NIFBdM C-8 Activos Intangibles PDF
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Este documento describe los criterios de valuación, presentación y revelación de los activos intangibles. Proporciona una definición de términos y elementos clave para la identificación y contabilización de estos activos. Se enfoca en aspectos contables y financieros relacionados con los activos intangibles.
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NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para los activos 1 intangibles que se adquieren en forma individual o que se generan en forma interna en el curso n...
NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para los activos 1 intangibles que se adquieren en forma individual o que se generan en forma interna en el curso normal de las operaciones del Banco. Si otra NIFBdM señala el tratamiento contable para un tipo específico de activos 2 intangibles, el Banco debe aplicar dicha NIFBdM en lugar de ésta. Algunos tipos de intangibles, en los que debe aplicarse el juicio profesional y 3 hacerse una evaluación a nivel de componente para determinar si se encuentran dentro del alcance de esta NIFBdM C-8, pueden ser los siguientes: a) Aquellos activos intangibles que están contenidos en un medio físico, por ejemplo, en: un dispositivo magnético (en el caso de software para equipo de cómputo), documentación legal (en el caso de una licencia o patente), una película u otros semejantes; b) Investigación y desarrollo en los que se involucran, entre otros, gastos de publicidad, entrenamiento, costos de arranque y actividades de investigación y desarrollo, que van dirigidas al desarrollo de conocimiento. Ejemplo, el desarrollo de un prototipo que pudiera tener un componente físico pero el cual es secundario al conocimiento que éste implica, es decir, el intangible, o c) Acuerdos que otorgan al Banco derechos y licencias sobre películas, grabaciones de video, manuscritos, patentes, derechos de autor, entre otros. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIFBdM con los 4 significados que se especifican en el Glosario de las NIFBdM: a) Activo identificable. b) Activo intangible. c) Activo intangible con una vida útil indefinida. d) Amortización. e) Control. f) Costo de adquisición. g) Desarrollo. h) Deterioro i) Investigación. j) Mercado activo. k) Monto amortizable. l) Valor neto en libros. m) Valor razonable. n) Valor residual. ~ 184 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES 5 Existen dos características principales de los activos intangibles: a) Representan costos que se incurren, o derechos, o privilegios que se adquieren, con la intención de que aporten beneficios económicos específicos definidos en el Marco Conceptual de las NIFBdM durante periodos que se extienden más allá de aquél en que fueron incurridos o adquiridos; y b) Los beneficios futuros que se espera obtener se encuentran frecuentemente representados en el presente en forma intangible mediante un bien de naturaleza incorpórea, es decir, que no tiene una estructura material ni aportan una contribución física a la producción u operación. El hecho de que carezcan de características físicas, no impide que se les pueda considerar como activos válidos, ya que su característica de activos se las da su significado económico, más que su existencia material específica. ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS INTANGIBLES Los elementos distintivos en la definición de un activo intangible, ya sea generado 6 internamente o adquirido son: a) Debe ser identificable; b) Debe carecer de sustancia física; c) Debe proporcionar beneficios económicos futuros fundadamente esperados, y d) Debe tenerse control sobre dichos beneficios. Un activo intangible debe cumplir con todos los elementos de la definición 7 señalados en el párrafo anterior, de otra manera la erogación efectuada debe considerarse como un gasto en resultados conforme se devenga. IDENTIFICABLE Un activo intangible es identificable si: 8 a) Es separable; es decir, puede separarse o dividirse por el Banco para venderse, transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto individualmente, o junto con un contrato relativo a otro activo, o pasivo identificable, sin considerar si el Banco tiene dicha intención, o b) Surge de derechos contractuales o legales, sin considerar si dichos derechos son transferibles o separables del Banco o de otros derechos y obligaciones. CONDICIÓN DE SEPARABILIDAD La condición de separabilidad significa que el activo intangible puede ser 9 separado de los activos adquiridos o generados internamente y ser vendido, transferido, licenciado, rentado o intercambiado en el mercado, ya sea individualmente o en relación con un contrato sobre otro activo o pasivo identificado, aun cuando el Banco no pretenda llevar a cabo alguna de las acciones anteriores. ~ 185 ~ NIFBdM 2024 Un activo intangible posee la condición de separabilidad cuando este tipo de 10 activo puede intercambiarse en el mercado, aun cuando no se den transacciones frecuentes al respecto, tal como una patente que puede ser licenciada. CONDICIÓN DE PROPIEDAD LEGAL O CONTRACTUAL Un activo intangible que posee la condición de propiedad legal o