El trabajo y la salud laboral (PDF)

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Este documento proporciona una visión general de la salud laboral y la prevención de riesgos laborales en el ámbito profesional. Detalla los derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud. Se centra en la normativa española y los conceptos básicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

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1. El trabajo y la salud El trabajo y la salud están interrelacionados. El trabajo puede repercutir positivamente en la salud, ya que a través de él satisfacemos nuestras necesidades económicas, personales, sociales (...). En cambio, nuestra salud puede verse perjudicada por unas condiciones de tra...

1. El trabajo y la salud El trabajo y la salud están interrelacionados. El trabajo puede repercutir positivamente en la salud, ya que a través de él satisfacemos nuestras necesidades económicas, personales, sociales (...). En cambio, nuestra salud puede verse perjudicada por unas condiciones de trabajo no adecuadas. La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solo la ausencia de afecciones o enfermedades. 1.1. El derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo El derecho a la salud está reconocido a todas las personas en todos los ámbitos de su vida, incluido el laboral. En el área de las relaciones laborales nacidas de los contratos de trabajo se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a la protección frente a los riesgos laborales. Este derecho está garantizado en distintas normas del derecho laboral, tanto nacionales como internacionales. Normas internacionales La Unión Europea, en su Directiva Marco 89/391, establece el deber de las empresas de garantizar la Unión Europea seguridad y la salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Jerarquía de las normas jurídicas en España Reconoce el derecho de las personas trabajadoras a Organización Internacional del un entorno de trabajo seguro y saludable, Trabajo (OIT) incluyéndolo en los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Normas nacionales La Constitución española encomienda a los poderes Constitución española públicos velar por la seguridad y la salud de las de 1978 personas trabajadoras. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce Ley de Prevención el derecho de las personas trabajadoras a una de Riesgos Laborales protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho Ley del Estatuto de las personas trabajadoras a su integridad física y de los Trabajadores a una adecuada política de prevención de riesgos laborales. 1.2. La prevención de riesgos laborales Para conocer mejor en que consiste la prevención de riesgos laborales es necesario conocer una serie de conceptos básicos que establece la Ley de Prevención de riesgos laborales 1.3. Las condiciones de trabajo y los factores de riesgo laboral Las condiciones de trabajo están determinadas por los elementos presentes en el trabajo A. Los factores de riesgo laboral Son aquellas condiciones de trabajo que generan situaciones que pueden causar daños a la salud de las personas. Por tanto, un factor de riesgo es aquella condición de trabajo que, cuando está presente, aumenta la probabilidad de que se produzca un daño. B. Clasificación de los factores de riesgo laboral Los factores de riesgo, el origen de los peligros a los que están expuestas las personas trabajadoras, se clasifican en función de las condiciones de trabajo de las que se derivan. 2. El marco normativo de la prevención de riesgos laborales La Constitución española, en su artículo 40.2, encomienda a los poderes públicos fomentar una política que vele por la seguridad y la higiene en el trabajo, lo que la convierte en el primer pilar de la normativa relacionada con la prevención de riesgos laborales en nuestro país. Posteriormente, como consecuencia del marco jurídico establecido por la Unión Europea, se desarrolló la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que constituye la norma básica en España en esta materia. 2.1. Las obligaciones y los derechos de las personas trabajadoras relacionadas con la prevención de riesgos laborales Obligación Descripción 2.2. Las obligaciones de la Elaborar un plan de prevención a través del cual se integrará la prevención en la gestión empresa Plan de prevención general de la empresa. relacionadas con la prevención de Evaluar los riesgos que no han podido evitarse, tanto los de cada puesto como los Evaluación de riesgos riesgos laborales generales de la empresa. Garantizar el derecho a Planificación de la acción Planificar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir los riesgos una protección eficaz en preventiva detectados en la evaluación de riesgos. materia de seguridad y Proporcionar al trabajador información sobre las condiciones en las que desarrollará su salud de las personas Información actividad laboral y los posibles riesgos asociados a esta. trabajadoras es la obligación principal de la Las personas trabajadoras deben recibir formación teórica y práctica suficiente y empresa. Para ello, debe adecuada en materia de prevención de riesgos laborales. adoptar cuantas medidas Se impartirá cuando la persona trabajadora se incorpore a su puesto de trabajo, se Formación de las personas sean necesarias, produzcan cambios en sus funciones