Lineamientos de Organización del Estado (Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM) PDF

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This document outlines the principles, criteria, and rules for designing, structuring, organizing, and operating state entities in Peru. It details the organization of government entities, including their functions, responsibilities, and procedures. The document is part of government regulations and organizational decrees for the Peruvian State.

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Firmado Digitalmente por: EDITORA PERU Fecha: 18/05/2018 04:33:21 4 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano cincuenta y cinco (55) artículos, nueve (9) disposiciones PODER EJECUTIVO complementarias finales, una única disposición complementaria transitoria y un (1) anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. PRESIDENCIA DEL CONSEJO Artículo 2.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM DE MINISTROS que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Decreto Supremo que aprueba los Pública”. Lineamientos de Organización del Estado Artículo 3.- Refrendo DECRETO SUPREMO El presente Decreto Supremo es refrendado por el Nº 054-2018-PCM Presidente del Consejo de Ministros. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. CONSIDERANDO: MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización Presidente de la República de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO la gestión pública y establece que las normas referidas Presidente del Consejo de Ministros a organización del Estado requieren de la opinión técnica previa de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se DEL ESTADO aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, que regulan TÍTULO I los criterios para ordenar la estructura de organización de las entidades de la Administración Pública, así como el proceso DEL OBJETO, FINALIDAD, de elaboración y aprobación de sus ROF; ÁMBITO Y PRINCIPIOS Que, mediante la Ley Nº 29158, se aprueba la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la cual establece Artículo 1.- Objeto entre otras disposiciones, los principios y las normas La presente norma regula los principios, criterios y básicas de organización, competencias y funciones del reglas que definen el diseño, estructura, organización y Poder Ejecutivo, con el objeto de atender las nuevas funcionamiento de las entidades del Estado. necesidades de organización del Poder Ejecutivo, a fin que las entidades de dicho Poder del Estado cuenten con Artículo 2.- Finalidad una organización moderna y flexible que repercuta en una La presente norma busca que las entidades del mejor atención o satisfacción de los ciudadanos; Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, organicen de la mejor manera a fin de responder a las se aprueba la Política Nacional de Modernización de la necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de Artículo 3.- Ámbito de aplicación modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano 3.1 La presente norma es de aplicación, bajo el y el desarrollo del país; término genérico de entidad, a las siguientes: Que, la citada Política señala que uno de los problemas en materia organizacional se debe a que los lineamientos a. El Poder Ejecutivo: Los Ministerios, Organismos y los modelos vigentes para la formulación de documentos públicos y demás entidades con calidad de pliego de gestión imponen normas uniformes de organización presupuestal. para la gran diversidad de entidades existentes; b. El Poder Judicial y el Congreso de la República, Que, en ese sentido resulta necesario aprobar nuevos en todos aquellos aspectos no contemplados o que no lineamientos de organización del Estado, armonizados se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo orgánicas. y la Política Nacional de Modernización de la Gestión c. Los organismos constitucionalmente autónomos, Pública; en todos aquellos aspectos no contemplados o que no Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes de la Secretaría de Gestión Pública, en su calidad de orgánicas. órgano rector del Sistema de Modernización de la Gestión d. El Seguro Social de Salud – EsSalud. Pública, ha elaborado una propuesta de lineamientos e. Las Universidades Públicas, excluyendo su de organización que reemplace a los lineamientos estructura de enseñanza que se rigen por lo dispuesto en aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, las normas especiales de la materia. con el fin que las entidades del Estado, conforme a su f. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor en todos aquellos aspectos no contemplados o que no manera para responder a las necesidades públicas, en se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes beneficio de la ciudadanía; orgánicas. De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la g. Las mancomunidades regionales y municipales, en Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica todos aquellos aspectos no contemplados o que no se del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización opongan a lo que establecen las leyes que las regulan. y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, h. Los Organismos públicos de los niveles regional y aprobado con Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; local, independientemente de la denominación formal de las normas que los creen o reconozcan. DECRETA: i. Los programas y proyectos especiales. j. Las demás entidades que forman parte de Artículo 1.- Aprobación la estructura del Estado y que ejercen potestades Apruébense los “Lineamientos de organización administrativas, y por tanto su accionar se encuentra del Estado”, los que constan de cuatro (4) títulos, sujeto a normas de derecho público. El Peruano / Viernes 18 de mayo de 2018 NORMAS LEGALES 5 3.2 Se encuentran excluidas del ámbito de aplicación Artículo 7.- Estructura orgánica y funcional de la presente norma, las Empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, las que se rigen por 7.1 La estructura orgánica agrupa las competencias la Ley General de Sociedades y las normas especiales y funciones de la entidad en unidades de organización que emite el FONAFE para las empresas que se y establece las líneas de autoridad y mecanismos de encuentran bajo su ámbito. Asimismo, se encuentran coordinación para el logro de sus objetivos. excluidas las empresas de gobiernos subnacionales 7.2 En el Reglamento de Organización y Funciones en tanto su actividad se sujete a lo regulado en la Ley se desarrolla la estructura orgánica de la entidad y se General de Sociedades, la Ley Orgánica de Gobiernos representa en el organigrama. Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, 7.3 La estructura funcional agrupa las funciones de una según corresponda y demás normativa especial que se entidad sin personería jurídica en unidades funcionales les aplique. y establece las líneas de autoridad y mecanismos de coordinación para el logro de sus objetivos. Artículo 4.