Tema 2 - Organización y Funcionamiento de los IES PDF
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Este documento incluye un resumen de la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria (IES). Explica los diferentes aspectos clave del sistema educativo, incluyendo la normativa aplicable, los elementos organizativos, y el principio de autonomía y participación de la comunidad educativa.
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Tabla de contenido {#tabla-de-contenido.TtuloTDC} ================== [[Normativa de la aplicación] 2](#normativa-de-la-aplicaci%C3%B3n) [[Elementos estructurales y organizativos] 4](#elementos-estructurales-y-organizativos) [[Elementos estructurales] 4](#elementos-estructurales) [[Elementos orga...
Tabla de contenido {#tabla-de-contenido.TtuloTDC} ================== [[Normativa de la aplicación] 2](#normativa-de-la-aplicaci%C3%B3n) [[Elementos estructurales y organizativos] 4](#elementos-estructurales-y-organizativos) [[Elementos estructurales] 4](#elementos-estructurales) [[Elementos organizativos] 4](#elementos-organizativos) [[Ley Orgánica de Educación] 5](#ley-org%C3%A1nica-de-educaci%C3%B3n) [[El Principio de Autonomía] 5](#el-principio-de-autonom%C3%ADa) [[El Principio de Participación] 5](#el-principio-de-participaci%C3%B3n) [[Órgano de Gobierno] 6](#%C3%B3rgano-de-gobierno) [[Órgano Ejecutivo] 6](#%C3%B3rgano-ejecutivo) [[Equipo Directivo: Director] 6](#equipo-directivo-director) [[Equipo Directivo: Jefe de estudios] 7](#equipo-directivo-jefe-de-estudios) [[Equipo Directivo: Secretario] 7](#equipo-directivo-secretario) [[Equipo Directivo: Jefes de estudios adjuntos -- Administrador] 8](#equipo-directivo-jefes-de-estudios-adjuntos-administrador) [[Órgano Colegiados] 8](#%C3%B3rgano-colegiados) [[Consejo Escolar] 8](#consejo-escolar) [[Claustro de Profesores] 9](#claustro-de-profesores) [[Órgano de Coordinación Docente] 10](#%C3%B3rgano-de-coordinaci%C3%B3n-docente) [[Departamentos Didácticos y de Familias Profesionales] 10](#departamentos-did%C3%A1cticos-y-de-familias-profesionales) [[Departamento de Orientación] 11](#departamento-de-orientaci%C3%B3n) [[Tutoría] 12](#tutor%C3%ADa) [[Junta de Profesores] 12](#junta-de-profesores) [[Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP)] 13](#comisi%C3%B3n-de-coordinaci%C3%B3n-pedag%C3%B3gica-ccp) [[Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias] 13](#departamento-de-actividades-extraescolares-y-complementarias) **\ ** Normativa de la aplicación ========================== Los IES son instituciones que constituyen en si mismo una organización. Su organización y funcionamiento están regulados actualmente por: - La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (**LOE**) - **RD83/1996**, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria: Regula la organización y funcionamientos de los institutos. Sus principales contenidos son: - ***La organización interna del instituto***: Gobierno unipersonal (director, jefe de estudios, secretario) y Órganos colegiados (claustro de profesores, consejo escolar). - ***Régimen de funcionamiento***: Establece normas sobre la programación general anual (PGA), horarios, distribución de materias... - ***Roles y funciones del personal docente y no docente***: Define las responsabilidades del equipo directivo, profesores y personal administrativo; y regula la colaboración entre profesores tutores y familias para el desarrollo integral del alumno. - ***Participación de la comunidad educativa***: Garantiza que estudiantes, familias y profesores tomen decisiones mediante por ejemplo el consejo escolar. - ***Planificación académica y pedagógica***: Organización pedagógica, proyecto educativos y currículos del centro. - **D149/2000**, de 22 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la autonomía de gestión de los centros docentes públicos no universitarios: Establece las normas que permiten a los centros educativos públicos contar con autonomía para gestionar sus recursos materiales, humanos y financieros. Los contenidos principales del decreto son: - ***Principio de autonomía*:** Reconoce la capacidad a los centros para organizar su gestión interna y sus funcionamientos, adaptándose a las necesidades de su comunidad educativa y de su entorno. - ***Ámbitos de autonomía:*** Autonomías Pedagógica; Autonomía Organizativa; Autonomía de gestión económica - ***Planes y proyectos del centro*:** Cada centro debe elaborar documentos como el Proyecto Educativo, la Programación General Anual (PGA) y