Riesgos Profesionales y Salud Laboral PDF

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Este documento proporciona una visión general de los riesgos profesionales y la salud laboral. Se analizan los factores de riesgo, las diferentes tipologías de riesgos, los daños y accidentes laborales, y el marco normativo aplicable. Aborda la carga de trabajo, las enfermedades profesionales y los sistemas de control de riesgos. Es un contenido teórico y enfocado a un curso o programa de ILERNA sobre seguridad laboral.

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Índice 1. El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo............................... 2 2. Daños, accidentes y otras patologías derivados del trabajo......................................... 5 3. Marco normativo básico en materia de prevención de...

Índice 1. El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo............................... 2 2. Daños, accidentes y otras patologías derivados del trabajo......................................... 5 3. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales...................... 9 4. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad........................................................ 12 5. Riesgos ligados al medio ambiente de trabajo........................................................... 17 6. La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral.............................................. 21 7. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual.......... 23 8. Planes de emergencia y evacuación......................................................................... 29 9. El control de la salud de los trabajadores.................................................................. 35 10. Riesgos específicos y su prevención en el sector correspondiente a la actividad de la empresa...................................................................................................................... 39 11. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo................ 40 12. Organización del trabajo preventivo........................................................................ 42 13. Documentación: recogida, elaboración y archivo.................................................... 45 14. Primeros auxilios.................................................................................................... 48 Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 1 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 1. El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo El riesgo profesional es la posibilidad de que se generen los efectos y las alteraciones que pueden originar en la salud del trabajador los factores nocivos o de riesgo. Es decir, es la situación de peligro en la que una persona se encuentra por culpa del trabajo, en caso de que este se ejecute en unas condiciones peligrosas o nocivas y que le pueden provocar un daño. Es importante poder identificar estos riesgos para poder evaluarlos y evitarlos en la medida de lo posible. Como hemos visto anteriormente, la mejor forma de defender la salud en el ámbito laboral es saber de qué manera puede verse afectada por el trabajo. Un factor de riesgo es cualquier objeto, sustancia o característica de la organización que contribuye a provocar un daño en la salud del trabajador. Los factores de riesgo se clasifican en diferentes tipologías, teniendo en cuenta sus características, para poder así analizar los factores de riesgo que determinan las condiciones de trabajo de cualquier persona. Así pues, los factores de riesgo surgen de: Las características generales o estructurales de los centros de trabajo, como las máquinas, los locales, los equipos o las herramientas. En definitiva, los puestos de trabajo, los equipos de trabajo, las instalaciones eléctricas y los incendios. Pueden darse caídas, patinazos, contactos eléctricos, aplastamientos, golpes, atropellos, etc. Las condiciones medioambientales que se derivan de la temperatura o de la humedad, y de la presencia de agentes físicos o químicos. El trabajador puede desarrollar su actividad en medio de humo, polvo, niebla, virus, bacterias, hongos, fibras, iluminación inadecuada, gases… La carga de trabajo y las condiciones psicofísicas y psicosociales necesarias para realizarlo pueden traducirse en esfuerzos excesivos, malas posturas y movimientos, reparto incorrecto del trabajo, trabajos rutinarios… Las circunstancias personales del trabajador, como la edad o el estado de salud, pueden ser factores de riesgo según el tipo de trabajo a realizar, y, además, pueden empeorar los demás riesgos. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 2 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Análisis de los riesgos profesionales https://youtu.be/_GRuJz1SDQc El primer paso en la evaluación de la prevención es identificar los posibles riesgos laborales. Una vez identificados los riesgos, se evaluarán siguiendo estos pasos: 1. Establecer un nivel de deficiencia: es el nivel de imperfección o defecto que se encuentra en cada factor de riesgo. 2. Establecer la gravedad potencial: para ello, se estudiará el resultado de la probabilidad de ocurrencia del daño en relación con la severidad de este. Para más información sobre la evaluación de riesgos laborales, puedes consultar el siguiente enlace: bit.ly/3GYHoJl Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 3 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. El método del INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo) simplifica los niveles de riesgo laborales en función de la probabilidad de ocurrencia y sus consecuencias. Es el siguiente: Consecuencias Ligeramente Perjudicial Extremadamente perjudicial perjudicial Probabilidad Poco riesgo (riesgo Riesgo Riesgo moderado baja trivial) tolerable Probabilidad Riesgo tolerable Riesgo Riesgo importante media moderado Probabilidad Riesgo moderado Riesgo Riesgo intolerable alta importante Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 4 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 2. Daños, accidentes y otras patologías derivados del trabajo Cualquier riesgo laboral no resuelto puede conducir a un daño laboral. Por lo tanto, un daño es un estado de malestar, que puede ser físico o psíquico. Los daños pueden estar relacionados, por ejemplo, con enfermedades profesionales producidas por agentes químicos, enfermedades de la piel causadas por otras sustancias y las provocadas por inhalación de sustancias. Las enfermedades infecciosas y parasitarias, enfermedades producidas por agentes físicos, enfermedades sistémicas, la carga física y mental de trabajo, la fatiga o el estrés laboral son otros daños comunes en los puestos de trabajo. La influencia del trabajo y de las condiciones de trabajo sobre la salud es más que evidente. Va más allá de causar enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, y contribuyen significativamente a problemas de salud frecuentes entre la población en general, aunque no sean legalmente considerados como profesionales. 2.1. El accidente de trabajo Un accidente es un suceso anormal, ni querido ni deseado, que se presenta brusca e inesperadamente y que interrumpe la continuidad normal del trabajo. Puede causar lesiones a las personas y suele ser evitable. Legalmente, un accidente de trabajo, según la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), es cualquier lesión corporal que el trabajador sufra en ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Desde 2003, los autónomos también tienen derecho a ver reconocidos sus accidentes como laborales. La LGSS también considera como accidentes de trabajo: Los que tienen lugar en los trayectos de ida o vuelta del trabajo (in itinere). Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 5 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Los que suceden como consecuencia del desarrollo de cargos electivos de carácter sindical, como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se realicen dichas funciones. Los que sucedan como consecuencia del desarrollo de tareas en cumplimiento de órdenes del empresario, con el fin de favorecer el buen funcionamiento de la empresa. Los que sucedan espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. Los que suceden como consecuencia de actos de salvación o similares en el ámbito del trabajo. Las enfermedades que el trabajador contraiga con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la causa de esta fue exclusivamente la ejecución de la tarea. Enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador, pero que se agravan como consecuencia de su trabajo. Las enfermedades intercurrentes, entendidas como las complicaciones del proceso patológico determinado por el accidente de trabajo. Para que sean calificadas como intercurrentes, es necesario que exista una relación de causalidad inmediata entre el accidente de trabajo inicial y la enfermedad derivada del proceso patológico. Si existe una imprudencia temeraria por parte del trabajador o el accidente se produce por una fuerza mayor ajena al ámbito laboral, la LGSS determina que no es accidente de trabajo. Por último, también existe el accidente blanco o incidente, que es el que no ocasiona daños personales, aunque sí puede interrumpir el trabajo u ocasionar daños materiales. Puedes consultar el cuadro de enfermedades profesionales que establece el Estado en el siguiente enlace: https://link.ilerna.es/ddxW Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 6 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud https://youtu.be/03DfUOjAj98 2.2. La enfermedad profesional Técnica y legalmente, la enfermedad profesional se conoce como el deterioro gradual y lento de la salud de los trabajadores como consecuencia de la exposición crónica a diferentes situaciones adversas, ya estén producidas por la forma de organizar el trabajo o por el ambiente en el que este se desarrolla. Es decir, para que una enfermedad pueda ser considerada profesional, debe existir una relación causal entre la exposición continuada a las condiciones de trabajo y la enfermedad. Además, la LGSS cuenta con un cuadro de enfermedades profesionales que especifica cuáles son estas enfermedades, qué las provoca y en el desarrollo de qué actividad. 2.3. Patologías o enfermedades inespecíficas Las enfermedades que no están directamente causadas por el trabajo se conocen como patologías inespecíficas (no son consideradas enfermedades profesionales), pero debemos tener en cuenta que sí han aparecido o se han agravado por los elementos que conforman el ambiente de trabajo. Los siguientes factores forman parte de la patología laboral inespecífica: Fatiga: es el cansancio mental o físico, imaginario o real, que tiene un trabajador y hace que su capacidad de trabajo disminuya. Existen tres niveles de fatiga. El primero desaparece con el reposo. El segundo conlleva postración y abatimiento, y el tercero, trastornos físicos, calambres o espasmos musculares, pérdidas de memoria e incluso, en algunos casos, la muerte por paro cardiaco. Insatisfacción: se da, sobre todo, cuando el trabajo se realiza por necesidad y no por gusto o, simplemente, cuando el trabajador se aburre o Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 7 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. tiene estrés, falta de interés o de autonomía. Todos estos aspectos pueden generar insatisfacción. Estrés: se da ante una situación de tensión en la que el trabajador siente un exceso de trabajo e incapacidad de poder llegar a asumirlo y de alcanzar los objetivos que se le han establecido. Este estrés se puede traducir en agresividad, ansiedad, sensación de impotencia o frustración. Todo esto afectará a la salud del trabajador y derivará finalmente en una baja laboral. Envejecimiento prematuro: se trata de la aceleración del proceso normal de envejecimiento fisiológico y conduce a una muerte prematura. Está provocado por un desgaste biológico como consecuencia de una fatiga crónica acumulada. Los contaminantes químicos y físicos y otros agentes agresivos pueden originar cambios biológicos y generar el proceso de envejecimiento. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 8 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 3. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) regula los derechos y las obligaciones en materia de riesgos laborales para trabajadores y empresarios. Se puede comprobar en dicha ley que el incumplimiento de los deberes dará lugar a responsabilidades administrativas, civiles y criminales; que lo que para los trabajadores es un derecho, para los empresarios es un deber; y que la acción preventiva recae básicamente sobre el empresario. Derechos, deberes y responsabilidades en materia de prevención https://youtu.be/8uQSzvbF6bI 3.1. Derechos y obligaciones de los trabajadores Conocer los derechos de los trabajadores comporta estar informado de las obligaciones que los empresarios deben cumplir. Los trabajadores pueden exigir su cumplimiento y, en caso contrario, pueden generarse sanciones importantes. En materia preventiva, los principales derechos de los trabajadores son: Derecho a que le suministren los equipos de protección individual (EPI) necesarios y adecuados para el normal desarrollo de su actividad. Derecho a recibir formación e información sobre cualquier cuestión relativa a la prevención de riesgos laborales que les afecte. Derecho de participación. Derecho a vigilancia de la salud por medio de reconocimientos médicos. Derecho de los representantes, en caso de riesgo grave e inminente, a la paralización de la actividad laboral y, también, derecho de todos los trabajadores para abandonar su puesto de trabajo sin poder ser sancionados. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 9 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Derecho a la gratuidad de las medidas preventivas adoptadas. Derecho de los trabajadores a interrumpir su actividad y abandono del lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud. Algunas obligaciones del trabajador son: Utilizar de manera adecuada aparatos, máquinas, herramientas, equipos de transporte, sustancias peligrosas y cualquier medio con el que la actividad se desarrolle. Cumplir las diferentes medidas de prevención. Utilizar los dispositivos de seguridad de forma correcta y no desactivarlos. Utilizar de forma correcta los medios y equipos de protección que el empresario proporcione, siguiendo las instrucciones estipuladas. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones sobre salud y seguridad laboral que hayan sido establecidas por la autoridad competente. Informar al superior jerárquico de inmediato, al servicio de prevención o a los delegados de prevención de cualquier situación laboral que, por diversos motivos razonables, pueda ser un riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores. Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar a los trabajadores unas seguras condiciones de trabajo y exentas de riesgos. 3.2. Obligaciones de los empresarios El empresario tendrá el deber de proteger la salud y seguridad de los trabajadores que están a su servicio, en cualquier aspecto relacionado con el trabajo. Generalmente, las obligaciones que tendrá serán: Asumir los costes de las medidas de salud y seguridad. Adoptar las medidas que sean necesarias para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. Garantizar la salud y seguridad de los trabajadores que tiene a su servicio en cualquier aspecto relacionado con el trabajo. Planificar la evaluación de riesgos laborales y la acción preventiva. Cumplir todas las disposiciones que se establezcan en la normativa de prevención de riesgos laborales. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 10 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Garantizar que el trabajador recibe formación en riesgos laborales. Proporcionar a los trabajadores todos los equipos de protección individual que necesiten. Elaborar el plan de prevención. Informar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y los riesgos vigentes en sus puestos de trabajo. Adoptar medidas de emergencia. Garantizar la protección de colectivos especialmente sensibles como: Los trabajadores que se consideren especialmente sensibles a determinados riesgos (estos por estado biológico o por características personales son más sensibles a los riesgos que se derivan del trabajo). Trabajadores menores, aquellos que tengan relaciones de trabajo de forma temporal, de duración determinada y los que sean contratados por empresas de trabajo temporal (estos deberán tener el mismo nivel de protección que cualquier trabajador de la propia empresa). Trabajadoras embarazadas o que se encuentren en periodo de lactancia. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 11 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 4. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad Las condiciones de seguridad son los factores de riesgo que ocasionan la mayoría de los accidentes laborales. Existen riesgos en los puestos de trabajo, en los equipos de trabajo, en las instalaciones eléctricas y en los incendios. 4.1. Los puestos de trabajo El puesto de trabajo es el área del centro de trabajo, esté edificado o no, en el que el trabajador permanece o al que, por motivo de trabajo, puede acceder. Se consideran también puestos de trabajo las zonas de descanso, los lavabos, los comedores y los locales de primeros auxilios. Todos estos espacios tienen que diseñarse y contar con las dimensiones necesarias según el uso que vayan a tener, garantizando que el trabajador desarrolle sus tareas sin que su seguridad y su salud se vean comprometidas y con unas condiciones ergonómicas aceptables. Los principales accidentes que pueden ocasionarse son las caídas de personas al mismo o diferente nivel, los choques contra objetos móviles o inmóviles, los cortes y la proyección de partículas. Para evitar todos estos accidentes, la normativa establece para los puestos de trabajo unas condiciones mínimas que deben cumplirse. Además, los puestos de trabajo ocupados o utilizados por personas con minusvalías deben estar adaptados. 