contractual debe 11 reconocerse por separado aun cuando no posea la condición de separabilidad, pues la condición de propiedad legal o contractual le da un valor individual, tal como en los casos en que lo que se adquiere en forma individual, o proviene de derechos de revocación, así como de: a) Un contrato de arrendamiento; b) Licencias de operación, tales como concesiones, permisos o derechos, y c) Patentes licenciadas a terceros. OTRAS CONSIDERACIONES Un activo intangible no separable puede reconocerse junto con el contrato de uso 12 de otro activo intangible; por ejemplo: el conocimiento de producción ligado al uso de una patente puede reconocerse por separado junto con el de uso de la patente. Sin embargo, el hecho de que una entidad tenga una estructura laboral para llevar a cabo sus actividades, no significa que ésta tenga un valor identificable para reconocerse como un activo intangible, tal como la fuerza de trabajo. Sólo lo tendrá la que esté relacionada con el capital intelectual, o sea, el conocimiento para llevar a cabo cierta actividad y que medie en ello un contrato. En el caso de la adquisición de un activo intangible, el cual puede adquirirse junto 13 con un grupo de activos, la transacción debe involucrar la transferencia de derechos legales que permitan al Banco identificar el activo intangible. En otros casos, si se desarrolla internamente, es identificable si se crean derechos legales para el Banco. Por lo tanto, la naturaleza de esos derechos debe ayudar a identificar el activo intangible generado. Además, si un activo genera beneficios económicos futuros sólo en combinación con otros activos, el activo es identificable si el Banco puede diferenciar los beneficios económicos futuros que van a fluir de ese activo. BENEFICIOS ECONÓMICOS FUTUROS Los beneficios económicos futuros fundadamente esperados que fluyan de un 14 activo intangible pueden estar presentes en los ingresos sobre la venta de los productos o prestación de servicios, ahorros en costos u otros beneficios resultantes del uso del activo, de acuerdo a su definición en el Marco Conceptual. CONTROL El Banco controla un activo si tiene el poder para obtener beneficios económicos 15 futuros que fluyan del activo y, además, puede restringir el acceso a otros sobre dichos beneficios. La capacidad del Banco para controlar los beneficios económicos futuros de un activo intangible normalmente proviene de derechos legales. En ausencia de derechos legales, es difícil demostrar el control; sin ~ 186 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES embargo, el hacer cumplir los derechos legales no es la única condición para ejercer el control, dado que se pueden controlar los beneficios económicos futuros que genera el activo de alguna otra forma, tal como el conocimiento para llevar a cabo una actividad. Los conocimientos del mercado y los conocimientos técnicos pueden dar origen 16 a beneficios económicos futuros. El Banco controla estos beneficios si, por ejemplo, el conocimiento está protegido por la ley, así como por restricciones a través de acuerdos, tratados comerciales o por acuerdos legales con los empleados para que mantengan la confidencialidad. La administración y el talento técnico no están comprendidos dentro de la 17 definición de un activo intangible, debido a que se tiene control insuficiente sobre los beneficios económicos futuros esperados que pudieran originar, excepto cuando estén protegidos por derechos legales para usarlos y para que ayuden a obtener beneficios económicos futuros esperados, además de cumplir con los otros elementos de la definición de activo intangible. En ausencia de derechos legales, el Banco puede tener o no control sobre los 18 beneficios económicos futuros. Por lo tanto, es necesario evaluar y demostrar mediante alguna otra forma de control que se cumple con este elemento de la definición de activo intangible, tomando en cuenta que el costo para su desarrollo actual puede ser estimado confiablemente. CRITERIOS DE VALUACIÓN VALUACIÓN INICIAL El reconocimiento de una partida como un activo intangible requiere que se 19 demuestre que la partida cumple con la definición de activo intangible y, además, debe cumplir con los siguientes criterios: a) Es probable que los beneficios económicos futuros atribuibles al activo intangible fluirán hacia el Banco, usando supuestos razonables y sustentables que representen la mejor estimación de la administración del conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del mismo, y b) La valuación inicial debe ser a su costo de adquisición y éste puede ser determinado confiablemente, para cumplir con el postulado de valuación, establecido en la NIFBdM A-1, Marco conceptual de las NIFBdM, en la sección Postulados básicos, atendiendo lo siguiente: i. en la adquisición de un activo intangible en forma individual su costo es el efectivo, equivalentes de efectivo pagados y/o el valor razonable de la contraprestación entregada por la adquisición1 de un activo; ii. en un activo intangible generado internamente, su costo son las erogaciones efectuadas para su desarrollo. 