TEMA9 PLATERGA Y PEMUFERROL 20-24 PDF
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Summary
This document details the roles and responsibilities of various members of an emergency response team. It describes the functions performed by the centre of operational coordination (CECOP), including receiving information on events, coordinating operational plans, and managing resources. The different levels of activation, roles of the advanced command post (PMA), and communication centre (CIN) are also defined.
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Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Organo receptor de información , director coordinador de planes y gestor de medios 5.1. Centro de Coordinación Operativa (CECOP/ CECOPI.) Se define el Centro de Coordinación Operativa (CECOP), como el órgano donde se recibe la información de un suceso y...
Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Organo receptor de información , director coordinador de planes y gestor de medios 5.1. Centro de Coordinación Operativa (CECOP/ CECOPI.) Se define el Centro de Coordinación Operativa (CECOP), como el órgano donde se recibe la información de un suceso y donde se realiza la dirección y coordinación de todas las operaciones propias del PLATERGA, la gestión de todos los medios y la coordinación entre planes de distinto nivel. Constituye el puesto de mando del Director del Plan, por lo que deberá disponer de la capacidad y equipamiento precisos para poder desarrollar satisfactoriamente las labores de comunicación, coordinación y centralización de la información a fin de evaluar la situación de la emergencia y transmitir las decisiones a aplicar. El CECOP se constituye como tal y comienza a funcionar en el momento en el que se reúnan en el mismo el Director/a del Plan, el Comité asesor y el Director/a del CIN. A efectos operativos podrá estar compuesto únicamente, además del director o directora del Plan, por los miembros del Comité asesor que se consideren necesarios y el Director del CIN o persona que le sustituya. La infraestructura del centro de coordinación operativa debe ser adecuada para que se ejerzan en el mismo las siguientes funciones: Servir como centro permanente de información, a tal efecto el CECOP debe disponer de terminales de recepción de datos, que permitan el estudio permanente del estado de riesgo para activar, cuando proceda, los mecanismos de alerta. Servir como centro receptor y emisor de alarmas y alertas, y debe gestionar todos los sistemas de información y bases de datos necesarios que ayudan al Director del Plan en la toma de decisiones y en la planificación de las actuaciones. Debe servir como instrumento de auxilio al Director del Plan en el proceso de toma de decisiones y en el traslado y materialización de la información recibida en relación a la emergencia. Las instalaciones del CAE 112 Galicia cuentan con los medios necesarios para realizar dichas funciones, por lo que se constituirá en el Centro de Coordinación de referencia, sin perjuicio de la utilización de otros centros de coordinación (CECOPAL, Sala de Crisis del Gobierno de la Xunta de Galicia, CECOPs Provinciales, etc.) en función de la extensión y naturaleza de la emergencia. En aplicación del presente Plan Territorial de Emergencia, se diseñarán los programas sectoriales y los procedimientos necesarios para el óptimo funcionamiento y la completa operatividad de dichos centros. Constitución en CECOPI El CECOP comienza a funcionar como Centro de Coordinación Operativa Integrada (CECOPI) cuando en él se integren los mandos de la Administración Local, Autonómica y Estatal, tanto para la dirección y coordinación de la emergencia, como para la transferencia de responsabilidades en los casos en que se declare interés gallego o suprautonómico. cuando se metenahi alcaldes, presidente xunta o presidente gobierno y cuando se constituya un comité de dirección. Se hace en Nv. OE y Nv. 3 PÁGINA 19 *no es lo mismo que comite asesor, puede darse en cualquier nivel a petición director. *Nivel IG- Aquí se crea un Gabinete de Crisis *En cualquier momento y circunstancia, el CAE 112 podría actuar de CECOP principal, si la dirección del plan lo requiere Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Órgano de trabajo del plan, se encarga de ejecutar acciones PLATERGA en la propia emergencia, coordina grupos operativos y es el responsable máximo de la dirección del plan y de la seguridad en la zona de la emergencia 5.2. Puesto de Mando Avanzado (PMA). Según la naturaleza y gravedad de la emergencia, el Director del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia podrá establecer y designar uno o varios puestos de mando avanzado (PMA) que constituyen el órgano de trabajo del Plan, formado por los jefes o responsables de los grupos operativos y de aquellos organismos o entidades cuyas actuaciones sean decisivas para la consecución de los objetivos. Los puestos de mando avanzado tienen como fin dirigir y coordinar las actuaciones de los medios y recursos que intervengan en el lugar de la emergencia conforme a las instrucciones del Director del Plan, para lo que remitirán esta información exhaustiva sobre la evolución del riesgo o calamidad. La Dirección del Puesto de Mando Avanzado, tendrá asignadas las siguientes funciones: 1. Ejecutiva: se encargará de transformar las directrices generales emanadas de la Dirección del PLATERGA en las acciones concretas que desarrollarán los grupos operativos. PEMU FERROL DIRECCIÓN TECNICA 2 FUNCIONES (2 PRIMERAS) 2. Coordinadora: En las funciones de desarollo autónomo por parte de los grupos operativos, se encargará de evitar la duplicidad de las mismas. 3. Directiva: Como máximo representante de la Dirección del Plan en la zona de emergencia, es responsable de la seguridad y bienes de las personas y especialmente de los asignados al PMA. La Dirección del PMA corresponderá, en un principio, según se indica en el siguiente cuadro resumen y en su caso a quién determine el Director/a del PLATERGA según el nivel de activación del mismo: NIVEL DE ACTIVACIÓN NIVEL 0 DIRECTOR/A DEL PMA Quien designe el PEMU NIVEL OE El técnico de guardia del sistema integrado de Protección (DE ACTIVACIÓN ESPECIAL) Civil y emergencias de Galicia NIVEL 1 El técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia. En el caso de que existan varios PMA, existirá la figura del director de operaciones, que asumirá DIRAGE. NIVEL 2 DIRAGE. Además existirá la figura del director de operaciones que asumirá XERAGE. NIVEL IG (INTERÉS GALLEGO) DIRAGE. En caso de que existan varios PMA, existirá la figura del director de operaciones que asumirá XERAGE. PÁGINA 20 Temario Jurídico NIVEL 3 (INTERÉS NACIONAL) OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Quien designe el Director/a del Plan. Si debido a la magnitud o a la extensión de la emergencia existiese más de un PMA, la Dirección del Plan designará a un Director/a de Operaciones que los coordine a todos. 