Guía Operativa de Escuelas Públicas CDMX 2023 PDF

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This document is a guide for the operation and function of basic, special, and adult education services in public schools in Mexico City. It covers various aspects including pedagogical, organizational, safety, and human resources considerations.

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Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México ESCUELA Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de...

Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México ESCUELA Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 2 Índice I. Introducción.....................................................................................................................5 II. La Nueva Escuela Mexicana.................................................................................9 III. Numerales....................................................................................................................... 11 Aspectos generales.............................................................................................11 Eje 1 Aspectos pedagógicos.............................................................................17 1.1. Plan y programas de estudio.................................................................. 18 1.2. Evaluación del aprendizaje escolar.....................................................21 1.3. Seguimiento para el aprovechamiento escolar...................... 26 1.4. Fortalecimiento de los aprendizajes................................................27 1.5. Materiales educativos...................................................................................31 1.6. Educación física..............................................................................................33 Eje 2 Organización de colectivo escolar......................................................38 2.1. Funcionamiento de los servicios.........................................................39 2.2. Acceso al plantel educativo...................................................................50 2.3. Manejo de información y documentación oficial....................................................................................................................62 2.4. Estadística.........................................................................................................64 2.5. Organización escolar.................................................................................. 65 2.6. Control escolar.................................................................................................71 2.7. Becas..................................................................................................................... 96 2.8. Colectivo escolar........................................................................................... 98 2.9. Actividades cívicas.....................................................................................104 2.10. Servicios educativos diferenciados.............................................. 108 2.11. Infraestructura escolar............................................................................ 114 2.12. Recursos tecnológicos.............................................................................121 2.13 Escuela inclusiva: Educación Especial......................................... 123 2.14. Inclusión y equidad................................................................................. 124 2.15. Servicios locales de apoyo a la escuela.......................................129 Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 3 Eje 3 Escuela segura........................................................................................... 133 3.1. Integridad del alumnado.......................................................................... 134 3.2. Protocolos de prevención y atención de las violencias en la escuela............................................................................145 3.2.1 Protocolo de prevención (Nivel primario): Evitar............................................................................145 3.2.2 Protocolo de actuación (Nivel secundario): Identificar........................................................... 152 3.3. Convivencia escolar......................................................................................161 3.4. Protección civil escolar y salud del alumnado..........................166 3.5 Corresponsabilidad social en el proceso educativo: participación de los actores sociales............................................185 3.6. Proyectos de apoyo interinstitucional........................................... 188 Eje 4 Recursos humanos y apoyo técnico a la escuela...........................190 4.1. Estructura ocupacional..............................................................................191 4.2. Administración de recursos humanos..........................................191 4.3. Líderes escolares...........................................................................................199 4.4. Líderes de apoyo a la escuela..............................................................209 4.5. Sistema para la carrera de las maestras y los maestros.................................................................................................216 4.6. Servicio de asesoría y acompañamiento a las escuelas de educación básica.................................................219 4.7. Formación, capacitación y actualización profesional.......................................................................221 IV. Siglas................................................................................................................................226 V. Glosario..........................................................................................................................229 VI. Fundamento legal...................................................................................................237 VII. Protocolos digitales...............................................................................................265 VIII. Recursos digitales.................................................................................................266 IX. Material educativo en redes sociales..........................................................266 X. Difusión del documento.......................................................................................267 Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 4 En este material de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM), se emplean los términos: niño(s), adolescente(s), joven(es), alumno(s), educando(s), aprendiz(ces), educadora(s), maestro(s), profesor(es), docente(s), padres de familia y tutor, aludiendo a ambos géneros, con la finalidad de facilitar la lectura. Sin embargo, este criterio editorial no demerita los compromisos que la SEP y la AEFCM asumen en cada una de las acciones encaminadas a consolidar la equidad de género. De la misma forma, el documento considera como supervisor a todas las figuras con funciones de inspección y supervisión en los centros escolares. Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 5 I. Introducción La presente guía operativa está dirigida a directores generales, coordinadores sectoriales, directores de nivel, subdirectores de área, jefes de departamento, directores operativos, directores regionales, coordinadores regionales de operación, responsables de las áreas de operación y gestión, supervisores escolares de educación básica, supervisores de educación especial, supervisores de educación física, directores, subdirectores, coordinadores de actividades tecnológicas, personal docente, técnico docente, asesores técnico pedagógicos, especialistas, personal de apoyo y asistencia de los planteles de Educación Básica, Especial y para Adultos en la Ciudad de México. La naturaleza de este documento es de carácter operativo y normativo, de observancia y de aplicación obligatoria para los integrantes de la comunidad educativa, acorde con las necesidades de operación de cada uno de los servicios educativos, en términos de la facultad que se confiere a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. Esta publicación se sustenta en lo establecido por los Artículos 1°, 3° fracción VI y 4° párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 46 y 47 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, 74 último párrafo, 107 y 114 fracción XV de la Ley General de Educación, 1, 3 y 5 del Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la “Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública…”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2017, cuyo Artículo Único modifica el Decreto de creación, estableciendo en su Artículo 1º que “…se crea la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM), como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica y de gestión.”