Capacitación Cuidados Paliativos PDF

Summary

Esta presentación describe los cuidados paliativos, incluyendo objetivos, principios, y aplicaciones a la población pediátrica. Se definen términos clave como "cuidados paliativos" y "cuidador", proporcionando definiciones y directrices para la atención. Hay una sección separada sobre los principios de los cuidados paliativos, y un enfoque particular a la atención a niños y adolescentes.

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CUIDADOS PALIATIVOS OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Proveer los lineamientos en Cuidados Paliativos a los diferentes integrantes del Sistema General de Salud para que, según sus competencias, sean implementados en el marco del Modelo Integral de Atenc...

CUIDADOS PALIATIVOS OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Proveer los lineamientos en Cuidados Paliativos a los diferentes integrantes del Sistema General de Salud para que, según sus competencias, sean implementados en el marco del Modelo Integral de Atención en Salud. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Difundir los actos administrativos que regulan la disponibilidad y accesibilidad a los servicios de salud necesarios para la atención integral en cuidados paliativos. -Unificar criterios que permitan la implementación y el fortalecimiento de la atención en Cuidados Paliativos, evitando su fragmentación. -Promover el desarrollo de capacidades y habilidades en el equipo de salud para atender a las personas con enfermedades altamente amenazantes y/o incapacitantes, crónicas, avanzadas, degenerativas, irreversibles, o en fase de final de vida, que requieran cuidados paliativos. -Brindar herramientas que permitan implementar la atención en Cuidados Paliativos, en armonía con el modelo integral de atención en salud, centrada en la persona y su familia. -Promover el mejoramiento de los registros y fuentes de información existentes, para las actividades relacionadas con la atención integral en Cuidados Paliativos. La OMS ha definido los cuidados paliativos como: El “enfoque que mejora la calidad de vida de personas y familias que se enfrentan a problemas asociados con enfermedades amenazantes para la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas, físicos, psicosociales y espirituales”. La atención de cuidados paliativos cumple con los siguientes principios: Proporcionan alivio del dolor y de otros síntomas. Afirman la vida y consideran la muerte como un proceso normal. No intentan acelerar ni retrasar la muerte. Integran los aspectos espirituales y psicológicos del cuidado de la persona. Ofrecen un sistema de soporte para ayudar a los pacientes a vivir tan activamente como sea posible hasta la muerte. Ofrecen un sistema de soporte para ayudar a la familia a adaptarse durante la enfermedad de la persona y en el duelo. Utilizan el trabajo en equipo para desarrollar capacidades en las personas y sus familias, incluyendo soporte emocional en el duelo, cuando esté indicado. Mejoran la calidad de vida y pueden también influenciar positivamente en el curso de la enfermedad. Son aplicables de forma precoz en el curso de la enfermedad, en conjunción con otros tratamientos que pueden prolongar la vida, tales como quimioterapia o radioterapia, e incluyen aquellas investigaciones necesarias para comprender mejor y manejar situaciones clínicas complejas. Los principios que aplican a la población pediátrica son: El cuidado paliativo para los niños y adolescentes es el cuidado total activo del cuerpo, la mente y el espíritu; y también implica dar apoyo a la familia. Comienza cuando se diagnostica la enfermedad, y continúa independientemente de si un niño y adolescente recibe o no tratamiento dirigido a la patología. Los prestadores de servicios de salud deben evaluar y aliviar el sufrimiento físico, psicológico y social del niño y adolescente. La atención paliativa eficaz requiere un amplio enfoque multidisciplinario que incluya a la familia y haga uso de los recursos comunitarios disponibles. Puede proporcionarse en centros de atención terciaria, en centros de salud comunitarios en incluso en hogares pediát DEFINICIONES Cuidados Paliativos: Son los cuidados apropiados para la persona con una enfermedad altamente amenazante y/o incapacitante, terminal, crónica, degenerativa e irreversible donde el control del dolor