Logística de Puertos - Tecnológico Comfenalco - PDF
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Tecnológico Comfenalco
Omar Buendía de la Rosa
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This document is a presentation or lecture notes about port logistics. It details the different types of ports, their characteristics, and the related shipping regulations or laws. It includes sections on port classifications, and types of ships, focusing on the operational logistics of ports and vessels.
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Trabajo en Grupo: Reconocimiento de la documentación de exportación. Descripción: Ingresar a la pagina de Syscomer y realizar el reconocimiento de los documentos empleados en una exportación. (Apoyo Clase del día de hoy) - Factura Comercial - Lista de Empaque - Mandato Aduanero - Carta de Responsabi...
Trabajo en Grupo: Reconocimiento de la documentación de exportación. Descripción: Ingresar a la pagina de Syscomer y realizar el reconocimiento de los documentos empleados en una exportación. (Apoyo Clase del día de hoy) - Factura Comercial - Lista de Empaque - Mandato Aduanero - Carta de Responsabilidad - SAE - Declaración de Exportación Tenga en cuenta los siguientes datos. Exportador: TECNOLOGICO COMFENALCO (investigar información en la web) realiza un proceso de exportación definitiva de 500 computadores de mesa con un valor en fabrica (EXW) de 450.00.000 con destino a Panamá, los computadores están embalados en 10 pallets con un peso C/u de 450 KG en un contenedor de 40´ el cual zarpara en un buque de la naviera MAERSK desde el puerto de Cartagena en día 07/10/2020 con destino al puerto de Colon en panamá. Para esta operación se busca al Agente de Aduana Gamma para que actué como declarante. Usar TRM para convertir pesos a dólares del dia viernes 03/10/2020, y se negociara en Incoterms FOB. En la negociación se estableció pagos a créditos a 4 cuotas. Valor del flete transporte internacional 400 USD Valor del seguro en el transporte internacional 120 USD Otros gastos 200 USD. USE LOS DATOS PERSONALES PARA COMPLETAR LA INFORMACION DEL DESTINATARIO Y DEMAS DATOS GENERALES. OMAR BUENDIA DE LA ROSA Tecnología en gestión logística …Conjunto de medios y métodos necesarios para llevar a cabo la organización de una empresa, o para la prestación de un servicio, al MENOR COSTO y en el MENOR TIEMPO. Los puertos son sistemas multifuncionales, los cuales, para funcionar deben ser integrados en la cadena logística global. Zona de tierra y agua dotada de unas obras y equipo que permiten principalmente la recepción de Buques, su carga y descarga, y el almacenamiento, recepción y entrega de mercancías, así como el embarco y desembarco de pasajeros. Zona marítima Esta zona se encuentra conformada por la extensión hídrica en la cual se prestan los servicios que requiere el buque o motonave para atracar en el muelle. Maniobras de Fondeo. Aprovisionamiento. Descargue. ZONA TERRESTRE Zona Conformada Por: Muelles de atraque del buques. Bodegas para el almacenaje de las mercancías de importación y de exportación. Patios (cubiertos y descubiertos) de almacenaje de importación y exportación. Oficinas de la administración del puerto. Oficinas de los usuarios del puerto (operadores portuarios, operadores logísticos, DIAN, Policía Antinarcóticos, etc… ZONA DE EVACUACION Destinada al transporte terrestre, en la que se debe diferenciar las vías de acceso al puerto desde la red de carreteras general y las carreteras de penetración a la zona de operación terrestre. Pueden clasificarse los puertos desde los siguientes puntos de vista. Clasificación funcional o en base a sus fines específicos. Clasificación en función de su titularidad CLASIFICACION FUNCIONAL Desde el punto de vista funcional los puertos pueden clasificarse en: 1. Los puertos comerciales 2. Los puertos pesqueros 3. Los puertos militares 4. puertos deportivos o de recreo PUERTOS COMERCIALES Son puertos comerciales los que en razón a las características de su tráfico reúnen condiciones técnicas, de seguridad y de control administrativo para que en ellos se realicen actividades comerciales portuarias, entendiendo por tales las operaciones de estiba, desestiba, carga, descarga, transbordo y almacenamiento de mercancías de cualquier tipo, en volumen