Lección 1 (2024-2025) PDF
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Universitat de València
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This document provides an introduction to the origins and evolution of the constitutional state. It covers the pre-state antecedents to constitutionalism, examining historical periods, factors that contributed to the development of the constitutional state, and essential elements and characteristics of constitutionalism.
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Lección 1 — E L E STADO CONSTITUCIONAL: ORÍGENES Y EVOLUCIÓN 1. Antecedentes preestatales del constitucionalismo. ANTECEDENTES PREESTATALES DEL CONSTITUCIONALISMO Historia antigua Grecia: El sistema político democrático en numerosas pole...
Lección 1 — E L E STADO CONSTITUCIONAL: ORÍGENES Y EVOLUCIÓN 1. Antecedentes preestatales del constitucionalismo. ANTECEDENTES PREESTATALES DEL CONSTITUCIONALISMO Historia antigua Grecia: El sistema político democrático en numerosas poleis del período clásico (siglos V-IV a. C.) Roma: La fase republicana de su historia (siglos VI-I a. C.) Historia medieval Constitución mixta medieval: Este concepto remite a la idea medieval de equilibrio de poderes entre el rey y el reino (rex-regnum) que, a su vez, tenía relación con la idea del pacto feudal del que nacían deberes para los vasallos pero también para el señor. Fruto de esta lógica dualista o pactista nacieron determinados documentos medievales —como la Carta Magna acordada entre Juan sin Tierra y sus barones en Inglaterra en 1215, la Bula de Oro promulgada por Andrés II de Hungría en 1222, o el proyecto de Ley Perpetua que los Comuneros pretendieron aquí entre nosotros— en los que el monarca se comprometía a respetar lo allí acordado de un modo similar a lo que mucho después serían las declaraciones de derechos. 1 2. Los factores que propician el nacimiento del Estado constitucional. La formación (y evolución) del Estado moderno Los factores que El liberalismo y el propician el nacimiento iusnaturalismo racionalista del Estado constitucional Las revoluciones liberal- burguesas 2 3. La formulación inicial de la idea moderna de constitución como resultado de los anteriores procesos y su incorporación a la cultura jurídica de Occidente. Fruto de la acción convergente de tales factores (nuevo Estado y sociedad, nuevo pensamiento, apertura de ciertos procesos revolucionarios) fue el hallazgo de determinados elementos que, combinados, permitieron a nuestra cultura jurídica acceder finalmente a una formulación integrada de la idea de Constitución. Algunos de esos elementos tuvieron que ver con los contenidos de la Constitución entendida como dogma o ideología. Otros, complementarios de los anteriores y aun esenciales para su efectividad, concurrieron, en cambio, a definir sus aspectos técnicos. 3.1. Elementos materiales. Organización [limitación, separación, control] del poder Autodisposición del pueblo para: Garantía de los derechos 3 3.2. Elementos formales. Para que la constitución, de tal manera concebida, pueda dar respuestas a las esperanzas que se depositan en ella, requiere de una serie de aspectos técnicos: Norma más Norma Norma obra del estable que el Norma eficaz Norma formulada fundamental y poder resto de las sobre las demás por escrito derecho de mayor constituyente normas: la rigidez normas valor constitucional 4. El Estado constitucional y sus etapas. ETAPAS DE LA HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO Cuestiones preliminares: un proceso acumulativo, expansivo, no lineal y aquí circunscrito a unas concretas experiencias. – Acumulativo: los elementos que caracterizan cada etapa no desparecen en las siguientes, sino que, por lo general, sobre todo en materia de derechos y libertades, se acumulan. – Expansivo: el constitucionalismo nace en pocos países y tiene un efecto expansivo hasta alcanzar a casi la totalidad de los mismos. – No lineal: el tránsito entre las distintas etapas no se ha producido al mismo ritmo en todos los países; e, incluso, dentro de cada país se han dado momentos de involución. – Centrado en unas concretas experiencias: debe tenerse en cuenta que aquí centraremos el estudio en las experiencias que, por su trascendencia y repercusión histórica, son consideradas básicas: la norteamericana y, sobre todo –por lo que a nosotros concierne–, la europea. El nacimiento y desarrollo del constitucionalismo en otras latitudes (América Latina, Asia, África u Oceanía) quedan aquí al margen. 