El Proyecto Nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria PDF
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UNAJ
2020
Aritz Recalde
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Summary
This article analyzes the context of the implementation of free university education in Argentina in 1949. It discusses the political, economic, and social factors that led to this measure, relating it to broader nationalistic and social goals. The study includes the perspectives of reformist groups.
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“El Proyecto Nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria” Dr. Aritz Recalde Resumen: Con el Decreto 29.337 del 22 de noviembre de 1949 se sancionó la gratuidad de la universidad. Anteriormente, la cuestión había sido abordada en el Pr...
“El Proyecto Nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria” Dr. Aritz Recalde Resumen: Con el Decreto 29.337 del 22 de noviembre de 1949 se sancionó la gratuidad de la universidad. Anteriormente, la cuestión había sido abordada en el Primer Plan Quinquenal y en la ley 13.031/47. Como complemento de esta norma, el Gobierno impulsó el Decreto 4.493/52 que suspendió los aranceles de toda la enseñanza que impartía el Ministerio de Educación y en 1953 se eliminaron los cursos de ingreso. Tales políticas educativas se integraron a un proyecto de desarrollo nacionalista, industrial y de expansión de los derechos sociales. El presente artículo analiza el contexto de surgimiento de la gratuidad universitaria y describe su relación con el proyecto de país identificando las principales claves políticas, económicas y sociales. Palabras clave: Justicialismo, gratuidad universitaria, Proyecto Nacional. Introducción “No puede concebirse a la universidad como separada de la comunidad, y es inadmisible que proponga fines ajenos o contrarios a los que asume la Nación. No puede configurarse como una isla dentro de la comunidad, como fuente interminable de discusiones librescas” Juan Domingo Perón El establecimiento de la gratuidad de la universidad fue sancionado por el Poder Ejecutivo Nacional en el mes de noviembre de 1949 y se incluyó como parte de las metas sociales, económicas, culturales y políticas de los Planes Quinquenales. No fue la presión de la misma comunidad universitaria la que determinó su sanción, aunque si contribuyó a eso. Tal cual vamos a profundizar en el presente artículo, Juan Domingo Perón no fue el primero en propugnar la gratuidad, y un sector de los reformistas lo venían planteando en documentos y en jornadas. La tradición reformista ingresó al Justicialismo de la mano del importante grupo de dirigentes de la Unión Cívica Radical Junta Renovadora (UCR-JR) y de la Fuerza de Orientación Radical de la Joven Argentina (FORJA) que se integraron al oficialismo. Estos radicales participaron de redacción y defendieron en el recinto el ordenamiento institucional de la educación superior que fue aprobado en los Planes Quinquenales y en las leyes de 1947 y de 1954. Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2718 6121 000-0000-000 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 La gratuidad de la universidad era necesaria para lograr las metas de los Planes Quinquenales y del Proyecto Nacional Justicialista. En una gran síntesis, la medida se originó por cuatro cuestiones. Económicamente, la acción se justificó en la necesidad de masificar la formación educativa del pueblo y en fortalecer la orientación técnica y aplicada de los profesionales en una economía industrializada y dinámica que alcanzó el pleno empleo. Políticamente, tenía la finalidad de cambiar el componente social de la clase dirigente, dando al sector trabajador la posibilidad de acceder al título universitario y a lugares de poder político que históricamente le fueron impedidos. En el plano social, la educación superior empezó a ser un medio de igualación y de ascenso en el nivel de vida de los trabajadores. En parte, era el resultado de la masificación del nivel educativo secundario y de la mejora del nivel de vida popular que favorecía que las familias obreras continúen en la enseñanza superior. Además, la medida se integró a un flamante sistema de promoción y de protección de los derechos laborales y colectivos. En la nueva Argentina los