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Manual Orientacion Puestos Publicos - 2019.pdf

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2019

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MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Enero 2019 CONTENIDO ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Tabla de Contenido...

MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Enero 2019 CONTENIDO ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Tabla de Contenidos Tabla de contenidos......................................................... 1 Ficha de créditos............................................................... 2 Presentación....................................................................... 3 2.4 Diferentes tipos de autonomía.............................18 Tema 1 Generalidades del estado de derecho 2.6 Instituciones autónomas........................................19 costarricense Tema 3 Normas básicas para la función pública Introducción.......................................................................5 1.1 Elementos del estado................................................5 2.5 El régimen municipal..............................................19 Bibliografía........................................................................19 1.2 Principios del estado de derecho...........................6 Introducción.................................................................... 20 1.3 Fuentes del derecho y su jerarquización..............6 3.1 Ley n° 6227: Ley General de la Administración Pública................................ 20 1.4 El régimen de derechos fundamentales ..............7 1.5 División de poderes...................................................7 1.5.1 Poder Legislativo..................................................8 1.5.2 Poder Ejecutivo...................................................12 1.5.3 Tribunal Supremo de Elecciones....................13 1.5.4 Poder Judicial......................................................14 1.6 La jurisdicción constitucional................................15 Bibliografía....................................................................... 16 Tema 2 La administración pública costarricense Introducción.....................................................................17 2.1 Concepto de administración pública..................17 2.2 Organización de la administración pública.......18 2.3 Diferencias entre desconcentración y descentralización......................................................18 3.2 Ley n° 5525: Ley de Planificación Nacional....... 23 3.3 Ley n° 8131: Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos............................................ 26 3.4 Ley n° 8292: Ley General de Control Interno.... 30 3.5 Ley n° 8422: Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública... 33 3.6 Ley n° 7494: Ley de Contratación Administrativa.......................................................... 36 3.7 Ley n° 8220: Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos.......................................... 38 Bibliografía....................................................................... 39 TABLA DE CONTENIDO Tema 4 el régimen de servicio civil en costa rica Tema 6 Competencias requeridas para directivos públicos Introducción.................................................................... 40 4.1 Concepto.................................................................... 40 4.2 Antecedentes históricos.........................................41 4.3 Promulgación del Régimen de Servicio Civil .. 42 4.4 Principios ................................................................. 42 4.5 Sistema de la Gestión de Recursos Humanos (SIGEREH) ......................................................................... 44 4.6 Vinculación y desvinculación de la función pública.............................................. 45 Bibliografía....................................................................... 47 Introducción.................................................................... 60 6.1 Concepto.................................................................... 60 6.2 Competencias de gestión institucional..............61 6.3 Competencias de gestión de resultados........... 62 6.4 Competencias de gestión de vínculos............... 63 6.5 Competencias de conducción al cambio.......... 65 Bibliografía....................................................................... 66 Tema 7 Elementos generales de administración Tema 5 Ética y valores en la función pública y sus tendencias actuales Introducción.................................................................... 48 7.1 Conceptos básicos................................................... 67 Concepto.......................................................................... 48 7.2 El proceso administrativo...................................... 69 5.1 Funciones de la ética.............................................. 49 7.3 Innovación pública.................................................. 70 5.2 Ética de mínimos y éticas de máximos.............. 49 7.4 Gestión del desempeño......................................... 72 5.3 Ética en la función pública.................................... 51 7.5 Retos para la gestión de recursos humanos según la OCDE................................................................ 73 5.4 Rendición de cuentas............................................. 52 5.5 Cartas iberoamericanas suscritas por el país ante el CLAD............................................ 52 Bibliografía....................................................................... 59 Introducción.................................................................... 67 7.6 Objetivos de desarrollo sostenible......................74 Bibliografía....................................................................... 75 ANEXOS............................................................................ 