Estatuts FORta 2022 PDF
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These are the statutes for the Federation of Autonomous Radio and Television Organisations (FORTA) for 2022. The document details the origins, organization, and structure of FORTA, emphasizing the collaborative role of autonomous radio and television organisations.
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LA FEDERACIÓN DE ORGANISMOS O ENTIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN AUTONÓMICOS (FORTA) Octubre 2022 ESTATUTS FORTA 2022 1 Índice: I.- Introducción. Orígenes y situación actual de FORTA. II.- Organización y Estructura de FORTA. III. Resumen. ESTATUTS FORTA 2022 2 I.- Introducción. Orígenes y situ...
LA FEDERACIÓN DE ORGANISMOS O ENTIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN AUTONÓMICOS (FORTA) Octubre 2022 ESTATUTS FORTA 2022 1 Índice: I.- Introducción. Orígenes y situación actual de FORTA. II.- Organización y Estructura de FORTA. III. Resumen. ESTATUTS FORTA 2022 2 I.- Introducción. Orígenes y situación actual de FORTA. La Federación de Organismos o Entidades de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA) aparece como resultado de un planteamiento estratégico de los Organismos de Radio y Televisión Autonómicos ante un entorno que, a principios del año 1989, estaba empezando a sufrir una profunda transformación: de un lado, la inminente aparición de las televisiones privadas y, de otro, el conjunto de cambios tecnológicos que harían posible en pocos años que otras formas o sistemas de televisión, por satélite o cable, algunas de ellas de carácter supranacional y otras de carácter local, surgiesen en el mercado, con las repercusiones que dichas circunstancias podrían representar para las Televisiones existentes en aquel momento. Por todo ello, los Organismos Públicos de Radio y Televisión Autonómicos existentes en dicho momento, y que podríamos denominar como Organismos fundadores u originarios de FORTA, es decir: la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía, la Corporació Catalana Radio i Televisió, Ente Público Radio Televisión Madrid, Entidad Pública Radiotelevisión Valenciana, la Compañía de la Radio Televisión de Galicia y Euskal Irrati Telebista, deciden crear un organismo que viniese a impulsar el desarrollo de los mismos en sus respectivos territorios, mediante la colaboración mutua y el aprovechamiento de sus respectivas sinergias. La forma jurídica que se decide emplear fue la de Asociación sin ánimo de lucro, al entender dichos Organismos fundadores que esta figura jurídica era la que mejor se acomodaba a los requisitos y circunstancias del nuevo Organismo. Se acuerda, por tanto, la creación de una Federación que asocie a los Organismos o Entidades de Derecho Público creados por las Leyes de los respectivos Parlamentos Autonómicos para la gestión directa de los servicios públicos de Radiodifusión y Televisión en las diferentes Comunidades Autónomas del estado Español, que respete en todo caso la personalidad, naturaleza e independencia de las Entidades que lo conforman, con el objeto de lograr la más eficaz consecución de sus objetivos comunes en cuanto medios de radiodifusión públicos autonómicos. ESTATUTS FORTA 2022 3 Pues bien, sobre la base de las circunstancias y planteamientos antes citados, y mediante Acta Fundacional de fecha de 5 de abril de 1989, a la que se aportan los correspondientes Estatutos, se constituye la Federación de Organismos o Entidades de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA), como Asociación sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, otorgada por los representantes de los respectivos Organismos o Entidades de Radio y Televisión Autonómicos fundadores anteriormente citados, procediéndose a su debida inscripción en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior 1. Los Estatutos de FORTA se adaptaron a lo previsto en la Ley de Asociaciones, de 24 de diciembre de 1964, completada por Decreto 1440/1965, de 27 de mayo, norma preconstitucional que se vió derogada por la entrada en vigor de la actual Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Como consecuencia de la promulgación de esta Ley, los Estatutos de la Federación fueron modificados con el objeto de adaptarlos a las estipulaciones de la actual Ley 1/2002 y con fecha 12 de julio de 2017 se han modificado nuevamente para recoger el carácter de medio propio de sus socios de FORTA. Los Estatutos de la Federación son, sin duda, un elemento fundamental para el mejor análisis y entendimiento de los fines que persigue esta Asociación desde sus inicios. Según lo previsto en el Artículo 2 (“Fines y actividades”) de los Estatutos: «1. La Federación se constituye para la cooperación y ayuda a sus entidades asociadas en el cumplimiento y desarrollo de sus atribuciones, desarrollando bajo la dirección y encargo de aquéllas que así se lo encomienden y, como medio propio y servicio técnico de esas entidades asociadas, los trabajos y encargos en materias de su interés y proyectos destinados a reforzar individual o colectivamente sus actividades. 