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Derecho-romano-4a.-ed.-oxford-university_02.09.2024.pdf

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Universidad Nacional Autónoma de México

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Morineau-DR4a portada.pdf 1 16/12/15 15:34 Marta Morineau Iduarte...

Morineau-DR4a portada.pdf 1 16/12/15 15:34 Marta Morineau Iduarte Iglesias González Morineau Iduarte Éste es un texto claro y sumamente didáctico mediante el cual los alumnos que cursan el primer año de la carrera de Derecho se Román Iglesias González D van adentrando en el estudio de las principales instituciones jurídicas, que tienen su fundamento en el Derecho Romano y que nutren las normas del derecho privado que imperan en la actualidad. erecho La exposición parte de la historia del Derecho Romano muy bien romano Cuarta edición Derecho romano documentada, y sigue con el análisis de los principales conceptos, figuras e instituciones de esta disciplina, como el derecho de la familia, las personas, los derechos reales, las obligaciones, los contratos y el derecho sucesorio. El libro se ajusta al programa vigente de la Facultad de Derecho de la UNAM y apoya al estudiante por medio de cuadros sinópticos, mapas, sumarios y varios apéndices que ayudan a la comprensión de la sistemática del Derecho Romano. La obra incluye una selección de fragmentos de textos de afamados autores Cuarta edición latinos, así como una cronología de historia general y de historia del Derecho Romano, una lista de emperadores y una de los principales jurisconsultos romanos. 1 ISBN 978-970-613-277-2 4 2 Derecho romano MORINEAU_ Derecho Romano.indd 1 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 2 16/12/15 15:27 C O L E C C I Ó N T E X T O S J U R Í D I C O S U N I V E R S I TA R I O S Derecho romano Cuarta edición Marta Morineau Iduarte Román Iglesias González Profesores titulares Por oPosición universidad nacional autónoma de méxico MORINEAU_ Derecho Romano.indd 3 16/12/15 15:27 1 Oxford University Press es un departamento de la Universidad de Oxford, el cual promueve los objetivos de excelencia en la investigación, el aprendizaje y la educación, mediante publicaciones en todo el mundo. Oxford es una marca registrada de Oxford University Press en el Reino Unido, México y otros países. D.R. © Oxford University Press México, S.A. de C.V., 2015 Av. Insurgentes Sur 1602, int. 11-1101 Col. Crédito Constructor, Benito Juárez Ciudad de México, C.P. 03940 www.oup.com.mx DERECHO ROMANO Textos Jurídicos Universitarios Cuarta edición: 2008 Vigesimoctava reimpresión: marzo de 2016 ISBN 978-970-613-277-2 Autores: Marta Morineau Iduarte y Román Iglesias González Dirección académica: Leonel Pereznieto Castro Sponsor editor: María del Carmen del Río Yelmi Edición: Sara Giambruno Roca Producción: Antonio Figueredo Hurtado Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida en ningún sistema electrónico o por cualquier medio, sin la autorización previa por escrito de Oxford University Press México, S.A. de C.V. El editor no se responsabiliza de los contenidos de las páginas web enlazadas o referenciadas en esta publicación. Se terminó de imprimir en Impresora y Editora Xalco, S.A. de C.V. www.grupocorme.com Tel. (55) 5784-6177 Se usaron tipos Garamond (11/13.5, 9/11 pts.) y Chopin Script (70 pts.). sobre papel Bond Editor Alta Opacidad de 75 g Impreso en México Legal muñoz/teoria del derecho.indd 2 07/03/16 16:38 Para Adela y Román, deseando que el dicho latino Carpe Diem sea una realidad. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 5 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 6 16/12/15 15:27 Saber leyes no es conocer sus palabras, sino su espíritu y sus efectos. Scire leges non hoc est verba earum tenere, sed vim ac potestatem Celso, D. 1, 3, 17. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 7 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 8 16/12/15 15:27 ÍNDICE GENERAL Nota a la cuarta edición......................... xxiii Nota a la tercera edición......................... xxiv Prólogo a la segunda edición....................... xxv Advertencia a la segunda edición.................... xxix Prólogo................................... xxxi Advertencia................................ xxxv CAPÍTULO 1   INTRODUCCIÓN.................. 1 PRIMERA PARTE Historia del derecho romano............... I Introducción........................... II La Monarquía......................... 5 1 El rey............................ 6 2 Los comicios......................... A Los comicios por curias................ B Los comicios por centurias............... 7 3 El senado........................... 8 III La República.......................... 9 1 El senado.......................... 2 Los comicios......................... A Los comicios por tribus................ 3 Los magistrados....................... 10 4 Fuentes formales del derecho en la República....... 12 A La ley.......................... 13 B Los plebiscitos..................... C Los senadoconsultos.................. 14 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 9 16/12/15 15:27 x DERECHO ROMANO D Los edictos de los magistrados............ 15 E La jurisprudencia................... 15 5 Caracterización del derecho preclásico........... 16 IV El Principado o Diarquía.................... 17 1 Fuentes formales del derecho en el Principado o Diarquía.......................... 17 2 Caracterización del derecho clásico............ 19. 19 1 Compilaciones jurídicas prejustinianeas......... 20 2 El derecho romano justinianeo............... 21 3 Caracterización del derecho posclásico.......... 24 VI Destino del derecho romano después de Justiniano..... 24 VII La recepción del derecho justinianeo............. 25 VIII Periodos de la historia del derecho romano.......... 26 SEGUNDA PARTE Conceptos generales.................... 30 I Concepto del derecho...................... 30 1 Ius y fas........................... 30 2 Iustitia............................ 30 3 Praecepta iuris....................... 31 4 Iurisprudentia........................ 31 II Clasificación del derecho.................... 31 1 Derecho público y derecho privado............. 31 2 Derecho natural, derecho de gentes y derecho civil.... 32 3 Derecho civil y derecho honorario............. 32 4 Derecho escrito y derecho no escrito........... 33 CAPÍTULO 2   LAS PERSONAS.................. 37 I Noción jurídica de persona................... 40 1 Persona física........................ 40 A Status libertatis.................... 41 a La manumisión.................. 44 b El colonato..................... 46 B Status civitatis..................... 47 a El nombre..................... 49 C Status familiae..................... 49 D. 50 a La infamia..................... 51 E. 51 2 Personas morales...................... 52 A Asociaciones...................... 52 B Fundaciones...................... 53 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 10 16/12/15 15:27 Índice general xi CAPÍTULO 3   DERECHO DE FAMILIA............. 55 I Generalidades.......................... 59 II Parentesco........................... 60 1 Cognatio........................... 60 2 Agnatio........................... 60 III Patria potestad......................... 61 1 Derechos sobre la persona................. 62 2 Derechos sobre los bienes.................. 62 3 Fuentes de la patria potestad............... 62 A Matrimonio....................... 62 a Los esponsales................... 63 b Condiciones de validez para la celebración del matrimonio................... 64 1 Pubertad de los futuros esposos....... 64 2 Consentimiento de los esposos........ 64 3 Consentimiento del jefe de la familia..... 64 4 Conubium................... 65 c Efectos del matrimonio.............. 66 d Legislación matrimonial de Augusto....... 67 e Disolución del matrimonio............. 