76 CONTENIDO ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 1 2 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Ficha de créditos MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL Diseño Gráfico: CENTRO DE CAPACITACIÓN Y Juan Pablo Barrientos Jiménez DESARROLLO (CECADES) Elaborado por: Mauricio Rojas Alfaro Profesional del CECADES Revisión y aprobación final del Área: Manual de Orientación para el Ingreso y Ejercicio de Puestos de Dirección Pública por Centro de Capacitación y Desarrollo de la Dirección General de Servicio Civil de Costa Rica posee licencia de uso No Comercial 4.0 Licencia Internacional Sandra María Quirós Álvarez Directora Ejecutiva del CECADES San José, Costa Rica Octubre, 2018 SIGLAS UTILIZADAS AA. PP. Administración Pública CGR Contraloría General de la República de Costa Rica CLAD Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo DGSC Dirección General de Servicio Civil OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OGEREH Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos RSC Régimen de Servicio Civil SIGEREH Sistema de Gestión de Recursos Humanos TSE Tribunal Supremo de Elecciones de Costarica ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 1 3 PRESENTACIÓN PRESENTACiÓN En virtud de lo anterior, el instrumentar y aplicar estrategias de mejoramiento de las competencias La profesionalización de la Administración directivas, constituye un reto y una necesidad Pública depende, en esencia, de la efectiva apremiante a la vez, sobre lo cual ya existe, además, institucionalización de una serie de normas, un compromiso tácito de los gobiernos y jerarcas de instrumentos, esquemas y valores, que permitan los Servicios Civiles de la región Iberoamericana, en la autonomía y la objetividad en el manejo de los términos plasmados en el capítulo quinto de la los asuntos públicos, de modo que éstos no se Carta Iberoamericana de la Función Pública. personalicen ni caigan bajo la influencia o captura Dentro este contexto, el Programa Modular del partidarismo político, o bien, de los intereses “Capacitación para el fortalecimiento de las privados. En el logro de esa profesionalización Competencias Directivas en la Función Pública radica, precisamente el valor del Servicio Civil Costarricense” como institución característica de las democracias pretende direccionar, desde un punto de vista avanzadas. analítico, crítico, interpretativo y comprensivo, Desde esa perspectiva, las personas son propuesto por el CECADES, las acciones de estudio y capacitación necesarias y para profesionalizar la carrera funcionarial de las acción a las instituciones y, consecuentemente, personas con responsabilidades directivas, en las si se pretende mejorar una institución, hay que organizaciones constituidas en convergencia con empezar por las personas; y para ello solo existe los principios del sistema de mérito. Dicho programa un camino efectivo: la educación. Por lo tanto, está conformado por los 4 módulos indicados, a la profesionalización de la Administración y la continuación: quienes le confieren sentido, significado correspondiente instrumentación del Servicio Civil, requiere prioritariamente del perfeccionamiento de la función pública en general y en particular de la directiva. En efecto, de un adecuado direccionamiento de la formación, capacitación y desarrollo de los segmentos directivos de la Administración, depende el éxito en la consecución de la eficiencia administrativa, dentro de aceptables estándares éticos y de transparencia. Módulo 1: Entorno Político-Administrativo y Normativo de la Función Directiva. Módulo 2: Integridad y transparencia desde la Función Directiva. Módulo 3: Competencias claves del liderazgo efectivo para la gestión por resultados. Módulo 4: Marco institucional. referencial del entorno TEMA 1 4 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Acorde con lo indicado, este Manual constituye Servicio Civil, ha desarrollado el presente Manual, una herramienta fundamental para la orientación como una herramienta de consulta de las principales del estudio y aprendizaje de aquellos contenidos materias de la gestión pública, lo cual coadyuvará temáticos medulares acerca de la Función Pública en la ejecución de las tareas en las dependencias Directiva y su entorno normativo y político- administrativas. administrativo. Ello, con el propósito de desarrollar o Además, el Manual facilita el ejercicio del puesto perfeccionar en las personas directivas o por ingresar directivo ya que presenta la información en forma en la función pública directiva, las respectivas esquemática, con lenguaje simple, y a la vez, muestra competencias, visualizadas desde las dimensiones vínculos con sitios web o referencias bibliográficas, del saber, el saber hacer y el saber ser. Para dicho para quien desee consultarlos y profundizar más en propósito, este Manual se desarrolló con énfasis los diferentes contenidos. en el Módulo 1 “Entorno Político-Administrativo y Se espera que este Manual sea un recurso de gran Normativo de la Función Directiva” y en tal sentido, provecho para Jefaturas y Gerentes del Régimen contiene los siguientes temas de estudio: de Servicio Civil, de modo que, les permita contar con material actualizado y de fácil acceso, para el 1. Generalidades del Estado de Derecho Costarricense ejercicio de sus funciones. Finalmente, la DGSC y el CECADES esperan 2. La Administración Pública Costarricense que los esfuerzos y los logros alcanzados hasta 3. Normas básicas para la Función Pública ahora, en materia de fortalecimiento del personal 4. El Régimen de Servicio Civil en Costa Rica directivo, encuentren en este instrumento un 5. Ética y Valores en la Función Pública punto de inflexión que facilite, desde las estrategias 6. Competencias requeridas para los Directivos pedagógicas articuladas con la educación no Públicos 7. Elementos Generales de Administración y sus tendencias actuales formal, el desarrollo de las competencias claves para el desempeño de los puestos directivos en el Régimen de Servicio Civil, con el respectivo efecto en la gestión de las instituciones públicas. Conscientes de la complejidad que conlleva el ejercicio de un puesto directivo, así como de las particularidades existentes en la Administración Pública costarricense, la Dirección General de ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO Tema 1: Generalidades del Estado de Derecho costarricense Contenidos: 1. Elementos del Estado 2. Principios del Estado de Derecho 3. Fuentes del Derecho y su jerarquización 4. El Régimen de Derechos Fundamentales 5. División de Poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, TSE 6. La Jurisdicción Constitucional iNTRODUCCIÓN En este apartado, 1.1 ELEMENTOS DEL ESTADO se presentan algunos conceptos generales sobre el Estado de Derecho, los cuales son fundamentales para el ejercicio de la Población función pública. ESTADO “Persona jurídica de mayor relevancia en el ordenamiento legal de una sociedad y en un territorio dado” (Romero, 2002,p.12) Territorio Soberanía TEMA 1 5 TEMA 1 6 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) 1.2 PRINCIPIOS DEL ESTADO DE DERECHO Sujeción del Estado al bloque de legalidad Separación de poderes públicos Subordinación de la Administración Pública a los Tribunales Respeto a las libertades públicas Reserva de ley: ciertas materias son monopolio del Poder Legislativo 1.3 FUENTES DEL DERECHO Y SU JERARQUIZACIÓN CLASIFICACIÓN Fuentes Escritas Constitución Política Tratados Internacionales Leyes Reglamentos JERARQUIZACIÓN Constitución Política Tratados y convenios internacionales Leyes y actos con valor de ley Decretos Reglamentos Circulares Decretos Fuentes No Escritas Circulares Principios Generales del Derecho Costumbre Jurisprudencia TEMA 