- Principios generales 7.4 El Manual de Operaciones desarrolla la estructura Además de los principios contenidos en las normas funcional de la entidad y se representa en el organigrama. que regulan la estructura, organización y funcionamiento del Estado, se aplican los siguientes: Artículo 8.- Reglas para establecer la estructura orgánica o funcional a. Servicio a la ciudadanía.- Las entidades se Para establecer la estructura orgánica o funcional se organizan para responder mejor a las necesidades de consideran, según corresponda, las siguientes reglas: la ciudadanía asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad, para lograr resultados que impacten a) Distribución de competencias y funciones. - positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el Todas las competencias y funciones que las normas desarrollo del país. sustantivas establecen para una entidad, deben ser b. Eficacia.- Las entidades se organizan para asignadas a alguna unidad de organización de esta. asegurar el cumplimiento de políticas, estrategias, metas b) Determinación de funciones. - Las funciones y resultados. específicas asignadas a cada unidad de organización c. Eficiencia.- Las entidades adoptan formas se derivan de las funciones generales definidas para organizativas haciendo un uso racional de los recursos la entidad. Para tal efecto las funciones se desagregan públicos. siguiendo una secuencia jerárquica según los niveles d. Especialidad.- Las entidades integran sus organizacionales con los que cuente la entidad. competencias y funciones según su afinidad y c) Separación de funciones. - Las funciones complementariedad. sustantivas deben estar separadas de aquellas que son e. Jerarquía.- Las entidades se organizan en de administración interna. La estructura de los órganos de un régimen jerarquizado y desconcentrado cuando línea no debe incluir órganos de administración interna. corresponda, sobre la base de competencias y funciones d) Coherencia entre asignación de competencias afines. y rendición de cuentas. - Una entidad debe tener f. Legalidad.- Las competencias de las entidades claramente asignadas sus competencias de modo tal deben estar plenamente justificadas y amparadas en que pueda determinarse la calidad de su desempeño y el la ley y reflejarse en sus normas de organización y grado de cumplimiento de sus funciones sobre la base de funciones. criterios de medición que tiendan a ser objetivos. e) No duplicidad. - Las entidades no deben duplicar TÍTULO II funciones entre sí. Las funciones similares no deben ser ejercidas por más de una unidad de organización DEL DISEÑO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS al interior de una entidad, salvo cuando es en ámbitos territoriales diferentes. CAPÍTULO I f) Racionalidad.- Solo pueden crearse unidades de DISEÑO DE LAS ENTIDADES organización que estén orientadas al cumplimiento de la finalidad y competencias de la entidad; y respondan al Artículo 5.- Diseño de las entidades dimensionamiento y a sus objetivos institucionales. El diseño consiste en analizar las características de g) Coordinación. - Cuando se trate de funciones la entidad para identificar un modelo de organización que de coordinación permanentes entre unidades de más se ajuste a esta y facilite la elaboración o modificación organización, debe especificarse dicha función en cada de su estructura orgánica o funcional. uno de ellos. Cuando se trate de funciones de coordinación interinstitucional permanente, debe especificarse la Artículo 6.- Criterios de análisis para el diseño institución con la que se realiza. organizacional h) Simplicidad. - Las entidades desarrollan su 6.1 Las entidades consideran los siguientes criterios estructura y asignación de funciones en forma sencilla y para su diseño organizacional: clara. Esta debe soportar adecuadamente los procesos evitando complejizar o generar trabas en su interior para a. Estrategia y prioridades institucionales. el cumplimiento de sus fines y una mejor atención a los b. Bienes y servicios que presta, evaluando el nivel de ciudadanos. cobertura y demanda. c. Cantidad de personal con vínculo laboral y volumen Artículo 9.- Niveles organizacionales de trabajo. d. Recursos y capacidad operativa. 9.1 Son las categorías dentro de la estructura orgánica e. Tiempo de operación. de la entidad que reflejan la dependencia jerárquica entre f. Nivel de especialización de las funciones sustantivas. sus unidades de organización. Se clasifican en: g. Factores externos que pudiesen afectar el cumplimiento de las funciones sustantivas. a. Primer nivel: Órganos de Alta Dirección y según h. Nivel de riesgos en los procesos para la provisión corresponda órganos resolutivos u órganos consultivos. del bien o servicio. b. Segundo nivel: Órganos de línea y órganos de i. Normas sustantivas aplicables. administración interna c. Tercer nivel: Unidades orgánicas 6.2 En el caso del literal h) las entidades evalúan el funcionamiento de los procesos estratégicos, misionales 9.2 Los órganos desconcentrados configuran un y de apoyo para la identificación de riesgos. Para su nivel organizacional, salvaguardando su dependencia análisis, las entidades pueden definir mayores niveles jerárquica. de desagregación de sus procesos de acuerdo a su 9.3 En base al dimensionamiento de las entidades, complejidad hasta llegar a sus actividades, las cuales se éstas excepcionalmente se pueden organizar describen a través de procedimientos. jerárquicamente en un cuarto o mayor nivel organizacional, 6 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano siempre que estén debidamente sustentados conforme lo rectores de dichos sistemas no obligan la creación de dispuesto en el artículo 16. órganos o de unidades orgánicas. 12.4 Los órganos que ejercen estas funciones se CAPÍTULO II denominan oficinas, en caso se ejerzan a través de ÓRGANOS DE LAS ENTIDADES unidades orgánicas, estas se denominan unidades. Únicamente en el caso de los Ministerios los órganos se Artículo 10.- Órganos de la Alta Dirección denominan Oficinas Generales y sus unidades orgánicas se denominan Oficinas. 10.1 Los órganos de la Alta Dirección son responsables 12.5 En los Gobiernos Regionales, se denominan de dirigir la entidad, supervisar y regular sus actividades, Gerencias Regionales, de conformidad con la Ley y, en general ejercer las funciones de dirección política y Orgánica de Gobiernos Regionales. administrativa de la entidad. 12.6 En los Gobiernos Locales, se denominan 10.2 Configuran el primer nivel organizacional y están Gerencias Municipales, de conformidad con la Ley integrados por: Orgánica de Municipalidades. a. En los ministerios, por el Despacho Ministerial, los Artículo 13.