Tema 6 Integracion proporcional y puesta equivalencia IRM PDF

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This document contains lecture notes on financial statement consolidation, focusing on proportional integration and equivalence procedures. It provides definitions, examples and formulas related to these accounting concepts.

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CONSOLIDACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Tema 6: Método de Integración Proporcional y Procedimiento de Puesta en Equivalencia Isabel Román Martínez NOTA PRELIMINAR Esta presentación se ha elaborado...

CONSOLIDACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Tema 6: Método de Integración Proporcional y Procedimiento de Puesta en Equivalencia Isabel Román Martínez NOTA PRELIMINAR Esta presentación se ha elaborado para facilitar la enseñanza de las asignaturas “Consolidación de Estados Financieros” del Grado en Finanzas y Contabilidad, a impartir en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Granada. Para su adecuada interpretación debe consultarse el manual en el que está basada, cuya referencia bibliográfica es: Rodríguez Ariza, L. y Román Martínez, I. (2014): Consolidación de Estados Financieros. Combinaciones de negocios y cuentas consolidadas. Ed. Copicentro S.L. Granada. Está sometida a licencia Licencia Creative Commons Reconocimiento‐No comercial‐Sin obras derivadas 3.0 España. Esto implica que está permitido: Copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra. Siempre que se cumplan las siguientes condiciones generales: Reconocimiento. Se deben reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciador. No comercial. No se puede utilizar la obra para fines comerciales. Sin obras derivadas. No se pueden alterar, transformar o generar una obra derivada a partir de esta obra. 1 TEMA 6. Método de integración proporcional y procedimiento de puesta en equivalencia GUIÓN PARA CLASE GUIA DOCENTE Y LIBRO 6.1. Método de integración 8.1. Método de integración proporcional proporcional 8.2. El procedimiento de puesta en equivalencia 8.2.1. Puesta en equivalencia inicial 6.2. El procedimiento de puesta en 8.2.2. Consolidaciones posteriores equivalencia 8.2.3. Modificaciones de la participación 8.2.4. Pérdida de la condición de sociedad asociada o multigrupo 6.3. Cambios en los métodos o 8.3. Cambios en los métodos o procedimientos procedimientos de consolidación de consolidación 3 TEMA 6. Método de integración proporcional y procedimiento de puesta en equivalencia LO QUE SE EXPLICA EN EL CURSO 2020/2021: GUIÓN PARA CLASE GUIA DOCENTE Y LIBRO 6.1. Método de integración 8.1. Método de integración proporcional proporcional 6.2. El procedimiento de puesta en 8.2.1. Puesta en equivalencia inicial equivalencia 4 2 TEMA 6. Método de integración proporcional y procedimiento de puesta en equivalencia Tras el estudio de los temas 4, 5 y 6, el alumno debe:  Comprender el proceso de consolidación y las fases en las que se divide.  Ser capaz de aplicar la metodología propia de la consolidación contable.  Ser capaz de aplicar los métodos y procedimientos de consolidación. 5 1. Método de integración proporcional Art. 50 NOFCAC. Definición del método Consiste en la incorporación a las cuentas anuales consolidadas de la porción de activos, pasivos, ingresos, gastos, flujos de efectivo y demás partidas de las cuentas anuales de la sociedad multigrupo, correspondiente al porcentaje que de su patrimonio neto posean las sociedades del grupo, sin perjuicio de las homogeneizaciones previas y las eliminaciones que resulten pertinentes. No se reconocen socios externos 6 ©Isabel Román 3 1. Método de integración proporcional 20 % 80 % S.E. B A B P. NETOB IF A/B (1000) (800) P. NETOA ACTIVOB (1600) (1500) PASIVOB (500) ACTIVOA (1500) PASIVOA (700) 7 ©Isabel