Cuadro Resumen De Platerga PDF
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Summary
This document provides a summary of different levels of activation for the PLATERGA emergency response plan, detailing the procedures, scope, and geographical areas.
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NIVEL DE ACTIVACIÓN NIVEL 0 NIVEL 0E (DE ACTIVACIÓN ESPECIAL) NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL IG (INTERÉS GALLEGO) NIVEL 3 (INTERÉS NACIONAL) ÁMBITO GEOGRÁFICO DECLARACIÓN ¿COMO SE LLEGA A ESTA FASE? ACTIVACIÓN / DESACTIVACIÓN La propuesta se realizará según se indique en el PEMU del término munici...
NIVEL DE ACTIVACIÓN NIVEL 0 NIVEL 0E (DE ACTIVACIÓN ESPECIAL) NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL IG (INTERÉS GALLEGO) NIVEL 3 (INTERÉS NACIONAL) ÁMBITO GEOGRÁFICO DECLARACIÓN ¿COMO SE LLEGA A ESTA FASE? ACTIVACIÓN / DESACTIVACIÓN La propuesta se realizará según se indique en el PEMU del término municipal afectado. Por inicio súbito de la emergencia, situaciones que por evolución desfavorable puedan dar lugar a una situación de emergencia, y que puedan ser atendidas por medios locales o asignados al PEMU o PAM. Se producirá por ALC Local La propuesta del ALC del municipio afectado. La AXEGA deberá proponer al director del Plan su activación, una vez evaluado el riesgo, según el artículo 35 de la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de emergencias de Galicia. En aquellos casos en los que no exista PEMU homologado y la capacida d de respuesta por parte del municipio o municipios afectados no esté planificada. También se activará en aquellos casos en los que se presente una situación de emergencia que por su complejidad técnica, requiera alertar algún grupo operativo especializado ajeno al PEMU o PAM o a la competencia de la autoridad local, sin que se considere necesario activar el PLATERGA a nivel superior. Se producirá por un comité de dirección del que formarán parte ALC de los municipios afectados y un representante de la DX con competencias en materias de PC, en quien recaerá la dirección técnica de las operaciones siendo ALC el Director/a del Plan. Local o supralocal La propuesta partirá del técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia, del director del plan en el nivel inmediatamente anterior por iniciativa del director del plan. La AXEGA deberá proponer al director del Plan su activación, una vez evaluado el riesgo, según el artículo 35 de la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de emergencias de Galicia. Por evolución del nivel 0, inicio súbito de la emergencia, situaciones que por evolución desfavorable puedan dar lugar a una situación de emergencia, y que no puedan ser atendidas por medios locales o asignados al PEMU o PAM. La necesidad de activar elementos ajenos al PEMU o bien la necesidad de activar más de un PEMU (o bien, en el caso de no existir PEMU, de activar los medios locales de otro municipio distinto) también podrán dar lugar a la necesidad de activar el nivel 1. Local, supralocal, provincial o autonómico La propuesta partirá del técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia, del director del plan en el nivel inmediatamente anterior por iniciativa del director del plan. La AXEGA deberá proponer al director del Plan su activación, una vez evaluado el riesgo, según el artículo 35 de la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de emergencias de Galicia. Por evolución del nivel 1, por inicio súbito de la emergencia o los medios adscritos al PLATERGA en el nivel 1 sean insuficientes para contener la emergencia. La presencia de una emergencia cuya gravedad obligue a desplazar medios disponibles en cualquier punto de la Comunidad Autónoma, y no los más próximos, la alarma social generada y la afectación a varios municipios, bien limítrofes, bien distribuidos por toda la comunidad, podrá dar lugar a la activación del nivel 2. Local local, supralocal, provincial o autonómico local, supralocal, provincial, autonómico o nacional La iniciativa será de CONSPC. Por evolución de cualquier nivel del 0 al 2, por inicio súbito de la emergencia siempre que la especial gravedad o alarma social así lo requieran. Declarará el Interés Nacional el Titular del Ministerio de Interior, por propia iniciativa o a instancia de las C.A. o de los Delegados del Gobierno en las mismas. La activación y desactivación de esta Fase se producirá según lo previsto en la norma básica de Protección Civil, siendo el Director/a del Plan la persona habilitada para activar/ desactivar el mismo. En el caso de que varíen las circunstancias que provocaron la declaración del interés nacional, el representante de la Comunidad Autónoma, podrá instar la desactivación de dicho nivel, pasando a un nivel inferior de activación, en cuyo caso, la dirección del plan pasará a quien la ostente según el nivel que se declare. ELEMENTOS DE ACTIVACIÓN DIRECTOR/A DEL PLAN Se llega a esta fase por inicio súbito de la emergencia, o en situaciones, que por evolución desfavorable puedan dar lugar a una situación de emergencia y que puedan ser atendidos por los medios locales o asignados al PEMU. A este nivel, sin prejuicio de las funciones propias del CAE 112, se procurará la integración en CECOPAL del personal de la AXEGA necesario para la realización de las funciones asignadas en el plan. El CECOPAL se constituirá según lo indicado en el PEMU. ALC Debido a su complejidad técnica se requiere alertar algún grupo operativo especializado ajeno al PEMU o a la competencia de la autoridad local, sin que se considere necesario activar el PLATERGA a nivel superior. No tiene que constituirse necesariamente un CECOP específico para este nivel, pudiendo asumir las funciones el CAE 112 Galicia mediante la utilización de herramientas telemáticas. El Comité asesor será nombrado por la dirección del Plan en función de la naturaleza y gravedad de la emergencia. ALC en el comité de dirección con un representante de la D.X. de Protección Civil. Siendo ALC el Director del Plan. DELPC Medios adscritos al PEMU o a la autoridad local insuficientes para contener la emergencia o la