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Este documento resume los tiempos de conducción y descanso para conductores de vehículos con tacógrafo. Se proporcionan ejemplos y consejos para comprender la normativa del tacógrafo en España.

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TACÓGRAFO TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO          El **tacógrafo**, aunque lleva más de 15 años utilizándose en España, desde sus comienzos en formato analógico y desde más de 9 años en formato digital ha presentado dudas en cuanto a su utilización. Pero donde más problemas surgen, hasta en el d...

TACÓGRAFO TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO          El **tacógrafo**, aunque lleva más de 15 años utilizándose en España, desde sus comienzos en formato analógico y desde más de 9 años en formato digital ha presentado dudas en cuanto a su utilización. Pero donde más problemas surgen, hasta en el día de hoy, es en la aplicación correcta de las normas de conducción y descanso en vehículos con aparato tacógrafo. *La normativa que regula los tiempos de conducción y descanso para los conductores que llevan vehículos en los cuales hay instalado un aparato tacógrafo, y realizan transporte de mercancías o transporte de viajeros es el [[Reglamento CE 561/2006]](http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/C111B63B-EA85-48C4-8E40-3C888938EEDC/19166/R5612006.pdf).* Como cualquier normativa, la lectura e interpretación de la misma puede ser un poco difícil, para ello vamos a resumir e intentar dar las pautas más importantes, exactas y claras en cuanto a los tiempos de conducción y descanso para vehículos que llevan instalados aparatos tacógrafos y no por último cabe recordar que disminuir los tiempos de descanso o sobrepasar los tiempos de conducción acarrean sanciones y [[multas por los tiempos de conducción y descanso]](https://buscadortransportes.com/sanciones-tiempos-de-conduccion-y-descanso/) según la normativa del tacógrafo. *[Tacógrafo tiempos de conducción:]* I\) Conducción: Comienza después de un descanso semanal o un descanso diario. - - **Ejemplo:** 9h + 9h + 10h + 9h + 10h ![](media/image2.png) I.2) Conducción semanal: La conducción total de una semana, donde por regla general estará comprendido entre las 00:00 del Lunes hasta las 24:00 del Domingo. No se pueden superar las 56 horas de conducción en una semana. Tampoco se pueden superar 90 horas de conducción en 2 semanas consecutivas. **1º Ejemplo:** 1\) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la primera semana:\ 9h + 9h + 10h + 9h + 10h= 47 horas conducción semanal 2\) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la segunda semana:\ 10h + 6h + 8h +10h + 5h + 4h= 43 horas conducción semanal. Total de conducción bisemanal: 90 horas **2º Ejemplo:** 1\) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la primera semana:\ 9h + 9h + 10h + 9h + 10h + 9h= 56 horas de conducción semanal 2\) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la segunda semana:\ 8h + 6h + 8h + 10h + 2h= 34 horas de conducción semanal. Total de conducción bisemanal: 90 horas Consejo:\ Si en una semana se ha llegado a las 56 horas permitidas de conducción, en la segunda semana seguida no se puede superar 34 horas de conducción.\ Conviene hacer una hoja de cálculo para llevar un control si las jornadas de trabajo son un poco irregulares. ![](media/image4.png) Después de una **conducción diaria de 4 horas y media** el conductor está **obligado a tomar un descanso de 45 minutos sin interrupción**. - - Se puede **sustituir esta pausa de 45 minutos** por unas **pausas de 15 minutos más otra de 30 minutos** tomadas dentro de las 4 horas y media de conducción: ![](media/image6.png) Consejo: Si se toman las pausas fraccionadas, **de 15 + 30 minutos siempre hay que realizarlas de esta forma: primera de 15 como mínimo y la segunda de 30 como mínimo, y no al contrario**. Atención a los conductores de reparto, porque aunque se tomen muchas pausas si no se cumplen los tiempos estipulados de 15 más 30, se puede fácilmente incumplir esta norma, y