. De manera particular a las funciones 9 y 13 correspondientes a la AEFCM, identificado en el apartado VII, C00, del Manual de Organización General de la AEFCM publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de febrero de 2019, que señala: 9. Establecer los planes de corto, mediano y largo plazo para la operación y desarrollo de los servicios de Educación Inicial, Básica en todas sus modalidades, -incluyendo la indígena - y especial, así como la Educación Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica en la Ciudad de México, y 13. Dirigir, organizar y evaluar el desarrollo de los servicios de Educación Inicial, Básica en todas sus modalidades, -incluyendo la Indígena- y Especial, así como la Educación Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica en la Ciudad de México. Además del Objetivo Específico 4 y las Funciones 1, 2, 10, 13 y 14 del apartado VII. C00.1 correspondientes a la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación Educativa (DGPPEE) en el que se establece: Objetivo Específico 4. Coadyuvar a simplificar la carga administrativa en las escuelas públicas de Educación Básica, Inicial, Especial y para Adultos en la Ciudad de México: Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 6 · Función 1. Desarrollar y coordinar las acciones para la planeación, programación y evaluación de los servicios de Educación Inicial, Básica en todas sus modalidades, -incluyendo la Indígena- y Especial, así como la Educación Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica en el ámbito de la Ciudad de México. · Función 2. Establecer las normas y lineamientos para el desarrollo de los procesos de planeación, programación, presupuestación y evaluación en el ámbito de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. · Función 10. Proponer modelos de organización y control escolar de los servicios educativos de la competencia de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, de conformidad con los lineamientos y criterios generales emitidos por la autoridad competente. · Función 13. Difundir las normas y lineamientos para la elaboración y actualización de los manuales de organización, procedimientos y demás documentos administrativos que orienten el funcionamiento de las áreas que integran a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México y gestionar la expedición y registro de los mismos, y · Función 14. Aprobar los modelos de gestión para las unidades administrativas del Órgano Desconcentrado, así como los proyectos y recursos indispensables para la operación de los planteles de Educación Inicial y Básica, ubicados en la Ciudad de México. Adicionalmente a lo que establecen las funciones 2, 3, 4, 7, 9 y 14 atribuidas a la Dirección de Administración Escolar, dependiente de la DGPPEE y señaladas en el Manual de Organización de la DGPPEE, expedido el 11 de septiembre de 2018. Esta guía operativa tiene como objetivo presentar las directrices, lineamientos y protocolos a seguir en los planteles educativos para apoyar la planeación, organización, ejecución seguimiento y evaluación de las actividades docentes, directivas, administrativas y de supervisión, observando para ello, lo establecido en el Código de Ética de la Administración Pública Federal y el Código de Conducta de la AEFCM. En este sentido, presenta los elementos mínimos necesarios para garantizar la normalidad en la operación en términos de control escolar, apoyo y acompañamiento técnico pedagógico, actividades extracurriculares, organización escolar, salud y seguridad escolar, ambientes inclusivos, manejo de riesgos y de corresponsabilidad social en las escuelas públicas de Educación Básica, Especial y para Adultos adscritas a la AEFCM. De esta manera, la guía operativa se integra por cuatro ámbitos específicos, los cuales se mencionan a continuación: Aspectos Pedagógicos Guía Recursos operativa humanos Organización Org O n y apoyo para escuelas del técnico a públicas en la colectivo c la escuela Ciudad de escolar México Escuela Ir segura al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 7 Aspectos generales. En este apartado se describen las directrices transversales presentes en la guía operativa, actores educativos y elementos normativos, así como los principios a seguir al brindar los servicios educativos de Educación Básica. 1. Aspectos pedagógicos. Se refiere al plan y programas de estudio, a la evaluación, al seguimiento para el aprovechamiento escolar y a la educación física. 2. Organización del colectivo escolar. Expone los lineamientos para el funcionamiento de los servicios educativos, sobre el manejo y uso de la información, control escolar, becas, actividades cívicas, servicios educativos diferenciados, infraestructura escolar y recursos tecnológicos. Un elemento relevante es el Protocolo de Ingreso y Entrega de Alumnos de Educación Básica en la Ciudad de México, que considera la relación entre la AEFCM, autoridades escolares y otras dependencias gubernamentales para la atención de los estudiantes en estos dos momentos relevantes. Asimismo, este apartado desarrolla un enfoque inclusivo en la educación al tener en cuenta las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos, se implementan medidas específicas con el objetivo de minimizar y eliminar las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión, segregación y brindar una educación intercultural, equitativa e inclusiva con perspectiva de género, que tenga como eje principal el interés superior de niños, adolescentes y jóvenes, asimismo involucra la acción de la comunidad educativa ante escenarios que alteran la cotidianidad de la jornada escolar. Por otra parte, la AEFCM ha impulsado diversas estrategias y acciones de apoyo para los estudiantes de la Educación Básica, en algunos casos mediante el uso de medios y Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC); y el servicio de bibliotecas públicas. 3. Escuela segura. Se han incorporado diversos Protocolos para la Prevención y Atención de las Violencias Escolares; para una convivencia pacífica, inclusiva y democrática en los espacios educativos, considerando mecanismos de conciliación y resolución de conflictos, así como protocolos para tomar las medidas de contención ante brotes epidemiológicos y protocolos de seguridad en caso de emergencias, o algún evento que atente en contra de la seguridad de la comunidad escolar por causas naturales o de inseguridad (sismos, inundaciones, incendio, riñas, artefactos explosivos, etc.). De igual forma, se contemplan los mecanismos de participación de las madres, padres de familia y tutores tanto en la Asociación de Madres y Padres de Familia como en los Consejos de Participación Escolar (CPE), además de presentar el marco para fortalecer el trabajo de coparticipación y apoyo entre el sector público, en sus tres órdenes, y las organizaciones sociales en la Ciudad de México. 4. Recursos humanos y apoyo técnico de la escuela. Plantea lo relativo a recursos humanos (estructura y administración), lo conducente en el marco del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, considerando el proceso de Formación, Capacitación y Actualización Docente; las acciones de los líderes escolares y de apoyo a la escuela, Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas de Educación Básica. La guía operativa es una herramienta fundamental para la operación de las escuelas públicas de Educación Básica, Especial y para Adultos del funcionamiento del sistema educativo en la Ciudad de México. Para tal efecto la AEFCM emite orientaciones Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 8 pedagógicas, socioemocionales y operativas que permiten realizar una adecuada evaluación del aprendizaje, así como estrategias de consolidación, de reforzamiento y de recuperación en beneficio de los alumnos, que se derivan de la normatividad vigente. Esta guía está en constante revisión y se actualiza permanentemente, a partir de las necesidades operativas y técnico pedagógicas de la comunidad educativa, para el mejor funcionamiento de las escuelas de la AEFCM. Para cualquier sugerencia de mejora, se pone a su disposición el siguiente correo y formulario: Correo: [email protected] Ir al formulario En caso de requerir acompañamiento, podrá solicitarlo al correo: [email protected] Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 9 II. La Nueva Escuela Mexicana El Estado, a través de la Nueva Escuela Mexicana 1, buscará la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, para lo cual colocará al centro de la acción pública el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes (NNAJ). Tendrá como objetivos impulsar el desarrollo humano integral del educando, reorientar el Sistema Educativo Nacional (SEN), incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad. En la prestación de los servicios educativos se impulsará el desarrollo humano integral para: Contribuir a la formación del pensamiento crítico, a la transformación y al crecimiento solidario de la sociedad, enfatizando el trabajo en equipo y el aprendizaje colaborativo; Propiciar un diálogo continuo entre las humanidades, las artes, la ciencia, la tecnología y la innovación como factores del bienestar y la transformación social; Fortalecer el tejido social para evitar la corrupción, a través del fomento de la honestidad y la integridad, además de proteger la naturaleza, impulsar el desarrollo en lo social, ambiental y económico; Combatir las causas de discriminación y violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres; y Alentar la construcción de relaciones sociales, económicas y culturales con base en el respeto de los derechos humanos. Se fomentará en las personas una educación basada en: La identidad, el sentido de pertenencia y el respeto desde la interculturalidad, para considerarse como parte de una nación pluricultural y plurilingüe con una historia que cimienta perspectivas de futuro, que promueve la convivencia armónica entre personas y comunidades, con la finalidad de fomentar el respeto y reconocimiento de sus diferencias, así como el cumplimiento de sus derechos, en un marco de inclusión social; La responsabilidad ciudadana, sustentada en valores como la honestidad, la justicia, la solidaridad, la reciprocidad, la lealtad, la libertad, entre otros; La participación activa en la transformación de la sociedad, al emplear el pensamiento crítico a partir del análisis, la reflexión, el diálogo, la conciencia histórica, el humanismo y la argumentación para el mejoramiento de los ámbitos social, cultural y político; y El respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación con la naturaleza y de los temas sociales y económicos, así como su responsabilidad para la ejecución de acciones que garanticen su preservación y promuevan estilos de vida sostenibles. La Nueva Escuela Mexicana pondrá en marcha los principios pedagógicos del nuevo currículo, con los que se busca favorecer los procesos de enseñanza y aprendizaje. Se trata de propiciar un aprendizaje situado, activo, autorregulado, colaborativo, dirigido a metas definidas pero flexibles, que facilite los procesos sociales de conocimiento y de construcción de significados. 