1 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA 7 GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO 1.4 EL RÉGIMEN DE DERECHOS FUNDAMENTALES “Son derechos que el poder estatal reconoce y protege, aunque se ejerciten en el ámbito de las relaciones privadas. Todas las libertades se transforman en públicas justamente cuando entran a formar parte del Derecho positivo (…)” (Hernández, 2005, p. 170) TIPOS DE DERECHOS EXISTENTES INDIVIDUALES • Aquellas libertades públicas que corresponden a la persona en cuanto tal, es decir, en cuanto ser individual e instransferible. • Título IV Constitución Política. SOCIALES • 1.5 DIVISIÓN DE PODERES ARTÍCULO 9º- El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí. El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. (Así reformado el párrafo anterior por el artículo único de la ley N° 8364 de 01 de julio de 2003) Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias. Un Tribunal Supremo de Elecciones, con el rango e independencia de los Poderes del Estado, tiene a su cargo en forma exclusiva e independiente la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio, así como las demás funciones que le atribuyen esta Constitución y las leyes. (Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 1° de la ley N° 5704 de 5 de junio de 1975) Derechos que tiene la persona en cuanto forma parte de un grupo social determinado, a fin de asegurar el disfrute de los intereses surgidos en • virtud de su pertenencia a tales grupos sociales. Poderes Título V Constitución Política. independencia total en el ejercicio de POLÍTICOS • Son aquellos que ejercen los ciudadanos en relación con la estructura político-jurídica del Estado. • La característica fundamental de los Título VIII Constitución Política, Caps. I y II estatales es que gozan de sus atribuciones, por lo que no están jurídicamente subordinados a ningún otro órgano estatal. Por ello, sus relaciones con otros Poderes son de colaboración y de respeto recíproco de las funciones atribuidas exclusivamente por el ordenamiento a cada uno de ellos. (Hernández, 2005, p.27) TEMA 1 8 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) 1.5.1 PODER LEGISLATIVO1 Presidente Normado en el Título IX Constitución Política Cargos de elección popular, cada 4 años Integrada por 57 diputados Dos pro secretarios 1) Ser ciudadano en ejercicio; 2) Ser costarricense por nacimiento, o por Vice Presidente Dos secretarios El número de diputados por provincia es proporcional a su población y lo determina el Tribunal Supremo de Elecciones Requisitos para ser Diputado (art. 108 C.P.) Directorio Legislativo Comisiones Permanentes Ordinarias Nombre Fecha de Constitución De Asuntos Agropecuarios 01/05/1948 De Asuntos Económicos 01/05/1948 naturalización con diez años de residencia en el De Asuntos Jurídicos 01/05/1948 país después de haber obtenido la nacionalidad; De Asuntos Sociales 01/05/1948 De Gobierno y Administración 01/05/1948 3) Haber cumplido veintiún años de edad. Organización Comisiones con Potestad Legislativa Plena Nombre Plenario Comisión Plena Fecha de Constitución Plena Primera 09/09/1993 Plena Segunda 09/09/1993 Plena Tercera 09/09/1993 Comisión Permanente Ordinaria Comisión Permanente Especial 1. Para mayor información consultar sitio web de la Asamblea Legislativa en el siguiente enlace: http://www.asamblea.go.cr/SitePages/Inicio.aspx ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO Comisiones Permanentes Especiales Nombre Período Legislativo: 1 de mayo al 30 de abril Fecha de Constitución De Juventud, Niñez y Adolescencia 09/11/1999 De Ambiente 09/11/1999 De Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo 25/02/2008 De Ciencia y Tecnología y Educación 25/05/2010 De Consultas de Constitucionalidad 06/05/1991 De Control de Ingreso y Gasto Público 30/09/1991 De Derechos Humanos 25/05/2010 De Honores 30/10/1964 De La Mujer 09/11/1999 De Nombramientos 09/11/1999 De Redacción 29/10/1961 De Relaciones Internacionales y Comercio Exterior 30/08/1984 De Seguridad y Narcotráfico 25/05/2010 De Turismo 18/05/2006 Libros y Documentos 05/06/1972 4 Legislaturas: Sesiones Ordinarias y Extraordinarias Sesiones Ordinarias: del 01 de mayo al 31 de julio y del 01 de setiembre al 30 de noviembre Sesiones Extraordinarias: Convocadas por el Poder Ejecutivo, con asuntos específicos Quórum para sesionar: 38 diputados ATRIBUCIONES Función Legislativa • Dictar leyes, reformarlas, derogarlas e interpretarlas excepto en materia electoral **(Ver más adelante el proceso de formación de la ley) Control Político • Interpelaciones de los Ministros • Votos de Censura a Ministros • Comisiones de Investigación Función Jurisdiccional • Levantar el fuero de improcedibilidad penal a miembros de los Supremos Poderes • Decretar su suspensión al ser encontrados culpables Dirección Política • Debate sobre el mensaje presidencial del 1 de mayo • Nombramientos de altos funcionarios públicos • Aprobación de tratados y convenios internacionales • Aprobación de contratos administrativos que establecen exenciones de tributos • Aprobación de empréstitos • Autorización de impuestos municipales • Excitativas • Aprobación de Presupuestos Ordinarios y Extraordinarios de la República TEMA 1 9 TEMA 1 10 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) ACTIVIDAD NO LEGISLATIVA DE LA ASAMBLEA • Participar en estados de excepción. • Autorizar el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional y permanencia de naves de guerra en puertos y aeródromos. • Ejercer el derecho de gracia. • Renuncia de los miembros de los Supremos Poderes. • Autorizar al Presidente a salir del país fuera de Centroamérica y Panamá mayor a 10 días. • Pronunciarse sobre incapacidad mental o física de quien ejerza la Presidencia de República. • Resolver recursos de municipalidades e instituciones descentralizadas contra la Contraloría General de la República (CGR) ante la no aprobación del Presupuesto. PROCESO DE FORMACIÓN DE LA LEY Fase Introductoria • Proponer proyectos de ley. • Se presenta ante la Secretaría de la Asamblea o Dirección Ejecutiva Fase Deliberativa • Trámite en Comisión Ordinaria y su discusión en el Plenario. • Publicación en la Gaceta. Fase de Aprobación Fase de Eficacia • Lo aprueba el Plenario. • Se prepara el Decreto Legislativo para la sanción. ÓRGANOS AUXILIARES DEL PODER LEGISLATIVO Asamblea Legislativa Contraloría General de la República Defensoría de los Habitantes • Promulgación y publicación de la ley. ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO Contraloría General de la República2 • Normado por arts. 183 y 184 de la Constitución Política y Ley Orgánica N° 7428. • Defensoría de los Habitantes3 “(…) es el órgano encargado de proteger los Contralor y Subcontralor nombrados por la derechos y los intereses de los habitantes. Asamblea Legislativa por un periodo de 8 años. (…) velará porque el funcionamiento del sector público se ajuste a la moral, la Aprobación de presupuestos justicia, la Constitución Política, las leyes, Municipalidades, instituciones autónomas, empresas públicas y fondos públicos que administran privados. los convenios, los tratados, los pactos Refrendo de contratos promocionar y divulgar los derechos de Es el análisis que se hace a los contratos que las instituciones públicas firman, para verificar que se ajusten a lo que establece la ley. los habitantes.” (Art. 1, Ley 7319) suscritos por el Gobierno y los principios generales del Derecho. Además, deberá Estudios a instituciones públicas Revisión de la ejecución de los presupuestos institucionales y si esta cumple con la ley vigente. Sanciones Autoridades (Defensor y Defensor Adjunto) Nombrados por la Asamblea Legislativa Nombramiento por 4 años Incompatible con cualquier cargo público A personas responsables de cometer actos ilegales en el manejo de fondos públicos. 2. Para más información, consultar sitio web de la Contraloría General, en el vínculo www.cgr.go.cr 3. Para más información, consultar sitio web de la Defensoría de los Habitantes, en el vínculo http://www.dhr.go.cr/ TEMA 1 11 TEMA 1 12 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) 1.5.2 PODER EJECUTIVO b) DEBERES Y ATRIBUCIONES DE QUIEN EJERCE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA • Normado en el Título X Constitución Política • Nombrar y remover a los Ministros de Gobierno. • Ejerce la función política y administrativa del • Representar al país en actos oficiales. • Ejercer el mando de la fuerza pública. • Presentar a la Asamblea Legislativa el 1° de mayo Estado a) PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES un informe de rendición de cuentas sobre la Requisitos: 1) Costarricense por nacimiento y ciudadano en ejercicio. 2) Ser del estado seglar. 3) Mayor a 30 años. Elección directa el primer domingo de febrero, del año en que correspondan las elecciones (cada 4 años) gestión. • Informar de previo, a la Asamblea Legislativa, los motivos de los viajes al exterior. c) ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO (PRESIDENTE + MINISTRO RESPECTIVO) De naturaleza política, Administrativas, Dirección política, de carácter normativo, Político-Internacionales, Financieras Presidente y Vicepresidentes toman posesión el 8 de mayo Se juramentan ante la Asamblea Legislativa La elección es con el 40% de los votos válidos emitidos Si no se alcanza dicho porcentaje se acude a segunda ronda, el primer domingo de abril. Naturaleza Política • Iniciativa en la formación de la ley. • Convocatoria a sesiones extraordinarias. • Sanción y promulgación de la ley. Dirección Política • Potestad de planificación. • Elaboración del Plan Nacional de Desarrollo. • Emisión de directrices. Político-Internacionales • Conducción de la política internacional. • Negociación, celebración y firma de tratados y convenios internacionales. • Otorgar y denegar asilo político. ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 1 GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO Administrativas • Ejercicio del poder de policía • Ejecutar leyes y sentencias • Prestación material de funciones a cargo del Estado e) CONSEJO DE GOBIERNO Formado por Presidente de la República y la totalidad de sus Ministros. Ejerce las siguientes funciones: Carácter normativo Solicitar a la Asamblea Legislativa la declaratoria del estado de defensa nacional • Emisión de decretos y reglamentos Ejercer el derecho de gracia Financieras • Elaboración del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República • Recaudación de tributos y fijación de tarifas Nombrar y remover a Diplomáticos de la República Nombrar a los directores de las instituciones autónomas Resolver los asuntos que le remita el Presidente d) MINISTROS Requisitos: 1) Ciudadano en ejercicio. 2) Costarricense por nacimiento o naturalización con 10 años de residencia. 1.5.3 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES4 Normado en Título VIII, capítulo III (arts. 99-104 de la Constitución Política. 3) Del estado seglar. 4) Haber cumplido 25 años. Incompatibilidad con el ejercicio de otro cargo Integración 3 Magistrados Propietarios 6 Magistrados Suplentes público, excepto con leyes especiales que les recarguen funciones. Presentar a la Asamblea Legislativa una memoria de los asuntos de su Ministerio en los primeros 15 días del mes de mayo. Elegidos por la Corte Suprema de Justicia Mismos requisitos que los Magistrados de la Corte Vigencia del nombramiento: 6 años 4. Para mayor información, consultar sitio web del Tribunal Supremo de Elecciones en el link http://www.tse.go.cr/ 13 TEMA 1 14 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Funciones • Convocar a elecciones populares • Nombrar a los miembros de Juntas Electorales • Interpretar las disposiciones legales en materia electoral • Conocer de las resoluciones apelables que dicten 1.5.4 PODER jUDICIAL5 Normado en el Título XI de la Constitución Política • Ejercido por la Corte Suprema de Justicia y demás tribunales. • Corte Suprema de Justicia es el máximo órgano del Poder Judicial el Registro Civil y Juntas Electorales • Investigar toda denuncia formulada sobre parcialidad política de los servidores del Estado • Conocer de causas civiles, penales, comerciales, de en el ejercicio de sus cargos trabajo y contencioso - administrativas, así como Vigilar la efectividad de la garantía de libertad de las otras que establezca la ley, resolver sobre política durante las elecciones ellas y ejecutar las resoluciones que pronuncie • Realizar el escrutinio de los votos • Efectuar la declaratoria del resultado de las elecciones • FUNCIONES Integrada por Magistrados Organizar, fiscalizar, escrutar y declarar los procesos de referéndum Registro Civil Órgano auxiliar del Tribunal Supremo de Elecciones Elegidos por la Asamblea Legislativa, por 8 años Requisitos para ser Magistrado (art. 159 C.P.) 1) Costarricense por nacimiento o naturalización con 10 años de residir en el país. 2) Ciudadano en ejercicio. Funciones 3) Del estado seglar. • Formar las listas de electores. 4) Mayor de 35 años. • Expedir cédulas de identidad. 5) Ser abogado y haber ejercido la profesión • Resolver solicitudes para adquirir y recuperar la ciudadanía. durante 10 años por lo menos. El ejercer como Magistrado es incompatible con ser funcionario de los otros Supremos Poderes. 