🎧 New: AI-Generated Podcasts Turn your study notes into engaging audio conversations. Learn more

Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...

Document Details

VirtuousForethought9252

Uploaded by VirtuousForethought9252

Tags

standards normalization industrial engineering quality control

Full Transcript

Unidad 1 Normalización 1.1. Definición y Concepto de Normalización. Es el proceso de ajustar o adaptar ciertas características en un producto, servicio o procedimiento a fin de que estos se asemejen a un tipo, modelo o norma en común. La normalización, también conocida como estandarización, permi...

Unidad 1 Normalización 1.1. Definición y Concepto de Normalización. Es el proceso de ajustar o adaptar ciertas características en un producto, servicio o procedimiento a fin de que estos se asemejen a un tipo, modelo o norma en común. La normalización, también conocida como estandarización, permite crear normas o estándares que establecen las características comunes que deben cumplir los productos en todo el mundo. Es decir, que su manufactura o fabricación debe ser de la misma forma en México, Estados Unidos, China, o en cualquier otro país. Es también una actividad técnica especializada que permite que las pequeñas y medianas empresas nacionales puedan acceder a mercados internacionales; contribuye a reducir los costos de producción; y facilita el avance de nuevas tecnologías. Algunos ejemplos de normalización son aplicables a productos como: Audífonos: Los auriculares tienen dos formas de conectarse; alámbrica e inalámbrica. Ambas opciones están estandarizadas para que sean universales. Semáforos: Existen diferentes tipos, pero siempre cuentan con los colores que todos conocemos y que utilizamos en cualquier parte del mundo para recibir las mismas indicaciones. Tarjetas bancarias: Están hechas con un material de plástico con medidas y características universales. De esta forma pueden ser utilizadas en cualquier cajero automático o terminal de tiendas y restaurantes de cualquier país. Puertos USB: Es el nombre de la conexión que se encuentra en diversos aparatos electrónicos fabricados en cualquier parte del mundo, lo que permite compartir información con facilidad. En México, la normalización está plasmada en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de carácter obligatorio, elaboradas por dependencias del Gobierno Federal y las Normas Mexicanas (NMX) de ámbito primordialmente voluntario, promovidas por la Secretaría de Economía y el sector privado, a través de los Organismos Nacionales de Normalización. Gobierno de México. (2019, 23 de febrero). ¿Sabes qué es la normalización? Secretaría de Economía. https://www.gob.mx/se/articulos/sabes-que-es-la-normalizacion-192107?idiom=es. Normalización: La normalización es la actividad que fija las bases para el presente y el futuro, esto con el propósito de establecer un orden para el beneficio y con el concurso de todos los interesados. En resumen, la normalización es, el proceso de elaboración y aplicación de normas; son herramientas de organización y dirección. La Asociación Estadounidense para Pruebas de Materiales (ASTM, por sus siglas en inglés) define la normalización como el proceso de formular y aplicar reglas para una aproximación ordenada a una actividad específica para el beneficio y con la cooperación de todos los involucrados. Norma: La norma es la misma solución que se adopta para resolver un problema repetitivo, es una referencia respecto a la cual se juzgará un producto o una función y, en esencia, es el resultado de una elección colectiva y razonada. Prácticamente, norma es un documento resultado del trabajo de numerosas personas durante mucho tiempo, y normalización es la actividad conducente a la elaboración, aplicación y mejoramiento de las normas. Especificación: Una especificación es una exigencia o requisito que debe cumplir un producto, un proceso o un servicio, ya que siempre el procedimiento por medio del cual puede determinarse si el requisito exigido es satisfactorio. Una especificación puede ser una norma, pero generalmente es parte de una norma, por ejemplo: el contenido de humedad de un producto es una exigencia que es cumplir, pero la norma puede tener más exigencias. Objeto de la normalización: Todo aquello que puede normalizarse o merezca serlo es objeto de la normalización; abarca desde conceptos abstractos hasta cosas materiales, por ejemplo: unidades, símbolos, términos, tornillos, leche, agua, equipos, máquinas, telas, procedimientos, funciones, bases para el diseño de estructuras, sistemas para designar tallas y tamaños de ropa, zapatos, listas, dibujo técnico, documentación, etcétera. Principios básicos de la normalización: La normalización técnica, como cualquier actividad razonada, cuenta con principios básicos, los cuales son producto, en parte, de la actividad de la STACO, organismo creado por la Organización Internacional para la Normalización (ISO) que se dedica a estudiar y establecer los principios básicos para la normalización. Cuando iniciamos un trabajo de normalización y tenemos que situar a nuestro objeto