Constitución Española (PDF)

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Este documento presenta extractos de la Constitución Española, enfocándose en los derechos y deberes fundamentales, así como en aspectos financieros, como la estabilidad presupuestaria. Se incluyen artículos específicos y leyes relacionadas con el tema.

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TÍTULO PRIMERO. De los Derechos y Deberes Fundamentales CAPÍTULO II. DERECHOS Y LIBERTADES SECCIÓN 2.ª. De los derechos y deberes de los CONSTITUCIÓN/78 ciudadanos...

TÍTULO PRIMERO. De los Derechos y Deberes Fundamentales CAPÍTULO II. DERECHOS Y LIBERTADES SECCIÓN 2.ª. De los derechos y deberes de los CONSTITUCIÓN/78 ciudadanos Artículo 31 TÍTULO VII. Economía y Hacienda Artículo 134 Artículo 135 ART. 31 CE/78: 1.- Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. 2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. 3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley. 18 1.- Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación. ART. 134 C/78 2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado. 3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior. 4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos. 5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario. 6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación. 7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea. 19 Artículo 135 CE/78 1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria. 2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario. 3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito. LO 3/2006 DE 26 DE MAYO, QUE REFORMA LA LO 5/2001 DE 13 DE DICIEMBRE GENERAL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA LEY ORGÁNICA 2/2012 de 27 de abril de ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA 20

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