las Normas de Organización y Funcionamiento (NOF). - ***Rendición de cuentas*:** Los centros tienen la obligación de informar a la administración educativa sobre el uso de los recursos. - ***Participación de la comunidad educativa*:** Consejo escolar para que estudiantes, familias, docentes y personal no docentes, tengan papel en la toma de decisiones. - ***Supervisión y control*:** Aunque los centros cuenten con autonomía, estos están sujetos a inspecciones y supervisiones por para de las administraciones educativas para garantizar que están cumpliendo con los objetivos del sistema educativo. - Instrucciones de la **DGPE de 27 de junio de 2006**, por las que se concretan las normas de carácter general sobre organización y funcionamiento IES: Su objetivo es garantizar el correcto funcionamiento del curso escolar. Las instrucciones principales son: - ***Organización interna en el centro***: Órganos de gobiernos y coordinación; y Programación General Anual (PGA) - ***Estructura académica***: Horarios y Oferta educativa - ***Normas de convivencia***: Se crea un Plan de Convivencias (garantizar un buen clima escolar y prevenir conflictos) y de Medidas disciplinarias. - ***Planificación docente***: Proyecto y actividades; y Atención a la diversidad (directrices sobre medidas par la atención personalizada para alumnos con necesidades específicas) - ***Gestión de recursos humanos y materiales***: Distribución del profesora y Gestión económica. - ***Participación de la comunidad educativa*** - **Instrucción de 3 de julio de 2013, de la Secretaría General de Educación**, por la que se modifican las instrucciones de la DGPE, de 27 de junio de 2006, que concretan las normas de carácter general a las que deben adecuar su organización y funcionamiento los IES y los IES Obligatoria de Extremadura: Estas suelen emitirse anualmente, adaptándose al marco normativo vigente y a las necesidades del sistema educativo en cada curso. Sus contenidos principales son: - **Organización general del curso** - **Organización de gobierno y coordinación** - ***Atención a la diversidad*** - ***Normas de convivencia y participación*** - ***Programación General Anual (PGA)*** - ***Gestión económica y administrativa*** - ***Evaluación y promoción del alumnado*** Extremadura tiene ciertas particularidades añadidas como: - ***Uso de las TIC:*** Uso de las tecnologías en los centros educativos - ***Programas bilingües:*** Impulso del aprendizaje de idiomas. - ***Programas específicos de la región:*** Como el Programa para la Mejora del Éxito Educativo y proyecto para combatir el abandono escolar temprano. Elementos estructurales y organizativos ======================================= Son los componentes y mecanismos que permiten el funcionamiento de un centro, tanto administrativamente como pedagógicamente. Elementos estructurales ----------------------- Los podemos dividir en tres grupos - **Elementos materiales**: Infraestructuras, aulas e instalaciones, mobiliario, material didáctico, infraestructura informática, biblioteca... - **Elementos personales o recursos humanos del centro**: Profersional, alumnos, equipo directivo, PAS, padres... - **Elementos funcionales**: Factores que facilitan el funcionamiento del centro: organización de la enseñanza, horarios, normativa de funcionamiento... Elementos organizativos ----------------------- Son los instrumentos y normas que estructuran la actividad del IES, posibilitando la vida del centro - **Elementos organizativos humanos**: Órganos de gobierno del centro, colegiados, órgano as de coordinación didáctica... - **Elementos organizativos de tipo normativo**: Son regulados por la propia organización - ***Proyecto Educativo de Centro (PEC)***: Es el documento que define la identidad y orientación pedagógica del instituto. Se establecen los principios, valores y objetivos generales del centro. - ***Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF)***: Es el documento que regula el funcionamiento interno del IES. Establece las normas y procedimientos para la convivencia y gestión del centro. - ***Proyectos Curriculares de Etapa (PCE)*** y ***Proyectos Curriculares de Ciclo (PCC)***: Son documentos que desarrolla los aspectos curriculares de cada etapa educativa dentro del centro. - ***Plan de Atención a la Diversidad (PDD)***: Es el documento que recoge las medidas especificas para atender las necesidades educativas del alumnado. - ***Programación General Anual (PGA)***: Es el documento que planifica todas las actividades y objetivos