por normalizar en un contexto general, nos vienen a la mente una serie de relaciones que es necesario definir y catalogar por importancia, de aquí surge el concepto de espacio de la normalización. González González, C., & Zeleny Vázquez, J. R. (1995). Normas y normalización (Capítulo 2, pp. 25- 26). En Metrología. McGraw Hill. 1.2. Espacio de Normalización. El concepto de espacio de la normalización permite primero identificar y después definir a una norma por medio de su calidad funcional y apoyándose en varios atributos a la vez, las cuales están representados por tres ejes: aspectos, niveles y dominio de la normalización (Fig. 1.2.1). Este concepto de espacio tiene como único fin ilustrar tres atributos importantes de la problemática de la normalización. Es pertinente aclarar que este espacio no puede tomarse como un espacio matemático de variables continuas ni discretas. Han sido propuestas varias modificaciones a este espacio, por ejemplo: se agregó la cuarta dimensión relacionada con el tiempo de estudio de la norma y su aplicación. Pero ninguna de estas cuatro dimensiones dan una identidad que abarque su funcionalidad. Objetos de la normalización: - Cantidades, unidades y factores de conversión: - Mecánicas, eléctricas, magnéticas, acústicas, caloríficas, luminosas, parámetros dimensionales, números preferentes. - Normas Básicas. - Símbolos: - Símbolos gráficos sobre: orientación, seguridad, productos, materiales, equipos, herramientas, etcétera. - Normas de Símbolos. - Nombres: - Términos usados en la fabricación, instalación, utilización, diseño, funcionamiento, servicio, profesión, etcétera. - Normas de Nomenclatura o Glosario. Objetos de la normalización: - Productos: - Materias primas, subproductos, productos terminados. - Normas de Calidad. - Métodos: - De prueba, instalación, funcionamiento, muestreo, transporte, manejo, selección, almacenaje, diseño, seguridad, etc. - Normas de Métodos o Manuales. - Funciones: - De personas, sistemas, herramientas, máquinas, equipos, etc. - Manuales. González González, C., & Zeleny Vázquez, J. R. (1995). Normas y normalización (Capítulo 2, p. 27). En Metrología. McGraw Hill. Existen otras dimensiones que influyen sobre la calidad funcional de una norma y, por lo tanto, sobre la contribución de la normalización al progreso industrial y al bienestar de nuestra sociedad. La modificación más interesante, propuesta por el doctor H. C. Visvesraya, presenta los siguientes atributos abstractos de calidad funcional: El contenido tecnológico de las normas que él llama orientación tecnológica. La naturaleza de la interfaz considera por la norma para la transferencia de tecnología, ala cual llama interfaz de transferencia. El sistema sociotécnico-económico al cual pertenece la norma, a la cual llama status de sistema. Z Niveles - Alimentación - Construcción Internacional - - Metalúrgica - Transportes - Agricultura - Educación - Ingeniería - Comercio Regional - - Celulosa - Química - Bosques - Textiles - Minería - Ciencia Nacional - Asociación - Empresa - X Dominio (Sujeto) Y Aspectos (que se incluyen en la norma) Figura 1.2.1. Espacio de normalización. Dominio de la normalización (eje X): En este eje se encuentran las actividades económicas de una región, un país o grupo de países, por ejemplo: ciencia, educación, medicina, metalurgia, agricultura, industria alimentaria, fruticultura, etcétera. Un objeto de la normalización puede pertenecer a más de un dominio, por ejemplo: el papel pertenece a la industria papelera, a la de las artes gráficas, a la educación, a la publicidad, etcétera. Aspectos de la normalización (eje Y): Un aspecto de la normalización es un grupo de exigencias semejantes o conexas. La norma de un objeto puede referirse a un solo aspecto, por ejemplo: nomenclatura, símbolos, muestreo o definiciones; o bien puede contemplar varios aspectos, como es el caso general de Normas de producto, las cuales cubren definiciones, dimensiones, especificaciones, métodos de prueba, muestreo, etcétera. Dado el problema de normalización que vamos afrontar, podemos situarlo en el espacio de la normalización y establecer sus fines, pero éstos no pueden delimitarse con gran exactitud para cada nivel y cada dominio, puesto que los fines de la normalización son de aplicación común: “contribuir al progreso técnico por la creación del orden de las cosas y en las relaciones humanas en general y ayudar a elevar al hombre a un nivel material y cultural superior”. Niveles de la normalización (eje Z): Cada nivel de la normalización está definido por el grupo de personas que utilizan la norma; entre estos grupos pueden citarse los siguientes; empresa, asociación, nación y grupo de naciones (Fig. 1.2.2). Las normas de empresa son la base para cada campo y ciclo de control en las actividades de una empresa (Figs. 1.2.3, 1.2.4 y 1.2.5). Normalización internacional (Normas internacionales ) Normalización regional (Normas regionales) Normalización nacional (Normas nacionales) Normalización de sector (Normas de asociación) Normalización de las empresas (Normas de empresa) Figura 1.2.2. Niveles de la