5. Para mayor información consultar sitio web del Poder Judicial en el siguiente vínculo http://www.poder-judicial.go.cr/principal/ ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 1 GENERALIDADES DEL ESTADO DE DERECHO 1.6 LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL 6 Hábeas Corpus ¿Qué Protege? Este recurso garantiza la libertad “(…) Cuyo objeto es garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales y del Derecho Internacional o Comunitario vigente en la República, su uniforme interpretación y aplicación, así como los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución o en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en Costa Rica” Art. 1, Ley N° 7135 e integridad de la persona humana, las que protege de ser perturbadas o de sufrir restricciones ilegítimas por actos y omisiones que cometa la autoridad, detenciones e incomunicaciones ilegales. Además, resguarda la libertad de tránsito. ¿Contra quién se presenta? Se presenta contra toda autoridad que amenace o prive ilegítimamente la libertad e integridad de una persona. También contra sujetos privados. Regulada por la Sala IV Recursos que tramita la Sala IV En resumen resguarda: • La libertad, la integridad física, la libertad de tránsito, la libre permanencia, la salida e Hábeas Corpus ingreso al territorio nacional. Amparo Acción de Inconstitucionalidad Consulta Judicial Consulta de Constitucionalidad Conflicto Constitucional Amparo ¿Qué Protege? El recurso de Amparo protege los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la CONSTITUCIÓN internacionales. 6. Para mayor información, consultar sitio web de la Sala Constitucional en el vínculo https://www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional/index.php/pages/about-us# POLÍTICA e instrumentos 15 TEMA 1 16 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) ¿Contra quién se presenta? Se dirige contra Consulta Legislativa de Constitucionalidad el sujeto privado o público, autoridad o institución que aparezca como autora de la violación o amenaza. En el caso eventual que una autoridad y otra actuaran en cumplimiento de órdenes superiores, el amparo se tendrá por establecido contra ambas. Si es desconocida la identidad del funcionario, se dirige contra el superior o jefe. En resumen resguarda: • La vida, el honor, la igualdad, la opinión, Esta consulta faculta a los diputados en número no menor a 10 para solicitar a la Sala Constitucional su opinión previa de los proyectos legislativos a efecto de corroborar que no infringen el Derecho de la Constitución y dispone la obligación de consultar a la Sala en relación con otros proyectos de ley. Conflicto Constitucional pensamiento, información y culto, la libre Estos son los relacionados con los conflictos de asociación, la familia, infancia, el medio competencia o atribuciones constitucionales ambiente, entre muchos más. entre los Poderes del Estado y el Tribunal Acción de Inconstitucionalidad La acción de inconstitucionalidad procede contra las leyes y disposiciones generales que lesionen Supremo de Elecciones, o entre aquellos y la Contraloría General de la República, las entidades descentralizadas, municipalidades y otras personas de Derecho Público. el Derecho de la Constituciòn, o cuando en la formación de Leyes o acuerdos legislativos se viole algún requisito o trámite esencial indicado en la Constitución o establecido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. Bibliografía Hernández, R. (2005). Instituciones de derecho público costarricense. EUNED. 6° reimp. San José, Costa Rica. Consulta Judicial Romero, J. (2002). Derecho Administrativo General. Esta clase de consultas son presentadas por los jueces ante la Sala, para aclarar sus dudas de constitucionalidad sobre una norma o acto que deban aplicar o de un acto, conducta u omisión que deban juzgar. EUNED. 1° reimp. San José, Costa Rica. ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COSTARRICENSE Tema 2: La Administración Pública Costarricense Contenidos: 1. Concepto de Administración Pública 2. Organización 3. Diferencias entre desconcentración y descentralización 4. Diferentes tipos de autonomía 5. El Régimen Municipal 6. Instituciones autónomas y semiautónomas iNTRODUCCIÓN “Existe una Administración Pública, en su unidad y en su totalidad que es el entero Esta sección presenta la conformación de la Administración Pública, misma que se encuentra en constante transformación. Asmismo, se mostrarán conceptos básicos de la gestión administrativa, los cuales facilitarán la comprensión de la dinámica de las estructuras organizativas del Estado costarricense, para el ejercicio de la función pública. 2.1 CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA “La Administración Pública estará constituida por el Estado y los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado.” Art. 1, Ley 6227” Estado-persona; pero también existe una pluralidad de centros de imputación jurídica; titulares todos ellos de relaciones jurídico administrativas. Municipalidades, entidades descentralizadas (…) son administraciones públicas” (Romero, 2002, p.9) TEMA 2 17 TEMA 2 18 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) 2.2 Organización de la Administración Pública Administración Pública 2.3 Diferencias entre Desconcentración y Descentralización Desconcentración Descentralización • Se produce al interior de un ente Centralizada Descentralizada • Es cuando se le otorga una competencia del órgano superior al inferior Ministerios y adscritas Institucional y Territorial Administración Pública Descentralizada - Institucional • Ejemplo: la Imprenta Nacional con el Ministerio de Gobernación y Policía Empresas Públicas Estatales Empresas Públicas No estatales • Es entre órganos diferentes • Otorga personería jurídica para cumplir con la competencia asignada • Ejemplos: CCSS, CONAPE, RACSA, ESPH, PROCOMER Instituciones Autónomas Instituciones Semiautónomas • Sólo opera por medio de norma constitucional o ley 2.4 Diferentes tipos de autonomía Entes Administradores de Fondos Públicos Autonomía Entes públicos no estatales Administración Pública Descentralizada - Territorial Administrativa Política Administrativa Es la capacidad de autoadministrarse, sin injerencias de terceros Política Es la capacidad de autodirigirse políticamente, dentro del marco de su competencia legal Organizativa Capacidad del ente de establecer su organización fundamental 82 Municipalidades 8 Consejos Municipales de Distritos Para conocer con mayor detalle los conceptos referentes a la organización de la Administración Pública, acceder al vínculo http://www.mideplan.go.cr/mideplan/estructuratematica/89-modernizacion/organizacion-del-sectorpublico correspondiente al sitio web del MIDEPLAN, Área de Modernización del Estado. Organizativa ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 2 LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COSTARRICENSE 2.5 El régimen municipal Normado en el Título XII de la Constitución Política así como en el Código Municipal Es la aplicación de la descentralización territorial (82 municipalidades) Modificación a Ley Orgánica o eventual supresión, requiere del voto de la mayoría de los diputados. Síndicos • Las Municipalidades poseen autonomía • Existe transferencia de competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades con recursos respectivos • Instituciones semiautónomas • Creadas por la Asamblea Legislativa • Cuentan con autonomía administrativa • Ejms: CONAI, JUDESUR, ICODER Alcalde Municipal Regidores Modificación a Ley Orgánica o eventual supresión requiere de los votos de 38 diputados. Bibliografía Hernández, R. (2005). Instituciones de derecho público costarricense. EUNED. 