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Clase 19 y 21 julio 2021.pdf

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DIFERENTES DEFINICIONES DE DR. PENAL RAÚL CARRANCÁ Y TRUJILLO. DERECHO PENAL Derecho Penal es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación. Claus R...

DIFERENTES DEFINICIONES DE DR. PENAL RAÚL CARRANCÁ Y TRUJILLO. DERECHO PENAL Derecho Penal es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación. Claus Roxin. Derecho penal , trata las conductas conminadas con pena en cuanto a sus presupuestos y consecuencias. DERECHO PENAL Es el conjunto de disposiciones jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado relacionando hechos, estrictamente determinados por la ley con una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia de realizar un determinado acto, su objetivo de asegurar los valores elementales para la sana convivencia de los individuos de una sociedad. Este conjunto de normas jurídicas se refiere siempre al delincuente, al delito y a las penas. En la actualidad podemos definir al derecho penal desde distintas perspectivas: Desde un punto de vista formal definimos al Derecho penal como una parte del ordenamiento jurídico que esta constituida por un conjunto de disposiciones legales que asocian a delitos y estados de peligrosidad criminal, como supuestos de hecho, unas penas y medidas de seguridad, como consecuencias jurídicas. Desde una visión material podemos decir que el Derecho penal es una parte del ordenamiento jurídico que tiene por objeto la protección de los bienes jurídicos fundamentales del individuo y la sociedad, funcionando como un instrumento de control que persigue el objetivo de mantener el orden social. Son precisamente los bienes jurídicos del individuo y la sociedad el componente central del derecho penal, siendo su protección la finalidad de este área del derecho. El derecho penal se vale de la previsión y la imposición de penas y medidas de seguridad como instrumentos o medidas a aplicar a quienes infringen ciertas normas de conducta que buscan precisamente evitar que se vean lesionados o puestos en peligro los bienes jurídicos mencionados. Es objeto de estudio y debate por parte de los juristas dedicados al derecho penal, la determinación de en que situaciones y cuales son las limitaciones del Estado a la hora de restringir los derechos fundamentales y las libertades de los ciudadanos. En la práctica debemos decir que el derecho penal debe aplicarse cuando su uso sea imprescindible como necesidad para mantener el orden social, por lo que no debería aplicarse en caso de que exista otra alternativa para su preservación. Derecho penal es la rama del derecho público que establece y regula, mediante un conjunto de normas y principios jurídicos, la represión de la delincuencia por parte del Estado. Como tal, el derecho penal es también una disciplina jurídica que se encarga de estudiar el fenómeno criminal, el delito, el delincuente y la pena, a partir de lo cual se deducirán sus principios y normas jurídicas. OBJETIVO DR. PENAL Es el castigo de los delitos, mediante la aplicación de penas, para proteger a la sociedad de los delincuentes, ya sea aislándolos, ya sea imponiendo penas correctivas. Naturaleza del derecho penal Es de derecho público interno que pretende proteger intereses individuales y colectivos, públicos o sociales, la tarea de penar e imponer medida de seguridad es una función tipicamente pública que sólo corresponde al Estado como expresión de su poder interno producto de su soberanía, ademas que la comisión de cualquier delito privado, público o mixto, genera una realación directa entre el infractor y el Estado que es el único titular del poder punitivo. Contenido del derecho penal Diferencia entre Dr. Penal y ciencia del dr. Penal Dr. Penal: Conjunto de normas jurídico-penales creadas por el estado para determinar los delitos, las penas y las medidas de seguridad. Ciencia del dr. Penal Conjunto sistemático de principios, doctrines y escuelas, relativas al delito, al delincuente, a la pena y a las medidas de seguridad. La ciencia del derecho penal es una disciplina eminentemente juridica, pero al estudiar al delito no lo debe como ente juridico, debe tomar en cuenta la personalidad del delincuente, y al estudiar la pena no debe hacerlo como una sanción retributiva para mantener la tutela jurídica o restaurar el orden juridico perturbado, debe verlo tambien como un medio de defensa social, incluyendo el estudio de las medidas de seguridad para la prevencion del delito y la rehabilitacion del delincuente. PARTES DEL DERECHO PENAL O LA CIENCIA DEL DR. PENAL ART. 1 AL 122 DEL CODIGO PENAL. PARTE GENERAL: se ocupa de las distintas instituciones, conceptos, principios, categorias y doctrinas, relativas al delito, al delincuente y las medidas de seguridad, esta en el libro I del código penal guatemalteco. PARTE ESPECIAL DEL DR. PENAL Se ocupa de los ilícitos penales propiamente dichos, delitos y faltas y las penas, medidas de segurida que han de aplicarse a quienes los cometen. Estan el el libro segundo y tercero del código penal. A PARTIR DEL ART. 123 DEL CODIGO PENAL. RAMAS DEL DERECHO PENAL DR. PENAL SUSTANTIVO Sustancia que es el objeto de estudio delas ciencias del derecho penal: Delito, delincuente, medidas de seguridad, se encuentran código penal y leyes expeciales. DR. PENAL PROCESAL O ADJETIVO Aplicación de las leyes del dr. Penal sustantivo a través de un proceso,para llegar a una sentencia, reparación digna , impone pena o medida de seguridad y ordenando su ejecución. Lo encontramos en el código procesal penal. DR. PENAL EJECUTIVO O PENITENCIARIO Conjunto de normas y doctrinas que tienden a regular la ejecución de la penal en los centro penales o penitenciarios destinados para el efecto. Todas las ramas se interrelacionan. Para el Lic. Palacios Mota: La ejecución penitenciaria se asienta en el éxito o el fracaso del sistema penal. “PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PENAL” Es el conjunto de garantías, derechos e ideas fundamentales que rigen las actuaciones de quienes participan o toman parte en un proceso penal. Estos principios constituyen un límite al poder “punitivo o sancionador” del Estado. Una característica fundamental y básica para conocer el tipo de Estado, es el del alcance de su poder punitivo. Entonces, podemos afirmar que un Estado con un poder punitivo ilimitado será un Estado autoritario; mientras que un Estado con un poder punitivo limitado será un Estado en donde primen principios en pro de las personas y, por lo tanto, estaremos frente a un Estado de derecho. Los principios del derecho penal, son de origen político y jurídico se plasman en la constitución de la República. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DR. PENAL Los encontramos el el Titulo II, Capitulo I DERECHOS INDIVIDUALES Art. 3. al 46 Contitución Política de la República de Guatemala. Deben leerlos y analizarlos.

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