normalización. Diseño Norma de producto Abastecimiento Normas de materiales. Reglas de compra. de materiales Reglas de administración Ventas de quejas. Especificaciones de compra. Administración y reglas de maquila. Normas de inspección de aceptación. Normas de producto. Reglas administrativas para las normas de producto. Reglas de administración para Reglas de control de calidad. Administración almacenamiento de material. de almacenes Reglas de administración para Normas de técnicas de almacenamiento de producto. manufactura. Normas para operaciones Manufactura de manufactura. Reglas de administración para Normas de inspección instalaciones de manufactura. de productos Inspección Reglas de administración para Administración instrumentos de prueba y medición. de instalaciones Figura 1.2.3. Normas de compañía como base de las actividades empresariales. Si no se cumplió el plan de acuerdo a las normas de la compañía educar y entrenar para que así sea. Si no se cumplió el plan de acuerdo a Establecer las normas de la compañía las normas de la compañía debido a Actuar Planear respecto a calidad, costo, tiempo límite normas de compañía inapropiadas de embarque, servicio y seguridad. mejorar las normas de la compañía. 4 1 3 2 Revisar Hacer Llevar a cabo de acuerdo con Revisar si cumple con acuerdo las normas de la compañía a las normas de la compañía. Figura 1.2.4. Normas de compañía como base del círculo de control. Aquellas que estén de acuerdo con las leyes (Artículos de la compañía, reglamentos de trabajo, acuerdos laborales, reglas de administración para la conservación ambiental). Normas de la compañía Manuales, libros de texto educativos, etc. Figura 1.2.5. Normas de la compañía dentro de los acuerdos en una empresa. 1.3. Esquema Mexicano de Normalización. En un contexto de mercados mundiales caracterizado por la innovación tecnológica y la intensificación de la competencia, la actividad normalizadora es un instrumento indispensable para la economía nacional y el comercio internacional. En México la normalización se plasma en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de carácter obligatorio, elaboradas por Dependencias del Gobierno Federal y las Normas Mexicanas (NMX) de ámbito primordialmente voluntario, promovidas por la Secretaría de Economía y el sector privado, a través de los Organismos Nacionales de Normalización. Para demostrar que lo que se ha producido o comercializado es conforme a lo dispuesto por la propia norma que lo rige, se inicia el proceso de Evaluación de la Conformidad (que a su vez contiene procedimientos de certificación, verificación, calibración, muestreo, pruebas, según sea el caso). No cualquiera puede asegurar que un bien o servicio se ajusta a la norma. Se requiere que una entidad de acreditación valore la competencia técnica y confiablidad de los organismos de certificación, laboratorios de prueba, laboratorios de calibración y unidades de verificación. La normalización, y evaluación de la conformidad no podrían efectuarse sin el sustento de la Metrología que asegura la exactitud de las medidas y así, es uno de los pilares del desarrollo industrial y de la certeza de las transacciones comerciales. Para dar máxima eficacia en materia de normalización, la Secretaría de Economía participa en foros y organismos internacionales como son Codex Alimentarius, Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT), Comisión Electrotécnica Internacional (IEC) y la Organización Internacional de Normalización (ISO). 1.4. Fundamentos Legales. El marco legal presente en la normalización nacional comprende las siguientes leyes o lineamientos: 1. Ley Federal Protección al Consumidor. 2. Ley Federal sobre Metrología. 3. Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. 4. Bases para la integración del Programa Nacional de Normalización y su suplemento. 5. Lineamientos para la organización de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización. 6. Lineamientos para la Aprobación de Laboratorios de Prueba, Laboratorios de Calibración, Organismos de Certificación y Unidades de Verificación para llevar a cabo la evaluación de la conformidad con respecto de Normas Oficiales Mexicanas. 7. Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de los Comités, Subcomités y Grupos de Trabajo Mexicanos para la atención a Organismos Internacionales y Regionales de Normalización que coordina la Secretaría de Economía. 1.5. Normas Oficiales Mexicanas (NOM). Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son regulaciones técnicas, de carácter obligatorio, que incluyen reglas, denominaciones, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio; así como a la terminología, el marcado, el etiquetado y la información contenida en los mismos. Estas son expedidas por las Autoridades Normalizadoras competentes con el fin de fomentar la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público previstos en la Ley de Infraestructura de la Calidad. Objetivos legítimos de interés público. 1. La protección y promoción a la salud. 2. La protección a la integridad física, a la salud, y a la vida de los trabajadores en los centros de trabajo. 