Arbitraje .pptx
Document Details
Full Transcript
Arbitraje ¿Qué es? El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes deciden que sea un tribunal Arbitral el que decida el conflicto, en vez de los jueces ordinarios. Dos efectos: Positivo Negativo El arbitraje tiene su fuente generatriz en la manifes...
Arbitraje ¿Qué es? El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes deciden que sea un tribunal Arbitral el que decida el conflicto, en vez de los jueces ordinarios. Dos efectos: Positivo Negativo El arbitraje tiene su fuente generatriz en la manifestación de voluntad de las partes que deciden someter sus controversias presentes o futuras a dicha institución, la expresión de las partes se materializa por medio de un pacto arbitral, éste pacto supone la derogación de la potestad jurisdiccional del Estado FUNDAMENTO Constitución: Artículo 116. Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley. Ley 1563 de2012: Arbitraje nacional e internacional /Ley modelo de la CNUDMI Decreto 1069 de 2015 Decreto 1885 de 2021 Reglamentos de cada centro Características Voluntariedad Tribunal neutral Declaración que puede ejecutarse Flexibilidad Confidencialidad Mecanismo de resolución de conflictos - La partes confieren facultades a particulares (no una autoridad) La decisión (genera efectos de cosa juzgada, es final y vinculante) Principios imparcialidad idoneidad celeridad igualdad oralidad publicidad contradicción CLASES DE ARBITRAJE AD HOC- INSTITUCIO EN EQUIDAD TÉCNICO EN NAL DERECHO CLASES DE ARBITRAJE INTERNACIO NACIONAL NAL PACTO FICTO. Art. 3 de la Ley 1563 AMPARO DE POBREZA PAGO DE LOS HONORARIOS DIFERENCIAS CALIDADES DE LOS ÁRBITROS Y REPRESENTANTES DE LAS ENTRE EL PARTES Y SECRETARIOS. NACIONAL Y NORMATIVIDAD APLICABLE AL FONDO EL INTERNACION ÁRBITRO PARTE AL CLAUSULA ESCALONADA ARBITRAJE SOCIAL SEDE EN OTRO ESTADO ARBITRAJE - MASC -Leyes Aplicables -Naturaleza - Internacionalida -Principios d del Arbitraje -Características Pacto Arbitral Sujetos Procedimiento Laudo - Inicio y actuaciones - Cláusula y -Árbitros Medidas -Exigibilidad Compromiso -Partes y Terceros Cautelares --Elementos del -Tipos de Arbitraje -Centros de Arbitraje - Conexión con laudo -Elementos básicos - Extinción del pacto -Separabilidad y la jurisdicción -Recursos: arbitral Kompetenz-Kompetenz ordinaria acalración, -Constitución del corrección, tribunal adición, --Independencia e anulación,revisi imparcialidad ón -Ejecución CLÁUSULA COMPROMISORIA PACTO ARBITRAL COMPROMISO Árbitros Cantidad de árbitros Forma de designación de los árbitros Institución arbitral Normas de procedimiento ¿Qué se Fases previas de solución de pacta? diferencias Conflictos que se van a someter al arbitraje Laudo en derecho o en equidad Tiempo para emitir el laudo Toda controversia o diferencia relativa a este contrato será dirimida por un tribunal de arbitramento administrado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, estará conformado por un (1) árbitro para asuntos que versen sobre pretensiones inferiores o iguales a cuatrocientos (400) smlmv y por tres (3) para asuntos superiores a dicha cuantía o Cláusulas cuando esta sea indeterminada. Los árbitros serán designados de común acuerdo por las partes, y en caso de que no fuere posible, modelo serán nombrados mediante sorteo realizado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia de sus listas. El tribunal funcionará en las instalaciones del mencionado Centro, se sujetará a las reglas previstas en el Reglamento de éste, se regirá por las disposiciones vigentes sobre la materia y decidirá en derecho. CCMedellín Toda controversia o diferencia relativa a este contrato y al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el mismo, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento designado por las partes. Si pasados quince (15) días las partes no pueden ponerse de acuerdo, los árbitros serán escogidos por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Cali, que se sujetará a lo dispuesto en la ley 1563 de 2012, o en las normas que la reglamenten, adicionen o Cláusulas modifiquen, de acuerdo a las siguientes reglas: modelo a) El Tribunal estará integrado por...(número impar de árbitros según la cuantía); b) El Tribunal decidirá en derecho c) El Tribunal funcionará en Cali, en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de esta ciudad. CC Cali