1 Como adquisición debe considerarse también la construcción, fabricación o instalación de un activo. ~ 187 ~ NIFBdM 2024 ADQUISICIÓN DE UN ACTIVO INTANGIBLE EN FORMA INDIVIDUAL Los activos intangibles adquiridos en forma individual deben cumplir con los 20 criterios de reconocimiento listados en el párrafo anterior. Si un activo intangible es adquirido de un tercero en forma separada e independiente, el costo del activo intangible puede generalmente valuarse confiablemente. Esto es particularmente cierto, cuando la contraprestación por la compra es en forma de efectivo u otros activos monetarios. El costo de adquisición de un activo intangible debe comprender: 21 a) Su precio de compra, incluyendo derechos de importación e impuestos sin posibilidad de reembolso. Cualesquier descuento comercial y/o rebaja deben deducirse; y b) Cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso al que se destina. El desembolso directamente atribuible incluye: 22 a) El costo de beneficios a empleados, erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso; b) Los honorarios profesionales erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso, y c) Los costos de pruebas o verificación sobre el funcionamiento apropiado del activo. En cambio, no forman parte del costo de adquisición: 23 a) Los costos para introducir al mercado un nuevo producto o servicio (incluyendo costos por actividades de mercadeo y promoción); b) Los costos sobre conducción de negocios en una nueva localidad o con una nueva clase de clientes (incluyendo costos de entrenamiento), y c) Los costos de administración y otros costos de supervisión generales, excepto los mencionados en el inciso a) del párrafo anterior. El reconocimiento de costos en el valor en libros de un activo intangible debe 24 cesar cuando el activo se encuentre en la condición necesaria para que sea capaz de operar en la forma prevista por el Banco. Luego entonces, los costos incurridos por la utilización o en la reprogramación del uso de un activo intangible deben reconocerse en los resultados del periodo en que se devenguen y no deben incluirse en la valuación de dicho activo. Por ejemplo, los costos incurridos mientras el activo aún no ha comenzado a utilizarse, a pesar de que dicho activo ya sea capaz de operar en la forma prevista por el Banco. Algunas operaciones, si bien relacionadas con el desarrollo de un activo 25 intangible, no son necesarias para ubicar al activo en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por el Banco. Estas operaciones incidentales pueden tener lugar antes o durante las actividades de desarrollo. Dado que estas operaciones incidentales no son imprescindibles para que el activo pueda operar en la forma prevista por el Banco, los ingresos y gastos asociados a las mismas operaciones deben reconocerse inmediatamente en los resultados del periodo dentro de la clase respectiva de ingresos y gastos. ~ 188 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES Si el pago de un activo intangible se difiere por un periodo más allá del normal en 26 los términos del financiamiento, su costo debe ser equivalente al precio en efectivo. La diferencia entre este monto y el total de pagos a efectuar debe reconocerse a lo largo del periodo del financiamiento como un interés financiero, dentro de otros gastos. ADQUISICIÓN POR INTERCAMBIO DE ACTIVOS Un activo intangible puede ser adquirido en un intercambio total o parcial y debe 27 reconocerse un activo intangible si se cumple con lo señalado en esta NIFBdM. Además de lo anterior, el Banco debe evaluar si la transacción de intercambio tiene o no sustancia comercial. Una transacción tiene sustancia comercial si: a) La conformación (riesgo, periodicidad y monto) de los flujos de efectivo del activo recibido difiere de la conformación de los flujos de efectivo del activo transferido, o b) El valor específico de un activo para el Banco cambia como consecuencia del intercambio, y c) La diferencia identificada en los incisos anteriores es significativa en comparación con el valor razonable de los activos transferidos. Si el activo adquirido procede de una transacción que tiene sustancia comercial 28 y además se hace un intercambio total: a) El valor razonable del activo entregado es la base para determinar el costo de adquisición del activo recibido, como si el activo entregado hubiera sido previamente realizado en efectivo; b) En caso de que tal activo entregado no tuviera un valor razonable o se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo recibido, debe utilizarse el valor razonable del activo recibido como base para la determinación de su costo de adquisición; c) Cuando el valor razonable del activo recibido (inclusive un activo adjudicado en pago de una partida monetaria) es menor que el valor razonable del activo entregado en la fecha de recepción del bien, el valor razonable del activo recibido debe ser su costo de adquisición; y d) Cualquier utilidad o pérdida que se genera en la transacción debe reconocerse inmediatamente en los resultados del periodo. Si en una transacción que tiene sustancia comercial se hace un intercambio 29 parcial (cuando se pacta una compensación adicional al intercambio de activos), considerando el procedimiento del párrafo anterior, resulta como base para determinar el costo de adquisición: a) El valor razonable o el valor neto en libros del activo entregado.