derechos sociales a la salud, la vivienda, la educación o el esparcimiento eran accesibles a todas las personas, sin distinciones de origen. En el plano cultural, la gratuidad facilitó un nuevo y fecundo diálogo entre clases anteriormente distanciadas por la frontera educativa. En la óptica del Justicialismo, la universidad popular tenía que derribar la cultura elitista, racista y europeísta típica de las clases medias y altas. Era necesario construir una matriz identitaria nacionalista, sudamericana y humanista que oriente el saber para ponerlo al servicio de los pueblos y no meramente del capital extranjero y de la oligarquía. La gratuidad universitaria y los reformistas Justicialistas La Reforma fue un movimiento político y cultural que superó los marcos de acción universitaria e irradió su influencia a distintas esferas de la sociedad argentina y sudamericana. El proceso se desarrolló con la participación de dirigentes radicales, socialistas, independientes y conservadores y estuvo caracterizado por un anhelo de cambio político y social para el país, la región y el mundo. En su punto de vista, la universidad debía ser una usina de renovación cultural y tenía que contribuir a construir una nueva humanidad. Con esta ambiciosa meta los reformistas propugnaron cambiar los fines y los contenidos de la educación e impulsaron nuevos vínculos con los problemas sociales de su tiempo. Los jóvenes cuestionaron el carácter arancelado y elitista del ingreso a las instituciones educativas, ya que ese limitante dejaba como saldo que solamente las clases altas y medias acomodadas podían estudiar. La gratuidad en los primeros congresos reformistas Como resultado del mandato del Primer Congreso Nacional de Estudiantes efectuado en el mes de julio del año 1918, Gabriel Del Mazo y Dante Ardigó elaboraron un Proyecto de Resolución de “Gratuidad de la Enseñanza Superior” con el fin de elevarlo al poder público. La iniciativa propuso constituir una universidad “absolutamente gratuita” y que esté caracterizada por ser “abierta, amplia y democrática”. Del Mazo y Arigó destacaron que los aranceles conformaron una institución de carácter “oligárquica”, que profundizaba las desigualdades sociales existentes impidiendo a los más pobres estudiar. La limitación económica se convertía en un filtro y muchos jóvenes no alcanzaban ese derecho pese a que tenían capacidades y vocaciones. En su opinión, la gratuidad de la institución iba a “afianzar la justicia”, contribuyendo a edificar un nuevo humanismo educativo. 4 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Para financiar el Proyecto, Del Mazo y Arigó impulsaron una reforma tributaria recuperando la experiencia de Uruguay, que implementó un “Impuesto al Ausentismo” compuesto con una contribución inmobiliaria efectuada sobre los individuos que tenían una propiedad y que no eran residentes en el país. La iniciativa de gratuidad universitaria no fue implementada y no derivó en la propugnada actualización de la normativa nacional. Retomando los postulados reformistas, en el Segundo Congreso Nacional de Estudiantes Universitarios del mes de agosto de 1932, los jóvenes siguieron requiriendo la democratización del acceso a la educación. Entre las resoluciones del Congreso, se consideró necesario: “1) El Estado debe establecer una asignación fija, que en ningún caso podrá ser disminuida, que permita el eficaz desenvolvimiento de la Universidad, limitándose únicamente a controlar la inversión de la misma. Ello sin perjuicio de la formación del fondo universitario proveniente del gravamen al privilegio y a la riqueza improductiva; 2) La gratuidad de la enseñanza, que es una consecuencia de la democracia universitaria y de la asistencia e investigación libre; 3) Aumento de la remuneración a los profesores con el fin de asegurarles su independencia económica; 4) Se creará un amplio sistema de becas con el fin de: a- asegurar a los estudiantes pobres sus estudios; b- asegurar a los estudiantes capacitados sus cursos de perfeccionamiento con vistas a sus vocaciones docentes o de investigación”. Más allá de los planteos del Segundo Congreso la gratuidad no fue sancionada y las universidades siguieron siendo aranceladas. El legado reformista dentro del Justicialismo En 1918 no hubo un solo reformismo, sino que en realidad