1 Título Segundo de la Nueva Escuela Mexicana, Ley General de Educación, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 10 La interacción del personal docente de todas las fases y los grados garantiza el conocimiento de las finalidades de los campos formativos, las disciplinas y las especificidades en cada fase. El Plan de Estudio para la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, incluye cuatro elementos que articulan la propuesta curricular: I. La integración curricular de los contenidos en cuatro campos formativos y siete ejes articuladores; II. La autonomía profesional del magisterio para contextualizar los contenidos del currículo nacional de acuerdo con las necesidades formativas de las y los estudiantes; III. La comunidad como el núcleo integrador de los procesos de enseñanza y aprendizaje, así como la relación de la escuela con la sociedad, y IV. El derecho humano a la educación de las y los estudiantes en tanto sujetos de la educación. El Plan de Estudio de la Nueva Escuela Mexicana cuenta con una estructura con cuatro elementos que articulan la propuesta curricular de principio a fin: I. Integración curricular: expresada en los campos formativos-ejes articuladores, los cuales establecen los contenidos fundamentales de estudio previstos en el artículo 29, fracción II de la LGE, mientras que los propósitos de formación general, de la fracción I del mismo artículo se expresan en el “Perfil de egreso”. Por su parte, los contenidos referidos en el artículo 30 de la LGE se encuentran desarrollados en los Programas de Estudio. La integración curricular articula el trabajo interdisciplinario, la problematización de la realidad y la elaboración de proyectos. Con ello se atiende la demanda histórica de promover una formación integral, así como situar los procesos formativos en los contextos en los que aprenden las y los estudiantes, y enseñan las profesoras y profesores, como lo establece el artículo 14, fracción IV de la LGE. II. Autonomía profesional del magisterio: para contextualizar los contenidos de los programas de estudio de acuerdo con la realidad social, territorial, cultural y educativa de los estudiantes. III. La comunidad como el núcleo integrador de los procesos de enseñanza y aprendizaje, así como la relación de la escuela con la sociedad, tal cual lo establece el artículo 14 de la LGE, fracción I que plantea llevar a cabo acciones para concebir a la escuela como un centro de aprendizaje comunitario en el que construyen y convergen saberes, se intercambian valores, normas y culturas, así como formas de convivencia en la comunidad y en la Nación. IV. El derecho humano a la educación de los estudiantes en tanto sujetos de la educación, al mismo tiempo que son la prioridad del Sistema Educativo Nacional, como lo establece el artículo 2 de la LGE. Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 11 III. Numerales Aspectos generales 1. La Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México es un documento de carácter operativo y normativo de observancia general y de aplicación obligatoria, por el marco legal que lo sustenta, ordenado de acuerdo con las necesidades de operación de los planteles educativos adscritos a la AEFCM. Su contenido fue acordado con todas las áreas sustantivas y adjetivas2 que administran los servicios de Educación Básica de esta ciudad. Este documento orienta la operación de las actividades escolares en materia de recursos humanos, materiales y financieros, control escolar, enfoques técnico pedagógicos, actividades extracurriculares, organización escolar, salud y seguridad, ambientes inclusivos y órganos de participación social, personal de supervisión, directores, subdirectores, docentes, técnico docentes, administrativos, de asesoría técnico pedagógica, estudiantes normalistas que realizan práctica docente, prestadores de servicio social, participantes en el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, maestros asesores de Escuelas Normales, de apoyo y asistencia a la educación y demás personal de escuelas públicas y servicios de Educación Básica (Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria), además de sus modalidades de Especial y para Adultos3, de los Centros de Atención Infantil de Organismos Descentralizados, internados de Educación Primaria, Escuelas de Participación Social y para la Escuela Secundaria ubicada en el Centro Nacional de Alto Rendimiento (CNAR), Centros de Educación Extraescolar (CEDEX) y Servicios de Innovación Pedagógica Hospitalaria adscritos a la AEFCM. Las autoridades educativas y escolares darán a conocer esta guía operativa a toda la comunidad educativa. Deberán establecer acciones para su lectura por parte de los miembros de la comunidad educativa, además podrá ser firmada digitalmente de conocimiento por todo el personal del plantel educativo en la parte final del presente documento como evidencia de su difusión. El personal directivo deberá informar a la comunidad escolar que está disponible para su consulta en versión electrónica a través del sitio web de la AEFCM4 y vigilará su cumplimiento. La normatividad referida en el presente documento es de carácter obligatorio y de aplicación general para todos los actores que intervienen en el proceso educativo: integrantes de 2 Las áreas administran la operación de los servicios educativos y que están bajo la jurisdicción de las Direcciones Generales de Operación; las áreas adjetivas son aquellas que administran procesos de carácter administrativo y técnico pedagógico para el servicio educativo bajo la jurisdicción de las siguientes Unidades Administrativas: Dirección General de Administración (DGA), Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación Educativa (DGPPEE), Coordinación de Asuntos Jurídicos y Transparencia (CAJT) y la Oficina del Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. 3 Artículo 3º y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. Diario Oficial de la Federación, 05/02/1917. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06-06-2023. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf 4 Sitio web de la Normateca Interna de la AEFCM en el apartado de Normatividad Vigente Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación Educativa. https://www.aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/vigente.html Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 12 las comunidades educativas de los planteles y autoridades escolares y educativas5. Su incumplimiento dará lugar a las sanciones y medidas disciplinarias correspondientes previstas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE), el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, así como la Ley General de Responsabilidades Administrativas, según sea el caso, conforme lo determinen las autoridades educativas y escolares correspondientes. El marco legal en el cual se fundamenta su emisión estará disponible para su consulta en el apartado de Disposiciones Normativas vigentes de la Normateca Interna de la AEFCM6. Las disposiciones de temporalidad y aquellas referentes a realizarse en centros educativos, oficinas o instancias cuya función consiste en brindar el apoyo y atención de manera presencial y en los domicilios correspondientes, pueden ser susceptibles de adaptación en caso de una contingencia, declarada por la autoridad concerniente. 2. Instancias normativas. Las Direcciones Generales, la Dirección de Administración Escolar, el Órgano Interno de Control y la Coordinación de Asuntos Jurídicos y Transparencia (CAJT) adscritas a la AEFCM, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, responsables de los procesos y la operación del servicio educativo, fungirán como instancias normativas para interpretar, deliberar y resolver los casos y aspectos no previstos por los numerales que integran el presente documento. 3. Sistema Integral de Información Escolar en Web (SIIEWeb). Plataforma informática que ofrece a la escuela múltiples oportunidades para registrar y administrar la información que se genera en el plantel en materia de recursos humanos, materiales, financieros, control escolar y seguimiento de los instrumentos de planeación, operación y técnico pedagógicos para la organización y funcionamiento del colectivo escolar. Actualmente el SIIE trabaja con dos modalidades: una en línea, SIIEWeb, y otra de instalación local (stand alone): Sistema Integral de Información Escolar para Educación Especial (SIIEEE) y Sistema Integral de Información Escolar de Educación Básica para Adultos (SIIEEBA). El SIIEWeb integra los esfuerzos institucionales de las áreas globalizadoras y de operación de los servicios educativos a cargo de la AEFCM, con el propósito de proveer a los planteles escolares un medio que les permita sistematizar sus procesos administrativos y técnico pedagógicos, además de ofrecer condiciones óptimas que conduzcan a la disminución de la carga administrativa de los servicios de Educación Básica en la Ciudad de México, en atención a lo que establece la Ley General de Educación (LGE)7. Su uso permanente y operación cotidiana permiten simplificar los procesos administrativos, técnicos y de gestión que van desde y hacia la escuela y se encuentren alineados a lo que la Secretaría de Educación Pública (SEP) establece a través de la coordinación y operación del Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED)8 9. 