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Questions and Answers
En Derecho Romano, ¿qué es una "cosa"?
En Derecho Romano, ¿qué es una "cosa"?
Una "cosa" es cualquier objeto sobre el que pueden recaer derechos.
¿Cuáles son los dos tipos de derechos patrimoniales?
¿Cuáles son los dos tipos de derechos patrimoniales?
Los derechos reales son derechos absolutos.
Los derechos reales son derechos absolutos.
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Explique la diferencia entre actio in rem y actio in personam.
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¿Cuál es el criterio para clasificar las cosas en fungibles y no fungibles?
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¿Qué es la propiedad en Derecho Romano?
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¿Cuál es la diferencia entre servidumbres prediales y usufructo?
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Mencione tres tipos de servidumbres prediales.
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El usufructo es un derecho real que permite al usufructuario modificar la substancia de la cosa.
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Explique el origen del derecho de enfiteusis.
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¿Cuáles son los dos principales derechos reales de garantía?
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Describa la diferencia fundamental entre la prenda y la hipoteca.
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El derecho de fiducia desapareció en el Derecho Justinianeo.
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¿Qué es el pactum fiduciae?
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Study Notes
Derecho Romano - Resumen
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Derecho Romano 2024-2025: Curso impartido por la Dra. Nuria Coch Roura en la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB).
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Tema 4: Los Derechos Reales: Examina derechos que afectan a cosas.
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Concepto (1.1): Res = cosa. Los derechos reales recaen sobre las cosas.
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Derechos Patrimoniales: Aquellos que implican un contenido económico.
- Derecho Real (actio in rem): Se relacionan con las cosas.
- Derecho de obligación (actio in personam): Se relacionan con las personas.
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Diferencias entre Derechos Reales y Derechos de Obligación:
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Sujetos:
- Obligaciones: acreedor y deudor; derechos relativos.
- Reales: titular frente a todos (erga omnes);derechos absolutos
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Objeto:
- Obligaciones: acto del deudor.
- Reales: cosa o derecho sobre cosa.
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Acciones:
- Reales (actio in rem): titular actúa contra quien perturba su derecho.
- Obligación (actio in personam) : ambas partes identificadas desde el principio de la relación.
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Duración:
- Obligaciones: fecha de extinción, deudor debe saberlo.
- Reales: tienden a perdurar, no tienen fecha de extinción.
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Publicidad:
- Obligaciones: no necesaria.
- Reales: es necesaria; implica comunicación a toda la comunidad (documentos, actos formales).
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Sujetos:
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1.2 Clases de Cosas:
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Según el tráfico comercial:
- Cosas extra comercium: Por derecho divino (objetos sagrados, religiosos). Por derecho humano (cosasa públicas, de uso común).
- Cosas intra comercium: Todo lo demás que puede ser objeto de tráfico comercial.
- Res mancipi/res nec mancipi: Clasificación importante en el derecho romano clásico, se relaciona con la adquisición de propiedad.
- Res mancipi: las cosas más necesarias al grupo familiar primitivo (tierra, animales, esclavos,servidumbres)
- Res nec mancipi : Todo lo demás.
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Según el tráfico comercial:
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Cosas muebles e inmuebles (3).
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Cosas fungibles y no fungibles (4).
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Cosas específicas y genéricas (5).
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Cosas consumibles y no consumibles (6).
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Cosas divisibles e indivisibles (7).
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Frutos (8): naturales y civiles.
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1.3 Clasificación de los Derechos Reales:
- La Propiedad (1.1): Es el derecho fundamental, incluye facultades de uso, disfrute y disposición.
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Derechos Reales sobre Cosa Ajena (2): Facultades sobre la cosa ajena (usufructo).
- Servidumbre Prediales (a): Restricciones en el uso de un inmueble para beneficio de otro.
- Tipos de servidumbres rústicas/urbanas.
- Usufructo (b): Derecho real que permite usar y disfrutar una cosa ajena sin modificarla. Se relaciona con las obligaciones del usufructuario y la sustancia de la cosa.
- Enfiteusis(c): Derecho real sobre un inmueble ajeno a cambio de un canon o pensión.
- Superficie(c): derecho a edificar en un solar ajeno a cambio de pensión, en ámbito urbano. Se distingue del derecho de enfiteusis.
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Derechos Reales de Garantía (b): (Fiducia, prenda, hipoteca.)
- Fiducia: transmisión temporal de un bien como garantía de una deuda.
- Prenda: El acreedor toma posesión del bien como garantía.
- Hipoteca: Constituida sin transmisión de la propiedad ni posesión; se hace con el pago con aperos de labranza.
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Description
Este cuestionario abarca el Tema 4 del curso de Derecho Romano, impartido por la Dra. Nuria Coch Roura. Aquí se exploran los derechos reales, su concepto y diferencias con los derechos de obligación. Prepárate para profundizar en cómo estos derechos impactan la relación con las cosas y su naturaleza patrimonial.