4.2. Los equipos de trabajo Se entiende por equipo de trabajo cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado para el desarrollo del trabajo. El equipo de trabajo no debe ser un peligro para el trabajador y, por tanto, debe estar construido según unas determinadas disposiciones que regulan, entre varios aspectos, los elementos de peligrosidad especial. Así, para las máquinas, las disposiciones mínimas son: Órganos de accionamiento visibles e identificables. Puesta en funcionamiento únicamente de forma voluntaria. Orden de detención prioritaria al resto. Resguardos de seguridad o dispositivos de protección si los elementos móviles son peligrosos. Advertencias y señalizaciones para garantizar la seguridad de los trabajadores. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 12 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Los fabricantes deben seguir las normas técnicas aplicables a la máquina que fabrica para que no comprometa la seguridad ni la salud de las personas y pueda obtener el marcado CE (Conformidad Europea) para su comercialización libre en los Estados miembros de la UE. Los principales riesgos que tienen los trabajadores son mecánicos, como cortes, golpes, aplastamientos, etcétera. 4.3. Las instalaciones eléctricas Un riesgo eléctrico es la posibilidad de contacto, directo o indirecto, del cuerpo humano con la corriente eléctrica. La electricidad está muy presente tanto en el hogar como en el trabajo, y muchísimas veces no es perceptible por la vista ni por el oído, lo que conlleva un buen número de accidentes. Por tanto, para evitarlos, deben adoptarse una serie de medidas preventivas siempre que se trabaje con energía eléctrica. Como riesgo, se encuentra el choque eléctrico, producido cuando el cuerpo se convierte en parte del circuito eléctrico, entrando la corriente por un lado y saliendo por otro, que puede ser producido por: Contacto directo: la persona en cuestión entra en contacto con una parte que se encuentra activa de la instalación. Contacto indirecto: la persona está en contacto con cualquier elemento que no forma parte del circuito eléctrico pero que ha adquirido tensión de forma accidental. Los efectos más frecuentes son golpes, caídas, quemaduras y muerte por asfixia o paro cardiaco. Las principales recomendaciones para proteger la salud y la seguridad del trabajador frente al riesgo eléctrico son: Conservar los equipos eléctricos en buen estado. No manipular, reparar o modificar equipos o instalaciones eléctricas. Tener en cuenta las instrucciones de uso de los equipos o instalaciones eléctrica. Señalizar correctamente las instalaciones y revisarlas periódicamente. Aislar las partes activas, utilizar tensiones de seguridad y separación de circuitos. Formar al personal. Disponer de un corte automático de aviso. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 13 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 4.4. Los incendios Para que un incendio sea posible, se requieren cuatro elementos que forman el llamado tetraedro del fuego: Comburente: se necesita un oxidante para la combustión, como el oxígeno del aire en el ambiente. Combustible: material líquido, gaseoso o sólido capaz de entrar en combustión tras calentarse mediante la reacción química que se produce ante un comburente. Calor: necesario para iniciar la combustión. Reacción en cadena: los tres elementos anteriores deben presentarse en las condiciones y proporciones adecuadas para producirse el incendio. Por tanto, la prevención y extinción del fuego se basa en romper este tetraedro. Según el elemento que se elimine, la extinción del fuego puede hacerse por: Segregación: retirando el combustible o cortando el paso o interponiendo elementos incombustibles. Sofocación: excluyendo el oxígeno. Se debe eliminar el contacto combustible-aire cubriendo con un material como, por ejemplo, una manta ignífuga, arena, espuma, polvo, la tapa de la sartén, etcétera, evitando así que el oxígeno fresco penetre a la zona de fuego. Además, es recomendable cerrar puertas y ventanas. Enfriamiento: reduciendo la temperatura, por ejemplo, lanzando gua a las llamas. Inhibición: interrumpiendo la reacción en cadena, que es la función de los extintores de polvo. Según el tipo de combustible, el fuego se clasifica en: Clase A Fuego de materiales orgánicos sólidos inflamables que producen llamas y brasas, como la madera, el cartón, los tejidos, el papel o determinados plásticos. Se representa en la simbología internacional mediante un triángulo verde con la letra A en su interior. Clase B Incendios que implican líquidos inflamables como los aceites, el petróleo, la gasolina, las ceras y determinados plásticos. Se representa con un cuadrado rojo y la letra B. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 14 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Clase C Son fuegos de gases, combustibles que, en condiciones normales de presión y temperatura, se encuentran en estado gaseoso (gas natural, metano, propano, butano, acetileno, gas ciudad, etc). Por las características de este tipo de incendios, no es conveniente echar agua, sino que es mejor usar extintores de polvo químico seco, extintores a base de productos halogenados, extintores de agua vaporizada o extintores de dióxido de carbono. Su símbolo es un círculo azul clarito y la letra una C. Clase D Incendios en los que, metales combustibles como el magnesio, el sodio o el potasio, aparecen implicados. Reaccionan violentamente en contacto con el agua. Su simbología es una estrella amarilla con una D en su interior. Clase F Son fuegos derivados de combustibles utilizados para cocinar, como aceites y grasas vegetales o animales. Como estos fuegos generalmente tienen su origen en cocinas, son conocidos como de clase K en Estados Unidos (de kitchen, cocina en inglés). Por este motivo, su simbología es una letra K dentro de un hexágono (sin colores específicos). En la página 23 del Manual de primera intervención frente al fuego mediante el uso de extintores portátiles y bocas de incendio equipadas, creado por Protección Civil, puedes encontrar más información sobre los tipos de fuegos y los extintores que se pueden emplear en cada caso. bit.ly/3AXStdW Los fuegos con presencia de electricidad actualmente no se consideran una clase específica de fuego (eran los denominados fuegos de clase E), porque la electricidad no arde, sino los componentes bajo tensión. En este grupo se incluiría cualquier combustible que arda en presencia de tensión. Por esta razón, es el combustible el que define la clase de fuego (generalmente pasa a ser fuego de clase A), aunque es importante conocer sus particularidades a la hora de atacarlos con los correspondientes agentes extintores. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 15 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Para extinguir incendios, se dispone de diferentes medios. El más conocido quizás sea el extintor, que es un aparato que contiene un agente o sustancia extintora que puede ser proyectada y dirigida sobre el fuego por presión interna. Los extintores tienen que mantenerse en buen estado y estar accesibles y visibles. Los trabajadores deben estar formados para poder utilizarlos. La sustancia extintora más eficaz dependerá del combustible. El agua a chorro está indicada para los fuegos de clase A, excepto para los fuegos con presencia de electricidad. El agua pulverizada es más efectiva que la base de agua para los fuegos de clase A. También puede usarse en fuegos de clase B. El polvo seco (compuesto de bicarbonatos y sulfatos) se emplea en los fuegos de clase B, C y fuegos con presencia de electricidad. Actúa formando una barrera entre el oxígeno y el material que se incendia. El polvo polivalente (compuesto de fosfatos monoamónicos) se puede usar en los de clase A, B, C e incluso en los fuegos con presencia de electricidad (clase E) siempre que la tensión sea menor de 1000 voltios. El anhídrido carbónico (CO2) es ideal para los fuegos con presencia de electricidad (clase E) aunque podría también usarse (con menos efectividad) en los fuegos de clase A y clase B. El polvo especial está indicado exclusivamente para los incendios clase D, ya que su composición y forma de actuación es específica para cada tipo de metal. Para los fuegos clase F sería necesario un agente extintor específico, a base de acetato de potasio. Los incendios suelen producir efectos devastadores en las personas, las cosas y los bienes naturales, y su prevención es fundamental. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 16 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 5. Riesgos ligados al medio ambiente de trabajo Este grupo está formado por factores de riesgo que derivan del entorno ambiental en el trabajo, podemos decir que es la causa de la mayoría de las enfermedades profesionales. En este grupo de factores de riesgo, debe diferenciarse entre factores químicos, factores físicos y factores biológicos. 5.1. Factores derivados de los agentes físicos Estos agentes físicos son el ruido, las vibraciones, las radiaciones, la temperatura y la iluminación. Analicémoslos detenidamente: Ruido Es cualquier sonido molesto y no deseado que pueda considerarse peligroso para la salud y que interfiera en la actividad humana. Se produce por una vibración de un cuerpo transmitida en forma de ondas que generarán una variación en la presión que el oído percibirá. Es uno de los riesgos más comunes en el medio laboral. El nivel de presión acústica se mide en decibelios y a través de aparatos como el sonómetro o el dosímetro. El límite que establece la normativa es de 87 decibelios durante ocho horas diarias, mientras que un ruido de corta duración no puede superar los 140 decibelios. Vibraciones Son movimientos que se transmiten al cuerpo humano por diversas estructuras sólidas como motores, vehículos de transporte o máquinas, capaces de producir un efecto nocivo o molestias. Las vibraciones se miden en hercios (Hz) y pueden ser transmitidas a la mano, al brazo o al cuerpo entero. Si es a la mano o al brazo, el límite de exposición está fijado en 5 m/s2, aunque a partir de 2,5 m/s2 debería actuarse. En vibraciones transmitidas a todo el cuerpo, el límite de exposición es 1,15 m/s2 y debe actuarse a partir de 0,5 m/s2. Iluminación Para poder desarrollar la actividad en el trabajo, es necesario obtener el máximo confort visual. Así, la iluminación, el contraste, las sombras, el ambiente cromático, los deslumbramientos han de ser los adecuados para prevenir la pérdida de agudeza visual y la fatiga, que pueden derivar en accidentes a largo plazo. La iluminación se mide en lúmenes, y la producida en un metro cuadrado se expresa en lux. Así, el nivel mínimo de iluminación en tareas de exigencia visual bajas es de 100 lux, en tareas de exigencia mediana, 200 lux, mientras que, en Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 17 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. exigencias altas y muy elevadas, el mínimo de iluminación es de 500 lux y 1.000 lux, respectivamente. Temperatura Un ambiente térmico no adecuado puede causar distintos problemas médicos, incomodidad, transpiración o temblores. Cuando los mecanismos de autorregulación del cuerpo humano no son suficientes para mantener constante la temperatura, se pueden dar situaciones peligrosas que causan estrés térmico, golpes de calor, hipotermias, etcétera. El confort térmico en el ámbito laboral pasa por seis variables: Temperatura del aire. Humedad del aire. Temperatura de la pared y de los objetos del puesto de trabajo. Velocidad del aire. Actividad física. Ropa de trabajo. Para trabajos sedentarios, se recomiendan temperaturas de entre 17 y 27 °C, y para trabajos ordinarios, temperaturas de entre 14 y 25 °C. Radiaciones Son una fuente de energía que se desplaza por el espacio por medio de ondas y partículas electromagnéticas emitidas por determinadas materias. Las radiaciones pueden ser ionizantes o no ionizantes, y los daños que producen varían dependiendo de la dosis recibida o absorbida y de la sensibilidad de los diferentes tejidos y órganos. La radiación ionizante, como los rayos X y gamma, puede causar efectos agudos como enrojecimiento de la piel, caída del cabello o quemaduras. En caso de que la exposición sea durante un largo periodo, se puede producir cáncer. En cuanto a las radiaciones no ionizantes, entre las que se encuentran la radiación ultravioleta o la infrarroja, pueden ocasionar problemas en el aparato reproductor, tanto masculino como femenino, además de alergia o quemaduras. 5.2. Factores derivados de los agentes químicos Los agentes químicos son aquellos elementos ambientales, ya sean de origen artificial o natural, inorgánicos u orgánicos, que se encuentran en el medio laboral Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 18 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. y que producirán en el organismo diversos tipos de daños cuando se absorban dosis determinadas. Los agentes químicos peligrosos son aquellos que representan algún riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores por las propiedades fisicoquímicas, químicas o toxicológicas que tienen o por estar presentes en el puesto de trabajo. También influye el modo de empleo y la forma en la que están presentes en el trabajo. La toxicidad de una sustancia química es la capacidad de causar efectos dañinos. Dependerá de una serie de factores, como el tiempo de exposición a esta, las características del trabajador, el uso o no de sistemas de protección individual o la concentración de la sustancia en el puesto de trabajo. Estos agentes químicos presentan diferentes vías de entrada en el organismo. La más importante es la vía respiratoria, por donde acceden los líquidos en forma de vapor, los gases y los sólidos en forma de polvo. Además, están la vía dérmica, la digestiva (es poco corriente) y la parenteral (mediante heridas, cortes o pinchazos). 5.3. Factores derivados de los agentes Los agentes biológicos son seres vivos o estructuras biológicas que ocasionan infecciones, alergia o toxicidad cuando penetran en el organismo. Estos agentes se clasifican en cuatro grupos, según el riesgo de infección: Grupo 1 Posibilidad baja de causar enfermedades a las personas. Causan enfermedades y ponen en peligro la salud de los Grupo 2 trabajadores, pero es poco probable que se propaguen a la colectividad. Existen tratamientos para combatirlos. Causan enfermedades graves y son un serio peligro para los Grupo 3 trabajadores y para la colectividad, ya que se extienden. Sin embargo, existen tratamientos para combatirlos. Causan enfermedades graves y se extienden a la Grupo 4 colectividad. No existe un tratamiento conocido para combatirlo. Los efectos dependen de las características de los agentes, como la contagiosidad, la infectividad o la virulencia. Entre los principales agentes biológicos podemos encontrar: Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 19 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Bacterias: organismos microscópicos unicelulares, causantes de enfermedades como la tos ferina, el botulismo, la neumonía, la tuberculosis o el cólera, entre otras. Virus: organismos acelulares microscópicos con una elevada capacidad para multiplicarse en el interior de los organismos. Causan enfermedades como la rabia, el ébola, la hepatitis B o el herpes, entre otras. Hongos: formas de vida con hábitat en el suelo, pero que pueden convertirse en parásitos de animales y vegetales. Protozoos: seres unicelulares y microscópicos que causan enfermedades como el paludismo, la toxoplasmosis, etc. Parásitos: se trata de un grupo de seres vivos que viven a expensas de alimentarse de otros seres vivos a los que causan daños. Entre las enfermedades más comunes que producen destacan la anisakiasis, la teniasis, la sarna, etc. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 20 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 6. La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral Los riesgos y efectos más frecuentes ligados a las condiciones ergonómicas y psicosociales proceden, por un lado, de la carga de trabajo, y por otro, de la organización del trabajo. 6.1. Factores derivados de la carga de trabajo Se denomina carga de trabajo al esfuerzo que el trabajador debe hacer para ejercer la actividad laboral. Es un factor que origina riesgo. Una de las consecuencias más importantes es la fatiga, tanto física como mental. Existen trabajos que conllevan una sobrecarga física por posturas inadecuadas (en un trabajo estático o manipulando cargas) y otros que implican una sobrecarga mental por una necesidad excesiva de atención, concentración y control. Cuando la fatiga se vuelve crónica o permanente, generalmente se produce un descenso del rendimiento de trabajo del trabajador, lo que puede producir una falta de atención en el ejercicio de sus tareas y también un deterioro en su salud. 