y otros síntomas, requieren no solo el apoyo médico, sino también el apoyo social, espiritual, psicológico y familiar, durante la enfermedad y el duelo; logrando la mejor calidad de vida posible para el paciente y su familia. Cuidador: Persona que atiende y apoya a otra persona. Este apoyo puede incluir: prestar ayuda con el cuidado personal, las tareas del hogar, la movilidad, la participación social y otras actividades importantes; ofrecer información, asesoramiento y apoyo emocional, así como participar en tareas de promoción, ayudar a tomar decisiones, alentar la ayuda mutua y colaborar en la planificación anticipada de los cuidados; ofrecer servicios de cuidados temporales o de respiro; y participar en actividades para fomentar la capacidad intrínseca (combinación de todas las capacidades físicas y mentales con las que cuenta una persona). Los cuidadores pueden ser miembros de la familia, amigos, vecinos, voluntarios, cuidadores remunerados y profesionales de la salud. Distanasia: La distanasia se define como la “acción, intervención o procedimiento médico que no corresponde al objetivo de beneficiar a la persona cuando está en fase terminal, y que prolonga, en forma inútil y con sufrimiento, el proceso de morir, promoviendo la postergación de la muerte”. Algunos términos que se emplean como sinónimos de distanasia son encarnizamiento terapéutico, ensañamiento terapéutico u obstinación terapéutica, usados principalmente en países europeos. Y futilidad médica, tratamiento fútil o futilidad diagnóstica utilizados principalmente en Norteamérica. Documento de Voluntad Anticipada: El documento de voluntad anticipada es aquel en el que toda persona capaz, sana o en estado de enfermedad, en pleno uso de sus facultades legales y mentales y como previsión de no poder tomar tal decisión en el futuro, declara, de forma libre, consciente e informada su voluntad de no someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos innecesarios, que pretendan prolongar su vida; definición contenida en la Resolución 2665 de 2018, la cual deroga la Resolución 1051 de 2016. Enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida: Se define como enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, aquella que es de larga duración, que ocasione grave pérdida de la calidad de vida, que demuestre un carácter progresivo e irreversible que impida esperar su resolución definitiva o curación y que haya sido diagnosticada en forma adecuada por un médico experto. Niño, Adolescente: De acuerdo con el Concepto general unificado Niñez y Adolescencia 27891 de 2010- ICBF, "se entiende por niño o niña, las personas entre 0 y los 12 años y por adolescente las personas entre 12 y 18 años." Para efectos de este documento, cuando se utilicen las expresiones como: población pediátrica, joven, menor de edad o menor de 18 años se hace referencia al concepto mencionado anteriormente. Persona en fase terminal: Se define como persona en fase terminal a toda aquella que es portadora de una enfermedad o condición patológica grave, que haya sido diagnosticada en forma precisa por un médico experto, que demuestre un carácter progresivo e irreversible, con pronóstico fatal próximo o en plazo relativamente breve, que no sea susceptible de un tratamiento curativo y de eficacia comprobada, que permita modificar el pronóstico de muerte próxima Servicios complementarios: Para efectos de este documento se denominarán Servicios Sociales de Apoyo. Conjunto de cuidados destinados a las personas en situación de dependencia funcional, social, económica o emocional que por sus especiales características pueden beneficiarse de la actuación simultánea y sinérgica de los servicios sanitarios y sociales, para aumentar su autonomía, paliar sus condiciones y facilitar la realización de diversas actividades. Figura 1: Concepto de Dolor Total utilizado por Cicely Saunders Fuente: Saunders C. The Management of Terminal Illness. London: Edward Arnold, 1967. Figura 2 Modelo Multidimensional creado por Ferris Fuente: Ferris F, et al. A Model to Guide Patient and Family Care: Based on Nationally Accepted Principles and Norms of Practice. Journal of pain and symptom management. Vol. 24 No. 2 August 2002 Los niños y adolescentes que desarrollan enfermedades como las que se mencionan a continuación, son susceptibles de requerir cuidados paliativos, suelen