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Questions and Answers
¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento del régimen de incompatibilidades para un funcionario?
¿Qué deben cumplir los funcionarios que tienen una actividad compatible además de sus funciones?
¿Bajo qué circunstancias puede una Administración Pública exigir la residencia de un funcionario en su localidad de destino?
¿Qué se establece sobre la jornada laboral para todos los funcionarios?
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¿Qué debe hacer la Administración si un funcionario no cumple con sus deberes debido a actividades compatibles?
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¿Cuál es la obligación de los funcionarios respecto a su residencia y asistencia en el trabajo?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre los deberes de los funcionarios en situación de servicio activo es correcta?
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¿Qué implica el secreto profesional para los funcionarios públicos?
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¿Qué prohíbe la legislación en relación con el ejercicio de actividades mercantiles por parte de funcionarios públicos?
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¿Qué tipo de incompatibilidad tiene un funcionario público con respecto a cargos adicionales?
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¿Cuál es una de las obligaciones de los funcionarios respecto a las órdenes de sus superiores?
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¿Qué implica la responsabilidad profesional de un funcionario al firmar documentos en su cargo?
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¿Qué deber tienen los funcionarios respecto a los derechos de los administrados?
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¿Qué aspecto de la jornada laboral es relevante para los funcionarios públicos?
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¿Cuál de las siguientes opciones es un deber de los funcionarios en servicio activo sobre el régimen foral?
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¿Qué opción describe mejor la situación laboral de un funcionario contratado a tiempo parcial?
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¿Cuál de las siguientes actividades es incompatible con la función pública?
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¿Qué obligación tienen los funcionarios en servicio activo respecto a sus actividades lucrativas?
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¿Qué sucede si un funcionario tiene actividades que comprometen su imparcialidad?
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¿Qué se entiende por sueldo en el contexto de los funcionarios?
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¿Cuál es la limitación para un funcionario que participa en sociedades con contratos públicos?
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¿Qué deben percibir los funcionarios al asistir a sesiones de órganos de empresas en las que participa la Administración Pública?
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¿Qué se considerará incompatible durante el ejercicio de la función pública?
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Study Notes
Deberes de los Funcionarios
- Los funcionarios en servicio activo deben respetar el régimen foral de Navarra, la Constitución y las leyes.
- Deben servir con objetividad los intereses generales, cumpliendo sus funciones de manera fiel, estricta, imparcial y diligente.
- Tienen la obligación de observar el régimen de incompatibilidades establecido en el Estatuto.
- Deben mantener el secreto profesional.
- Tienen que tratar con respeto y corrección a superiores, compañeros, subordinados y administrados, facilitando a estos últimos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
- Deben cumplir las órdenes de sus superiores jerárquicos en las materias propias del servicio.
- Tienen que sustituir a sus compañeros ausentes del servicio, incluidos los superiores.
- Deben residir en la localidad de su destino, salvo autorización expresa en contrario.
- Tienen que asistir puntualmente al lugar de trabajo y cumplir estrictamente la jornada reglamentaria.
- Deben responsabilizarse con su firma de informes, proyectos o actuaciones profesionales que realicen en el ejercicio de su cargo.
- Tienen que contribuir a la financiación del régimen de derechos pasivos, según lo establecido en el artículo 73.2.
- Deben cumplir las obligaciones esenciales, no comprendidas en los párrafos anteriores, que la legislación básica del Estado imponga a los funcionarios públicos.
Incompatibilidades
- El desempeño de la función pública es incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que impida o menoscabe el cumplimiento de los deberes del funcionario, comprometa su imparcialidad o independencia o perjudique los intereses generales.
- Los funcionarios no pueden invocar o hacer uso de su condición para el ejercicio de actividades mercantiles, industriales o profesionales.
- Los funcionarios del ámbito de aplicación del Estatuto no pueden percibir más de un sueldo con cargo a los Presupuestos de las Administraciones, Entidades o Instituciones Públicas, salvo los derivados del ejercicio de la docencia en centros universitarios.
