Unidad 2: El contrato de trabajo y las modalidades de contratación PDF

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Este documento presenta una introducción a los contratos de trabajo. Explica los elementos fundamentales de un contrato laboral y diferentes tipos de contratos (indefinido, determinado, etc.). El texto contiene ejemplos prácticos y cuestiones clave para comprender los temas referidos a las leyes de trabajo.

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Unidad 2 El contrato de trabajo y las modalidades de contratación © McGraw-Hill 1. El contrato de trabajo Acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar unos servicios bajo la dirección del empresario, recibiendo a cambio una retribución. Para q...

Unidad 2 El contrato de trabajo y las modalidades de contratación © McGraw-Hill 1. El contrato de trabajo Acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar unos servicios bajo la dirección del empresario, recibiendo a cambio una retribución. Para que exista contrato es necesario que concurran los elementos siguientes: Consentimient Objeto Causa o Mutuo Actividad Retribución acuerdo © McGraw-Hill 1.1. Sujetos del contrato de trabajo El El trabajador empresario La capacidad de Deberes del trabajo. empresario: Comunicación SEPE. Afiliación. Cotización. © McGraw-Hill ¿Quiénes pueden establecer una relación laboral?  Personas mayores de 18 años  Personas entre 16 y 18 años si viven emancipados o con autorización de sus padres. Prohibido trabajos nocturnos, peligrosos, insalubres y horas extras.  A los menores de 16 años se les prohíbe realizar trabajos nocturnos, peligrosos e insalubres, y la realización de horas extraordinarias.  Extranjeros (no comunitarios) permiso de trabajo  Extranjeros comunitarios, no necesitan permiso de trabajo  Excepcionalmente: los menores de 16 años pueden trabajar en espectáculos públicos, previa autorización de la autoridad laboral © McGraw-Hill 1.2. Características del contrato de trabajo - Escrita Duración Forma Contenido Identificación - Verbal: partes - Temporal Clausulas Categoría se prevé fecha - Indefinido finalización Confidencialidad profesional ordinario No Competencia Lugar de trabajo - No concurrencia, Tiempo y duración Indefinido: plena dedicación no establece fecha Permanencia Retribución de finalización Polivalencia Vacaciones funcional Preaviso Legislación aplicable Clausulas © McGraw-Hill © McGraw-Hill CASO PRÁCTICO 1. Contratación de menores Nagore, una joven de 17 años que vive emancipada, ha sido contratada con un contrato indefinido. En la firma del contrato, la empresa le ha comunicado que, si fuera necesario, debería quedarse más tiempo en el trabajo y este se le pagaría como horas extraordinarias.  A) ¿Necesitaría la autorización de sus progenitores o tutores para celebrar el contrato?  B) ¿Es legal la petición de la empresa? A) No. Aunque Nagore es menor de edad, al vivir emancipada no precisa la autorización de sus progenitores o tutores B) No. La trabajadora no puede cumplir la petición de la empresa porque los menores de 18 años tienen prohibido trabajar horas extras © McGraw-Hill 1.3. El periodo de prueba  Tiempo durante el cual el empresario o trabajador pueden dar por finalizada la relación sin necesidad de preaviso ni indemnización  Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que sus compañeros  Se ha de pactar por escrito  No se puede pactar si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones en la empresa con otro contrato  El preaviso no es necesario  Duración: o Técnicos titulados: máximo 6 meses o Otros trabajadores: máximo 2 meses o Empresa de menos de 25 trabajadores: máximo 3 meses o Contrato en prácticas: 1 mes grado medio y 2 meses grado superior © McGraw-Hill 2. Tipos de contrato de trabajo (desde el 30/03/2022) Indefinido ordinario Según la Jornada Indefinidos Fomento contratación indefinida Fijo-discontinuo Por circunstancias de la De duración producción A tiempo determinada Sustitución completo De formación en alternancia A tiempo Formativos Para adquirir la práctica parcial profesional Relevo Otros Jubilación parcial © McGraw-Hill 2.1. Contrato indefinido (I) Establecen una fecha de inicio de la relación laboral, pero no fijan una fecha determinada de finalización A) Contrato indefinido ordinario Verbal o por escrito Tiempo completo o parcial Se considerará indefinido un contrato cuando: No haberse realizado por escrito cuando era obligatorio Celebrado con fraude de ley Fomento para contratación indefinida El empresario tiene bonificaciones en las cuotas que paga a la Seg. Social por estos trabajadores Por escrito Colectivos con dificultades para acceder al empleo: Mujeres víctimas de violencia de género Víctimas del terrorismo Personas en situación de exclusión social (debidamente acreditados por los servicios sociales) Discapacitados Parados de larga duración (más de 12 meses en los últimos 18) Transformación en indefinidos de algunos contratos temporales, como el de relevo, en empresas de menos de 50 trabajadores © McGraw-Hill 2.1. Contrato indefinido (II) B) Contrato fijo discontinuo Es un contrato indefinido en el que sólo se trabaja durante determinadas temporadas al año, alternando periodos de trabajo y otros en los que no se trabaja. Este contrato se utiliza para: Trabajos estacionales o de temporada. No se sabe el momento exacto de la contratación. Ej: recogida de la uva Trabajos no estacionales, de duración intermitente, con periodos de ejecución ciertos. Ej: hotel que contrata trabajadores de refuerzo en temporada alta (semana santa, Navidad…) Servicios de ejecución de contratas mercantiles o administrativas que siendo previsibles formen parte de la actividad ordinaria de la empresa Un empresa de trabajo Temporal para ceder trabajadores a otras empresa Características: Preferencias para acciones