o forma de presentación que justifiquen la utilización de medios mecánicos o instalaciones especializadas. PUERTOS PESQUEROS Los puertos pesqueros no han tenido una evolución uniforme a lo largo del tiempo, su desarrollo ha sido irregular. Para atender las necesidades de estas flotillas bastan puertos muy pequeños con instalaciones sencillas, con infraestructura especializada y equipos de manipulación adecuados para la naturaleza de esta mercancía. PUERTOS MILITARES Los puertos o bases militares tienen que presentar características que permitan una eficiente reacción para eventualidades de seguridad que se presenten. PUERTOS DEPORTIVOS Es un lugar en la costa o en las orillas de un río navegable especialmente construido para el amarre de embarcaciones deportivas y de recreo. Creados para embarcaciones pequeñas. CLASIFICACION EN FUNCION DE SU TITULARIDAD Desde el punto de vista de su titularidad los puertos pueden ser: PUERTOS PUBLICOS: Los puertos públicos a su vez pueden depender administrativamente del gobierno central del estado, de un gobierno regional, autonómico o federal o del municipio en que estén enclavados. PUERTOS PARTICULARES O PRIVADOS Cuando el titular las destine para sus propios fines y a los de terceros mediante contrato. Empresas con actividades frecuentes de Comercio Exterior. Capacidad de Chartear o Adquirir flota propia. BUQUES https://www.youtube.com/watch?v=CUMlm9xBXoQ TIPOS DE BUQUES PORTACONTENEDORES (Container Ship) - Esloras has de 350 Metros - Capacidades 18.000 Teus - Velocidad Prom 23 Nudos TIPOS DE BUQUES GRANELEROS - Esloras has de 300 Metros - Capacidades 500.000 Ton - Prod. Ppal. Stolt Nielsen TIPOS DE BUQUE GASEROS - LNG (Gas natural licuado) -170 c - LPG (Gas licuado del petróleo) -50 c TIPOS DE BUQUES ROLL ON/ROLL OFF - Eslora de 890 Pies - Cargue y Descargue por sus Propios medios TIPOS DE BUQUES FRIGORIFICO - Temperaturas entre 12 y -30 c - Bodegas de 90 y 150 M - Velocidades de 18 a 21 Nudos - Color Blanco BARCAZAS Y REMOLCADORES ESLORA: entre 25 y 40 m. CALADO: entre 4.5 y 6 m. Propulsión Propia o sin propulsión VELOCIDAD: entre 5 a 13 nudos. Fondo plano. Convenio SOLAS Convenio MARPOL Código PBIP Código IMDG Ley 1 de 1991 Actividad 1 1. Realice una línea de tiempo que evidencie la evolución del transporte marítimo. Compárela con otro medio de trasporte (elejido por usted). Individual Hasta el lunes 23 CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR CONVENIO SOLAS El suceso del Tianic dio paso a este convenio internacional. 1914 Reconocimiento de los diversos tipos de buques y a la expedición de documentos que acreditan que el buque se ajusta a las prescripciones del Convenio. Los buques de carga será objeto de: Un reconocimiento bienal por lo que respecta a los dispositivos salvavidas y demás equipo. Un reconocimiento anual por lo que respecta a la instalación radioeléctrica. En lo que se refiere al casco, la maquinaria y el equipo, un reconocimiento con la periodicidad que la Administración estime oportuno. CAPITULOS Construcción - compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas. Dispositivos de salvamento. Seguridad de la navegación. Transporte de grano. Transporte de mercancías peligrosas. Buques nucleares. LEY 1 DE 1991 Por la cual se expide el Estatuto de Puertos Marítimos y se dictan otras disposiciones. Capitulo I (Disposiciones Generales) PRINCIPIOS GENERALES. Tanto las entidades públicas, como las empresas privadas, pueden constituir sociedades portuarias, para construir, mantener y operar puertos, terminales portuarios, o muelles, y para prestar todos los servicios portuarios en los términos de esta ley. En ningún caso se obligará a las sociedades portuarias a adoptar tarifas que no cubran sus costos y gastos típicos de la operación portuaria, incluyendo la depreciación PLANES DE EXPANSIÓN Presentación de COMPES cada dos años. I. Inversiones para reducir los costos portuarios. II. Regiones en que conviene establecer puertos (Ambiental y Turístico) III. Inversiones publicas. Los planes de expansión portuaria se expedirán por medio de Decretos Reglamentarios de los planes y programas de desarrollo económico y social de los de obras públicas que apruebe el Congreso. CODICIONES TECNICAS DE OPERACIÓN La Superintendencia General de Puertos. Facilitar la vigilancia