- Órganos de Línea Despachos Viceministeriales y la Secretaría General. b. En los organismos públicos ejecutores del Poder 13.1 Los órganos de línea ejercen funciones Ejecutivo, por la Jefatura, Gerencia General, pudiendo sustantivas en la entidad y pueden ser de tipo técnico – contar por excepción con un Consejo Directivo cuando normativo o de prestación de bienes y servicios. atiendan asuntos de carácter multisectorial, de acuerdo a 13.2 Los órganos de línea se estructuran de la la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. siguiente forma: c. En los organismos públicos técnicos – especializados del Poder Ejecutivo, por la Presidencia Ejecutiva, el a. En los Ministerios los órganos del segundo nivel Consejo Directivo y la Gerencia General. organizacional en Direcciones Generales, de tener d. En los organismos públicos reguladores del Poder unidades orgánicas del tercer nivel organizacional en Ejecutivo, por el Consejo Directivo, la Presidencia Direcciones. Ejecutiva y la Gerencia General. b. En los Gobiernos Regionales y Locales en Gerencias e. En Gobiernos Regionales, por el Consejo Regional, para los órganos del segundo nivel organizacional; y en el Despacho de la Gobernación Regional y la Gerencia Subgerencias o Direcciones, de tener unidades orgánicas Regional. del tercer nivel organizacional. f. En los Gobiernos Locales, por el Concejo Municipal, c. En el resto de entidades se denominan Direcciones, la Alcaldía Municipal y la Gerencia Municipal. salvo que por mandato legal se establezca otra denominación. 10.3 Los órganos que ejercen rectoría sobre un sistema no forman, en virtud de dicha condición, parte de 13.3 Las funciones que se ejercen en cumplimiento la Alta Dirección de una entidad. La Ley de creación del de las normas que dictan los rectores de los Sistemas sistema determina el órgano o la entidad que ejerce la Funcionales no obliga la creación de órganos o de rectoría. unidades orgánicas. 10.4 Los asesores de la Alta Dirección no constituyen un órgano o una unidad orgánica, sino un equipo de Artículo 14.- Órganos Desconcentrados trabajo y no debe verse reflejado en el Reglamento de Organización y Funciones. 14.1 Los órganos desconcentrados desarrollan 10.5 En toda entidad debe estar definida la autoridad funciones sustantivas de uno o varios de los órganos de de la gestión administrativa, que forma parte de la Alta línea del tipo prestadores de bienes o servicios, y se crean Dirección y actúa como nexo de coordinación entre para atender necesidades no atendidas o para aumentar esta y los órganos de asesoramiento y de apoyo. En su cobertura. Actúan en representación de la entidad de los Ministerios esta función es ejercida por la Secretaría la cual forman parte dentro del territorio, sobre el cual General; en los Gobiernos Regionales por la Gerencia ejercen jurisdicción. Regional y en los Gobiernos Locales por la Gerencia 14.2 Existen dos formas de desconcentración: Municipal. En los organismos públicos, se denomina Gerencia General. a. La desconcentración vertical se realiza atendiendo al vínculo jerárquico existente entre el órgano que delega Artículo 11.- Órgano de Control Institucional y de y el que ejerce las competencias. Defensa Jurídica b. La desconcentración horizontal se realiza para expandir la cobertura geográfica para la prestación de 11.1 El Órgano de Control Institucional es el órgano bienes y servicios de la entidad. responsable del control de las actividades de gestión, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema 14.3 La desconcentración vertical de funciones Nacional de Control y la normativa de la materia. administrativas tales como recepción de expedientes, 11.2 Para la defensa jurídica de los derechos e solicitudes, entrega de información a la ciudadanía, intereses del Estado, los Ministerios y demás entidades y en general para actividades de similar naturaleza, expresamente autorizadas conforme a ley cuentan con constituye Oficinas Desconcentradas, que forman un órgano de defensa jurídica. Las funciones de las parte de la Oficina de Atención al Ciudadano o la que procuradurías públicas son determinadas conforme a la haga sus veces. normativa de la materia. Artículo 15.- Otros Órganos Artículo 12.- Órganos de Administración Interna De acuerdo a sus funciones una entidad puede tener los siguientes órganos, siempre que su Ley de creación 12.1 Son órganos encargados de asesorar o apoyar a lo faculte: la entidad en el cumplimiento de sus funciones sustantivas y están constituidos, respectivamente, por los órganos de a. Órganos Académicos asesoramiento y apoyo. Son los encargados de brindar una formación 12.2 La calificación del órgano de administración académica a terceros y pueden adoptar la figura de interna en asesoramiento o apoyo, depende de las escuelas, institutos y demás centros de formación. características y estrategias que adopte la entidad para el Se incluyen dentro de esta calificación a los institutos cumplimiento de sus fines. y escuelas de educación superior de las fuerzas 12.3 Las funciones que se derivan de los Sistemas armadas de la policía nacional. Constituyen órganos Administrativos recogen lo dispuesto por sus entes de línea, salvo que la Ley le otorgue otra clasificación rectores. Las funciones enunciadas o aquellas que se de órgano en el marco de lo dispuesto en los presentes ejercen en cumplimiento de las normas que dictan los lineamientos. El Peruano / Viernes 18 de mayo de 2018 NORMAS LEGALES 7 b. Órganos Resolutivos 18.4 Cuentan con una estructura funcional que se Son los encargados de resolver en última instancia, desarrolla en el Manual de Operaciones y se representa cualquier reclamo o controversia en las materias bajo su mediante un organigrama. competencia definidas por ley. Gozan de autonomía, sus decisiones agotan la vía administrativa y se ubican en el Artículo 19.- Fondos primer nivel organizacional. 19.1 Los fondos que por la magnitud de sus operaciones c. Órganos Consultivos requieren de una administración, distinta de la entidad de Son los encargados de asesorar o emitir opinión sobre la cual forma parte, pueden contar funcionalmente con asuntos que solicite la Alta Dirección, conformados por un Consejo Directivo, que se constituye en su máxima un equipo colegiado experto en la materia. Sus miembros autoridad, con una Secretaría Técnica y, de ser necesario, pueden ser designados por la propia Ley que los crea, con comités de financiamiento, vigilancia y supervisión. La mediante el mecanismo previsto por esta o por el Titular de estructura del fondo se determina en su ley de creación. la entidad. Ejercen funciones ad honorem y no ejercen una 19.2 En aquellos casos que solo se requiera de un línea de autoridad ni poseen dependencia jerárquica. Se Consejo Directivo y una Secretaría Técnica, esta última ubican en el primer nivel organizacional y no tienen unidades recae y se ejerce a través de un órgano de línea de la orgánicas. Incluyen a las Comisiones Consultivas. entidad de la cual forma parte. Artículo 16.- Criterios para la creación de órganos Artículo 20.- Otras entidades sin personería o unidades orgánicas jurídica Las demás entidades sin personería jurídica que 16.1 Los criterios que justifican la creación de órganos forman parte de la estructura del Estado y que ejercen o unidades orgánicas son los siguientes: potestades administrativas, pueden contar con una estructura funcional. Estas pertenecen a una entidad con a. La carga administrativa o volumen de operación personería jurídica. requeridas de forma permanente b. Enfoque estratégico CAPÍTULO IV c. Tipo y tamaño de la entidad COMISIONES, GRUPOS DE TRABAJO O COMITÉS d. Grado de tecnificación de los procesos e. Las competencias del recurso humano Artículo 21.