67 1 Divorcio por mutuo consentimiento...... 68 2 Divorcio por culpa de uno de los cónyuges.. 68 3 Divorcio por declaración unilateral...... 68 4 Divorcio bona gratia.............. 68 B Adopción........................ 68 a Adrogación..................... 69 b Adopción...................... 70 C Legitimación...................... 71 a Matrimonio subsiguiente............. 71 b Oblación a la curia................. 71 c Rescripto del emperador.............. 72 D Extinción de la patria potestad............ 72 IV Otras uniones de carácter marital.............. 72 1 Concubinato......................... 73 2 Contubernio......................... 73 3 Matrimonio sine conubio.................. 74 V Manus.............................. 74 VI Mancipium........................... 75 VII Tutela y curatela........................ 76 1 Tutela............................ 76 A Tutela de los impúberes................ 76 B Tutela perpetua de las mujeres............ 78 2 Curatela........................... 78 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 11 16/12/15 15:27 xii DERECHO ROMANO A Curatela de los furiosi................. 79 B Curatela de los pródigos................ 79 C Curatela de los menores de veinticinco años..... 79 D Curatela de los pupilos................ 80 CAPÍTULO 4   DERECHO PROCESAL.............. 83 I Derecho romano procesal civil................. 86 II Partes en el proceso y representación procesal........ 87 III Magistrados y jueces...................... 88 IV Sistemas de procedimiento................... 89 1 Procedimiento de acciones de la ley............ 90 A Acción de la ley por apuesta (sacramentum)..... 90 B Acción de la ley por petición de un juez o de un árbitro (postulatio iudicis).......... 91 C Acción de la ley por requerimiento (condictio).... 91 D Acción de la ley de aprehensión corporal (manus iniectio)......................... 92 E Acción de la ley de toma de prenda o embargo (pignoris capio)..................... 92 2 Procedimiento formulario................. 93 A Fase in iure....................... 94 a La fórmula..................... 94 b La litis contestatio................. 95 B Fase apud iudicem................... 96 C Vías de ejecución.................... 97 D Protección jurídica extrajudicial........... 98 3 Procedimiento extraordinario............... 99 A Características generales del procedimiento extraordinario..................... 99 B Desarrollo del proceso................. 100 V Clasificación de las acciones.................. 101 1 Acciones civiles y acciones honorarias........... 101 2 Acciones reales y acciones personales........... 102 3 Acciones prejudiciales.................... 102 4 Acciones reipersecutorias, penales y mixtas....... 103 5 Acciones privadas y acciones populares.......... 103 6 Acciones ciertas y acciones inciertas............ 104 7 Acciones arbitrarias..................... 104 8 Acciones perpetuas y acciones temporales......... 104 9 Acciones de derecho estricto y acciones de buena fe.... 104 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 12 16/12/15 15:27 Índice general xiii CAPÍTULO 5   DERECHOS REALES............... 107 I Introducción........................... 111 II Las cosas............................ 112 1 Res mancipi y res nec mancipi............... 113 2 Cosas inmuebles y cosas muebles............. 113 3 Cosas corporales e incorporales.............. 113 4 Cosas divisibles e indivisibles............... 113 5 Cosas principales y accesorias............... 114 6 Cosas fungibles y no fungibles............... 114 7 Cosas consumibles y no consumibles............ 114 III La posesión........................... 114 1 Definición y naturaleza jurídica.............. 114 2 Elementos de la posesión. Adquisición y pérdida de la posesión........................ 117 3 Clases de posesión..................... 118 4 Protección posesoria.................... 118 A Interdicta retinendae possessionis........... 119 a Interdicto uti possidetis.............. 119 b Interdicto utrubi.................. 119 B Interdicta recuperandae possessionis......... 120 a Interdicto unde vi................. 120 b Interdicto de precario............... 120 c Interdicto de clandestina possessione....... 120 IV La propiedad.......................... 120 1 Terminología y concepto.................. 120 2 Clases de propiedad..................... 122 A Propiedad quiritaria.................. 122 B Propiedad bonitaria.................. 122 3 La copropiedad....................... 123 4 Modos adquisitivos de la propiedad............ 123 A Modos adquisitivos del derecho civil......... 124 a La mancipatio................... 124 b. 125 c La usucapio.................... 125 d La adiudicatio................... 126 e La lex........................ 126 B Modos adquisitivos del derecho natural......................... 126 a La traditio..................... 126 b La ocupación.................... 127 c La accesión..................... 127 d La especificación.................. 128 e La confusión y conmixtión............ 129 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 13 16/12/15 15:27 xiv DERECHO ROMANO f La praescriptio longi temporis.......... 129 g La adquisición de frutos.............. 129 V Derechos reales sobre la cosa ajena (iura in re aliena).... 130 1 Derechos reales de goce................... 130 A Las servidumbres................... 130 a Constitución y extinción de las servidumbres.. 130 b Protección de las servidumbres.......... 131 c Servidumbres reales o prediales......... 131 d Servidumbres personales............. 132 1 Usufructo................... 132 2 Uso....................... 133 3 Derecho de habitación............. 133 4 Operae servorum................ 133 B La enfiteusis...................... 133 C La superficie...................... 134 2 Derechos reales de garantía................ 134 A Prenda e hipoteca................... 134 CAPÍTULO 6   LAS OBLIGACIONES............... 139 I Concepto y evolución histórica de la obligación........ 143 II Elementos de la obligación................... 144 1 Sujetos............................ 144 2 Objeto............................ 145 III Clasificación de las obligaciones................ 146 1 Clasificación de las obligaciones atendiendo a los sujetos......................... 146 A Obligaciones ambulatorias.............. 146 B Obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata....................... 147 C Obligaciones correales o solidarias.......... 147 2 Clasificación de las obligaciones atendiendo al objeto... 148 A Obligaciones divisibles e indivisibles......... 148 B Obligaciones genéricas y específicas......... 148 C Obligaciones alternativas y facultativas....... 148 3 Clasificación de las obligaciones atendiendo al derecho del cual provienen...................... 149 4 Clasificación de las obligaciones atendiendo a su eficacia procesal: obligaciones civiles y obligaciones naturales.................. 149 IV Fuentes de las obligaciones.................. 150 1 Contrato........................... 151 2 Delito............................ 151 3 Cuasicontrato........................ 151 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 14 16/12/15 15:27 Índice general xv 4 Cuasidelito......................... 151 5 Otras fuentes de las obligaciones.............. 151 V Ejecución de las obligaciones................. 152 1 Mora............................. 153 A Mora debitoris..................... 153 B Mora creditoris..................... 153. 153 3 Culpa............................ 154 4 Caso fortuito o fuerza mayor................ 154 VI Transmisión de las obligaciones................ 154 1 Cesión de créditos...................... 155 2 Asunción de deudas..................... 156 VII Extinción de las obligaciones................. 156 1 Modos extintivos que operan ipso iure........... 157 A Pago........................... 157 B Novación........................ 