sobre las operaciones de las sociedades portuarias y de los usuarios de los puertos. Garantizar la operación de los puertos durante las 24 horas todos los días del año. Propiciar los aumentos de la eficiencia y el uso de las instalaciones portuarias Efectuar la introducción de innovaciones tecnológicas en actividades portuarias ASOCIACIONES PORTUARIAS Y OBRAS NECESARIAS, PARA EL BENEFICIO COMUN. Las Sociedades portuarias podrán asociarse de modo transitorio o permanente con el propósito de facilitar el uso común de las zonas marinas adyacentes a los puertos y embarcaderos. No podrán limitar en forma alguna los derechos de terceros. CAPITULO II (Concesión Portuaria) CONCESIONARIOS Sólo las sociedades portuarias podrán ser titulares de concesiones portuarias. Todas las sociedades portuarias, oficiales, particulares requieren de una concesión para ocupar y usar en sus actividad lugares para ejercer. MONTO DE LA CONTRAPRESTACION Todas las Sociedades portuarias pagaran una contraprestación por las concesiones portuarias Nación y a los municipios o distritos en donde opere el puerto, en proporción de un 80% a la primera y un 20% a la segunda. El plazo de las concesiones será de veinte años por regla general. Las concesiones serán prorrogables por períodos hasta de 20 años más y sucesivamente CAPITULO III (Del Régimen Tarifario) SEÑALAMIENTO DE TARIFAS La Superintendencia General de Puertos establecerá y revisará periódicamente, las fórmulas generales para el cálculo de tarifas en las sociedades portuarias que operan puertos de servicio público. Estas fórmulas reconocerán la necesidad de que las tarifas cubran todos los costos y gastos típicos de la operación portuaria, la depreciación, y una remuneración a la inversión del concesionario. Las fórmulas no harán diferencia por razón del destino o procedencia de la carga, ni por el hecho de que ésta sea de importación o exportación, ni por la nacionalidad del buque. CAPITULO IV (restricciones Indebidas a la Competencia) El cobro de tarifas que no cubra los gastos de operación de una sociedad u operador portuario. La prestación gratuita o a precios o tarifas inferiores al costo, de servicios adicionales a los que contempla la tarifa Los acuerdos para repartirse cuotas o clases de carga, o para establecer tarifas. CAPITULO V (Autoridades de los Puertos) Consejo Nacional de Política Económica y Social (COMPES) Aprueban los planes de expansión. Ministerio de Transporte. la Superintendencia General de Puertos. CAPITULO IV (Las sociedades y los operadores portuarios) La Nación y a sus entidades descentralizadas. Las sociedades portuarias serán en consecuencia entes con autonomía administrativa, patrimonio propio y personería jurídica. Además pueden contratar con terceros la realización de algunas o todas las actividades propias de su objeto; o permitir que los terceros presten servicios de operación portuaria dentro de sus instalaciones. CAPITULO VII (Reorganización del Sistema Portuario) Liquidación de la empresa puertos de Colombia COLPUERTOS Autoriza a construir Sociedades portuarias en cada uno de los municipios o distritos donde Puertos de Colombia tiene hoy puertos. Se compromete al pago de las pensiones de jubilación de cualquier naturaleza, de las demás prestaciones sociales y de las indemnizaciones CAPITULO VIII (Régimen de Transición) Seguirán ejerciendo los derechos que poseen las empresas, las personas públicas y privadas que antes de la promulgación de esta ley hubieren recibido autorización. CAPITULO IX (Disposiciones Varias) Puertos del Ministerio de Defensa No están sujetos a esta ley. Puertos fluviales. Los puertos fluviales sobre los cuales Puertos de Colombia tiene propiedad o ejerce funciones públicas se regirán por esta ley. CONVENIO INTERNACIONAL PARAPREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS BUQUES (MARPOL) En el Convenio figuran reglas encaminadas a prevenir y reducir al mínimo la contaminación ocasionada por los buques, tanto accidental como procedente de las operaciones normales, y actualmente incluye seis anexos técnicos. En la mayoría de tales anexos figuran zonas especiales en las que se realizan controles estrictos respecto de las descargas operacionales. Anexo I: Reglas para prevenir hicieron obligatorio el doble casco para los petroleros nuevos e