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Edwin Jiménez,Alden Martín,Ediel López
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This document is a report on the 5th semester, covering topics such as legal definitions, rights and obligations, concepts, characteristics of norms, and the sources of law. It details different types of law and the steps in the legislative process. The author lists different sources such as acts and materials.
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Creado por: Edwin Jiménez 3°8° Alden Martín 3°6° Ediel López 3°6° Prepa dos Apoyo espiritual: @rodrigoescveg Apoyo moral de André ff papá DERECHO en la vida ciudadana INFORME DEL 5TO SEMESTRE...
Creado por: Edwin Jiménez 3°8° Alden Martín 3°6° Ediel López 3°6° Prepa dos Apoyo espiritual: @rodrigoescveg Apoyo moral de André ff papá DERECHO en la vida ciudadana INFORME DEL 5TO SEMESTRE Definición de derecho Se puede señalar que el término derecho puede referirse desde varios puntos de vista, tales como: En general se entiende por Derecho, el conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está prevista de una sanción judicial. El Derecho, desde el punto de vista doctrinario, es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los hombres en sociedad. “El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia” Fines del derecho Seguridad: Se refiere a la necesidad de un régimen estable que elimine la arbitrariedad, garantizando normas claras y el cumplimiento de las mismas. La seguridad ofrece la certeza de que la persona, sus bienes y derechos no estarán expuestos a ataques violentos, y en caso de ocurrir, se asegurará protección y reparación. Justicia: Es la adaptación de la conducta humana a las exigencias de la vida social. Como virtud, la justicia es el hábito de dar a cada quien lo que le corresponde, según lo entendido por Santo Tomás, donde "lo suyo" se refiere a lo que le pertenece en relación con los demás. Bien Común: Es el conjunto de condiciones sociales que permiten a la persona cumplir su destino natural y espiritual, facilitando una vida en comunidad. Incluye los recursos necesarios para el sustento y desarrollo de la vida corporal, así como la paz. Conceptos Utilidad del derecho: Organizar a la sociedad y evitar conflictos. Justicia: Darle a cada quien lo que le corresponde. Visión: Paz mundial. Autoridad: Es la fuerza superior a los miembros del grupo que tiene a su cargo la solución de los conflictos interhumanos. Tipos de corriente Naturalista: Todo el derecho es justo. Positivista: Todo el derecho es escrito o promulgado. Realista: Son las normas que realmente se cumplen. Características de las normas Las normas que se describieron en el subtema anterior se clasifican de acuerdo con su ámbito de aplicación en relación con la conducta del hombre, siendo: unilateralidad, bilateralidad, interioridad, exterioridad, incoercibilidad, coercibilidad, autonomía, heteronomía, conceptos que se desglosan a continuación. Unilateralidad Las normas unilaterales no establecen un sujeto encargado de exigir el cumplimiento de las obligaciones al destinatario, ya que solo otorgan facultades o imponen obligaciones sin la intervención de otra parte para su ejecución, como ocurre en el caso de un poder notarial, un convenio o un contrato. Bilateralidad Las normas establecen una relación de derechos y obligaciones, donde cada parte puede exigir el cumplimiento de la otra. Por ejemplo, en un contrato de compraventa, el vendedor debe entregar el bien y el comprador pagar, o viceversa, el comprador puede exigir la entrega del bien tras pagar. Interioridad El individuo actúa según su propia conciencia de lo que considera bueno o malo, sin importar el resultado material de su conducta. Un ejemplo de esto es contraer matrimonio dos veces con diferentes personas, donde, aunque el Código Civil lo impide, la persona no le da importancia al divorcio previo, ya que para él fue una acción considerada correcta según su criterio. Exterioridad Estas normas se centran en el resultado de la conducta, no en la intención del sujeto. Por ejemplo, un homicidio es sancionado sin importar si la acción fue motivada por misericordia, ya que el hecho de matar sigue siendo punible. Autonomía Estas normas son creadas por la conciencia misma del individuo que habrá de obedecerlas, con el fin de regular su propia conducta, por ejemplo: bañarse todos los días e ir al trabajo. Incoercibilidad La aplicación de esta norma depende de la voluntad del individuo y no puede ser forzada por el Estado. Por ejemplo, nadie puede obligar a una persona a ir a misa ni castigarlo por no cumplir. Heteronomía Son las reglas que enfrenta una persona, provienen del medio externo, es decir, son creadas por entidades distintas al destinatario de la norma, ejemplo: Las reglas que se aplican al tránsito de vehículos