5 Por autoridades escolares se refiere al personal directivo y de supervisión del plantel educativo; mientras que autoridades educativas alude a las autoridades de las Direcciones Generales Operativas, Globalizadoras, áreas centrales y operativas adscritas a la AEFCM. 6 Disposiciones Normativas. DGPPEE – Fundamento Legal. https://www.aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/DGPPEE/Fundamento-Legal-2018-2019-web.pdf 7 Art. 94, Ley General de Educación, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019, UR 30/09/2019. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf 8 Art. 113, fracción XIII de la Ley General de Educación, op. cit., https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf 9 Acuerdo número 07/03/18 por el que se emiten los Lineamientos Generales del Sistema de Información y Gestión Educativa. Diario Oficial de la Federación, 20/03/2018, http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5516633&fe- cha=20/03/2018 Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 13 De esta forma, la utilización del SIIEWeb es obligatoria 10 11 para todos los procesos de control escolar, gestión administrativa de personal, recursos materiales y procesos técnico pedagógicos y operativos, que son responsabilidad de la escuela y de la Supervisión Escolar. Las actualizaciones, modificaciones, ajustes y nuevos desarrollos que se implementen para el funcionamiento integral del SIIEWeb se adecuarán a las necesidades de operación para los planteles educativos, Zonas de Supervisión Escolar, Áreas Operativas, Centrales y Unidades Administrativas bajo las disposiciones y en los periodos instruidos oportunamente por las autoridades educativas en la materia12. Las autoridades escolares podrán apoyarse para el uso de esta plataforma informática en la Mesa de Ayuda13, en el sitio de publicación de Guías para el uso del SIIEWeb14 y en el Micrositio SIIEWeb 15, en el cual encontrarán documentos de apoyo para la operación y manejo del sistema, con la finalidad de resolver dudas o aclaraciones sobre sus módulos y funciones. Es responsabilidad del personal de supervisión y directivo, mantener la información actualizada en los sistemas informáticos administrados por la AEFCM. 4. Acuerdo educativo. Los contenidos educativos plasmados en la Reforma Constitucional al Artículo 3° y reglamentados en el Artículo 11 de la Ley General de Educación, son la base para construir la Nueva Escuela Mexicana y guía del trabajo cotidiano en las escuelas de Educación Básica del país. 1. Educación Básica. El Artículo 3° Constitucional establece que la Educación Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria conforman la Educación Básica y será obligatoria. La Educación Inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia16. 2. Enfoque humanista. El Artículo 3° párrafo tercero Constitucional, señala que la educación es un derecho humano, que se basará en el respeto irrestricto a la dignidad de las personas y buscará la igualdad sustantiva17. En el párrafo 12 indica que: Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto–escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, 10 Art. 2, Oficio Circular AEFCM/002/2018 para el establecimiento y aplicación del Sistema Integral de Información Escolar en Web (SIIEWeb) en la Ciudad de México, AEFCM, 12/04/2018. https://www.aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/AEFCM/Oficio_Circular_AEFCM_002_2018.pdf 11 En el caso de los servicios educativos que se ofrecen para Educación Especial y la Subdirección de Educación Básica para Adultos, se seguirá operando el SIIE stand alone en tanto se transita hacia la utilización del SIIEWeb de manera general de acuerdo con lo que establezcan las autoridades correspondientes. 12 Art. 24, op. cit., https://www.aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/AEFCM/Oficio_Circular_AE- FCM_002_2018.pdf 13 Mesa de Ayuda del SIIEWeb, Tel. 5536017171, correo electrónico: [email protected] Horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. 14 Sitio web de Guías para el uso del SIIEWeb. https://www.aefcm.gob.mx/siieweb/guias_operativas.html 15 Sitio web del Micrositio del SIIEWeb. https://www.aefcm.gob.mx/siieweb/index.html 16 Artículo 3º de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, D.O.F. 05/02/1917. Última reforma publicada Diario Oficial de la Federación 06-06-2023. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf 17 3er párrafo del Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ibídem. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 14 el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente. 3. Interés superior de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes (NNAJ). El Artículo 3° párrafo cuarto Constitucional y la LGE, a través del artículo 2° señala que: “…El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio Constitucional”18. Esto significa, entre otras cosas, asegurar el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos; que la enseñanza debe partir del interés de los alumnos y los métodos adoptados deben ser activos para promover la construcción del conocimiento con la participación de los estudiantes19. 4. Maestras y Maestros. En los párrafos sexto y séptimo del Artículo 3° Constitucional se reconoce el papel fundamental de los maestros en el proceso educativo y en la transformación social, así como su derecho a acceder a un sistema integral de formación, capacitación y actualización. Para tal efecto se sujetarán a las disposiciones establecidas por la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. 5. Obligaciones de las madres, padres de familia o tutores. De conformidad con lo establecido en el artículo 31 fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que deben “…ser responsables de que sus hijas o hijos concurran a las escuelas para recibir la educación obligatoria”20, para recibir los servicios educativos que correspondan a su edad en los términos que establezca la normatividad vigente en la materia, la cual vigila que se cumpla con el principio del interés superior de la niñez21. Asimismo, deberán participar en el proceso educativo de sus hijos, al revisar su desempeño y conducta, velar siempre por su bienestar y desarrollo, colaborar con las actividades que las escuelas realicen, informar a las autoridades escolares los cambios que se presenten en la conducta y actitud de los educandos, para que se apliquen los estudios correspondientes, con el fin de determinar las posibles causas; acudir a los llamados de las autoridades escolares relacionados con la revisión del progreso, desempeño y conducta de sus hijos y promover la participación en la práctica de las actividades físicas. En caso de algún evento - derivado o no de cualquier tipo de contingencia - que afecte la organización y dinámica familiar que impida temporalmente a los estudiantes acudir a su escuela de adscripción, se podrán establecer estrategias de colaboración de trabajo a distancia, entre las madres, padres de familia o tutores y el docente titular de grupo, apoyados por la supervisión del subdirector académico, docente de la UDEEI, aprovechando recursos de tecnologías de la información y la cuenta de correo institucional de los estudiantes, así como la plataforma laescuelaencasa.mx 18 Artículo 2°, Ley General de Educación, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf 19 Presentación de las líneas de acción, programas y procesos a desarrollar en el próximo ciclo escolar, Subsecretaría de Educación Básica, SEP. 20 Art. 31º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Óp. Cit., https://www.diputados.gob.mx/LeyesBi- blio/pdf/CPEUM.pdf 21 Art. 4º, párrafo 9° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Óp. Cit., https://www.diputados.gob.mx/ LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 15 En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones por parte de madres, padres de familia y tutores, las autoridades escolares podrán avisar a las instancias encargadas de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes para los efectos correspondientes en términos de la legislación aplicable22. De manera particular, se debe dar prioridad al interés superior de las niñas, niños y adolescentes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos23. 6. Reglamento interno del plantel escolar. Al inicio del ciclo escolar, los integrantes de la comunidad educativa de cada plantel podrán elaborar un reglamento interno, en vinculación con los Marcos para la Convivencia Escolar, en el que se consideren todos los aspectos de la vida escolar de acuerdo con la particularidad de operación del propio servicio educativo. Éste deberá ser congruente con la normatividad vigente con un enfoque basado en los derechos de NNAJ, atendiendo el interés superior de la niñez, y en consecuencia, no será de carácter sancionatorio ni contendrá disposiciones contrarias a las señaladas en la presente guía operativa y deberá ser firmado por las madres, padres de familia o tutores de los alumnos y personal de la escuela como evidencia del conocimiento de su contenido, durante la primer junta con padres de familia y/o posterior a la inscripción de un nuevo alumno. El personal directivo tendrá la responsabilidad de su actualización de manera periódica o cuando se considere necesario, previa consulta con la comunidad escolar. 