incorporaron un la contaminación por calendario de introducción gradual para que los buques tanque existentes se hidrocarburos adaptasen al doble casco Anexo II: Reglas para prevenir En cualquier caso, no se permiten las descargas de residuos que contengan la contaminación por sustancias perjudiciales a menos de 12 millas de la tierra más próxima sustancias nocivas líquidas transportadas a granel Anexo III: Reglas para prevenir Se establecen prescripciones generales para la promulgación de normas detalladas la contaminación por sobre empaquetado, marcado, etiquetado, documentación, estiba, limitaciones sustancias perjudiciales cuantitativas, excepciones y notificaciones transportadas por mar en bultos Anexo IV: Reglas para prevenir Se establecen prescripciones para controlar la contaminación del mar por aguas la contaminación por las aguas sucias. sucias de los buques - tratamiento de aguas sucias aprobada 3 MILLAS - si no han sido previamente desinfectadas 12 MILLAS Anexo V: Reglas para prevenir Trata de los distintos tipos de basuras y especifica las distancias desde tierra y la la contaminación ocasionada manera en que se pueden evacuar por las basuras de los buques Anexo VI: Reglas para prevenir Se establecen los límites de las emisiones de óxidos de azufre y de óxidos de la contaminación atmosférica nitrógeno de los escapes de los buques y se prohíben las emisiones deliberadas de ocasionada por los buques sustancias que agotan el ozono CODIGO PBIP Es un Código Internacional para la Protección de los buques y de las Instalaciones Portuarias adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI), que nace como respuesta a los ataques terroristas del 9/11 en contra de los Estados Unidos de Norteamérica - Establecer un marco internacional para la cooperación entre los Gobiernos Contratantes, los organismos gubernamentales, las administraciones locales y los sectores naviero y portuario, con el fin de detectar y evaluar las amenazas para la protección marítima y tomar medidas preventivas contra los sucesos que afecten a la protección de los buques e instalaciones portuarias utilizados para el comercio internacional. BENEFICIOS DEL PBIP NIVELES DE PROTECCION MARITIMA NIVELES DE PROTECCION MARITIMA Se deben examinar específicamente todas las medidas que pueden adoptarse para cada nivel en cada uno de los siguientes aspectos: DERECHOS DEL MAR El Mar y los océanos han servido a la humanidad, desde tiempos muy remotos para diferentes usos: la comunicación y el comercio entre los pueblos, el descubrimiento y conocimiento del planeta, el despliegue de la potencia militar de los pueblos, la defensa de las costas y el territorio, las pesca, y mucho mas tarde, el aprovechamiento de otros recursos económicos. Así, desde los inicios de la sociedad internacional moderna, los estados fueron precisando progresivamente a través consuetudinarias cuales eran sus respectivas competencias sobre sus diversos espacios marítimos DERECHOS DEL MAR Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar DERECHOS DEL MAR Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar BUQUES BUQUES MERCANTES La flota mercante está constituida por aquellos buques dedicados al tráfico comercial marítimo y, por tanto, sujetos a las normas de derecho internacional y mercantil. Dentro de la flota civil de un Estado se incluyen: la flota mercante, la flota pesquera y los buques de recreo y deportivos. Nacionalidad del buque Los buques poseerán la nacionalidad del Estado cuyo pabellón estén autorizados a enarbolar. Cada Estado establecerá los requisitos necesarios para conceder su nacionalidad a los buques, para su inscripción en un registro en su territorio y para que tengan el derecho de enarbolar su pabellón. PABELLON DE CONVENIENCIA o «banderas de complacencia» a los otorgados por determinados Estados a buques con los que no mantienen una relación o vínculo auténtico, más allá del acto formal de registro. Son Estados con legislaciones laxas o muy liberalizadas en lo que se refiere a los requisitos y al control de su cumplimiento en materias tales como las que afectan a la seguridad del buque, las cargas fiscales, la identificación de los propietarios y el origen del capital o las condiciones laborales del personal embarcado. COSTRUCCION, PROPIEDAD, REGISTRO Y DESGUACE