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OS 007 BIS PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN INCIDENTES CRÍTICOS Rev 01 DT.pdf

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SEGURTASUN SAILA DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD Segurtasun Sailburuordetza Viceconsejería de Seguridad Ertzaintzaren Zuzendaritza Dirección de la Ertzaintza ORDEN DE SERVICIO N...

SEGURTASUN SAILA DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD Segurtasun Sailburuordetza Viceconsejería de Seguridad Ertzaintzaren Zuzendaritza Dirección de la Ertzaintza ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Procedimiento de actuación en incidentes críticos INDICE 1. SUMARIO.................................................................................................................. 1 2. INTRODUCCIÓN........................................................................................................ 1 3. OBJETO Y ALCANCE................................................................................................... 2 4. DEFINICIONES.......................................................................................................... 2 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO............................................................................ 4 5.1. INFORMACIÓN INICIAL......................................................................................... 4 5.1.1. Determinación de “incidente crítico”. Valoracion por parte de Ardatz/ Ertzain-etxea Bilbao y Donostia-San Sebastian)...................................................................... 4 5.2. LOCALIZACIÓN Y CONFIRMACIÓN POR PARTE DE LOS PRIMEROS RECURSOS.............. 5 5.2.1. Acercamiento.................................................................................................. 5 5.2.2. Acciones de búsqueda y localización de las personas autoras................................ 5 5.3. EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN Y TOMA DE DECISIONES......................................... 6 5.4. MANDO Y CONTROL (ÁMBITOS DE DECISIÓN)......................................................... 6 5.4.1. Incidente crítico en Fase I................................................................................ 7 5.4.1.a. Dirección de actuación en la Fase I............................................................ 7 5.4.1.b. Funciones de la Jefatura de Operaciones.................................................... 7 5.4.1.c. Funciones del Jefe o Jefa Provisional del Incidente....................................... 7 5.4.2. Incidente crítico en Fase II................................................................................ 8 5.4.2.a. Dirección de actuación en la Fase II........................................................... 8 5.4.2.b. Jefa o Jefe de incidente............................................................................ 8 5.5. RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE CRÍTICO................................................................... 8 5.5.1. Incidente en progreso...................................................................................... 8 5.5.1.a. Neutralización......................................................................................... 9 5.5.1.b. Contención / Aislamiento.......................................................................... 9 5.5.1.c. Atención a las víctimas............................................................................. 9 5.5.2. Incidente contenido........................................................................................ 10 5.5.2.a. Fase I.................................................................................................. 10 5.5.2.b. Fase II................................................................................................. 11 5.5.2.c. Fin del incidente.................................................................................... 13 6. SIMULACROS.......................................................................................................... 14 Anexos ANEXO 1 – Establecimiento de zonas y cordones ANEXO 2 - Técnica de avance en incidentes críticos en progreso 1. SUMARIO 2. INTRODUCCIÓN En un contexto global convulso, con múltiples conflictos internacionales de diferente índole, en el que se está generando un sentimiento de inseguridad entre los ciudadanos de los países occidentales como no se conocía anteriormente, Euskadi no se encuentra ajena ni a las causas ni a los efectos resultantes. La sociedad vasca no es inmune a los riesgos que amenazan la paz y la seguridad de las sociedades desarrolladas, unos riesgos y amenazas complejos y en constante evolución, que requieren una forma de respuesta dinámica y eficaz. 1 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, a través de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (en adelante DAEM), ha desarrollado una serie de tácticas que permiten gestionar la respuesta a todo tipo de emergencias. Una de estas tácticas se denomina Incidente Extraordinario Violento (IEV), definiéndose como “incidentes intencionales en curso ocasionados mediante la fuerza, de hecho o mediante amenaza, por una acción agresiva o violenta, ejecutada por personas individuales o de forma colectiva, causando o pudiendo causar daños importantes a las personas, al orden, a los bienes o al medio ambiente. En este tipo de incidentes se engloban todos los actos terroristas, secuestros, amenazas violentas, manifestaciones violentas y cualquier otra que pueda asimilarse a las anteriores”. El modelo de policía establecido para la Ertzaintza