6.2. Factores derivados de la organización del trabajo La organización y ordenación del trabajo influye notablemente en la salud del trabajador, puesto que la forma de trabajar puede responder o no a unas expectativas y, por tanto, ser susceptible de generar factores psicosociales. La Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica en dos grupos los factores psicosociales del trabajo, teniendo en cuenta el tipo de trabajo y la organización y las condiciones de trabajo: Según el tipo de trabajo: las tareas repetitivas, el grado de responsabilidad, el aislamiento o el uso de las aptitudes del trabajador generan más o menos satisfacción con el trabajo y consigo mismo. Según la organización y las condiciones de trabajo: el trabajo por turnos, la estabilidad en el puesto de trabajo, la insuficiencia de la carga de trabajo, la cohesión del grupo, el estilo de mando, la seguridad, los factores físicos y químicos del medio de trabajo, el sistema de remuneración o el tamaño de la empresa son otros factores que afectan e influyen notablemente en la salud del trabajador, que puede verse más o menos desaprovechado, con cambios continuos de horarios, más o menos valorado o con poco futuro en la empresa. Los efectos de estos factores de riesgo son determinadas alteraciones de la salud como resultado de la materialización de riesgos psicológicos y de Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 21 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. comportamiento y riesgos físicos o psicosomáticos. Las consecuencias más importantes son: El estrés laboral. El burnout (o síndrome del quemado). El boreout (malestar general motivado por el aburrimiento o la disminución de trabajo). El mobbing (acoso laboral). Generalmente, la prevención de estos efectos pasa por: Ajustar la carga de trabajo a la capacidad del propio trabajador. Adecuar la persona al puesto de trabajo (o viceversa). Formar e informar al trabajador para el desarrollo de sus tareas. Realizar evaluaciones de riesgos psicosociales de la cultura de la empresa y de los puestos de trabajo. Definir de forma clara las obligaciones que se tienen en cada puesto de trabajo. Resolver los conflictos mediante el diálogo. Fomentar relaciones interpersonales entre compañeros de la empresa. Organizar de forma adecuada el trabajo. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 22 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 7. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual Medidas de prevención https://youtu.be/67fIlNgmy2Y Ya hemos visto y hablado de lo importante que es la prevención para evitar los riesgos y el deterioro de la salud en el ámbito laboral. La vigilancia de la salud y la prevención de riesgos de los trabajadores ha de ser constante en el tiempo y su objetivo es permitir que el trabajo se pueda desarrollar en las condiciones más idóneas posibles y que además, el trabajador no sienta que su integridad física peligra en ningún momento. 7.1. Medidas de prevención Las técnicas o medidas de prevención son aquellas actividades que están encaminadas a evitar de manera anticipada los daños que los riesgos laborales puedan causar a los trabajadores. Encontramos las siguientes: Seguridad en el trabajo: estas medidas pretenden evitar accidentes en el trabajo actuando así sobre sus causas. De esta manera, las estructuras y los locales se diseñarán con esta finalidad. También se centrarán en los medios de protección personal y en las máquinas de producción. Higiene industrial: son técnicas no médicas que analizan los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el entorno del trabajo para evitar que aparezcan enfermedades profesionales en los trabajadores. Estos agentes se medirán para disminuir, eliminar o corregir su presencia. Ergonomía: trata de ofrecer confort en el trabajo y evitar, de esta manera, los daños físicos en el trabajador debido a un esfuerzo excesivo, a un mal empleo de la maquinaria, a movimientos repetitivos, al sedentarismo… En definitiva, intenta adaptar las características de los trabajadores a las condiciones de sus puestos de trabajo. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 23 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Psicosociología: con esta técnica se pretende combatir con la insatisfacción que, tanto la propia organización como el reparto del trabajo, puede generar en el trabajador. Política social: normas y reglamentos que regularán las condiciones de salud y de trabajo para prevenir los riesgos laborales y regular las actuaciones de los organismos públicos en esta prevención. Medicina laboral: tiene una función preventiva (intentando evitar un daño), reparadora (intentando curar cualquier daño que se produzca) y rehabilitadora (procurando que la zona dañada recupere su funcionalidad normal). 7.2. Medidas de protección En el ámbito de la prevención de riesgos, las técnicas o medidas de protección son aquellas actividades que están encaminadas a reducir o eliminar los daños que los riesgos laborales causen a los trabajadores. A diferencia de las técnicas de prevención, las medidas de protección no “atacan” los riesgos desde su origen, sino que estos ya se dan por hechos y lo que intentan es proteger al individuo y eliminar o reducir el daño que causen. Medidas de protección https://youtu.be/RmS5WCMP1T0 Existen, por un lado, medidas de protección colectiva, que se encargan de proteger a más de un trabajador, garantizando su seguridad simultáneamente. Algunas de las medidas de protección colectiva más conocidas son: Resguardos: dispositivos que se añadirán a la máquina para impedir que el trabajador acceda a las partes peligrosas y así, evitar que se produzcan golpes, atrapamientos o cortes. Barandillas: evitarán caídas desde grandes alturas tanto de objetos como de personas. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 24 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Plataformas: impiden la caída de trabajadores y sirven para tapar vacíos. Redes de seguridad: se usan en las obras para poder minimizar los efectos de posibles caídas de objetos. Interruptores diferenciales: son dispositivos que se utilizan para cortar el paso de la corriente en caso de contacto entre el trabajador y la instalación eléctrica. Señalización de riesgos: información de los riesgos utilizando señales con colores y símbolos que advierten a los trabajadores del peligro y que tratan de influir en su conducta. Por otro lado, las medidas de protección individual hacen referencia a los EPI o equipos de protección individual que el trabajador debe utilizar para protegerse de los riesgos que ponen en peligro su salud o seguridad. El objetivo de estos equipos es proteger las partes del cuerpo que estén más expuestas, directa o indirectamente, al peligro o riesgo. El empresario está obligado a proporcionar gratuitamente al trabajador los EPI correspondientes al riesgo. Tienen que estar homologados y contar con el distintivo CE (Conformidad Europea). Además, los trabajadores y sus representantes deben ser formados e informados sobre su correcta utilización y sobre los riesgos que cubren. Los equipos de protección individual o EPI se clasifican en tres categorías: Categoría 1 Son de diseño sencillo y de protección contra riesgos mínimos. Pertenecen a esta categoría los guantes de jardinería, las gafas de sol, las gorras, los zapatos y las botas normales (que no sean de protección). Categoría 2 Ofrecen protección contra riesgos elevados que tienen consecuencias graves. Es la categoría más indefinida ya que en ella se incluyen los EPI que no entren dentro de la Categoría I ni de la Categoría III. En esta categoría se incluyen protecciones como la protección auditiva, la mayoría de la ropa y el calzado de protección, la protección de la cabeza, etc. Categoría 3 De diseño complejo, protegen contra riesgos que implican consecuencias muy graves, irreversibles o mortales. Son de esta categoría, entre otros, equipos de protección respiratoria, equipos de protección contra caídas de altura o equipos de protección para accidentes eléctricos. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 25 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Antes de la comercialización de un EPI concreto, el fabricante debe reunir la documentación técnica correspondiente, elaborar la declaración de conformidad correspondiente y poner en cada EPI, o por defecto en el embalaje, el distintivo CE. En el caso de los EPI de categoría 2 y 3, el fabricante tiene que superar un examen CE antes de su comercialización. Este tipo de examen es el procedimiento mediante el cual un organismo de control comprueba y certifica que el modelo de tipo de EPI cumple las exigencias de sanidad y seguridad estipuladas. Además, para fabricar los EPI de categoría 3 son necesarios controles tanto del producto final como del proceso de producción. Interpretación de la señalización La señalización de seguridad es una técnica que, referida a una actividad, unas determinadas situaciones o un objeto, proporciona una obligación o indicación referente a la salud y a la seguridad laboral mediante una señal en forma de color, panel, señal acústica o luminosa, señal gestual o comunicación verbal. Es un conjunto de estímulos visuales o auditivos que pretenden condicionar, con la antelación mínima necesaria, la conducta o actuación ante unas circunstancias que se pretenden destacar. El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo es el que regula las señales de seguridad en los centros de trabajo. Este decreto está desarrollado con una guía técnica del INSST que pretende facilitar a las empresas y a los responsables de prevención su interpretación y aplicación, con criterios y recomendaciones. Esta guía técnica clasifica la señalización según su tipología. Así, distingue: En forma de panel: nos encontramos señales que, por su combinación de colores, pictogramas y formas geométricas, proporcionan una información que puede complementarse con una señal adicional que proporciona información que no está codificada específicamente. Entre estas señales con forma de panel podemos encontrar Prohibición: como su propio nombre indica, prohíbe un comportamiento que es susceptible de provocar un peligro. Esta señal es un pictograma de color negro sobre fondo blanco, con bordes y banda rojos (transversal, descendiente de izquierda a derecha, atravesando el pictograma a 45º respecto a la horizontal). Advertencia: advierte al trabajador de un riesgo o peligro. La señal tiene forma triangular, con el pictograma negro sobre un fondo amarillo. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 26 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Obligación: obliga al trabajador a tener un comportamiento determinado ante cualquier situación. La señal tiene forma redonda con pictograma blanco sobre fondo azul. Salvamento o socorro: proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento. La señal tiene forma rectangular o cuadrada, con el pictograma blanco sobre fondo verde. Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios: proporcionan información sobre la situación de los equipos de emergencia. La señal tiene forma rectangular o cuadrada, con el pictograma blanco sobre fondo rojo. Señales luminosas: conjunto de materiales transparentes o translúcidos iluminados desde atrás o desde dentro, de manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa. Señales acústicas: señal sonora codificada emitida por medio de un dispositivo sin intervención de la voz humana. Comunicación verbal: se genera un mensaje verbal predeterminado emitido por una voz sintética o humana. Señales gestuales: disposición o movimiento de las manos o de los brazos en forma codificada para guiar a las personas que ejecutan maniobras que pueden ser un peligro o riesgo para los trabajadores. Los criterios que establece el citado real decreto para la utilización de la señalización son: La señalización se deberá utilizar siempre que las situaciones de emergencia previsibles, las medidas preventivas adoptadas y el análisis de los riesgos existentes evidencie que es necesario llamar la atención de los trabajadores implicados sobre la existencia de ciertas prohibiciones, riesgos u obligaciones. También debe utilizarse en el caso de tener que alertar a los trabajadores cuando se produce una determinada situación de emergencia que requiera medidas de protección o evacuación. Debe hacerse uso de señales en el caso de tener que facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios, o en el caso de tener que orientar o guiar a los trabajadores que estén ejecutando determinadas maniobras peligrosas. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 27 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. La señalización no es una medida sustitutiva de las medidas técnicas y organizativas de protección colectiva, y debe utilizarse cuando no ha sido posible eliminar o reducir los riesgos por medio de dichas medidas técnicas. No puede sustituir a la información y formación de los trabajadores en el ámbito de la salud y seguridad laboral. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 28 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 8. Planes de emergencia y evacuación En primer lugar, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en su artículo 20, obliga al empresario a analizar todas las situaciones posibles de emergencia para adoptar las medidas convenientes, designar a las personas que deben ponerlas en práctica y comprobar su funcionamiento. Según este artículo, todas las empresas que tengan contratados a trabajadores por cuenta ajena están obligadas a tener un plan de emergencia. Este plan debe planificar y organizar la utilización óptima de todos sus medios con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y económicas que pudieran derivarse de una situación de emergencia. En segundo lugar, según el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, determinadas empresas que desarrollen actividades consideradas generadoras de riesgos o susceptibles de resultar afectadas por situaciones de emergencia están obligadas a tener un plan de autoprotección. Este plan sirve para organizar los recursos materiales y humanos con el fin de responder eficazmente ante situaciones de emergencia y garantizar así la seguridad y la salud de los trabajadores y todas las personas que se puedan encontrar en el centro de trabajo. 8.1. El plan de emergencia Un plan de emergencia es un documento que prevé la organización de la respuesta ante situaciones de emergencia clasificadas para su control inicial y garantiza la alarma, la evacuación y el socorro. Cualquier centro de trabajo que tenga contratados trabajadores por cuenta ajena debe tener dicho plan, según el artículo 20 de la LPRL, a menos que tenga que elaborar otro tipo más complejo. Es un documento de uso interno y no requiere su registro en ningún órgano administrativo. El plan de emergencia debe definir la secuencia de actuaciones que hay que llevar a cabo para controlar inicialmente una emergencia y planificar la organización humana con los medios necesarios. Además, debe dar respuesta a las preguntas: ¿qué se hará?, ¿quién lo hará?, ¿cuándo?, ¿cómo?, ¿dónde? El plan de emergencia debe minimizar los daños que puedan recibir el personal, las instalaciones y los posibles clientes o terceras personas. Con este plan, el trabajador tiene que saber qué debe hacer ante una emergencia y transmitir calma, tranquilidad y seguridad a sus compañeros. Para la elaboración del plan de emergencia no existe un criterio específico sobre su contenido mínimo y sobre la estructura que debe tener, pero el plan de Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 29 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. emergencia debe contener, como mínimo, planes periódicos de formación y entrenamiento para los trabajadores, pautas para la realización de simulacros, programas de mantenimiento y comprobación de las instalaciones de protección, vías de evacuación, sistemas de emergencia y actualizaciones del propio plan. Además, debería presentar un protocolo de actuación en el que, al menos, deben figurar los siguientes puntos: Identificación y clasificación de las emergencias: registrar todos aquellos hechos que sean susceptibles de llegar a ser una emergencia, como, por ejemplo, un incendio, una inundación, una amenaza de bomba o una explosión, entre otros. Procedimientos de actuación en el caso de emergencia: comienza con la detección y alerta, utilización de mecanismos de alarma (es decir, quién dará el aviso y quién identificará al centro de coordinación de atención de emergencias de Protección Civil), mecanismos de evacuación, confinamiento o respuesta, formas de recepción de ayudas externas o prestación de primeros auxilios. Identificación del responsable de puesta en marcha del plan de emergencias. Identificación y funciones de los equipos y las personas que realizarán, en caso de emergencia, los procedimientos de actuación. Las emergencias, según su gravedad, se clasifican en: Conato de emergencia: también llamado principio de emergencia es aquella situación que afectará a una zona específica de la empresa y que se puede controlar rápidamente y, además, sin problemas por parte del personal local con los medios propios. En este caso, debe evitarse un riesgo mayor y no arriesgar más de la cuenta. Cuando hemos hecho esto, deberemos activar la alarma que comunique con el CCE (centro de control de emergencias), de esta manera tendremos que solicitar ayuda y tendremos que informar de la incidencia al CCE. Emergencia parcial: en este escenario, para controlar esta situación, se requerirá la actuación de ciertos equipos de intervención del sector en el que la emergencia se produzca, sin poder prever que esta situación afecte a sectores que sean colindantes ni exija la intervención de determinadas ayudas externas. Las emergencias parciales pueden comportar la evacuación del personal del sector. Se deberá comunicar el incidente producido al CCE y se deberá asegurar que la recepción del mensaje de Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 30 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. alarma es correcta. Después, se deberá esperar cualquier comunicación del CCE. Emergencia general: recibe también el nombre de emergencia total. En este tipo de emergencia se requerirán todos los medios y equipos de protección propios, así como la ayuda de salvamento y medios