Resumen Diplomacia y Consulados (PDF)

Summary

Este documento proporciona un resumen de las relaciones diplomáticas y consulares, incluyendo los órganos centrales y periféricos, así como las inmunidades de la misión diplomática. Se centra en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y las funciones de los miembros de la misión, destacando la importancia del derecho internacional en este ámbito.

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16-09-24 Relaciones diplomáticas y consulares ↳ estas se dan a través de jefes de estado y de gobierno. Ministros de relaciones exteriores. ÓRGANOS CENTRALES - Personas tienen misión diplomática y relaciones consulares. Jefes de Estado y de gobierno. Ministros de relaciones exteriores. ÓRGANOS P...

16-09-24 Relaciones diplomáticas y consulares ↳ estas se dan a través de jefes de estado y de gobierno. Ministros de relaciones exteriores. ÓRGANOS CENTRALES - Personas tienen misión diplomática y relaciones consulares. Jefes de Estado y de gobierno. Ministros de relaciones exteriores. ÓRGANOS PERIFÉRICOS. - Son funcionarios públicos, que requieren de un nombramiento para llevar a cabo estas tareas. Son periféricos porque son nombradas desde el órgano central. [Mision diplomatica y relaciones consulares ] Las RR diplomáticas → son un órgano del Estado Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas 1961 - Funciones Representación Protección de intereses Negociaciones y fomento de RR entre estados Observacion y comunicacion - Deberes No intervención en asuntos internos Comunicación por canales oficiales Respeto al Ordenamiento Interno Miembros de la misión y sus funciones - Miembros de la misión (art 1 de la convención). Jefe de la misión diplomáticas/ Otros miembros - El estado acreditante y receptor - Placet o agrement /notificaciones formales - Persona ´´Non grata’’ - Entrega de las cartas credenciales y de retiro Las Inmunidades de la misión diplomática y los deberes del Estado ↳ Hablamos de inviolabilidad diplomatica como aquel concepto que refiere a que el Estado receptor no podrá entrar local de la mision (embajada) extendiéndose tanto a los bienes inmuebles como a la correspondencia oficial y archivos. La llamada ´´inviolabilidad diplomática´´ ↳ es una especie de garantía de lo que no puede hacer el estado receptor - violar el local de la misión - ´´ Bienes de muebles - ´´ Correspondencia oficial Deber de protección a cargo del Estado receptor Inmunidades y privilegios a agentes diplomáticos Inmunidades de jurisdicción penal - Absoluta e ilimitada para cualquier clase de delitos frente al estado receptor - Inmunidad no es impunidad: persona ´´non grata´´ y deber el cumplimiento del orden interno. Capacidad de juzgamiento en el Estado acreditante. Inmunidad de jurisdicción civil y administrativa - Con excepciones en el (art 31) A) Acción real sobre bienes inmuebles particulares radicados en el territorio del Estado receptor B) Acción sucesoria de carácter personal (ejecutor testamentario, heredero…) C) Acción referente a cualquier actividad profesional o comercial ejercida por fuera de las funciones oficiales. Inmunidad de ejecución. Renuncias a inmunidades. Exenciones sociales, impositivas, fiscales, entre otras, como privilegios (arts. 33/36). Relaciones consulares. ↳ Las relaciones consulares son aquellas interacciones y funciones oficiales llevadas a cabo por los consulados, que son oficinas del gobierno de un país ubicadas en otro país, con el propósito de representar y proteger los intereses de sus ciudadanos y del propio Estado en el extranjero. Estas relaciones se rigen por normas internacionales, principalmente la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, y se centran en aspectos prácticos y administrativos, en contraste con las funciones diplomáticas más políticas de las embajadas. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963).-- - Funciones (art. 5). No representación. No política. Protección/ asistencia a personas humanas -físicas- o jurídicas. Fomento de relaciones entre Estados (comerciales, económicas, culturales y científicas). Observación y comunicación. - La oficina consular: cónsules generales, cónsules, vicecónsules, agentes consulares. - Cartas credenciales y exequatur. Privilegios e inmunidades de la actividad consular. Inviolabilidad de la Oficina Consular. Solo limitada a la oficina donde se cumplen funciones propias. Consentimiento y presunción (incendio/seguridad). Inviolabilidad de los miembros. Medidas de coerción o detención. El caso de delitos graves o sentencia firme. Testigos. Eximidos de declarar y exhibir documentos propios del ejercicio de funciones. Comunicación del Estado receptor al acreditante. Inmunidad de jurisdicción por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones oficiales. Excepciones en material civil = misión diplomática. Renuncia a inmunidades y privilegios. 