en una ciudad fueron creadas por personas ajenas a quien usualmente conduce su automóvil. Coercibilidad El cumplimiento de esta norma se exige al individuo, incluso contra su voluntad y con el uso de la fuerza, como en el caso de un padre que debe alimentar a sus hijos menores, y la norma lo sanciona si no lo cumple. AMMC Las Normas y su clasificación Normas morales Son reglas de conducta que provienen de nuestro interior, ya sea del bien y del mal y que, por lo tanto, únicamente nuestra conciencia será la que nos exija su cumplimiento. Ejemplo: no ayudar a una persona de la tercera edad a cruzar la calle. Unilaterales Interiores Autónomas Incoercibles Normas religiosas Provienen de los dogmas que recibimos en el estudio o la práctica de creencias divinas y cuya observancia o desobediencia no será premiada o reclamada por el creador o ser divino en el que creemos. Ejemplo: ir a misa los domingos y dar limosna. Heterónomas Unilaterales Internas Incoercibles Normas sociales Son reglas de comportamiento que nos impone el grupo social al que pertenecemos como requisito para ser bien recibido en su entorno y que si no son acatados traería como consecuencia el menosprecio o repudio del grupo social. Ejemplo: vestirse de etiqueta en una reunión de clase alta y comportarse con cortesía. Unilaterales Externas Incoercible Heterónomas Normas jurídicas Son reglas de conducta expedidas por el poder público para regular la pacífica convivencia de los seres humanos integrantes de una sociedad y cuya observancia no está sujeta a la aceptación o no por parte del destinatario, ya que, si éste no cumple, puede verse forzado a cumplirlas por medio de la coacción, haciendo uso de la fuerza que tiene el Estado. Ejemplo: la aplicación de una sanción por el Código Penal de determinada entidad si una persona mata a otro ser humano. Bilaterales Externas Coercibles Heterónomas Fuentes del Derecho Fuentes reales o materiales Son los hechos o acciones del presente que al suceder generan consecuencias del derecho ( derechos y obligaciones). Actos jurídicos: es una manifestación de voluntad hecha con la intención de producir efectos jurídicos, es decir, crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Por ejemplo, cuando firmas un contrato de alquiler, estás realizando un acto jurídico porque estás creando derechos y obligaciones tanto para ti como para el arrendador. Hechos jurídicos: son acontecimientos que, independientemente de la voluntad humana, producen efectos jurídicos. Estos pueden ser naturales, como un terremoto que destruye una propiedad, o humanos, como el nacimiento de una persona. A diferencia de los actos jurídicos, los hechos jurídicos no requieren una intención específica para generar consecuencias legales. Fuentes históricas Son documentos y registros del pasado que contienen normas jurídicas ya no vigentes, pero que ayudan a entender la evolución del derecho. Ejemplo: Papiros antiguos, publicaciones oficiales como el Diario Oficial de la Federación. O por ejemplo en la Revolución Mexicana, que influyó en la creación de la Ley Agraria. Fuentes Formales Son procedimientos para la formación de normas que regulan la convivencia humana. Así pues, las fuentes formales del derecho son: a) La legislación. b) La costumbre. c) La jurisprudencia. d) La doctrina. e) Los principios generales del derecho. Legislación Es el conjunto de leyes y normas dictadas por las autoridades competentes, como el Congreso o el Parlamento, que regulan el comportamiento de los individuos en una sociedad. Ejemplo: La Constitución de México. Costumbre Es una práctica social repetitiva que, con el tiempo, se convierte en una norma jurídica aceptada por la comunidad. Se aplica en ausencia de una ley específica. Ejemplo: Las costumbres mercantiles en el comercio. Jurisprudencia Es el conjunto de decisiones y sentencias emitidas por los tribunales al interpretar y aplicar las leyes. Estas decisiones crean precedentes que guían futuros casos similares. Ejemplo: Las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México. Doctrina Son opiniones de expertos en Derecho (juristas, expertos en Derecho) sobre la interpretación de determinadas leyes. Los abogados las utilizan generalmente en los alegatos para tratar de convencer al juez aunque no esté obligado a acatarla. Etapas del Proceso Legislativo 1.Iniciativa: Consiste en presentar un proyecto de ley ante el Congreso correspondiente. Si es una ley estatal pueden presentar la iniciativa los diputados y el gobernador y si es una ley federal: diputados, senadores y Presidente de la República 2.Discusión: En el congreso correspondiente se forman dos cámaras. La cámara de origen presenta la iniciativa de ley y establece puntos a favor y la cámara revisora establece las observaciones o puntos en contra. 