6° reimp. San José, Costa La elección del Gobierno Municipal se Rica. efectúa mediante elecciones populares • Las Municipalidades formulan sus presupuestos ordinarios y extraordinarios y los aprueba la Contraloría General de la República Código municipal: Se detallan las atribuciones, organización y funcionamiento de las municipalidades http://www.mideplan.go.cr/mideplan/estructuratematica/89-modernizacion/organizacion-delsector-publico consultado el 26 de octubre de 2017 Romero, J. (2002). Derecho Administrativo General. EUNED. 1° reimp. San José, Costa Rica. 2.6 Instituciones Autónomas http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/ Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx? Instituciones autónomas • Reguladas en arts.188-190 Constitución Política • Cuentan con autonomía administrativa • Ejms: Bancos del Estado, Universidades, INS param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=871&nValor3 =101782&param2=4&strTipM=TC&lResultado=3 3&strSim=simp consultado el 30 de octubre de 2017 19 TEMA 3 20 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Tema 3: Normas básicas para la Función Pública Contenidos: 1. Ley General de la Administración Pública, N°6227 2. Ley de Planificación Nacional, N° 5525 3. Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N°8131 4. Ley de Control Interno, N°8292 5. Ley contra el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N°8422 6. Ley de Contratación Administrativa, N°7494 7. Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, N°8220 iNTRODUCCIÓN 3.1 Ley 6227: Ley general de la Administración Pública El objetivo principal es mostrar los aspectos claves DISPOSICIONES GENERALES de las normas más utilizadas en la Administración Pública, de manera que, sirva como una guía de referencia, en el momento de ocupar un cargo en la función pública. Si bien es cierto, la legislación en Costa Rica es bastante amplia, se presentan las leyes de mayor relevancia y que norman aspectos como manejo de recursos públicos, contratación administrativa, control interno, entre otros. • Conceptos • Derecho público vs Derecho privado • Fuentes del Derecho • Jerarquización de las fuentes • Discrecionalidad • Principios Generales ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 3 NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA Trabajador en Sector Privado PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Trabajador en Sector Público “La Administración Pública actuará sometida al Solamente puede realizar lo que expresamente esté autorizado por alguna normativa (Ley, Reglamento, Decreto, Directriz, entre otras) ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes. Se considerará autorizado el acto regulado Puede realizar todo, excepto lo que esté expresamente prohibido expresamente por norma escrita, al menos en cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma imprecisa.” “Los funcionarios públicos son simples ÓRGANOS DE LA AA. PP. depositarios de la autoridad. Están obligados a Presidente Ministros Poder Ejecutivo Consejo de Gobierno Viceministros cumplir los deberes que la ley les impone y no Órganos colegiados pueden arrogarse facultades no concedidas Presidente Secretario y suplentes en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La Atribuciones y funcionamiento (Ley 6227, art. 11) acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública. La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas”. (Constitución Política, art.11) Competencia • Conflictos Administrativos (en el mismo Ministerio o entre Ministerios) • Conflictos planteados por el interesado • Desconcentración Cambios: -Delegación -Avocación -Sustitución del Acto -Sustitución del titular -Subrogación -Suplencia 21 TEMA 3 22 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Relaciones interorgánicas DIRECCIÓN Art. 99 LGAP: Dos órganos con diferente competencia, pero uno de ellos ordena la actividad, pero no los actos, del otro (…) JERARQUÍA Art.101 LGAP: Habrá relación jerárquica entre superior e inferior cuando ambos desempeñen funciones de la misma naturaleza y la competencia del primero abarque la del segundo por razón del territorio y de la materia. “Artículo 109.1. Cuando no se presente ninguna de las circunstancias enumeradas en los dos artículos anteriores el servidor deberá obedecer aunque el acto del superior sea contrario al ordenamiento por cualquier otro concepto, pero en este último caso deberá consignar y enviar por escrito sus objeciones al jerarca, quien tendrá la obligación de acusar recibo”. Servidor Público “…la persona que presta servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de ésta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva” (Art.111 LGAP). Deber de Obediencia “Artículo 108.- “funcionario público”, “servidor público”, “empleado público”, “encargado de servicio público” y demás similares. 1. Deberá desobedecer el servidor cuando se presente cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Que la orden tenga por objeto la realización de actos evidentemente extraños a la competencia del inferior; y b) Que el acto sea manifiestamente arbitrario, por constituir su ejecución abuso de autoridad o cualquier otro delito. 2. La obediencia en una cualquiera de estas circunstancias producirá responsabilidad personal del funcionario, tanto administrativo como civil, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda caber”. Acto Administrativo Internos Concreto Acuerdo Resoluciones General Decreto Reglamentos Externos Elementos del Acto Administrativo Órgano competente Servidor designado Fin Contenido Motivado Formal ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 3 NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA Título II: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Ejecutividad Significa que el acto administrativo tiene que cumplirse, es obligatorio, exigible (Romero, 2002, p. 128) “1. El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración; con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del Ejecutoriedad administrado, de acuerdo con el ordenamiento Es la capacidad que tiene la propia Administración de poner en práctica, por sus propios medios, el acto administrativo. (Op. cit.) jurídico. 2. Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final”. (Art. 214) Notificación Artículo 140.