30-09-24 Desplazamiento forzoso (tema de la agenda internacional) - desplazamiento: el miembro debe huir de su país; su vida y su libertad se encuentran en peligro. “Protección Internacional de personas refugiadas y apátridas”. Tendencia de desplazamiento forzado → ACNUR publica todos los años, el día del refugiado, partidas, los datos del año precedente. La mayoría de las personas obligadas a desplazarse lo hacen dentro de su país.. guerra, violencia, persecución. El desplazamiento forzado es consecuencia de la incapacidad de preservar la paz y garantizar la seguridad. Considerando que han aumentado la frecuencia, la duración y la intensidad de los conflictos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos - Art. 41 Convención de 1951 y su Protocolo de 1967. Rol y mandato del ACNUR brindar protección internacional y buscar soluciones verdaderas. (refugiados, solicitantes de asilo, apátridas, repetidos y despylazados internos. La protección internacional → aquella que un Estado le brinda a personas extranjeras, debido a que sus derechos se ven amenazados y vulnerados en su país de nacionalidad por no ser accesible, disponible Y/o Corte Internacional de derechos humanos. Que significa para las personas los principios.. acceso al salario. El desplazamiento forzoso es uno de los temas más críticos de la agenda internacional actual, ya que implica la huida de una persona de su país de origen debido a amenazas a su vida y libertad. Este fenómeno afecta a millones de personas en todo el mundo, quienes se ven obligadas a abandonar su hogar para sobrevivir a conflictos armados, persecuciones, violencia generalizada o violaciones de derechos humanos. En este contexto, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) juega un papel fundamental. Su mandato se centra en brindar protección internacional a aquellos que se ven obligados a desplazarse, como los refugiados, solicitantes de asilo, apátridas y desplazados internos. Además, el ACNUR trabaja incansablemente en la búsqueda de soluciones duraderas para estas personas, ya sea a través del reasentamiento, la integración en comunidades de acogida o el retorno voluntario y seguro a sus países de origen cuando las condiciones lo permitan. La protección internacional es esencial en este proceso. Se refiere al amparo que un Estado ofrece a personas extranjeras cuya vida o libertad está en peligro en su país de nacionalidad. Este tipo de protección es crucial cuando los derechos humanos de estos individuos no son respetados o accesibles en su nación de origen, ya sea por la falta de un sistema judicial independiente o por la ausencia de garantías fundamentales en su país. En estos casos, la Corte Internacional de Derechos Humanos y otras instituciones internacionales pueden intervenir para asegurar que se protejan los derechos de los desplazados. 07-10-24 Nacionalidad ↳ ´´Es la pertenencia permanente y pasiva de un individuo con un determinado Estado ´´ → vínculo real y efectivo entre individuo y el Estado “Es el vínculo jurídico que une a una persona con determinado Estado, vínculo del cual se derivan derechos y obligaciones tanto para las personas como para el E, los cuales son determinados por la legislación interna de cada E.” Nacionalidad y ciudadania diferencia entre conceptos, no es relevante para el O.I →solo es importante la nacionalidad ¿Cómo se adquiere ? ↳ jus soli: nacionalidad sigue al territorio, de acuerdo al lugar en el cual nace ↳ jus sanguinis: nacionalidad sigue la afiliacion, el individuo que nace sigue la nacionalidad de los padres → es adquirida, un acto de voluntad ¿Cómo se establece en el orden argentino? ↳ establece que se utiliza los dos criterios de forma mixta, predominantemente se basa en el criterio territorial IUS SOLIS: nacidos en el territorio argentino, Malvinas, Sandwich del sur, Georgias del Sur, buques/aeronaves de pabellon argentino Excepción: hijos de funcionarios dip o consulares extranjeros IUS SANGUINIS: hijos de funcionarios arg en el exterior (L 20957), hijos de argentinos nacidos en el ext (art 1 inc2 L 346) + L 16959 (hijos de arg nacidos en el exilio Pérdida de nacionalidad ↳ Cada Estado es libre para su determinacion: supuestos más comunes: - Adquisicion voluntaria de otra nacionalidad - Perpetracion de actos de traicion o deslealtad En argentina → no se puede renunciar a la nacionalidad, en caso de nacionalidad nativa → es revolcable, en caso de nacionalidad por naturalizacion ¿Cuáles son los efectos que tiene la nacionalidad en el plano internacional? → Distincion entre los efectos en el orden interno y el orden internacional Su relevancia tiene que ver con la protección diplomática. La cual es un instituto que le permite a un Estado arrogarse los reclamos que hacen sus nacionales, y hacerlos suyos. Es la acción de un Estado contra otro para la protección de los derechos de sus nacionales (no es una obligación sino una potestad) Condiciones para su ejercicio: La necesidad de un vínculo real y efectivo entre el individuo y el Estado para que la nacionalidad tenga efectos jurídicos a nivel internacional. La protección a personas jurídicas como determinar cual es el Estado que podría brindar protección en una instancia internacional a esa persona. Agotamiento de los recursos internos del Estado que originó la lesión de derechos del nacional que se pretende proteger. Asilo Derecho de asilo → art 14 dec universal sobre DDHH Caracteristicas: derecho del E (límite: no devolución) Distinción: asilo territorial→ del asilo politico Asilo politico: Tipico de paises