Tema 1 - La Cultura del Docente Extremeño PDF
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Ruiz Cuetos, Juan Carlos
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Summary
Este documento proporciona una descripción general del organigrama de la Consejería de Educación y Empleo, incluyendo el Consejo de Dirección, el Gabinete de la Consejera, y la Secretaría General. Proporciona una breve descripción de las diferentes secciones y funciones de la estructura organizativa.
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Tabla de contenido {#tabla-de-contenido.TtuloTDC} ================== [[Organigrama de la Consejería de Educación y Empleo] 3](#organigrama-de-la-consejer%C3%ADa-de-educaci%C3%B3n-y-empleo) [[Consejo de Dirección] 3](#consejo-de-direcci%C3%B3n) [[Gabinete de la Consejera] 3](#gabinete-de-la-consej...
Tabla de contenido {#tabla-de-contenido.TtuloTDC} ================== [[Organigrama de la Consejería de Educación y Empleo] 3](#organigrama-de-la-consejer%C3%ADa-de-educaci%C3%B3n-y-empleo) [[Consejo de Dirección] 3](#consejo-de-direcci%C3%B3n) [[Gabinete de la Consejera] 3](#gabinete-de-la-consejera) [[Secretaría General] 3](#secretar%C3%ADa-general) [[Secretaría General de Educación] 4](#secretar%C3%ADa-general-de-educaci%C3%B3n) [[Dirección General de Personal Docente] 5](#direcci%C3%B3n-general-de-personal-docente) [[Organigrama de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional] 6](#organigrama-de-la-consejer%C3%ADa-de-educaci%C3%B3n-ciencia-y-formaci%C3%B3n-profesional) [[Ente Público Extremeño de Servicios Educativos (EPESEC)] 6](#ente-p%C3%BAblico-extreme%C3%B1o-de-servicios-educativos-epesec) [[Agencia Extremeña de Evaluación Educativa] 7](#agencia-extreme%C3%B1a-de-evaluaci%C3%B3n-educativa) [[Tipos de Centros Educativos] 8](#tipos-de-centros-educativos) [[Capítulo I - Principios Generales] 8](#cap%C3%ADtulo-i---principios-generales) [[Artículo 107 -- Régimen jurídico] 8](#art%C3%ADculo-107-r%C3%A9gimen-jur%C3%ADdico) [[Artículo 108 -- Clasificación de los Centros] 8](#art%C3%ADculo-108-clasificaci%C3%B3n-de-los-centros) [[Capítulo II -- Centros Públicos] 8](#cap%C3%ADtulo-ii-centros-p%C3%BAblicos) [[Artículo 111 -- Denominación de lo centros públicos] 8](#art%C3%ADculo-111-denominaci%C3%B3n-de-lo-centros-p%C3%BAblicos) [[Capítulo III -- Centros Privados] 9](#cap%C3%ADtulo-iii-centros-privados) [[Articulo 114 -- Denominación] 9](#articulo-114-denominaci%C3%B3n) [[Capítulo IV -- Centros Privados Concertados] 9](#cap%C3%ADtulo-iv-centros-privados-concertados) [[Artículo 116 -- Conciertos] 9](#art%C3%ADculo-116-conciertos) [[Familia Profesional: Informática y Comunicaciones] 9](#familia-profesional-inform%C3%A1tica-y-comunicaciones) [[Formación Profesional Básica] 9](#formaci%C3%B3n-profesional-b%C3%A1sica) [[Grado Medio] 9](#grado-medio) [[Grado Superior] 9](#grado-superior) [[Convocatoria de Interinidades y Oposiciones (2021)] 10](#convocatoria-de-interinidades-y-oposiciones-2021) [[Interinidades] 10](#interinidades) [[Oposiciones] 10](#oposiciones) [[Formación del Profesorado] 11](#formaci%C3%B3n-del-profesorado) [[Centro de Profesores y Recursos (CPR)] 11](#centro-de-profesores-y-recursos-cpr) [[Leyes de Educación] 11](#leyes-de-educaci%C3%B3n) [[Ley Orgánica de Educación (LOE)] 11](#ley-org%C3%A1nica-de-educaci%C3%B3n-loe) [[Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)] 12](#ley-org%C3%A1nica-para-la-mejora-de-la-calidad-educativa-lomce) [[Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE)] 14](#ley-org%C3%A1nica-de-modificaci%C3%B3n-de-la-loe-lomloe) [[Diferencias entre la LOE y la LOMLOE] 15](#diferencias-entre-la-loe-y-la-lomloe) **\ ** Organigrama de la Consejería de Educación y Empleo ================================================== Se basa en el real **DECRETO 154/2015, de 17 de julio**, donde se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. - CONSEJERA - CONSEJO DE DIRECCIÓN - GABINETE DE LA CONSEJERA - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DEL PERSONAL DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES - SECRETARÍA GENERAL DE EMPLEO - DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO - DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Consejo de Dirección -------------------- Compuesto por: un **Presidente** (Titular de la CEE), un **Secretario** (Jefe del Gabinete) y **Titulares de los diferentes órganos directivos**. Funciones: Deliberación y coordinación de los asuntos propuestos por la titular de la CEE. Gabinete de la Consejera ------------------------ Compuesto por: Personal eventual (**Jefe de Gabinete** y **Asesores**) Funciones: Órgano de asistencia política y técnica que ofrece asesoramiento y apoyo. Secretaría General ------------------ Funciones: - Preparación, tramitación e informe de las disposiciones de carácter general - Elaboración de estudios, planes y programas - Gestión del presupuesto de la Consejería y el control de su patrimonio - Administración del personal NO docente al servicio de la CEE - Tramitación de la contratación - La coordinación, dirección y organización del registro General y Auxiliares de la CEE Estructura: - Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior - Servicio de Gestión Económica del Área de Educación - Servicio de Informes, Normativa y Recursos del Área de Educación - Servicio Regional de Obras y Proyectos del Área de Educación - Servicio de Equipamiento - Servicio de Administración General del Área de Cultura - Servicio de Obras y Proyectos de Patrimonio Histórica Artístico - Servicio de Informes, Normativa y Documentación del Área de Cultura Secretaría General de Educación ------------------------------- Funciones: - Elaboración, seguimiento y evaluación de los planes generales de actuación, coordinando los procesos de obtención de datos para el análisis de la organización, funcionamiento y resultados de los centros, programas, servicios y actividades educativas. - Planificación y coordinación de la puesta en marcha del curso académico y del desarrollo de actividades escolares. - Coordinación y ejecución de las acciones encaminadas a la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación y recursos informáticos en los Centros Educativos. - Evaluación de las actuaciones educativas. - Coordinación y seguimiento de los programas para la mejora del éxito educativo, idiomas y fomento de la lectura. - La gestión de los planes de formación del profesorado. - Ordenación, coordinación y gestión de los Centros de Profesores y de Recursos. - Elaboración de normas y gestión en materia de escolarización del alumnado. - Elaboración de normas, planificación y ejecución de actuaciones en materia de convivencia escolar. - Gestionar la expedición de títulos y diplomas y organizar y gestionar el registro central de los mismo, así como las convalidaciones con otros estudios previos a la Universidad. - Promocionar la participación de las familias en la educación. - Propuesta para el establecimiento de los conciertos educativos, así como sus modificaciones, renovación o extinción. - Planificación y ejecución de los programas de becas y ayuda al estudio. Estructura: - Servicio de Tecnologías de la Información y Comunicación - Servicio de Innovación y Formación del Profesorado - Servicio de Inspección General y Evaluación. - Servicio de Coordinación Educativa. - Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centro Educativos - Servicios de Programas Educativos y Atención a la Diversidad - Delegación Provincial de Badajoz - Delegación Provincial de Cáceres ### Dirección General de Personal Docente Funciones: - Diseño de los criterios de reales para la programación y elaboración de plantillas y cuerpos del personal docente. - Asignación del profesorado. - Gestión y control de todo el personal docente en los diferentes aspectos de registro de personal, sistema para la provisión de los puestos de trabajo, convocatorias de empleo, nombramientos y ceses, reconociéndosela de situaciones administrativas, compatibilidades, permisos, licencias... - Propuesta de nombramiento de tribunales de oposición y concurso. - Acreditación del nombramiento y cese de los cargos directivos de los Centros Educativos - Elaboración y gestión de las nóminas, prestaciones, gastos sociales y documentos de cotizaciones de trabajo. - Coordinación del pago delegado al profesorado de los Centros Concertados. Estructura: - Servicio de Administración de Personal Docente - Servicio de Nóminas de Personal Docente - Servicio de Salud y Riesgos Laborales en Centros Educativos. Organigrama de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ========================================================================== Actualización del 2023, **Decreto 