del instituto para el curso escolar. Ley Orgánica de Educación ------------------------- En el *Título V: Participación, autonomía y gobierno de los centros*, de la LOE, podemos encontrar la definición del Principio de autonomía y el Principio de participación ### El Principio de Autonomía Establece las bases para que los IES tengan ciertas capacidades de gestión y decisión dentro del marco general educativo (respetando la ley). Su objetivo es fomentar la calidad y adaptación a las necesidades de cada centro, gestionando los recursos disponibles. Algunas de las autonomías más importantes de las que consta un centro son: - **Pedagógica**: Los centros tienen la posibilidad de desarrollar e implementar el currículo respectivo a las enseñanzas, planes de trabajo, metodologías pedagógicas a adaptar, cierta capacidad para decidir los criterios de promoción y titulación... - **Convivencia**: Los centros pueden establece sus normas de convivencia (siempre respetando la legalidad). - **Organizativa**: Pueden decidir sobre la distribución de espacios, tiempos y recursos humanos (siempre dentro de los límites establecidos) - **Gestión económica**: El centro puede gestionar sus recursos económicos, siempre con transparencia y realizando un uso responsable de ellos. ### El Principio de Participación Garantiza que la participación en la comunidad educativa es clave para conseguir una calidad y equidad en el sistema educativo. Este principio promueve la implicación de todos los que forman el sistema educativo (alumnos, familia, profesores y personal no docente) en la toma de decisiones y en la gestión de los mismos. La participación de la comunidad educativa se canaliza por: - **Consejo Escolar**: Es el máximo órgano de participación, compuesto por alumnos, familias, profesores y personal no docente. Sus funciones son aprobar el proyecto educativo, la programación general anual y las normas de convivencias; también pueden tratar temas relevantes a la vida del centro. - **Claustro de Profesores**: Exclusivo para profesores donde planifican, coordinan y evalúan actividades docentes. En referencia al alumnado, su participación se realizará a través de sus delegados de curso, como con sus representantes en el Consejo Escolar (AMPA). En referencia a las familias, podrán participar también en el funcionamiento del centro a través de sus asociaciones. Órgano de Gobierno ================== Órgano Ejecutivo ---------------- Está compuesto por el **equipo directivo**, y se encarga de la gestión y la administración del centro. Está compuesto generalmente por el director, el jefe de estudios y el secretario (aunque pueden existir figuras adicionales según la normativa autonómica) El equipo directivo debe trabajar de forma coordinada, conforme a las instrucciones del director, garantizando y cumpliendo con las normativas. El equipo directivo (previa comunicación al Claustro y al Consejo Escolar) es formado a partir de una propuesta de nombramiento y cese por parte del director. Todos los miembros del equipo cesan al terminar el mandato o al cesar el director. ### Equipo Directivo: Director Las **competencias más importantes** de un director son: - Liderar al equipo directivo y representar al centro. - Ejercer la dirección pedagógica, y promover y garantizar la ejecución del PEC y del PGA. - Velar por el cumplimiento de las leyes y las normas de convivencia. - Promover la formación continua del profesorado. - Impulsar la colaboración con familias e instituciones - Convocar y presidir actos académicos, claustros, consejos escolares - Realizar contrataciones de obras, servicios y suministros - Participar en procesos de selección de personal - Autorizar gastos y pagos dentro del presupuesto aprobado Es importante hacer referencias a la **evaluación de diagnostico,** que es un proceso evaluativo que analiza y valora aspectos relacionados con la gestión, el liderazgo, el desempeño del papel de director.... Este proceso es clave para medir la eficacia de la dirección, pudiendo detectar fortalezas y áreas que mejorar o reforzar. También puede ser usado para proveer información útil a la hora de renovar o finalizar el nombramiento de un director. La **Selección** de director, se realiza en un proceso en el que interviene la comunidad educativa y la Administración educativa. La selección se realiza mediante concurso de méritos entre los profesores candidatos, y en falta de candidatos, la administración valorará las candidaturas de otros profesores fuera del centro. El **Nombramiento,** con