- debe cuantificarse el costo de adquisición del activo recibido, ajustando el valor razonable o valor neto en libros del activo entregado por el monto de efectivo o equivalentes de efectivo entregado o recibido, o b) El valor razonable del activo recibido.- éste debe ser su costo de adquisición. Cuando el costo de adquisición del activo recibido en un intercambio total o parcial 30 (ajustado, cuando proceda, por el monto de efectivo o equivalentes de efectivo entregado o recibido) difiera del valor neto en libros del activo transferido a la ~ 189 ~ NIFBdM 2024 fecha del intercambio, debe reconocerse en los resultados del periodo una ganancia o una pérdida por dicha transacción. Un activo intangible puede ser adquirido en una transacción que carece de 31 sustancia comercial, lo cual implica que se recibió un activo intangible similar, el cual se asume tendrá un uso en la misma línea de negocios y un valor razonable semejante; también puede presentarse el caso en que no pueda determinarse confiablemente el valor razonable del activo recibido ni el del activo entregado. En estos casos, debido a que el proceso de devengación en la generación de ganancias no ha sido completado, no debe reconocerse ganancia o pérdida alguna en la transacción; consecuentemente, el costo del nuevo activo es el valor en libros del activo entregado. Al momento de tomar la decisión de intercambio, el activo a ser entregado debe 32 sujetarse a pruebas de deterioro de acuerdo con la NIFBdM B-11 Disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas. En caso de proceder, el Banco debe reconocer la pérdida por deterioro en el activo a ser entregado afectando los resultados del periodo; el nuevo valor en libros después del deterioro debe asignarse al activo recibido. ADQUISICIÓN DE UNA CONCESIÓN DEL GOBIERNO, SIN COSTO En algunos casos, un activo intangible puede ser adquirido del gobierno sin costo 33 alguno. Esto puede ocurrir cuando un gobierno transfiere o asigna activos intangibles como derechos de aterrizaje en aeropuertos, derechos de usufructo de vías de comunicación y transporte, licencias para operar estaciones de radio o televisión, licencias de importación y otros de naturaleza análoga. Las concesiones gubernamentales sin costo para el Banco no deben reconocerse 34 como activo intangible y sólo deben revelarse. ADQUISICIÓN DE UNA CONCESIÓN DEL GOBIERNO, CON COSTO Los desembolsos relacionados con la obtención de las concesiones 35 gubernamentales que cumplan con los elementos señalados en esta NIFBdM, deben reconocerse como activos intangibles a su costo de adquisición. ACTIVOS INTANGIBLES GENERADOS INTERNAMENTE Para evaluar si un activo intangible generado internamente califica para su 36 reconocimiento como tal, se requiere: a) Identificar la existencia de un activo intangible; b) Identificar el punto en el tiempo en el cual generará probables beneficios económicos futuros, y c) Determinar el costo del activo confiablemente. En algunos casos, el costo de generar un activo intangible identificable no puede distinguirse del costo de mantener o incrementar el valor generado internamente contra el de las operaciones primarias o normales del Banco. Por tanto, además de cumplir con los requisitos para el reconocimiento de un activo intangible, el Banco debe aplicar las condiciones y guías establecidas en los párrafos siguientes, para todos los activos generados de forma interna. ~ 190 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES Para determinar si un activo intangible generado internamente cumple con los 37 criterios para su reconocimiento, el Banco debe clasificar la generación del activo dentro de: a) La fase de investigación, y b) La fase de desarrollo. Si el Banco no puede distinguir la fase de desarrollo de la fase de investigación 38 en un proyecto interno para generar un activo intangible, el Banco debe tratar las erogaciones de dicho proyecto como si hubiesen sido incurridas exclusivamente en la fase de investigación. FASE DE INVESTIGACIÓN Los costos de investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben 39 reconocerse como un gasto en el periodo en que son devengados. Esto se debe a que la naturaleza de la investigación es tal que no hay certeza suficiente de que se obtendrán beneficios económicos futuros, como resultado de los desembolsos efectuados durante la fase de investigación. Algunos ejemplos de actividades típicamente incluidas en investigación son: 40 a) Actividades dirigidas a la obtención de nuevos conocimientos; b) La búsqueda, evaluación y selección final de aplicaciones de los hallazgos de la investigación u otro conocimiento; c) La búsqueda de alternativas para otros materiales, herramientas, productos, procesos, sistemas o servicios, y d) La formulación, diseño, evaluación y selección final de posibles alternativas para mejoras a materiales, herramientas, productos, procesos, sistemas o servicios, nuevos o mejorados. COSTOS DE LA FASE DE INVESTIGACIÓN Los costos de investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben 41 comprender todos los que sean directamente atribuibles a la actividad de investigación o que puedan ser