237/2023, de 12 de septiembre** - CONSEJERA - CONSEJO DE DIRECCIÓN - GABINETE DE LA CONSEJERA - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN **Y FORMACIÓN** - DIRECCIÓN GENERAL DEL PERSONAL DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, **INNOVACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA** ~~Y UNIVERSIDAD~~ - ~~DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES~~ - **DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDAD** - **ENTE PÚBLICO EXTREMEÑO DE SERVICIOS EDUCATIVOS** - **AGENCIA EXTREMEÑA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA *(Extinguida desde 8 de octubre del 2023)*** - SECRETARÍA GENERAL ~~DE EMPLEO~~ **DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN** - DIRECCIÓN GENERAL DE ~~TRABAJO~~ **LA UNIVERSIDAD** - ~~DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO~~ ### Ente Público Extremeño de Servicios Educativos (EPESEC) Funciones: - Ordenación, gestión y contratación de los asuntos relativos a las rutas de transporte escolar, acompañantes del servicio de transporte... - Ordenación, gestión y contratación de los asuntos relativos a los comedores escolares. Les corresponde el control del cumplimiento de las cláusulas y condiciones impuestas en los convenios, concesiones y autorizaciones que se produzcan. - Ordenación, gestión y contratación de los asuntos relativos a la apertura anticipada de los centros educativos, para la recepción de los escolares. - Ordenación, gestión y contratación de las actividades extrapolares. Ejecución de las tareas precisas para llevar a cabo las actividades formativas complementarias. - Gestión y contratación en la materia relativa a las actividades prestacionales o de servicio de la enseñanza. - El ejercicio de la función de inspección y tutela, así como la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de los bienes del dominio público adscritos al Ente. - Programar las inversiones necesarias para el cumplimiento de los fines atribuidos al Ente. - Cualquier otra tarea relacionada con los servicios educativos complementarios y, en especial, la relativa a las actividades extraescolares y demás actividades prestacionales o de servicio de la enseñanza, de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estructura: - Unidad de gestión de servicios complementarios - Unidad económica administrativa ### Agencia Extremeña de Evaluación Educativa Extinguida por el Decreto 182/2023, de 8 de octubre. Funciones: - Evaluar el grado de consecución de los objetivos educativos definidos explícitamente por la legislación y por el desarrollo específico de la misma que realice la Junta de Extremadura - Estudiar y Analizar que los diferentes de experimentación promovidos se adecuen a los objetivos del sistema educativo. - Evaluar el impacto de las reformas generales del sistema educativo. - Elaborará sistemas de evaluación y ponerlos en práctica, en relación con las diferentes enseñanzas reguladas. - Elaborar un sistema de indicadores que permita valorar la eficacia y eficiencia del sistema educativo - Organizar y desarrollas pruebas de diagnóstico de las diferentes enseñanzas - Evaluar las actividades docentes y colaborar, en la formación del profesorado, especialmente en temas relacionados con proyectos experimentales. - Informar a los diferentes sectores de la sociedad sobre la calidad, el funcionamiento y los resultados del sistema educativo. - Publicar y difundir los resultados de las evaluaciones realizadas. - Intercambiar información con otras Administraciones Educativas para facilitar la toma de decisiones - Cooperar con otras instituciones y organismos que tengan algún tipo de responsabilidad en la evaluación educativa. - Promover líneas de investigación, estudios... que puedan contribuir a favorecer la calidad y mejora de la enseñanza. - Analizar las demandas sociales a la educación y las necesidades educativas del alumnado, así como plantear propuestas innovadoras Estructura: - La Dirección de la Agencia - Comité Científico - La Unidad Técnica - La Unidad Económica-Administrativa Tipos de Centros Educativos =========================== Definidos en **Título IV -- Centros Docentes** de la **Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo** de Educación. Capítulo I - Principios Generales --------------------------------- ### Artículo 107 -- Régimen jurídico - Los