3. La protección a la producción orgánica, de organismos genéticamente modificados, sanidad e inocuidad agroalimentaria, acuícola, pesquera, animal y vegetal. 4. La seguridad alimentaria. 5. La educación y cultura. 6. Los servicios turísticos. 7. La seguridad nacional. 8. La protección al medio ambiente y cambio climático. 9. El uso y aprovechamiento de los recursos naturales. 10. El sano desarrollo rural y urbano. 11. Las obras y servicios públicos. 12. La seguridad vial. 13. La protección del derecho a la información. 14. La protección de las denominaciones de origen. 15. Cualquier otra necesidad pública, en términos de las disposiciones legales aplicables. Procedimiento de elaboración y expedición de las normas oficiales mexicanas. El proceso de normalización consta de las siguientes etapas, que son progresivas y sucesivas: 1. Elaboración o aceptación de la propuesta por la Autoridad Normalizadora. 2. Presentación de la propuesta al Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente para su análisis y revisión, en cuyo momento, se considerará como un anteproyecto de Norma Oficial Mexicana. 3. En caso de que el Comité Consultivo Nacional de Normalización lo considere conveniente, constitución del grupo de trabajo correspondiente, para el estudio y la discusión del anteproyecto correspondiente. En su caso, presentación de los resultados del estudio y discusión del anteproyecto por parte del grupo de trabajo ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización. 4. Deliberación por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización que podrá ser afirmativa, con modificaciones o negativa, resultado que comunicará a la Autoridad Normalizadora. 5. En caso de que el resultado de la deliberación sea afirmativo, la Autoridad Normalizadora ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de un Aviso del proyecto de la Norma Oficial Mexicana que contenga un extracto de éste, mismo que estará disponible en su totalidad en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad, para su consulta pública. En caso de que el resultado de la deliberación resulte en modificaciones, la Autoridad Normalizadora tendrá un plazo de treinta días naturales para atenderlas y presentar al Comité Consultivo Nacional de Normalización un anteproyecto modificado, en cuyo caso, se reiniciará el procedimiento previsto en el artículo 35 de la Ley de Infraestructura de la Calidad a partir de la fracción tercera. En el momento que el resultado de la deliberación sea negativo, concluirá el procedimiento de normalización respectivo. 6. Recepción de los comentarios de la consulta pública por el Comité Consultivo Nacional de Normalización, a través de los formatos y los medios previstos en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad. 7. Constitución por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del grupo de trabajo para el estudio y discusión de los comentarios recibidos a través de la consulta pública y, en su caso, propuesta de ajustes al proyecto de Norma Oficial Mexicana. 8. Presentación, por el grupo de trabajo, ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la propuesta de respuesta a los comentarios recibidos durante la consulta pública y, como consecuencia, la propuesta de ajustes al proyecto de Norma Oficial Mexicana, para su resolución definitiva. La resolución definitiva del Comité Consultivo Nacional de Normalización deberá ser comunicada a la Autoridad Normalizadora. 9. Notificada la resolución definitiva a la Autoridad Normalizadora, ésta solicitará a la Secretaría la publicación en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad de las respuestas a los comentarios recibidos durante la consulta pública, y 10. En caso de que el Comité Consultivo Nacional de Normalización apruebe el proyecto de Norma Oficial Mexicana objeto de resolución definitiva, la Autoridad Normalizadora deberá expedir la Norma Oficial Mexicana y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como solicitar su publicación en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad. ¿Qué es una propuesta de Norma Oficial Mexicana (NOM)? Una propuesta de NOM es el documento preliminar elaborado o aceptado por las Autoridades Normalizadoras, en la que se recomiendan las características de un bien, producto, proceso, servicio y, en su caso, métodos de producción relacionados con ellos. Proceso de Normalización Art. 35 de la LIC. Procedimiento de modificación y cancelación de las Normas Oficiales Mexicanas. El procedimiento de modificación de una Norma Oficial Mexicana se ajustará a lo previsto en el artículo 35 de la Ley de Infraestructura de la Calidad. El Reglamento de la Ley podrá establecer procedimientos simplificados de modificación y cancelación de Normas Oficiales Mexicanas. El procedimiento de modificación o cancelación de las Normas Oficiales Mexicanas podrá iniciarse en cualquier momento, siempre que la Norma Oficial Mexicana haya entrado en vigor, por cualquiera de los siguientes motivos según resulten aplicables al supuesto de que se trate: 1. La modificación a las Normas Internacionales tomadas como base para la elaboración de la Norma Oficial Mexicana, o la expedición de nuevas Normas Internacionales que incidan en la misma. 