coexistieron en un mismo proceso histórico numerosas corrientes políticas e ideológicas. Esta condición permite entender la diversidad de comportamientos y de tendencias que afloraron en las universidades durante las décadas del veinte al cuarenta. El Justicialismo coexistió con esta pluralidad de visiones, ideologías y encuadramientos partidarios y eso se vio claramente reflejado en todas las universidades donde hubo reformistas oficialistas y reformistas opositores. Tal cual adelantamos, la sanción de la gratuidad universitaria no fue el resultado directo de la demanda interna universitaria, sino que en realidad se originó en las exigencias del nuevo Proyecto Nacional. Asimismo, es bueno reconocer que Justicialismo instaló rápidamente en la agenda el tema gracias a la conciencia del problema que tenía la importante cantidad de dirigentes reformistas y de origen socialista que integraron sus filas. Los activistas de origen sindical y socialista crearon el Partido Laborista que fue un instrumento fundamental de la campaña electoral del peronismo en 1946. Entre otros importantes miembros de militancia socialista que se sumaron al oficialismo, están Atilio Bramuglia que fue Canciller y Ángel Borlenghi designado Ministro del Interior. La gratuidad universitaria era parte del ideario socialista y los diputados peronistas oriundos de esa corriente fueron impulsores de la sanción de las leyes sociales de universalización de los derechos, incluyendo a la educación. 5 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 El Justicialismo sumó a un importante grupo de activistas de las diferentes corrientes de la UCR. El Vicepresidente de Perón desde 1946, Hortensio Quijano, fundó la UCR Junta Renovadora y con este partido alcanzaron la banca de la Cámara de Diputados de La Nación veintisiete legisladores. Se integraron al Justicialismo otros diez diputados de distintas corrientes internas del radicalismo, en un bloque partidario compuesto de ciento nueve miembros. Un grupo numeroso de radicales oriundos de FORJA ocupó lugares importantes de la administración de la Provincia de Buenos Aires. En buena medida, y a diferencia de lo que plantean algunos historiadores, el programa universitario del peronismo fue formulado con una intervención activa del reformismo oficialista de tradición socialista y radical. Se opusieron activamente diputados y senadores que se identificaban también con el reformismo, pero que estaban encuadrados dentro de la bancada de la UCR. Cuando se trató el Proyecto de Ley Universitaria en 1947 representaron al Justicialismo los diputados de origen UCR-JR. Dichos legisladores eran destacados docentes y académicos como fue el caso de Raúl Bustos Fierro (UCR-JR Córdoba), José Luis Moreno (UCR-JR Mendoza), Ricardo Guardo (UCR-JR Capital Federal) o Leonardo Obeid (UCR-JR Córdoba). Estos radicales tuvieron una influencia fundamental en la organización universitaria del Justicialismo y en el establecimiento de la gratuidad. Los reformistas que se integraron al peronismo en 1946 retomaron el legado del obrerismo juvenil propio de los socialistas y dirigentes de izquierda que como Palacios o Deodoro Roca, en 1918 habían propugnado activamente por la proletarización de matrícula de la universidad y por la vinculación de la institución con las luchas de los trabajadores. Asimismo, el reformismo de orientación Justicialista expresó una crítica profunda al funcionamiento académico e institucional, y para eso retomó muchos de los temas difundidos en el ideario de FORJA. Los intelectuales peronistas cuestionaron con dureza a los científicos y a los docentes de la universidad liberal por considerar que contribuían al mantenimiento del imperialismo cultural y económico. Además, los acusaban de ser cómplices del sistema de la desigualdad social que usufrutuaba la oligarquía argentina. Este planteo se observa nítidamente en la obra de algunos intelectuales de origen radical y reformista que se integraron al oficialismo como fue el caso de Juan José Hernández Arregui, Diego Luis Molinari, John William Cooke o Arturo Jauretche, entre otros. Jauretche si bien no ejerció la docencia, tuvo una importante militancia estudiantil y los jóvenes forjistas llegaron a presidir la Federación Universitaria Argentina en el año 1939. En la antesala del