tener un mejor pronóstico de supervivencia global y en el caso de los niños y adolescentes con patología oncológica las expectativas de curación son mayores. (12) Enfermedad neuromuscular y/o neurodegenerativa Cáncer (Tumores hematológicos y tumores sólidos) Fibrosis quística Parálisis cerebral Trastornos genéticos y metabólicos Malformaciones congénitas Prematuridad extrema Los niños y adolescentes, al igual que los adultos mayores, son sujetos de especial protección de derechos; deben ser tratados como personas en desarrollo, con capacidades de razón y autonomía que tienen la posibilidad de participar en el proceso salud enfermedad y en la toma de decisiones, en mayor o menor grado, dependiendo de su edad y su nivel de psicodesarrollo El cuidado paliativo dirigido a la población pediátrica tiene particularidades que se mencionan a continuación: El paciente pediátrico se encuentra en un proceso de crecimiento y desarrollo que influye en su comprensión de la enfermedad, la vida y la muerte, afecta su respuesta emocional e inciden en las estrategias de relación paciente-familia equipo de salud. La enfermedad del niño y adolescente es considerada siempre una crisis no normativa, es decir nunca es esperada y siempre es temida. Los niños y adolescentes tienden a proteger a sus padres y a sus allegados incluso con un coste personal. Las etapas iniciales del desarrollo del lenguaje afectan la expresión de las necesidades y de los sentimientos y la expresión del dolor. Existe un impacto social y familiar mayor; los padres están profundamente involucrados como cuidadores y responsables en la toma de decisiones. Es frecuente que abandonen sus puestos de trabajo para asumir el cuidado permanente del niño y adolescente lo cual altera sus roles e impacta en la capacidad adquisitiva de los hogares. El paciente pediátrico y adolescente se encuentra a menudo en etapa escolar, la enfermedad y los tratamientos pueden ser una barrera para la continuidad de las actividades académicas, por lo cual se requieren estrategias (programa aulas hospitalarias) que garanticen el desarrollo educativo y social del niño y adolescente. Debido a la mayor supervivencia de esta población, es posible que algunos niños y adolescentes lleguen a la edad adulta y requieran de una transición en los cuidados de salud y medidas que hagan que el cambio a equipos de adultos no sea un estresor adicional para el paciente y su familia. La centralización de los servicios de salud especializados hace que frecuentemente los niños-adolescentes y sus familias deban migrar de su lugar de procedencia para recibir atención; de allí la necesidad de promover el desarrollo de escenarios de apoyo social como los hogares de paso. Es probable que el duelo de las familias que pierden a un niño o adolescente sea grave, prolongado y a menudo complicado; la preparación de la familia para esta posibilidad y el acompañamiento de la misma por parte del equipo de cuidado paliativo es un factor fundamental. Es común que el paciente pediátrico y adolescente tenga hermanos y que la atención diferencial que tengan los padres en el niño o adolescente enfermo genere conflictos, adicionalmente el duelo del hermano, en caso de muerte, son problemas que merecen atención y manejo. Existe una red deficiente en cuanto a otros escenarios de cuidado diferentes del hospitalario, escasa atención domiciliaria en pediatría, inexistencia de centros sociosanitarios y de estrategias de descanso familiar; todo esto hace que sea difícil garantizar el derecho a la muerte digna en el paciente pediátrico y adolescente. SOPORTE NORMATIVO COLOMBIA NORMA DESCRIPCIÓN Ley 1384 de 2010. Por la cual se establecen las acciones para la atención integral del cáncer en Colombia. Ley Sandra Ceballos. Artículo 5°. Control integral del cáncer. Declárese el cáncer como una enfermedad de interés en salud pública y prioridad nacional para la República de Colombia. El control integral del cáncer de la población colombiana considerará los aspectos contemplados por el Instituto Nacional de Cancerología, apoyado con la asesoría permanente de las sociedades científicas clínicas y/o quirúrgicas relacionadas directamente con temas de oncología y un representante de las asociaciones de pacientes debidamente organizadas y avalado por el Ministerio de la Protección Social, que determinará acciones de