- Comisiones f. Necesidad de independizar servicios y tareas g. Necesidad de ejercer supervisión o control 21.1 Son un tipo de órgano colegiado sin personería h. Contar con más de 15 servidores civiles con contrato jurídica y se crean para cumplir con funciones de vigente o posición presupuestada. seguimiento, supervisión, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de 16.2 La aplicación de los criterios señalados en decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen el numeral anterior se aplican en forma alternativa o de efectos jurídicos frente a terceros. Las Comisiones, concurrente, según corresponda. sean temporales o permanentes, no tienen unidades 16.3 Los criterios señalados en el numeral 16.1 se orgánicas. aplican también para justificar la creación de los demás 21.2 La coordinación es inherente a las entidades niveles organizacionales, siendo obligatorio que concurra públicas y no requiere necesariamente la conformación el criterio señalado en el literal h). de Comisiones. La coordinación al interior de una entidad no requiere en ningún caso la conformación de una CAPÍTULO III Comisión. PROGRAMAS, PROYECTOS ESPECIALES, FONDOS 21.3 Las comisiones solo realizan las funciones Y OTRAS ENTIDADES SIN PERSONERÍA JURÍDICA establecidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo o en su norma de creación, según corresponda. Artículo 17.- Programas 21.4 Las comisiones no se encuentran facultadas para suscribir convenios o celebrar contratos. De ser 17.1 Un programa es una forma de organización sin necesario, corresponde a la entidad en la cual recae la personería jurídica que adopta una entidad para resolver secretaría técnica, realizar dichas actuaciones. un problema, una situación crítica o implementar una política específica, en el ámbito de competencia de la Artículo 22.- Designación de los miembros entidad a la que pertenece. La designación de los miembros de una Comisión 17.2 Cuenta con ámbito de competencia para se hace en función del cargo. Excepcionalmente, dicha adoptar decisiones técnicas vinculadas al seguimiento designación puede hacerse en función de la persona y evaluación, mejora de procesos, emisión de normas que ocupa un determinado cargo. En ambos casos el técnicas, entre otras de similar naturaleza. miembro de la Comisión actúa en representación de 17.3 Sólo por excepción, cuando se prevé que la una entidad pública o de un colectivo cuando se trate de misión es de tipo permanente o que la intervención a representantes de organizaciones de la sociedad civil. desarrollar para dar solución al problema o situación crítica es de largo plazo, la creación de un programa Artículo 23.- Comisiones del Poder Ejecutivo conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica Las Comisiones del Poder Ejecutivo pueden ser en una entidad. Asimismo, excepcionalmente su creación Comisiones Sectoriales o Comisiones Multisectoriales implica la creación de una categoría presupuestal. conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder 17.4 Cuentan con una estructura funcional que se Ejecutivo. En estas Comisiones pueden participar como desarrolla en un Manual de Operaciones y se representa invitados representantes de otros niveles de gobierno, mediante un organigrama. del Poder Legislativo, del Poder Judicial; así como de los Organismos Constitucionalmente Autónomos o Artículo 18.- Proyectos especiales representantes acreditados de la sociedad civil. La norma de creación establece la entidad de la cual dependen. 18.1 Un proyecto especial es una forma de organización sin personería jurídica que se crea para Artículo 24.- Otras comisiones alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. 24.1 Se pueden conformar comisiones integradas por 18.2 Cuenta con ámbito de competencia delimitado entidades de distintos poderes del Estado o niveles de para producir bienes y servicios y ejecuta las normas gobierno respetando la autonomía de cada una de estas. técnicas dispuestas por la entidad a la que pertenece. La norma de creación establece la entidad que presta el 18.3 Solo por excepción, un proyecto especial puede apoyo para su funcionamiento. formar parte de un programa o de un órgano de línea de 24.2 Las Comisiones Multiregionales y Multilocales se una entidad. crean a propuesta de dos o más Gobiernos Regionales 8 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano o Locales, según corresponda, mediante acuerdo. En la asigna por Ley y solo a entidades que ejercen funciones sesión de instalación, los miembros de las Comisiones permanentes y que hayan sido calificadas como pliego Multiregionales y Multilocales designarán quien preside la presupuestal. Comisión. 30.3 Las entidades del Poder Ejecutivo que carecen de 24.3 Las Comisiones Multiregionales están integradas personería jurídica, tales como los programas, proyectos por representantes de los Gobiernos Regionales. Estas especiales, fondos, comisiones, entre otros, pertenecen a pueden invitar a los Gobiernos Locales de las respectivas un Ministerio o un organismo público. Las entidades que jurisdicciones. carecen de personería jurídica creadas en el ámbito de los 24.4 Las Comisiones Multilocales están integradas por Gobiernos Regionales y Locales forman parte de estos. representantes de los Gobiernos Locales. Estas pueden invitar al Gobierno Regional de su respectiva jurisdicción. Artículo 31.- Norma que aprueba la creación de entidades Artículo 25.-Secretaría Técnica 31.1 Los Ministerios y Organismos públicos del Poder 25.1 En caso su norma de creación así lo disponga, Ejecutivo se crean por Ley a iniciativa del Poder Ejecutivo. las comisiones cuentan con una Secretaría Técnica que 31.2 Los fondos se crean por Ley y carecen de les brinda soporte, la cual es asumida por una de las personería jurídica. Los fondos del Poder Ejecutivo a entidades que la conforman. los que hace referencia el artículo 39 de la Ley Orgánica 25.2 La Secretaría Técnica es la responsable de llevar del Poder Ejecutivo son los únicos que cuentan con el registro de los acuerdos de la Comisión y custodiar sus personería jurídica. actas y toda documentación que se genere durante su 31.3 Los Organismos públicos bajo el ámbito de vigencia. competencia de un Gobierno Regional o Local se crean por Ordenanza conforme a lo dispuesto en la normativa Artículo 26.-Reglamento Interno vigente. 31.4 Las demás entidades conforme a la normatividad 26.1 Las Comisiones Multisectoriales de naturaleza vigente. permanente o aquellas creadas con una vigencia mayor a doce (12) meses cuentan con un Reglamento Interno. Artículo 32.- Fusión 26.2 De corresponder, las Comisiones Sectoriales con Es un mecanismo de reforma de la estructura del una vigencia mayor de doce (12) meses pueden contar Estado por el cual uno o más órganos, Ministerios, con un Reglamento Interno. Organismos públicos, programas, proyectos, fondos, 26.3 El Reglamento Interno debe contener como comisiones, o cualquier entidad del Estado, se integran mínimo el régimen de periodicidad, quórum, reglas de a otra existente denominada absorbente. Origina la votación y reglas de aprobación de acuerdos, entre otros. extinción de las entidades u órganos absorbidos. 