Resumen de los Temas del Examen Fase Común PDF
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Este documento resume los temas del examen y proporciona un resumen de la Constitución Española de 1978, derechos y deberes fundamentales, el gobierno y la administración, y el régimen jurídico del personal de la administración pública. Contiene un resumen de los temas.
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Los temas que me entran en el examen del común: ### Tema 1 **1. Características de la Constitución Española de 1978** - **Escrita y codificada**: Se alinea con la tradición constitucional europea al estar plasmada en un único texto legal. - **Extensa**: Presenta un amplio número de artíc...
Los temas que me entran en el examen del común: ### Tema 1 **1. Características de la Constitución Española de 1978** - **Escrita y codificada**: Se alinea con la tradición constitucional europea al estar plasmada en un único texto legal. - **Extensa**: Presenta un amplio número de artículos y la longitud de algunos de ellos es considerable. - **Origen popular**: Fue aprobada mediante referéndum, lo que refleja su aceptación democrática. - **Rígida**: Su reforma está diseñada para ser un proceso complejo, asegurando estabilidad. - **Consensuada y elástica**: Acordada por distintas fuerzas políticas, lo que le ha permitido perdurar y adaptarse. - **Abierta e inacabada**: Remite a numerosas leyes orgánicas, dejando espacio para desarrollos legislativos adicionales. - **Ambigua**: Incluye términos y conceptos que permiten varias interpretaciones, adaptándose a distintos contextos. **2. Principios constitucionales y valores superiores** El artículo 1.1 de la Constitución Española define los valores superiores del ordenamiento jurídico: - **Libertad** - **Justicia** - **Igualdad** - **Pluralismo político** Estos valores son los fundamentos del Estado social y democrático de Derecho, en el que la soberanía reside en el pueblo español. **3. Derechos y deberes fundamentales** Recogidos en el Título I de la Constitución (artículos 10-55), estos derechos y deberes se dividen en los siguientes capítulos: - **Derechos civiles**: Incluyen la igualdad ante la ley y la libertad ideológica, entre otros. - **Derechos de ámbito privado y político**: Incluyen el derecho al honor, la libertad de expresión y el derecho de petición. - **Derechos sociales**: Incluyen el derecho a la educación, la salud y la huelga. - **Deberes**: Destacan el deber de trabajar y el deber de conocer el castellano. **4. Protección de los derechos** La Constitución establece varias garantías para proteger los derechos fundamentales: - **Tres niveles de protección**: 1. **Nivel superior** (artículos 14-29): Incluye derechos fundamentales y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. 2. **Nivel medio** (artículos 30-38): Aunque no son directamente protegidos por el recurso de amparo, estos derechos son vinculantes y están desarrollados por ley. 3. **Principios rectores de la política social y económica** (artículos 39-52): Estos principios informan la legislación, aunque no son directamente invocables en los tribunales. - **Suspensión de derechos**: En casos de estado de alarma, excepción o sitio, algunos derechos pueden ser suspendidos, como regula el artículo 55. ### ### Tema 2 **2.Gobierno y Administración** 1. **El Gobierno y la Administración**: - Según el artículo 97 de la Constitución: \"El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.\" 2. **La Administración Central del Estado**: - La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios, comprendiendo cada uno de ellos sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa. - Comprende la Organización Central (Ministerios y servicios comunes) y la Organización Territorial. 3. **El Consejo de Ministros**: - Dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. - Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes. - Se compone del Presidente, Vicepresidentes, y Ministros. 4. **El Presidente del Gobierno**: - Encargado de dirigir la acción del Gobierno y coordinar las funciones de los demás miembros. - Su nombramiento es realizado por el Rey, tras la votación del Congreso. 5. **Los Ministros**: - Son los titulares de los departamentos ministeriales y dirigen las actividades administrativas de sus ministerios. - Ejercen competencias de regulación y control en sus respectivos sectores. 6. **Los Secretarios de Estado**: - Se consideran órganos superiores de la Administración General del Estado. - Responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en sectores específicos. 7. **Los Subsecretarios y demás órganos administrativos**: - Subsecretarios, Secretarios Generales, y Directores Generales son responsables de gestionar sectores administrativos específicos bajo la dirección de los Ministros. - Gestionan el funcionamiento interno y los recursos en cada Ministerio. ### ### Tema 3 **Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas** El régimen jurídico del personal al servicio de las administraciones públicas se regula principalmente por el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y otras normativas específicas. Incluye normas sobre derechos y deberes, así como las condiciones de trabajo, provisión de puestos y selección de personal. **Fuentes normativas**: 1. **Constitución Española**: Garantiza los principios de mérito, igualdad y capacidad en el acceso al empleo público. 2. **TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015)**: Regula aspectos básicos, como la clasificación del personal en funcionarios, laborales, estatutarios, entre otros. 