promoción y pr evención, detección temprana, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos. Resolución 1841 de Que adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012- 2021, se establece en la Dimensión Vida Saludable y Condiciones 28 de mayo de 2013 No Transmisibles, la meta de organizar y garantizar la oferta de intervenciones de cuidado paliativo y reconstrucción, así como la disponibilidad y suministro continuo de medicamentos opioides. Resolución 1383 del Por la cual se adopta el Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia 2012 -2021, en donde se trazan unas 02 de mayo de 2013 metas y acciones para el mejoramiento de la calidad de vida de pacientes y sobrevivientes con cáncer, entre las cuales se encuentran: organizar y garantizar la oferta de intervenciones de cuidado paliativo, rehabilitación y reconstrucción en el país; garantizar en el territorio nacional la disponibilidad de medicamentos opioides, contar con servicios de apoyo social y consejería a pacientes con cáncer y sus cuidadores e implementar estrategias e investigaciones que aseguren la calidad en las intervenciones de cuidado paliativo para pacientes con cáncer y cuidadores. Ley 1733 de Mediante la cual se regulan los servicios de cuidados septiembre 8 de paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e 2014. SOPORTE NORMATIVO COLOMBIA Ley Consuelo Devis Saavedra. irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida. Ley 1753 de 2015 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo. Fortalecimiento de las capacidades del talento humano en salud que atiende a población adulta mayor, con relación a los determinantes sociales de la salud, enfoque de derechos, curso de vida, atención primaria en salud y en modelos de cuidados de mediana y larga estancia (cuidados paliativos, cuidados domiciliarios y cuidados al cuidador). Ley Estatutaria 1751 de 2015 Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud. Resolución 429 de Reglamenta la Política de Atención Integral en Salud. 2016 Resolución 3202 de Por la cual se adopta el Manual Metodológico para la elaboración e implementación de las Rutas 2016 Integrales de Atención en Salud — RIAS, se adopta un grupo de Rutas Integrales de Atención en Salud desarrolladas por el Ministerio de Salud y Protección Social dentro de la Política de Atención Integral en Salud —PAIS y se dictan otras disposiciones Circular 022 de 19 de abril de 2016 Lineamientos y directrices para la gestión del acceso a medicamentos opioides para el manejo del dolor. Circular 023 de 20 de abril de 2016. Instrucciones respecto de la garantía de los derechos de los pacientes que requieran cuidados paliativos. Resolución 1441 de Por la cual se establecen los estándares, criterios y procedimientos para la habilitación de las Redes 21 de abril de 2016 Integrales de Prestadores de Servicios de Salud. Resolución 1051 de Por medio de la cual se reglamenta la Ley 1733 de 2014 en cuanto al derecho a suscribir el 01 de abril de 2016 DEROGADA. Documento de Voluntad Anticipada. Resolución 1416 de Por la cual se adiciona el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud 20 de abril de 2016 adoptado por la Resolución 2003 de 2014. Resolución 1477 de Por la cual se define el procedimiento, los estándares y los criterios para la habilitación de las 2016 Unidades Funcionales para la Atención Integral de Cáncer del Adulto "UFCA" y de las Unidades de Atención de Cáncer Infantil "UACAI" y se dictan otras disposiciones SOPORTE NORMATIVO COLOMBIA Resolución 2003 de Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de 2014 habilitación de servicios de salud Decreto 4747 de Por medio del cual se regulan algunos aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las 2007 entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo, y se dictan otras disposiciones Resolución 518 de Por la cual se dictan disposiciones en relación con la gestión de Salud Pública y se establecen directrices para la 2015 ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas – PIC Convención Interamericana sobre la El objeto de la Convención es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en protección de los derechos humanos de las condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de personas mayores contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. Resolución 2665 de 2018, la cual deroga la Por medio de la cual se reglamenta parcialmente la Ley 1733 de 2014 en cuanto al derecho a suscribir el Documento Resolución 1051 de Voluntad Anticipada. de 2016. RESPONSABILIDAD DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD, DE ACUERDO CON LA OFERTA DE SERVICIOS: 1.Habilitar los servicios que oferta y hacer uso del sistema de referencia y contra-referencia, para facilitar acceso al cuidado paliativo. 