Tema 1 Temario General - Spanish Constitution PDF
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Cayetano Gil Valdellós
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This document is a study guide on the Spanish Constitution of 1978. It discusses the structure and content of the document, including the preamble, principles, and specific articles. The author provides insight into the formation and key characteristics of the constitution.
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Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 TEMA 1: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. 1. ESTRUCTURA Y CONTENIDO. De las primeras elecciones democráticas tras la muerte de Franco, celebradas el 15 de junio de 1977, surgieron las llamadas Cortes Constituyentes,...
Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 TEMA 1: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. 1. ESTRUCTURA Y CONTENIDO. De las primeras elecciones democráticas tras la muerte de Franco, celebradas el 15 de junio de 1977, surgieron las llamadas Cortes Constituyentes, que fueron las encargadas de la elaboración del texto de la Constitución de 1978. Tras un periodo complicado de negociación, debate y pactos entre fuerzas políticas de diversa ideología y tratando de llegar a acuerdos para lograr un texto que convenciera a todos, finalmente es aprobada la Constitución el 31 de octubre de 1978, en reunión separada de ambas Cámaras. Sometido el texto constitucional a ratificación popular, a través del referéndum celebrado el día 6 de diciembre de 1978, éste ofrece un resultado afirmativo, aunque con un amplio porcentaje de abstención. La Constitución fue sancionada ante las Cortes por el Rey, el 27 de diciembre de 1978, entrando en vigor dos días después, el 29 de diciembre, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo previsto en su Disposición Final. La CE78, que es la novena en el proceso constituyente español, se caracteriza por las siguientes notas: - La CE 78 se basa en el principio de soberanía nacional y control político por parte de las Cortes. - Es una Constitución imprecisa, y en algunos aspectos ambigua, dado que, a consecuencia del consenso efectuado entre los diferentes partidos políticos, a fin de limar las diferencias existentes entre los mismos, se tuvieron que acercar posturas divergentes, que propiciaron algunas contradicciones, sobre todo en aquellos títulos objeto de mayor discusión, como fueron entre otras las materias relacionadas con la problemática de la Iglesia Católica o con la implantación de un Estado de las Autonomías. - Es una Constitución rígida, en consideración a los requisitos formales que son exigidos para llevar a cabo su reforma, pudiendo distinguirse dos sistemas de modificación en función a la importancia de la misma. Cayetano Gil Valdellós 1 Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 - Es una Constitución poco original, ya que está muy influenciada no solo por Constituciones extranjeras, sino también por anteriores constituciones de nuestro país, en especial las de 1869 y 1931. - Es una Constitución extensa, la más amplia después de la de Cádiz de 1812, dada la amplitud de su articulado y la pormenorización de su contenido. - Es una Constitución, en algún aspecto, inacabada, por su reiterada remisión a su desarrollo normativo a través de Leyes Orgánicas, sobre todo en lo que respecta a las instituciones básicas del Estado: Tribunal Constitucional (TC), Poder Judicial (PJ), Fuerzas Armadas, etc. - Es una CE pragmática, ya que se adecua a la sociedad real, tratando de responder a las múltiples cuestiones que la sociedad ha planteado a lo largo del tiempo. Estructura de la Constitución El contenido de la CE 1978 es el siguiente: - Preámbulo. - Título Preliminar: “Principios Generales”: Art. 1 al 9. - Título I: “De los derechos y deberes fundamentales”: Art. 10 al 55. Este título está integrado por cinco Capítulos: - Capítulo I: “De los españoles y los extranjeros”. - Capítulo II: “Derechos y libertades”. Que a su vez se compone de dos secciones. 1ª: “De los derechos fundamentales y de las libertades públicas”. 2ª: “De los derechos y deberes del ciudadano”. - Capítulo III: “De los principios rectores de la política social y económica”. - Capítulo IV: “De las garantías de las libertades y derechos fundamentales”. - Capítulo V: “De la suspensión de derechos y libertades”. - Título II: “De la Corona”. Art. 56-65. - Título III: “De las Cortes Generales”. Art. 66-96. Que a su vez se compone de tres Capítulos. - Capítulo I: “De las Cámaras”. Cayetano Gil Valdellós 2 Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 - Capítulo II: “De la elaboración de las leyes”. - Capítulo III: “De los Tratados Internacionales”. - Título IV: “Del Gobierno y la Administración”. Art. 97-107. - Título V: “De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales”: Art. 108-116. - Título VI: “Del Poder Judicial”: Art. 117-127. - Título VII: “Economía y Hacienda”: Art. 128-136. - Título VIII: “De la organización territorial del Estado”: Art. 137-158. Que a su vez se subdivide en tres Capítulos: - Capítulo I: “Principios Generales”. - Capítulo II: “De la Administración Local”. - Capítulo III: “De las Comunidades Autónomas”. - Título IX: “Del Tribunal Constitucional”. Art. 159-165. - Título X: “De la reforma constitucional”: Art. 166-169. Artículo 1: 1. España se constituye en un Estado SOCIAL Y DEMOCRÁTICO de Derecho, que propugna como VALORES SUPERIORES DE SU ORDENAMIENTO JURÍDICO LA LIBERTAD, LA JUSTICIA, LA IGUALDAD Y EL PLURALISMO POLÍTICO. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. Artículo 2: La Constitución se fundamenta en la INDISOLUBLE UNIDAD DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, PATRIA COMÚN E INDIVISIBLE DE TODOS LOS ESPAÑOLES, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la SOLIDARIDAD entre todas ellas. Artículo 3: 1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Cayetano Gil Valdellós 3 Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. 3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección. Artículo 4: 1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. 2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. Artículo 5: La capital del Estado es la villa de Madrid. Artículo 6: LOS PARTIDOS POLÍTICOS EXPRESAN EL PLURALISMO POLÍTICO, concurren a la FORMACIÓN Y MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD POPULAR Y SON INSTRUMENTO FUNDAMENTAL PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. Artículo 7: LOS SINDICATOS DE TRABAJADORES Y LAS ASOCIACIONES EMPRESARIALES CONTRIBUYEN A LA DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS INTERESES ECONÓMICOS Y SOCIALES QUE LES SON PROPIOS. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. Artículo 8: 1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. 2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución. Artículo 9: 1. Los ciudadanos y los poderes públicos ESTÁN SUJETOS A LA CONSTITUCIÓN Y AL RESTO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO. 2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover Cayetano Gil Valdellós 4 Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 3. La Constitución garantiza el PRINCIPIO DE LEGALIDAD, LA JERARQUÍA NORMATIVA, LA PUBLICIDAD DE LAS NORMAS, LA IRRETROACTIVIDAD DE LAS DISPOSICIONES SANCIONADORAS NO FAVORABLES O RESTRICTIVAS DE DERECHOS INDIVIDUALES, LA SEGURIDAD JURÍDICA, LA RESPONSABILIDAD Y LA INTERDICCIÓN DE LA ARBITRARIEDAD de los poderes públicos. 2. LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN. TÍTULO X De la reforma constitucional Artículo 166 La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87. Artículo 167 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado. 2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma. 3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Artículo 168 1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes. Cayetano Gil Valdellós 5 Temario General. Bloque Didáctico 1. Constitución y Organización del Estado. Tema 1 2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. 3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación. Artículo 169 No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116. Cayetano Gil Valdellós 6