formativas en los periodos de inactividad Los convenios sectoriales pueden establecer bolsas de empleo para contratación o formación de estos trabajadores durante los periodos de inactividad Computa como antigüedad toda la duración de la relación laboral (tanto periodos de actividad como no activos) La empresa esta obligada a informar a los trabajadores con este tipo de contrato de los puestos vacantes © McGraw-Hill 2.2. Contratos de duración determinada Estos contratos son aquellos que tienen establecido un tiempo de duración, se suele denominar temporales, y deben estar motivados por alguna de las situaciones previstas legalmente A) Contrato por circunstancias de la producción Se utiliza para las siguientes situaciones: Incremento en la actividad de la empresa ocasional e imprevisible Incremento de la actividad por oscilaciones que generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se necesita. Ej: vacaciones de trabajadores Incremento ocasional y previsible que tenga una duración reducida y delimitada. Ej: campaña de Navidad Duración: Imprevisible: máximo 6 meses por año (por convenio se puede ampliar hasta 12 meses) Previsible: máximo 90 días al año consecutivos o no Indemnización: 12 días por año Si la duración del contrato es inferior a 30 días, la empresa deberá pagar un recargo en las cuotas que paga a la seguridad social Trabajadores contratados más de 18 meses en un periodo de 24 meses adquieren la condición de indefinidos © McGraw-Hill 2.2 Contratos de duración determinada B) Contrato de Sustitución Situaciones:  Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto (se puede iniciar 15 día antes)  Completar la jornada reducida de trabajadores  Cubrir una vacante durante un proceso de selección (máximo 3 meses) En el contrato de sustitución se debe especificar el nombre del trabajador sustituido y la causa Duración: lo que dure la causa de la sustitución No tienen indemnización © McGraw-Hill 2.3. Contratos Formativos (I) Estos contratos tienen la finalidad de que el trabajador adquiera una formación adecuada para desempeñar un oficio o facilitar que adquiera experiencia profesional relacionada con sus estudios A) Contrato para la formación en alternancia Se compatibiliza la actividad laboral retribuida con procesos formativos en el ámbito de la FP, Estudios Universitarios o certificados de profesionalidad Requisitos: Carecer de titulación No debe haber realizado el mismo trabajo en la misma empresa mas de seis mese Duración: mínima 3 meses máxima 2 años Jornada: se combina la asistencia al trabajo con la formación teórica. Durante 1er año no podrá superar 65% de la jornada a tiempo completo y durante el 2º año máximo 85 %. Prohibido hacer horas extras (salvo para reparar o prevenir siniestros), trabajos nocturnos (salvo que por su naturaleza no se pueda desarrollar en otro periodo) Retribución: la establecida en el convenio colectivo. Sino aparece no podrá ser inferior el 1º año al 60% de la fijada para su grupo profesional en proporción al tiempo trabajado, y al 75% el segundo año. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo trabajado. © McGraw-Hill 2.3. Contratos Formativos (II) B) Contrato para adquirir la práctica profesional Este contrato tiene la finalidad de facilitar el acceso a un empleo, y adquirir la experiencia profesional adecuada a su nivel de estudios. Es para personas que ya han adquirido un titulo. Requisitos: poseer Título FP, universitario o certificado de profesionalidad. El trabajo tiene que estar relacionado con los estudios cursados No deben haber transcurrido más de 3 años desde la finalización de los estudios y 5 años para discapacitados Duración: mínimo 6 meses y máximo 1 años (misma o diferente empresa). No hay duración máxima para discapacitados o personas en situación de exclusión social Retribución: la establecida en el convenio colectivo. Sino aparece se aplicará la del grupo profesional (nunca inferior al SMI) Periodo de prueba: no puede ser superior a 1 mes © McGraw-Hill 2.4. Otros contratos A) Contrato de Jubilación parcial El contrato de jubilación parcial puede estar vinculado o no a uno de relevo. Veremos el que esta vinculado Se realiza a un trabajador que decide reducir su jornada laboral pasando a tiempo parcial y accediendo a cobrar la jubilación en proporción al tiempo dejado de trabajar Requisitos: Tener cumplidos los 65 años y haber cotizado al menos 33 (a partir de 2027) Tener cumplidos los 63 años y haber cotizado al menos 36 años y medio (a partir de 2027) Antigüedad en la empresa superior a 6 años Tiene que reducir su jornada de trabajo entre un 25% y un 50% (en caso de ser indefinido a tiempo completo la puede reducir hasta un 75%) © McGraw-Hill 2.4. Otros contratos B) Contrato de relevo Se contrata a un trabajador para que cubra las horas que ha dejado de trabajar el que tiene el contrato de jubilación parcial Estar inscrito como desempleado, o tener un contrato temporal en la empresa El contrato puede ser indefinido o temporal ( hasta la edad de jubilación, sino se jubila se renueva de año en año) Si el contrato de relevo es indefinido, se debe mantener al trabajador hasta al menos pasados dos años desde que el otro trabajador se jubile totalmente Jornada: como mínimo igual al nº de horas que el otro trabajador deja de trabajar o a jornada completa Indemnización: 12 días por año trabajado (si se convierte en indefinido no hay indemnización) © McGraw-Hill 3.Contratos a tiempo parcial Menos horas al día, a la semana, al mes o al año que un trabajador a tiempo completo Se aplica a todas las modalidades, excepto en el de la formación en alternancia No se pueden realizar horas extraordinarias, salvo para prevenir siniestros u otros daños. Si se pueden realizar horas complementarias Hora ordinaria + horas complementarias

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