de auxilio externos, conllevando además evacuaciones parciales o totales. La emergencia general debe ser declarada por personas que estén autorizadas. Por su parte, el CCE deberá comunicar la emergencia a todos los trabajadores, que estos deberán incorporarse a su grupo correspondiente. Los equipos de intervención tendrán que colaborar con los recursos exteriores. El CCE deberá informar del estado y evolución de la situación en todo momento. Para evaluar el plan de emergencias, comprobar la eficacia de la organización, la capacitación del personal y la idoneidad y suficiencia de los recursos asignados, es necesario realizar simulacros con la periodicidad mínima que establezca el propio plan (como mínimo, un año). La finalidad de estos simulacros es: Detectar los errores del plan de emergencias en su puesta en marcha. Mostrar a los trabajadores cómo se deberían realizar de forma correcta y ordenada las evacuaciones del edificio siguiendo las orientaciones que se hayan recogido en el plan de emergencias. Comprobar los equipos y medios de los que dispone la empresa: señalización, alumbrado de emergencia, alarmas, etcétera. Comprobar el tiempo medio de evacuación y de intervención de los equipos propios y ajenos. Además, en todo plan de emergencia se debe contar con un apartado sobre evacuación, que debe incluir el procedimiento que hay que seguir para que las personas protejan su vida ante una emergencia mediante su evacuación. Este apartado es un procedimiento que deben conocer todas las personas que pertenecen a la empresa, incluyendo a sus visitantes, quienes, mediante la adecuada señalización, deben distinguir claramente las entradas y salidas de emergencia. Su puesta en marcha se iniciará cuando el jefe de emergencia ordene la evacuación y deberá contener: Equipo de evacuación: su objetivo es guiar a las personas hacia las vías de evacuación, evitando que se produzcan aglomeraciones, atascos o que se encuentren vacíos los puntos de reunión. El equipo de evacuación controla el ritmo, la velocidad y el flujo de salida de las personas. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 31 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Vías de evacuación: las salidas de emergencia deberán ser visibles, estar iluminadas y bien señalizadas. Es muy importante que el movimiento de las personas sea ordenado y que estas transcurran por las vías previstas. Punto de reunión: el equipo de evacuación controla, en los puntos de reunión, que estén todos los trabajadores. De esta forma, se detecta si hay bajas o ausencias, víctimas, gente atrapada que tenga que ser rescatada, etc. Centro de comunicaciones: se trata de un espacio totalmente aislado y protegido ante cualquier posible emergencia. En este se encontrarán los medios y las herramientas necesarias para que se puedan comunicar con el interior y el exterior. También contará con los pulsadores de alarma, que estarán conectados con los centros de emergencias, y los planes de emergencia y evacuación. 8.2. El plan de autoprotección El plan de autoprotección es un documento que tiene el objetivo de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes. También debe dar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, y garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil. Este plan es un documento que deben realizar todas las empresas que desarrollan actividades consideradas generadoras de riesgos o susceptibles de resultar afectadas por situaciones de emergencia (Anexo I del RD 393/2007). Dicho documento debe ser revisado como mínimo cada 3 años y debe ser registrado al comienzo de la actividad en el órgano competente de la comunidad autónoma en la que se encuentre el centro de trabajo. La empresa, una vez ha elaborado y registrado el plan de autoprotección, deberá desarrollar las actuaciones para la implantación y el mantenimiento de la eficacia de dicho plan, así como informar y formar al personal sobre sus contenidos. A su vez, el plan de autoprotección se recogerá en un documento único, cuya estructura y contenido mínimo está definido en el Anexo II del Real Decreto mencionado anteriormente. Este tendrá que estar redactado y firmado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad, y suscrito igualmente por el titular de la actividad. En dicho plan, se establecerá una estructura organizativa y jerarquizada, dentro de la organización y personal existente, que fije las funciones y responsabilidades de todos sus miembros en situaciones de emergencia. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 32 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Por último, la implantación del plan de autoprotección comprenderá, al menos, la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público y la provisión de los medios y recursos precisa para la aplicabilidad del plan. El listado de actividades, por las que los titulares de las empresas de estos sectores están obligados a tener que realizar el plan de autoprotección, aparecen en el Anexo I del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Para más información: bit.ly/33AtYFC 8.3. Consignas de actuación ante una situación de emergencia Ante una situación de emergencia, el protocolo de actuación debe estar claramente definido por el plan de emergencias y de evacuación. Así, necesariamente debe incluir las siguientes consignas: Activar la alarma: después de calificar la emergencia según su gravedad, se activa la alarma desde el centro de comunicaciones (CCE, centro de control de emergencias). Todos los trabajadores y personal de la empresa deben conocer la ubicación exacta del centro de comunicaciones y a su titular, que a su vez debe conocer al detalle las instrucciones a seguir en caso de producirse una emergencia. Intervención de los equipos de emergencia: esta fase varía según el tipo de emergencia que se haya producido. Cada situación tiene su propio plan de actuación y sus protocolos, pero todo se hará en función de la disponibilidad del personal que haya en el centro de trabajo. Evacuación: se inicia cuando lo comunica el centro de comunicaciones. Se lleva a cabo de forma ordenada, sin prisas ni aglomeraciones, por las vías de evacuación y bajo la dirección de los responsables designados, que identificarán, además, a los evacuados. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 33 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 34 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 9. El control de la salud de los trabajadores El término "control de la salud de los trabajadores" engloba una serie de actividades, referidas tanto a individuos como a colectividades y orientadas a la prevención de los riesgos laborales, cuyos objetivos generales tienen que ver con la identificación de problemas de salud y la evaluación de intervenciones preventivas. La vigilancia de las enfermedades y lesiones de origen profesional consiste en el control sistemático y continuo de los episodios relacionados con la salud en la población activa con el fin de prevenir y controlar los riesgos profesionales, así como las enfermedades y lesiones asociadas a ellos. La vigilancia de la salud, aunque es una actividad propia del ámbito de la Medicina del Trabajo, supone una relación de interacción y complementariedad multidisciplinar con el resto de integrantes del Servicio de Prevención. Necesita nutrirse de informaciones producidas por otros especialistas y aporta, a su vez, los resultados de su actividad específica al ámbito interdisciplinar de la evaluación de riesgos y la planificación de la prevención. Se trata de una actividad para la que debe ser de aplicación el párrafo segundo del Art. 15.2 del Reglamento de los Servicios de Prevención relativo a coordinación interdisciplinar. La Vigilancia de la Salud debe ser: Garantizada por el empresario restringiendo el alcance de la misma a los riesgos inherentes al trabajo. Específica en función del o de los riesgos identificados en la evaluación de riesgos. Voluntaria para el trabajador salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: La existencia de una disposición legal con relación a la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores. Que el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros. Confidencial, dado que el acceso a la información médica derivada de la vigilancia de la salud de cada trabajador se restringirá al propio trabajador, a los servicios médicos responsables de su salud y a la autoridad sanitaria. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 35 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. Ética con el fin de asegurar una práctica profesional coherente con los principios del respeto a la intimidad, a la dignidad y la no discriminación laboral por motivos de salud. Prolongada en el tiempo, cuando sea pertinente, más allá de la finalización de la relación laboral, ocupándose el Sistema Nacional de Salud de los reconocimientos posocupacionales. Contenido ajustado a las características definidas en la normativa aplicable. Para los riesgos que no hayan sido objeto de reglamentación específica, la LPRL no especifica ni define las medidas o instrumentos de vigilancia de la salud, pero sí establece una preferencia por aquellas que causen las menores molestias al trabajador, encomendando a la Administración Sanitaria el establecimiento de las pautas y protocolos de actuación en esta materia. Este encargo se concreta en el Reglamento de los Servicios de Prevención que encomienda al Ministerio de Sanidad y Consumo y a las comunidades autónomas del establecimiento de la periodicidad y contenido de la vigilancia de la salud específica. El contenido de dichos reconocimientos incluirá, como mínimo, una historia clínico-laboral, donde además de los datos de anamnesis, exploración física, control biológico y exámenes complementarios, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, del tiempo de permanencia en el mismo, de los riesgos detectados y de las medidas de prevención adoptadas. Realizada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada, es decir, por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o diplomados en Medicina de Empresa y enfermeros de empresa. Planificada, porque las actividades de vigilancia de la salud deben responder a unos objetivos claramente definidos y justificados por la exposición a riesgos que no se han podido eliminar o por el propio estado de salud de la población trabajadora. Deberá abarcar: Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial, después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud. Una evaluación de la salud periódica específica, por trabajar con determinados productos o en determinadas condiciones reguladas por una legislación específica que así lo exija o según riesgo/s Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 36 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. determinados por la evaluación de riesgos, o a petición del trabajador, cuando el mismo crea que las alteraciones de su salud son producidas por la actividad laboral. La periodicidad no tiene porqué ajustarse a intervalos regulares; cada caso se establece en los protocolos específicos, y también va a depender de la historia natural de la enfermedad y de las condiciones de exposición. Una evaluación de la salud después de una ausencia prolongada por motivos de salud. Incluyendo la protección de: Los trabajadores especialmente sensibles como consecuencia de que el empresario debe garantizar la protección de todos aquellos trabajadores que puedan verse afectados de forma singular por algún riesgo identificado en el puesto de trabajo, por sus características personales, estado biológico o que presenten algún tipo de discapacidad. Los trabajadores menores de edad, por su desarrollo incompleto y por su falta de experiencia para identificar los riesgos de su trabajo. Las trabajadoras en periodo de embarazo, lactancia y puerperio. Sistemática, porque las actividades de vigilancia de la salud deben ser dinámicas y actualizadas permanentemente captando datos y analizándolos, más allá de la puntualidad que puede sugerir la característica 'periódica'. Documentada con la constatación de la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores, así como las conclusiones obtenidas de los mismos teniendo la obligación el empresario en determinadas exposiciones (agentes cancerígenos, biológicos, químicos) de mantener un registro de los historiales médicos individuales y de conservar el mismo un plazo mínimo de 10 años después de finalizada la exposición, salvo normativa específica más restrictiva. Informando individualmente a los trabajadores tanto de los objetivos como de los métodos de la vigilancia de la salud, que deben ser explicados de forma suficiente y comprensible a los trabajadores, así como de los resultados. Gratuita puesto que el coste económico de cualquier medida relativa a la seguridad y salud en el trabajo, y por tanto el derivado de la vigilancia de la salud, no deberá recaer sobre el trabajador (apartado 5 del artículo 14 de la LPRL). Una consecuencia de lo anterior es la realización de los Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 37 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. reconocimientos médicos dentro de la jornada laboral o el descuento del tiempo invertido en la misma. Participada respetando los principios relativos a la consulta y participación de los trabajadores o de sus representantes establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Con los recursos materiales adecuados a las funciones que se realizan. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 38 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 10. Riesgos específicos y su prevención en el sector correspondiente a la actividad de la empresa Para conocer los riesgos que existen en tu ciclo profesional, descárgate el documento correspondiente: Enlace a los anexos de los diferentes ciclos: ANEXOS Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 39 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 11. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo En el ámbito internacional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene como objetivos promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de ocupación dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo en asuntos relacionados con el trabajo. Además, es responsable de elaborar y supervisar las normas internacionales del trabajo y trata de garantizar que se respeten tanto en los principios como en la práctica. Organización Internacional del Trabajo (OIT) Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Inspección del Trabajo y Seguridad Social En el ámbito europeo, la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (European Agency for Safety and Health at Work) es un órgano de la Unión Europea con sede en Bilbao y que tiene como objetivo fomentar la mejora del medio de trabajo, proteger la salud y seguridad de los trabajadores y proporcionar toda la información científica, técnica y económica de utilidad en la protección de la salud y la seguridad en el trabajo. Ya en el ámbito estatal, encontramos la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, conocida por ser el órgano colegiado que asesora a las Administraciones públicas en la formulación de las diferentes políticas de prevención y que participa, además, en las materias de salud y seguridad laboral. También está el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), un órgano técnico autónomo que depende administrativamente del Ministerio de Trabajo y Economía Social y que hace un trabajo muy importante en asesoramiento, estudio y formación de la prevención de los riesgos laborales. La Inspección del Trabajo y Seguridad Social se conoce como el órgano técnico dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Tiene como funciones, en prevención de riesgos, vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, informar y asesorar a empresarios y trabajadores, elaborar los informes solicitados por los juzgados sociales, comprobar que las Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 40 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. obligaciones asumidas por parte de los servicios de prevención se cumplen, informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales o graves y sobre las enfermedades profesionales y ordenar la paralización inmediata de trabajos en el caso de que exista riesgo grave e inminente para la salud y seguridad de los trabajadores. En el ámbito autonómico, existen diferentes tipos de organismos (Áreas de Salud e instituciones de ámbito autonómico), al igual que cada provincia cuenta con centros de seguridad e higiene que dependen del INSST. Todas ellas están destinadas a controlar las condiciones de seguridad, higiene y salud de los trabajadores. Este documento es solo una versión imprimible del contenido teórico. Accede a todo el contenido multimedia y los 41 ejercicios interactivos en la versión digital disponible en tu aula del campus de ILERNA. 12. Organización del trabajo preventivo La prevención de riesgos laborales está regulada por la LPRL y esta puede ser gestionada directamente desde la propia empresa en la que se desarrolla la actividad de los trabajadores o a través de un servicio de prevención ajeno (empresa externa que se encarga de la prevención). Tanto si se gestiona desde la misma empresa como si se contrata el servicio externo de una empresa especializada en prevención, las etapas para gestionar correctamente la prevención de riesgos laborales en la empresa son las siguientes: Etapa de organización Organización de los trabajadores. Organización de la empresa. Organización en caso de emergencia. Organización mixta. Etapa de planificación Planificación de la actividad preventiva. Evaluación de los riesgos.

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