3.Aprobación: Cuando las dos cámaras ya se pusieron de acuerdo y mandan el proyecto de ley al poder ejecutivo correspondiente. 4.Sanción: Es la firma del poder ejecutivo donde da su visto bueno y ordena su publicación. El poder ejecutivo puede no estar de acuerdo y enviar de regreso con sus observaciones el proyecto de ley para una nueva discusión, a esto se le llama derecho de veto. 5.Promulgación: Orden del poder ejecutivo para la publicación. 6.Publicación: Consiste en difundir la nueva ley en el diario oficial del Estado o en el diario oficial de la Federación. 7. Inicio de vigencia: Es la fecha en la que entra en vigor la nueva ley y esta puede calcularse bajo 2 métodos: Método sincrónico: Es una fecha exacta para todos los lugares. Método sucesivo: Entra en vigor en fechas distintas dependiendo de la distancia de separación que se tenga con el lugar de publicación. Se calcula bajo la siguiente fórmula: Fecha de publicación + 3 días + 1 día más por cada 40km o fracción que exceda la mitad. Ejemplo: Publicó en Mérida 1 enero de 2024. Valladolid está a 101km de Mérida. 1 enero 2024 + 3 días + 3 días 7 enero de 2024 Tipos de derecho Derecho Natural: es una parte de la moral que regula la conducta social de los seres humanos, vinculada a la justicia y al bien común. Es un verdadero derecho porque es obligatorio para todos en la sociedad. Aunque sus principios son inmutables y universales, sus aplicaciones pueden variar según las circunstancias. En resumen, el Derecho Natural consiste en principios basados en la equidad, la justicia y el sentido común, que deben ser seguidos incluso por los legisladores, y surge de las necesidades biológicas, racionales y sociales del ser humano. Derecho Objetivo. - Es el conjunto de normas de un Estado, accionado por la maquinaría jurídica que se integra por normas que confieren derechos e imponen obligaciones a los individuos sometidos a un régimen legal. Derecho Subjetivo. - Al existir un sujeto obligado, se otorga el poder o facultad a una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan. A este conjunto se le considera el derecho subjetivo. Derecho adjetivo. - Es considerado el derecho de forma, constituye el conjunto de normas y principios que rigen las normas y que regulan la utilización de las facultades del Estado, y se aplican en el derecho procesal. Tipos de Derecho Derecho Vigente. - Es el conjunto de normas imperativas y atributivas que en un país y dentro de una época determinada, la autoridad facultada las declara como obligatorias. Derecho Sustantivo. - Es considerado el derecho de fondo, que se constituye por el conjunto de normas jurídicas que establece los derechos y las obligaciones de las personas. Derecho Positivo. - Se constituye por las normas que son aplicadas en un tiempo y lugar determinado. La positividad se materializa con el acatamiento de la norma jurídica. Cuando es vigente es obligatoria. Derecho Público. - Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y con otros Estados. Derecho Privado. - Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen las relaciones de los particulares entre sí. Clasificación del derecho - Derecho Público: Regula las relaciones entre el Estado ("Jefe" de un país) y los particulares (las personas) - Derecho Constitucional: Establece la estructura del Estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos. Ejemplo: La Constitución establece que todos tienen derecho a la educación. Esto significa que el Estado debe garantizar escuelas y universidades para todos. - Derecho Administrativo: Regula la organización y funcionamiento de la administración pública. Ejemplo: Si quieres abrir un negocio, debes seguir las regulaciones administrativas, como obtener una licencia de funcionamiento. -Derecho procesal: Se refiere a las normas y procedimientos que deben seguirse para resolver conflictos en los tribunales. Ejemplo: presentarse a una demanda - Derecho Penal: Robar es un delito según el Código Penal, y quien lo haga puede ser castigado con prisión. - Derecho Fiscal: Regula los impuestos y contribuciones. Ejemplo: Todos deben pagar impuestos sobre sus ingresos, como establece la ley fiscal. - Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre Estados y organismos internacionales. Ejemplo: Tratados internacionales. Derecho privado El derecho privado es el conjunto de normas que regula las relaciones entre personas particulares. Se enfoca en cómo los ciudadanos interactúan entre sí en igualdad de condiciones. Características Principales Derecho Positivo: Son leyes escritas y explícitas. Relaciones entre Particulares: Regula actividades y relaciones entre ciudadanos, no involucra al Estado como autoridad. Principios Fundamentales Autonomía de la Voluntad: Las personas interactúan libremente sin coacción, engaño o violencia. Ejemplo: Firmar un contrato de alquiler voluntariamente. Igualdad ante la Ley: Todos los individuos están