asignados a dicha actividad sobre una base confiable. Los costos de investigación incluyen: 42 a) Los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicado a la actividad de investigación; b) Los costos de materiales consumidos y servicios recibidos en la actividad de investigación; c) El costo de los equipos e instalaciones que no tengan otro uso alternativo más que en la investigación específica a que están destinados (netos de su valor residual) y la depreciación de inmuebles, mobiliario y equipo al grado en que estos activos sean usados para la actividad de investigación; d) Costos indirectos, distintos a los costos administrativos en general, relacionados con la actividad de investigación (estos costos se asignan sobre bases similares a las usadas para asignar costos por gastos indirectos a los inventarios), y ~ 191 ~ NIFBdM 2024 e) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias al grado en que estos activos sean usados para la actividad de investigación. FASE DE DESARROLLO Los costos de desarrollo o en la fase de desarrollo de un proyecto (ya sea 43 producto o proceso) deben reconocerse como un activo intangible si el Banco puede demostrar que cumple con todos los criterios siguientes: a) Técnicamente, es factible completar la producción del activo intangible de manera que esté disponible para su uso o venta; b) El Banco tiene la intención y habilidad para producir y vender o usar el activo intangible; c) Es factible identificar cómo el activo intangible generará beneficios económicos futuros; d) Existe un mercado para la producción o proceso (si ha de ser usado internamente y no vendido), o su utilidad para el Banco debe demostrarse; e) Existen recursos adecuados técnicos, financieros o de otro tipo, disponibles para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible, y f) El activo intangible está claramente definido y el costo atribuible al producto o proceso puede ser identificado por separado y valuado confiablemente durante su desarrollo. La factibilidad para obtener beneficios económicos futuros por el uso de un activo 44 intangible puede demostrarse, por ejemplo, por medio de un plan de negocios que muestre los recursos técnicos, financieros y otros necesarios para desarrollarlo, así como la capacidad del Banco para asegurar la obtención de dichos beneficios económicos futuros. Cuando es probable que los costos originen beneficios económicos futuros y 45 dichos beneficios puedan ser cuantificados confiablemente, entonces estos costos califican para su reconocimiento como un activo. Por la naturaleza de las actividades en la fase de desarrollo en la cual el proyecto está más avanzado que en la fase de las actividades de investigación, el Banco puede, en algunos casos, determinar la probabilidad de recibir beneficios económicos futuros. Estas actividades están dirigidas a un desarrollo viable de conocimientos, aunque arrojen como resultado un activo con sustancia física, el elemento físico del activo es secundario a su componente intangible identificable (por ejemplo, un prototipo para pruebas). Los costos de desarrollo o en la fase de desarrollo de un proyecto deben 46 capitalizarse si se cumplen los criterios para reconocimiento de activos. Los costos de desarrollo de un proyecto específico inicialmente aplicados a los resultados ordinarios, por estar aún en la fase de investigación, no deben reconocerse como un activo en un periodo posterior. Algunos ejemplos de actividades típicamente incluidas en la fase de desarrollo 47 son: a) El diseño, construcción y prueba de modelos de preproducción y pruebas de prototipos y modelos; ~ 192 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES b) El diseño y fabricación de herramientas, plantillas, moldes, troqueles y dados que impliquen nueva tecnología; c) El diseño, construcción y operación de una planta piloto que no sea de una escala económicamente factible para la producción comercial; y d) El diseño, construcción y prueba de materiales, herramientas, productos, procesos, sistemas o servicios, nuevos o mejorados. COSTOS DE LA FASE DE DESARROLLO El costo de un activo intangible desarrollado debe comprender todos los 48 desembolsos que sean directamente atribuibles a la fase de desarrollo o que puedan ser asignados a dicha fase sobre una base confiable y consistente para: crear, producir y preparar el activo para el uso al que se destine. Los costos de la fase de desarrollo incluyen: 49 a) Los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicado a la actividad de desarrollo; b) Los costos de materiales y servicios consumidos en la actividad de desarrollo; c) La depreciación de inmuebles, mobiliario y equipo al grado en que estos activos sean usados para la actividad de desarrollo; d) Costos por gastos indirectos, distintos a los gastos administrativos de la operación en general, relacionados con la actividad de desarrollo (estos costos se asignan sobre bases similares a las usadas para asignar costos por gastos indirectos a los inventarios); e) Cuando proceda su capitalización, el resultado integral de financiamiento asociado con el financiamiento obtenido para la adquisición del activo en desarrollo, y f) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias al grado en que estos activos sean usados para la actividad de desarrollo. Los siguientes no son componentes del costo de un activo intangible 50 desarrollado, por lo tanto, deben reconocerse en el resultado del ejercicio: a) Gastos tales como los de administración; b) Ineficiencias claramente identificadas y pérdidas iniciales en la operación incurridas antes de que un activo alcance su desempeño planeado, y c) Costo de entrenamiento de personal y de puesta en marcha o implementación para operar un activo. Los beneficios económicos futuros que se espera se originen de las actividades 51 de desarrollo, incluyen: ingresos y, en su caso, ahorros en costo u otros beneficios resultantes del uso del producto o proceso por el Banco. COSTOS INTERNOS QUE NO SON ACTIVOS INTANGIBLES Algunas actividades que no representan investigación o desarrollo y que deben 52 reconocerse como gastos del periodo son: a) La supervisión de ingeniería en una fase inicial de la producción; b) El control de calidad durante la producción, incluyendo las pruebas rutinarias de los productos; c) La reparación de fallas en relación con problemas durante la producción; ~ 193 ~ NIFBdM 2024 d) Los esfuerzos de rutina para afinar, enriquecer o de algún modo mejorar la calidad de un producto existente; e) La adaptación de una capacidad existente a un requerimiento particular o a la necesidad de un cliente como parte de una actividad comercial continua; f) Los cambios periódicos a productos existentes; g) El diseño rutinario de herramientas, plantillas, moldes y troqueles, y h) Las actividades de diseño e ingeniería de construcción, relacionadas con la construcción, reubicación, readaptación, arranque de instalaciones o equipo, distinto de las instalaciones o equipo usados únicamente para un proyecto particular de investigación y desarrollo. Las partidas, tales como marcas, nombres comerciales, títulos de publicaciones 53 y similares en sustancia, que hayan sido generadas internamente no deben reconocerse como activos intangibles. EROGACIONES EN ETAPAS PREOPERATIVAS Las erogaciones en etapas preoperativas son las que se incurren durante la etapa 54 del inicio de una entidad, tanto comercial como de producción o de servicio, ya que dedica la mayoría de sus actividades a establecer un nuevo negocio; también es aplicable a entidades ya en operación que adoptan un nuevo giro o ampliación sustancial de su capacidad, antes de iniciar sus actividades en forma comercial. Se entiende por "actividades en forma comercial" cuando el producto o servicio 55 se vende o se ofrece de manera constante, a los usuarios y no para fines experimentales o a prueba, ni como desperdicio. En la práctica se utilizan varios términos para referirse a los costos en la etapa 56 preoperativa, tales como, costos de preapertura, costos de arranque y costos de organización. Para propósitos de esta NIFBdM, todos estos términos hacen referencia a las erogaciones en etapas preoperativas. Las erogaciones en etapas preoperativas identificables deben reconocerse como 57 un gasto cuando se incurren, a menos que formen parte de la fase de desarrollo de un activo intangible identificable que cumpla con los criterios de reconocimiento establecidos en esta NIFBdM para los activos intangibles generados internamente. GASTOS ANTERIORES QUE NO SON RECONOCIDOS COMO ACTIVOS La erogación en una partida intangible que fue reconocida como un gasto por 58 pertenecer a la etapa de investigación, no debe reconocerse como parte del costo de un activo intangible en una fecha posterior. VALUACIÓN POSTERIOR Después de la valuación inicial a su costo de adquisición, el activo intangible 59 identificable debe valuarse a su costo de adquisición menos la amortización acumulada. ~ 194 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES EROGACIONES POSTERIORES A LA ADQUISICIÓN El desembolso posterior en un activo intangible, después de su compra o 60 desarrollo, debe reconocerse como un gasto cuando se incurra en él, a menos que: a) Sea probable que esta erogación proporcione capacidad al activo de generar beneficios económicos futuros en exceso al nivel de desempeño originalmente establecido; b) Este desembolso pueda atribuirse al activo, y c) Los beneficios económicos futuros adicionales puedan determinarse confiablemente. Si se cumplen todas estas condiciones, la erogación posterior debe considerarse 61 como parte del costo del activo intangible. DESEMBOLSOS SUBSECUENTES SOBRE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN PROCESO Los desembolsos relativos a un proyecto de desarrollo, adquirido y reconocido 62 como un activo intangible, que son incurridos después de la adquisición de dicho proyecto deben reconocerse de acuerdo con lo señalado en esta NIFBdM. AMORTIZACIÓN PERIODO DE AMORTIZACIÓN El monto amortizable de un activo intangible debe asignarse sobre una base 63 sistemática durante su vida útil estimada, salvo que tenga vida indefinida. Para estimar la vida útil de un activo intangible debe considerarse, entre otros lo 64 siguiente: a) El uso esperado del activo por parte del Banco; b) Los ciclos de vida típicos del producto, incluyendo información pública disponible sobre estimaciones de