2. Para el cumplimiento de estos fines, la Federación podrá llevar a cabo, en general, cualquier acción referente a materia de interés común de los Organismos o entidades asociadas y, entre otras, las siguientes actividades: a) la prestación, en general, de cualesquiera servicios para los que esté dotada la Federación a favor de las entidades asociadas, según sus necesidades; Inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número nacional 88.366. Se halla asimismo inscrita en el censo de Entidades Jurídicas del Ministerio de Economía y Hacienda con el CIF G-79362133. 1 ESTATUTS FORTA 2022 4 b) la asistencia, en general, a las entidades asociadas con motivo de negociaciones que lleven a cabo de forma conjunta todos o parte de ellos en cualesquiera operaciones o actividades de interés común. Entre ellas, las negociaciones para la adquisición de programas y derechos de emisión, la venta de contenidos de titularidad compartida, la venta de espacios publicitarios conjuntamente, la gestión de servicios de noticias y transmisiones, el intercambio de programas y servicios, y la formalización de Convenios con las entidades de gestión colectiva de derechos de autor u otros afines; c) la coordinación y apoyo a las entidades asociadas en el intercambio de contenidos informativos a través de los sistemas propios de Forta; d) la gestión de las redes contratadas para las transmisiones multilaterales y unilaterales que lleven a cabo las entidades asociadas; e) la coordinación y apoyo en la gestión de los correspondientes planes de participación conjunta en el mercado publicitario que se determinen por las entidades asociadas; f) la prestación del servicio integral de oficinas para las corresponsalías de las entidades asociadas que así lo soliciten; y, g) la prestación, en general, de cualesquiera servicios para los que esté dotada la Federación a favor de terceros, que podrán tener acceso contractual a los servicios de la Federación, siempre que sea compatible con los intereses de las entidades asociadas. 3. Las entidades asociadas podrán solicitar a Forta la realización de estas otras actividades: ‐ recopilar, procesar y distribuir entre sus entidades asociadas informaciones y datos relativos a los fines y actividades de la Federación; favorecer y, en su caso, coordinar el estudio de toda cuestión relativa a la radiodifusión; ‐ ser designada en los contratos como domicilio a efectos de notificaciones; ‐ asistir en representación de las entidades asociadas cuando así lo soliciten, a certámenes, seminarios, congresos, u otros eventos, así como a la convocatoria de reuniones por parte de Organismos oficiales o privados; ‐ obrar como interlocutor ante las instituciones europeas y las organizaciones internacionales, de cara a la salvaguardia y a la defensa de los intereses de sus entidades asociadas; y, ‐ hacer estudios y prestar servicios de carácter técnico, jurídico, o económico, relacionados con la actividad propia de las entidades asociadas.» Por lo tanto, y una vez señalados los fines de la Federación, de su lectura se desprende que la existencia de FORTA se basa principalmente en dos principios, por una parte la cooperación y/o solidaridad entre los organismos en ella asociados, y por otra, la independencia de dichos organismos. Como ESTATUTS FORTA 2022 5 posteriormente se señalará, esta dualidad de fines condiciona en gran medida la forma organizativa adoptada en la Federación. A día de hoy, esta Federación asocia a los siguientes organismos: • Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía • Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals • Radio Televisión Madrid, S.A.U. • Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació • Corporación Radio e Televisión de Galicia, S.A. • Euskal Irrati Telebista • Ente Público Radiotelevisión Canaria • Ente Público Radiotelevisión Castilla-La Mancha • Radiotelevisión de la Región de Murcia • Corporación Aragonesa de Radio y Televisión • Radiotelevisión del Principado de Asturias, S.A. • Ens Públic de Radiotelevisió de les Illes Balears Por último se debe destacar que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado mediante Informe de fecha 2 de diciembre de 2008, determinó la sujeción y la consideración de FORTA como poder adjudicador a los efectos del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Sobre la base de esto, FORTA viene efectuando procedimientos de licitación por cuenta propia como poder adjudicador, así como por encargo de sus entidades asociadas actuando como servicio técnico propio de las mismas para la gestión de los procedimientos de contratación de determinados servicios de interés para ellas. FORTA actúa como medio propio y servicio técnico de sus entidades interesadas realizando los trabajos y encargos en materias de interés de sus socios y cualesquiera proyectos destinados a reforzar individual o colectivamente sus actividades. ESTATUTS FORTA 2022 6 II.