7. Responsable del plantel. El director del plantel educativo será el responsable oficial en todos los actos de índole administrativo, académico, técnico y pedagógico y se auxiliará del subdirector de gestión escolar y el subdirector académico (en la medida de que se cuente con éstos en la estructura de la escuela). En caso de que el plantel educativo no cuente provisionalmente con director, subdirector de gestión, subdirector académico y coordinador de actividades tecnológicas, tratándose de Secundarias Técnicas, la Dirección General de Administración (DGA) determinará la suplencia de las funciones con base en la normatividad correspondiente y definirá a la persona que asumirá las responsabilidades establecidas en la presente guía operativa. 8. Calendario Escolar y su obligatoriedad. La prestación del servicio educativo y los días laborables se sujetarán a lo señalado por el calendario escolar vigente para Educación Básica24 y por las indicaciones emitidas por la SEP o la AEFCM en condición de emergencias sanitarias, desastre natural o de cualquier otra índole, con objeto de evitar posibles riesgos en la comunidad educativa. El calendario escolar servirá como instrumento primario de planeación para lograr un uso más efectivo del tiempo en el aula para la mejora de los aprendizajes, además de la construcción, seguimiento y alcances de los objetivos centrales del Programa Escolar de Mejora Continua (PEMC)25 de la escuela. 22 Art. 129, Ley General de Educación, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019, UR 30/09/2019. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf 23 Art. 3º, párrafo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Óp. Cit., https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf 24 Acuerdo número 02/06/23 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2023-2024, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2023. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5693346&fecha=26/06/2023#gsc.tab=0 25 Artículo 17, transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, Diario Oficial de la Ir al índice Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 16 El colectivo escolar atenderá los días señalados para las sesiones del Consejo Técnico Escolar26 (CTE) y el Taller Intensivo de Formación Continua para docentes sobre el nuevo Plan y Programas de Estudio, además de las indicaciones emitidas por la AEFCM. 9. 1ª Reunión informativa. Al inicio del ciclo escolar se dará a conocer a las madres, padres de familia y tutores los propósitos de la presente guía operativa, la organización del plantel educativo, el reglamento escolar, el personal que labora en éste y sus funciones, el PEMC del plantel educativo, los criterios del proceso de evaluación del aprendizaje de las NNAJ, los Lineamientos Generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional27, Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Preescolar de la Ciudad de México28, Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Primaria de la Ciudad de México29, Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Secundaria de la Ciudad de México30 y el calendario oficial en el que se indican los días obligatorios del servicio educativo, así como los días destinados a las sesiones del CTE, las disposiciones para el ingreso y la entrega de alumnos, los Protocolos de Atención a las Violencias, Mediación Educativa, Conciliación Escolar, y el correspondiente a la Protección y Cuidado de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la Revisión de Útiles Escolares, así como referenciar los protocolos de seguridad. 10. Áreas operativas. La dirección del plantel educativo deberá difundir de manera permanente y actualizada, entre la comunidad escolar a su cargo, los datos de contacto de las áreas operativas centrales correspondientes y de la supervisión de zona escolar a la que pertenece el plantel. 11. Buzón Escolar. La AEFCM cuenta con el Buzón Escolar31 , instrumento para recibir y atender consultas, sugerencias, solicitudes e inconformidades relacionadas con los programas, trámites y servicios de las escuelas de Educación Básica en la Ciudad de México. Cada plantel tiene una placa, en la que se muestra la información del Buzón Escolar, mismo que deberá permanecer en un lugar visible para la comunidad educativa. Federación, 15/05/2019. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560457&fecha=15/05/2019&print=true 26 Artículo 10 del Anexo del Acuerdo número 12/05/19 por el que se modifica el diverso número 15/10/17 por el que se emiten los Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica, 27/05/2019. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561293&fecha=27/05/2019 27 Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, Diario Oficial de la Federación, 16/05/2014. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5344984&fecha=16/05/2014#gsc.tab=0 28 Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Preescolar de la Ciudad de México. https://www. aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/DGOSE/archivos-2023/2023-08-22/marco-para-la-convivencia- escolar-preescolar-ciudad-mexico.pdf 29 Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Primaria de la Ciudad de México. https://www.aefcm. gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/DGOSE/archivos-2023/2023-08-22/marco-para-la-convivencia-escolar- primaria-ciudad-mexico.pdf 30 Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Secundaria de la Ciudad de México. https://www. aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/DGOSE/archivos-2023/2023-08-22/marco-para-la-convivencia- escolar-secundaria-ciudad-mexico.pdf 31 Buzón Escolar de la AEFCM: https://www2.aefcm.gob.mx/buzon_escolar/correo_buzon.jsp teléfono: 553601-8700, [email protected] Ir al Aspectos índice Pedagógicos 1 Aspectos pedagógicos Aspectos Pedagógicos Guía Recursos os operativa humanos oss Organización Org O n para escuelas y apoyo o del técnico a públicas en la c colectivo la escuela la a Ciudad de escolar México Escuela segura Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 18 Aspectos pedagógicos 1.1. Plan y programas de estudio 12. Plan y Programas de Estudio. Para el ciclo escolar 2023–2024 se implementará el Plan de estudios 2022 publicado el 14 agosto de 202232 33 34 y los programas sintéticos de las fases 1 a la 6 publicados el 15 de agosto de 202335 36 en todos los niveles y fases, como se muestra en el siguiente cuadro: En el caso de Educación Especial se tendrán que Nivel Educativo Fase Grados realizar las adecuaciones correspondientes en el marco de Plan y los Programas vigentes; y en Inicial 1 No aplica Educación Básica para Adultos CEDEX (primaria y secundaria), se implementarán el Plan y Preescolar 2 1°, 2° y 3° Programa de Estudio de Educación Básica para 3 1° y 2° Personas Jóvenes y Adultas en el marco de la Nueva Escuela Mexicana (PyPE-EBPJA-NEM). Primaria 4 3° y 4° 5 El nuevo Plan de estudio está estructurado a 5° y 6° partir de los siguientes niveles de desagregación: Secundaria 6 1°, 2° y 3° Perfil de egreso, ejes articuladores, campos formativos, fases (grados), contenidos y procesos de desarrollo de aprendizajes, los cuales requieren articularse para lograr una educación contextualizada y de excelencia. 32 Anexo del Acuerdo número 14/08/22 por el que se establece el Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria. http://www.dof.gob.mx/2022/SEP/ANEXO_DEL_ACUERDO_14_08_22.pdf 33 Acuerdo número 14/08/22 por el que se establece el Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria. Diario Oficial de la Federación 19/08/2022 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle. php?codigo=5661845&fecha=19/08/2022#gsc.tab=0 34 Acuerdo 06/08/23 por el que modifica el diverso número 14/08/22 por el que se establece el Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria. Diario Oficial de la Federación 15/08/2023. https://www.dof.gob.mx/ nota_detalle.php?codigo=5698663&fecha=15/08/2023#gsc.tab=0 35 Anexo del Acuerdo número 07/08/23 por el que se determina el Currículo Nacional aplicable a la Educación Inicial: Programa Sintético de la Fase 1. www.dof.gob.mx/2023/SEP/ANEXO_ACUERDO_070823_FASE_1.pdf Acuerdo 08/08/23 por el que se establecen los programas de estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria: Programas Sintéticos de las fases 2 a 6. Diario Oficial de la federación 15/08/23 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698665&fecha=15/08/2023#gsc.tab=0 36 Anexo del Acuerdo número 08/08/23 por el que se establecen los Programas de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria: Programas Sintéticos de las Fases 2 a 6. https://www.dof.gob.mx/2023/SEP/ANEXO_ ACUERDO_080823_FASES_2_A_6.pdf Acuerdo 08/08/23 por el que se establecen los programas de estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria: Programas Sintéticos de las fases 2 a 6. Diario Oficial de la federación 15/08/23 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698665&fecha=15/08/2023#gsc.tab=0 Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 19 Esta contextualización permitirá recuperar las situaciones y problemáticas de la comunidad escolar lo cual contribuye al desarrollo de procesos de enseñanza y aprendizaje situados y significativos para quienes participan en los procesos educativos37. La educación se basará en los siguientes elementos: Derecho de la educación, la comunidad como núcleo integrador, la autonomía profesional y la integración curricular. 