-El acto administrativo producirá su efecto después de comunicado al administrado, excepto si le concede únicamente derechos, en cuyo caso lo producirá desde que se adopte. Responsabilidad de AA PP Sistema Nacional de Planificación Ministerio de Planificación Nacional y Política y Económica. Nulidad del acto Absoluta 3.2 LEY N° 5525: LEY DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Relativa Disposiciones Generales Conducta Lícita Conducta Ilícita Servidor Público Unidades u oficinas de planificación de Ministerios, instituciones descentralizadas y entidades públicas locales y regionales Consejos Asesores, Comités interinstitucionales, Comisiones Consultivas, entre otras Regulado por: Ley 5525 Decreto 37735-PLAN 23 TEMA 3 24 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Intensificar el crecimiento de la producción y de la productividad del país Promover la mejor distribución del ingreso y de los servicios sociales que presta el Estado Organismos del Sistema Nacional de Planificación Dependerán de las autoridades superiores de cada entidad Propiciar una participación cada vez mayor de los ciudadanos en la solución de los problemas económicos y sociales. Presidencia de la República Establecerá los lineamientos de política general del Plan Nacional de Desarrollo, el cual será sometido a su consideración y aprobación en forma de planes a corto, mediano y largo plazo por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. Reconocer el carácter multiétnico y pluricultural de Costa Rica, con sus necesidades propias y en procura de la no discriminación. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica Tendrá la responsabilidad principal de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo. Para ello implantará las normas de asesoría, información y coordinación que sean necesarias con el resto del Sistema Nacional de Planificación, el cual deberá prestarle toda la cooperación técnica requerida. INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN (Art. 8, Decreto 37735-PLAN) Plan Estratégico Nacional (PEN) Plan Nacional de Desarrollo (PND) Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP) Planes Regionales de Desarrollo (PRD) Planes Nacionales Sectoriales (PNS) Plan Estratégico Institucional (PEI) Planes Operativos Institucionales (POI) Otros planes, políticas, programas y proyectos ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA Plan Nacional de Desarrollo Es el marco orientador de las políticas del Gobierno de la República para un período de cuatro años, elaborado bajo la coordinación de MIDEPLAN con las demás instituciones del SNP y la participación ciudadana, (…) define los objetivos, políticas, metas, los programas y las estrategias para el desarrollo del país, así como las prioridades presupuestarias públicas. (Art. 10, Decreto 37735-PLAN) Planes Estratégicos Institucionales Instrumentos de planificación institucional de mediano o largo plazo, no menor de cinco años, donde se deben concretar las políticas, objetivos y proyectos nacionales, regionales y sectoriales de las instituciones, en congruencia con los instrumentos de planificación de mayor rango. Los PEI deben reflejarse en los POI, así como en los presupuestos institucionales que se emitan durante su vigencia. (Art. 13, Decreto 37735-PLAN) Planes Operativos Institucionales Establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 8131 ARTÍCULO 4.- Sujeción al Plan Nacional de Desarrollo Todo presupuesto público deberá responder a los planes operativos institucionales anuales, de mediano y largo plazo, adoptados por los jerarcas respectivos, así como a los principios presupuestarios generalmente aceptados; además, deberá contener el financiamiento asegurado para el año fiscal correspondiente, conforme a los criterios definidos en la presente Ley. El Plan Nacional de Desarrollo constituirá el marco global que orientará los planes operativos institucionales, según el nivel de autonomía que corresponda de conformidad con las disposiciones legales y constitucionales pertinentes. (Ley 8131) TEMA 3 25 TEMA 3 26 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) 3.3 LEY N° 8131: LEY DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA Y PRESUPUESTOS PÚBLICOS “El régimen económico-financiero comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que facilitan la recaudación de los recursos públicos y su utilización óptima para el cumplimiento de los objetivos estatales, así como los sistemas de control”. (Art. 2, Ley 8131) PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS Universalidad e integridad Gestión Financiera Equilibrio presupuestario Anualidad Programación Especialidad cuantitativa y cualitativa Publicidad CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS Presupuesto público debe responder planes operativos (anuales, mediano y largo plazo) Presupuesto de ingresos: recaudación de tributos, prestación y venta de bienes y servicios, transferencias, donaciones, fuentes de financiamiento (internas y externas). Presupuesto de gastos: egresos para cumplir con objetivos y metas Plan Nacional de Desarrollo Marco global de los POI Programación de actividades y metas esperadas en el periodo Requerimientos de recursos humanos Normas de la ejecución presupuestaria ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA Uso adecuado de recursos financieros AUTORIDAD PRESUPUESTARIA Interno Máximo Jerarca Externo CGR Sistemas de control Lineamientos de política presupuestaria El Ministro de Hacienda o su Viceministro. El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica o un representante. Un Ministro designado por el Presidente de la República. “El Sistema de Administración Financiera del sector público estará conformado por el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados, así como por los entes y órganos participantes en el proceso de planificación, obtención, asignación, utilización, registro, control y evaluación de sus recursos financieros”. (Art. 26, Ley 8131) Ministerio de Hacienda es el Rector Subsistema de Tesorería Subsistema de Crédito Público Sistema de Administración Financiera Subsistema de Presupuesto Sistema Complementario de Administración de Bienes y Contratación Administrativa Subsistema de Contabilidad TEMA 3 27 TEMA 3 28 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Subsistema de Presupuesto Rector: Dirección General de Presupuesto Nacional Subsistema de Tesorería Rector: Tesorería Nacional Comprende principios, las técnicas, los métodos y procedimientos empleados, asi como los órganos participantes en el proceso presupuestario. Órganos participantes, normas y los procedimientos utilizados en la percepción, el seguimiento y control de los recursos financieros del tesoro público y en los pagos de las obligaciones contraídas, así como la administración y custodia de los dineros y valores que se generen. Subsistema de Crédito Público Rector: Dirección General de Crédito Público Subsistema de Contabilidad Rector: Dirección General de Contabilidad Nacional Sistema de Administración