158 C Confusión........................ 158 D Pérdida de la cosa debida............... 158 E Mutuo disentimiento.................. 158 F Concurso de causas lucrativas............. 159 G Muerte o capitis deminutio del deudor........ 159 2 Modos extintivos que operan ope exceptionis....... 159 A Compensación..................... 159 B Pacto de non petendo.................. 160 CAPÍTULO 7   LOS CONTRATOS Y OTRAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES............ 165 I Noción de contrato....................... 169 II Elementos del contrato..................... 169 1 Elementos esenciales del contrato............. 169 A Sujetos......................... 170 B Consentimiento.................... 171 C Objeto.......................... 173 D Causa.......................... 174 E Forma.......................... 175 2 Elementos accidentales del contrato............ 175 A Condición....................... 175 B Término......................... 176 C Modo o carga...................... 176 III Nulidad y anulabilidad..................... 176 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 15 16/12/15 15:27 xvi DERECHO ROMANO IV Clasificación de los contratos................. 177 1 Contratos nominados.................... 178 A Contratos verbis o verbales.............. 179 a Negocios per aes et libram: mancipatio y nexum...................... 179 b Dictio dotis..................... 179 c Promissio iurata liberti.............. 179 d Stipulatio..................... 179 B Contratos litteris o escritos.............. 180 a Nomina transcriptitia............... 181 b Síngrafos y quirógrafos.............. 181 C Contratos re o reales.................. 181 a Mutuo....................... 181 b Comodato...................... 182 c Depósito...................... 183 d Prenda....................... 184 D Contratos consensu o consensuales.......... 184 a Compraventa.................... 185 b Locatio conductio................. 187 1 Locatio conductio rerum........... 187 2 Aparcería................... 188 3 Locatio conductio operarum......... 189 4 Locatio conductio operis........... 189 c Mandato...................... 189 d Sociedad...................... 190 2 Contratos innominados.................. 192 A Permuta........................ 193 B Aestimatum (contrato estimatorio).......... 193 C Precario........................ 193 D Transacción...................... 193 V Los pactos............................ 193 1 Pactos adyectos....................... 194 2 Pactos pretorios...................... 194 3 Pactos legítimos...................... 194 A Donación........................ 194 VI Delitos privados......................... 196 1 Delitos privados del derecho civil............. 196 A Robo.......................... 196 B Daño en propiedad ajena (damnum iniuria datum). 197 C Lesiones (iniuria)................... 197 2 Delitos privados del derecho honorario.......... 197 A Rapiña......................... 198 B Intimidación...................... 198 C Dolo.......................... 198 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 16 16/12/15 15:27 Índice general xvii D Fraude a acreedores.................. 198 VII Cuasicontratos......................... 198 1 Gestión de negocios..................... 199 2 Enriquecimiento ilegítimo................. 199 3 Lex Rhodia de iactu.................... 200 VIII Cuasidelitos........................... 200 1 Torpeza o deshonestidad judicial.............. 200 2 Effusum et deiectum.................... 200 3 Positum et suspensum................... 201 4 Responsabilidad de navieros, posaderos y dueños de establos.......................... 201 CAPÍTULO 8   LAS SUCESIONES................. 205 I Introducción........................... 209 II Concepto de sucesión universal mortis causa......... 209 III Delación de la herencia. Vías sucesorias........... 210 IV Sucesión legítima........................ 211 1 Sucesión legítima en el derecho antiguo......... 211 2 Sucesión legítima en el derecho honorario, bonorum possessio sine tabulis o ab intestato............ 212 3 Sucesión legítima en el derecho imperial......... 212 4 Sucesión legítima en el derecho justinianeo....... 213 5 Sucesión legítima del liberto................ 213 V Sucesión testamentaria. El testamento............ 214 1 Sucesión testamentaria en el derecho antiguo...... 215 A Testamento calatis comitiis.............. 215 B Testamento in procinctu................ 215 C Testamento per aes et libram............. 215 2 Sucesión testamentaria en el derecho honorario,. 216 3 Sucesión testamentaria en el derecho imperial y en el justinianeo...................... 216 A Testamento tripertitum................ 216 B Testamento nuncupativo................ 216 C Testamentos públicos................. 216 D Testamentos especiales................ 217 4 Capacidad para testar y para ser instituido en un testamento...................... 217 5 Contenido del testamento................. 218 A Institución de heredero................ 219 B Sustituciones...................... 219 a Sustitución vulgar................. 220 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 17 16/12/15 15:27 xviii DERECHO ROMANO b Sustitución pupilar................ 220 c Sustitución cuasipupilar.............. 220 6 Nulidad del testamento................... 220 7 Revocación del testamento................. 221 VI Codicilo............................. 221 VII Sucesión contra el testamento................. 221 1 Sucesión contra el testamento en el derecho antiguo.................... 222 2 Sucesión contra el testamento en el derecho honorario, bonorum possessio contra tabulas............. 223 3 Sucesión contra el testamento en el derecho imperial........................... 223 4 Sucesión contra el testamento en el derecho justinianeo..................... 224 VIII Adquisición de la herencia. Diferentes clases de herederos. 225 IX Protección procesal del heredero................ 226 X Herencia yacente........................ 227 XI Herencia vacante........................ 227 XII El legado............................ 227 1 Diferentes clases de legados................ 228 A Legado per vindicationem............... 228 B Legado per damnationem............... 228 C Legado sinendi modo................. 228 D Legado per praeceptionem.............. 228 2 Adquisición del legado................... 229 3 Invalidez del legado..................... 229 4 Restricciones a los legados................. 230 XIII El fideicomiso......................... 230 XIV Donación mortis causa..................... 231 APÉNDICES............................... 233 A.1 Mapas.............................. 235 A.2 Cronología............................ 241 A.3 Emperadores romanos de Augusto a Justiniano....... 249 A.4 Principales jurisconsultos romanos.............. 252 A.5 Selección de textos de autores latinos............. 254 A.5.1 Marco Tulio Cicerón................. 254 A.5.2 Cayo Julio César................... 255 A.5.3 Tito Livio....................... 257 A.5.4 Plutarco........................ 264 A.5.5 Publio Cornelio Tácito................ 267 A.5.6 Plinio el Joven..................... 270 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 18 16/12/15 15:27 Índice general xix A.5.7 Cayo Suetonio Tranquilo............... 271 A.5.8 Lucio Anneo Floro.................. 277 Bibliografía............................... 281 Índice de materias........................... 285 Índice onomástico........................... 295 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 19 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 20 16/12/15 15:27 NOTA A LA CUARTA EDICIÓN. También se actualizó la bibliografía. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 21 16/12/15 15:27 NOTA A LA TERCERA EDICIÓN La presente edición es una revisión general de la obra con las correcciones (errores detectados en la anterior edición) y las aclaraciones pertinentes para hacer más clara la comprensión de las diversas instituciones Por otro lado, cabe señalar que se introduce un cambio fundamental, el cual consiste en una nueva ubicación de los capítulos 3 y 4, relativos al derecho pro- cesal y al derecho de familia, respectivamente Este cambio obedece a que se consideró más lógico y didáctico el situar a continuación del Capítulo 2, “Las per- sonas”, lo relativo al derecho de familia, para no interrumpir la continuidad que consideramos debe existir entre el tema relativo a la noción jurídica de persona y el desarrollo de la misma en el ámbito familiar El capítulo relativo al derecho procesal queda situado a continuación del desarrollo de las instituciones familiares MORINEAU_ Derecho Romano.indd 22 16/12/15 15:27 PRÓLOGO A LA SEGUNDA EDICIÓN Ambos, Marta Morineau y Román Iglesias, son destacados catedráticos de Derecho Romano en la Facultad de Derecho de la UNAM; y lo han sido, de la misma disciplina, en otros centros de educación superior del país como las univer- sidades Iberoamericana y Anáhuac. Son también autores, por separado o en con- junto, de múltiples publicaciones relativas a igual temática. Son, además, marido y mujer: un matrimonio en la vida real comprometido durante muchos años y con alto grado de intensidad en la vida académica de México. Por último, son amigos muy queridos de quien esto escribe. Por tales razones —y por la indudable calidad didáctica de la obra— acepté con gusto prologar la segunda edición del libro de texto: Derecho Romano; libro que vio la luz por primera vez en 1987, y que ha sido ya reimpreso en ocasiones ulteriores. Recién publicada la primera edición del Derecho Romano de Morineau e Igle- sias, comenté su contenido. Mi comentario apareció publicado en el Boletín Mexi- cano de Derecho Comparado (N.S. Año XXI, Núm. 63, sep.-dic., 1988). Dije entonces: “Se trata de un libro destinado a los alumnos que cursan el año inicial de la carrera de derecho Alumnos que se enfrentan por primera vez al estudio de las instituciones jurídicas Alumnos que requieren de un texto claro, sencillo e inteligible De un texto, en suma, didáctico Esto lo han logrado los autores a cabalidad Porque didáctico es el tono de la obra Y la sistematización, dicho sea de paso, se ajusta el programa vigente de la Facultad de Derecho de la UNAM Y el aparato de apoyo al estudiante a través de cuadros sinópticos, mapas, sumarios, relaciones de objetivos enseñanza-aprendizaje, y de varios apéndices que contienen: una cronología de la historia de Roma, de su or- ganización política y de su derecho; un par de listas donde se enumeran los emperadores romanos desde Augusto hasta Justiniano y los principales juris- consultos desde Sexto Aelio Paeto hasta el triunvirato de artífices de la com- pilación justinianea: Triboniano, Teófilo y Doroteo; así como una selección de MORINEAU_ Derecho Romano.indd 23 16/12/15 15:27 xxiv PRÓLOGO A LA SEGUNDA EDICIÓN  fragmentos correspondientes a las obras de afamados autores latinos Cuenta además el libro con una bibliografía breve pero bien seleccionada donde están representados los mejores romanistas de México y el extranjero En especial, los de las escuelas alemana, italiana y española” Además, en mi ya mencionado comentario, me atreví a hacer dos sugeren- cias En efecto, dije allí que me hubiera gustado que la periodificación que ela- boran los autores en torno a la historia del derecho romano atendiera a un criterio eminentemente jurídico y no político Y que, por la misma razón de carácter jurídico, sugería la inserción de fragmentos del Corpus Iuris Civilis de Justiniano (o de las Instituciones de Gayo, o de las Reglas de Ulpiano o de las Sentencias de Paulo) en lugar de los textos históricos que los autores habían seleccionado La primera de mis sugerencias fue atendida La periodificación tripartita que en esta segunda edición de la obra ofrecen Morineau e Iglesias señala como puntos de partida, y fin de cada una de las tres etapas históricas que la integran, cambios en el derecho que se reflejan en la legislación y la doctrina romanas Tal es el caso de las leyes Aebutia y Iulia Iudiciaria, del Edicto Per- petuo de Salvio Juliano y de la compilación justinianea Se enriquece además el capítulo dedicado a la periodificación con la inclusión de la división en pe- riodos del eminente historiador-jurista inglés (de origen alemán) Fritz Schulz, hecha en su obra ya clásica: History of Roman Legal Science; periodificación socio-jurídica cultural, en base a la cual Morineau e Iglesias fundamentan la suya La segunda sugerencia, sin embargo, fue pasada por alto por los autores Y quizás tuvieron razón Mal que bien, los estudiantes de los dos cursos de Derecho Romano de nuestras universidades pueden, si quieren, acercarse a las fuentes jurídicas de los periodos clásico y postclásico a través de las múltiples referencias que Morineau e Iglesias les ofrecen a lo largo de su texto Más pro- vechoso les resulte quizás tener a la mano fragmentos de Cicerón (De la Re- pública), de Julio César (Comentario a la guerra de las Galias), de Tito Livio (Historia Romana), de Plutarco (Vidas paralelas), de Tácito (Historias), de Plinio el joven (Panegírico de Trajano), de Suetonio (Los Doce Césares) y de Floro (Gestas Romanas); por citar sólo los personajes y las obras que los autores eligieron para enriquecer su libro Otros aspectos que desde mi punto de vista mejoran la obra en su segunda edición quedan incluidos en los capítulos segundo, tercero, quinto y sexto del li- bro. En el capítulo segundo se enriquece el tratamiento de la esclavitud romana al dársele mayor perspectiva histórica. En el tercero se especula con acierto en torno a la tardía aparición de la figura de la representación en el ámbito jurídico romano. En el quinto se insertan varios párrafos que esclarecen las supuestas contradicciones existentes en las citas de los juristas romanos sobre la posesión, MORINEAU_ Derecho Romano.indd 24 16/12/15 15:27 Prólogo a la segunda edición xxv mediante la consulta y análisis de las obras, ya clásicas, de Savigny e Ihering En el sexto, por último, se añaden un par de clasificaciones sobre la obligación; y se destaca su nacimiento a partir de la fusión de deuda (schuld) con la responsabi- lidad (haftung), al recaer ambas en una sola persona Para terminar, sólo me resta incluir unas cuantas líneas que antes dije en mi ya citado comentario y que siguen teniendo vigencia: “ No sólo recibo con gusto y beneplácito el Derecho Romano de Marta Mori- neau y Román Iglesias, sino que lo recomiendo ampliamente a todos aquellos que se inicien en los estudios de nuestra disciplina” Dra. Beatriz Bernal Invierno de 1991 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 25 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 26 16/12/15 15:27 ADVERTENCIA A LA SEGUNDA EDICIÓN La primera edición de este libro apareció el 30 de junio de 1987 y a ella le siguie- ron cuatro reimpresiones, una en agosto de 1988 y otras en 1989, 1990 y 1991. Después de usarlo como texto en los dos cursos de Derecho romano de la li- cenciatura por casi cinco años creímos que ese tiempo era suficiente para publicar una segunda edición corregida y aumentada. Los cambios que en ella se hicieron obedecen a la experiencia que hemos tenido con el libro en la cátedra. De esta manera, ampliamos especialmente los capítulos uno, dos, tres, cinco, seis y siete. En el primero, se amplió la parte relativa a los periodos de la historia del Derecho romano. En el segundo, lo relacionado a los status de la persona física y a las funda- ciones. En el capítulo tres nos extendimos en torno a la representación jurídica. En el quinto, incluimos, aunque en forma muy resumida, las tesis de Savig- ny e Ihering sobre la posesión, creemos que esto ayudará a los estudiantes en la comprensión de un tema tan difícil y el mencionar a esos autores les dará la posibilidad de conocerlos para que por su cuenta lean sus obras. En el sexto capítulo, a nuestro modo de ver, se redactó en forma más clara lo que se refiere al concepto de obligación y su clasificación. Finalmente, en el capítulo número siete se incluyen más ejemplos de las insti- tuciones ahí estudiadas, sobre todo por lo que atañe a los contratos. En los capítulos cuatro y ocho, los cambios fueron menores, más que todo de tipo formal, como cambiar una palabra por otra más precisa y que hace más clara la redacción. Desde que concebimos la obra, fue nuestra idea no hacer referencias bibliográ- ficas en notas al pie de página, incluyendo en su lugar una bibliografía general al final del libro. Es claro que la bibliografía subsiste, pero además, en esta segunda edición, consideramos útil, cuando en el texto se cita a otro autor, incluir junto a su nombre y entre paréntesis el título de la obra correspondiente. Pensamos que el estudiante al encontrarse con ellos se interese en consultarlos ampliando su cultura jurídica y su visión de la materia. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 27 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 28 16/12/15 15:27 PRÓLOGO Esta primavera, en la Universidad de Texas, Carlos Monsiváis dio una con- ferencia en la que habló de los sucesivos estilos del nacionalismo mexicano, y calificó el estilo que actualmente se ha puesto de moda, de “nacionalismo apo- calíptico”. Y, efectivamente, nos gusta dramatizar la crisis que desde 1982 nos está embistiendo; y de paso solemos lamentar aquel México optimista y brioso de los cincuentas y sesentas, que los que tenemos mi edad (o algunos años menos) hemos gozado plenamente. Pero esta actitud, tan común, frecuentemente nos hace olvidar que desde mu- chos puntos de vista en la actualidad vivimos en un ambiente académico que (cuando menos en nivel de investigación, apoyo bibliotecario, y profesorado) a me- nudo es superior al que existía hace una generación. Y esto es el caso muy clara- mente en la rama del iusromanismo. En aquel entonces todavía no estuvimos conscientes de la problemática del “tercer mundo”, los star-wars hubieran parecido un divertido juego de espíritu, perteneciente a la ciencia-ficción; el smog raras veces nos afectaba; el tráfico no se había convertido en aquel Leviatán con el que tenemos que convivir en la ac- tualidad; nadie pensaba con inquietud en la deuda exterior; y si todavía no se había inventado el lema de “adelante y para arriba”, era porque esta frase aún no era necesaria, ya que todos así sentíamos la realidad nacional, espontánea y subconscientemente. Sí; those were the days... Pero, por otra parte, carecíamos todavía de muchos adelantos académicos y de cultura general que en la actualidad nos parecen muy normales. Para ilustrar lo anterior, no me referiré ahora a Cablevisión, discos compac- tos, las computadoras (inclusive la moderna informática jurídica) o procesadoras de palabras, que multiplican nuestra producción intelectual, sino que me limitaré un momento al ángulo particularísimo del iusromanista. Todavía no existía en la Facultad de Derecho de nuestra UNAM el actual Se- minario de Derecho Romano e Historia del Derecho, con su buena biblioteca; los MORINEAU_ Derecho Romano.indd 29 16/12/15 15:27 xxx PRÓLOGO “pergaminos” (muchos de los cuales contienen ius commune) estuvieron aún bajo el polvo, en un rincón oscuro de la biblioteca, sin que nadie tratase de analizar este rico caudal; las clases de Derecho Romano que yo tuve que tomar consistían de unos esotéricos análisis de unas pocas citas en latín, muy “a la antigüita”, sin visión alguna, durante los cuales ni de lejos hubiera sospechado que esta materia algún día pudiera inspirarme a dedicarle los mejores años de mi vida académica; el libro de texto que tuvimos que usar fue una traducción de un libro francés de fines del siglo pasado, de un autor cuyo nombre, en este momento, sólo sonaría va- gamente conocido a unos pocos de mis colegas franceses, y en cuyo texto (aunque de decente nivel académico para aquella época, hace tres o cuatro generaciones) uno no encontraría reflejo alguno de la fascinadora, polifacética investigación iusromanista de las últimas siete u ocho décadas; en cuando menos una facultad de la provincia se usaba todavía una copia mimeografiada de las Recitaciones de Heinecio como libro de texto para el Derecho Romano; y en el seno de nuestra fa- cultad nadie hubiera sabido algo acerca de las grandes líneas del desarrollo iusro- manista desde Justiniano basta las codificaciones que se pusieron de moda desde la segunda mitad del siglo xviii; además, inclusive nuestros mejores especialistas poco sabían de las tareas a las que había estado dedicándose la investigación iusromanista europea desde el comienzo de este siglo, y poca intuición tenían de las interrelaciones entre el iusromanismo y la historia general del derecho, o del ius commune como ingrediente del derecho novohispano. En el transcurso de aproximadamente una generación, ¡cuánto ha cambiado el ambiente general de nuestra especialidad, en el medio de nuestra UNAM, e in- clusive en varias otras universidades del Distrito Federal y de la provincia! Ahora ya vivimos en contacto personal con varios importantes romanistas europeos, de las tres Américas y de Sudáfrica; diversos especialistas de nuestro medio acadé- mico hacen investigaciones que realmente contribuyen algo a nuestra compleja disciplina, y participan con provecho y éxito en eventos internacionales iusroma- nistas; y varias publicaciones mexicanas, relacionadas con nuestra especialidad —libros de texto, compendios, monografías, artículos o ponencias— han salido a la luz en las últimas dos o tres décadas. Además, para prácticamente cualquier rama de la actual investigación iusromanista (que ya desde el comienzo de este siglo ha salido de su splendid isolation para insertarse en contextos más amplios de la dogmática transnacional y la historia jurídica universal), hallamos en nues- tro medio cuando menos a algunas personas que conozcan las grandes líneas de la subespecialización en cuestión.1 1 Sin embargo, campos débiles al respecto constituyen la papirología iusromanista, y el análisis del complejo mundo de los manuscritos del iusromanismo medieval, ramas de cuyos resultados provi- sionales algunos de nosotros tomamos conocimiento, de vez en cuando, pero a las cuales no podemos contribuir en forma creativa. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 30 16/12/15 15:27 Prólogo xxxi El derecho romano, que en la actualidad incluye —inter alia— las interco- nexiones con la historia jurídica de la antigüedad, y una “segunda vida”,2 es una materia más vasta y compleja, cuya investigación en el mundo académico occiden- tal ha iniciado una nueva etapa desde los tiempos de las grandes codificaciones, ya que nuestra materia ahora ya no tiene que analizarse con un ojo dirigido hacia la realidad forense. En el campo actual del Derecho Romano hay lugar para varios textos intro- ductorios, según la psicología e intuición didáctica de los diversos maestros: li- bros más amplios, o más escuetos —hasta llegar al nivel mínimo y pragmático de “compendios”—; libros que se concentren sobre el derecho romano de la “primera vida”, y otros que traten de conectar la materia con temas del derecho moderno —mexicano o comparado—; textos de tono un poco pandectístico o, al contrario, de espíritu neohumanista; obras orientadas más bien hacia los aspectos históri- cos, o hacia los sociológicos; e inclusive textos que subrayen las facetas dogmá- ticas; libros de tono tradicional-académico, o textos que introducen nuevas ideas pedagógicas, etcétera. En nuestra UNAM, el actual temario oficial de los dos cursos —que cuen- ta con una orientación y estructura muy sensatas— guarda, desde