para el desarrollo de sus funciones está basado en la prevención activa apoyada en una inteligencia e investigación criminal eficaces. Por lo tanto, teniendo en cuenta que es imposible mantener un nivel de seguridad que logre la ausencia total de delitos, la Ertzaintza, como policía integral de Euskadi, debe estar preparada para dar una respuesta eficaz ante cualquier tipo de incidente que altere la paz y la convivencia y restablecer cuanto antes un estado de bienestar y seguridad óptima. Se considera necesario establecer una serie de pautas de actuación ante incidentes de especial gravedad originados por la acción directa de personas que puedan poner en alto riesgo la vida de terceros, y que afecten de una manera evidente a la paz y seguridad pública, considerando la especial virulencia de las acciones de la persona o personas autoras, la peligrosidad de los medios utilizados o la afectación a un alto número de potenciales víctimas o su especial vulnerabilidad. Estos incidentes se calificarán como INCIDENTES CRÍTICOS, y podrán tener diferentes escenarios, modus operandi y autores, por lo que ante la imposibilidad de establecer pautas concretas de actuación válidas para todas las posibles situaciones, se deben establecer determinados criterios que faciliten a los recursos actuantes una respuesta eficaz. Los incidente críticos objeto de la presente orden de servicio se engloban dentro de los IEV contemplados en la Orden Vigente de la Consejera de Seguridad sobre las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias. 3. OBJETO Y ALCANCE Establecer un procedimiento para responder de la forma más eficiente posible ante un “incidente crítico”, así como restablecer la situación de normalidad anterior al incidente a la mayor brevedad. Definir las y los responsables para cada una de las acciones a realizar en el colectivo de la Ertzaintza. 4. DEFINICIONES Incidente crítico: Se entenderá como incidente crítico toda aquella situación que, por sus características, pueda englobarse dentro de alguno de los siguientes supuestos: Incidente generando víctimas: Es una situación en la cual una o varias personas intentan causar el mayor número de víctimas en un lugar determinado. La persona o personas atacantes pueden ir armados con arma de fuego o cualquier otro objeto peligroso al que hayan tenido acceso (cuchillos, hachas, explosivos...). Se trata de un comportamiento asesino en el que las personas autoras pueden tratar de huir, atrincherarse, enfrentarse a la policía o suicidarse para causar un mayor número de víctimas (explosivos adosados). Incidentes con rehenes: cualquier tipo incidentes en los que se hayan aprehendido terceras personas en calidad de rehenes, o inocentes retenidos, como pueden ser atracos, violencia doméstica, conflictos laborales, etc. Cualquier otro tipo de incidente en el que no se den exactamente los requisitos anteriormente mencionados pero que fuera catalogado como crítico por Jefatura de la Ertzaintza. 2 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Incidente en progreso: Toda aquella situación catalogada como incidente crítico. Se entenderá como incidente en progreso, cuando se encuentre en movimiento, se desconozca exactamente la ubicación de la persona o personas autoras, o se estén generando víctimas. Incidente contenido: Toda aquella situación catalogada como incidente crítico cuando se desarrolle en un espacio físico concreto en el que es improbable el cambio de ubicación y no se estén generando víctimas. Mando Directivo: Ámbito de decisión de mayor nivel, responsable de gestionar la crisis y definir los objetivos. A efectos de esta Orden el Mando Directivo lo ejercerá la Mesa de Crisis Policial. Mando Táctico: Responsable de determinar cómo se llevan a cabo las decisiones transmitidas por el mando Directivo. Integra las acciones de su Unidad dentro del conjunto de acciones de otras Unidades que interactúan en el incidente. Aplica protocolos de actuación. Para la toma de decisiones se asesora de las o los Mandos Operativos. Mando Operativo: Responsable de ejecutar las distintas tareas que le sean encomendadas por el Mando Táctico. Jefa o Jefe Provisional del incidente: responsabilidad que será llevada a cabo por el Jefe o Jefa de Patrullas o, en su defecto, el o la ertzaina de mayor graduación que se encuentre en el lugar. Tiene la responsabilidad de recopilar toda la información para transmitirla al Mando Directivo y recoger las instrucciones de la misma. Coordinará a todas las unidades implicadas en el lugar. Jefe o Jefa de Incidente: Jefe o Jefa de Unidad o miembro de la Jefatura de la Unidad en cuya demarcación se haya producido el incidente. Coordinará a los mandos tácticos del mismo. Para ello relevará al Jefe o la Jefa Provisional del Incidente y asumirá la dirección del Puesto de Mando Avanzado (PMA). Puesto de Mando Avanzado Policial (P.M.A.P.): Punto de encuentro donde se ejerce el Mando Táctico. Estará dirigido por el Jefe o la Jefa del Incidente y reunirá a las Jefaturas de las Unidades designadas para gestionar el mismo. Puesto de Mando Avanzado de Emergencias (P.M.A.E.): Punto de encuentro donde se ejerce el Mando de los diferentes servicios de emergencias. Estará dirigido por el responsable del Servicio de Intervención dependiente del DAEM (BZ). Equipos de contacto: conjunto de 2,3 o 4 ertzainas que actúan de forma inmediata, buscando activamente e intentando localizar, neutralizar o contener a los autores o autoras del incidente crítico, para impedir que sigan causando víctimas. Equipo de rescate: Conjunto de 2,3 o 4 ertzainas, cuya misión es realizar la evacuación de personas heridas o víctimas potenciales. Equipo