o se introduzcan nuevas tecnologías. Esta trabajadoras asumiendo los costes que formación será obligatoria y gratuita para las personas trabajadoras y se impartirá supongan y cumpliendo dentro del horario de trabajo. Si es fuera de este, se compensará con tiempo de la normativa sobre descanso. prevención de riesgos La empresa tiene la obligación de garantizar a las personas trabajadoras una vigilancia laborales. periódica de su estado de salud en función de los riesgos del trabajo. La vigilancia de la salud es voluntaria para la persona trabajadora, salvo con algunas excepciones: cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de la persona; para comprobar si el estado de salud de la Vigilancia de la salud persona puede constituir un peligro para esta, las demás personas trabajadoras u otras personas relacionadas con la empresa; o cuando así se establezca en relación con la protección de riesgos específicos y en actividades de especial peligrosidad. Es gratuita para las personas trabajadoras y el tiempo dedicado a ella se considera tiempo efectivo de trabajo. Obligación Descripción Cuando se contrata a menores de edad se debe: Realizar una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que vayan a ocupar estas personas trabajadoras antes de su incorporación teniendo en cuenta su falta de experiencia e inmadurez para evaluar los riesgos existentes. Protección de menores Informar a estos jóvenes y a sus progenitores o tutores de los posibles riesgos y de todas las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y su salud. No contratar a menores de edad para trabajos peligrosos, nocivos, insalubres y penosos en general (Decreto 1957 sobre trabajos prohibidos a menores). La realización de determinados trabajos puede repercutir negativamente sobre el embarazo o la lactancia. Por ello se debe: Adaptar las condiciones de trabajo o la jornada laboral de la trabajadora. Protección de la maternidad Asignar un puesto de trabajo o función diferente cuando la adaptación no sea posible. Si no se puede asignar otro puesto o función sin riesgo, se suspenderá el contrato por riesgo para el embarazo (hasta el parto) o riesgo durante la lactancia (hasta que el menor tenga nueve meses). Protección de personas Garantizar la seguridad y la salud de aquellas personas trabajadoras que, por sus propias trabajadoras especialmente características personales o estado físico o psíquico, sean especialmente sensibles a algunos sensibles riesgos derivados de las tareas que desempeñan. Obligación Descripción Analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de las personas trabajadoras. Medidas de emergencia En situaciones de riesgo grave e inminente, adoptar las medidas necesarias para que las personas trabajadoras puedan abandonar de inmediato el lugar de trabajo. Facilitar a las personas trabajadoras los equipos de trabajo adecuados y adaptados al Equipos de trabajo trabajo que se va a realizar. Proporcionar a las personas trabajadoras equipos de protección individuales cuando los Equipos de protección riesgos no se puedan evitar con medios de protección colectiva o con métodos de individual organización del trabajo. 2.3. Las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales Responsable Responsabilidad Sanciones e indemnizaciones Ejemplo Administrativa. Cuando se produce un incumplimiento Sanción económica. Sanción económica a una empresa por no de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Suspensión temporal de la actividad de la informar y formar a las personas Las infracciones pueden ser leves, graves o muy graves. empresa. trabajadoras sobre los riesgos a los que Junto con las sanciones, vienen establecidas en la Ley Paralización de los trabajos. están expuestas. sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Cierre del centro de trabajo. Recargo en las prestaciones de la Seguridad Recargo de un 40 % de la prestación de la Recargo en las prestaciones de la Seguridad Social que Social (entre un 30 y un 50 %), que pagará la Seguridad Social por incapacidad reciben las personas accidentadas o enfermas. Cuando empresa, en el caso de incapacidad por permanente, a cargo de la empresa, por se produce un accidente de trabajo o una enfermedad accidente de trabajo o enfermedad profesional. atrapamiento de una mano en una profesional como consecuencia directa de la falta o Su cuantía es propuesta por la Inspección de máquina que carecía de resguardos de ausencia de medidas preventivas. Trabajo. seguridad. Empresa Civil. Cuando se produce un daño en la salud de la Indemnización por los daños físicos o morales y persona trabajadora debido a una conducta culposa o los perjuicios ocasionados a las personas Indemnización de 40 000 € a una persona dolosa de la empresa en sus obligaciones en prevención trabajadoras, o sus familiares en caso de trabajadora por los daños causados en su de riesgos laborales. Tiene la finalidad de reparar el daño incapacidad o fallecimiento. Su cuantía la fija el salud por una descarga eléctrica. causado. juzgado. Sentencia que condena a 8 meses de Privación de libertad. prisión a un empresario que mandó Penal. Cuando se ponga en peligro grave la vida, la salud Multa económica. realizar a una trabajadora tareas para las o la integridad física de las personas trabajadoras. Inhabilitación para ejercer determinados cuales carecía de formación, como derechos o cargos. consecuencia sufrió un accidente de trabajo. Dos personas trabajadoras de una Disciplinaria. Como consecuencia del incumplimiento de Se aplicará la sanción, según el régimen Persona empresa de seguridad fueron despedidas sus obligaciones sobre prevención de riesgos laborales disciplinario de la empresa, en función de la trabajadora por motivos disciplinarios por no utilizar por parte de la persona trabajadora. gravedad de la infracción. casco de seguridad. 