luego, cierta unidad en la actual pléyade de introducciones a nuestra materia; pero sobre esta base común el temario permite una rica variedad de actitudes por parte de los autores. Editorial Harla (auspiciada por Harper & Row Publishers —razón social de rancio abolengo, y de sonido mágico para el conocedor de las publicaciones jurí- dicas en nuestras tres Américas), asesorada en esta área tan acertadamente por nuestro Leonel Pereznieto, ha programado una serie de textos básicos de destaca- dos méritos pedagógicos. Y dentro de ésta, ha encargado a mis colegas y amigos, Marta Morineau y Román Iglesias (esposos que entre muchos intereses solidarios cuentan también con una común afición por el derecho romano), que preparen el tomo que represente el derecho romano. Usted tiene en este momento entre sus manos el resultado de este encargo, y aunque quizá todavía no sea un conocedor de la materia, simplemente hojeando esta obra intuirá inmediatamente de cuánta ayuda serán para el alumno prome- dio el tono agradable, la claridad de las explicaciones, los sumarios que figuran al comienzo de cada capítulo, los cuadros, los mapas, los “objetivos” (que equivalen a tareas para autoevaluación), los apéndices de índole histórica, y la bibliografía. Ya casi como Nestor de nuestra disciplina, en el medio de nuestra UNAM, siento una honda satisfacción al figurar como padrino de este nuevo miembro de 2 Desde fines del siglo xi hasta las codificaciones iusnaturalistas, periodo durante el cual las rein- terpretaciones del Corpus Iuris dieron lugar a muchas instituciones y reglas dogmáticas que desde entonces navegan bajo la bandera del “derecho romano”. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 31 16/12/15 15:27 xxxii PRÓLOGO la creciente familia de los textos iusromanistas mexicanos, una reciente añadidu- ra a la que deseo sinceramente una larga vida, esperando también que durante ésta pueda mostrar a muchos neófitos el camino en nuestra inspiradora materia. Y espero que cuando menos algunos de los lectores se sientan luego atraídos ha- cia lecturas e investigaciones ulteriores, para después, con sus conocimientos y entusiasmo, formar parte de la próxima generación de profesores e investigadores romanistas, la tercera desde la renovación de nuestra disciplina en nuestro medio universitario. Y estoy seguro de que ellos, en tal caso, desde el nivel superior de obras más monográficas y detalladas, siempre recordarán con gratitud esta obra, que les habrá guiado en tiempos de sus primeros pasos en el largo camino que hayan escogido. Dr. Guillermo Floris M argadant S. Ciudad Universitaria, D.F., 8-XLI-86. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 32 16/12/15 15:27 ADVERTENCIA Qué es el Derecho romano, y por qué necesitamos conocerlo son las preguntas que nos hacemos al enfrentamos por primera vez a él; preguntas que estaremos en posibilidad de responder al finalizar el estudio de este libro, ya que su objetivo es destacar la importancia que el Derecho romano tiene en nuestro mundo jurídico y, por ende, en la formación de toda persona dedicada al derecho. Independientemente de estas consideraciones, podemos afirmar que el Dere- cho romano es aquel conjunto de disposiciones de carácter jurídico que rigió a los romanos y a los pueblos por ellos conquistados a lo largo de la historia. Por otro lado veremos también su influencia en todos los países que pertene- cen al sistema romano-germánico, como es el caso de España y de las naciones americanas que durante parte de su vida estuvieron bajo el dominio de la corona española. Cabe aclarar que fue el Derecho privado romano el que influyó especialmente en los derechos positivos de los países pertenecientes a este sistema. Lo anterior se explica porque el Derecho privado, menos dependiente de la estructura polí- tica, se asimila con mayor facilidad. No sucede lo mismo con el Derecho público, que es más dinámico, ya que debe estar de acuerdo con la realidad política, eco- nómica y social que está en constante cambio. El libro está dividido en ocho capítulos. El primero contiene una evolución histórica del Derecho romano y un análisis de los conceptos generales. El capítulo dos trata lo relativo al concepto de las personas; después, se es- tudian las acciones que éstas podían invocar a su favor en caso de conflicto con otras personas; es decir, el capítulo tres se aboca al estudio del derecho procesal. En el capítulo cuatro se verá lo concerniente al derecho familiar, pasando por los distintos tipos de parentesco que se reconocían en Roma, así como por el desarrollo y características de cada una de aquellas instituciones ligadas directa- mente con la familia como, por ejemplo, el matrimonio y la patria potestad. En los tres capítulos siguientes se estudian los derechos patrimoniales, inclu- yendo un análisis de cada uno de los derechos reales regulados por los romanos, MORINEAU_ Derecho Romano.indd 33 16/12/15 15:27 xxxiv ADVERTENCIA la problemática de las obligaciones, y los diversos contratos y demás fuentes de las mismas. Finalmente, el capítulo ocho se refiere al derecho sucesorio, en el que se en- cuentra la conjunción de los aspectos tratados anteriormente. Cada uno de los capítulos se inicia con una enumeración de los objetivos que se pretenden alcanzar, lo que permite que el alumno advierta el avance gradual que irá logrando a través del estudio. Asimismo, cada capítulo cuenta con cuadros sinópticos del tema analizado, cuya finalidad apunta a que se aprecien de forma gráfica los puntos sobresalientes. Las fuentes romanas que más frecuentemente se citan en la obra son las Instituciones de Gayo, y el Digesto y las Instituciones de Justiniano, en virtud de que son las más accesibles. Para facilitar su consulta, se citan en el texto y no a pie de página. Las notas a pie de página son meramente explicativas y no incluyen referen- cias bibliográficas, puesto que éstas se encuentran en la bibliografía general, al final del libro. Por otro lado, queremos aclarar que la inclusión de términos latinos tiene por objeto familiarizar al alumno con ellos. En todos los casos se señala su traducción para evitar problemas en su comprensión. En todos los casos que sea posible, recomendamos que el alumno realice com- paraciones entre las instituciones analizadas en el texto y aquellas afines de su propio derecho positivo, lo cual le proporcionará, entre otras ventajas, el compro- bar la actualidad del Derecho romano en su propio ámbito espacio-temporal. En la obra también se incluyen los siguientes materiales de apoyo: Una serie de mapas con la que el alumno adquirirá una concepción geográfica acerca del desarrollo de la cultura romana. Una cronología comparativa y una lista de emperadores, que permiten esta- blecer una clara relación entre los sucesos histórico-políticos y la evolución del derecho. También aparece una lista de los principales jurisconsultos, que pone de manifiesto la importancia de su labor en la formación de la ciencia jurídica. Para terminar, se incluye una serie de textos de autores latinos, cada uno de ellos acompañado de una explicación, con el fin de proporcionar una visión más amplia y completa del mundo romano a través de sus propios protagonistas. Sólo resta mencionar que el propósito de este libro no es sólo proporcionar al alumno un texto base para su acercamiento al estudio del Derecho romano sino, además, ofrecerle la posibilidad de profundizar sus conocimientos a través de otras obras sobre el tema, así como de las propias fuentes jurídicas romanas. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 34 16/12/15 15:27 Derecho romano MORINEAU_ Derecho Romano.indd 35 16/12/15 15:27 MORINEAU_ Derecho Romano.indd 36 16/12/15 15:27 CAPÍTULO 1 INTRODUCCIÓN MORINEAU_ Derecho Romano.indd 1 16/12/15 15:27 OBJETIVOS Al concluir el estudio de este capítulo el alumno deberá estar capacitado para: Señalar los periodos de la historia política de Roma. Precisar la correspondencia entre aquéllos y las fases de evolución del derecho privado. Enumerar las fuentes formales del derecho en cada uno de los periodos histórico-políticos. Explicar cada una de estas fuentes. Enumerar las partes de que consta la compilación justinianea. Puntualizar el contenido de cada una de ellas. Explicar la recepción del derecho justinianeo. Distinguir entre ius y fas. Memorizar las definiciones de ius y la de iustitia. Enumerar los praecepta iuris. Explicar las diferentes acepciones de la palabra jurisprudencia. Distinguir los diferentes criterios de clasificación del Derecho romano. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 2 16/12/15 15:27 SUMARIO PRIMERA PARTE. HISTORIA DEL DERECHO ROMANO I. INTRODUCCIÓN II. LA MONARQUÍA 1. El rey 2. Los comicios A. Los comicios por curias B. Los comicios por centurias 3. El senado 4. Fuentes formales del derecho en la Monarquía III. LA REPÚBLICA 1. El senado 2. Los comicios A. Los comicios por tribus 3. Los magistrados 4. Fuentes formales del derecho en la República A. La ley B. Los plebiscitos C. Los senadoconsultos D. Los edictos de los magistrados E. La jurisprudencia 5. Caracterización del derecho preclásico IV. EL PRINCIPADO O DIARQUÍA 1 Fuentes formales del derecho en el Principado o Diarquía 2 Caracterización del derecho clásico V. EL IMPERIO ABSOLUTO O DOMINATO 1 Compilaciones jurídicas prejustinianeas 2 El derecho romano justinianeo 3 Caracterización del derecho posclásico VI. DESTINO DEL DERECHO ROMANO DESPUÉS DE JUSTINIANO VII. LA RECEPCIÓN DEL DERECHO JUSTINIANEO VIII. PERIODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO ROMANO SEGUNDA PARTE. CONCEPTOS GENERALES I. CONCEPTO DEL DERECHO 1. Ius y fas MORINEAU_ Derecho Romano.indd 3 16/12/15 15:27 2. Iustitia 3. Praecepta iuris 4. Iurisprudentia II. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO 1. Derecho público y derecho privado 2. Derecho natural, derecho de gentes y derecho civil 3. Derecho civil y derecho honorario 4. Derecho escrito y derecho no escrito MORINEAU_ Derecho Romano.indd 4 16/12/15 15:27 Introducción 5 PRIMERA PARTE. HISTORIA DEL DERECHO ROMANO I. INTRODUCCIÓN La historia del Derecho romano debe ser estudiada dentro del conjunto de la historia de Roma, ya que no es posible separar el aspecto jurídico de las demás manifestaciones culturales, artísticas, políticas y sociales. Es por esta razón que, siguiendo la clasificación más generalizada, tomaremos en cuenta el tipo de ins- titución política que rigiera al pueblo romano. Su historia puede ser dividida en tres periodos: monárquico, republicano e imperial, con la advertencia de que du- rante el imperio tuvieron lugar grandes cambios en las instituciones. Especial- mente desde el punto de vista político, esta época puede subdividirse en dos, de modo que la historia del Derecho romano quedaría comprendida dentro de los siguientes periodos histórico-políticos: 1. Monarquía. 2. República. 3.  Principado o Diarquía. 4.  Imperio Absoluto o Dominato. Estas épocas o periodos histórico-políticos corresponden a las distintas fases de evolución del derecho privado: la Monarquía y la República al derecho preclá- sico, el Principado al derecho clásico y el Imperio Absoluto al posclásico. Al terminar la primera parte de este capítulo y después de haber explicado los periodos histórico-políticos y las correspondientes fases de evolución del derecho, expondremos otros criterios que fijan los periodos para el estudio de su historia, criterios éstos que atienden a elementos específicamente jurídicos. II. LA MONARQUÍA La época monárquica abarca desde la fundación de Roma hasta el año 243 de la era romana; es decir, del año 753 al 510 a.C. Las circunstancias de la fundación de esta ciudad, que con el tiempo llegara a ser el centro del mundo, nos son casi desconocidas. Sólo a través de leyendas sabemos de la existencia de los primeros habitantes de la Península Itálica. Es un hecho que en ella convivieron distintos pueblos: los latinos en el centro, los etruscos al norte y los sabinos al sur. La conjunción de estas tribus tiene como consecuencia —es lo más probable— el surgimiento de esta ciudad-estado que fue Roma. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 5 16/12/15 15:27 6 DERECHO ROMANO La población de esta pequeña comunidad se encuentra políticamente agrupa- da en 30 curias; esto es, 10 curias por cada una de las 3 tribus, cada una de ellas con un número diverso de individuos. Los integrantes de dichas curias se reúnen atendiendo a un criterio específi- co, como es la agrupación de carácter aristocrático que denominamos gens, cuyos miembros tienen en común un culto familiar especial, transmitido de generación en generación, siempre por vía masculina. Se trata, en realidad, de la unión de varias familias muy extensas, con antepasados comunes y ligadas entre sí por el mismo nombre gentilicio, cada una de ellas bajo la autoridad de un paterfamilias. Estos individuos, que dirigen la vida política, religiosa y social de Roma, son co- nocidos con el nombre de patricios y tienen una situación privilegiada en la socie- dad. Por otro lado encontramos a los plebeyos, que constituyen la gran masa de la población. Los más pobres, así como aquellos de origen extranjero, acudían a las familias poderosas en busca de apoyo, a cambio de la prestación de determinados servicios. Los miembros de este grupo han sido denominados clientes.1 Existía por tanto, una profunda desigualdad entre patricios y plebeyos, situa- ción que acarreará una serie de luchas internas cuya finalidad apunta a deste- rrar las marcadas diferencias entre individuos que comparten una misma socie- dad. En este periodo, el poder público estuvo integrado por tres elementos: el rey, los comicios y el senado. El rey, quien en principio fue designado por los comicios, ejercía el poder de por vida y de forma suprema. Los comicios, asambleas de carácter legislativo-po- lítico, estaban integrados por “todos los hombres libres capaces de portar armas”. El senado, por su parte, era un cuerpo de carácter consultivo que apoyaba al monarca en sus labores de gobierno. Sus miembros son nombrados por el rey que los elige entre los ancianos más sabios de la comunidad. 1. El rey Durante el periodo monárquico, que tiene una duración aproximada de 250 años, Roma vivió bajo el gobierno de siete reyes, el primero de los cuales, Rómulo, crea el senado.2 A su muerte le sucede Numa Pompilio, monarca muy piadoso, de quien, según se afirma, introduce la práctica religiosa en Roma. Los siguientes monarcas, Tulio Hostilio y Anco Marcio, son reyes guerreros que consolidan el poder militar. Tarquino el Antiguo, por su parte, concede más facultades al senado y aumenta a trescientos el número de sus miembros. Su sucesor, Servio Tulio, realiza una reforma político-administrativa que toma como base el censo económico de la población y es conocida como Re- 1 El que escucha, el que obedece. 2 Se dice que Rómulo sube al poder después de haber cometido fratricidio, pues no es sino hasta después de haber dado muerte a su hermano Remo, que es nombrado rey. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 6 16/12/15 15:27 Introducción 7 forma Serviana. Esta trae como consecuencia la creación de los comicios por centurias.3 Finalmente, Tarquino el Soberbio, el último de los monarcas, es un déspota que pretende gobernar dictatorialmente y termina siendo destituido y desterra- do. Con él concluye la época monárquica. 