latinoamericanos ( caso ´´Haya de la Torre ) ↳ consiste en la proteccion - en locales de la mision diplomatica (inviolables según el D.I) de un perseguido politico: El estado que otorga el asilo debe comunicar inmediatamente dicha decision al Estado territorial. El salvoconducto: posibilidad de que la persona a la que se le otorgó el asilo pueda salir del pais. Asilo Diplomático: posibilidad que tiene el Jefe de la misión diplomática de otorgarle asilo a una persona que es perseguida por un delito político (el mismo se mantiene dentro de la unidad de la embajada, la cual es inviolable) El mismo no perdura en el tiempo, siendo necesario el salvoconducto, aquellas garantías que le debe otorgar el Estado donde se encuentra este local de embajada, protección asegurada hasta la frontera/aeropuerto/puerto→ en donde se deja de tener jurisdicción. Apátridas ↳ Una persona que no tiene nacionalidad, la cual no puede acceder a derechos fundamentales (salud,vivienda,educación,etc) debido a su inexistencia en ningún sitio. Allí la Convención establece un reconocimiento como apátridas, otorgándoles una identificación provisoria. Personas apatridas El problema de no tener nacionalidad: - “Anulación” del ejercicio de derechos básicos. - - Ausencia de protección de un Estado por falta de vinculación. En busca de la solución: La Convención de las Naciones Unidas de 1954 (Estatuto de los apátridas) - (Argentina adhirió el 1 de junio de 1972 –ley 19.510). Integración y naturalización (en la medida de lo posible) en los Estados. Derecho a la identidad y a otros derechos humanos - El refugiado es víctima de una persecución o situación que pone en riesgo o peligro su vida en su propio Estado y busca protección en uno distinto al de su nacionalidad. -Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (en Argentina: ley 23.160) y su Protocolo de 1967 (ley 17.468). - El Estado refugia en condiciones de igualdad (como si fueran sus propios nacionales) y debe garantizar el ejercicio de los derechos humanos. El rol del ACNUR (Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Refugiados). Solucion pacífica de controversias ↳ Art 33 → cuando existan controversias que pueden llegar a afectar a la paz y seguridad internacionales los estados tratarán de buscarle solucion, contemplados en la carta de NU (art 2 ´´fomentar entre los estados relaciones de amistad…) Segun la CPJI → ´´Una controversia es un desacuerdo sobre un punto de derecho o hecho, una oposicion de tesis jurudicas o de intereses entre los Estados´´ a) Controversias juridicas y politicas → la doctrina y la práctica distinguen: Las de tipo juridico: son aquellas en las cuales las partes se hallan en desacuerdo o aplicacion del derecho vigente a un conjunto determinado de hechos Las de tipo politico: son aquellas en las cuales una de las partes busca la modificacion del derecho existente. Dos grandes medios de resolución ↳ medios diplomaticos: no resultan de una decisicon obligatoria para las partes y se distinguen de los medios jurisdiccionales. Las partes durante todos ese proceso de resolucion consevan esa libertad de accion y las forma de resolucion no tiene que estar basada en el DI necesariamente a diferencia de los jurisdiccionales. Tipos de medios: - negociación: partes: tratan directamenete solucion de conflicto: arriban por sí mismos - investigación: Se encargan de analizar los hechos concretos del conflicto y fijan cuáles son puntualmente. No proponen soluciones - buenos oficios: Interviene un 3ro que dialoga entre las partes que están en conflicto, pero no propone soluciones, solo acerca a las partes. No están obligados a tomarlos. - conciliación: Requiere nombramiento de un tercero, está encargado de examinar todos los aspectos del litigio y proponer una solucion. - mediacion Requiere intervencion de un 3ro, debe tener conocimientos tecnicos porque va a proponer soluciones entre las partes. No están obligados a tomarlos. ↳ medios jurisdiccionales : hay un tribunal que emite una sentencia: la solucion está basada en el derecho internacional y la sentencia obligatoria entre las partes necesidad de arbitraje: es una forma de resolver de manera jurisdiccional, se realiza a traves de arbitros que se convoquen para resolver un conflicto entre partes.Se crea un tribunal ad hoc - interviene un 3ro independiente (organo unipersonal o colegiado) - procedimiento reglamentado: plazos eleccion de arbitro, produccion prueba, emision laudo Procedimiento contencioso arbitral y judicial - Fase escrita - Fase oral - Dictado de sentencia/Laudo Corte Internacional de Justicia competencia cosnultiva - contenciosa Consultiva: + Emite opinion NO VINCULANTE + Solo Cuestiones Juridicas + Solicitud: la AG, el CS, otros organos de las NU y los organismos especializados autorizados por la AG sobre custioners jeruidicas que surjan dentro de la esfera de sus actividades. Contenciosa: Competencia en razon de la materia: solo cuestiones de derecho Competencia en razon de las personas: Solicitud: SOLO 1) E parte del Estatuto 2) E no miembros en las condiciones fijadas por el CS Sentencia: Es OBLIGATORIA para las partes 14-10-24 Derecho Internacional Humanitario ↳ Tuvo sus inicios en la Convención de Ginebra de 