26.4 Pueden tener un régimen de sesiones presenciales o virtuales. Las sesiones virtuales siguen las Artículo 33.- Norma que aprueba la fusión mismas formalidades previstas para las presenciales. 33.1 A excepción de los Ministerios que se fusionan Artículo 27.- Extinción de las Comisiones por Ley, la fusión de órganos, programas, proyectos, comisiones, Organismos públicos, fondos, comisiones y 27.1 Una Comisión se extingue una vez que se ha en general toda entidad del Poder Ejecutivo se aprueba cumplido con su objetivo o culminado su periodo de por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo vigencia. de Ministros, previa opinión favorable de la Secretaría de 27.2 La Secretaría de Gestión Pública evalúa el Gestión Pública. funcionamiento de las Comisiones, a fin de determinar la 33.2 La fusión de organismos públicos, programas, necesidad de su continuidad. proyectos, comisiones y en general toda entidad bajo el ámbito de competencia de un mismo gobierno regional Artículo 28.- Grupos de trabajo o local, se aprueba por Decreto Regional o de Alcaldía. Los grupos de trabajo son un tipo de órgano Cuando se trate de una fusión de entidades de ámbitos de colegiado de naturaleza temporal, sin personería jurídica competencia de gobiernos regionales o locales diferentes, ni administración propia, que se crean para cumplir se aprueba por Ley. funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes. Sus conclusiones Artículo 34.-Vigencia de la entidad absorbida carecen de efectos jurídicos sobre terceros. Se extinguen automáticamente concluido su periodo de vigencia. 34.1 Durante el proceso de fusión, la entidad absorbida mantiene vigente su estructura y ejerce las funciones, Artículo 29.- Comités responsabilidades y obligaciones que le correspondan. 34.2 Durante el proceso de fusión, la entidad 29.1 Los comités son un tipo de órgano colegiado, sin absorbida debe limitar su accionar a aspectos que personería jurídica ni administración propia, que se crean garanticen mantener el adecuado funcionamiento de la para tomar decisiones sobre materias específicas. Sus entidad debiendo someter a consideración de la Comisión miembros actúan en representación del órgano o entidad de Transferencia cualquier obligación que exceda el plazo a la cual representan y sus decisiones tienen efectos de fusión, incluida las renovaciones o contrataciones de vinculantes para éstos, así como para terceros, de ser el personal, así como aquellos contratos que sean suscritos caso. desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo. 29.2 Los comités se disuelven automáticamente 34.3 Las entidades involucradas en un proceso de cumplido su objeto y periodo de vigencia, de ser el caso. fusión son las responsables de cumplir con el proceso de transferencia en los plazos establecidos en la norma que TÍTULO III aprueba el proceso de fusión, bajo responsabilidad de sus titulares. Terminado el proceso de fusión, la entidad DE LA CREACIÓN, FUSIÓN, ADSCRIPCIÓN, CAMBIO absorbente debe comunicarlo a la Secretaria de Gestión DE DEPENDENCIA Y EXTINCIÓN DE ENTIDADES de Pública, en un plazo no mayor a siete (7) días de culminado el proceso. Artículo 30.- Creación de entidades Artículo 35.- Adecuación de documentos de 30.1 Es un mecanismo de reforma de la estructura gestión del Estado por el cual se crea una entidad pública para resolver un problema público que requiera y justifique 35.1 Las entidades involucradas en un proceso de dicha creación. fusión, deben gestionar la aprobación de sus documentos 30.2 Las entidades pueden contar o no con personería de gestión dentro del plazo que disponga la norma que jurídica de derecho público. La personería jurídica se aprueba el proceso de fusión. El Peruano / Viernes 18 de mayo de 2018 NORMAS LEGALES 9 35.2 En tanto no se apruebe o adecúe el Texto referencia en el presente Título, vinculadas al Poder Único de Procedimientos Administrativos de la entidad Ejecutivo, requieren de la opinión previa favorable de la absorbente, se mantienen vigentes los procedimientos de Secretaría de Gestión Pública. la entidad absorbida. 42.2 En el caso de las propuestas normativas de creación de organismos públicos, programas, proyectos Artículo 36.- Adscripción especiales, comisiones multisectoriales de naturaleza permanente o temporal, y de cualquier otra entidad 36.1 Es un mecanismo de reforma de la estructura adscrita o dependiente de los ministerios, deben ser del Estado por el cual se asigna y vincula un Organismo remitidos a la Secretaría de Gestión Pública con la opinión público a un Ministerio en particular. técnica previa del ministerio correspondiente. 36.2 Establece una relación organizacional sectorial y un alineamiento de las políticas públicas, planes y objetivos TÍTULO IV estratégicos de entidades con competencias y funciones afines y complementarias, facilitando su coordinación. DOCUMENTOS DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL Solo es aplicable para el caso de los organismos públicos del Poder Ejecutivo. CAPÍTULO I 36.3 No genera la extinción de un organismo público, DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN ni la modificación de sus funciones, ni la variación de los Y FUNCIONES recursos asignados a su pliego. Artículo 43. - Reglamento de Organización y Artículo 37.- Norma que aprueba el cambio de Funciones – ROF. adscripción Es el documento técnico normativo de gestión El cambio de adscripción se aprueba mediante organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo entidad. Contiene las competencias y funciones generales de Ministros, previa opinión favorable de la Secretaría de de la entidad; las funciones específicas de sus unidades Gestión Pública. de organización, así como sus relaciones de dependencia. Artículo 38.- Adecuación de los documentos de Artículo 44.- Contenido del Reglamento de gestión Organización y Funciones El ROF se divide en secciones y títulos: 38.1 A partir de la entrada vigencia del cambio de adscripción, el organismo público debe adecuar sus 1. Sección primera. Compuesta por tres títulos: documentos de gestión, según corresponda, en función de las políticas, planes, estrategias, objetivos, entre otros, Título I. Disposiciones generales del Ministerio al cual se ha adscrito. 38.2 Asimismo, cualquier acción administrativa a) Naturaleza jurídica. vinculada con el organismo público que requiera de la b) Adscripción. En el caso de los Organismos públicos participación del Ministerio para la toma de decisiones, se del Poder Ejecutivo y de los Gobiernos Regionales y entiende que corresponde al nuevo Ministerio de destino, Locales, según corresponda, la entidad a la cual está cuya responsabilidad política recae en su titular. adscrita. c) Jurisdicción. Comprende el ámbito territorial sobre Artículo 39.