2. Los comicios Como ya señalamos, los comicios constituían la asamblea político-legislativa de este periodo. El término proviene de comitium, lugar determinado del foro donde acostumbraban reunirse. Existían dos tipos de comicios: por curias y por centurias. A. Los   comicios por curias Las curias fue la más antigua forma de agrupación de los ciudadanos, es decir, la división interna de las tres tribus que integraban la población. Revistió una doble importancia: por un lado, aseguraba el ejercicio de los derechos políticos y, por otro, el aspecto religioso y las festividades en general. La asamblea de las curias siempre se denomina pueblo, populus, o sea, la reunión de todos los ciudadanos, incluyendo este término tanto a patricios como a plebeyos, ya que de modo alguno la expresión significa reunión exclusiva de unos o de otros4 (Gayo, 1, 3). En estos comicios, la votación se llevaba a cabo de una forma indirecta; es decir, el voto se efectuaba por curia y en cada una de ellas, por individuo con lo cual si del total de 30 curias 16 votaban en un mismo sentido, la propuesta sería aprobada independientemente del número de integrantes de cada una de ellas. Tanto la convocatoria para la reunión de los comicios como la propuesta de ley, que de ellos surgiera eran facultades propias del rey. B.  Los comicios por centurias El crecimiento de Roma hizo necesaria una reforma administrativa, la cual, como hemos dicho, se lleva a cabo bajo el reinado de Servio Tulio y está basada en un 3 Se atribuye la creación del comicio por centurias a Servio Tulio, que fuera el sexto de los reyes, aunque existen opiniones en el sentido de que esta forma de comicio no apareció sino hasta la época republicana. 4 El significado literal de populus es precisamente el de pueblo, como el conjunto de todos los ciu- dadanos. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 7 16/12/15 15:27 8 DERECHO ROMANO censo económico de la población que da origen a la aparición de los comicios por centurias, que fueron establecidos de la siguiente manera:. Estos nuevos comicios se reunían en el Campo Marte y la unidad de voto era la centuria. La votación seguía realizándose como en los comicios por curias de forma indirecta con la salvedad de que en este caso, en primer término se tomaba el voto de las centurias correspondientes a los caballeros y a la primera clase, con lo cual dicha votación podía ser ganada por los grupos señalados, puesto que constituyen la mayoría y, por lo mismo, no se tiene en cuenta la opinión del resto de la población. 3. El senado En un principio, el senado (senatus) constituía única y exclusivamente un cuerpo consultivo y de apoyo al rey, cuyos consejos (senatusconsulta), cobraban cada vez mayor ascendiente. Estaba integrado por 100 miembros escogidos por el propio monarca, pero no será sino hasta la caída de la monarquía cuando este órgano asesor adquiera verdadero poder político, puesto que es el único que va a subsistir como cuerpo permanente de gobierno. 4.  Fuentes formales del derecho en la Monarquía En este periodo las fuentes formales del derecho se reducen prácticamente a una: la costumbre de los antepasados (mores maiorum). Sin embargo, cuenta 5 Moneda de cobre cuyo valor es difícil de definir en la actualidad. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 8 16/12/15 15:27 Introducción 9 la leyenda que un estudioso del derecho llamado Papirio publicó una colección de leyes reales (votadas en los comicios) llamada ius civile Papirianum, aunque a partir de la caída de la monarquía también estas disposiciones cayeron en desuso III. LA REPÚBLICA Esta etapa de la historia romana queda comprendida entre los años 510 y 27 a C Al principio, durante este periodo persiste una gran pugna entre patricios y ple- beyos, situación que provoca que estos últimos decidan abandonar la ciudad para fundar una nueva, lo cual, según la leyenda, no se lleva a cabo merced al famoso discurso de Menenio Agripa que les hace desistir 6 A partir de ese momento, los plebeyos obtienen el derecho de ser representa- dos por dos magistrados especiales, los tribunos de la plebe (tribuni plebis), cuya persona era inviolable Asimismo, tenían facultades para convocar a la asamblea de la plebe (concilium plebis) que dio origen a los plebiscitos, decisiones votadas por la plebe y que en un principio afectaban sólo a los plebeyos, pero que con posterioridad también fueron obligatorias para los patricios Esta circunstancia ocasiona que, poco a poco y cuando menos jurídicamente, estos dos grupos se fuesen igualando Es también en esta etapa histórica cuando Roma se convierte en una de las potencias más poderosas del mundo antiguo Su triunfo definitivo sobre Cartago prácticamente transforma a los romanos en dueños del Mar Medite- rráneo (Mare Nostrum) Además, la gran Urbe va consolidando su dominio sobre toda la Península Itálica y va estableciendo colonias en todos aquellos territorios que conquista, al punto que llega a ser necesario crear un sistema administrativo cada vez más fuerte y complicado para gobernar tan vastos territorios Interiormente se suscita una serie de guerras civiles, motines y levantamien- tos como el encabezado por los Gracos, o el movimiento de Espartaco, que van erosionando al sistema republicano Así las cosas, cada vez con mayor frecuencia se recurre a la figura del dictador; tal es el caso de Sila y de Julio César hasta llegar a la creación del triunvirato El primero de ellos estuvo integrado por Julio César, Pompeyo y Craso, y el segundo por Octavio, Marco Antonio y Lépido Con el tiempo, Octavio llegará a convertirse en Augusto, con quien comienza práctica- mente la etapa imperial Es de hacer notar que en esta época el poder público estaba integrado por el senado, los comicios y los magistrados 6 Discurso más bien demagógico acerca de la rebelión de las partes del cuerpo para no llevarle comi- da al estómago, que dañó no sólo a éste sino a todo el organismo. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 9 16/12/15 15:27 10 DERECHO ROMANO. 7 Esta primera época de la República se conoce también con el nombre de consulado. MORINEAU_ Derecho Romano.indd 10 16/12/15 15:27 Introducción 11 Muy pronto al lado de los cónsules aparecieron otros magistrados que tam- bién participan en el gobierno de la ciudad Así tenemos a los cuestores, nombra- dos por los cónsules y que en un principio los auxiliaron en el desempeño de sus funciones; el dictador, nombrado por cualquiera de los cónsules, en momentos de crisis; los censores (443 a C ); los ediles curules (367 a C ); los pretores urbanos (367 a C ) y los pretores peregrinos (242 a C ) Los magistrados detentaban un poder muy amplio: algunos de ellos tenían el imperium o facultad discrecional de mando, que incluía la coercitio o poder disciplinario, la iurisdictio o facultad de administrar justicia y el ius agendi cum populo o cum senatu, o derecho de convocar y presidir a las asambleas cívicas o al senado El imperium, sin embargo, sufría limitaciones tales como el veto (in- tercessio) del tribuno de la plebe; la provocatio ad populum, recurso del que todo ciudadano disponía frente a la pena de muerte; la temporalidad ya que los magis- trados duraban en su cargo dieciocho meses como máximo; la colegialidad, esto es, que dichos cargos eran ocupados cuando menos por dos personas en el caso de los cónsules o por un número mayor en lo que se refiere a las demás magistratu- ras, finalmente, existía otra limitación: la responsabilidad que podía exigirse al funcionario al término de su gestión Recordemos, por ejemplo, el famoso proceso contra Verres, en el que destacó la actuación de Cicerón como acusador Por otro lado, los cargos eran de elección popular y se desempeñaban de forma gratuita, sin que el magistrado recibiera emolumentos; por tal motivo, el cargo se definía como un honor y la carrera política era denominada cursus honorum Las magistraturas podían ser patricias o plebeyas Las patricias son las más antiguas y siguieron llamándose así aun después de que los plebeyos pudieran acceder a ellas: primero en lo que se refiere al consulado en el año de 367 a C , y después a todas las demás A su ve

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