3. Los daños derivados del trabajo Recuerda: Según la LGSS se entenderá Los daños derivados del trabajo que afectan a las personas trabajadoras son: como accidente de trabajo de la Los accidentes de trabajo: que son lesiones corporales. persona trabajadora autónoma Las enfermedades profesionales: que son alteraciones de la salud. el ocurrido como consecuencia Otras patologías: que están condicionadas por factores no laborales. directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y 3.1. El accidente de trabajo que determina su inclusión en el campo de aplicación Desde el punto de vista legal, la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) del Régimen Especial de establece la definición de accidente de trabajo para los trabajadores por Trabajadores Autónomos de la cuenta ajena como: «toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión Seguridad Social. También podrán o como consecuencia del trabajo por cuenta ajena». sufrir enfermedades profesionales en los mismos términos que las personas trabajadoras por cuenta ajena. Además del que se produce en el lugar de trabajo y durante la jornada laboral, existen otros supuestos que también merecen la consideración de accidente de trabajo. Son accidentes de trabajo… La finalidad del viaje debe estar determinada por el trabajo, ya sea para ir o volver del trabajo. Los accidentes al ir y El trayecto desde el domicilio al lugar de trabajo, o viceversa, ha de ser el habitual, aunque no se trate del más corto. volver del lugar de trabajo El accidente debe producirse dentro del tiempo prudencial que se invierte en el trayecto y sin desviaciones relevantes. (accidentes in itinere) El viaje debe realizarse con un medio de transporte normal o idóneo. Los accidentes Se producen cuando la persona trabajadora se desplaza o está desplazada para cumplir una misión encomendada por la en misión empresa. Puede ocurrir en el viaje y mientras se realiza el trabajo. Las enfermedades comunes que contraiga la persona trabajadora por la realización de su trabajo, siempre que se pruebe Las enfermedades que la enfermedad tuvo como causa exclusiva la ejecución de este. relacionadas Las enfermedades que la persona trabajadora padezca anteriormente y que se compliquen por un accidente de trabajo. con el trabajo Las consecuencias de un accidente modificadas por nuevas enfermedades contraídas en el medio en que se haya situado a la persona trabajadora para su curación. No son accidentes de trabajo… Los accidentes por Existe imprudencia temeraria cuando la persona trabajadora asume un riesgo manifiesto, innecesario y grave; si no, será imprudencia temeraria una imprudencia profesional, que no impide que se considere accidente de trabajo. Los accidentes Se considera que existe dolo cuando la persona trabajadora consciente, voluntaria y maliciosamente provoca un accidente. por dolo Se presume que son accidentes de trabajo… Los accidentes por Los accidentes que ocurren en el tiempo y en el lugar de trabajo, salvo que se pruebe lo contrario. presunción legal 3.2. Las enfermedades profesionales Según la definición de la Seguridad Social, para que exista una enfermedad profesional deben darse dos requisitos: 1. Que el trabajo sea por cuenta ajena o por cuenta propia. 2. Que la enfermedad se origine como consecuencia de las actividades y sustancias o elementos que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales (Real Decreto 1299/2006, de 10 de diciembre): Principales enfermedades profesionales 3.3. Otras patologías Además de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, el trabajo puede provocar otras patologías laborales 4. Las técnicas de prevención y de protección Las empresas deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras. Para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo se deben llevar a cabo dos tipos de técnicas: técnicas de prevención y técnicas de protección. 4.1. Las técnicas de prevención Tienen como objetivo eliminar los riesgos, actuando sobre sus causas para evitar que causen daños en la salud de las personas trabajadoras. La empresa puede realizar actuaciones preventivas: De tipo material, que consiste en la adopción de medidas técnicas o materiales, con el fin de evitar o disminuir el riesgo. Actúan sobre la probabilidad de que se produzcan daños derivados del trabajo. De información y formación sobre las personas trabajadoras, para que tengan los conocimientos adecuados sobre los riesgos de sus puestos de trabajo y sobre las medidas preventivas para eliminarlos o reducirlos al máximo. Estas actuaciones se agrupan en varias técnicas o disciplinas preventivas, que tienen como finalidad prevenir los distintos daños para la salud de las personas trabajadoras, actuando sobre las condiciones de trabajo: A. Las técnicas de protección individual La empresa debe facilitar de manera gratuita los equipos individuales adecuados para que las personas trabajadoras puedan desempeñar su trabajo sin riesgo, y vigilar el uso que estas hacen de esos equipos. La persona trabajadora, por su parte, tiene que utilizar correctamente los diferentes tipos de equipos de protección individual. Los equipos de protección individual (EPI) son equipos llevados o sujetados por la persona trabajadora para protegerse de los riesgos que pueden amenazar su seguridad y salud en el trabajo. 