sujetos a las mismas leyes y no pueden exigir nada sin un acuerdo mutuo. Ejemplo: Dos personas compran y venden un coche bajo las mismas condiciones legales. Derecho privado Regula las relaciones entre particulares. Derecho Civil: Regula las relaciones personales y patrimoniales entre individuos. Ejemplo: Las leyes sobre matrimonio y herencias. Si compras una casa, el contrato de compraventa está regulado por el derecho civil. Derecho Mercantil: Regula las actividades comerciales. Ejemplo: Las leyes sobre sociedades mercantiles. Las empresas deben registrarse y cumplir con las leyes mercantiles para operar legalmente. Derecho Internacional Privado: Regula las relaciones entre particulares de diferentes países. Ejemplo: Las leyes que determinan qué legislación aplicar en un contrato internacional. Derecho social El derecho social es una rama del derecho que busca proteger y garantizar la igualdad entre las personas, especialmente en las clases sociales más vulnerables. Se enfoca en asegurar que todos tengan los mismos derechos y oportunidades. Origen - Constitucionalismo Social: Surgió para aumentar los derechos y garantías de los sectores más desfavorecidos, especialmente después de la Revolución Industrial. Objetivos - Proteger e Integrar: Asegura el comportamiento adecuado y protege a los individuos en la sociedad y en el trabajo. - Flexibilizar Derechos: Busca aumentar y flexibilizar los derechos y garantías de los sectores más afectados. Características del Derecho Social: 1. Producto cultural y humano: - El derecho social surge de las necesidades y valores de la sociedad. Ejemplo: Leyes que protegen a los trabajadores. 2. Múltiples funciones instrumentales: - Cumple varias funciones prácticas en la sociedad. Ejemplo: Regulación de salarios y condiciones laborales. 3. Objeto dinámico: - Evoluciona y cambia con el tiempo. Ejemplo: Actualización de leyes de seguridad social. 4. Proceso continuo: - Se desarrolla y mejora constantemente. Ejemplo: Reformas laborales periódicas. 5. Sistema organizado: - Tiene un conjunto de normas bien estructurado. Ejemplo: Constitución, leyes y reglamentos. 6. Basado en la realidad social: - Refleja las condiciones y necesidades reales de la sociedad.Ejemplo: Leyes adaptadas a la situación económica actual. 7. Equilibrio de intereses: - Busca balancear los intereses de diferentes grupos sociales.Ejemplo: Negociaciones entre empleadores y empleados. 8. Promoción del orden social: - Establece valores para mantener la armonía en la sociedad. Ejemplo: Normas contra la discriminación en el trabajo Derecho social Protege a los grupos más vulnerables y regula las relaciones laborales y sociales. Derecho Laboral: Regula las relaciones entre trabajadores y empleadores. Ejemplo: Las leyes sobre salarios mínimos. Derecho de la Seguridad Social: Garantiza el acceso a servicios básicos como salud y pensiones. Ejemplo: Las leyes de seguridad social. Derecho Agrario: Regula la propiedad y explotación de tierras agrícolas. Ejemplo: Las leyes sobre reforma agraria. Derecho migratorio: se refiere a las leyes y regulaciones que controlan la entrada, estancia y salida de personas en un país. Ejemplo: solicitud visa de turista. Permiso de residencia. Clasificación de los derechos que se encuentran en las garantías individuales de la Constitución: Derechos civiles y políticos: a) Igualdad: Son los derechos que buscan que las personas sean tratadas por igual. b) Libertad: Son los derechos que reconocen la autonomía de las personas. c) Seguridad jurídica: Son los derechos que establecen límites en el actuar de las personas. d) Políticos: Son los derechos que tienen las personas para votar y ser votados. Derechos económicos, sociales y culturales: Son los derechos que el Estado establece para el desarrollo íntegro de las personas. De los pueblos y naciones de la solidaridad: Se refieren a la protección de los grupos indígenas reconociendo la multiculturalidad de México. Orden jurídico de las normas Así queda el orden de las normas jurídicas: 1. Constitución Nacional. 2. Leyes o normas generales. 3. Reglamentos. 4. Negocios y actos jurídicos (actos, estamentos) 5. Sentencias judiciales y resoluciones administrativas. Orden jurídico de las normas Jerarquía de las leyes en México Estado de Derecho El Estado de Derecho es un sistema en el que todas las personas, instituciones y autoridades están sometidas a la ley, garantizando que se respeten los derechos y libertades fundamentales. En este sistema, las leyes son claras, públicas, y aplicadas de manera imparcial, asegurando que el poder no se ejerza de forma arbitraria. Soberanía: Capacidad y facultad de un pueblo de autogobernarse. La soberanía reside en el pueblo pero se ejerce por medio de sus gobernantes, a través de los Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) Formas de gobierno Artículo 40 