- Cambio de dependencia de programas, el que ejerce sus competencias. Se presume, salvo proyectos, fondos, comisiones permanentes y otros disposición en contrario, que la jurisdicción que ejerce la entidad corresponde al nivel de gobierno al que pertenece. 39.1 Es un mecanismo de reforma de la estructura d) Funciones generales de la entidad. del Estado por el cual se cambia la dependencia e) Base Legal. Listado de normas sustantivas sobre de programas, proyectos especiales, comisiones las cuales se sustentan sus competencias y las funciones permanentes y, en general de cualquier entidad que no generales de la entidad. cuenta con personería jurídica de derecho público. 39.2 El cambio de dependencia no genera la extinción Título II. Órganos del primer nivel organizacional de la entidad sin personería jurídica. 39.3 La norma que dispone el cambio de dependencia Desarrolla el primer nivel organizacional, señalando debe ser de igual o superior rango de aquella que las funciones específicas asignadas a cada órgano de determinó la creación de la entidad sin personería jurídica. dicho nivel organizacional. Artículo 40.-Extinción Título III. Órganos del segundo nivel organizacional Es un mecanismo de reforma de la estructura del Estado por el cual una entidad pública desaparece de la Desarrolla el segundo nivel organizacional, señalando estructura del Estado. las funciones específicas asignadas a cada órgano de dicho nivel organizacional, diferenciando entre los tipos Artículo 41.- Norma que aprueba la extinción de órganos. 41.1 La extinción de Ministerios y Organismos públicos 2. Sección segunda. Contiene los títulos desde se aprueba por ley a iniciativa del Poder Ejecutivo, previa el tercer nivel organizacional en adelante, señalando opinión técnica de la Secretaría de Gestión Pública. las funciones específicas asignadas a sus unidades de 41.2 La extinción del resto de entidades públicas bajo organización de cada nivel organizacional, debiendo el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo y de los hacer referencia a la unidad de organización de la cual Gobiernos Regionales y Locales se aprueba por normas depende. Contiene como anexos la estructura orgánica y de igual o superior rango de aquellas que determinaron el organigrama de la entidad. su creación. 41.3 La norma que determina la extinción de una Artículo 45.- Norma que aprueba el Reglamento de entidad debe establecer un periodo de cierre o transferencia Organización y Funciones de acervo documentario, bienes, personal, obligaciones, derechos y acreencias, libros contables entre otros, de 45.1 El ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se conformidad con las disposiciones que rigen la materia. aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. La Artículo 42.- Opinión de la Secretaría de Gestión organización interna de sus órganos y el despliegue de sus Pública funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección 42.1 Las propuestas normativas de los mecanismos del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de de reforma de la estructura del Estado a los que se hace la Entidad. 10 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano 45.2 En el caso de los organismos públicos, requiere Ministros. Este literal solo aplica a las entidades del Poder de la conformidad del Ministerio al cual se encuentra Ejecutivo. adscrito. c. El cuadro de necesidades del personal. 45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente Artículo 48.- Contenido del Informe Técnico por manera: modificación parcial a) El Poder Judicial, Organismos Constitucionalmente 48.1 Cuando la modificación parcial reasigna o Autónomos y Universidades Públicas, por Resolución del modifica funciones entre unidades de organización sin Titular. que se afecte la estructura orgánica, el Informe Técnico b) Los Gobiernos Regionales y sus Organismos que sustenta la propuesta de ROF contiene los literales b) públicos Regionales, por Ordenanza Regional. y c) de la segunda sección a los que se refiere el artículo c) Las Municipalidades y sus Organismos públicos 47. Locales, por Ordenanza Municipal. 48.2 Cuando la modificación parcial afecta la estructura orgánica disminuyendo el número de unidades CAPÍTULO II de organización por nivel organizacional, el Informe DEL PROCESO DE APROBACIÓN Técnico que sustenta la propuesta de ROF contiene DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN la primera sección y los literales a) y b) de la segunda Y FUNCIONES sección a los que se refiere el artículo 47. Artículo 46.- Aprobación o modificación del ROF Artículo 49.- Contenido del Informe Técnico por creación de una entidad 46.1 Se requiere la aprobación o modificación de un El Informe Técnico que sustenta la propuesta de ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: ROF por creación de una entidad con personería jurídica contiene lo señalado en el artículo 47. a. Por modificación de la estructura orgánica. Este supuesto se da por el incremento del número de unidades Artículo 50.- Expediente del proyecto de ROF de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales. 50.1 El expediente del proyecto de ROF está b. Por modificación parcial. Este supuesto se da por la conformado por los siguientes documentos: reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o a. Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a b. Proyecto de ROF una disminución del número de unidades de organización c. Exposición de motivos por nivel organizacional. d. Informe técnico y sus anexos c. Por creación o fusión de una entidad con personería e. Informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría jurídica. Jurídica que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de 46.2 La Oficina de Planeamiento o la que haga la entidad y la no duplicidad de funciones. sus veces elabora un informe técnico que sustenta la propuesta de ROF. El contenido de dicho informe varía de 50.2 El proyecto de ROF y el proyecto de dispositivo acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1 legal aprobatorio deben estar debidamente visados por que le resulte aplicable. el órgano responsable de su elaboración y el órgano de asesoría jurídica de la entidad o el que haga sus veces. Artículo 47.- Contenido del Informe Técnico por 50.3 En el caso de los proyectos de ROF de modificación de la estructura orgánica organismos públicos del Poder Ejecutivo, el expediente El informe técnico que sustenta la propuesta de ROF debe contar con la conformidad de la Secretaría General por modificación de la estructura orgánica al que se del Ministerio al cual están adscritos. refiere el literal a) del numeral 46.1 incluye las siguientes secciones: Artículo 51.