Justicialismo, este grupo de radicales que luego se integrarían al peronismo publicó el “Manifiesto de FORJA a los estudiantes de la Universidad de Buenos Aires”. Allí mencionaron que: “Demasiado sabemos en qué medida es esta Universidad, madre de las corrupciones, adoctrinamientos y complicidades que han llevado al país a la situación presente de colonialismo económico y cultural (…) En la deliberada desviación de la inteligencia argentina y en la frustración de sus mejores intentos, la Universidad ha tenido parte principal. Se ha desenvuelto de espaldas al país, ajena a su drama y a la gestación de su destino. Costeada y mantenida por el esfuerzo de todos los argentinos, movió a las sucesivas promociones a buscar en el título profesional la satisfacción –cada día más problemática- de la propia comodidad”. Juan José Hernández Arregui era un admirador de Hipólito Yrigoyen, tenía una formación marxista y alcanzó el grado de doctor en filosofía de la Universidad Nacional de Córdoba. Destacó que “Los postulados de la Reforma del 18, extensión universitaria, agremiación estudiantil, becas, residencias estudiantiles, cooperativas, comedores y asistencia médica gratuita, universidad abierta al pueblo, equivalencia de títulos para los estudiantes latinoamericanos, etc., fueron conquistas de la época de 6 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Perón. Estas conquistas fueron efectivamente logradas durante el gobierno de Perón (Hernández Arregui J.J., 2004, p. 367). El programa nacional de desarrollo, la educación y la ciencia El Justicialismo fue la primera experiencia de planificación gubernamental integral del desarrollo nacional. En la concepción doctrinaria del peronismo el Estado argentino tenía tres grandes funciones: impulsar el orden justo y el bien común de la colectividad, articular políticamente al pueblo en una Comunidad Organizada y ejercer el derecho a la autodeterminación política nacional frente a los otros Estados. En la doctrina Justicialista la economía y el mercado no construyen sociedad, sino que meramente asignan bienes. El trabajo no es una mercancía, sino que es el medio de realización humana que contribuye a formar la personalidad del individuo y a definir su aporte a la comunidad. A partir de 1943, y principalmente desde 1946, el Estado organizó integralmente la economía nacional y sancionó los nuevos marcos reguladores y protectores del trabajador y de sus familias. Ambas decisiones colisionaron con la ideología económica e institucional del liberalismo y el Gobierno fue acusado de subvertir el orden económico y de violar lo que se consideraba eran las normales relaciones laborales de mercado. En el año 1944 se creó el Consejo Nacional de Posguerra y en dicho ámbito se formuló el Primer Plan quinquenal implementado entre 1947 y 1951. El Consejo propugnó la nacionalización del Banco Central, de los depósitos bancarios y del comercio exterior efectuada por intermedio del Instituto Argentino de Promoción del Intercambio (IAPI). En el año 1952 el gobierno presentó el Segundo Plan Quinquenal (1953-58) que fue interrumpido por la dictadura de 1955. La política pública fue regionalizada y se implementaron programas económicos, sociales y de infraestructura tendientes a industrializar la Argentina, alcanzar el pleno empleo y a edificar un ambicioso esquema de derechos a la vivienda, la salud, a la educación, y al esparcimiento, entre otros. Se planificó la instalación de una nueva industria a lo largo y ancho del territorio nacional. En Jujuy se conformó un polo siderúrgico con Altos Hornos Zapla y en Tucumán se potenció la producción ferroviaria en los Talleres de Tafí Viejo. La provincia de Córdoba fue un polo dinámico de producción aeronáutica y automotor público y privado. Las Industrias Aeronáuticas y Mecánicas del Estado (IAME) fabricaron autos, aviones, tractores, entre otras fundamentales innovaciones tecnológicas. El sur argentino se convirtió en un eje petroquímico y energético sumamente dinámico. En la provincia de Buenos Aires se diversificó el perfil productivo con el crecimiento de la industria en paralelo a la actividad agropecuaria, y se dinamizó la producción naval en los astilleros nacionales de Rio Santiago y otras dependencias. Dicho modelo de desarrollo nacional y productivo requirió un nuevo