13. Libros de Texto Gratuitos (LTG). Las autoridades educativas y del plantel llevarán a cabo la distribución oportuna, completa y eficiente de los Libros de Texto Gratuitos (LTG), una vez que la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG) entregue a los centros de acopio, de acuerdo con la matrícula de inicio del ciclo escolar en curso, en apego al documento Mecanismo de Control para el Proceso de Distribución de Libros de Texto Gratuitos, cuya finalidad es que todos los alumnos que cursan la Educación Preescolar, Primaria y/o Secundaria, además del personal docente (en su caso), cuenten con los materiales escolares respectivos y puedan hacer uso de ellos. Es responsabilidad del director del plantel educativo o del subdirector de gestión escolar realizar las estrategias necesarias para el traslado y la recepción de los LTG para la escuela, la entrega de los libros al personal docente para su distribución a los alumnos; además de realizar la comprobación debida a través del formato denominado Comprobación de la entrega de Libros de Texto Gratuitos, en las fechas establecidas por la autoridad educativa. El responsable de cada centro de acopio realizará el registro y seguimiento de sus respectivos planteles en el Sistema Informático de Distribución de Libros de Texto (SIDILIT). En caso de existir excedente de libros en el plantel, se deberán reportar y regresar al centro de acopio correspondiente o, en su caso, reportar faltantes (material incompleto, dañado, por incremento en la matrícula o por cambio de alumnos en la escuela, alumnos foráneos o recursantes, o proyección en el caso de la escuela hospitalaria, etc.), por medio de la estructura de los niveles educativos. El director y subdirector de gestión escolar del plantel educativo, con apoyo de los docentes de grupo y docente especialista de la UDEEI, identificarán a los alumnos con discapacidad visual y llevarán a cabo las gestiones necesarias ante su autoridad inmediata superior, para solicitar LTG en braille y macrotipo a los enlaces de cada nivel educativo, con el fin de dar aviso vía estructura al Responsable Único de Distribución de la Ciudad de México y con ello, registrar a dicho alumnado en el Padrón de Alumnos de Braille y Macrotipo de la CONALITEG, ya que estos libros son personalizados y entregados directamente en las escuelas por dicho organismo. Para solicitar libros en lenguas indígenas, es prioritaria la comunicación entre el director y subdirector de gestión escolar para identificar estos alumnos. La solicitud se realizará al área correspondiente y así garantizar que los alumnos cuenten con sus LTG. La autoridad de cada nivel educativo dará seguimiento y atención oportuna a la gestión realizada por el plantel. En caso de traslado de un alumno a otro plantel, la escuela de origen es la que cuenta con los LTG del alumno, ya que se consideró en su matrícula para el siguiente ciclo escolar y no la escuela receptora, por lo que estos LTG deben permanecer en el plantel de origen para ser entregados a los alumnos, madres, padres de familia o tutores, quienes serán los responsables de recogerlos, junto con su hoja de baja. 37 MEJOREDU (2023). Hacia la integración curricular. Los procesos de contextualización y codiseño de contenidos. https://www.mejoredu.gob.mx/images/publicaciones/fasciculo2_aprendamos-comunidad.pdf Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 20 Es responsabilidad del docente usar de manera sistemática los LTG, permitiendo que se encuentren al alcance de los alumnos, con el objetivo de apropiarse de los contenidos y de los procesos de desarrollo de aprendizaje, por lo que no se deben mantener en resguardo. Es obligatoria la utilización de los LTG y materiales educativos de apoyo, establecidos y proporcionados por la Secretaría de Educación Pública. En el caso de materiales orientados a la promoción de la convivencia pacífica y democrática en las escuelas, podrán acceder a la oferta propuesta por la SEB, en la página: educacionbasica.sep.gob.mx 14. El material escolar requerido en los planteles educativos se sujetará a lo previsto oficialmente por la Secretaría de Educación Pública en la lista de materiales y útiles escolares autorizados para iniciar las actividades en las instituciones de Educación Básica al inicio del ciclo escolar. No es indispensable solicitar la adquisición de materiales y útiles escolares nuevos cuando se puedan usar los del ciclo escolar anterior. Los docentes, podrán solicitar en forma extraordinaria materiales didácticos de apoyo, de educación física y/o deportivo, con el visto bueno del director del plantel educativo y previo acuerdo con las madres, padres de familia o tutores, a quienes se les presentará la lista del material solicitado, justificando la pertinencia, además de los resultados que se esperan lograr con su uso. Estos materiales no deberán ser excesivos, ni onerosos, en ningún caso se exigirá marca, logotipo o lugar de compra. El material educativo complementario (carteles, trípticos, convocatorias, folletos, cuadernos de actividades, libros para lectura, memoria USB, material multimedia y de TIC, etc.) se distribuirá a las escuelas durante el ciclo escolar como complemento pedagógico al docente, quien lo utilizará de acuerdo con su planeación dependiendo del fin específico de cada programa o actividad al que pertenezca. En el caso de las escuelas beneficiarias de Programas Federales o locales podrán recibir materiales complementarios para reforzar el planteamiento curricular, mediante los procesos administrativos que establezca la autoridad competente. El personal docente seleccionará el material de trabajo para la realización de las actividades educativas, considerando la edad y características de desarrollo de los alumnos para mantener su integridad física, psicológica y emocional. Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 21 1.2. Evaluación del aprendizaje escolar 15. Evaluación de los aprendizajes. La determinación de los criterios de evaluación y de acreditación, además de los enfoques, propósitos y contenidos se sujetarán a lo que establezcan las normas en la materia, en función del plan y programas de estudio vigentes38. En la NEM, la evaluación de los aprendizajes forma parte del proceso formativo, se encuentra dentro de la relación pedagógica profesor estudiante y en el marco de un currículo que integra conocimientos y saberes alrededor de las y los estudiantes. Así mismo, tiene como función principal retroalimentar el proceso educativo a través del diálogo entre docentes y estudiantes que desencadenen procesos de autorreflexión de ambas partes para identificar fortalezas, áreas de oportunidad para planear y realizar acciones de mejoramiento39. En este sentido, la evaluación distingue dos momentos: el primero implica la evaluación formativa que se centra en el seguimiento que realizan los docentes al aprendizaje de sus estudiantes tomando en cuenta los diferentes contextos y experiencias de su vida cotidiana; y el segundo momento refiere a la acreditación que tiene como objetivo sustentar el otorgamiento de calificaciones y certificados considerado las condiciones en las que los estudiantes hayan avanzado. Desde esta perspectiva los docentes podrán utilizar diversos instrumentos como: registro que acompañe la observación, exámenes, entrega de trabajos, tareas que se solicitan, y otras que se puedan integrar en un portafolios de evidencias para retroalimentar la apropiación de los contenidos y los procesos de desarrollo de aprendizaje. La asesoría que proporcione el supervisor escolar u otra figura a los docentes, debe tener una perspectiva formativa y caracterizarse por el diálogo permanente. En Educación Básica, el personal docente es responsable de llevar a cabo el proceso de evaluación del aprendizaje de los alumnos con base al plan y programas vigentes conforme al numeral 12 de esta guía, así como dar a conocer los criterios de este proceso a las madres, padres de familia o tutores y alumnos. 38 Acuerdo número 11/03/19 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de los educandos de la educación básica, Diario Oficial de la Federación, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5555921&fecha=29/03/2019 Normas Específicas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regularización y Certificación en la Educación Básica, DGAIR, 29/04/2019. https://controlescolar.sep.gob.mx/work/models/demo/Resource/52/1/images/normas_29042019.pdf Acuerdo número 12/10/17 por el que se establece el plan y los programas de estudio para la educación básica: aprendizajes clave para la educación integral Diario Oficial de la Federación, 11/10/2017. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5500966&fecha=11/10/2017 Acuerdo número 15/06/19 por el que se modifica el diverso número 12/10/17 por el que se establece el plan y los programas de estudio para la educación básica: aprendizajes clave para la educación integral, Diario Oficial de la Federación, 25/06/2019. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5563989&fecha=25/06/2019 Si por alguna contingencia sanitaria o desastre natural se publican nuevos acuerdos que normen los procesos de evaluación, éstos deberán de llevarse a cabo. Acuerdo número 11/06/22 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias para la conclusión del ciclo escolar 2021-2022 y el inicio del ciclo escolar 2022-2023. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5656485&fecha=28/06/2022#gsc.tab=0 39 Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria. Diario Oficial de la Federación 19/08/2022. https:// www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5661845&fecha=19/08/2022#gsc.tab=0 Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 22 El docente de grupo, con la orientación del subdirector académico y director, en colaboración con el docente especialista de la Unidad de Educación Especial y Educación Inclusiva (UDEEI), considerará en la planeación didáctica el Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) que permitan dar una respuesta acorde a las necesidades y características de la población escolar prioritariamente y establecer cómo minimizar las Barreras para el Aprendizaje y la Participación, identificadas. La evaluación del aprendizaje en preescolar, primaria y secundaria, como en el caso de alumnos que enfrentan BAP, además de aquellos que por su situación de vulnerabilidad educativa derivada de su condición de discapacidad, discapacidad múltiple y trastornos graves del desarrollo, capacidades y aptitudes sobresalientes, talentos específicos, indígenas, migrantes, en situación de enfermedad o riesgo de calle, se realizará de acuerdo con los avances que manifieste la planeación del docente de grupo en corresponsabilidad con el maestro especialista de la UDEEI, quien propondrá las estrategias específicas, diversificadas y/o ajustes razonables, que serán implementadas por el docente frente a grupo. Esto a partir de la apropiación de los contenidos y los procesos de desarrollo de aprendizaje, teniendo como principio de referencia la diversificación de las estrategias pedagógicas para considerar las BAP en los contextos, asegurando la inclusión de todos en el aula, a partir del reconocimiento de su diversidad como ventaja pedagógica, considerando transitar al logro del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) a las necesidades de los alumnos para dar cumplimiento a los principios de equidad y excelencia de la Educación Básica. El DUA permite flexibilizar las estrategias pedagógicas con el fin de que todos los estudiantes cuenten con las mismas oportunidades para aprender y participar en el aula y consolidar los aprendizajes contemplados en cada grado escolar de la Educación Básica. Los docentes de educación física realizarán los registros de la evaluación del alumnado con base en la planeación que elaboran y deberán contar con los soportes correspondientes de la asignación de la calificación. Es importante mencionar que ellos serán los únicos responsables de asignar la calificación en esta asignatura, excepto en el caso de la escuela hospitalaria, por lo que se deberán tomar las decisiones oportunas cuando algún alumno se encuentre en riesgo de no ser promovido en la asignatura. “En caso de ausencia del docente, el director, o el supervisor, podrán asumir esta atribución o, en su caso, podrán señalar a la persona que llevará a cabo dicha evaluación”40. En el Centro de Atención Múltiple (CAM) Nivel Secundaria, el personal docente responsable de cada asignatura realizará la evaluación del aprendizaje de los alumnos resaltando el carácter formativo en el marco del currículo vigente y considerando sus avances y necesidades, así como los apoyos que de sus contextos reciban. 16. La evaluación diagnóstica41. Tiene como propósito el reconocimiento de la diversidad en el aula y la inclusión educativa para identificar los contenidos y los procesos de desarrollo 40 Acuerdo número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido en beneficio de los Educandos. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594561&fecha=05/06/2020 41 Glosario. Anexo 1, de las Normas Específicas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regularización y Certificación en la Educación Básica, DGAIR. https://controlescolar.sep.gob.mx/work/mo- dels/demo/Resource/52/1/images/Anexo_02052019.pdf Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 23 de aprendizaje que están consolidados o requieren fortalecerse, con el fin de planificar la intervención didáctica a lo largo del ciclo escolar. Durante los primeros días de inicio del ciclo escolar, el supervisor escolar y el director del plantel educativo con el apoyo del subdirector académico, el asesor técnico pedagógico (ATP) y en su caso el coordinador de actividades tecnológicas, orientarán a los docentes en la selección y determinación de técnicas e instrumentos para la realización de una evaluación diagnóstica interna. La AEFCM pondrá al alcance de las comunidades educativas un conjunto de actividades e instrumentos para la valoración diagnóstica, las cuales se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la AEFCM. Dichas actividades e instrumentos fueron diseñados por docentes y especialistas. Adicionalmente estarán disponibles de manera virtual las evaluaciones realizadas en conjunto por la SEP y la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU). Asimismo, las escuelas bajo autorización de la Supervisión Escolar, pueden llevar a cabo ejercicios de evaluación con instrumentos acordes a los objetivos del PEMC. Las escuelas primarias y secundarias deberán registrar los avances en los aprendizajes en el Visor de Valoración Diagnóstica al inicio y Visor de Valoración final al cierre de cada ciclo escolar, como una herramienta para sistematizar la información de un conjunto de indicadores, desde la perspectiva de los docentes, y generar un panorama general del grado de dominio en los aprendizajes que tienen los estudiantes por grado y escuela, es importante que los resultados del visor se analicen por zona con el propósito de que los supervisores impulsen estrategias para la mejora educativa considerando los contextos, como pueden ser las redes de colaboración pedagógica. Los resultados Visor de Valoración Diagnóstica en los distintos ciclos escolares deberán ser reflexionados en forma conjunta por el docente frente a grupo y los docentes del mismo grado o asignatura, con la finalidad de compartir experiencias e implementar estrategias de intervención pedagógicas pertinentes. El docente especialista de la UDEEI, en corresponsabilidad con el docente de grupo, identificarán al alumnado que enfrenta BAP, población indígena, migrante, con discapacidad, capacidades y aptitudes sobresalientes, talentos específicos, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, en situación de enfermedad o de calle, o en otra variable de diversidad, para determinar en colaboración con los docentes de grupo, los instrumentos y/o procedimientos pertinentes para realizar la evaluación diagnóstica y así determinar si su derecho a la educación ha sido vulnerado y definir la intervención correspondiente. Si el alumno proviene de una escuela regular, es necesario que se solicite el expediente, por estructura, a través del Departamento de Control Escolar y en conjunto con la evaluación diagnóstica hacer la intervención y canalización en primera instancia por la Supervisión Escolar (a través de entrevistas y valoración) para su inscripción. De acuerdo con los nuevos criterios orientadores42 y los enfoques de la Educación Inclusiva, los alumnos que enfrentan BAP, así como aquellos que por su situación de vulnerabilidad derivada de su condición física, lingüística, cultural, problemas de salud, discapacidad, discapacidad múltiple y trastornos graves del desarrollo, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, capacidades y aptitudes sobresalientes, 42 Artículo 3º Constitucional, fracción II, inciso f, Óp. Cit., https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 24 talentos específicos, serán considerados dentro del proceso de la evaluación inicial, la planeación didáctica y la apropiación de los contenidos y los procesos de desarrollo de aprendizaje para el nivel, fase y grado que se cursa, con base en los ajustes razonables, la evaluación continua y final, bajo el parámetro de estrategias diversificadas o específicas que posibiliten su inclusión al proceso educativo, así como la previsión de condiciones en los contextos para disminuir y/o eliminar dichas barreras, como condicionantes de apoyo que enriquezcan la oferta educativa en la escuela y en el aula para dar respuesta a las necesidades de los alumnos, esta evaluación se deberá realizar en todo momento de manera conjunta, entre el equipo de trabajo de la UDEEI y el docente frente a grupo y de la misma manera, existirá corresponsabilidad en la puesta en práctica de las acciones que se determinen en beneficio del proceso del aprendizaje de los estudiantes. El docente de educación física llevará a cabo la evaluación diagnóstica de los conocimientos previos, las capacidades, habilidades y destrezas físicas, la cual involucra la valoración de la fuerza general, resistencia cardiorrespiratoria, velocidad y flexibilidad general, de los alumnos de educación primaria y secundaria. Para educación preescolar la evaluación diagnóstica se centrará en las capacidades físicas de los niños: locomoción, coordinación, equilibrio y manipulación. En todos los servicios educativos, a excepción de la escuela hospitalaria, se hará la revisión de los certificados médicos para conocer el estado general de salud de los alumnos, a fin de identificar si padecen enfermedades crónicas o degenerativas que merezcan la atención o que limiten su participación en actividades que requieran esfuerzo físico. Los resultados aportarán elementos para tomar decisiones conjuntas en el marco de las acciones para promover una vida saludable y para la construcción del Programa Escolar de Mejora Continua (PEMC). 17. Evaluación SEP MEJOREDU del aprendizaje escolar. Conforme a lo señalado por la autoridad educativa nacional se aplicarán, calificarán y utilizarán los resultados de la evaluación estandarizada en las condiciones y con los criterios estipulados.43 Las escuelas que formen parte de la muestra representativa deberán participar en dicha valoración durante el mes de septiembre, estos centros de trabajo serán notificados de las características de la aplicación a través de la estructura de los niveles educativos, asimismo, las escuelas que no formen parte de la muestra podrán desarrollar el ejercicio de evaluación con los mismos instrumentos. Los resultados deberán ser considerados en la definición y seguimiento de metas del PEMC. A partir de los resultados de las valoraciones diagnósticas, toda la estructura de la AEFCM desarrollará las estrategias necesarias para apoyar a las escuelas. 