- Opinión de la Secretaría de Gestión Pública Sección 1. Justificación de la necesidad En esta sección se identifica la problemática 51.1 La aprobación o modificación del ROF de organizacional y sustenta la necesidad de la estructura entidades del Poder Ejecutivo, en los supuestos orgánica propuesta, para lo cual se consideran los señalados en los literales a) y c) del numeral 46.1 del criterios señalados en el artículo 6, según corresponda. artículo 46 requieren de la opinión previa favorable de la Secretaria de Gestión Pública, tanto para la emisión del Sección 2. Análisis de racionalidad Decreto Supremo como de la Resolución del titular de la En esta sección se debe considerar lo siguiente: entidad, a los que se hace referencia en el numeral 45.1 del artículo 45. a. Justificación de la estructura orgánica propuesta en 51.2 En el supuesto señalado en el literal b) del todos sus niveles organizacionales, de conformidad con lo numeral 46.1 del artículo 46, no se requiere de la opinión dispuesto en los artículos 6 y 16. previa favorable de la Secretaria de Gestión Pública. b. Identificación y justificación técnica y legal de las 51.3 Las entidades que no forman parte del Poder funciones sustantivas asignadas a los órganos de la Ejecutivo pueden solicitar a la Secretaría de Gestión entidad. Pública opinión técnica respecto a sus propuestas de c. Análisis de no duplicidad de funciones. Se verifica que ROF. las funciones específicas de las unidades de organización de la entidad no se repiten entre sí ni con las de otras entidades Artículo 52.- Publicación del ROF que realizan funciones o actividades similares. 52.1 Los Ministerios y Organismos públicos del Poder Sesión 3. Recursos presupuestales Ejecutivo, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades En esta sección del informe la entidad sustenta que Provinciales y sus Organismos públicos deben publicar cuenta con los recursos presupuestales suficientes para el dispositivo legal aprobatorio en el Diario Oficial El la implementación de su estructura orgánica propuesta. Peruano. El texto íntegro de su ROF y su organigrama institucional se publican en el Portal web del Diario Oficial Anexos. Los anexos incluyen: El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en su Portal Institucional. a. El organigrama 52.2 Las Municipalidades distritales remiten el texto b. Las fichas Técnicas sustentatorias publicadas en íntegro de su ROF y el organigrama institucional, así el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de como el de sus organismos públicos si los tuvieren, a El Peruano / Viernes 18 de mayo de 2018 NORMAS LEGALES 11 la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Consejo de Ministros para tramitar su publicación con FINALES la Secretaría de Gobierno Digital en el portal del Estado Peruano. Primera.- Directivas La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia CAPÍTULO III del Consejo de Ministros se encuentra facultada para DEL MANUAL DE OPERACIONES emitir directivas complementarias para la aplicación de los presentes lineamientos y, en general, en materia de Artículo 53.- Manual de Operaciones – MOP estructura y organización del Estado. Los formatos y anexos de los presentes lineamientos 53.1 Es el documento técnico normativo de gestión serán publicados en el portal electrónico de la Presidencia organizacional que formaliza: del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe. a. La estructura funcional de los programas y los Segunda.- De la aplicación de los presentes proyectos especiales. Lineamientos b. La estructura funcional de entidades que carecen La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de personería jurídica, de corresponder. del Consejo de Ministros, en el marco de su rectoría c. La estructura orgánica al interior de los órganos en materia de modernización de la gestión pública, se académicos u órganos desconcentrados que por la encuentra facultada para interpretar, aplicar o dejar magnitud de sus operaciones o por su naturaleza de aplicar cualquier disposición contenida en los requieran de alguna organización interna permanente. presentes lineamientos, en función a las necesidades y particularidades organizacionales de las entidades, 53.2 Contiene las funciones generales del programa, siempre y cuando dicha medida se encuentre acorde proyecto especial o del órgano desconcentrado; las a los principios que rigen la estructura, organización y funciones específicas de sus unidades, así como sus funcionamiento del Estado contenidas en las normas procesos. sustantivas sobre la materia y de los presentes lineamientos. Artículo 54.- Estructura del MOP Tercera.- Calificación del máximo órgano 54.1 El MOP para programas y proyectos especiales administrativo de los organismos públicos contiene títulos, capítulos y artículos teniendo en cuenta En el marco de lo establecido en la Tercera los rubros y metodología que se detallan a continuación: Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Poder Ejecutivo, adecúese la denominación de las Secretarías a. Título Primero de las Disposiciones Generales Generales de los Organismos públicos, debiéndoseles En este título se desarrolla: calificar a partir de la entrada en vigencia de los presentes lineamientos como Gerencias Generales para todos sus Misión efectos. Naturaleza Jurídica Entidad a la que pertenece Cuarta.- Aplicación para los Gobiernos Regionales Funciones generales; es decir, el conjunto de acciones y Locales definidas en su norma de creación. Para la organización de los Gobiernos Regionales Base Legal; se refiere a su norma de creación y la y Locales prevalece el enfoque territorial, velando por normativa sustantiva complementaria aplicable. la integración de las funciones y actividades sectoriales que tengan sinergias positivas en su ejecución. Las b. Título Segundo: La estructura funcional Direcciones Regionales son parte de los Gobiernos En este título se desarrolla la estructura del programa Regionales, ejercen funciones sustantivas y dependen o proyecto especial, indicando los tipos de unidades de la respectiva Gerencia Regional. Para todo lo demás funcionales que la componen, sus funciones y la se aplicará las disposiciones contenidas en la presente interrelación interna y externa de estos. norma. c. Título Segundo: Procesos Quinta.- Sociedades de Beneficencia Descripción de los procesos estratégicos, misionales Las Sociedades de Beneficencia deben cumplir con y de apoyo, debiendo señalar la unidad funcional lo establecido en los presentes lineamientos para la responsable de cada proceso y las relaciones de formulación de sus documentos de gestión, en tanto no coordinación o articulación internas y externas. transiten a fundaciones reguladas por el Código Civil conforme a lo previsto en la Ley que crea el Sistema d. Anexo Nacional para la Población en Riesgo. Organigrama del programa y proyecto especial que refleje la estructura funcional. Sexta.- Atribución de la Presidencia del Consejo de Ministros 54.2 Lo dispuesto en el numeral anterior regula Las funciones sustantivas de la Presidencia del también la estructura de los MOP para los órganos Consejo de Ministros se establecen mediante Decreto desconcentrados y las demás entidades públicas que Supremo de conformidad con lo dispuesto en el artículo carecen de personería jurídica en lo que les resulte 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. aplicable conforme a su naturaleza. 54.3 Las entidades, previa coordinación y aprobación de Sétima.