constitucional: Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática y federal compuesta por Estados libres y soberanos en su régimen interior pero unidos en una misma federación en su régimen exterior. República: Es un presidente que cambia cada determinado tiempo y no hereda el poder. República representativa: Porque los gobernantes son elegidos por y del pueblo. República representativa democrática: El pueblo elige a sus gobernantes. Federal: Porque son Estados unidos para hacer frente al exterior, pero cada estado internamente es soberano. Poderes del Estado Poder Ejecutivo: Es el encargado de la recaudación y administración de los recursos públicos para satisfacer las necesidades de la población. -El poder Ejecutivo Estatal es el gobernador del Estado. -El poder Ejecutivo Federal es la presidenta de la república. Poder Legislativo: Es el encargado de la creación y modificación de las leyes. También aprueban la ley de ingresos y egresos. a)El poder legislativo Federal está formado por la Cámara de diputados federales (500) y la Cámara de Senadores (128). En conjunto se llaman Congreso de la Unión. b)Poder Legislativo Estatal: Está formado por 35 diputados estatales y se llama Congreso del Estado. Poder Judicial: Es el encargado de ver que se apliquen y cumplan las leyes. Está integrado por tribunales, magistrados y jueces. a)El poder Judicial Estatal, su máximo representantes es el Tribunal Superior de Justicia del Estado. b)El poder Judicial Federal, su máximo representantes es la Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN). Competencia del Estado Federal )Ejecutivo Federal: A cargo del presidente de la república. Encargado de administrar el poder y aplicar la ley a a nivel nacional. b)Legislativo Federal: 500 diputados federales y 128 senadores a cargo de la elaboración y aprobación de leyes a nivel nacional y de modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. c)Judicial Federal: Resuelven las controversias causadas por la aplicación de la ley entre ciudadanos y funcionarios públicos de nivel Federal. Estatal a)Ejecutivo Federal: A cargo del gobernador del estado. Encargado de hacer cumplir las leyes elaboradas por el Poder Legislativo Estatal, y es elegido mediante el voto popular. b)Legislativo Federal: A cargo del Congreso del Estado. Estudian los proyectos de leyes que ellos mismos elaboran o se les envía por parte del Gobernador del Estado. Después de ser analizadas las propuestas, estas son aprobadas en la cámara y posteriormente promulgados. a)Judicial Federal: A cargo de Jueces y Magistrados. Son responsables de interpretar las leyes y decidir quién tiene la razón cuando se suscitan problemas entre las autoridades y los ciudadanos, o en ocasiones, entre las autoridades a nivel estatal. Competencia del Estado Municipal )Ejecutivo municipal: A cargo del presidente municipal o alcalde y busca la administración y a aplicación de la ley a nivel municipal, como leyes de tránsito o municipales. b)Legislativo municipal: Conformado por regidores qué en conjunto forman el Cabildo, el cual es el órgano máximo de autoridad a nivel municipal y su función es la creación y modificación del reglamentos municipales, como el de tránsito o de construcción.. Ciudadanía Condición de pertenencia legal, social y cultural de un individuo a una comunidad organizada, como puede ser un país o una ciudad. En México: En México, la ciudadanía se define como una persona oficialmente reconocida como miembro del país. En México, la ciudadanía se caracteriza por dar un sentido de pertenencia a las personas hacía la nación. Igualmente, los ciudadanos participan en la vida pública del país, aportando al momento de la toma de decisiones en diferentes ámbitos de la nación, tales como la cultura, deportes, economía, política, entre otros de suma importancia para México. Poseen los siguientes derechos: Votar en las elecciones, al igual que en consultas populares sobre temas sociales. Poder tomar armas en el ejército o guardia nacional. Asociarse individual y libremente sobre los asuntos políticos. Poder ser votado para cargos y poder formar parte del gobierno de una u otra forma. Poder ejercer el derecho de petición en toda clase de negocios. Poseen obligaciones tales como: Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados. Alistarse en la Guardia Nacional. Inscribirse en el catastro de la municipalidad manifestado la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo del que subsista Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado Votar en las elecciones populares. Para la ciudadanía hay requisitos tales como: Tener al menos 18 años de edad. Haber vivido en México durante un período específico. Demostrar conocimientos sobre la cultura y la historia de México. Cumplir con ciertos requisitos legales. GRACIAS @al_mc29 @_edwinjmnz @is_edi_ YEEZY @rodrigoescveg