de emergencia: Conjunto de ertzainas designado por el Jefe o la Jefa provisional del incidente que se situará lo más cerca posible del foco de la crisis, en condiciones adecuadas de seguridad, a fin de estar en disposición de acometer las acciones que se les encomienden dentro de la zona caliente, principalmente todas aquellas contingencias relacionadas con las personas autoras del incidente o las personas retenidas, hasta la llegada de los equipos de la Unidad de Intervención. Neutralización: Anular la amenaza causando el mínimo daño posible, eliminando la posibilidad de que, quien disponiendo de los medios y la determinación de agredir con ellos, pueda hacerlo. Contención: Acciones realizadas con el objeto de que un incidente crítico no pueda cambiar de ubicación o extenderse a otros lugares. Aislamiento: Conjunto de acciones necesarias para impedir que personas no autorizadas se introduzcan en la zona de riesgo. Zona segura transitoria: Espacio acotado en una zona interior o exterior, utilizado de manera provisional, para introducir y asegurar, a posibles víctimas, hasta que se pueda llevar a cabo una evacuación segura y definitiva, a la zona de recepción de personas evacuadas. 3 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Operación Kaiola: Sistema de cierre de una zona determinada, previamente establecida en planes generales por las Ertzain-etxeas y Jefaturas Territoriales, pudiendo participar varias Ertzain-etxeas y otras unidades. 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 5.1. INFORMACIÓN INICIAL. La identificación rápida y certera de una situación de “incidente crítico”, configura el factor determinante para la resolución exitosa del incidente. Para ello es fundamental la información que se recaba en un primer momento: Número de personas autoras. Lugar en el que se encuentran o dirección a la que se dirigen. Tipo de armas. Vehículos empleados. Personas afectadas: o Número de fallecidas. o Número de heridos. o Número de personas en riesgo. Lugares próximos como posibles objetivos. Consignas o expresiones proferidas por las personas autoras en su caso. Y en supuestos de artefactos explosivos y NRBQ, toda la información contemplada en el protocolo de Ardatz. Cuando una operadora o un operador, reciba comunicación de un incidente que por sus características pueda corresponder con una situación de “incidente crítico”, recabará de la persona comunicante la información pertinente que permita identificar las características señaladas, poniéndola de manera inmediata en conocimiento de su Jefatura de Operaciones y de la Jefatura de Operaciones de la Ertzain-etxea competente. En el supuesto en que una dotación sea requerida en la vía pública en relación a un previsible incidente de este tipo, recabará la información pertinente, transmitiéndola VÍA EMISORA de manera inmediata. La Jefatura de Operaciones de Ardatz/Ertzain-etxea (Bilbao y Donostia-San Sebastián) con la información obtenida establecerá la tipología del incidente. 5.1.1. Determinación de “incidente crítico”. Valoracion por parte de Ardatz/ Ertzain- etxea (Bilbao y Donostia-San Sebastian) Una vez que la Jefatura de Operaciones de Ardatz o de la Ertzain-etxea competente (en los supuestos de las comisarías que tienen operador u operadora propio, Bilbao y Donostia-San Sebastián) haya determinado el incidente como situación de “incidente crítico”, se procederá a la apertura de actuación: Incidente Critico / Gertaera Kritikoa en Zutabe, de tal manera que la respuesta al mismo tendrá prioridad absoluta para todos los servicios. Se observará una estricta disciplina en el uso y modulación por emisora, priorizando las comunicaciones y su gestión en un único canal (prevaleciendo el canal que estén usando los primeros recursos que hayan llegado al lugar) al que se habilitarán los recursos de apoyo de otras Unidades y/o Divisiones. 4 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Coordinación desde Ardatz Territorial entre las diversas Divisiones, gestionando la movilización de las Unidades necesarias (Intervención, Vigilancia y Rescate, Explosivos, Caninos, Brigada Móvil, etc…), así como los servicios externos requeridos los cuales serán movilizados desde SOS DEIAK en coordinación con Ardatz. Una de las cuestiones fundamentales es la de garantizar mediante una vía expedita la llegada de recursos de apoyo y emergencia. 5.2. LOCALIZACIÓN Y CONFIRMACIÓN POR PARTE DE LOS PRIMEROS RECURSOS 5.2.1. Acercamiento Será necesario acercarse hasta el foco del incidente para verificar los hechos, para ello las y los ertzainas adoptarán las medidas de autoprotección necesarias para conseguir desarrollar la labor encomendada con el mayor grado de seguridad posible. A tal efecto, de forma previa a la llegada al foco del incidente, las y los ertzainas actuantes, se equiparán con las protecciones balísticas y las armas largas disponibles, las cuales deberán portarse en el vehículo. Así mismo, las patrullas no uniformadas que acudieran al incidente deberán haberse equipado con algún elemento que les identifique claramente como ertzainas (chaleco reflectante, gorra, placa emblema…). Las y los agentes actuantes deberán tener en cuenta que ellos pueden ser objetivo de los autores de los hechos. Por lo tanto, el acercamiento al foco del incidente, se realizará de forma sigilosa. A tal efecto se evitará el uso de sirenas y luces desde una distancia prudencial que evite la puesta en alerta de las o los posibles autores. Si las circunstancias lo permiten, los recursos deberán llegar por itinerarios diferentes. Esto facilitará la interceptación de las o los autores si han iniciado la huida y realizar un acordonamiento, si tras la comprobación del incidente, ésto fuera necesario. Realizar la última parte de la aproximación a pie desde una distancia que impida la visión del vehículo policial desde el foco del incidente. Los recursos actuantes comunicarán por emisora su localización física y todo lo que vayan realizando. 