lleva a realizar un programa de formación inicial organizado por la administración, salvo acreditación de una experiencia previa como director de 2 años. El nombramiento se realizará por un periodo de 4 años, pudiendo ser este renovado, si ha conseguido una evaluación positiva del trabajo realizado. El **Cese,** puede venir por varias causas, como son la finalización del periodo, renuncia, incapacidad psíquica o física o revocación motivada por la administración (conlleva un expediente contradictorio). ### Equipo Directivo: Jefe de estudios Las **competencias más importantes** son: - Ejerce la jefatura del personal docente - Sustituye al director en caso de ausencia o enfermedad - Supervisa y coordina la planificación docente (programación didáctica, horarios...) - Organiza los grupos de alumnos y la asignación de aulas - Coordina las actividades de los jefes de departamento y tutores - Coordina actividades extraescolares y complementarias - Favorece la convivencia en el centro. El **Nombramiento** es propuesto por el director avisando previamente al Consejo Escolar y al Claustro. Su duración en el mandato será la que corresponde al director que los hubiera designado. ### Equipo Directivo: Secretario Las **competencias más importantes** del Secretario son: - La de realizar las gestiones administrativas y económicas, custodiando documentos y archivos oficiales, elaborando presupuestos, y controlando la ejecución económica del centro. - Expedir certificaciones - Mantener actualizado el inventario - Ejercer la jefatura del Personal de administración y servicios (PAS) El Nombramiento es propuesto por el directo previa comunicación al Conejo Escolar y al Claustro. Su duración en el mandato será la que corresponde al director que los hubiera asignado. ### Equipo Directivo: Jefes de estudios adjuntos -- Administrador Los **Jefes de estudio adjuntos**, actúan como apoyo al Jefe de estudios principal y suelen aparecer en centros grandes o debido a la normativa autonómica, con la idea de mejorar la organización, aportando más apoyos. El Nombramiento es propuesto por el director previa comunicación al Consejo Escolar y al Claustro. El rol de **Administrador** aparece en los IES que el MEC determine, bajo la dependencia del director (No existirá Secretario). Sus competencias serán las del Secretario, añadiendo hincapié en el control de la asistencia al trabajo de todo el personal docente y no docente al centro; y gestionar el régimen económico del instituto y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes (todos esto bajo la conformidad de las instrucciones del director). Órgano Colegiados ----------------- Son estructuras de participación y toma de decisiones formadas por varios miembros de la comunidad educativa. ### Consejo Escolar Es el órgano principal de participación y está regulado por la legislación nacional y autonómica. Su **composición** es: - Directo (ejerce como presidente) - Jefe de estudios - Representantes del profesorado (elegidos en el Claustro) - Representantes de alumnos y familias elegidos respectivamente - Un representante del Personal de administración y Servicios (PAS) - Secretario con voz pero sin voto. Los alumnos podrán ser elegido a partir de 1ESO (Per sólo podrán participar en la selección del directo, aquellos alumnos igual o superior a 3ESO). Uno de los representantes de las familias, será designado por el AMPA La **elección** se hace en el primer trimestre del curso académico y se **renueva** por mitades cada dos años (En los centros de nueva creación, se eligen todos los miembros a la vez). Una vez formado el Consejo Escolar, se ha de construir una **Junta Electoral** formada por 5 miembros (Director, un profesor, un padre, un alumno y un representante del PAS), que establece el calendario electoral y resuelve incidencias. Las **competencias más importantes** que tiene el Consejo Escolar son: - Aprobar y evalúa el PEC, la PGA, el Presupuesto Económico, el Reglamento de Régimen Interno (RRI), Plan de Convivencia - El [RRI] establece las normas internar que regulan el funcionamiento cotidiano del centro. Define derechos, deberes y normas de conducta de todos los miembros de la comunidad educativa. - El [Plan de Convivencia] establece estrategias, medidas y acciones para prevenir y gestionar conflictos, intentando mejorar el clima escolar. - Participar en la selección del Director - Decidir sobre la admisión de alumnado (con sujeción a la normativa vigente) - Fomentar la convivencia y resolver conflictos