Román 1. Método de integración proporcional P. NETOB I.F. A/B (0,8*1000=800) (800) ELIMINACIÓN INVERSIÓN-PN ACTIVOA P. NETOA (1500) (1600) PASIVOA ACTIVOB (700) ( 0,8*1500=1200) PASIVOB (0,8*500= 400) 8 ©Isabel Román 4 1. Método de integración proporcional 20 % 80 % S.E. B A B ACTIVOA P. NETOA (1500) (1600) BALANCE CONSOLIDADO PASIVOA ACTIVOB (700) ( 0,8*1500=1200) PASIVOB (0,8*500= 400) 9 ©Isabel Román 1. Método de integración proporcional Art. 51 NOFCAC. Criterios aplicables 1. Aplicación del método de integración global considerando que: La agregación se realizará en la proporción que represente las participaciones de las sociedades del grupo en su patrimonio neto. Los créditos y débitos, ingresos y gastos y resultados por operaciones internas se eliminarán por la proporción anterior. No deberá lucir en cuentas consolidadas ninguna partida correspondiente a socios externos de la sociedad multigrupo. 2. Si existen participaciones previas se considerará el coste de cada una de las transacciones individuales. 10 ©Isabel Román 5 2. Puesta en equivalencia También denominado MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN Solamente es posible aplicarlo en inversiones en el capital de una sociedad (no en obligaciones, bonos, etc.) Se podría aplicar a cualquier inversión en el capital de una sociedad, independientemente del % de participación que se posea, y de la existencia de influencia o control en la participada. Requiere de homogeneizaciones y de algunos ajustes y eliminaciones propios de la técnica de la consolidación. Por ello, se necesita disponer de gran información difícil de obtener si no se tiene control o influencia significativa sobre la participada. 11 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia Art. 12 NOFCAC. Aplicación del procedimiento de puesta en equivalencia “El procedimiento de puesta en equivalencia, o método de la participación se aplicará en la preparación de las cuentas consolidadas a las inversiones en: a) Sociedades asociadas, y b) Sociedades multigrupo cuando no se les aplique el método de integración proporcional”. (Si se aplican las NIIF, a las sociedades multigrupo se les aplicará, exclusivamente, la puesta en equivalencia) 12 ©Isabel Román 6 2. Puesta en equivalencia Art. 52 NOFCAC. Descripción del procedimiento -La inversión en una sociedad se registrará inicialmente al coste (de acuerdo con art.54). - Se incrementará o disminuirá posteriormente para reconocer el porcentaje que corresponde al inversor en la variación del patrimonio neto producido en la entidad participada, después de la fecha de adquisición. (Reservas en sociedades puestas en equivalencia) 13 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia Art. 53 NOFCAC. Homogeneización de la información 1. Si la sociedad participada utiliza criterios de valoración diferentes a los del grupo, deberán efectuarse los ajustes necesarios, cuanto tales diferencias resulten significativas y se puede disponer de la información necesaria. (HOMOGENEIZACIÓN VALORATIVA) 2. Las cuentas anuales de la sociedad participada deberán referirse a la misma fecha que las cuentas consolidadas. (HOMOGENEIZACIÓN TEMPORAL) 14 ©Isabel Román 7 2. Puesta en equivalencia Art. 54 NOFCAC. Primera aplicación La participación se valorará por el importe que el porcentaje de inversión de las sociedades del grupo represente sobre el patrimonio neto de la sociedad (después valorar activos y pasivos). Figurará en el balance consolidado en la partida ”Participaciones puestas en equivalencia” PPE = d% ( VR Activos adquiridos – VR Pasivos asumidos) 15 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia COMPARACIÓN INVERSIÓN - NETO PARTICIPADA Coste Inversión (IF A/B ) - d% Patrimonio Neto (VR) SI IF A/B > d% NvrB SI IF A/B < d% NvrB FONDO DE COMERCIO: DIFERENCIA NEGATIVA: Se incluirá en la partida Se reconoce en la cuenta de pérdidas y ”Participaciones puestas en ganancias consolidada como resultado equivalencia” y se informará de positivo en la cuenta ”Diferencia él en la memoria. negativa de consolidación de sociedades puestas en equivalencia”. 