centros docentes que ofrezcan enseñanza reguladas en esta ley, se regirán por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho de la Educación - Los Centros integrados y de referencia nacional de Formación Profesional, están dirigidas por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de las Formaciones Profesionales. ### Artículo 108 -- Clasificación de los Centros - Los centros docentes se clasifican en públicos y privados - Son centros públicos aquellos donde su titular es una administración pública. - Son centros privados aquellos donde su titular es una persona física o jurídica de carácter privado. - Son centros concertados aquellos centros privados acogidos al régimen de conciertos legalmente establecido. - La prestación del servicio público de la educación se realizará a través de los centros públicos y concertados. Capítulo II -- Centros Públicos ------------------------------- ### Artículo 111 -- Denominación de lo centros públicos - Escuelas infantiles - Colegios de educación primaria - Colegios de educación infantil y primaria - Institutos de educación secundaria (ESO, Bachillerato y FP) - Escuelas de arte (Ofrecen enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño) - Conservatorios (Ofrecen enseñanzas profesionales y elementales de música y danza) - Conservatorios o escuelas superiores de música y danza - Escuelas superiores de arte dramático - Escuelas superiores de conservación y restauración de bienes culturales - Escuelas superiores de artes plásticas - Escuelas superiores de diseño - Centros de educación especial (dirigidos a alumnos con necesidades educativas especiales) - Escuelas Oficiales de Idiomas Capítulo III -- Centros Privados -------------------------------- ### Articulo 114 -- Denominación - Los centros privados podrán adoptar cualquier denominación, excepto la que corresponde a centros públicos o pueda inducir a confusión con ellos. Capítulo IV -- Centros Privados Concertados ------------------------------------------- ### Artículo 116 -- Conciertos - Los centros privados que ofrezcan enseñanzas declaradas gratuitas y satisfagan necesidades de escolarización, podrán acogerse al régimen de conciertos. Estos deberán formalizar con la Administración educativa que proceda del correspondiente concierto. Familia Profesional: Informática y Comunicaciones ================================================= Formación Profesional Básica ---------------------------- - Informática y Comunicaciones - Informática de Oficina Grado Medio ----------- - Sistemas Microinformáticos y Redes Grado Superior -------------- - Administración de Sistemas Informáticos en Red - Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma - Desarrollo de Aplicaciones Web Convocatoria de Interinidades y Oposiciones (2021) ================================================== Interinidades ------------- *"Resolución del 17 de marzo 2012, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, u Maestro de Taller de Artes Plásticas y Diseño."* Las funciones de este tipo de resoluciones son: - Regular la provisión interina de vacantes o sustituciones de los cuerpos docentes no universitarios - Los interesados se integrarán en las listas de esperas ordenadas por cuerpo y por especialidad - 590 - Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria - 107 -- Informática + Titulaciones declaradas equivalentes - ~~591 -- Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional~~ (derogado por la resolución del 10 de noviembre del 2023) - 227 -- Sistemas y Aplicaciones Informáticas - La convocatoria de listas de espera tendrá una validez de 2 años - En cada convocatoria se establecerán dos procedimientos: - Integración por primera vez en las listas - Actualización de méritos - Para permanecer en las listas de espera es imprescindible presentarse a las pruebas selectivas. Oposiciones ----------- Los pasos a tener en cuenta a la hora de presentarse a una oposición son: - Conocer los requisitos generales y específicos - Conocer los procedimientos de ingreso: Libre, Reserva de discapacidad... - Pagar las tasas - Conocer la composición de los tribunales: 1 presidente y 4 vocales - Temarios - Fases de oposición y concurso Formación del Profesorado ========================= Centro de Profesores y Recursos (CPR) ------------------------------------- Es una institución pública con el