1864 impulsada por la Soc. de Socorro y posteriormente el Comité Internacional de la Cruz Roja, aquel que no se lo puede atacar por su personalidad dentro del Derecho Internacional. Es la rama del Derecho internacional que se aplica en caso de conflictos armados y que tiene como propósito de limitar el derecho de las partes en conflicto a elegir los métodos y medios utilizados así como proteger a las personas y los bienes afectados por el conflicto. ↳ Este SÓLO se aplica en situación de conflicto armado, sin darle relevancia a la normativo que generó tal conflicto, teniendo como objetivo de minimizar los daños excesivos, superfluos. ↳ Son normas de carácter consuetudinario, son vinculantes con todos los Estados. ↳ Involucran conflictos interestatales, ósea entre Estados y su territorio. Se divide en dos cuerpos normativos: Derecho de Ginebra → Proteccion debida a quienes no participan o han dejado de participar en el conflicto. Protegen náufragos, heridos de guerra, civiles, miembros de campañas terrestres. - Principio de distinción → se realiza una clasificación entre quienes sí y quienes no proteger y también que bienes proteger y cuáles no. - Desafíos contemporáneos → combatientes irregulares (terroristas) y compañías de seguridad privadas (que no son reguladas) Art 3 de la Convención de Ginebra, se encuentra común para todas las Convenciones. El contenido mínimo requiere de cierto respeto del DIH en los conflictos armados. Derecho de la Haya → Metodos y medios de combate, que regulan la conduccion regulacion de las hostilidades. - Establece límites en los medios utilizados para contraer los daños. Aquí se encuentran armas convencionales (permitidas) y las NO convencionales (no permitidas) Asimismo,no se encuentran permitidas aquellas que sean engañosas para el enemigo. - Desafíos contemporáneos→ el desarrollo de nuevas armas drones, robots, ataques cibernéticos Clasificación de los conflictos armados Estado A y Estado B se enfrentan (CAI) Grupo armado y Estado A se enfrentan (CANI) Estado A y grupo armado se enfrentan, y el Estado B interviene y se internacionaliza (CA internacionalizado) Un grupo armado que se encuentra en territorio de un Estado B y ataca/ levanta armas a un Estado A (CA exportado) Corte Penal Internacional ↳ Posibilidad de juzgar a individuos que hayan violado el DIH, crímenes de inmunidad, crímenes de guerra. 1998 → El Estatuto de Roma establece que la Corte va a juzgar a representantes de Estados y grupos paramilitares , habiendo una distinción de 4 crímenes. - Genocidio, determinación de 2 elementos - Subjetivo: intención de querer la destrucción total - Crímenes de guerra, involucra un conflicto internacional como no internacional. - Crímenes contra la humanidad, es sistemática, son crímenes de parte de un Estado a su población. - Crímenes de agresión, juzgar a individuos que han cometido violaciones graves del Derecho Internacional Penal. Los anteriores mencionados, pueden ser juzgados por la Corte Penal Internacional ya que son sus competencias. El Estatuto de Roma establece que la Corte no puede juzgar conflictos hasta el 2 de julio de 2002, luego de esa fecha se puede. Principio de retroactividad ¿Cómo se estructura? → 18 jueces Corte Internacional de Justicia competencia cosnultiva - contenciosa Consultiva: + Emite opinion NO VINCULANTE + Solo Cuestiones Juridicas + Solicitud: la AG, el CS, otros organos de las NU y los organismos especializados autorizados por la AG sobre custioners jeruidicas que surjan dentro de la esfera de sus actividades. Contenciosa: Competencia en razon de la materia: solo cuestiones de derecho Competencia en razon de las personas: Solicitud: SOLO 3) E parte del Estatuto 4) E no miembros en las condiciones fijadas por el CS Sentencia: Es OBLIGATORIA para las partes 21-10-24 Derecho del mar ↳ Hablamos del conjunto de disposiciones que regulan las distintas áreas marinas. El mismo, ha ido evolucionando a lo largo del tiempo. 1958→ Surgimiento de 4 Convenciones, que entran en vigencia 1962-1966, las cuales regulan los usos y prácticas sobre las áreas marinas. 1973-1982→ Convención más extensa dentro de Naciones Unidas, la CONVEMAR. La misma regula los distintos espacios marinos: 1. El mar territorial, franja de agua adyacente al territorio. El Estado ejerce su soberanía sobre el aire, agua, lecho y subsuelo. Tiene una extensión de hasta 12 millas marinas (puede ser menos por Estados contrapuestos). Y existen dos sistemas que sirven para la delimitación de esta: Línea de base normal, se utiliza para Estados cuyas costas no cuentan con grandes accidentes geográficos. Aquella que se toma en el equinoccio de primavera, donde el agua se aleja más del territorio. - Línea de base recta, se utiliza para Estados cuyas costas cuentan con grandes accidentes geográficos. Aquella que toma los puntos más salientes de la costa y traza una línea recta entre ellos. - Todo lo que queda dentro de la recta se consideran aguas interiores (área en donde el Estado puede todo) La CONVEMAR, contempla dos restricciones de acuerdo a la soberanía del mar territorial. El paso de inocentes, el derecho de los buques extranjeros de ingresar en el mar territorial de otro Estado o de transitarlo. Distinguiendo