- Organización y estructura de FORTA. A. Organización. La organización interna de FORTA viene condicionada, en primer lugar, por el hecho de que ninguno de los Organismos que la componen tiene una estructura organizativa simple, circunstancia que obliga a asemejar las funciones y departamentos de la Federación a aquellos presentes en las Entidades asociadas; y, en segundo lugar, recordar que el fin supremo de la Federación es la cooperación mutua entre los distintos asociados, respetando en todo momento, su soberanía. Por tanto, las premisas de actuación establecidas en los Estatutos, junto a la práctica diaria aplicada a lo largo de los años de existencia de la Federación, son las circunstancias que han posibilitado su viabilidad, que ha conjugado y conjuga perfectamente la difícil dualidad cooperación - independencia que deben respetar los Organismos; así como la problemática derivada de la complejidad organizativa y funcional de los mismos. B. Estructura. Como se ha señalado anteriormente, la estructura de la Federación, conforme se recoge en los Estatutos de la Federación, está articulada en función de sus especiales características, y en función de su labor se pueden diferenciar entre los órganos de gobierno y otros órganos de la Federación. A continuación se realizará un breve análisis de los principales citados órganos de la Federación, describiendo sus funciones principales y su composición. ESTATUTS FORTA 2022 7 a) Órganos de Gobierno y representación. - La Junta General: Es el órgano supremo y soberano de la Federación, es el responsable de establecer los planes y directrices de actuación de FORTA. La Junta General está integrada por los Directores Generales de los Organismos o Entidades asociadas. - El Presidente: El Presidente ostenta la representación legal de la Federación, actuando en su nombre, y llevando a cabo los actos precisos para el buen fin de los acuerdos adoptados por la Junta General. El cargo de Presidente es rotatorio cada seis meses entre los respectivos Directores Generales de los Organismos Públicos asociados. b) Órgano ejecutivo. - La Secretaria General: El Secretario General es el máximo responsable de los servicios administrativos de la Federación y Jefe de Personal. Sus funciones y facultades se encuentran descritas en el artículo 36 de los Estatutos de FORTA. c) Otros órganos de la Federación. - Las Comisiones de Trabajo. Las Comisiones de Trabajo se constituyen para la elaboración de estudios y la formulación de propuestas sobre cuestiones relacionadas con los fines de la Federación. Las Comisiones se componen de un representante de cada socio, entre los cuales se nombra un coordinador de cada una de las mismas, a fin de que sea el encargado de proceder con las convocatorias de reuniones, y actúe en representación de la respectiva Comisión cuando así se le requiera. Asimismo, asiste a dichas Comisiones un representante interno de la propia Federación. Es el coordinador de cada una de las Comisiones, la figura que canaliza a través del ESTATUTS FORTA 2022 8 Secretario General los informes y propuestas que se emiten por las mismas a la Junta General. Las Comisiones de Trabajo se constituyen, conforme se señala en el artículo 41 de los Estatutos de FORTA, como órganos consultivos en cada una de las materias relativas a sus campos de actividad, y actualmente son trece (13): • Comisión de Audiencias: esta Comisión se encarga, entre otros temas, de realizar la labor de seguimiento del Contrato de medición de audiencias suscrito entre las Televisiones Autonómicas y KANTAR MEDIA, y participa en sus Comités de Seguimiento. • Comisión de Comercialización: en esta Comisión se establecen los parámetros básicos, así como el seguimiento de las labores de comercialización conjunta de determinada parte del espacio publicitario de las Televisiones Autonómicas que se lleva a cabo desde el Departamento Comercial de FORTA. • Comisión de Compra de Derechos de Antena y Producción de TV Movies: esta Comisión se encarga de la recepción de proyectos de largometrajes, TV Movies y Series de tv, procediendo a la valoración de la posible adquisición de determinados derechos (derechos de antena) sobre los títulos presentados, y/o de sus respectiva participación mediante el régimen de coproducción con terceras productoras.,. • Comisión de Compra de Derechos de Producción Ajena: esta Comisión es la encargada de proponer y gestionar la compra conjunta de los títulos, películas, series, etc. que las Televisiones Autonómicas estimen conveniente adquirir de forma conjunta. • Comisión de Comunicación y Marketing: su misión consiste en la definición, ejecución y seguimiento de las estrategias de comunicación y marketing propias de la Federación y de todas aquellas derivadas de su papel de representación de los entes autonómicos. Así mismo, constituye un foro de trabajo e intercambio de líneas de actuación individual de las cadenas que posibilita compartir experiencia y recursos con la consiguiente optimización. ESTATUTS FORTA 2022 9 • Comisión de Deportes: esta Comisión es, en líneas generales, la encargada de consensuar los temas relacionados con eventos deportivos que adquieren conjuntamente las Televisiones. • Comisión Económico-Financiera: se encarga de supervisar y de proceder al estudio de las cuestiones de índole