deontologia.pdf
Document Details
Uploaded by Deleted User
Tags
Full Transcript
Deontología en psicología ETICA PROFESIONAL deontología Conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en su desempeño. IMMANUEL KANT Fue nombrada por el filósofo JEREMY BENTH...
Deontología en psicología ETICA PROFESIONAL deontología Conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en su desempeño. IMMANUEL KANT Fue nombrada por el filósofo JEREMY BENTHAM en el siglo XIX. Su desarrollo más profundo se atribuye a IMMANUEL KANT, quien en el siglo XVIII formuló la teoría del "imperativo categórico", que evalúa las acciones basándose en principios universales en lugar de sus consecuencias. Ética Deontología orientada al bien (lo correcto) orientada al deber transformada en base a la estructurada en reglas y conciencia del individuo códigos aprobada por los especialistas sin imposición externa del área Código deontológico del psicólogo Está recogido por el CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS, su objetivo principal es el cumplimiento con los deberes mínimos exigibles en la práctica profesional. Va dirigido a cualquier profesional que se encuentre ejerciendo, independientemente de la rama o ámbito en el que se haya especializado consta de 61 artículos = 8 bloques 1 Principios generales 2 Referidos a la competencia profesional y la relación con otros profesionales. 3 Referidos a la intervención. código 4 Referidos a la investigación y docencia. deontológico del psicólogo 5 Referidos a la obtención y el uso de la información. 6 Referidos a la publicidad. 7 Referidos a los honorarios y la remuneración. 8 Referidos a las garantías procesales. Art. 6 Art. 8 La profesión de Psicólogo/a se rige Todo/a Psicólogo/a deber por principios comunes a toda informar, al menos a los deontología profesional: respeto a la organismos colegiales, acerca persona, protección de los derechos de violaciones de los derechos humanos, sentido de humanos, malos tratos o responsabilidad, honestidad, condiciones de reclusión sinceridad para con los clientes, crueles, inhumanas o prudencia en la aplicación de degradantes de que sea víctima instrumentos y técnicas, cualquier persona y de los que competencia profesional, solidez de tuviere conocimiento en el la fundamentación objetiva y ejercicio de su profesión. científica de sus intervenciones profesionales. El/la Psicólogo/a respetará los criterios morales y religiosos de sus clientes, sin que ello impida su cuestionamiento cuando sea necesario en el curso de la intervención. La autoridad profesional del Psicólogo/a se fundamenta en su capacitación y cualificación para las tareas que desempeña. El/la Psicólogo/a ha de estar profesionalmente preparado y especializado en la utilización de métodos, instrumentos, técnicas y Art. 9 procedimientos que adopte en su trabajo. Forma parte de su trabajo el esfuerzo continuado de actualización de su competencia profesional. Art. 17 Debe reconocer los límites de su competencia y las limitaciones de sus técnicas. Art. 26 El/la Psicólogo/a debe dar por terminada su intervención y no prolongarla con ocultación o engaño tanto si se han alcanzado los objetivos propuestos, como si tras un tiempo razonable aparece que, con En el ejercicio de su los medios o recursos a su profesión, el/la disposición, es incapaz de Psicólogo/a mostrará un alcanzarlos. En este caso indicará a respeto escrupuloso del la persona, grupo, institución o derecho de su cliente a la comunidad qué otros psicólogos o propia intimidad. qué otros profesionales pueden Únicamente recabará la hacerse cargo de la intervención. información estrictamente necesaria para el desempeño de las tareas para las que ha sido requerido, y siempre con la Art. 36 autorización del cliente.. Art. 59 El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos garantiza la defensa de aquellos colegiados que se vean atacados o amenazados por el ejercicio de actos profesionales, legítimamente realizados dentro del marco de derechos y deberes del presente Código, defendiendo en particular el secreto profesional y la dignidad e independencia del Psicólogo. INFORMATIVA DISCRIMINATIVA IDENTIFICATIVA METODOLÓGICA Y DECLARATIVA EVALUADORA COERCITIVA PROTECTORA Y DEFENSIVA funciones repercusiones Sanciones profesionales Pérdida de confianza Daño a la reputación Efectos psicológicos en los pacientes Impacto en la carrera Repercusiones en el Acciones legales lugar de trabajo