objetivo de ofrecer apoyo, formación y recursos a los docentes y personales educativo para mejorar la calidad de la enseñanza en los centros. Sus funciones principales son: - **Formación del profesorado**: Organizar cursos, talleres, seminarios... con la idea de actualizar los conocimientos, habilidades pedagógicas y estar al día con las nuevas metodologías y tecnologías educativas. - **Recursos educativos**: Proporcionar materiales didácticos para ser utilizados en las aulas. Facilitar acceso a plataformas con recursos formativos. - **Innovación educativa**: Promover proyectos de innovación y desarrollo, ayudando a los docentes a implementar nuevas técnicas de procesos de enseñanza y aprendizaje. - **Asesoramiento y apoyo**: Con temas como planificación educativa, gestión de centros, resolución de problemas relacionados con la enseñanza... - **Colaboración entre docentes**: Facilitar el intercambio de experiencias, buenas prácticas y colaboración profesional. En Extremadura la herramienta para gestionar CPR se encuentra en la fuente www.educarex.es Leyes de Educación ================== Ley Orgánica de Educación (LOE) ------------------------------- Ley aprobada en 2006 que regula el sistema educativo desde infantil hasta secundaria, incluyendo también la educación superior no universitaria. Los objetivos principales de la LOE son: 1. Garantizar una educación de calidad para todos los estudiantes. 2. Regular el derecho de la educación, asegurando igualdad de oportunidades, no discriminación... 3. Modernizar el sistema educativo, para favorecer la innovación pedagógica y la adaptación a las necesidades de la sociedad actual. 4. Promover el desarrollo integral del alumnado, tanto en aspectos académicos, social y emocional. Sus principales características son: - **Educación infantil (0-6 años)**: Es de carácter voluntario y se organiza en dos ciclos de 0-3 y de 3-6, siendo el segundo ciclo gratuito. - **Educación primaria (6-12 años)**: Proporciona una educación básica desarrollando competencias esenciales. - **Educación secundaria obligatoria (ESO) (12-16 años)**: Etapa obligatoria y gratuita, su finalidad es obtener una formación básica, preparándolos tanto para el mundo laboral como para estudios superiores. - **Bachillerato (16-18 años)**: Voluntario, con carácter preparatorio para estudios universitarios, como para la FP de Grado superior. - **Formación Profesional (FP)**: Formación profesional para facilitar el acceso al mercado laboral con la adquisición de competencias profesionales. - **Atención a la diversidad y equidad**: Promueve medidas para atender las necesidades específicas del alumnado, especialmente en aquellos con dificultades de aprendizaje, discapacidad o en riesgo de exclusión social. - **Evaluaciones**: Introduce evaluaciones y controles de calidad para asegurar que los objetivos educativos se estén cumplimiento y validar que los alumnos están alcanzando las competencias necesarias. La LOE tuvo una modificación posterior en varios aspectos por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aprobada en 2013, que introdujo cambios en la estructura del sistema educativo y la manera de evaluar. Sin embargo, la LOE sigue siendo la base de la legislación educativa. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) ----------------------------------------------------------- Ley aprobada en 2013, que vino para reformar la LOE del 2006. Su objetivo principal fue introducir una serie de cambios en el sistema educativo, para mejorar los resultados académicos, reducir la tasa de abandono escolar y adecuar la educación a las demandas del mercado laboral y la sociedad actual. Se le conoce popularmente como la "Ley Wert", apellido del ministro de Educación que la promovió. Los objetivos principales de la LOMCE son: 1. Mejorar la calidad educativa haciendo el sistema más flexible, orientado la educación al empleo y a las competencias a adquirir. 2. Reducir el fracaso y el abandono escolar, estableciendo más mecanismos de evaluación y control de la calidad. 