5.2.2. Acciones de búsqueda y localización de las personas autoras Habría que distinguir dos escenarios posibles: Que sea un incidente en progreso: Que las o los autores se encuentren en movimiento, se desconozca exactamente la ubicación de los mismos o se estén generando víctimas. Que sea un incidente contenido: Cuando se desarrolle en un espacio físico concreto en el que es improbable el cambio de ubicación y no se estén generando víctimas. Todo incidente identificado como incidente crítico será tratado en primera instancia con las pautas de actuación de incidente en progreso, salvo que la información recogida permita calificarlo como incidente contenido desde el inicio de la actuación. Los primeros recursos en llegar al lugar, tratarán de obtener información entre las personas que huyen del mismo (número de atacantes, vestimenta, dónde se encuentran, armas, etc…), para confirmar o enriquecer lo conocido hasta el momento y trasmitirlo por emisora. Otros factores a considerar serían la presencia de guantes y/o máscaras que pudieran haber sido manipulados por parte de los autores, así como la presencia, en las personas que huyen, de síntomas de asfixia, arcadas que pudieran indicar la presencia de sustancias tóxicas. Además, iniciarán la búsqueda de las personas autoras intentando establecer contacto visual con ellas, hasta donde sean capaces de llegar, con el objetivo de verificar la información y la localización de éstas. 5 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Es necesaria una rápida y coordinada actuación de los recursos, tendente a contener el riesgo en un espacio lo más limitado posible. Se emplearán técnicas policiales de avance rápido en equipos de contacto con autoprotección de 360º (Ver Anexo 2). Según se vayan sumando ertzainas al incidente, se irán formando tantos equipos de contacto como fueran necesarios. Se instará a las posibles víctimas a alejarse de la zona de riesgo o, si esto no fuera posible, a entrar y mantenerse confinadas en lugares más o menos seguros, mediante el cierre y aseguramiento de sus accesos, a fin de impedir la entrada de las personas autoras y mantenerlas fuera de su alcance. En aquellos supuestos en los que se tenga constancia de la existencia de un autor o autores generando víctimas, la atención a las mismas será un objetivo supeditado a la consecución de la neutralización del autor o autores o a la contención del riesgo. Esto es así, dado que cuanto más tiempo se invierta en la consecución de dichos objetivos, la posibilidad de que se generen nuevas víctimas aumenta. La o el Jefe Provisional del incidente, una vez en el lugar, coordinará a las dotaciones que vayan llegando, definiendo el número de equipos de contacto precisos, y coordinando su actuación. 5.3. EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN Y TOMA DE DECISIONES Una vez localizado las o los autores, los y las ertzainas actuantes deben realizar una valoración rápida de la situación, para calibrar sus propias fuerzas y organizar las acciones a realizar. Según el modelo de toma de decisiones de la Ertzaintza (Instrucción 078), los pasos a seguir serían: Tratamiento de la información recogida hasta el momento. Valoración de amenazas y riesgos: número de agresores, número de ertzainas, tipo de armas, posible incremento de número de víctimas, etc. Contemplar la normativa aplicable: normas, procedimientos de actuación, legislación, proporcionalidad de los medios a emplear, etc. Identificar opciones y posibilidades. Actuar y revisar el resultado. Este proceso de toma de decisiones es transversal y dinámico, por lo que deberá ser contemplado desde el inicio hasta la finalización del incidente crítico. La declaración de Misión y Valores de la Ertzaintza, contiene el reconocimiento implícito de la necesidad de tomar riesgos y proteger los derechos humanos. Se trata en definitiva, de asegurar que las decisiones reflejan la obligación de las y los ertzainas de actuar de manera íntegra, respondiendo a las expectativas, que tanto la institución, como las víctimas, las personas involucradas y en general la ciudadanía, tienen sobre la acción policial. 5.4. MANDO Y CONTROL (ÁMBITOS DE DECISIÓN) Un incidente crítico va adquiriendo consistencia y se van involucrando diferentes recursos y Unidades en la medida que se va accediendo a la información. Este tipo de incidentes, requerirá la participación, además de los recursos policiales necesarios, de otro tipo de servicios dependientes de la Dirección de Atención de Emergencias. La dirección del incidente, corresponderá a la Ertzaintza, tal y como se recoge en la Orden vigente de la Consejera de Seguridad sobre las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias. 6 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Este tipo de incidentes se clasificarán en INCIDENTE CRÍTICO EN FASE I O INCIDENTE CRÍTICO EN FASE II. 5.4.1. Incidente crítico en Fase I Comprende las actuaciones de los primeros recursos intervinientes, hasta la llegada al lugar de la Jefatura de la Unidad Titular del incidente y la conformación del Puesto de Mando Avanzado Policial (en adelante P.M.A.P.), momento en que se puede dar por iniciada la Fase II. 5.4.1.a. Dirección de actuación en la Fase I La dirección de un incidente de estas características en esta primera fase la realizará la Jefatura de Operaciones de la Ertzain-etxea donde se haya producido la crisis. Sin embargo, para una dirección eficaz, requerirá de la participación del Jefe o la Jefa Provisional del Incidente. La asunción de esta responsabilidad deberá ser conocida por todos las y los participantes, se comunicará vía emisora y deberá quedar constatada en la actuación Zutabe. 