5. La señalización de los riesgos laborales La señalización de seguridad proporciona una indicación o una obligación relacionada con la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color de seguridad y un color de contraste, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual. Las señales se clasifican según el lenguaje y el medio de comunicación utilizados: Las más utilizadas son las señales en forma de panel: 1. La gestión de la prevención en la empresa La gestión de la prevención en la empresa debe desarrollarse de Importante acuerdo con las obligaciones y requisitos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) e integrando la prevención dentro del sistema general de gestión de la empresa: Se entiende por sistema de dentro de todas las actividades que se realicen y en todos los gestión de la prevención niveles jerárquicos. de riesgos laborales (SGPRL) el sistema estructurado que define la La gestión de la prevención debe realizarse mediante un política de prevención. sistema de gestión de la prevención: Incluye la estructura de la organización, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo la gestión de la prevención en el ámbito de la empresa. 1. La gestión de la prevención en la empresa La gestión de la prevención en la empresa debe contemplar las siguientes acciones: Todas las actividades o medidas preventivas que adopte la empresa deben guiarse por los principios de la acción preventiva establecidos por la LPRL: 1.1. La organización de la prevención en la empresa 1.2. El plan de prevención de riesgos laborales El plan de prevención es el documento en el que se establece el sistema de gestión de la prevención de la empresa. Es la herramienta a través de la cual se integra la gestión de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa y se establece su política de prevención de riesgos laborales. El plan de prevención es un documento escrito obligatorio que debe incluir como mínimo este contenido: Además, el plan de prevención necesita de dos instrumentos o herramientas para que se pueda gestionar y aplicar: la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. 1.3. La evaluación de riesgos laborales La evaluación de riesgos laborales es un proceso para valorar la magnitud de aquellos riesgos que no han podido evitarse. La evaluación de riesgos es un proceso que se debe realizar siguiendo unas etapas de acuerdo con el documento del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Las directrices básicas para la evaluación de riesgos laborales son: Proceso de evaluación de riesgos laborales: El proceso de evaluación de riesgos debe realizarse de acuerdo con distintos métodos, según el riesgo de que se trate. Para aquellos que no tienen su propio método de evaluación se puede utilizar el método general de evaluación de riesgos del INSST. La evaluación comienza por el análisis de los riesgos, que se desarrolla en las fases: identificación, estimación y valoración. A. Identificación de los riesgos Cada empresa debe elaborar una lista de los propios riesgos, teniendo en cuenta la naturaleza de su actividad y los lugares en los que se realiza: B. Estimación del riesgo Para cada riesgo detectado, debe valorarse conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la gravedad de las consecuencias esperadas: C. Valoración del riesgo Una vez establecidos los valores de probabilidad y severidad, se procede a evaluar el riesgo combinando ambos de acuerdo con la siguiente matriz 3 x 3: Con el valor de riesgo obtenido, se emite un juicio (en la tabla de arriba), que sirve de base para valorar y decidir si es necesario adoptar medidas preventivas (en la tabla siguiente): 1.4. La planificación de la acción preventiva La planificación de la acción preventiva tiene como base la evaluación de riesgos. Si la evaluación pone de manifiesto situaciones de riesgo, la empresa debe planificar medidas para eliminarlas, o reducirlas, y para su control, estableciendo un orden de prioridad en función de la magnitud de los riesgos y del número de personas trabajadoras expuestas: 1.5. Las herramientas para la gestión de prevención de riesgos laborales en las pequeñas y medianas empresas Para apoyar y mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes, las Administraciones públicas, y en concreto el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), han creado herramientas para facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales: Prevencion10.es y Documento del INSST para la identificación y el control de los riesgos laborales en las pymes. Las Administraciones públicas desempeñan funciones de promoción de la prevención de riesgos laborales, asesoramiento técnico, vigilancia y control del cumplimiento de la normativa (en su caso, también de la sanción). Existen distintos organismos públicos que desarrollan estas tareas, tanto en España como en la Unión Europea: Organismos nacionales Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) Vigila y controla el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. También asesora a empresas y a las personas trabajadoras sobre las cuestiones que puedan plantearse respecto a las obligaciones relacionadas con esta materia. Puede paralizar la actividad de las empresas en caso de que existan riesgos graves e inminentes para la salud de las personas trabajadoras. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) Analiza y estudia las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y el apoyo a la mejora de estas. Constituye el centro de referencia nacional y se coordina con los organismos europeos relacionados con este asunto y con los organismos técnicos de las comunidades autónomas. 2. La participación en la prevención de riesgos Las personas trabajadoras tienen derecho a participar en todas las cuestiones de seguridad y la salud en su empresa a través de: A. Los delegados de prevención Número de delegados o delegadas de prevención. Son los representantes de las personas trabajadoras en la empresa con funciones específicas sobre prevención de riesgos laborales. Son designados por y entre los representantes del personal (delegados de personal y comité de empresa). Su número se fija de acuerdo con una escala predeterminada. B. El comité de seguridad y salud Órgano paritario y colegiado de participación y consulta periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales que se constituye en empresas o centros de trabajo con cincuenta o más personas trabajadoras. Este comité, al ser un órgano paritario, estará constituido por los delegados de prevención y el mismo número de representantes de la empresa. 3. Las medidas de emergencia en la empresa En la actividad laboral de una empresa se pueden presentar circunstancias inesperadas que supongan la aparición de situaciones de peligro para las personas trabajadoras. Tales situaciones pueden implicar, además, un riesgo para las instalaciones y el medio ambiente. En este supuesto, se habla de una situación de emergencia, que requiere de una actuación inmediata. De acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la empresa tiene la obligación de analizar las posibles situaciones de emergencia que puedan producirse (incluyendo primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación) y de afrontarlas mediante la adopción de las medidas necesarias. Todas las empresas deben adoptar medidas de emergencia y disponer de un plan de emergencia para garantizar la seguridad y la salud del personal a su servicio. El Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA), establece para las empresas que desarrollan determinadas actividades más propensas a sufrir situaciones de emergencia la obligatoriedad de desarrollar, además, un plan de autoprotección: 4.1. El plan de actuación ante emergencias Es la parte del plan de emergencias o del plan de autoprotección relacionada con la organización de los medios materiales y humanos disponibles, las medidas de protección e intervención que hay que adoptar y los procedimientos de actuación para dar respuesta a las posibles emergencias. A. Identificación y clasificación de las emergencias Las emergencias se pueden clasificar en función de varios criterios, por ejemplo, cuál es su origen y cómo de graves son. De esta clasificación dependen las actuaciones que se deben desarrollar y las personas encargadas de actuar. En función del tipo de riegos, se pueden clasificar como: Emergencias internas, cuyo origen es la propia actividad de la empresa o sus instalaciones. Pueden ser incendios, explosiones, fugas de productos químicos, accidentes, etc. Emergencias del entorno tecnológico, que tienen su origen en establecimientos próximos, obras de construcción propias, etc. Emergencias de origen natural, como terremotos, inundaciones, incendios, etc. Emergencias del entorno social, como huelgas, atentados, atracos, etc. En función de su gravedad, podemos clasificar las situaciones de emergencia de la siguiente manera: B. Procedimientos de actuación ante emergencias Ante una situación de emergencia, las personas responsables deben desarrollar una serie de acciones: C. Equipos de emergencia Son las personas formadas, entrenadas y organizadas para actuar en caso de emergencia dentro de un establecimiento. Su misión fundamental es evitar un siniestro. Deben utilizar los equipos e instalaciones previstos para dominar la emergencia o controlarla hasta que llegue la ayuda externa. D. Normas para la evacuación En caso de emergencia general, cuando se dé la orden de evacuar el centro de trabajo, deben seguirse unas pautas de actuación establecidas en el plan de evacuación y fijadas de acuerdo a los principios: Importante En caso de que haya un riesgo en el exterior (amenaza de bomba, fuga de una El plan de evacuación define: sustancia tóxica…) o en el interior (incendio, fugas de gases...) y que haya La evacuación de personas con impedimentos físicos. personas con dificultades que hagan El rescate de personas atrapadas. complicado que sean evacuadas, se debería El traslado de personas heridas. proceder al confinamiento de las personas, La información a las personas ajenas al que deben permanecer dentro de un establecimiento. espacio interior protegido y aislado.

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