TNJ - Clase 6 - Legislación y Ley (1) - PDF

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Universidad San Francisco de Quito

2024

María Gracia Naranjo Ponce

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legal studies legislation law Ecuadorian law

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These are lecture notes from a class on legislation and law at the Universidad San Francisco de Quito (USFQ). The lectures cover the definitions of legislation and law and the different types of laws found in Ecuadorian law. It provides examples and sources for further study.

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Universidad San Francisco de Quito (USFQ) Curso: Teoría de la norma Profesora: María Gracia Naranjo Ponce Semestre: PS 2024 - 2025 Clase 6: Legislación y ley ¿Qué estudiaremos hoy? Hoy estudiaremos la primera fuente for...

Universidad San Francisco de Quito (USFQ) Curso: Teoría de la norma Profesora: María Gracia Naranjo Ponce Semestre: PS 2024 - 2025 Clase 6: Legislación y ley ¿Qué estudiaremos hoy? Hoy estudiaremos la primera fuente formal del derecho: la legislación. Estudiaremos: Su definición; La diferencia entre legislación y ley. La diferencia entre ley en sentido amplio y estricto. Fuente #1: La legislación La legislación Como vimos, la legislación es la principal fuente del derecho en nuestro sistema jurídico (de tradición civilista). La legislación se define como: el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que denominamos leyes. ¿Cuál es, entonces, la diferencia entre legislación y ley? ¿Entre legislación y legislativo? La legislación Legislación y ley: La legislación es la fuente del derecho. Es el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general. La ley es el producto/resultado de la legislación. Son las normas jurídicas de observancia general. Legislación y legislativo: La legislación es la fuente/el proceso. El legislativo es el órgano que promulga las leyes. La ley La ley, entonces, es: la norma general establecida por el órgano competente (legislador). Esta definición tiene dos categorías de elementos: Elemento material: norma general Elementos formales: Establecido (procedimiento) Por el legislador Estos elementos nos permiten diferenciar a la ley de otras normas (!) La ley El Código Civil define a la ley como: Código Civil Una declaración de la voluntad soberana; Art. 1.- La ley es una Manifestada en la forma prescrita por la declaración de la Constitución; voluntad soberana que, Que: manifestada en la Manda; Prohíbe; o, forma prescrita por la Permite. Constitución, manda, prohíbe o permite. También las describe como “normas generalmente obligatorias de interés Son leyes las normas común”. generalmente obligatorias de interés común. Las finalidades de la ley De la definición del Código Civil se desprende que las leyes tienen tres funciones: 1. Mandar; 2. Prohibir; y, 3. Permitir. → Eso significa que el derecho es prescriptivo (!) En ocasiones, sin embargo, la ley solamente define. Veamos algunos ejemplos. Ejemplos Ejemplos Ejemplos Ejemplos Ejemplos Ejemplos Ejemplos Ejemplos La ley Sabemos ya que la ley es la norma general establecida por el órgano competente. ¿Cuál es el órgano competente? Por regla general, el legislador (en nuestro caso, la Asamblea Nacional). Sin embargo, como vimos, ciertas entidades y organismos de otros poderes del Estado (distintos al legislativo) también tienen potestad de expedir normas jurídicas. La potestad normativa y reglamentaria Aunque solamente la función legislativa tiene la competencia de legislar, ciertas entidades de otros poderes del estado tienen la potestad de expedir normas. Esto se conoce como potestad normativa. Además, el Presidente de la República tiene la potestad de expedir reglamentos. Esto se conoce como potestad reglamentaria. Ley en sentido amplio y estricto Entonces, el término ley puede ser utilizado en dos sentidos: Ley en sentido amplio (lato sensu) se refiere a toda norma jurídica de carácter general. Ley en sentido estricto (stricto sensu) se refiere únicamente a las normas jurídicas creadas por el legislador. Los distintos tipos de leyes (en sentido amplio) La Constitución, en su artículo Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La 425, contiene una Constitución; los tratados y convenios enumeración de los distintos internacionales; las leyes orgánicas; las leyes tipos de actos normativos ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y (leyes en sentido amplio) y su reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y orden jerárquico. las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos. Estudiaremos más sobre el concepto de jerarquía en nuestro módulo sobre En caso de conflicto entre normas de distinta el ordenamiento jurídico. jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. […] Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Constitución La Constitución es la norma suprema de Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece nuestro ordenamiento. sobre cualquier otra del Se le conoce también como la fuente de validez ordenamiento jurídico. Las de todo el ordenamiento jurídico. normas y los actos del poder público deberán mantener Es la que establece: conformidad con las La organización del Estado; disposiciones La distribución del poder; y, constitucionales; en caso Los derechos y garantías de los particulares. contrario carecerán de eficacia jurídica. Todas las normas y actos del poder público deben mantener conformidad con sus disposiciones. […] Ecuador ha tenido más de 20 Constituciones. Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Tratados y convenios internacionales Un tratado es “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional”. Los tratados pueden referirse a distintas materias: El Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas; La Convención Americana de Derechos Humanos; El Convenio para Evitar la Doble Tributación entre Ecuador y España. Como vimos, los tratados son jerárquicamente inferiores a la Constitución. Sin embargo, según el artículo 426 de la Constitución, “las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, aplicarán directamente las normas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no las invoquen expresamente”. Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Leyes orgánicas y ordinarias Las leyes (en sentido estricto) son las normas aprobadas por la Asamblea Nacional. Pueden ser orgánicas u ordinarias. Durante la clase 7 estudiaremos detalles acerca de la diferencia entre las leyes orgánicas y ordinarias. Existen diferencias muy importantes entre ambas en lo relativo a su: Jerarquía; Trámite de aprobación; y, Contenido. En la clase 8 estudiaremos el proceso de formación de las leyes (en sentido estricto) tanto orgánicas como ordinarias. Decreto-ley En circunstancias muy excepcionales, la Constitución le faculta al presidente a expedir un decreto con carácter de ley. El Presidente de la República tiene la facultad de expedir decretos. Los decretos tienen un rango inferior a la ley. En dos circunstancias particulares, los decretos pueden adquirir el carácter de ley: Cuando la Asamblea no aprueba o rechaza un proyecto urgente en materia económica en el plazo señalado por la ley (Constitución, Art. 140). Si la Asamblea Nacional está disuelta, el Presidente de la República puede, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica (LOFL, artículo 148). Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Normas regionales y ordenanzas distritales Como vimos la clase pasada, Ecuador está dividido político administrativamente en: Regiones Provincias Distritos metropolitanos Cantones Parroquias Las regiones emiten normas regionales. Sin embargo, todavía no se han creado regiones. Por lo tanto, todavía no está vigente norma regional alguna. Los distritos emiten ordenanzas distritales. Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Decretos y reglamentos Los decretos son actos normativos creados por el Presidente de la República. En Derecho administrativo estudiarán que hay distintos tipos de decretos. En ocasiones, los decretos reglamentan el contenido de una ley. En esos casos, adquieren la denominación de ‘reglamentos’. Por ejemplo: Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno; Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Ley Reglamento Ley Reglamento Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Ordenanzas Las ordenanzas son los actos normativos dictados por los gobiernos locales. El consejo provincial emiten ordenanzas provinciales. El concejo metropolitano emite ordenanzas metropolitanas. Los concejos municipales emiten ordenanzas municipales. Por ejemplo: La Ordenanza de Gestión Ambiental del cantón Archidona; Ordenanza Metropolitana del Bienestar Animal en el Distrito Metropolitano de Quito. Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Acuerdos y resoluciones Muchas otras entidades públicas tienen potestad normativa. Por ejemplo: El Servicio de Rentas Internas La Superintendencia de Control de Poder de Mercado; La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera; El Consejo Nacional Electoral. El Consejo de la Judicatura. Estas entidades emiten actos normativos denominados resoluciones (aunque en ocasiones también llevan otros nombres). Los Ministros, en cambio, expiden acuerdos. Entonces Constitución Tratados y Convenios Internacionales Leyes orgánicas Ley en sentido estricto Leyes ordinarias Ley en sentido amplio Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanza Acuerdos y resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Nota: ¿Y los Códigos? Habrán escuchado la expresión ‘Código’ para referirse a un cuerpo normativo. Un código es una ley que pretende reunir (codificar) todas las normas sobre una materia determinada: Código Orgánico Integral Penal; Código Orgánico General de Procesos; Código Tributario; Código Civil. Algunos recursos relevantes: Plataformas como LEXIS y FIEL recopilan los actos normativos de todo tipo. Además: En la página web de la Presidencia existe un repositorio de decretos ejecutivos: https://minka.presidencia.gob.ec/portal/usuarios_externos.jsf En la página web de la Asamblea Nacional está el texto final de las leyes aprobadas: https://www.asambleanacional.gob.ec/es/leyes-aprobadas Y los documentos relevantes de las leyes en proceso de formación: https://leyes.asambleanacional.gob.ec En la página de cada entidad pública existe un repositorio de sus acuerdos o resoluciones. En síntesis Conceptos clave de esta clase. En síntesis La legislación se define como el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que denominamos leyes. La ley es la norma general establecida por el órgano competente (legislador). Según el Código Civil, la ley manda, prohíbe o permite. En síntesis En principio, la función legislativa es la única que tiene la competencia de legislar. Sin embargo, ciertas entidades de otros poderes del estado tienen también la potestad de expedir normas. Es por esto que se debe diferenciar el concepto de ley en sentido amplio y estricto. En sentido amplio, ley es toda norma jurídica de carácter general (ej.: los decretos, los reglamentos, las leyes orgánicas y ordinarias, las resoluciones, los tratados internacionales, etc.) En sentido estricto, ley es solamente la norma jurídica creada por el legislador (ej.: las leyes orgánicas y ordinarias).

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