vida útil para activos parecidos que tengan una utilización similar; c) Obsolescencia técnica, tecnológica o de otro tipo; d) La estabilidad de la industria en la que opera o vaya a operar el activo y cambios en la demanda en el mercado para los productos o servicios resultantes del mismo; e) El nivel de costo por mantenimiento requerido para obtener los beneficios económicos futuros esperados del activo y la capacidad del Banco para mantener ese nivel; f) El periodo de control sobre el activo, incluyendo los límites, ya sean legales o de otro tipo, impuestos sobre el uso del activo, tales como fechas de caducidad de los arrendamientos relacionados con él, y/o g) Que la vida útil del activo dependa de la vida útil de otros activos del Banco. Los activos intangibles considerados con una vida útil indefinida no se amortizan 65 y su valor debe sujetarse a las disposiciones sobre pruebas de deterioro. Si no ~ 195 ~ NIFBdM 2024 hay factores legales, regulatorios, contractuales, competitivos, económicos, etcétera, que limiten la vida útil de un activo intangible, su vida útil debe ser considerada como indefinida. El término indefinido no significa infinito. MÉTODO DE AMORTIZACIÓN El método de amortización usado debe reflejar el patrón esperado de consumo 66 de los beneficios económicos futuros del activo. Si dicho patrón no puede determinarse confiablemente, debe usarse el método de línea recta. El cargo por amortización para cada periodo debe reconocerse como un gasto a menos que otra NIFBdM permita o requiera que se incluya en el valor en libros de otro activo. Por ejemplo, la amortización de activos intangibles usados en un proceso de producción se incluye en el valor en libros del inventario como un gasto indirecto de fabricación, según la NIFBdM C-4, Inventarios. El activo debe empezar a amortizarse cuando esté disponible para ser utilizado 67 de la forma planeada por el Banco y debe cesar su amortización cuando: a) Se clasifique como un activo destinado para venta en términos de la NIFBdM B-11 Disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas; b) Se retire, o c) Se intercambie. El método de amortización utilizado para un activo debe seleccionarse con base 68 en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros del activo y debe aplicarse en forma consistente de periodo a periodo, a menos que haya un cambio en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros que se derivarán de dicho activo. VALOR RESIDUAL El valor residual de un activo intangible con una vida útil definida debe 69 considerarse igual a cero, a menos que: a) Exista un compromiso por un tercero, con una contraprestación pactada, para adquirir el activo al término de su vida útil; o b) Haya un mercado activo para el activo, y i. el valor residual pueda determinarse por referencia al mercado, y ii. es probable que dicho mercado existirá al término de la vida útil del activo. El monto amortizable de un activo intangible debe determinarse deduciendo del 70 costo de adquisición su valor residual; un valor residual distinto a cero implica que el Banco espera disponer del activo intangible al término de su vida útil. La estimación del valor residual de un activo debe basarse en el monto 71 recuperable por disposición, utilizando los precios existentes a la fecha de la estimación por la venta de un activo similar que haya alcanzado el término de su vida útil y ha operado en condiciones similares a aquéllas en las cuales se estima que el activo será utilizado. El valor residual debe revisarse, como mínimo, al término de cada periodo anual del Banco. Un cambio en el valor residual del ~ 196 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES activo debe reconocerse como un cambio en una estimación contable, en forma prospectiva. El valor residual de un activo intangible podría incrementarse hasta un monto 72 igual o mayor que el valor neto en libros del activo. En este caso, el cargo por amortización del activo debe ser nulo, a menos y hasta que, su valor residual disminuya posteriormente a un monto inferior al valor neto en libros del activo. REVISIÓN DEL PERIODO Y MÉTODO DE AMORTIZACIÓN El periodo y el método de amortización deben revisarse, como mínimo, al término 73 de cada periodo anual del Banco. Si la vida útil esperada del activo es diferente en forma significativa de las estimaciones previas, el periodo de amortización debe cambiarse de acuerdo con la nueva situación. Si ha habido un cambio importante en el patrón esperado de consumo de beneficios económicos futuros del activo, el método de amortización debe cambiarse para reflejar el nuevo patrón. Dichos cambios deben reconocerse como un cambio en estimación contable, mediante una aplicación prospectiva. Durante la vida de un activo intangible, puede ocurrir que la estimación de su vida 74 útil cambie. Por ejemplo, la vida útil puede alargarse por los desembolsos posteriores que mejoren la condición del activo más allá del nivel de desempeño originalmente establecido o modificarse en el caso de que un activo con vida útil indefinida cambie a una vida definida por modificaciones en los factores que lo justificaban, o viceversa. RECUPERABILIDAD DEL VALOR EN LIBROS – PÉRDIDAS POR DETERIORO