competencia de la autoridad local, sin que se considere necesario activar el PLATERGA al nivel 2 o superior. DIRPC Medios adscritos al PLATERGA en el nivel 1 insuficientes para contener la emergencia, sin que se considere necesario activar el PLATERGA al nivel 3 La presencia de una emergencia cuya gravedad obligue a desplazar medios disponibles en cualquier punto de C.A., y en los más cercanos, la alarma social generada y la afectación a varios municipios, bien limítrofes, bien distribuidos por toda la comunidad, podrán dar lugar a la activación del nivel 2. Titular de la Presidencia de la Xunta Se activará según la Ley 5/2007, cuando se produzca una emergencia declarada como de interés gallego por el Consello da Xunta. La declaración de la emergencia de nivel IG es independiente de la extensión de la emergencia, siendo el único requisito la declaración como tal por el Consello da Xunta. Representante de la Administración del Estado, en comité de dirección con un representante de la Comunidad Autónoma designado por el Presidente de la Xunta de Galicia, recayendo en el representante del estado la Dirección. CECOP Se activará en las emergencias en las que está presente el Interés Nacional. A este nivel el CECOP se constituirá en la sede de la delegación de la consellería con competencias en materia de protección civil con apoyo del CAE 112. El Comité asesor estará compuesto por los miembros del comité provincial de coordinación operativa de Protección Civil designados por el director del plan en función de la naturaleza de la emergencia, pudiendo formar parte, además, aquellos miembros que la dirección del plan considere conveniente. A este nivel el CECOP se constituirá en el CAE 112, si bien se podrá establecer, en su caso, la conexión con la sala de crisis del gobierno de la Xunta de Galicia. El comité asesor estará compuesto por aquellos miembros del comité autonómico de coordinación operativa de Protección Civil designados por el director del plan en función de la naturaleza de la emergencia, pudiendo formar parte, además, aquellos miembros que la dirección del plan considere conveniente. A este nivel el CECOP se establecerá en el CAE 112 si bien se establecerá la conexión con la sala de crisis del gobierno de la Xunta de Galica. El comité asesor estará compuesto por un gabinete de crisis nombrado para tal efecto por el Director/a del Plan, incluyendo miembros del Consello da Xunta, designados por la Presidencia de la Xunta, entre los que estará necesariamente CONSPC. A este nivel el CECOPI se constituirá en el CAE 112, si bien se podrá establecer, en su caso, la conexión con la sala de crisis del gobierno de la Xunta de Galicia y con aquellas que de la Administración del Estado designe. El comité asesor estará compuesto por los mismos miembros que en el nivel 2 más todos aquellos miembros que designe el Director/a del Plan. DELPC DIRPC Titular de la Presidencia da Xunta Representante de la Administración del Estado, en comité de dirección con un representante de la Comunidad Autónoma designado por el Presidente de la Xunta de Galicia, recayendo en el representante del estado la Dirección. DIRECTOR/A DE OPERACIONES DIRECTOR/A DEL PMA Quien designe el PEMU, en su defecto, quien establezca el ALC Quien designe el PEMU Designado por la dirección del Plan El técnico de guardia del sistema integrado de Protección Civil de Galicia o aquel que designe el Comité de Dirección en función de la extensión y gravedad del suceso. DIRAGE El técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia. En el caso de que existan varios PMA, existirá la figura del director de operaciones, que asumirá DIRAGE. ¿A QUIEN SE DEBE INFORMAR? Dirección General con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento Podrá delegar en cualquier otra persona de su ayuntamiento que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. Grupos operativos especializados ajenos al PEMU Dirección General con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento Podrá delegar en cualquier otra persona de su ayuntamiento que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. Medios adscritos al PLATERGA en nivel 1 (locales y provinciales) Dirección General con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento y al alcalde o alcaldes de los municipios afectados. Podrá delegar en cualquier otra persona de su departamento que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. Medios adscritos al PLATERGA en nivel 2 (locales, provinciales y autonómicos) Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento y al alcalde o alcaldes de los municipios afectados. Podrá delegar en cualquier otra persona de su departamento que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. Podrá delegar en cualquier otra persona titular de una consellería que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. Podrá delegar en cualquier otra persona de su departamento que no ostente otra función dentro de ese nivel del Plan, de modo que la misma persona no pueda tener dos funciones a la vez. MEDIOS Medios adscritos al PEMU o a la competencia de la autoridad local XERAGE DIRAGE. En caso de que existan varios PMA existirá la figura del director de operaciones que asumirá XERAGE. XERAGE, cuya función principal será la de coordinar el o los PMA que se constituyeron DIRAGE. En el caso de existir varios escenarios, podrán crearse varios PMA, se designarán por parte de la Dirección del Plan, las personas que los dirijan. Medios adscritos al PLATERGA en nivel IG (locales, provinciales y autonómicos) Dirección General con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, a la dirección del Plan en el nivel o niveles superiores al que esté activado en cada momento y al alcalde o alcaldes de los municipios afectados. Quien designe el Director/a del Plan. Medios adscritos al PLATERGA en nivel 3 (locales, provinciales, autonómicos y estatales) Dirección General con competencias en materia de Protección Civil de la Xunta de Galicia, a la Axencia Galega de Emerxencias, al alcalde o alcaldes de los municipios afectados. Quien designe el Director/a del Plan DELEGACIÓN