Evolución Histórica del Derecho - PDF
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Este documento analiza la evolución histórica del derecho y las diferentes formas de resolver conflictos. Examina distintas etapas, desde la antigua hasta la contemporánea, destacando conceptos clave como el conflicto, las formas de solución, y la autotutela.
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EL DERECHO: La actuación del Derecho, evolución histórica y formas de solución de Conflictos: Evolución histórica: Correcta solución del conflicto: D° Antiguo: Conflicto: La coexistencia de una pretensión y...
EL DERECHO: La actuación del Derecho, evolución histórica y formas de solución de Conflictos: Evolución histórica: Correcta solución del conflicto: D° Antiguo: Conflicto: La coexistencia de una pretensión y una resistencia de la misma. Código de Hammurabi (1750 a.C.) Derecho Romano. Litigio: Simple afirmación, en el plano jurídico del proceso de la existencia de un conflicto en Edad Media: la realidad social, aun cuando este hecho. D° canónico. Controversia: La efectiva discusión operada Feudalismo. en un proceso respecto del litigio que lo Edad moderna: origina. Código Napoleónico. La acción (demandante) se puede contradecir D° Natural. (demandando), así generando por efecto una Revolución Francesa Tutela Jurisdiccional Efectiva con la Edad contemporánea: intervención de Órgano Jurisdiccional correspondiente. D° Internacional. DD.HH FORMAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: D° Constitucional. Dos vías o alternativas: La actuación del D° Por los interesados (Forma directa o indirecta). Causa de un proceso: Conflicto de intereses Por acto de un tercero (autoridad legal entre dos posturas distintas relacionadas a in o convencional). mismo tema. Clasificación: Conflicto Proviene del latín conflictus (quiere decir, chocar, afligir, infligir) lo que AUTOTUTELA O AUTODEFENSA conlleva a una confrontación, implica lucha, pelea, combate. Es una solución unilateral, excepcional y directa. La parte “afectada” no acepta el Conflicto: Coexiste pretensión y resistencia. sacrificio de su propio interés y emplea el uso de la fuerza, que ni la intervención del Estado EXISTE UN TRATAR DE (proceso) no es suficiente. El uso de autodefensa es para “consumar” el daño PROBLEMA + RESOLVER = JURISDICCIÓN inferido. (era común en sociedades primitiva). EL PROBLEMA AUTOCOMPOSICIÓN Medio que puede presentarse de forma unilateral o bilateralmente, como también se puede operar de forma directa (por los impone una solución. No obstante, puede interesados) o indirecta (con la ayuda de una brindar propuestas de solución, como también persona ajena a los interesados). asume la dirección de las proposiciones que se manifiesta, las partes pueden rechazar o Llega a ser el medio más civiliza para la aceptar las propuestas ofrecidas por el solución de los conflictos, en dónde las conciliador y solo se resuelve con la voluntad propias partes ponen fin al conflicto de las partes. intersubjetivo, pero sin imponer la fuerza a través de un acuerdo de voluntades. HETEROCOMPOSICIÓN: DIRECTA: Un tercero ajeno al conflicto interviene para resolverlo. Se especifica que el tercero no Desistimiento: Cuando el trata de establecer propuestas conciliatorias o pretendiente/pretensor renuncia de forma acercamientos; la solución que adopta el unilateral al total de lo que pide, es voluntaria tercero ya IMPONE a la voluntad de las de renunciar o abandonar su pretensión. partes. Allanamiento: Cuando el resistente renuncia CARACTERÍSTICAS: de forma unilateral al total de su resistencia, en efecto acataría la pretensión manifestada Tiene una relación triangular. en su contra por el pretendiente (así El tercero que interviene es en virtud de otorgando lo pretendido). su autoridad. Transacción: Ambas partes (pretendiente y Las partes buscan una solución resistente) renuncian de forma simultánea, definitiva para poner fin su conflicto. reciproca y bilateral a sus posiciones, en PÚBLICA (Proceso Judicial): Un juez o donde la perdida de uno compensa al otro (win tribunal competente emite una resolución to win). conforme al derecho aplicable (jurisdicción). INDIRECTA: Tiene que ser un funcionario público en representación del Estado. Las partes del Es necesario la intervención de un tercero, en conflicto ofrece sus “posturas” y el tercero dónde este último va a brindar de un ambiente toma una decisión a través de una “sentencia”, adecuado para la solución de un conflicto. siempre respetando los principios procesales Puede ofrecer propuestas para la solución, (especialmente al principio de congruencia). siempre y cuando sea a base de las voluntades de las partes. La sentencia debe de ser cumplida; además de que entra en una ejecución forzosa y se Mediación: Un mediador facilita la impone a la voluntad de las partes. comunicación y negociación entre las partes PRIVADA (ARBITRAJE): Un árbitro o panel de para alcanzar un acuerdo. El mediador (tercero) solo se limita en dar un consejo, árbitros emite una decisión vinculante para las como también hace notar los inconvenientes partes. Este tercero es a PEDIDO de las partes, y la decisión de aquel se manifiesta en del litigio. NO BRINDA propuestas de un laudo arbitral que resuelve el conflicto de solución, si en caso se presenta medios intereses. directos de solución de conflictos (transacción, desistimiento o allanamiento), el El laudo arbitral tiene que ser cumplida de las tercero deberá de realizar actividades para partes, pero NO tiene ejecución forzosa; que por sí mismos la solución del conflicto. también es vinculante para las partes y su fundamento es el convenio arbitral. Conciliación: El conciliador (tercero) ayuda a las partes a llegar a un acuerdo, pero no