5.4.1.b. Funciones de la Jefatura de Operaciones Asumir el mando del incidente desde la Ertzain-etxea. Seguir el procedimiento para que le sirva de ayuda o consulta. Obtener y transmitir información: deberá obtener del Jefe o la Jefa Provisional del Incidente asignado toda la información necesaria para definir los parámetros de la crisis originada. Así mismo, informará de los detalles del incidente a su Jefatura de Unidad. Supervisar y coordinarse con la Jefatura de Operaciones de Ardatz en la gestión de recursos de apoyo. Coordinarse con la Policía Local a fin de garantizar mediante una vía expedita la llegada de recursos de apoyo y emergencia. Coordinarse con el resto de servicios gestionados por la DAEM. 5.4.1.c. Funciones del Jefe o Jefa Provisional del Incidente Asumir el mando en el lugar de la crisis, informando de ello a los recursos para su conocimiento y dejando constancia en la actuación Zutabe. Obtener información en el lugar: deberá recuperar toda la información obtenida por los primeros recursos actuantes, procurando hacerse una idea certera de la situación. Comunicar la información obtenida: trasladar a la mayor brevedad posible toda la información obtenida vía emisora a la Jefatura de Operaciones. Valorar y coordinar las acciones de emergencia que se deban tomar en función del riesgo que se genere para las posibles víctimas. En base al proceso de toma de decisiones expuesto en el punto 3 del presente procedimiento, procederá a neutralizar la amenaza y/o a contener la crisis. No asumir tareas concretas: es importante para ejercer el mando de manera eficaz, no asumir tareas concretas, que distraigan de su función de dirección y supervisión. Valorar la necesidad de recursos de apoyo: decidir en coordinación con la Jefatura de Operaciones, las necesidades materiales y personales que se puedan requerir en función de las circunstancias. En supuestos de incidente contenido, no contactar verbalmente con las personas causantes del incidente. No será su cometido establecer contacto con la o las personas causantes del incidente crítico, y mucho menos iniciar una negociación. 7 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Sin embargo, si por cualquier circunstancia, dichas personas trataran de ponerse en contacto con los recursos, será el Jefe o la Jefa de Provisional del Incidente, quien designará a la persona que considere adecuada para comunicar con ellas. Ese contacto irá encaminado a calmar la situación, escuchar y a ganar tiempo, no iniciará ninguna negociación, ni contraerá ningún compromiso o promesa. Coordinarse con el resto de servicios gestionados por la DAEM. 5.4.2. Incidente crítico en Fase II Desde que se tiene el conocimiento o la sospecha de la existencia de un incidente crítico, la Jefatura de Unidad titular del incidente, se desplazará de manera inmediata al foco de la crisis al objeto de dirigir las actuaciones “in situ”. Desde ese momento se constituye el Puesto de Mando Avanzado y el componente de mayor graduación de la Jefatura de Unidad pasará a ser el Jefe o Jefa de Incidente (Instrucción 84). 5.4.2.a. Dirección de actuación en la Fase II En un incidente de estas características puede haber diferentes ámbitos de decisión que deben quedar perfectamente delimitados para una resolución eficaz y profesional del mismo. Con referencia a este aspecto se deberá seguir el esquema recogido en la Instrucción 84 del Viceconsejero de Seguridad en la cual se especifican los diferentes ámbitos de decisión (mando directivo, mando táctico y mando operativo) y quienes han de conformarlos. El Jefe o la Jefa de Incidente decidirá y transmitirá en cada momento lo que se debe hacer, asesorándose para ello de las y los mandos tácticos de las Unidades especializadas presentes en el lugar. Una vez que se determine QUÉ hacer, las o los responsables de las Unidades presentes en el lugar decidirán, en el ámbito de sus competencias, COMO desarrollar las funciones asignadas a su Unidad para conseguir los objetivos establecidos por el Jefe o la Jefa de Incidente. 5.4.2.b. Jefa o Jefe de incidente Ejercerá el mando del incidente. Para ello relevará, tanto a la Jefatura de Operaciones, como al Jefe o Jefa Provisional del Incidente. Se debe dar la importancia que merece al relevo. Para ello, deberá efectuar necesariamente las siguientes acciones: Recoger novedades. Requerir la impresión personal del Jefe o Jefa Provisional del Incidente presente en el lugar. Hacerse su propia evaluación de la situación. Asumir el liderazgo del P.M.A.P. Establecer la figura de un enlace que mantenga el contacto permanente con el Responsable del Servicio de Intervención del DAEM (BZ). Mantener informada en todo momento a la Mesa de Crisis Policial. Comunicar a todos los presentes, vía emisora, que a partir de ese momento asume la función de Jefe o Jefa del Incidente, quedando constancia de ello en la actuación Zutabe. 5.5. RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE CRÍTICO 5.5.1. Incidente en progreso Si de la evaluación de la situación se entendiese que el incidente está en progreso, se procederá a efectuar las acciones tendentes a la neutralización de las personas autoras cuando ésta sea factible, o a la contención del riesgo en el menor espacio posible, de manera que se reduzca la posibilidad de que se generen más víctimas. 