2. Que la Norma Oficial Mexicana no atienda adecuadamente los objetivos legítimos de interés público que persigue, resulte obsoleta o la tecnología la haya superado. 3. Que se requieran modificar los procedimientos de Evaluación de la Conformidad ahí previstos o reflejar los criterios generales existentes en la materia. 4. Cuando la Autoridad Normalizadora que expidió la Norma Oficial Mexicana, advierta que las causas que motivaron su expedición ya no subsisten o son obsoletas. 5. Cuando la Autoridad Normalizadora así lo considere conveniente, siempre que exista una justificación para ello. La Comisión podrá ordenar a las Autoridades Normalizadoras la cancelación de Normas Oficiales Mexicanas sin sujetarse a lo previsto en el artículo 41 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos: 1. Cuando el informe que contenga el resultado de la revisión sistemática que se haya realizado a una Norma Oficial Mexicana proponga su cancelación. 2. Cuando la Autoridad Normalizadora correspondiente que haya expedido la Norma Oficial Mexicana se quede sin facultades en la materia, sin que éstas hayan sido asumidas por otra Autoridad Normalizadora. La Autoridad Normalizadora competente deberá cancelar y ordenar la publicación de dicha cancelación en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 30 días siguientes a que la Comisión se lo ordene. En caso de que la Autoridad Normalizadora no lleve a cabo esa cancelación y publicación dentro del plazo señalado, la Comisión podrá cancelar y ordenar esa publicación directamente. Las Normas Oficiales Mexicanas continuarán surtiendo efectos hasta que se publique su cancelación en el Diario Oficial de la Federación. 1.6. Normas Mexicanas (NMX). Las Normas Mexicanas (NMX) son regulaciones que fueron elaboradas por los Organismos Nacionales de Normalización, los Comités Técnicos de Normalización Nacional o la Secretaría de Economía con el fin de regular la calidad de las industrias en el país. El cumplimiento de estas es voluntario. Con la entrada en vigor de la LIC, se crean los estándares en lugar de las Normas Mexicanas. Estándares. Los Estándares establecen reglas, especificaciones o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como a la terminología, simbología, embalaje, marcado, etiquetado o sus concordancias. Los Estándares se clasifican en industriales, agrícolas, pecuarios, medio ambientales, energéticos, comerciales, de gestión, de metrología y generales, entre otros. Son de aplicación voluntaria, excepto cuando: Son referenciados en las Normas Oficiales Mexicanas. Son exigidos por autoridades de cualquier orden de gobierno para disposiciones administrativas. Son exigidos por dependencias y entidades públicas de cualquier orden de gobierno para los bienes o servicios que adquieran, liciten, arrienden o contraten. Las personas manifiesten que sus bienes, productos, procesos y servicios son elaborados conforme a los Estándares. Las leyes o reglamentos los establezcan como obligatorios. Procedimiento de elaboración de Estándares. Para la elaboración de los Estándares se seguirá el siguiente procedimiento, mismo que se detallará en el Reglamento de la Ley de Infraestructura de la Calidad: 1. Elaboración de la propuesta de Estándar por los Organismos Nacionales de Estandarización, los demás Sujetos Facultados para Estandarizar o, por excepción, por las Autoridades Normalizadoras. 2. Presentación de la propuesta de Estándar al comité técnico de estandarización correspondiente para su análisis, revisión y deliberación, en cuyo momento, se considerará como un anteproyecto de Estándar. 3. En caso de que el comité técnico de estandarización correspondiente lo considere conveniente, constitución del grupo de trabajo para el análisis y revisión del anteproyecto de Estándar. 4. En su caso, presentación de los resultados del análisis y revisión del anteproyecto de Estándar por parte del grupo de trabajo ante el comité técnico de estandarización, para su deliberación. 5. En caso de que el resultado de la deliberación del comité técnico de estandarización sea afirmativo, quien haya elaborado la propuesta de Estándar lo enviará a la Secretaría para la publicación de un extracto del proyecto en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad, para su consulta pública. Cuando la elaboración de la propuesta del Estándar la haya realizado una Autoridad Normalizadora se publicará el proyecto completo en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad. 6. Recepción, análisis, revisión y resolución de los comentarios recibidos en consulta pública por el comité técnico de estandarización o el grupo de trabajo correspondiente. 7. Las personas cuyos comentarios al proyecto de Estándar sean recibidos en los términos de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley, pero no sean incluidos dentro del proyecto de Estándar, serán invitadas a participar en el comité encargado de la elaboración del Estándar con anterioridad a la publicación de su extracto en forma definitiva, con el fin de conocer las razones por las cuales no fueron incluidos sus comentarios y, en su caso, aportar elementos adicionales que permitan su inclusión. 