programa científico y educativo. Con esta finalidad se refundó la estructura institucional en todos sus niveles. Se instituyó en 1944 la Comisión Nacional de Aprendizaje y Orientación Profesional y se fomentaron las escuelas de nivel medio y centralmente las de orientación técnico y profesional de jóvenes, adultos y de mujeres obreras. Se crearon escuelas fábrica, escuelas de perfeccionamiento y escuelas de aprendizaje (Conditi C., 1974). El crecimiento de la matrícula del nivel secundario fue sumamente importante y centralmente en el universo de las escuelas industriales. Este aumento se vio luego expresado en el masivo ingreso a las universidades. 7 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Matrícula de la enseñanza secundaria. Años 1935/1965 Año Bachillerato Normal Comercial Industrial Total 1935 40953 24387 11050 7351 83741 1945 62151 50331 27880 23873 164235 1955 115451 97245 83257 76749 372702 1965 178555 184934 178739 103656 645884 Tasa de crecimiento anual 1935- 1945 4,3 7,5 9,7 12,5 7.0 1945- 1955 5,9 6,8 11,6 12,4 8,4 1955- 1965 4,5 6,6 7,9 3,1 5,7 (Giménez G., 2019) Con el objetivo de acompañar el programa federal de desarrollo industrial el Justicialismo creó la Universidad Obrera Nacional (UON), con la ley 13.229 de 1948. La institución era gratuita, tenía horarios nocturnos para los obreros e inició sus actividades en el año 1953 con 676 estudiantes. La propuesta permitió que ingresen los hijos de los trabajadores, contribuyendo a la democratización social que impulsaba el Justicialismo. La UON fue la primera experiencia planificada de regionalización universitaria y la oferta académica y de investigación fue diferente en las diversas Facultades que organizaron sus tareas a partir de la realidad productiva de cada zona. Entre otras sedes, se abrieron las de Capital Federal donde residía el Rectorado, la de Córdoba (ingeniería aeronáutica), la de Bahía Blanca (ingeniería química) y la de Tucumán (construcciones ferroviarias). La labor de la UON se articuló con otro amplio número de instituciones científicas creadas o potenciadas en la etapa como fueron el Instituto Tecnológico del Sur fundado por Miguel López Francés (desde 1956 Universidad Nacional del Sur), el Instituto Antártico, la Comisión Nacional de Energía Atómica, Fabricaciones Militares o el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. La Constitución de 1949 y las nuevas regulaciones educativas En el año 1949 se institucionalizó la Revolución Justicialista con la sanción de una nueva Constitución Nacional. La Carta Magna estableció la función social de la propiedad privada y el nacionalismo económico otorgando al Estado la potestad para administrar los recursos naturales y los servicios públicos. La Constitución incluyó un apartado “Derechos del trabajador, la familia, la ancianidad y de la educación y la cultura”. En el terreno educativo la Carta Magna puntualizó que “Los alumnos capaces y meritorios tienen el derecho de alcanzar los más altos grados de instrucción. El Estado asegura el ejercicio de este derecho mediante becas, asignaciones a la familia y otras providencias que se conferirán por concurso entre los alumnos de todas las escuelas”. La Carta Magna modificó la estructura de los cinco ministerios contenidos en la Constitución de 1853. Esta reforma auspició la creación del Ministerio de Educación de la Nación como un desprendimiento del de Justicia e Instrucción Pública. El flamante organismo tenía participación en el Consejo de Universidades creado con la ley 13.031/47. 8 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 La Constitución estableció por primera vez en el país la autonomía de las Casas de Altos Estudios y dividió al territorio en “regiones universitarias”. Se fijó que “Cada una de las universidades, además de organizar los conocimientos universales cuya enseñanza le incumbe, tenderá a profundizar el estudio de la literatura, historia y folklore de su zona de influencia cultural, así como a promover las artes técnicas y las ciencias aplicadas con vistas a la explotación de las riquezas y al incremento de las actividades económicas regionales”. Al presentar el Primer Plan Quinquenal Perón destacó el hecho de que uno de los grandes problemas de “orden pedagógico” era “la falta de dedicación del profesorado a la