8 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 5.5.1.a. Neutralización Con los recursos disponibles la prioridad será la búsqueda y neutralización de las personas agresoras. Esto es así debido a que cuanto más tiempo transcurra hasta llegar a la neutralización, las posibilidades de que se produzcan más víctimas crecen exponencialmente. Para ello se formarán tantos equipos de contacto como sea posible (Ver Anexo 2). Si las circunstancias lo permitieran, el Jefe o la Jefa de Incidente coordinará la formación de equipos de rescate para la evacuación de las posibles víctimas. Estos equipos de rescate podrían convertirse en equipos de contacto si, en función de la evolución de los hechos, la Jefa o el Jefe de Incidente así lo dispusiera. Ante una persona autora neutralizada se contemplará la posibilidad de que pudiera ser portadora de algún tipo de explosivo adoptándose aquellas medidas de seguridad necesarias. En aquellos supuestos en que las personas autoras pudieran haber empleado sustancias de tipo NRBQ, éstas precisarán de descontaminación antes de proceder a su traslado, el cual será coordinado por los equipos NBQ de la Ertzaintza. (ver Orden de Servicio 012. Protocolo de actuación de UDE- LIU (explosivos – NRBQ). Las y los ertzainas no abandonarán el lugar sin haber registrado el mismo y sus inmediaciones con el propósito de localizar a posibles víctimas, y autoras o autores escondidos. 5.5.1.b. Contención / Aislamiento Si el objetivo final de la neutralización no es posible, las acciones deberán ir encaminadas a lograr la contención del riesgo en el menor espacio posible, delimitando de esta manera la zona caliente (Ver Anexo 1), a la espera de la llegada de la Unidad de Intervención para que proceda a su neutralización. Otra de las acciones a realizar a continuación o de manera simultánea es la del aislamiento de la zona, que se realizará en función del número de recursos disponibles y siempre con los no comprometidos en los equipos de contacto, emergencia o rescate. Dentro de las labores de aislamiento, se puede contemplar la emisión de mensajes a las personas presentes (a gritos, por megafonía, a través de los medios de comunicación internos...), para que no salgan y se encierren hasta que se localice a las personas autoras. 5.5.1.c. Atención a las víctimas La atención a las víctimas es un objetivo supeditado a la consecución de la neutralización de los o las autoras. Esto es así, dado que cuanto más tiempo se invierta en la consecución de dichos objetivos, la posibilidad de que se generen nuevas víctimas aumenta. Si el foco de riesgo se encuentra alejado y se dispone de recursos suficientes, se podrían iniciar labores de rescate, siempre y cuando no se comprometan los recursos asignados a los equipos de contacto o de emergencia, en su caso. Para efectuar estas acciones, se crearán equipos de rescate (Ver Anexo 2). El equipo o equipos de rescate se ocupan de la evacuación de las víctimas y de vaciar las dependencias dónde se hayan alojado las personas heridas y las personas refugiadas en la Zona Segura Transitoria. Esta tarea estará coordinada y supervisada por el enlace entre el PMAP y el PMAE. Si hubiera nueva agresión durante la evacuación, el Jefe de Incidente determinará el paso a la fase de localización. 9 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 También conviene establecer zonas de recepción de personas evacuadas (Anexo 1), dónde se puedan realizar las primeras identificaciones y atención de heridos. Ninguna persona, abandonará la zona de recepción de personas evacuadas sin haber sido entrevistada, registrada e identificada. Es posible que además se deban establecer hospitales de campaña. Los traslados de personas heridas o afectadas, cuando han sido víctimas de cualquier incidente donde se hayan empleado sustancias de tipo NRBQ precisarán de descontaminación antes de proceder a su traslado que será coordinada por los equipos NBQ de la Ertzaintza. (Ver Orden de Servicio 012. Protocolo de actuación de UDE-LIU (explosivos – NRBQ). 5.5.2. Incidente contenido Tanto para los supuestos en los que se ha llegado al incidente contenido por la evolución de los hechos desde un incidente en progreso, como para aquellos en los que los primeros recursos en llegar ya dispongan de información que permita clasificar al incidente como “contenido”, el Jefe o Jefa Provisional del Incidente deberá asegurar los diferentes perímetros de seguridad aplicando los conceptos descritos en el anexo 1 “Establecimiento de zonas y cordones”. 5.5.2.a. Fase I Una de las tareas más importantes de esta fase es conseguir que el incidente crítico no se agrave. Para ello, es imprescindible realizar una buena contención y aislamiento de la zona. Para esta tarea es importante contar con efectivos suficientes. Sin embargo, no siempre se dispone de los efectivos necesarios, por lo que habrá que aprovechar las características orográficas del lugar, e ir implicando a más recursos en la medida en que vayan llegando los refuerzos. También se puede requerir la participación de la Policía Local. Las acciones a realizar son: Acordonar: Para realizar con eficacia la contención y aislamiento es imprescindible establecer un cordón primario de seguridad y, en función del número de recursos disponibles, otro secundario, creando entre ambos una zona provisional de seguridad (Ver Anexo 1). Desalojar o confinar: Valorar la conveniencia de realizar desalojos en las zonas cercanas al foco de la crisis o confinamiento en lugares seguros mediante desalojo de balcones y ventanas, cierre de persianas, etc. En una actuación de alto riesgo como ésta, se deben tener previstas una serie de acciones antes de que se produzcan, y para ello es necesario tener preparado personal para cuando surjan. Con este fin se conformará el Equipo de Emergencia, que se situará lo más cerca posible del foco de la crisis, en condiciones adecuadas de seguridad. Las funciones asignadas a este equipo son: Recibir e identificar a todas las personas que salgan de la zona caliente Retirar a terceras personas que puedan aparecer en la zona caliente Efectuar las detenciones en caso de que las o los autores decidan entregarse Efectuar acciones de emergencia en caso de peligro cierto, inminente y verificado para las o los retenidos. Se entiende por acciones de emergencia todas aquellas que no se puedan demorar hasta la llegada de la Unidad de Intervención (huida de las o los autores, peligro inminente para la vida de las o los rehenes o inocentes retenidos,… etc.). 