entre dos tipos de buques (privados/de guerra) y cumpliendo entre dos características (paso rápido continuo e ininterrumpido en forma perpendicular de la jurisdicción para ingresar y para transitarlo debe hacerlo paralelamente) Este paso también es ejercido por los submarinos emergidos con: - El ejercicio de la soberanía está dada en el ejercicio de la jurisdicción tanto en materia civil como en materia penal. Cuando se habla de restricción es que el Estado no puede ejercer su jurisdicción, no puede tomar ninguna medida, ni ejecutor ni preventivo, contra el buque, los bienes y la tripulación. - Solo puede hacerlo cuando en materia penal se cometa un ilícito en el buque que ponga en peligro el orden público y seguridad del Estado, también en el caso de que se sospeche de que el buque cometa trata o lleve estupefacientes. En materia civil, los Estados no pueden tomar ninguna medida. Si podría adoptarse alguna medida preventiva (se resguarda el bien) o ejecutiva, si ese buque genera un reclamo en relación al tránsito del mismo, si se podría. 2. La zona contigua, franja de aguas adyacentes al mar territorial. Aquí la soberanía del Estado es limitada, pudiendo ejercer el poder de policía que se delimita a 4 áreas (fiscal, aduanera, sanitaria, migratoria), la extensión de la misma se extendiende hasta la milla 24 hasta la zona económica exclusiva. 3. La zona económica exclusiva, se superpone con la zona contigua. La misma cuenta con una extensión de hasta 200 millas marinas. El régimen rige en 188 millas ya que hay que tener en cuenta las 12 millas del mar territorial, no hay soberanía exclusiva. - Dentro de este espacio se crea la zona económica exclusiva: los derechos y obligaciones que se crean son para el Estado ribereño (tiene la obligación de explorar, explotar, y conservar los recursos o ceder tales obligaciones) y para los terceros Estados. El derecho de persecución es aquel que tiene el Estado mediante señales visuales, señales sonoras. 4. El alta mar (200 millas), allí rigen todas las libertades (navegación, comunicación, etc) Cada buque está sujeto a su jurisdicción, siendo importante que los mismos tengan nacionalidad o sino es considerado apatrida teniendo poderío el Estado más cercano. - El derecho de visita, cualquier buque de guerra que está próximo a un buque que esté cometiendo un acto ilícito, el primero puede abordarlo en caso de ser necesario e inspeccionarlo. 5. Plataforma continental, por debajo del agua, en algunos territorios finaliza en la milla 350; todo lo que está más allá se denomina “ la zona de los fondos marinos y oceánicos”. - Específicamente, es la prolongación natural del territorio que se extiende hasta las 200 millas marinas. Sin embargo, existen Estados que tienen una plataforma continental no tan extensa, pudiendo generar un reclamo ante el órgano creado por la CONVEMAR, en pos de una extensión de la misma. Todas las aguas que están en el territorio serán aguas interiores. Fondos marinos y oceánicos, patrimonio común de la humanidad. Contempla los problemas que las anteriores Convenciones no contemplaban, creando dos órganos y una organización internacional - El Comité de límites sobre la plataforma continental - Tribunal Internacional del mar, encargado de entender los conflictos que surjan de la aplicación de la CONVEMAR. - La autoridad de los fondos marinos y oceánicos. 28-10-24 Cuencas Hidrograficas Internacionales ↳ Se vincula 2 o más estados a traves de recursos naturales Concepto de Rio internacional ↳ aquellos que marcaban un límite o atraviesa varios territorios, son aquellos cursos de agua visibles, ademas de ser subterraneas ↳ cuenca hidrografica internacional como unidad geografica integral que incluye las aguas superficiales y navegables, ademas de incluir a las subterraneas. Teoria sobre el uso del recuerdos compartido ↳ T. de la soberanía absoluta → todo recurso que circula por el territorio, es absoluto al poder del soberano. ↳ T. de la integridad absoluta e igualadad de estados → idem que la T.S.A, pero con la obligación de mantener el recurso ↳ T. relativas o restringidas → todos las partes son responsables de cuidar y utilizar el recurso (actualidad) Principios aplicables a las cuencas hidrograficas (convencion sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegacion (1997) Buena fe/negociación de buena fe. Uso equitativo y razonable Buenas vecindad - deber de informacion Cooperación Obligación de no causar daños sensibles Usos de las aguas: - contamininanes /no contaminantes si han modificado la calidad del recurso - consuntivos /no consuntivos si han modificado la cantidad del recurso Tratado del Río de La Plata ↳ es un tratado de cooperación entre ar y Uru, su delimitacion se basa en: 1. Zona superior → paralelo de punta gorda a línea imaginaria Punta Lara/Colonia 2. Zona media → línea imaginaria PL/C a la línea imaginaria Punta Piedras/ Montevideo 3. Zona inferior → línea imaginaria PP/Montevideo a línea imaginaria Punta Rasa del Cabo de San Antonio / Punta del Este… alli intervienen dos organos importantes: Comision Administradora del Río de la Plata (en el rio) ↳ Comision mixta integrada por cinco delegados de cada parte, de carácter permanente y con responsabilidad