-Verificación posterior la Secretaría de Gestión Pública, elaboran lineamientos para La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia el desarrollo de la estructura y organización de sus unidades del Consejo de Ministros, en el marco de su rectoría de organización prestadoras tales como salud, educación, en materia de modernización de la gestión pública, se y otras de similares características organizacionales en el encuentra facultada para realizar de oficio y de forma marco de lo dispuesto en los presentes lineamientos. aleatoria la verificación posterior del cumplimiento a las disposiciones contenidas en los presentes lineamientos Artículo 55.- Informe Técnico y aprobación del y los que emita en el marco de su rectoría. En caso de MOP incumplimiento, emite un informe técnico vinculante solicitando a la entidad la adecuación correspondiente. 55.1 La propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico que justifica su estructura y los mecanismos de Octava.-Base de datos sobre entidades del Estado control y coordinación. Los Ministerios y los Gobiernos Regionales y Locales, 55.2 El MOP se aprueba por el titular del sector en notifican a la Secretaría de Gestión Pública la creación y el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de extinción de organismos públicos, programas, proyectos Alcaldía en el caso de los gobiernos regionales y locales. especiales y cualquier otra entidad a su cargo. 12 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano Las entidades antes señaladas deben contar con normas sustantivas de cada entidad y se ejercen a través un registro actualizado sobre todas las entidades y de sus órganos de línea. dependencias a su cargo, bajo responsabilidad de la Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces. FUNCIONES DE ADMINISTRACIÓN INTERNA.- Conjunto de acciones relacionadas con actividades Novena.-Modelos de organización relacionadas al planeamiento, presupuesto, La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del abastecimiento, contabilidad, tesorería, recursos Consejo de Ministros, en el marco de su rectoría en materia humanos, asesoría jurídica, gestión financiera, gestión de de modernización de la gestión pública, se encuentra medios materiales, entre otros. facultada para aprobar modelos de organización estándar para entidades públicas. JERARQUÍA.- Es la línea continua de autoridad que se extiende desde la cima de la organización hasta el eslabón DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA más bajo; también conocida como cadena de mando. TRANSITORIA NIVEL ORGANIZACIONAL.- Es la categoría Única.- Adecuación de los documentos de gestión dentro de la estructura orgánica de la Entidad que refleja organizacional la dependencia entre los órganos y demás niveles En el caso del Poder Ejecutivo, las propuestas organizacionales, de acuerdo con sus funciones y normativas de Reglamentos de Organización y atribuciones. Funciones que a la fecha de entrada en vigencia de los presentes lineamientos cuenten con la opinión OFICINA DESCONCENTRADA.- Forma parte de previa favorable de la Secretaría de Gestión Pública, la Oficina de Atención al Ciudadano o la que haga sus se aplica lo dispuesto en el numeral 45.1 del artículo 45 veces que se dedica a realizar tareas administrativas sin que se requiera presentar un nuevo Informe Técnico de recepción de expedientes, solicitudes, entrega de Sustentatorio. información a la ciudadanía, entre otros, en diversos lugares del territorio distintos a su Sede Central. ANEXO 1 – GLOSARIO DE TÉRMINOS ORGANIGRAMA.- Representación gráfica de la estructura de una entidad en la cual se muestran las Para la adecuada aplicación de los lineamientos se distintas unidades de organización y sus relaciones debe considerar las siguientes definiciones: jerárquicas. ÁREA ORGÁNICA.- Es la unidad de organización ÓRGANO.- Es la unidad de organización del primer y del quinto nivel organizacional en la que se desagrega segundo nivel organizacional en una estructura orgánica. una subunidad orgánica. PROCESOS DE APOYO.- Son los procesos que ATRIBUCIÓN.- Facultades o potestades sobre una se encargan de brindar apoyo o soporte a los procesos competencia tales como normar, planificar, ejecutar, misionales y estratégicos. coordinar, supervisar y evaluar o potestad conferida expresamente por Ley a una entidad o a un órgano PROCESOS ESTRATÉGICOS.- Son los procesos para tomar decisiones dentro de su competencia y en el relacionados a la determinación de las políticas internas, ejercicio de sus funciones. estrategias, objetivos y metas de la entidad, así como asegurar su cumplimiento. Estos procesos definen la COMPETENCIA.- Ámbito de actuación material orientación hacia donde debe operar la entidad. o territorial de la entidad establecido de acuerdo a un mandato constitucional y/o legal. Por ejemplo: material: PROCESOS MISIONALES.- Son los procesos de salud, educación; territorial: provincia de Lima, distrito de producción de bienes y servicios de la cadena de valor Urcos, entre otros. y responden a las funciones sustantivas de la entidad. También se denominan procesos clave u operativos. DIMENSIONAMIENTO.- Metodología que permite determinar la cantidad necesaria de servidores civiles, SUBUNIDAD ORGÁNICA.- Es la unidad de para lograr la producción óptima de bienes y servicios en organización del cuarto nivel organizacional en la que se favor de la administración interna y la ciudadanía, en base desagrega una unidad orgánica. a la identificación de la mejora de procesos de la entidad. TERCERIZACIÓN.- Mecanismo que implica la EQUIPO DE TRABAJO.- Corresponde a un grupo contratación de servicios externos para que realicen de servidores civiles bajo la supervisión de un servidor actividades administrativas internas o sustantivas. para la ejecución de funciones específicas al interior de una unidad de organización (órgano, unidad orgánica, UNIDAD FUNCIONAL.- Es la unidad de organización etc.). No requiere su formalización en la estructura. que agrupa servidores civiles al interior de una estructura funcional. FUNCIÓN.- Conjunto de acciones afines y coordinadas que corresponde realizar a la entidad, UNIDAD ORGÁNICA.- Es la unidad de organización sus órganos, unidades orgánicas y demás niveles del tercer nivel organizacional en la que se desagrega un organizacionales, para alcanzar sus objetivos. órgano. FUNCIÓN ESPECÍFICA.- Conjunto de acciones que UNIDADES DE ORGANIZACIÓN.- Conjunto de deben realizar los órganos, unidades orgánicas y demás unidades agrupadas por nivel organizacional al interior de niveles organizacionales, conducentes a alcanzar los una entidad: objetivos de la entidad y las metas de su gestión. Unidades de organización Nivel organizacional FUNCIÓN GENERAL.- Conjunto de acciones que debe realizar la entidad conducente a alcanzar los Órgano Primer y Segundo nivel objetivos y metas de su gestión. Estas provienen de las Unidad orgánica Tercer nivel normas sustantivas de la entidad. Subunidad orgánica Cuarto nivel FUNCIÓN SUSTANTIVA.- Conjunto de acciones Área Quinto nivel que desarrolla la entidad para cumplir con su misión y objetivos institucionales. Estas acciones derivan de las 1649413-1

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