10 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 5.5.2.b. Fase II Se inicia con la llegada del Jefe o Jefa de Incidente al lugar y realizado el relevo en el mando a la Jefatura de Operaciones y al Jefe o Jefa Provisional del Incidente. Una vez establecido el P.M.A.P. y asumida la responsabilidad por parte de la persona indicada, se establecerán los siguientes equipos de trabajo: Jefatura de Operaciones Permanecerá en la Unidad para seguir gestionando el servicio ordinario de la Unidad y se mantendrá en contacto permanente tanto con el Jefe o Jefa del Incidente como con la Jefatura de Patrullas o Mando responsable, atendiendo las demandas materiales y personales que se generen en la gestión del incidente. Una de sus principales funciones será la de tratar de mantener expedita una vía de llegada y salida para los recursos actuantes. Jefe o Jefa Provisional del Incidente Una vez efectuado el relevo en el mando y asumido éste por parte del Jefe o Jefa del Incidente, quedará al cargo del Centro de Recepción de Recursos (C.R.R. Ver Anexo 1) y de las tareas de coordinación de todos los equipos que participen en la zona de crisis. Para ello ejercerá las siguientes funciones: Supervisar y adecuar los cordones realizados. Conformar las zonas de seguridad. Supervisar el traslado a las o los testigos a los equipos de Investigación. Determinar los lugares de acceso, aparcamiento y salida para los equipos de emergencia. Informar al Jefe o Jefa del Incidente de cuantas novedades vayan ocurriendo. UDE-LIU En ambiente NBQ la delimitación de las zonas está siempre condicionada por el elemento contaminante empleado y fundamentalmente la velocidad y dirección del viento, con lo que la unidad NBQ, en estos supuestos, es la cualificada para proceder al establecimiento de las definiciones zonales en virtud a sus conocimientos y a la tecnología que poseen, asesorando al Jefe o Jefa del Incidente en la delimitación de las mismas. Debemos considerar también que en el supuesto de agresión con sustancias NBQ todas las actuaciones relativas a la “Inspección ocular” tendrán que ser correctamente planteadas dada la naturaleza de los productos y/o microorganismos que pueden emplearse en estas acciones y su nula percepción por los sentidos. Unidad de Intervención Desde su llegada al incidente se hará cargo de todas las acciones próximas a la zona caliente que se deban realizar con los autores del mismo, excepto las referidas a la negociación que serán responsabilidad del equipo de negociación con el que se coordinará, hasta conseguir la resolución de la misma. Las funciones de la Unidad de Intervención serán: En su caso reforzar el aseguramiento de la zona caliente (Anexo 1). Apoyar cualquier operación de suministro, entrega de rehenes, colocación de medios de investigación, …etc. 11 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Apoyar al equipo de negociación en aquellas tareas de cobertura y seguridad en el acercamiento al foco de la crisis y durante la negociación. Facilitar, en caso necesario, el material especial que se precise para su protección, así como cualquier otra necesidad operativa que se requiera. Recabar la información que le permita su situación avanzada, para ser transmitida al Jefe o Jefa del Incidente Recepcionar a rehenes y personas autoras del incidente que pudieran salir de la zona caliente, verificando su condición, antes de entregarlos al personal de custodia. Asumir las funciones de negociación cuando sea necesario (Orden de Servicio 015 modelo de negociación en la Ertzaintza). En caso de que se decida una resolución por la vía de la fuerza, realizar el asalto, liberar a las y los rehenes, si los hubiera, y detener a las personas captoras. Unidad de Brigada Móvil Realizar el aseguramiento de la zona caliente (Anexo 1) o, en su caso, apoyar a la Unidad de Intervención en esa función. En aquellos supuestos en los que aún no hubiera llegado la Unidad de Intervención, conformarían el equipo de emergencia. Apoyarán a los recursos de Protección Ciudadana en funciones de contención y aislamiento con la realización de acordonamientos. En caso de que hubiera víctimas, conformarían equipos de rescate. Equipo de Negociación En un incidente contenido, deberá intervenir el Equipo de Negociación de la Sección Central de Investigación Criminal y Policía Judicial. Desde su llegada al incidente se hará cargo de todas las actuaciones tendentes a la negociación que se deban realizar con las o los autores, con la finalidad de conseguir, si es posible, una resolución pacífica del mismo: Demandará la obtención de la información y de medios técnicos necesarios para la realización de su cometido. Trasladará los avances en la negociación y las peticiones del o los autores al P.M.A. Servicio de Apoyo Técnico (S.A.T.) En caso de necesidad o requerimiento de los equipos actuantes en la situación de crisis, el S.A.T. facilitará los medios técnicos, así como su instalación si es necesaria, que se precisen para una gestión adecuada de la crisis, tales como teléfonos móviles con sistema de grabación, detectores de movimiento, diferentes tipos de visores, videovigilancia, obtención de imágenes de circuitos de seguridad, etc. Protección Ciudadana Los equipos de Protección Ciudadana, con el apoyo de Brigada Móvil, se encargarán de establecer los acordonamientos y las zonas de trabajo necesarias para la gestión de un incidente crítico contenido. Su tarea facilita el trabajo de todos los servicios participantes en el incidente (centro de recepción de recursos, zona de recepción de personas evacuadas y zona de recepción de personas detenidas). 