3. **Ley 7/2007**: Actualiza los derechos y deberes de los empleados públicos, incluyendo el régimen disciplinario y de incompatibilidades. **El personal funcionario y el personal laboral** 1. **Personal funcionario**: Realiza funciones de autoridad o servicio público y se clasifica en diferentes cuerpos y escalas en función de la titulación requerida. Sus derechos y deberes se regulan en el TREBEP y en leyes específicas de cada administración pública. 2. **Personal laboral**: Trabaja en la administración bajo contrato laboral y puede ser fijo, temporal o indefinido. Su relación laboral está sujeta al Estatuto de los Trabajadores, y sus condiciones se regulan por convenios colectivos específicos. **Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública** 1. **Derechos**: - Derecho a la carrera profesional, promoción interna y formación continua. - Derecho a la retribución, con sistemas de retribuciones fijas y complementarias. - Derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar. 2. **Deberes**: - Cumplir con sus obligaciones y responsabilidades en el servicio público. - Obedecer las órdenes de los superiores, salvo en casos de órdenes ilegales. - Ejercer sus funciones con objetividad, imparcialidad e integridad. ### Tema 4 **1. El Contrato de Trabajo en la Administración Pública** El contrato de trabajo en la administración pública es un acuerdo entre un empleador (la administración pública) y un trabajador, en el cual el trabajador se compromete a prestar servicios personales bajo la dirección del empleador a cambio de una remuneración. **Modalidades de Contrato** 1. **Contrato por tiempo indefinido**: Este contrato no tiene una fecha de finalización específica y puede durar mientras exista una necesidad de los servicios del trabajador. 2. **Contratos de duración determinada**: Tienen una fecha de finalización específica, utilizada generalmente para cubrir una necesidad temporal. Incluye contratos por obra y servicio y contratos por circunstancias de la producción. 3. **Contratos formativos**: Para fomentar la práctica profesional de jóvenes. Incluye contratos de formación y en prácticas. **2. Suspensión del Contrato** La suspensión del contrato de trabajo implica la interrupción temporal de la relación laboral, sin que esto implique la finalización de la misma. Durante este período, el trabajador no presta servicios y el empleador no está obligado a pagar. **Causas de suspensión**: - **Mutuo acuerdo** de las partes. - **Incapacidad temporal** o **maternidad/paternidad**. - **Cargo público** o **funciones sindicales**. - **Fuerza mayor temporal** o **causas económicas**. **3. Extinción del Contrato y sus Causas** La extinción del contrato de trabajo en la administración pública puede ocurrir por diversas causas, tales como: - **Mutuo acuerdo de las partes**. - **Cumplimiento del término del contrato**. - **Despido del trabajador** (por causas objetivas o disciplinarias). - **Voluntad del trabajador** (dimisión). - **Jubilación o fallecimiento** del trabajador. **4. Despido** El despido en la administración puede ser: - **Despido disciplinario**: Por incumplimiento grave y culpable del trabajador. - **Despido por causas objetivas**: Por razones justificadas como falta de adaptación a cambios técnicos o por causas económicas, técnicas u organizativas. - **Despido colectivo**: Cuando afecta a varios trabajadores, justificado por causas económicas o técnicas y regulado por un procedimiento específico. **5. Sindicación del Personal Laboral** Los empleados públicos tienen derecho a sindicarse y a la representación sindical. La legislación garantiza la libertad sindical, la negociación colectiva y la representación institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo. ### **Tema 5** **1. Políticas de Igualdad de Género** - La Constitución española (artículo 14) proclama el derecho a la igualdad y la no discriminación por sexo. - La igualdad es un principio jurídico universal recogido en tratados internacionales y en la normativa de la Unión Europea. - La Ley Orgánica 3/2007 es clave para la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. - En la Administración General del Estado, se han implementado tres planes de igualdad para avanzar en la igualdad de oportunidades. - Las políticas de igualdad incluyen medidas en el empleo, acciones afirmativas en la Administración y normas de selección para promover el equilibrio de género. **2. Plan de Igualdad de Género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos** - El III Plan de Igualdad de Género (aprobado en 2020) establece objetivos para una transformación organizativa en favor de la igualdad. - Se enfoca en sensibilización, formación y capacitación en igualdad. - Promueve la corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral. - Incluye medidas contra la violencia de género y acciones para evitar la discriminación en todas sus formas. **3. Políticas contra la Violencia de Género** - La ley tiene como objetivo erradicar la violencia contra las mujeres mediante campañas de sensibilización y programas de prevención. - Se establecen derechos y medidas de protección para las víctimas de violencia de género. - Las fuerzas de seguridad, la educación y los servicios sanitarios tienen un papel fundamental en la detección y prevención de la violencia de género. **4. Discapacidad y Dependencia** - Se reconocen derechos específicos para las personas con discapacidad, con un enfoque en la inclusión laboral, educativa y en la vida independiente. - La ley de dependencia establece un sistema de atención a personas en situación de dependencia, garantizando acceso a cuidados y a la autonomía personal. **5. Igualdad de Trato y No Discriminación para las Personas LGTBI** - Las políticas de igualdad se extienden a la comunidad LGTBI, garantizando la no discriminación en los ámbitos laboral, social y personal. ###