labor docente”. A partir de acá, es que la planificación universitaria Justicialista incluyó la dedicación exclusiva y la estabilidad de los docentes (Primer Plan Quinquenal, 1946, p. 195). Durante la etapa se aprobó una actualización normativa integral en todos los niveles educativos y en el caso universitario el Congreso Nacional sancionó las leyes 13.031/47 y 14.297/54. La legislación de 1947 incluyó nuevos derechos laborales de sus miembros como fueron la figura del docente investigador de tiempo completo, el aumento salarial automático y la estabilidad de los profesores garantizada con la figura de las carreras “docente” y “científica”. Surgieron diversas organizaciones gremiales tendientes a garantizar el efectivo cumplimiento de los derechos laborales. En 1950 se fundó la Agremiación del Docente Argentino (A.D.A) con personería jurídica y adherida a CGT. Llegó a tener ochenta mil afiliados. Poco tiempo después se creó la Agremiación del Profesorado Universitario. En el año 1949 nació la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN) que representó a los nodocentes (Ministerio de Educación, 1952). La reforma de la ley 13.031/47 se motivó en el intento de adecuar el funcionamiento de la universidad a las metas de la Constitución Nacional de 1949 y del Segundo Plan Quinquenal. La ley 14.297/54 estableció la obligación de garantizar la gratuidad universitaria y detalló la importancia de ligar a las instituciones a los “problemas nacionales”. La nueva norma incluyó la figura de regiones universitarias de la Constitución Nacional. La institución académica brindaría asesoramiento al Gobierno Nacional como lo propuso el Segundo Plan Quinquenal. En el año 1949 el Justicialismo fundó la Subsecretaría Universitaria dependiente del Poder Ejecutivo (Decreto 6233 del 12 de marzo). En 1951 la reemplazó por una Dirección de Gestión Universitaria dependiente del Ministerio de Educación. La gratuidad de la universidad. El Primer Plan Quinquenal y la ley 13.031/47 El Primer Plan Quinquenal Justicialista sostuvo que el Estado instauraría la gratuidad de la universidad en el universo de estudiantes de bajos ingresos. El Plan subrayó que podrían acceder a los distintos niveles educativos “todos aquellos que tengan la aptitud adecuada prescindiendo de los medios económicos que poseen”. La iniciativa incluyó un Proyecto de Ley de “Estatuto Universitario” que planteó la meta de la “gratuidad de la enseñanza universitaria”. La iniciativa en su Título III “De los estudiantes”, Capítulo I “Del ingreso a la Universidad”, Artículo 48 “Gratuidad”, fijó que “la enseñanza universitaria es completamente gratuita en todos sus aspectos para todos aquellos alumnos inscriptos que carecieren de medios para costearla. Los estudiantes que por sí o por su familia no se hallaren en las condiciones señaladas en el párrafo anterior costearán la referida enseñanza en todo o en parte, según las circunstancias de cada caso, conforme a los aranceles y demás disposiciones universitarias”. 9 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Como complemento, en el artículo 50 de la propuesta se introdujo la obligación del Estado de crear becas de “compensación económica familiar” y de “estudios”. El beneficio se asignaría “teniendo en cuenta las características y necesidades regionales, sociales, económicas y culturales referidas a cada universidad”. A diferencia de la iniciativa contemplada en el Proyecto de ley del Primer Plan Quinquenal, la norma 13.031/47 de “Régimen Universitario” no incluyó la gratuidad plena de los estudios para los sectores humildes. En su lugar, el artículo 87 fijó que “El Estado creará becas para la enseñanza gratuita, cuya distribución entre las diversas universidades de la Nación, se hará por el Poder Ejecutivo. Para proceder a dicha distribución, se tendrán en cuenta las características y necesidades regionales, sociales, económicas y culturales, referidas a cada universidad, procurando que con la concesión de becas se cumplan, de la manera más acabada posible y con un sentido social, los fines asignados a la universidad”. Los miembros de familia “obrera, artesana o empleada” carentes de recursos podrían requerir el beneficio y la “beca consistirá en obtener gratuitamente la enseñanza universitaria en todos sus aspectos y grados, el