económico-financieras que afecten tanto a los contratos y/o acuerdos realizados entre las Televisiones Autonómicas y entre éstas y terceros, como a la supervisión económico-financiera de la propia Federación. • Comisión de Informativos: dicha Comisión es la encargada de fijar los eventos de actualidad a cubrir, así como el dispositivo, los medios técnicos que se necesitarán; se consensuan los contratos de adquisición de noticias nacionales e internacionales que adquieren las Televisiones Autonómicas, y nutre y coordina el intercambio de noticias que se llevan a cabo entre las Televisiones. • Comisión Jurídica: la Comisión Jurídica se encarga de prestar soporte jurídico a todos aquellos temas y cuestiones de índole legal que afecten de forma conjunta a las Televisiones Autonómicas, procediendo asimismo a acordar los términos y condiciones jurídicas que habrán de contener los respectivos acuerdos o contratos a formalizar por dichas Televisiones respecto a toda clase de temas. • Comisión de Programas: esta Comisión se encarga de recibir y proponer proyectos de compras de programas, así como de participación en determinados productos en régimen de coproducción. • Comisión de Propiedad Intelectual: Dado que por imperativo legal las Entidades de Gestión (EEGG) debían de presentar nuevas tarifas y debían de emprenderse negociaciones futuras con todas ellas, con fecha 25 de mayo de 2016 se constituyó para cubrir las necesidades tanto legales como económicas, ambas necesarias para poder interpretar y presentar los argumentos de los socios en las negociaciones que se iban a emprender. ESTATUTS FORTA 2022 10 Está formada por una representación de las Comisiones Jurídicas y EconómicoFinanciera de FORTA y por representantes de FORTA. • Comisión de Servicios Avanzados: esta Comisión se encarga del seguimiento y contribuciones conjuntas en aquellos nuevos proyectos en los que se pide o interesa la participación de FORTA en entornos digitales IP o utilizando tecnologías hibridas como el HBBTV. • Comisión Técnica: esta Comisión se encarga principalmente de la evaluación y análisis de cualquier tema técnico de interés común para los asociados, de la definición y puesta en explotación de los servicios técnicos compartidos de la Federación, y del seguimiento de las eventuales incidencias en la explotación diaria de los mismos (Red FORTA, servicio de intercambio de ficheros, servicio de control de calidad y cambio de formatos, instalaciones técnicas de la Federación, etc.) . Las Comisiones de Trabajo permiten que todo este complejo entramado propio de la Federación, por una parte de participación o toma de decisiones y, por otra de ejecución eficaz, sea posible y efectivo. III. Resumen. - El fin último de FORTA es la asociación de los Organismos de Radio y Televisión Autonómicos, con el objeto claro de coordinar sus respectivas actuaciones para lograr una mayor eficacia en su gestión, y un mayor aprovechamiento de las capacidades mutuas. - La actividad de la Federación ha generado importantes logros de objetivos previamente marcados, o incluso de otros que en su día no lo fueron y que por el propio desarrollo de la Federación y de sus recursos se han ido obteniendo en el normal desarrollo de su actividad. Entre dichos logros logrados por las Televisiones Autonómicas a través de la FORTA, se pueden destacar, sin carácter exhaustivo, los siguientes: ESTATUTS FORTA 2022 11 o Importantes acuerdos de compra de derechos de emisión para sus respectivos territorios, o para la totalidad del territorio español, de paquetes de producto cinematográfico de primer orden, con las principales “majors”, como Universal, Columbia, Paramount, etc. o Adquisición para el sistema de televisión en abierto y gratuita de los derechos de emisión en exclusiva del Campeonato Nacional de Liga durante pasadas Temporadas. o Adquisición de los derechos de emisión por televisión abierta y gratuita de los derechos de emisión de la “UEFA CHAMPIONS LEAGUE”. o Adquisición de los derechos de emisión de la Liga ACB de Baloncesto. o Puesta en marcha del sistema de Red en estrella, mediante el cual se posibilita el intercambio de imágenes y contenido de informativos entre los socios. o Puesta en marcha del sistema de intercambios de informativos, por el que las entidades asociadas disponen a tiempo real y mediante dicho sistema de red en estrella, de las noticias producidas en las respectivas Comunidades Autonómicas que sean de su interés, a fin de introducirlas en su programación informativa. o Puesta en marcha del importante Proyecto comercial “NEWIMEDIA”, Departamento comercial integrado orgánicamente en FORTA, que gestiona la actividad de comercialización conjunta y directa del espacio publicitario multiplataforma de de los organismos asociados (salvo CCMA, con quien existen acuerdos de colaboración). Todas estas actividades que se detallan como hemos señalado sin carácter de exhaustividad, se han producido en el ámbito de la colaboración, cooperación y ayuda mutua, es decir, al amparo de lo que en los Estatutos de FORTA se describen como los fines de la Federación. ESTATUTS FORTA 2022 12