLIDARIDAD PARA CUENTA DE SUBSISTENCIA Y SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD 0.5 Y 0.5 % EL EMPLEADO SIEMPRE VA A PAGAR EL 12% SIEMPRE VA PAGAR QUIEN TENGA EL INGRESO QUIENES SU INGRESO ESTE ENTRE 14-.... SMLMV TENDRAN QUE PAGAR EL 0.2% ADICIONAL EN LA REFORMA ES 0.3 COTIZAN 17,2 % POR SUPERAR LOS 4 SALARIOS MINIMOS 0.2+ 1%+16% : 17.2 QUIENES DEVENGAN ENTRE 15 -- 16 SLMLV 17,4% COTIZAN 0.2+02+16: 17.4 % CUANDO SE 16 -- 17 : 17,6 17- 18: 17,8 18- 19: 17,8 + 0.2+0.2: 1.8 % ESO VA AL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL SI COTIZA MAS DE 19 YA NO COTIZA EL DE SUBSISTENCIA DA MUSICAS ESPECIALES DEPORTISTAS DESPLAZADOS LO MAXIMO QUE SE PUEDE COTIZAR LOS LOS 5 SSALARIOS PERO SI EL INGRESO LO SUPERA MAXIMO SE PUEDE REPORTAR 45 SALARIOS MINIMOS NADIE PUEDE REPORTAR MENOS DEL SALARIO MINIMO SALE DEL IBC MAXIMO 20 SALARIOS MINIMOS UNA COSA ES COMO SE CALCULA LA PENSION Y OTRO LA COTIZACION SI GANO 45 SALARIOS YO DEBO REPORTAR EL 18 % EJEMPLO DE SALARIO INTEGRAL 35 MILLONES CALCULAR EL MONTO E INGRESO BASE AQUI NO SE TIENE EN CUENTA EL 30 % ESTE ES CONCEPTO DE PRESTACIONES REPORTA EL 70% DEL SALARIO INTEGRAL SALARIO INTEGRAL: 35 MILLONES (70%) IBC: 18%: 24.500.000 (18%) MONTO DE COTIZACIÓN 4.410.000 12 EMPLEADOR 6 TRABAJADOR ESTO LO HACE LA PILA PERO HAY QUE SABER HONORARIOS 40% UNA PERSONA MILLONES DE PESOS DURACIÓN 5 MESES Valor mensual 8 millones SALARIO: 8 MILLONES (40 %) 3200.000 COTIZACIÓN: Contrato de prestación de servicios 18: 12 EMPLE 75% 6 TRABAJADOR 37,5 % 4\-\-\-\-\-\--25 6\-\-\-\-\-\--X 6(25) DIVIDIDO 4 DESTINACION DE LAS COTIZACIONES Prima media 13% vejez invalidez muerte 3% a Solidaridad pensional Ahorro ind 1,5 invalidez 15 sobreviviente 15Garantia minima Regimen de prime media DEFINIDA Reconoce las prestaciones para la invalidez, vejez, muerte Se hce un promedio de lo que se reportó, promedio base de cotizacion en X tiempo y con base ese promedio la ley establece el valor de las pensiones por eso se llama prestaccion establecidda Prestacion tipica que reconoce el sistema de pensiones es la pension de vejez es decir la mas tipica Esta regida por dos elementos oblg Edad tiempo Pero en atencion a condiciones particulares que se pueden encontrar las personas tanto en el regimen de prima media cimo ahorro individual con solidaridad, se reconoce unas pensiones anticipadas de vejez, es decir, que pueden hacer menos exigente el requisito de edad, o el requisito de semanas Pension anticipada de vejez se llama asi por la disminucion de requisitos 1. 2. CONSULTA AFILIADOS AL SISTEMA DE PENSIONES Que es y requ pension sancion **Pensión sanción ** La sentencia SU138 de 2021 la define como "*un instrumento jurídico dirigido a proteger al trabajador que ha laborado por más de 10 años para un empleador, es despedido sin justa causa y está en una de las siguientes situaciones: (i) el empleador no estaba obligado, en su momento, a afiliar a sus trabajadores ante un mecanismo previsional, particularmente el ISS y, por lo mismo, era el responsable de la pensión una vez se cumplieran los requisitos mencionados; o (ii) el empleador sí estaba obligado a dicha afiliación, bien porque el régimen del ISS le fuera aplicable o porque estuviera ante la vigencia del sistema general de seguridad social, e incumplía ese deber.*" La pensión se debe empezar a reconocer desde el momento del despido, en caso de que el trabajador tenga cumplidos 62 años de edad si es hombre, o 57 años de edad si es mujer, o desde la fecha en que cumpla esa edad con posterioridad al despido. - Si el retiro se produce por despido sin justa causa después de 15 años de dichos servicios, la pensión se pagará cuando el trabajador despedido cumpla 60 años de edad si es hombre, o 55 años de edad si es mujer, o desde la fecha del despido, si ya tiene la edad mencionada. El monto de la pensión será directamente proporcional al tiempo de servicios y se liquidará con base en el promedio devengado en los últimos 10 años de servicios, actualizado a la variación del índice de precios al consumidor. **Pensión sanción ** No la reconoce el sistema de pensiones. Se liquida como se liquida la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida. Esta pensión se reclama por vía judicial en un proceso ordinario. Es el reproche legal que se le hace al empleador que: 1. No afilio al trabajador al sistema de pensiones 2. Despidió al trabajador sin justa causa 3. Que el trabajador haya prestado por mas de 10 años sus servicios. El empleador ASUME el pago de la pensión. - El requisito de edad para el pago de la pensión depende del tiempo de servido: a. Si se ha trabajado entre 10 y 15 años, la pensión se va a reconocer cuando el hombre haya cumplido 62 y la mujer 57 años. Se paga en el momento en que se cumpla la edad legal b. Si se trabajo mas de 15 años, se paga la pensión cuando el hombre cumpla 60 años y la mujer 55. **Pensión por actividad de alto riesgo ** Es una pensión propia del régimen de prima media regulada en el decreto 2090 de 2003. Esta pensión existe porque la ley determina que actividades hacen que se aceleren los procesos de envejecimiento, procesos. Debe tener los siguientes requisitos: 1. Se debe identificar cuales son lesas actividades de alto riesgo que están en el art 2 de la ley 2090 de 2003: a. Trabajos en minería subterránea b. Trabajos con la exposición a altas temperaturas c. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes d. Trabajos con exposiciones a sustancias cancerígenas e. Controladores de transito aéreo. f. Bomberos g. Guardianes del impec 2. Para que se hable de la pensión de alto riesgo debe estar reconocida como tal. 3. Propia del régimen de prima media con prestación definida 4. El empleador asume un 10% adicional en la cotización. Se denomina cotización especial 5. Al ser propia del régimen de prima media, se requiere unas cotizaciones de semanas que deben ser de MINIMO 1300, de las cuales 700 semanas deben haberse hecho como cotización especial de alto riesgo 6. La edad es de 55 años SIN IMPORTAR EL SEXO. La edad puede disminuir, por cada 60 semanas de cotización especial (de alto riesgo) a las 700 semanas que se cotizaron como actividad de alto riesgo, la edad se disminuye en un año HASTA LOS 50 AÑOS. PENSION GLORIAS DEPORTE MIERCOLES 11/09 PENSIONES SON EMBARGABLES Pensión vejez Edad Mujer Hombre Semanas Pensiones anticipadas de vejez hace que reduzca edad o semanas Invalidez Estas operan para los dos regímenes, Padre o madre trabajador En caso de salud de hijos se prevé la posibilidad que con la finalidad de estar al cuidado y atención de el o ellos En condición de discapacitad se anticipe edad y semanas Principio de solidaridad Finalidad: Cuidado efectivo de hijos en cuestión de invalidez y dependencia económica Exige haber cotizado: - - NO ES REQUISITO SER PADRE O MADRE CABEZA DE FAMILIA Pueden ser los dos siempre y cuando se garantice el cuidado efectivo permanente al hijo invalido NO PUEDEN TRABAJAR PORQUE SI LO HACEN SE PIERDE ESA PENSIÓN La pensión es para los padres que esté al cuidado Es solo una pensión si tiene varios Si es hijo de crianza debe acreditarlo NO ES EXCLUYENTE, SI SE REQUIERE Y SU FIN ES EL CUIDADO RENTA BASICA A LOS CUIDADORES NO ESTA REGULADO Si fallece pasa a ser una pensión de sobreviviente para el hijo Si fallece el hijo se desnaturaliza y se pierde solo toca volver a la ordinaria debe cumplir la edad porque ya tiene las semanas cotizadas Puede ejercer los controles respectivos por ser anticipada POR DEFICIENCIA PSIQUICA 1. 2. Cuando una persona ha superado incapacidades de accidentes laborales o de origen común, debe ser sometida a un diagnostico o valoración para establecer cuanto de su estado de salud esta afectado o ha perdido Se hace con base al instrumento: MANUAL UNICO DE CALIFICACION DE INVALIDEZ Se valora: - - - Porcentaje: hay tres elem en la pérdida para la valoracion - - - Se tiene en cuenta en invalidez todos los elem debe dar 50 para que se le reconozca Deficiencia : 25% minimo y menos de 50 el total Semana y edad 55 Se da la de invalidez Carácter definitivo Reubicación Estabilidad del empleo Se da por conceptos de recuperación tramites de invalidez No es conticion homogenea, son de varias condiciones que generan porque las perdidas y su entorno 110 dias de incapacidad, incapacidad debe ser continua sin suspension El vegetal no es invelidez porque no se sabe cual es la perdida 540 hay incapacidades continuas Pensión exclusiva de prima media ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO VIGENCIA HASTA 31/12 /24 PUEDEN CUMPLIR REQU ANTES DEL 31 CON PRIMA MEDIA Genera cotización adicional al 10% asume el empleador 1. 2. 3. (Copia consulta) Se habkla de anticipada por los procesos actividades genera mayor desgaste que cualquier actv PENSION que se reconoce en el mismo valor de prima media NO ES DEL REGIMEN DE PRIMA PENSIÓN SANCIÓN Reproche de ley que el empleador no afilió a l sistema de pensiones Lo despidió sin justa causa Ha trabajado mas de 10 años PARA QUE SE PAGUE PENSIÓN 62 hombre 57 mujer Mas de 15 años Hombre 60 Mujer 55 A partir de ese momeno se cumple reconocimiento Se puede pedir despues exigirble con la edad Proceso declarativo depende monto preten Empleador debe hacer aportes al fondo y regimen que el trabajador que escoja, pension por justa causa si trabajó solo 9 años o menos Diferente a allanamiento porque alli solo le falta cotizaciones por pagar aquí solo no lo afiliaron Despido y falta 5 años puedo pedir Sustitución de pension o saldo