16 ©Isabel Román 8 2. Puesta en equivalencia Caso 1 20 % 80 % S.E. B A B P. NETOB IF A/B (900) (800) P. NETOA ACTIVOB (1600) (1500) PASIVOB (600) ACTIVOA (1500) PASIVOA (700) 17 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia Caso 1 20 % 80 % S.E. B A B Participaciones puestas en P. NETOB equivalencia (900) (800) P. NETOA ACTIVOB (1600) (1500) PASIVOB (600) ACTIVOA PPE = 0,8 x 900 = 720 PASIVOA (1500) DC = 800 – 0,8 x 900 = 80 FC (700) Total PPE = 720 + 80 = 800 DIFERENCIA POSITIVA 18 ©Isabel Román 9 2. Puesta en equivalencia Caso 2 20 % 80 % S.E. B A B Participaciones en Sociedades P. NETOB Asociadas (900) (700) P. NETOA ACTIVOB (1600) (1500) PASIVOB (600) ACTIVOA (1500) PASIVOA (600) 19 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia Caso 2 20 % 80 % S.E. B A B Participaciones puestas en P. NETOB equivalencia (900) (720) P. NETOA ACTIVOB (1620) (1500) PASIVOB (600) ACTIVOA PPE = 0,8 x 900 = 720 PASIVOA (1500) DC = 700 – 0,8 x 900 = -20 DNC (700) Total PPE = 720 DIFERENCIA NEGATIVA 20 ©Isabel Román 10 2. Puesta en equivalencia AJUSTES AL VALOR INICIAL DE LA PARTICIPACIÓN (art.55) (CONSOLIDACIONES POSTERIORES) El valor de la PPE se modificará (en el d%) por las variaciones experimentadas en el patrimonio neto de la sociedad participada desde la fecha de adquisición. A TENER EN CUENTA: Se debe eliminar los resultados no realizados generados entre dicha sociedad y las sociedades del grupo (d%). La contrapartida a la eliminación del resultado no generado por una operación con una sociedad del conjunto consolidable es la Participación Puesta en Equivalencia. 21 ©Isabel Román 2. Puesta en equivalencia AJUSTES AL VALOR INICIAL DE LA PARTICIPACIÓN (art.55) (CONSOLIDACIONES POSTERIORES) El importe correspondiente al grupo del resultado obtenido por la participada forma parte de los resultados consolidados y aparece en la cuenta de pérdidas y ganancias como ”Participación en beneficios (pérdidas) de sociedades puestas en equivalencia” Las variaciones correspondientes a otras variaciones de neto se mostrarán en los correspondientes epígrafes del PN conforme a su naturaleza. Si se trata de reservas, en la partida ”Reservas en sociedades puestas en equivalencia” En cualquier caso, debe indicarse en la memoria los importes de reservas, ajustes por valoración y subvenciones con origen en la sociedad participada. 22 ©Isabel Román 11 2. Puesta en equivalencia AJUSTES AL VALOR INICIAL DE LA PARTICIPACIÓN (art.55) (CONSOLIDACIONES POSTERIORES) DIVIDENDOS: Los beneficios distribuidos por la sociedad participada como ingresos serán eliminados, considerándose reservas de la sociedad que posea la participación. Cuando se trate de dividendos a cuenta, se reducirá el valor de PPE, con cargo a los resultados de la sociedad que los haya recibido. 23 ©Isabel Román COMPARACIÓN MÉTODOS 24 ©Isabel Román 12 3. Cambios en los métodos de consolidación Los cambios pueden deberse a: 1) Cambio de criterio en sociedades multigrupo (de integración proporcional a puesta en equivalencia o viceversa). 2) Cambio en la calificación de la sociedad: 1) Pérdida de control en sociedades dependientes (art.31) 2) Pérdida de la condición de sociedad asociada o multigrupo (art.58.2 y 58.3) 3) De asociada o multigrupo a dependiente (Consolidación por etapas. art.58.4). 4) De asociada a multigrupo (De puesta en equivalencia a integración proporciona. art.58.5) 5) De multigrupo a asociada (De integración proporcional a puesta en equivalencia) (art.58.6). 25 ©Isabel Román 13

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