graves. - Proponer medidas que favorezcan la convivencia en el centro - Velar por la conservación y renovación de las instalaciones y el equipo escolar - Valorar y conocer el rendimiento escolar - Analizar el resultado de evaluaciones (tanto internas como externas) El **régimen de funcionamiento** del Consejo Escolar es el siguiente: - Una reunión obligatoria por trimestre - Asistencia obligatoria para todos sus miembros - Celebración fuera del horario lectivo - Las convocatorias ordinarias tienen que ser convocadas con una antelación mínima de una semana, y las convocatorias extraordinarias con 48 horas de antelación. - Normalmente, los acuerdos aceptados serán realizados por mayoría simple. ### Claustro de Profesores Está compuesto por todos los profesores del centro y presidido por el Director. Entre sus competencias destacan: - Formular propuestas para la elaboración del PEC y PGA - Aprobar y evaluar el currículo y aspectos educativos - Fijar criterios referentes a la orientación, tutorías, evaluación y recuperación de los alumnos. - Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. - Participar en la selección de director y conocer las candidaturas y los proyectos presentados. - Analizar y valorar el funcionamiento del centro, el rendimiento escolar y el resultado de evaluaciones (tanto internas como externas) El **régimen de funcionamiento** sería: - Hay una reunión obligatoria por trimestre y de manera excepcional cuando la convoque el Director o lo solicite un tercio del profesorado. - La asistencia es obligatoria - Las convocatorias de reunión tienen que ser programadas con una semana de antelación y 48 horas si es una convocatoria extraordinaria. Órgano de Coordinación Docente ------------------------------ Son estructuras organizativas de los centros educativos, con la función de garantizar una adecuada planificación, seguimiento y mejora de las actividades pedagógicas. ### Departamentos Didácticos y de Familias Profesionales Son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las programaciones didácticas de las materias que imparten, coordinando criterios y procedimientos de evaluación, proponiendo materiales y recursos didácticos, y evaluar los resultados académicos. Su **composición** es: - Profesores que imparten materias de la misma área o relacionadas. - Jefe de departamento (elegido entre sus miembros) - Secretario (puntualmente si es necesario realizar algunas actas o documentación). Las **reuniones** tienen el siguiente carácter: - Se realizan semanalmente con todos los miembros - Mensualmente se evalúa el desarrollo de la programación didáctica y se establecen si son necesarias, medidas de corrección - Al final de curso, se realizará una memoria de evaluación del desarrollo de las programaciones y cuales han sido los resultados obtenidos. Entre sus **competencias** destacamos: - Realizar propuestas al Equipo Directivo y al Claustro sobre la elaboración modificación del PEC - Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) relativas a la elaboración de la programación didáctica - Elaborar antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las materias. - Proponer actividades de perfeccionamiento e investigación de sus miembros. - Mantener actualiza la metodología didáctica, así como colaborar en la detención temprana de problemas de aprendizaje, adaptando curricular mente la programación para aquellos alumnos que lo necesiten. - Realizar las pruebas necesarias para alumnos con materias pendientes y aquellos que estén cursando una modalidad libre. - Resolver las reclamaciones que se pueden producir en el proceso de evaluación, formulada por los alumnos directamente al departamento (Reclamación de Notas Finales, donde existe un periodo de reclamaciones por parte del alumno o familiares. Primero se realizará una revisión directa con el profesor, y en caso de que el alumno mantenga su desacuerdo, podrá solicitar una revisión al Departamento. Si, aun así, el alumno persistiera con el desacuerdo, podrá solicitar una nueva reclamación directamente al DAT (Dirección del Área Territorial)) - Elaboración a final de curso una memoria de evaluación de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados de los alumnos. ### Departamento de Orientación Su función principal es coordinar y desarrollar acciones destinadas a atender las necesidades educativas del elumando y apoyar al profesorado en su tarea docentes. El Departamento de Orientación se encarga de elaborar y coordinar el **Plan Acción Tutorial (PAT)** en