3. Adaptar el sistema educativo a las demandas del mercado laboral, fomentando la educación en competencias básicas, especialmente en áreas como tecnología, matemáticas, ciencias e idiomas. Las principales novedades de la LOMCE fueron: - **Evaluaciones externas y revalidas**: Se introdujo evaluaciones al final de la Educación Primaria y Secundaria, conocidas como "reválidas". Su objetivo era medir los conocimientos y competencias adquiridos por el estudiante. Al principio se estableció que las revalidas en la ESO y Bachillerato eran necesarias para la obtención de los títulos, aunque algunas fueron flexibilizadas al final. - **Itinerarios educativos en secundarias**: La LOMCE modificó la organización de la ESO, dividiéndola en dos ciclos. El segundo ciclo, establecía distinto itinerarios que orientaban a los estudiantes hacia Bachillerato o la FP, fomentando así una mayor especialización en fases más tempranas de la educación. - **Mayor peso en asignaturas troncales**: Asignaturas como matemáticas, lengua y ciencias se les dio más peso, reduciendo carga horaria en asignaturas optativas, como por ejemplo Educación para la Ciudadanía, que fue suprimida y sustituida por la asignatura de Valores Éticos. - **Promoción del bilingüismo**: Se fomento el aprendizaje de lenguas extranjeras (especialmente inglés), para mejorar la competitividad de los estudiantes españoles en un contexto internacional. - **Mayor autonomía de los centros educativos**: Se les dio a los centros educativos más flexibilidad para definir sus proyectos educativos y tomar decisiones sobre la organización de su oferta educativa. - **Refuerzo de la formación Profesional**: Se impulsó la FP básica para aquellos estudiantes que no se adaptaban correctamente al itinerario académico tradicional, ofreciendo una formación más práctica y orientada al empleo. La LOMCE fue una ley polémica, que tuvo como principales críticas: - **Imposición centralista**: La LOMCE fue criticada debido al aumento de control por parte del gobierno central, sobre el sistema educativo, reduciendo la capacidad de las comunidades autónomas en la gestión de la educación. - **Segregación temprana**: Fue vista por algunos como una manera de dividir de manera temprana entre quiene iban a la vía académica o profesional demasiado pronto. - **Reválidas**: Estas fueron percibidas como innecesarias generando preocupación en los estudiantes, ya que introducía más presiones en momentos claves de su educación. En 2020, la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE), conocida como "Ley Celaá", derogó gran parte de las medidas introducidas por la LOMCE, dando de nuevo un mayor protagonismo a los principios de la LOE. Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) ----------------------------------------------- Es una reforma de la ley educativa aprobada en noviembre de 2020. Modifica especialmente aspectos de la LOMCE, con el objetivo de revertir algunos cambios y reforzar principios como la equidad, la inclusión y la modernización del sistema educativo. Los objetivos principales de la LOMLOE son: 1. **Garantizar la equidad e inclusión educativa**: Busca que todos los estudiantes, sin importar su contexto socioeconómico, tengan acceso a una educación de calidad. 2. **Reducir la segregación y la desigualdad**: Pretende eliminar las barreras que generan desigualdades entre estudiantes, promoviendo la inclusión de todos en el sistema educativo (en especial los más vulnerables). 3. **Aumentar la participación de las Comunidades Autónomas y los centros** en la gestión de sus proyectos educativos. 4. **Modernización del currículo** para adaptarlo a los nuevos restos, como el uso de nuevas tecnologías, el desarrollo sostenible y las competencias del siglo XXI. Las principales características de la LOMLOE son: - **Derogación de las reválidas**: Se eliminan las evaluaciones externas introducidas por la LOMCE para validar los conceptos adquiridos en la ESO y Bachillerato y poder obtener el titulo. Las pruebas de diagnostico se mantendrán, pero no son necesarias para obtener el título. - **Itinerarios de la ESO**: Se elimina los itinerarios propuestos en la LOMCE, promoviendo ahora una educación más común y menos segregados hasta finalizar la etapa de la ESO. - **Titulación con materias suspensas**: La LOMLOE permite obtener el titulo de la ESO con asignaturas suspensas si el equipo docente considera que el alumno ha alcanzado lo objetivos generales. - **Religión**: Deja de ser evaluaba y no cuenta para el expediente académico. Alumnos que no cursan religión, tendrán la posibilidad de recibir una alternativa sin contenido confesional. - **Asignaturas troncales**: El