juridica. Cuasidelegativa, ejecutiva y jurisdiccional. Promueve estudios e investigaciones. Dicra normas reguladoras de la actividad de pesca. Interviene corrdinando y estableciendo planes, manuales, procedimientos, etc en materia de busqueda y rescate, practica navegacion etc. Transmite a las partes comunicaciones, consultas, informaciones y notificaciones. Entre otras. Comision Tecnica Mixta ↳ Comision Mixta Integrada por igual cantidad delegados de cada parte y con personalidad juridica. Encargada principalmente de realizar estudios y adorta y coordina planes y medidas para la conservacion, preservacion y racional explotacion de los recursos vivos y a la proteccion del medio marino en la zona de interes comun Entre otras funciones. Jurisdiccion en el río Zonas costeras exclusivas y zona comun En zona comun hay jurisdiccion exclusiva: - Buques de bandera - Siniestros terceras banderas y bandera de estado parte - El estado parte afectado en su seguridad e ilicitos cometidos en su territorio. Derecho de persecucion y aprehension de buques. - Afectacion comun: criterio de proximidad a franja costeras * casos de salvaguardia de vida humana y salvamento de buques → el estado responsable del buque debe notificarlo al otro estado y hacerse responsable completamente. Derecho de persecucion y aprehensión de buques Obras/ Canales nuevos o modificacion significativa COMUNICACION COMUNICACION COMPLETAR INFO EN CASO DE CONTROVERSIA DE CARP A LA OTRA PARTE OPOSICION notificacion y 180 dias para la dentro de 30 dias debe ser una el propio tratado aplicación del respuesta → debe oposición establece cómo proyecto a la ¿Un perjuicio completarse toda fundada y se resuelve la CARP sensible? No/si la info (en caso tecnica, propone controversia ↳ 30 dias para -silencio de necesitarlo) y modificaciones. Posibilidad de decidir si causa se renueva el 180 dias para procedimiento un perjuicio plazo ponerse de conciliatorio sensible o no → acuerdo (120dias) CARP en caso de Negociaciones silencio o si directas, CIJ resuelve que causa un perjuicio sensible suspende el proyecto o NO se puede iniciar Frente Marítimo - art70 Comision tecnica mixta Malvinas Derecho Autodeterminacion de los pueblos 1960 - AG 1514, 1541 , 2625 - Previo a la guerra Alegato Ruda (1968) Resol. AG 2065 Conflicto Reino Unido-Malvinas El conflicto entre el Reino Unido y Argentina sobre las Islas Malvinas tiene sus raíces en el derecho de autodeterminación de los pueblos. En 1833, el Reino Unido estableció un sistema colonial en el territorio, lo que generó una controversia, ya que Argentina siempre sostuvo que debía resolverse dicha disputa, mientras que el Reino Unido argumentaba que apoyaba el principio de autodeterminación de los pueblos. La Asamblea General de la ONU, a través de la resolución 1514, estableció que la administración de las colonias debía cesar y, en 1541, los Estados no autónomos debían informar a la ONU sobre su proceso de desarrollo. Además, la resolución 2625 reconoció el derecho de autodeterminación de los pueblos. En este contexto, las Islas Malvinas fueron clasificadas como un territorio no autónomo bajo la administración del Reino Unido. Antes de la guerra, Argentina, a través de un alegato de Ruda en 1964, defendió su soberanía e integridad territorial, oponiéndose a la ocupación del Reino Unido. La resolución 2065 de la ONU reconoció la controversia y apoyó a Argentina, mientras que una declaración conjunta facilitó el acceso de personas argentinas al territorio. A pesar de la resolución 520, que instaba a retirar las tropas británicas, y la resolución 505, la controversia continuó. La resolución 37 de 1983, aunque cesaron las hostilidades, destacó que las disputas no estaban resueltas y pidió que las partes entablarán negociaciones. Este conflicto sigue siendo un tema constante en la agenda internacional. Antártida En la Antártida, varios Estados, como Argentina, Australia, Chile, Francia, Noruega, Nueva Zelanda y el Reino Unido, realizaron reclamos sobre partes del territorio. En el contexto de la Guerra Fría, en los años 60, se firmó el Tratado Antártico el 23 de diciembre de 1959, que entró en vigor el 23 de junio de 1961. Este tratado estableció la llamada "cláusula paraguas", que congela los reclamos de soberanía hechos hasta la fecha de su firma, incluyendo sus fundamentos. Además, considera a la Antártida como un espacio de interés para toda la humanidad, promoviendo actividades científicas. El tratado prohíbe nuevos reclamos de soberanía o la modificación de los fundamentos previos. Asimismo, los Estados que han reclamado soberanía no pueden utilizar las actividades científicas realizadas en el territorio para reforzar sus reclamos originales. Protocolos adicionales al tratado - Protección del medio ambiente → tiene 6 anexos 1. evaluación del impacto del medio ambiente 2. conservación de fauna y flora antárticas 3. eliminación y tratamiento de residuos 4. prevención de contaminación marina 5. protección y gestión de zonas 6. responsabilidad derivada de emergencias medioambientales - Convención para la conservación de las focas antárticas - conservación de los recursos vivos antárticos SEGURIDAD COLECTIVA ↳ El uso de la Fuerza Armada en las