suministro de libros y útiles, y en el otorgamiento del diploma o título que se obtuviere, y en conceder una compensación económica familiar que equivalga lo más aproximadamente posible a la aportación del alumno”. Esta última decisión permitió que al momento de debatir en el recinto la iniciativa de la ley 13.031/47, el diputado radical Alfredo Calcagno critique el hecho de que la gratuidad de la enseñanza “insinuada en el Plan Quinquenal, no figura en el proyecto”. La UCR presentó una propuesta en representación de la minoría y Calcagno detalló que “nuestro proyecto suprime las limitaciones numéricas al ingreso y consagra el principio de la gratuidad sin restricciones, así como la compensación económica a la familia proletaria”. La iniciativa de ley elevada por el bloque radical estipuló que “la enseñanza será gratuita y laica. No se exigirá contribución pecuniaria ni regirá tasa alguna para ingresar a las universidades”. Si los nuevos estudiantes privaban de ingresos económicos a su familia, estás tendrían “derecho a una ayuda pecuniaria” (Sesiones Cámara de Diputados, 1947, pp. 676 - 706-708). Es importante destacar que si bien hubo matices en la forma de lograr la democratización universitaria en el debate legislativo de 1947, los Justicialistas de origen reformista y los reformistas opositores acordaban en la importancia de avanzar en ese sentido. Dicha conciencia social del problema universitario favoreció el mantenimiento y la defensa de ese derecho a lo largo del tiempo. El Decreto Presidencial 29.337/49 La gratuidad de la universidad en la República Argentina no se alcanzó con una ley, sino con la sanción del Decreto Presidencial 29.337 que estableció “Suspéndase con anterioridad al 20 de junio de 1949 el cobro de los aranceles universitarios”. Entre los considerandos del Decreto se estableció que el “engrandecimiento y auténtico progreso de un Pueblo estriba en gran parte en el grado de cultura que alcanza cada uno de los miembros que lo componen” y que “una forma racional de propender al alcance de los fines expresados es el establecimiento de la enseñanza universitaria gratuita para todos los jóvenes que anhelen instruirse para el bien del país”. El texto sostuvo que los “jóvenes capaces y meritorios” iban a poder encausar sus actividades potenciando sus aptitudes y su “legitima vocación” en “su propio beneficio y en el de La Nación”. A diferencia del planteo del Primer Plan Quinquenal, la propuesta no formuló diferenciaciones sociales entre los jóvenes y la situación de sus familias y todos los estudiantes fueron eximidos del pago. 10 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 El Gobierno sancionó el Decreto 4.493/52 que suspendió los aranceles de toda la enseñanza que impartía el Ministerio de Educación. A partir del año 1953 se eliminaron paulatinamente los cursos de ingreso. El Segundo Plan Quinquenal (1953-1957) ratificó la medida y en el apartado IV. G. 8 “Universidades”, se estableció que la enseñanza superior era “gratuita”. El Programa de Gobierno fijó que las universidades y profesorados tenían que “asegurar el ingreso a los diversos cursos de todos los aspirantes que reúnan condiciones básicas de aptitud y vocación”. La primera ley del Congreso de La Nación que incluyó taxativamente la gratuidad universitaria, fue la “Ley Orgánica de Universidades” 14.297 de 1954. La norma afirmó los principios del Decreto 29.337/49 y estableció que las “universidades argentinas cumplirán su misión con un sentido eminentemente humanista y de solidaridad social”, teniendo como objetivo “asegurar la gratuidad de los estudios”. Tal cual se observa en el cuadro a continuación y como resultado de los cambios sociales y educativos que se dieron en el país, se produjo un importante aumento de la matrícula universitaria. Evolución de la matrícula universitaria Universi dades Nacional es 1945 1946 1947 1948 1949 1950 1951 1952 1953 1954 1955 47.40 52.01 51.44 56.72 66.21 80.4 90.9 119.0 98.13 135.8 138.3 TOTAL 0 1 7 2 2 45 22 29 2 91 17 Buenos 22.41 41.89 61.22 45.57 75.20 Aires 19.976 9 21.215 24.531 29.611 37.611 8 3 6 77.714 0 10.03 14.60 Córdoba 6.571 6.648 6.069 6.452 7.284 9.384 1 11.269 0 12.617 14.961 Cuyo 1.151 1.173 1.365 1.636 1.727 1.882 2.491 2.633 3.251 3.788 4.376 12.49 16.48 La Plata 11.378 12.213 8 13.132 13.120 14.755 15.975 17.781 4 16.545 17.735 12.42 16.40 16.36 17.99 18.52 Litoral 7.004 8.191 8.708 9.333 6 14.169 4 0 0 19.016 6 Ins. Tecnológic o del Sur - - - 231 354 550 1.005 1.124 976 804 855 UON - - - - - - - - 676 1.466 1.955 Tucumán 1.320 1.367 1.592 1.407 1.690 2.094 3.118 3.389 3.829 3.941 4.709 (Giménez G., 2019) Medidas para financiar la gratuidad universitaria El artículo 2 del Decreto 29.337/49 comprometió al Estado Nacional a dotar a las universidades de los recursos necesarios para alcanzar la gratuidad. 