18. Plan de tutoría para los alumnos de secundaria. Este generará para los alumnos de Secundarias Generales y Técnicas en atención a las áreas de mejora detectadas en el diagnóstico aplicado por el docente de grupo. Los tutores de grupo implementarán un Plan de Tutoría que integre acciones y estrategias a partir de las sugerencias que le brinden el ATP y/o personal de la UDEEI (en caso de contar con el servicio), con el fin de orientar el seguimiento y acompañamiento a través de la educación socioemocional como medio para aprender a comprender las emociones, el comportamiento y la relación con el aprendizaje de los estudiantes en condición de vulnerabilidad. 43 Lineamientos Específicos para la realización de las Evaluaciones Diagnósticas de los Aprendizajes de las Alumnas y los Alumnos de Educación Básica correspondientes al ciclo escolar 2023-2024. LEEDAEB-MEJOREDU-01-2023. Diario Oficial de la Federación 28/07/2023. Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 25 Este Plan de Tutoría estará acompañado de acciones de capacitación constantes, con el propósito de brindar a los alumnos con bajo logro educativo o con disciplinas reprobadas, en riesgo de abandono, además de los que se requiere la atención adecuada a sus necesidades. Lo anterior permitirá establecer un plan de intervención colegiado, acorde a las necesidades de los estudiantes y en colaboración con los padres de familia o tutores, para asegurar el máximo desarrollo académico. 19. Reuniones colectivas estratégicas. En Educación Secundaria, después de cada periodo de integración de evaluaciones y previa calendarización, se llevará a cabo una reunión entre el personal docente de asignatura, personal de la UDEEI y el personal de servicios de apoyo a la educación (prefectos, trabajadoras sociales y orientadores), para analizar resultados, avances y posibles razones que incidieron en los índices de reprobación en cada asignatura, con el objetivo de proponer y adoptar estrategias y medidas correctivas. En la escuela hospitalaria, estas acciones se diseñarán en colegiado con la asesoría del subdirector Académico. Las estrategias acordadas serán puestas en común durante el CTE, así como los resultados derivados de las mismas. Esta actividad se organizará de tal manera que, no se interrumpan o suspendan las labores educativas, enviando copia de los acuerdos tomados de la sesión a la autoridad superior correspondiente. 20. Recomendaciones generales de atención para prevenir la reprobación y/o abandono escolar. Después de cada periodo de integración de evaluaciones y ante la manifestación de cualquier indicador que señale que está en riesgo la permanencia de los alumnos en el plantel educativo, tal como inasistencia, bajos resultados o problemas de convivencia; los colectivos escolares guiados por el director y en el marco del CTE, deberán seguir un procedimiento general de atención y apoyo a los estudiantes para que continúen sus estudios, el cual implica lo siguiente: Los responsables de identificar los casos de inasistencias, resultados bajos o problemas de convivencia serán el docente y el tutor del grupo coordinados por el director del plantel educativo y acompañados por la figura de Trabajo Social (de existir en la escuela). Para ello, pueden apoyarse en las observaciones realizadas por los docentes, además de entrevistas y acuerdos establecidos con madres, padres de familia o tutores realizados por el área encargada por parte de la autoridad escolar (cuando aplique), además de hacer uso de los reportes administrativos que genere el Sistema Integral de Información Escolar (SIIE) como el concentrado de asistencia o Boleta de Evaluación. Para investigar los casos, el tutor, el orientador y/o el trabajador social de la escuela, se pondrán en contacto con las madres, padres de familia o tutores del alumno, a quienes convocarán a una reunión presencial, o a través de recursos digitales como llamadas, reuniones virtuales, redes sociales, en la que acordarán los términos para abordar el caso, incluyendo las entrevistas con el alumno. A partir de la información referida, se elabora un diagnóstico del caso particular. Se plantearán las estrategias de acción específicas para cada caso con base en el diagnóstico, seguimiento y evaluación de estos alumnos, considerando al colectivo escolar y a las madres, padres de familia o tutores. El seguimiento es responsabilidad del director del plantel educativo, en coordinación con el subdirector académico, quien deberá apoyarse en las diversas figuras de la escuela y en las madres, padres de familia o tutores. Así como contar con el acompañamiento y Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 26 seguimiento del supervisor de zona escolar para brindar la atención de los alumnos y evitar el rezago escolar y el posible abandono escolar. En caso de abandono por embarazo adolescente o unión informal se deberá llevar la contabilidad y registro por edad y género. El tutor del grupo, orientador y/o trabajador social darán seguimiento puntual al registro y contabilización de los casos de inasistencia. Para investigar las reincidencias, se pondrán en contacto con la madre, padre de familia o tutor del alumno, para acordar los términos en los que se abordará la situación. A partir de la información referida, se elaborará un diagnóstico y un plan de intervención del caso particular. En todos los casos se deberá contar con un expediente detallado, en el que se muestren las acciones realizadas para prevenir la reprobación y/o abandono escolar. En la escuela hospitalaria no se contabilizarán las inasistencias como causa de abandono, dado el modelo de intervención educativa acorde a sus visitas al hospital para tratamiento médico, sin embargo, no se exime al docente del registro detallado de acciones para prevenir la reprobación y/o abandono. 1.3. Seguimiento para el aprovechamiento escolar 21. Reuniones informativas para el aprovechamiento escolar. Los docentes de grupo, en conjunto con el subdirector de desarrollo académico, realizarán tres reuniones con madres, padres de familia o tutores, para informar sobre los resultados de la evaluación y avances del aprendizaje de sus hijos y desarrollar de manera corresponsable estrategias de apoyo para el proceso educativo. El maestro especialista de la UDEEI, en el caso de contar con la figura educativa, participará con los docentes en cuyo grupo se identifique población indígena, migrante, con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, capacidades y aptitudes sobresalientes, talentos específicos, en situación de enfermedad o riesgo de calle, o en otra condición de vulnerabilidad, con el fin de dar a conocer las evaluaciones realizadas y orientar a las madres, padres de familia o tutores de estos alumnos. Estas reuniones pueden ser programadas en el SIIE o SIIEWeb, según corresponda, tanto para el CTE Intensivo, como para las sesiones del CTE ordinarias 44. En las escuelas de Educación Secundaria, los docentes programarán reuniones de información de resultados, presididas por el docente tutor de grupo, en la fecha y hora que los directivos establezcan con el objeto de que las madres, padres de familia o tutores, estén informados del aprovechamiento escolar de sus hijos y tengan posibilidades de ofrecerles mejores apoyos para su aprendizaje. El maestro especialista de la UDEEI participará con los docentes en cuyo grupo se identifique población estudiantil indígena, migrante, con discapacidad, discapacidad múltiple, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, capacidades y aptitudes sobresalientes, talentos específicos, en situación de enfermedad o riesgo de calle, o en otra condición de vulnerabilidad que enfrenta barreras para el aprendizaje y la participación para informar a las familias el apoyo que se brinda a sus hijos desde la UDEEI. Estrategias para el seguimiento del aprovechamiento escolar. En cada CTE los docentes deberán definir las estrategias para el seguimiento del aprovechamiento escolar, con base en el nivel de participación de cada estudiante, así como las condiciones particulares de cada grupo, tales como casos de brotes epidemiológicos, ausentismo, acceso a recursos para el aprendizaje, entre otros. Para el caso de los estudiantes del nivel básico que por situación de enfermedad, hospitalización o asistencia a centro alterno terapéutico se ausenten de la escuela, el maestro de grupo con el subdirector de desarrollo académico 44 En la ruta SIIEWeb: Consejos Técnicos>Registro> Programa de Mejora Continua Ir al Aspectos índice Pedagógicos Guía operativa para la organización y funcionamiento de los servicios de educación básica, especial y para adultos de escuelas públicas en la Ciudad de México 27 elaborará un programa de trabajo en casa que integrará a su planeación de trabajo docente, con el fin de apropiarse de los contenidos y los procesos de desarrollo de aprendizaje, en corresponsabilidad con la Escuela de Innovación Pedagógica. Tu escuela en el hospital, si ésta cuenta con aula hospitalaria en el hospital donde el alumno recibe tratamiento médico. En el caso del CAM Laboral, cuando los alumnos y alumnas ingresen al Primer Ciclo, deberá informarse a los Padres de Familia, que las prácticas escolares se realizarán de manera oblig

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