de Bienes y Contratación Administrativa Rector: Dirección de Administración de Bienes y Contratación Administrativa Mecanismos y procedimientos utilizados, así como por los organismos que participan en la obtención, el seguimiento y control de los recursos internos y externos originados por la vía del endeudamiento público, de mediano y largo plazo. Conjunto de principios, normas y procedimientos técnicos para recopilar, registrar, procesar y controlar, la información referente a las operaciones del sector público, expresables en términos monetarios, así como por los organismos que participan en este proceso. Conformado por los principios, métodos y procedimientos utilizados y los organismos participantes en el proceso de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios por parte de la Administración Central. **Artículo 110 Ley 8131 Hechos generadores de responsabilidad administrativa (además de civil o penal)** ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA TEMA 3 NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA El conocimiento del proceso presupuestario Competencia de los Cuerpos Directivos y de las dependencias Financieras de las instituciones. Responsabilidad en dos vías: • Adecuada gestión de recursos públicos • Cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo (PND), Planes Estratégicos u Operativos Proceso Presupuestario y sus Etapas 1. PROGAMACIÓN Proceso mediante el cual las entidades elaboran su programación presupuestaria, física y financiera, con el fin de atender las prioridades del gobierno. 1.FORMULACIÓN Proceso mediante el cual con base en la estimación de los ingresos que recibe el Gobierno y con el anteproyecto del presupuesto que presentan las entidades, la DGPN realiza un análisis y elabora el proyecto de ley de presupuesto del próximo año, que presenta a la Asamblea Legislativa. 1 Programación y Formulación 2 Discusión y Aprobación 4 Seguimiento y Evaluación 3 Ejecución y Control 2. DISCUSIÓN Y APROBACIÓN Proceso de análisis, discusión y aprobación del Proyecto de Ley de Presupuesto en la Asamblea Legislativa. 3. EJECUCIÓN Y CONTROL Proceso mediante el cual las entidades ejecutan los recursos para cumplir con la progamación presupuestaria. 4. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Proceso de rendición de cuentas de las entidades sobre el cumplimiento de la programación presupuestaria con respecto a los recursos ejecutados y el beneficio que se generó a la población. 29 TEMA 3 30 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) Servicio de la deuda pública Gobierno Central Poder Ejecutivo Poder Legislativo y sus órganos auxiliares (CGR y Defensoría) Poder Judicial TSE Regímenes de pensiones Destinos de los recursos del Presupuesto Nacional Partidas específicas para Municipalidades Transferencias a entidades que ejecutan programas sociales y proyectos de infraestructura en el PND Ver sitio web de la Dirección General de Presupuesto Nacional para mayor información: https://www.hacienda.go.cr/contenido/12487-presupuesto-nacional-de-la-republica 3.4 Ley N°8292: LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO “Esta Ley establece los criterios mínimos que deberán observar la Contraloría General de la República y los entes u órganos sujetos a su fiscalización, en el establecimiento, funcionamiento, mantenimiento, perfeccionamiento y evaluación de sus sistemas de control interno”. (Art. 1) Jerarca superior jerárquico del órgano o del ente; ejerce la máxima autoridad dentro del órgano o ente, unipersonal o colegiado. Titular funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para subordinado ordenar y tomar decisiones. Ambiente de control conjunto de factores del ambiente organizacional que deben establecer y mantener el jerarca, los titulares subordinados y demás funcionarios, para permitir el desarrollo de una actitud positiva y de apoyo para el control interno y para una administración escrupulosa. Valoración del riesgo identificación y análisis de los riesgos que enfrenta la institución, tanto de fuentes internas como externas relevantes para la consecución de los objetivos. Actividades de control políticas y procedimientos que permiten obtener la seguridad de que se llevan a cabo las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, por los jerarcas y los titulares subordinados para la consecución de los objetivos del sistema de control interno. ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA NORMAS BÁSICAS PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA Contraloría General de la República (CGR) Dicta la normativa para el funcionamiento del Sistema de Control Interno TEMA 3 31 Acatamiento obligatorio “La Contraloría General de la República, la administración y las auditorías internas, guardarán confidencialidad respecto de la identidad de los ciudadanos que presenten denuncias ante sus oficinas. (…)” (Art. 6, Ley 8292) Sistema de Control Interno Órganos: Administración activa y la Auditoría Interna Ambiente de Control Obligatorio Acciones ejecutadas por la administración activa para: • Proteger y conservar patrimonio público. • Exigir confiabilidad y oportunidad de la información. • Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones. • Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico. • Integridad, valores éticos. • Estilo de gestión orientado al logro de resultados y medición de desempeño. Valoración de riesgo • Funcionamiento de la estructura organizativa. • Relaciones de jerarquía, responsabilidad. • Gestión de recursos humanos. • Analizar riesgos para el logro de objetivos y metas institucionales (POI, mediano y largo plazo). • Efecto de los riesgos y toma de medidas. • Mecanismos para minimizar riesgos. TEMA 3 32 ENTORNO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO Y NORMATIVO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA MANUAL DE ORIENTACIÓN PARA EL INGRESO Y EJERCICIO DE PUESTOS DE DIRECCIÓN PÚBLICA (Versión 1) • Actividades de Control Documentar, actualizar y divulgar políticas, normas y procedimientos de control: • Funcionarios que autorizan operaciones • Conservación de activos institucionales • Documentos y registros de transacciones • Conciliación de registros • Controles a sistemas de información Sistemas de información para tener una gestión documental institucional SEVRI (Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional) Auditoría Interna Identifica nivel de riesgo Adopta métodos para administrarlo • Se crea para validar y mejorar las operaciones de la entidad • Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales • Evalúa y mejora la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley *Artículo 22 Competencias Informes de Auditoría Interna Debe existir una en cada institución Auditor y Subauditor Interno dependen del máximo Jerarca • Vers

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