11 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Anteriormente, la ley 13.031/47 creó un tributo especial para financiar la universidad compuesto con el impuesto del dos por ciento a toda persona –de existencia física, ideal, con o sin personalidad jurídica, o sucesión indivisa– que empleare trabajo de otra. La ley 14.297/54 incluyó entre los fondos de las universidades a los provenientes del artículo 8 de la Ley 13.558 (Presupuesto Nacional) que determinó que “Del producido del impuesto a que se refiere la Ley 13.343 y previa deducción de la participación que corresponde a las provincias y Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, aféctase el cincuenta por ciento (50%) con destino a las universidades nacionales, constituyendo la suma que así se obtenga los "recursos universitarios", provenientes de dicha ley”. Palabras de cierre El programa universitario del Justicialismo fue una experiencia original que articuló la tradición reformista autonomista y la nueva planificación propia de los Estados nacionales de posguerra. La educación superior se integró a los Planes Quinquenales y durante la etapa se produjo un considerable aumento de la inversión educativa y mejoraron los salarios docentes, la infraestructura federal y se implementaron importantes planes de apoyo social a las familias trabajadoras. La universidad se democratizó y cambió el componente social de los estudiantes auspiciando su ascenso social y la protagónica participación política de la clase trabajadora en la Argentina. La articulación dentro de las aulas de las distintas clases sociales, facilitó el proceso de nacionalización de la universidad que se dio en las década del sesenta y del setenta. En línea con la reforma de 1918, el Justicialismo propugnó la formación de una cultura humanista, nacionalista y popular con el objetivo de remplazar el europeísmo y el elitismo propio de los académicos. En la visión del peronismo la educación tenía que orientarse a resolver los problemas sociales y federales del desarrollo argentino y sudamericano. La regionalización universitaria incluida en la Constitución Nacional y en la fundación de la UON, iban en este sentido y se buscó conformar una educación orientada a resolver problemas y a afirmar la cultura y los valores federales. El Justicialismo auspició la sanción de leyes protectoras del trabajo y la creación de sindicatos para hacerlas cumplir. Desde esa época a la actualidad, las agrupaciones de trabajadores docentes y nodocentes de las universidades se tornaron actores centrales en la promoción de los derechos y en la formulación de las políticas educativas. 12 Recalde, Aritz. El proyecto nacional del Justicialismo y la gratuidad universitaria CAMPO UNIVERSITARIO / Año 1. Nº1 / Julio 2020 / ISSN: 2118 6121 Bibliografía citada Benente Mauro (2019) (compilador) Donde antes estaba solamente admitido el oligarca: la gratuidad de la educación superior, EDUNPAZ, Buenos Aires. Conditi Cecilio (1974) “La universidad Obrera Nacional, reportaje a su primer rector”, Entrevista a Cecilio Conditi realizada por Leónidas Lamborghini, El Cronista Comercial, 14 de marzo. Dércoli Julián Andrés (2014) La política universitaria del primer peronismo, Nuevo Encuentro, Buenos Aires. Giménez Graciela (2019) “Para que reine en el pueblo el amor y la igualdad: Datos sobre el Decreto 29.337/49 que estableció la gratuidad universitaria”, en La conquista de un derecho: Reflexiones latinoamericanas a 70 años de la gratuidad universitaria en Argentina, Ernesto Villanueva (Compilador), UNAJ, UNQ, CLACSO, Buenos Aires. Hernández Arregui, Juan José (2004) La formación de la conciencia Nacional, Biblioteca de Pensamiento Nacional, Piña Lillo, Ediciones Continente, Buenos Aires. 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