8. Deliberación por parte del comité técnico de estandarización respectivo de la resolución de los comentarios recibidos al proyecto de Estándar, y 9. En caso de que la última deliberación del comité técnico de estandarización haya sido afirmativa, quien haya elaborado la propuesta de Estándar emitirá el nuevo Estándar y solicitará a la Secretaría la publicación del extracto en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad. Proceso de estandarización. Catálogo Mexicano de Normas. Listado de las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas con su descripción, datos de interés y antecedentes. La ficha de cada Norma contiene: Clave. Título. Estado. Descripción. Documento descargable de la Norma (en su caso). Historial de actualizaciones. Referencias normativas. Bibliografía. Historial de cancelaciones. Último informe de revisión sistemática. 1.7. Organismos de Normalización y Certificación. 1. Autoridades normalizadoras y comités consultivos nacionales de normalización. 2. Organismos Nacionales de Normalización. 3. Comités Técnicos de Normalización Nacional (CTNN). 4. Organismos Nacionales de Estandarización. 5. Sujetos Facultados para Estandarizar. 1.11. Acreditación de laboratorios de prueba. Evaluación de la Conformidad. Proceso técnico que permite demostrar el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Normas Internacionales y otras disposiciones legales. Este proceso comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, inspección, evaluación y certificación. Entes que intervienen en la Evaluación de la Conformidad. Entidades de acreditación: Personas morales debidamente autorizadas por la Secretaría de Economía para conocer, tramitar y resolver las solicitudes de Acreditación y, en su caso, emitir las acreditaciones a favor de aquellos que pretendan operar como Organismos de Evaluación de la Conformidad. Listado de Entidades de Acreditación: Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (ema). Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C. (MAAC). SIAAC Sociedad Internacional de Acreditación, A.C. Organismos de Evaluación de la Conformidad: Personas acreditadas por las Entidades de Acreditación, y en su caso, aprobadas por las Autoridades Normalizadoras para llevar a cabo la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Normas Internacionales ahí referidas o de otras disposiciones legales. Entre los Organismos de Evaluación de la Conformidad hay laboratorios de ensayos o pruebas, medición o calibración; unidades de inspección y organismos de certificación, entre otros. Proceso de Acreditación de ema: Acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, laboratorios clínicos, unidades de verificación (organismos de inspección), proveedores de ensayos de aptitud, productores de materiales de referencia y organismos de certificación para la Evaluación de la Conformidad. Las entidades de acreditación, como ema, son los órganos que garantizan que los Organismos de Evaluación de la Conformidad son confiables y técnicamente competentes. EMA: Recibe la solicitud de acreditación del laboratorio. EMA programa visita: Proceso de Acreditación de ema: Acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, laboratorios clínicos, unidades de verificación (organismos de inspección), proveedores de ensayos de aptitud, productores de materiales de referencia y organismos de certificación para la Evaluación de la Conformidad. Las entidades de acreditación, como ema, son los órganos que garantizan que los Organismos de Evaluación de la Conformidad son confiables y técnicamente competentes. EMA: Recibe la solicitud de acreditación del laboratorio. EMA programa visita: Evaluación Inicial. Evaluación de Seguimiento: Evaluación de Renovación: Autoridades Normalizadoras y Comités Consultivos Nacionales de Normalización. Las Autoridades Normalizadoras (AN) cuentan con facultades y atribuciones para elaborar, expedir, modificar, revisar y cancelar Normas Oficiales Mexicanas y Estándares, y contribuyen en la integración y el cumplimento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad y su Suplemento. Las Autoridades Normalizadoras procuran el desarrollo de políticas públicas que contribuyen a la modernización del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, así como a la protección de los objetivos legítimos de interés público. Corresponde a las Autoridades Normalizadoras, según su ámbito de competencia, constituir, presidir y coordinar los Comités Consultivos Nacionales de Normalización, quienes conducen el proceso de normalización de las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas que les presentan las Autoridades Normalizadoras. Dichos comités están integrados de manera equilibrada por dependencias, cámaras empresariales y confederaciones, organizaciones de industriales, prestadores de servicios, comerciantes; centros de investigación científica o tecnológica, colegios de profesionales y consumidores, entre otros, conforme a las Reglas de Operación de cada Comité. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Protección Ciudadana (CCNNSPC). Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres (CCNNPCPD). Secretaría de Bienestar: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Servicios en la Edificación (CCNNSSE). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT). Secretaría de Energía: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas (CCNNIE). Secretaría de Economía: Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE). Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural: Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria (CCNNA). Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT). Secretaría de Salud: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Salud Pública (CCNNSP). Secretaría del Trabajo y Previsión Social: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNNSST). Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (CCNNOTDU). Secretaría de Turismo: Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística (CCNNT). Secretaría de Marina: Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Marina (CCNN-SEMAR). Comisión Reguladora de Energía: Comité Consultivo Nacional de Normalización Eléctrico (CCNNE). Comité Consultivo Nacional de Normalización de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos (CCNNHPP). Comisión Nacional de Hidrocarburos: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos (CCNNAEEH). Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (CONASEA). Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el Servicio Nacional de Sanidad: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario (CCNNRFS). Comisión Nacional del Agua: Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua (CCNNSA). Agencia Federal de Aviación Civil: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo (CCNN- TA). Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-TF). Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CCNNSNyS) Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía: Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) Organismos Nacionales de Normalización. Personas morales con registro ante la Secretaría de Economía para la elaborar, expedir, modificar, revisar y cancelar Normas Mexicanas (NMX). Con la entrada en vigor de la LIC, esta figura es sustituida por los Organismos Nacionales de Estandarización y los Sujetos Facultados para Estandarizar. Listado de Organismos Nacionales de Normalización: Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación S.C. (NORMEX). Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A.C. (IMNC). Asociación de Normalización y Certificación, A. C. (ANCE). Instituto Nacional de Normalización Textil, A. C. (INNTEX). Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S. C. (ONNCCE). Normalización y Certificación, S. C. (NYCE). Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO). Underwriters Laboratories, INC (UL). Comités Técnicos de Normalización Nacional (CTNN). Los Comités Técnicos de Normalización Nacional (CTNN) son coordinados por los Organismos Nacionales de Normalización (ONN), por otros organismos, cámaras, colegios de profesionistas, asociaciones, empresas, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal como la Secretaría de Economía, quien es la encargada de la publicación de las declaratorias de vigencia en el Diario Oficial de la Federación y se encargan de la elaboración de las Normas Mexicanas (NMX) en aquellas áreas de la industria en las que no exista un Organismo Nacional de Normalización registrado. Con la entrada en vigor de la LIC, se crean los Comités Técnicos de Estandarización, los cuales sustituyen a los Comités Técnicos de Normalización Nacional. Pertenecientes al Sector Gobierno: Secretaría de Economía (SE): Comité Técnico de Normalización Nacional de Industrias Diversas (CTNNID). Comité Técnico de Normalización Nacional de Materiales, Equipos e Instalaciones para el Manejo y Uso de Gas Natural y L.P. (COTENNGAS). Comité Técnico de Normalización Nacional de Sistemas y Equipos de Riego (COTENNSER). Agencia Espacial Mexicana (AEM): Comité Técnico de Normalización Nacional del Espacio. Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA): Comité Técnico de Normalización Nacional de Seguridad Industrial y Operativa y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos COTASEA. Centro Nacional de Metrología (CENAM): Comité Técnico de Normalización Nacional de Nanotecnología. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER). Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAD): Comité Técnico de Normalización Nacional de Maquinaria y Equipo Agrícola. Comité Técnico de Normalización Nacional para Productos Agrícolas y Pecuarios (CTNNPAP). Dirección General de Fomento a la Agricultura: Comité Técnico de Normalización Nacional para Café y sus Productos (CTNNCP). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT): Comité Técnico de Normalización Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COTEMARNAT). Pertenecientes al Sector Privado: Underwriters Laboratories de México S.A. de C.V. (UL): Comité Técnico de Normalización Nacional de Seguridad Contra Incendios y Dispositivos Salvavidas. Asociación Interdisciplinaria de Salud Ocupacional e Higiene de México (AISOHMEX): Comité Técnico de Normalización Nacional de Productos de Protección y Seguridad Humana. Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas A.C. (ANAFAPYT): Comité Técnico de Normalización Nacional de Pinturas, Barnices y Recubrimientos. Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE): Comité de Normalización de la Asociación de Normalización del Certificación, S.C (CONANCE). Asociación Nacional de Industriales de Aceites y Mantecas Comestibles (ANIAME): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria de Aceites y Grasas Comestibles y Similares. Asociación Mexicana de Parques Industriales Privados, A.C. (AMPIP): Comité Técnico de Normalización Nacional de Parques Industriales. Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria Siderúrgica. Cámara Nacional de la Industria de Azúcar (CNIAA). Comité Técnico de Normalización Nacional Industria Azucarera y Alcoholera (COTENNIAA). Cámara Nacional de la Industria Hulera (CNIH): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria Hulera. Cámara Nacional de las Industrias del Papel y la Celulosa (CNIPC): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria de la Celulosa y Papel. Consejo Nacional de Fabricantes de Alimentos Balanceados y de la Nutrición Animal, A.C.: Comité Técnico de Normalización Nacional de Alimentos Balanceados para Animales (CONAFAB). Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, A.C. (COFOCALEC): Comité Técnico Nacional de Normalización del Sistema Producto Leche. Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE): Comité Técnico de Normalización Nacional de Documentación. Instituto Mexicano del Aluminio (IMEDAL): Comité Técnico de Normalización Nacional de Aluminio y sus Aleaciones. Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A. C. (IMNC): Comité Técnico de Normalización Nacional de Sistemas de Administración Ambiental COTENNSAAM. Comité Técnico de Normalización Nacional de Grúas y Dispositivos de Elevación. Comité Técnico de Normalización Nacional de Autopartes. Comité Técnico de Normalización Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Comité Técnicos de Normalización Nacional del IMNC (Privado). Instituto Nacional de Normalización Textil A.C. (INNTEX): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria textil. Nacional de Cobre S.A. DE C.V. (NACOBRE): Comité Técnico de Normalización Nacional de Productos de Cobre y sus Aleaciones. Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación S.C. (NORMEX): Comité Técnico de Normalización Nacional para Bebidas Alcohólicas (NBAL-02). Comité Técnico de Normalización Nacional para la Industria Alimentaria (NALI-10). Comité Técnico de Normalización Nacional para Envase y Embalaje (NEYE 09). Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria Juguetera. Comité Técnico de Normalización Nacional de productos higiénicos institucionales e industriales y seguridad y salud en el trabajo. Comité Técnico de Normalización Nacional para Gases Comprimidos. Comité Técnico de Normalización Nacional para para Energía Solar. Normalización y Certificación NYCE, S.C.: Comité Técnico de Normalización Nacional de Plásticos e Industria Química. Comité Técnico de Normalización Nacional de Electrónica y Tecnologías de la Información y Comunicación COTENNETIC. Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C. (ONNCCE): Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria de la Construcción. Organismos Nacionales de Estandarización. Los Organismos Nacionales de Estandarización (ONE) tienen a su cargo elaborar, modificar y cancelar Estándares. Las personas morales que deseen registrarse como Organismo Nacional de Estandarización deberán: 1. Presentar la solicitud ante la Secretaría de Economía con copia a la Autoridad Normalizadora competente para su opinión. 2. Tener cobertura nacional e identificar la materia, rama o sector económico sobre la cual pretende llevar a cabo labores de estandarización. 3. Acreditar que tiene como objeto social la actividad de estandarizar y la capacidad técnica en la materia, administrativa, financiera y humana, así como facultad para participar en las actividades de estandarización internacional. 4. Detallar su estructura organizacional. 5. Detallar la metodología que utilizará para llevar a cabo labores de estandarización. Cualquier cambio sustancial en esa metodología deberá ser presentado para su aprobación por parte de la Secretaría. 6. Adoptar y cumplir el Código de Buena Conducta para la elaboración, adopción y aplicación de normas, del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio. Sujetos Facultados para Estandarizar. Los Sujetos Facultados para Estandarizar son personas morales constituidas legalmente con interés validado por la Secretaría en la elaboración, la revisión, la modificación y la cancelación de Estándares.

Use Quizgecko on...
Browser
Browser