- La prohibición anterior no aplica al personal contratado a tiempo parcial, que puede suscribir más de un contrato en distintas Administraciones Públicas siempre que no se supere el cien por cien de la jornada general.
- Se entiende por sueldo toda retribución periódica, independientemente de su cuantía y denominación.
- Es absolutamente incompatible con las siguientes actividades privadas:
- Asesoramiento o pertenencia a Consejos de Administración de empresas privadas si la actividad está directamente relacionada con la que desarrolla la Administración Pública en la que presta sus servicios el funcionario.
- La titularidad individual o compartida de conciertos de prestación continuada o esporádica de servicios, cualquiera que sea la naturaleza de éstos, con la Administración Pública en la que está adscrito el funcionario.
- La participación superior al 10 por 100 en el capital de sociedades que tengan conciertos de prestación de servicios, cualquiera que sea su naturaleza, con la Administración Pública a la que esté adscrito el funcionario, así como el trabajo, regular o discontinuo, retribuido o no, sujeto o no a horario, al servicio de dichas sociedades.
- Los funcionarios tienen la obligación de declarar las actividades lucrativas profesionales, laborales, mercantiles o industriales que ejerzan fuera de las Administraciones Públicas, salvo las derivadas de la administración del patrimonio personal o familiar, que únicamente estarán sujetas al régimen de incompatibilidades establecido en el apartado anterior.
- La Administración Pública respectiva debe dictar resolución motivada declarando la incompatibilidad de aquellas actividades que impidan o menoscaben el cumplimiento de los deberes del funcionario, comprometan su imparcialidad o independencia o perjudiquen los intereses generales.
- Los funcionarios que representen a las Administraciones Públicas de Navarra en los órganos de gobierno de empresas en las que participen aquéllas, sólo podrán percibir las dietas o indemnizaciones que correspondan por su asistencia a las sesiones de dichos órganos. Las cantidades devengadas por cualquier otro concepto serán abonadas directamente por las empresas a la Administración Pública respectiva.
- Los funcionarios que desempeñen puestos de trabajo con el complemento de dedicación exclusiva están sujetos, además de a las incompatibilidades genéricas, a la prohibición específica a que se refiere el artículo 45.2 del presente Estatuto.
- Los funcionarios que desempeñen puestos de trabajo con el complemento de incompatibilidad están sujetos, además de a las incompatibilidades genéricas, a la prohibición específica a que se refiere el artículo 46.2 del presente Estatuto.
- El incumplimiento del régimen de incompatibilidades establecido en este artículo constituirá falta muy grave, dando lugar a la incoación de expediente disciplinario.
- El ejercicio de una actividad compatible no exime al funcionario de cumplir con los deberes de residencia y asistencia al lugar de trabajo correspondiente, ni de retrasar, descuidar o negligenciar el desempeño de su cargo. La Administración podrá suspender la autorización de compatibilidad concedida e incoará expediente disciplinario para determinar y sancionar las faltas.
Residencia y Jornada Laboral
- La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo, el estricto cumplimiento de la jornada y las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento.
- Las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo.
- La jornada correspondiente a los distintos puestos de trabajo se determinará reglamentariamente. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 45.2 y en los apartados siguientes, dicha jornada tendrá, en cómputo anual, la misma duración para todos los funcionarios.
- Cuando las necesidades del servicio lo aconsejen podrán establecerse turnos y prolongaciones de jornada. Los turnos tendrán carácter obligatorio y se cumplirán en forma rotatoria, debiendo respetarse, en todo caso, el descanso semanal.
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Description
Este cuestionario explora los deberes y responsabilidades de los funcionarios públicos en el servicio activo, según el régimen foral de Navarra y el Estatuto correspondiente. A través de preguntas específicas, se evaluará el conocimiento sobre el respeto a la ley, la objetividad en el servicio y el trato respeto a personas involucradas en su labor.