Relaciones Internacionales - En caso de controversia que pueda interferir con la paz de la comunidad, se regula a traves del cap 7mo de la carta. Prohibicion del uso de la fuerza - evolucion a lo largo del tiempo → ↳ derecho clasico era considerada como un derecho inherente. ↳ en el SXVIII se ademite el IUS AD BELLUM → derecho a hacer la guerra contra otro Estado cualquiera fuera la causa (se deja de lado la Justicia) y el IUS IN BELLO → propone limitaciones, normas mediante la cuales se pretende humanizar las hostilidades. Prohibicion del Uso de la Fuerza en la carta de Naciones Unidas (2.4) - Los miembros de la Organizacion, en sus relaciones internacionales, se abstendran de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia politica de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propositos de las Naciones Unidas. Todo uso de la fuerza fue justificado ante el derecho de legítima defensa parandose en la práctica, como un caso de excepcion. Es decir que en la práctica prevalecio una interpretacion más amplia EL CONSEJO DE SEGURIDAD ES EL ORGANO COMPETENTE PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE: - amenaza de la paz - quebrantamiento de la paz - acto de aprehensión Podrá prodecer de acuerdo al capítulo XIde la Carta o tomar medidas: Que no impliquen el uso de la fuerza - interrupciones totales o parciales de las relaciones economicas, de medios de comunicacion, entre otras. Monopolio del uso de la fuerza - se podrá recurrir a las fuerzas armadas aereas , navales o terrestres para mantener la paz y seguridad internacional : ´´el sistema de seguridad colectiva´´ El Artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas establece uno de los principios fundamentales del derecho internacional contemporáneo: la prohibición del uso de la fuerza. Este principio es clave para garantizar la paz y la seguridad internacional. Texto del Artículo 2.4 de la Carta de la ONU: "Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas." Análisis Detallado del Artículo 2.4 1. Sujetos Obligados: ○ Aplica a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, que deben acatar este principio al formar parte de la organización. ○ También se considera una norma de ius cogens (derecho imperativo), por lo que obliga incluso a los Estados no miembros de la ONU. 2. Aspectos Clave del Artículo: ○ Prohibición del uso de la fuerza: Incluye cualquier acción militar directa o indirecta contra otro Estado. ○ Prohibición de la amenaza de fuerza: No solo se prohíbe el uso efectivo de la fuerza, sino también su amenaza, como advertir de posibles acciones militares si no se cumplen ciertas condiciones. ○ Protección de la integridad territorial e independencia política: Se prohíbe cualquier acto que comprometa la soberanía de otro Estado o su capacidad de actuar de forma independiente. Ejemplo: Una invasión militar o el apoyo a movimientos separatistas dentro de otro país. ○ "Incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas": Esto incluye acciones que, aunque no afecten directamente la integridad territorial o independencia política de un Estado, contradigan los objetivos de la ONU, como la promoción de la paz, la cooperación internacional y la resolución pacífica de conflictos. 3. Excepciones Permitidas por la Carta de la ONU: Aunque la regla general es la prohibición del uso de la fuerza, hay dos excepciones principales establecidas en la Carta: ○ Legítima defensa (Artículo 51): Si un Estado es objeto de un ataque armado, tiene derecho a usar la fuerza en defensa propia, individual o colectiva, hasta que el Consejo de Seguridad tome medidas para mantener la paz. Debe ser una respuesta proporcional e inmediata. ○ Autorización del Consejo de Seguridad (Capítulo VII): El Consejo de Seguridad puede autorizar el uso de la fuerza para mantener o restaurar la paz y la seguridad internacional, como en operaciones militares colectivas. 4. Interpretaciones Contemporáneas: ○ La prohibición del uso de la fuerza es uno de los pilares del orden internacional moderno y está vinculada al respeto por la soberanía estatal. ○ Sin embargo, ha habido debates sobre su interpretación en casos como: Intervenciones humanitarias: Acciones militares sin autorización de la ONU para prevenir genocidios o violaciones masivas de derechos humanos (como en Kosovo en 1999). Guerra contra el terrorismo: Algunos Estados han invocado la legítima defensa contra actores no estatales, como organizaciones terroristas (ejemplo: intervención en Afganistán tras los ataques del 11 de septiembre de 2001). 