2.Conocer, difundir, socializar y aplicar la Guía de Práctica Clínica para la Atención de Pacientes en Cuidado Paliativo adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social, en donde se abordan temas como: Aspectos generales de los cuidados paliativos, Comunicación con el paciente y su familia, Control de síntomas, sedación y duelo, Apoyo psicosocial y espiritual, Atención a la familia y tratamiento. 3.Fortalecer la capacitación y educación continua de los profesionales de la salud en Cuidados Paliativos. “En los servicios diferentes a consulta externa especialidades médicas, donde se atiendan pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles, a los cuales se les decida como conducta médica o por solicitud del paciente, el manejo del dolor y cuidado paliativo el médico tratante deberá contar con certificado de formación para el manejo del dolor y cuidado paliativo, cuando no sea especialista en dolor y cuidado paliativo y deberán contar con la correspondiente guía de práctica clínica.” (Resolución 1446 de 2016). 4. Brindar cuidados paliativos, a partir de la valoración de la capacidad funcional y de acuerdo a las condiciones de la persona y su familia, disponiéndose de un equipo interdisciplinario capacitado en cuidados paliativos, en el marco de los dos componentes definidos en el Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS): primario el cual hace referencia a la atención primaria en salud ofrecida por profesionales de la salud con conocimientos básicos en cuidados paliativos y complementario, que involucra la alta complejidad en donde la atención al paciente debe ser brindada por especialistas en cuidados paliativos. 5,Desarrollar y aplicar las intervenciones de atención en cuidados paliativos que son transversales a las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS). 6,Los prestadores que cuenten con servicios donde se atiendan personas con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles, a los cuales se determine el manejo del dolor y cuidado paliativo, deberán implementar el equipamiento y dispositivos médicos necesarios para la atención de las mismas. 7,Implementar instrumentos para la clasificación de la gravedad y la complejidad de la atención que requiera el paciente. Se sugieren herramientas tales como NECPAL: Identificación y Atención Integral- Integrada de Personas con Enfermedades Crónicas Avanzadas en Servicios de Salud y Sociales e IDC-Pal: Instrumento Diagnóstico de la Complejidad en Cuidados Paliativos. (Ver anexos A y B). 8,Mejorar los sistemas de información que permitan tener un registro confiable de la atención en Cuidados Paliativos, para su posterior monitorización y evaluación; haciendo uso del registro del código CIE- 10 correspondiente a Atención Paliativa Z515. 9,Analizar en comités de Ética Hospitalaria (Resolución 13437 de 1991) aquellas situaciones que generen dilemas éticos, durante la atención de cuidados paliativos. 10,Garantizar la disponibilidad, acceso y uso racional de opioides y otros medicamentos esenciales para la atención en cuidados paliativos: de acuerdo con la guía de práctica clínica y normatividad vigente. 1,Gestionar los cuidados paliativos, a través de la alianza de usuarios y con el personal de salud, fundaciones u organizaciones, promoviendo el bienestar de la persona y su familia basado en el alivio de síntomas, el soporte emocional y la comunicación. 2,Promover la participación del paciente y su familia en la definición de los problemas, condiciones de salud, propuesta de soluciones y evaluación de la atención requerida en cuidados paliativos. 3,Facilitar el rol del paciente, la familia y la comunidad como protagonista en las acciones de salud integral de cuidados paliativos. 4,Impulsar y facilitar los procesos de información, educación y comunicación relacionados con las medidas de autocuidado y cuidados al cuidador.

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