5.3. Sala de Control de Operativos (SACOP). La sala de control de operativos es el lugar desde el que se mobilizan los medios y recursos, su localización física se encuentra en el CECOP correspondiente. El responsable de la SACOP auxilia a la Dirección del Plan en el traslado y materialización de las órdenes que se van a cursar. El responsable del CAE 112 Galicia, realizará las funciones de director del SACOP desde el momento en el que el CAE 112 Galicia se constituya en CECOP, en otros casos el responsable será designado por la Dirección del Plan. Tiene como misión fundamental asegurar y posibilitar la movilización de todos los medios y recursos demandados por los diferentes grupos operativos, o por la Dirección del Plan. 5.4. Centro de Información (CIN). El centro de información (CIN), es el lugar desde el que se recepciona y se difunde la información relacionada con el suceso. El CIN se sitúa en el CECOP correspondiente, siendo el responsable del mismo, el jefe o jefa del gabinete de información (jefe del gabinete de la consellería con competencias en materia de Protección Civil). Las funciones del CIN son: a) Recoger la información, analizarla y transcribirla para los medios de comunicación. b) Relación con los medios de comunicación. c) Transmisión de la información a la población. La información será recopilada en el CECOP por el personal técnico nombrado por el Director del Plan. Escriba el texto aquí El director del CIN, por orden del Director o Directora del Plan, transmitirá la noticia a los medios de comunicación y a la población en general. PÁGINA 21 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL El director del CIN, según indicaciones recibidas por el Director del Plan, podrá decidir los criterios referentes a la documentación o información divulgable, la forma más adecuado de hacerlo y los medios por los cuales se distribuye. 5.5. Autoridades a las que hay que comunicar los sucesos. El director del CIN, siguiendo indicaciones del Director/a del PLATERGA, será el encargado de hacer llegar la información a los organismos y autoridades que se indiquen en cada caso, dependiendo del nivel del Plan que se encuentre activado en cada momento; de la misma forma, se informará de la evolución de los sucesos, a las autoridades que se encuentren involucradas en la emergencia, previa indicación expresa del Director/a del Plan. Se informará siempre de la activación del PLATERGA en cualquiera de sus niveles y se les mantendrá puntualmente informados de la evolución de la emergencia a la Dirección Xeral con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento y al alcalde o alcaldes de los municipios afectados. 5.6. Mecanismos de información a la población afectada y al público en general. Una vez definida la información que desde el CIN se va a transmitir a la población, es necesario proceder a la transmisión de la misma, a la población afectada y al resto de la población en general. Los mecanismos se basan en los medios de comunicación social, promoviendo protocolos, convenios o acuerdos que garanticen durante toda la emergencia una buena difusión de los menajes destinados a la población. Para esto, el Director/a del PLATERGA establecerá los mecanismos de enlace con los medios, determinando para cada momento el contenido de la información que se va a difundir, y facilitando los comunicados a través del CIN. Los avisos a la población reunirán los siguientes requisitos: 2 a) Exactitud: se deben indicar con exactitud las medidas a adoptar en cada momento. b) Claridad y concisión: Las transmisiones se realizarán de forma clara y sencilla, de manera que se facilite la comprensión de la información. Capítulo VI. OPERATIVIDAD 6. Operatividad. La operatividad la constituyen el conjunto de procedimientos previamente planificados, que permiten la puesta en marcha del Plan, y aseguran la consecución de sus objetivos. PÁGINA 22 Temario Jurídico 6.1. OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Niveles y criterios de activación. DEFINICIÓN: La activación es la acción de poner en marcha, por el Director/a del Plan en cada nivel, el presente Plan Territorial de Protección Civil de Galicia (PLATERGA). La flexibilidad que requiere la operatividad del PLATERGA hace preciso establecer modalidades de aplicación, en función de: a) Cada situación de emergencia contemplada. b) De la evolución del suceso: ya sea de aparición súbita de la emergencia, ya producto de una evolución lenta del riesgo. c) De las necesidades concretas: que puedan determinar la movilización total o parcial de los recursos o grupos operativos adscritos al plan. PROCEDIMIENTO: La iniciativa para que la AXEGA proponga la activación de un nivel del plan partirá de: - Para el nivel 0, según se indique en el PEMU. - Para el nivel 0E, del ALC del municipio afectado. - Para los niveles 1 y 2 la propuesta partirá del técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia, del director del plan en el nivel inmediatamente anterior por iniciativa del director del plan. - Para el nivel IG, la iniciativa será del CONSPC. Consejero PC - Para el nivel 3, según se indica en la norma básica de protección civil (el Presidente de la Comunidad Autónoma, por propia iniciativa del Ministro de Interior o bien a propuesta del Delegado del Gobierno). Para todos los niveles, excepto el IG y el 3, la AXEGA deberá proponer al director del Plan su activación, una vez evaluado el riesgo, según el artículo 35 de la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de emergencias de Galicia. La activación del plan implicará: a. La Constitución del centro de coordinación operativo del plan y, si corresponde, del centro de control operativo integrado, excepto en emergencias de NIVEL OE en las PÁGINA 23