Para determinar si un activo intangible está deteriorado, el Banco debe aplicar los 75 procedimientos descritos en la NIFBdM B-11 Disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas. Dicha NIFBdM explica cuándo y cómo se debe revisar el valor en libros de los activos, cómo determinar el monto recuperable de un activo y cuándo debe reconocer o revertir una pérdida por deterioro. Según la NIFBdM B-11 Disposición de activos de larga duración y operaciones 76 discontinuadas, se debe comprobar si un activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro de su valor comparando el monto recuperable con su valor neto en libros en el momento en el que se presente una decisión de disposición. DISPOSICIONES DE ACTIVOS INTANGIBLES Las disposiciones de activos intangibles se clasifican en venta, donación, 77 destrucción, abandono e intercambio, entre otros. Dichas disposiciones deben seguir los lineamientos señalados en los párrafos siguientes. El valor neto en libros de un componente debe darse de baja: 78 ~ 197 ~ NIFBdM 2024 a) Por su disposición2, o b) Cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición. Las disposiciones por intercambio deben considerar los criterios señalados en 79 esta NIFBdM. Las ganancias o pérdidas resultantes de la disposición de un activo intangible 80 deben determinarse por la diferencia entre los montos netos obtenidos por la disposición y, en su caso, el valor neto en libros del activo en cuestión. Esas cantidades deben ser reconocidas en los resultados del periodo en que suceda tal disposición; a menos que se trate de venta con arrendamiento en vía de regreso, dichas ganancias o pérdidas obtenidas por el arrendatario se tratan, según se establece en la NIFBdM D-5, Arrendamientos. Cuando se toma la decisión de disponer de algún activo intangible, debe aplicarse 81 los criterios relativos a la disposición de activos de larga duración. CRITERIOS DE PRESENTACIÓN Los activos intangibles deben presentarse en el balance general deducidos de su 82 amortización y pérdida por deterioro, acumuladas. El cargo por amortización debe presentarse en el estado de resultados. Las 83 pérdidas por deterioro y sus reversiones deben presentarse en el estado de resultados de acuerdo con lo dispuesto por la NIFBdM relativa al deterioro en el valor de activos de larga duración y su disposición. CRITERIOS DE REVELACIÓN Debe revelarse en notas a los estados financieros, atendiendo a su importancia 84 relativa, por cada clase de activos intangibles, atendiendo lo señalado en el siguiente párrafo, y distinguiendo entre los generados internamente y los adquiridos, la siguiente información: a) Una segregación de los activos intangibles con vida útil indefinida de los de vida definida; b) Las vidas útiles o los porcentajes y métodos de amortización utilizados en activos intangibles con vida útil definida; c) El costo de adquisición, separando cualquier amortización y pérdidas por deterioro acumuladas, al inicio y al final del periodo, y d) El renglón o renglones del estado de resultados en donde se presenta cualquier amortización de activos intangibles. También debe revelarse la naturaleza y efecto de los cambios contables en el 85 reconocimiento de activos intangibles que sean de importancia en el periodo o se espera que tengan impacto significativo en periodos posteriores. Estas revelaciones pueden ser necesarias por cambios en: a) El periodo de amortización o la evaluación de la vida útil; 2 La disposición puede tomar muchas formas; por ejemplo, puede derivarse por venta, abandono, intercambio, destrucción o donación. ~ 198 ~ NIFBdM C-8 ACTIVOS INTANGIBLES b) El método de amortización, o c) Los valores residuales. Asimismo, debe revelarse la siguiente información: 86 a) Para aquellos activos intangibles evaluados con vida útil indefinida, el valor neto en libros de dichos activos y las razones que justifiquen para considerarlo como de vida útil indefinida; b) En activos intangibles con vida definida, los factores que han jugado un papel importante en la determinación de su vida útil, su valor neto en libros y el periodo estimado de amortización; c) De cualquier activo intangible que sea importante para los estados financieros del Banco: una descripción del mismo, incluyendo su valor neto en libros; d) Para aquellos activos adquiridos del gobierno mediante una concesión sin costo, debe revelarse su existencia, los aspectos relevantes de la concesión y los beneficios que otorga, así como las obligaciones que conlleva; e) La existencia y el valor neto en libros de aquellos intangibles que tengan alguna restricción, así como los valores netos en libros de los activos intangibles que sirven como garantía de deudas; f) El monto de los compromisos contractuales, si existieran, por la adquisición de activos intangibles; g) El monto devengado de gastos de investigación del periodo reconocido en el estado de resultados; y h) El monto de activos intangibles recibidos en donación. VIGENCIA Las disposiciones contenidas en esta NIFBdM entran en vigor a partir del ejercicio 87 que inicie el 1º de enero de 2024 y deja sin efecto a la NIFBdM C-8, Activos intangibles, que fue establecida por el Banco el 1º de enero de 2022. ~ 199 ~