colaboración con el Jefe de estudios y los tutores, donde se regula las acciones tutoriales, y su objetivo principal es orientar y acompañar al alumnado en su desarrollo académico, personal y social. Podemos decir que el PAT intenta conseguir que cada estudiante reciba la orientación y el acompañamiento necesarios durante us trayectoria escolar. Otra de las coordinaciones importantes que realizar este departamento, es el de las **Adaptaciones curriculares**, que son modificaciones realizadas en elementos del currículum (objetivos, contenidos, metodologías, evaluación...) con el fin de responder a las necesidades individuales de un estudiante. En resumen, las Adaptaciones curriculares, garantizan que los estudiantes con dificultades o necesidades especiales reciben la atención personalizada que requieren para avanzar y participar en su entorno escolar. Las funciones y competencias del Departamento de Orientación son: - Atención al alumnado con diferentes necesidades (dificultades de aprendizaje, altas capacidades...) - Orientar y asesorar al alumnado tanto académica como profesionalmente. - Colabora con el profesorado en la elaboración del PAT - Elaborar el **Plan de Orientación Académica y Profesional (POAP),** este es un documento orientado a ofrecer apoyo y asesoramiento al alumnado en la toma de decisiones académicas y profesionales. El POAP se basa en un plan estratégico que organiza las actividades y recursos para orientar al alumno y ayudarles en la elección de una carrera profesional, facilitando la transición entre etapas educativa y mundo laboral. ### Tutoría Son ejercidas por los profesores para orientar y acompañar al alumno en su proceso educativo, en colaboración con las familias. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor, que será designado por el Director a propuesta del Jefe de Estudios, y será el Jefe de Estudios el que coordinará el trabajo de los tutores. Las tutorías pueden ser de carácter grupal (objetivo clase y aspectos colaborativos) o individuales (centrados en un estudiante). Entre las **funciones** del tutor, destaca: - Participar en el desarrollo del PAT y en las Actividades de Orientación - Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos - Orientar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales - Actuar como mediador entre alumnos, familias y profesores. - Promover la implicación de la familia en el proceso educativo. - Detectar y facilitar problemas académicos, emocionales o sociales - En referencia con los ciclos formativos, el tutor tiene que elaborar la Formación en Centros de Trabajo (FCT) y realizar la evaluación del mismo. ### Junta de Profesores Está compuesto por todo el profesorado que imparten docencia a los alumnos de un grupo, son coordinadas por el Tutor del grupo, y sus reuniones serán al menos establecidas en momento claves del curso (existiendo a propuesta del Jefe de Estudios, con acciones extraordinarias) Sus **funciones** son: - Evaluar a los alumnos - Establecer las medidas necesarias para la coordinación pedagógica - Establecer actuaciones para mejorar la convivencia del grupo - Informar a las familias sobre el rendimiento académico de los alumnos ### Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) Su objetivo principal es el de planificar, coordinar y supervisar las actividades pedagógicas. Entre sus **competencias** destaca: - Elaboración y revisión de los Currículos de etapa, y proponerlas al Claustro. - Redactar y revisar las Concreciones Generales del currículo de etapa y su coherencia con el PEC. - Establecer directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas, el POAP y el PAT. - Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los currículos. ### Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias La **Instrucción 23/2014 de la Secretaría General de Educación de Extremadura** regula las actividades complementarias y extraescolares, usando fondos públicos de la comunidad. Las **actividades complementarias** son aquellas que se realizará dentro del horario lectivo y están relacionadas directamente con el currículo. Las **actividades extraescolares** se llevan a cabo fuera del horario lectivo y tienen un carácter cultural, deportivo o recreativo. Todas las actividades devén estar recogidas en el Plan Anual de Centro (PGA), siendo necesario que sean registradas mediante las herramientas administrativas (Rayuela); Toda actividad debe garantizar la seguridad de los alumnos, incluyendo la supervisión del personal docente durante las actividades.