12 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Equipo de Investigación de la Sección Central de Investigación Criminal y Policía Judicial/ Territorial La función de este equipo es realizar cuantas tareas de investigación sean necesarias o se requieran para la resolución del incidente. Su configuración dependerá de la tipología y causa del incidente crítico. Estas funciones, entre otras, serán: Aportar información respecto al autor o autores. Realizar entrevistas a las o los testigos. Identificación, entrevistas y aislamiento de las o los rehenes, en el supuesto de que se produzca la salida de éstos. Mantener los contactos que se estimen oportunos con otros cuerpos policiales, con la judicatura, etc. Realizar el atestado con todas sus diligencias. Unidad de Helicópteros Se valorará la movilización de helicópteros o drones de la Unidad de Vigilancia y Rescate, siempre que las condiciones atmosféricas lo permitan, para realizar un control aéreo de la zona de crisis e inmediaciones, pudiendo efectuar traslados de emergencia, así como el traslado de diferentes equipos de trabajo. Gabinete de Prensa La prensa juega una labor importante en este tipo de operativos, pudiendo servir de ayuda o dificultar gravemente la resolución del incidente (por ejemplo, mediante la transmisión de imágenes a los autores). Por eso es importante contar con la participación de ertzainas adscritos al Gabinete de Prensa en estos dispositivos, de manera que ejerzan de filtro y enlace con los medios de comunicación, estando siempre supeditados a los requerimientos y filtros del Mando Directivo del incidente (Instrucción 084). Logística Con el paso del tiempo, aparecen nuevas necesidades que no son previstas en un principio y que deben tener una respuesta rápida y eficaz (alimentos, agua, intérpretes,… etc.), por lo que es necesario prever la asignación de esta tarea a personal concreto. Otras Unidades especializadas En función de las circunstancias concretas del incidente, se verá la necesidad de requerir la participación de otras unidades como pudiera ser la Policía Científica, la Unidad Canina, Subsuelos… etc. 5.5.2.c. Fin del incidente Un incidente crítico no finaliza con la detención de las o los autores y la liberación, en su caso, de las y los rehenes; quedan multitud de tareas a realizar una vez se hayan efectuado estas acciones. La finalización de un incidente crítico debe realizarse de forma secuenciada y ordenada. Las formas de finalizar el incidente crítico contenido son: 13 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01 ORDEN DE SERVICIO N°. 007 Bis Revisión 01 Huida En caso de que todas las medidas puestas en marcha en el presente procedimiento hayan fallado o no hayan llegado a tiempo, y las personas autoras hayan huido se valorará realizar un cierre de zona, establecido previamente (operación Kaiola). Entrega de las personas autoras Dos supuestos: 1. Entrega Negociada: En los casos en los que el equipo de negociación llegue a conseguir una entrega negociada de las o los autores del incidente, se establecerá con la Unidad de Intervención, las pautas a seguir, intentando respetar lo pactado y a su vez cumplir con las medidas de seguridad que éste estime necesarias. Será el equipo de negociación quien traslade a las o los autores la manera consensuada de proceder a la entrega negociada. 2. Rendición: En el supuesto de que se produzca la rendición antes de la intervención del equipo de negociación, se asegurará a las personas autoras, verificando que estamos ante las o los verdaderos causantes del incidente, y se procederá a efectuar un registro del lugar donde hayan permanecido las o los autores, para verificar que no queda nadie escondido e identificar a todas y todos los presentes, procediendo a continuación al aseguramiento de la escena (en función del tipo de personas autoras y la información recogida, la Jefa o el Jefe de Incidente habrá de valorar la posibilidad de aplicar la Orden de Servicio 0012. Protocolo de actuación con UDE-LIU. Asalto La orden de asalto, fuera de los casos de emergencia, la dará la Mesa de Crisis Policial, si estuviera conformada. En caso contrario, la dará la Jefa o el Jefe del Incidente, atendiendo a las recomendaciones que al efecto traslade el mando táctico de la Jefatura de Unidad de Intervención. Una vez dada la orden de asalto, será el mando táctico de la Jefatura de Unidad de Intervención la que determine el modo de llevarla a cabo. 6. SIMULACROS Con el fin de poder evaluar la eficacia del presente procedimiento, así como las técnicas propuestas en su Anexo 2, se realizará al menos un simulacro al año en el que se propondrá la resolución de situaciones que se ajusten a la definición de “incidente crítico” propuesta en el apartado de definiciones del presente documento. 14 / 14 451 / OS / 007 Bis / Rev. 01

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