5. Violaciones del Artículo 2.4: ○ Actos como invasiones, bombardeos, bloqueos o el apoyo a grupos armados rebeldes en otro país suelen ser considerados violaciones del Artículo 2.4. ○ La violación de esta norma puede llevar a sanciones internacionales o al enjuiciamiento de los responsables por crímenes de agresión. Importancia del Artículo 2.4 Este artículo busca prevenir guerras y fomentar la resolución pacífica de conflictos. Ha sido la base para condenar agresiones internacionales y establecer normas claras sobre la conducta de los Estados. Derecho Internacional Penal El Derecho Internacional Penal es el cuerpo de normas de fuente internacional cuyo objeto es el de tipificar conductas como ilicitas, a las que les atribuye el carácter de ilicitos o crímenes de ese ordenamiento juridico, imputando una responsabilidad de naturaleza penal a los individuos que con intención y conocimiento incurren en ellas … Es una rama del derecho internacional público que se enfoca en la regulación, prevención, y sanción de los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. Busca establecer normas y mecanismos para responsabilizar a los individuos por actos que atentan contra la paz, la seguridad y la dignidad humana. ↳ los Estados son los responsables de establecer qué pautas de conductas son consideradas antijuridicas cuando sean cometidas por seres humanos Conceptos clave del Derecho Internacional Penal: 1. Crímenes internacionales El Derecho Internacional Penal se ocupa de crímenes considerados de máxima gravedad. Estos se basn en la violacion de normas juridicas imperativas, es decir las que tutelan valores fundamentales para la comunidad internacional (como la paz, y seguridad internacionales, o la vida y dignidad del individuo) Entre ellos están: Genocidio: Actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Crímenes de lesa humanidad: Ataques generalizados o sistemáticos contra una población civil, que incluyen asesinato, esclavitud, tortura, desapariciones forzadas, violaciones, persecuciones por motivos políticos, religiosos o de género, entre otros. Crímenes de guerra: Violaciones graves del derecho internacional humanitario, como el asesinato de prisioneros de guerra, ataques a civiles, uso de armas prohibidas, o la destrucción injustificada de bienes protegidos. Crimen de agresión: Uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, integridad territorial o independencia política de otro Estado, en violación de la Carta de las Naciones Unidas. Delito Internacional → se trata de la violacion de normas juridicas dispositivas (aquellas que protegen intereses internacionales de los Estados) cuya comision involucra a más de un Estados o bien lesiona a victimas de más de un Estado. Pirateria de Alta mar El blanqueo o lavado de dinero La participacion de un grupo delictivo organizado Tráfico de estupefacientes y sustancias psicotropicas, entre otros. 2. Responsabilidad individual A diferencia del derecho internacional clásico, que regula principalmente las relaciones entre Estados, el Derecho Internacional Penal establece la responsabilidad penal individual. Esto significa que las personas (incluidos líderes políticos, militares y civiles) pueden ser juzgadas y sancionadas por crímenes internacionales, independientemente de su posición o rango. 3. Principios fundamentales El Derecho Internacional Penal se basa en principios clave que garantizan justicia y equidad en su aplicación. Algunos de ellos son: Principio de legalidad: Nadie puede ser condenado por un crimen que no estaba tipificado como tal en el momento de su comisión. Irretroactividad: Las normas penales no pueden aplicarse retroactivamente, salvo en casos donde ya eran reconocidas como normas consuetudinarias internacionales. Imprescriptibilidad: Los crímenes internacionales no prescriben, lo que significa que pueden ser perseguidos en cualquier momento. Inmunidad limitada: Los altos funcionarios de Estado no están exentos de responsabilidad por crímenes internacionales, aunque disfruten de inmunidades en otros ámbitos. 4. Tribunales y cortes internacionales El Derecho Internacional Penal se implementa a través de diversas instituciones, incluyendo: La Corte Penal Internacional (CPI): Establecida por el Estatuto de Roma (1998), la CPI tiene jurisdicción sobre genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión. Tribunales ad hoc: Tribunales temporales creados para situaciones específicas, como el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (TPIY) y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR). Tribunales híbridos: Combina elementos nacionales e internacionales, como el Tribunal Especial para Sierra Leona o las Salas Extraordinarias de Camboya. 5. Relación con el derecho internacional humanitario El Derecho Internacional Penal tiene una estrecha relación con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), que regula los conflictos armados. Muchas de las violaciones graves del DIH, como los crímenes de guerra, son castigadas bajo el Derecho Internacional Penal. 6. Objetivos del Derecho Internacional Penal Justicia y rendición de cuentas: Garantizar que los responsables de crímenes graves enfrenten consecuencias legales. Prevención: Disuadir la comisión de crímenes mediante la amenaza de sanciones internacionales. Reparación a las víctimas: Proporcionar justicia y reconocimiento a quienes han sufrido los efectos de estos crímenes. Contribución a la paz y la seguridad internacional: Asegurar que las normas internacionales sean respetadas para mantener un orden global basado en el estado de derecho. En resumen, el Derecho Internacional Penal busca proteger valores esenciales de la humanidad mediante la regulación y sanción de los crímenes más atroces. Es una herramienta clave para combatir la impunidad y garantizar la justicia a nivel global.

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