enfoque de las asignaturas cambia para ser más integral. Educación en Valores Cívicos y Éticos vuelve a incorporarse en el currículo. - **Competencias de las Comunidades Autónomas**: Las CA refuerzan su papel, devolviéndolas más controles sobre el desarrollo curricular de las asignaturas que no son troncales. - **Admisión de alumnos**: La LOMLOE refuerza los mecanismos para evitar la segregación escolar, priorizando la equidad. - **Promoción de la coeducación**: La LOMLOE prohíbe la financiación pública de centros que no ofrezcan educación mixta. El objetivo es fomentar la igualdad de genero desde el sistema educativo. - **Fomento de la educación en competencias**: Se modifica el currículo para poner más énfasis en piezas claves como las competencias digitales, el desarrollo sostenible y el pensamiento crítico. - **Formación Profesional (FP)**: Se refuerza la FP con el objetivo de modernízalo y adaptarlo a las necesidades del mercado laboral actual. Se promueve la FP dual. En resumen, la LOMLOE revirtió muchos de los cambios introducidos por la LOMCE y reoriento el sistema educativo hacia un enfoque más exclusivo, equitativo y menos basado en la segregación, además de modernizar la educación y sus competencias a los retos del siglo XXI. Diferencias entre la LOE y la LOMLOE ------------------------------------ 1. **Evaluaciones externas** - LOE: No establece ninguna evaluación externa para obtener el titulo en ESO o Bachillerato. La evaluación era interna - LOMLOE: No impone evaluaciones externas para titular (elimina las revalidas de la LOMCE), pero mantiene evaluaciones diagnósticas en Primaria y Secundaria 2. **Itinerarios en la ESO** - LOE: No había itinerarios diferentes, los alumnos seguían un currículum común. - LOMLOE: Mantiene la educación común (elimina los itinerarios de la LOMCE para evitar la segregación temprana) 3. **Asignaturas de valores** - LOE: Introdujo "Educación para la Ciudadanía", centrada en valores democráticos y derechos humanos. - LOMLOE: Recupera la asignatura anterior, con el nombre "Educación en Valores Cívicos y Éticos", que añade los valores de desarrollo sostenible 4. **Asignatura de Religión** - LOE: Opcional y no contaba para el expediente académico. - LOMLOE: Opcional, pero refuerza que no sea evaluable ni cuente para el expediente académico. 5. **Promoción y titulación** - LOE: Permitía pasar de curso con dos asignaturas suspensa si el equipo docente lo consideraba oportuno. - LOMLOE: Permite promocionar con materias suspensas, siempre que el equipo docente considere que se han alcanzado los objetivos de la etapa. 6. **Admisión de alumnos** - LOE: Seguía criterios comunes, pro no controlaba tanto la segregación escolar. - LOMLOE: Refuerza las medidas para evitar la segregación escolar, priorizando la equidad y distribuyendo de forma más equitativa a los estudiantes con necesidades especiales. 7. **Financiación pública a centros que segregan por sexo** - LOE: No prohibía la financiación publica a centros que separaban los estudiantes por sexo. - LOMLOE: Prohíbe la financiación publica a centros que separen los estudiantes por sexos, apostando por la igualdad de genero. 8. **Competencias educativas** - LOE: Introdujo competencias básicas en el currículo educativo, como la competencia lingüística y matemática. - LOMLOE: Incluye competencias claves como la competencia digital, el desarrollo sostenible y el pensamiento crítico. 9. **Autonomía de los centros educativos** - LOE: Los centros educativos tenían autonomía para organizar parte de su oferta educativa, siempre dentro de los márgenes establecidos. - LOMLOE: Aumenta la autonomía de los centros, dándoles más margen para organizar su oferta educativa, pero siempre bajo los criterios de equidad y sostenibilidad. 10. **Formación Profesional (FP)** - LOE: Regulas la FP en grado medio y superior, sin grandes cambios estructurales. - LOMLOE: Moderniza la FP, fomentando la FP dual (alternar entre formación y empleo) y mejorando su adaptación a las necesidades del mercado laboral actual. Como resumen, podemos decir que la LOMLOE busca reorientar la educación hacia una mayor equidad, inclusión y modernización a los tiempos actuales, retomando principios de la LOE, abordando los nuevos retos del siglo XXI como la digitalización y la sostenibilidad, y revertiendo algunos cambios introducidos por la LOMCE.