podrán ser sancionados. Sobre la conducción y los descansos en los trabajos de reparto desde la UE han sacado unos criterios de actuación que os dejamos en el siguiente enlace:\ "[[Registrar el tiempo de conducción mediante tacógrafos digitales cuando los conductores realizan paradas frecuentes u operaciones de reparto]](http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/98446EAA-E20C-4423-99DF-9C8B837074AD/37875/guidance_4_es.pdf)"   *[Tacógrafo tiempos de descanso:]* II\) Descanso: Se entiende por descanso el periodo en el cual un conductor puede disponer libremente de su tiempo. Después de una jornada de conducción (laboral) todo conductor debe tomarse un descanso diario (o dicho de otra forma, durante las 24 horas siguientes después de un descanso diario el conductor debe tomarse otro nuevo descanso diario). - **Ejemplo:** El descanso diario ha terminado a las 10:00 horas del Martes.\ A las 10:00 horas se empieza a trabajar y durante la jornada se conduce 8 horas, 1 hora se dedica a otros trabajos y 45 minutos de pausa reglamentaria en la conducción.\ La jornada termina a las 19:45 horas. (Desde las 10.00 + 8h +1h + 0,45h) \ El Tiempo de descanso será superior a las 11 horas estipuladas (desde el Martes a las 19:45 horas hasta el Miércoles a las 10:00 cuando empezará otra jornada laboral). - **Ejemplo:** El descanso diario ha terminado a las 10:00 horas del Martes.\ A las 10:00 horas se empieza a trabajar y se realiza una conducción de 4 horas y 1 hora se dedica a otros trabajos.\ A las 15:00 se toma un descanso diario de 3 horas y 15 minutos.\ Se reanuda el trabajo con la conducción de otras 5 horas y en la cual se toma una pausa de 45 minutos.\ La jornada termina a las 24:00 horas (15.00 + 3,15 + 5,45) ![](media/image8.png)\ El tiempo de descanso diario fraccionado será de 10 horas (como mínimo 9 horas interrumpidas porque durante la jornada se ha tomado un descanso de 3 horas). - **Nota:** No se pueden tomar más de 3 descansos diarios reducidos en una semana (en el periodo de dos descansos semanales)   - **Ejemplo:**\ Conductor que empieza la semana un Lunes a las 08:00 y trabaja hasta el Sábado a las 11:00 horas: dispondrá de un descanso de 45 horas hasta la siguiente semana laboral: \ Desde el Sábado a las 11:00 hasta el Lunes a las 08:00 hay un descanso de 45 horas. - **Ejemplo:**\ Conductor que empieza la semana un Lunes a las 08:00 y trabaja hasta el Sábado a las 19:00 horas: dispondrá de un descanso inferior a 45 horas, pero superior a 24 horas hasta la siguiente semana laboral: ![](media/image9.png) Si en una semana se realiza un descanso semanal reducido, la diferencia de horas hasta las 45 horas restantes se tiene que recuperar antes del final de la 3ª semana , juntando las horas que se han disminuido con un descanso de 9 horas como mínimo. **Ejemplo:** en nuestro caso, hemos disminuido el descanso normal en 8 horas (45 -- 37 horas), por lo tanto las 8 horas se tendrán que tomar junto con otro descanso normal, semanal, diario normal o reducido (no importa) pero que sea como mínimo de 9 horas: -- 8 reducida + 9 como mínimo (de cualquier descanso) antes de finalizar la 3ª semana siguiente a la que hemos reducido. En el transcurso de **dos semanas consecutivas** un conductor tiene que tomar: - - Aclaración: *En un mes por ejemplo hay 4 descansos semanales:\ -- Si tomamos 2 descansos semanales seguidos (cualquiera de ellos), no puede haber 2 descansos reducidos seguidos, solo pueden ser o 2 descansos normales, o uno reducido y otro normal.* [1º Ejemplo:]\ 1ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)\ 2ª Semana: 37 horas de descanso (descanso reducido)\ 3ª Semana: 50 horas de descanso (descanso normal)\ 4ª Semana: 26 horas de descanso (descanso reducido) [2º Ejemplo:]\ 1ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)\ 2ª Semana: 50 horas de descanso (descanso normal)\ 3ª Semana: 30 horas de descanso (descanso reducido)\ 4ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)  *Tacógrafo tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera*

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