4 Constitucionalismo liberal Constitucionalismo democrático Constitucionalismo social Constitucionalismo nacido tras la II Guerra Mundial Fechas en las que surge (no decimos cuándo concluye, ya – Entre finales del siglo XVIII y – Entre mediados del siglo XIX y – Durante el período entreguerras – Entre la segunda posguerra que, más que concluir, mediados del siglo XIX. principios del siglo XX. (1919-1939). mundial y finales del siglo XX. evoluciona. Recordemos que se trata de un proceso, en buena medida, acumulativo) Factores que propician su origen – La formación (y evolución) del – La apertura democrática del – El Estado constitucional, hasta – La derrota del totalitarismo nazi y Estado moderno. Estado constitucional fue ahora liberal y democrático, fascista y el contexto geopolítico – El liberalismo y el iusnaturalismo consecuencia de la presión acepta una corrección de sus que, tras él, se generó en Europa y racionalista. ejercida por movimientos político- insuficiencias en materia social, a nivel global: la Guerra Fría. – Las revoluciones liberal- sociales, como el cartismo en debido a: burguesas. Inglaterra, que desde los - La persistencia de desajustes comienzos del siglo XIX defendían económicos y tensiones [Aspectos ya estudiados las aspiraciones de los sociales. anteriormente, pues se trata de los trabajadores a reformas - La revolución rusa, entendida condicionantes que, en general, dan democráticas y al sufragio como un aviso rotundo de lo pie al nacimiento del Estado universal. que podía suceder si no se constitucional]. prestaba atención a la dimensión social. - La Gran Depresión de 1929, que revelaba que el sistema del libre mercado necesitaba de correctivos. - La influencia de otros elementos como fueron la puesta en práctica de medidas sociales por el canciller Bismarck en Alemania; la encíclica «Rerum novarum», del Papa León XIII; o la obra «Teoría general del empleo, el interés y el dinero», de Keynes. 5 Características generales – Autonomía de la sociedad: – Ampliación del derecho al – El Estado comenzará a ser – Todas las conquistas anteriores a) Separación sociedad-Estado: sufragio (activo y pasivo), fruto intervencionista, es decir, se tenderán a consolidarse en los el Estado confinado en el de la superación de la abandona la anterior concepción textos constitucionales estricto campo de la gestión desconfianza en la democracia. de un Estado abstencionista europeos (principios liberales, de lo público. La transición del sufragio (encarnada en eslóganes como democráticos y sociales), sobre b) Libertades negativas y censitario al sufragio universal «el mejor gobierno es el que todo la dimensión social. Esta abstencionismo del Estado: (masculino) se va produciendo gobierna menos») que elude última tendrá particular fuerza (ver casilla inferior). entre mediados del siglo XIX y adentrarse en la vida y las entre la segunda posguerra mediados del siglo XX: necesidades de los ciudadanos. mundial y la década de 1970. A – Estado de derecho e «imperio de - Francia y Suiza, 1848. El intervencionismo se concreta partir de entonces, aunque los la ley»: - Imperio alemán, 1870. en aspectos como: principales textos - Bélgica 1893. - Función de planificación de la constitucionales europeos Gobiernan las leyes y no los - Inglaterra, 1919. economía del Estado. nacidos tras la Segunda Guerra hombres. - España 1869/1870; Ley - La creación de empresas Mundial no cambien su letra, el electoral de Sagasta, 1890. públicas y de un sector público Estado social sufrirá una notable – Gobierno representativo: de la economía. crisis y retroceso alimentado por – Incorporación de los partidos - La intervención en la gestión de distintas dinámicas. No equivale a gobierno políticos, fruto de la superación empresas privadas en caso de democrático (pues se articula con de la desconfianza en las necesidad. – Además, debe tenerse en cuenta fundamento en un sufragio muy asociaciones políticas. Las que, tras la caída de la Unión restringido). formas de vehicular la su Soviética, se promulgaron un incorporación fueron inicialmente número considerable de nuevas Y la representación se ejerce con diversas: constituciones en Europa. En base en el llamado «mandato - Ley de asociaciones (España, ellas se incorporó buena parte del representativo», es decir, los Ley de asociaciones de 1887). programa constitucional que electores conceden a los elegidos - Leyes electorales (EE.UU.) hasta este momento histórico un poder (el mandato - Reglamentos parlamentarios había representativo) que les permite (Francia, 1910). ocuparse de sus asuntos como si de ellos mismos se tratara. 6 Derechos y libertades – Derechos civiles. – Derechos políticos. – Derechos sociales. – Otros derechos. Reconocen un perímetro en torno Una vez asegurado que el poder no Una vez conquistadas las dos Una vez conquistadas las tres al individuo que no puede ser entre en la esfera privada del dimensiones anteriores, es decir, las dimensiones anteriores, es decir, las rebasado ni por el Estado ni ciudadano (sobre esto versaban, relativas a los derechos civiles y relativas a los derechos civiles, tampoco por otros particulares. esencialmente, los derechos civiles), políticos, le tocó el turno a los políticos y sociales, fueron llegando Por eso se habla a menudo, a este correspondía posibilitar que el derechos sociales. Las dos nuevos derechos de naturaleza respecto, de «libertades ciudadano entrase en la esfera del principales dimensiones de esta heterogénea. Su incorporación a los negativas». Algunos ejemplos poder más de lo que lo hacía hasta tipología de derechos son: textos constitucionales se ha ido característicos son: ese momento. Por eso se habla a produciendo a distintos ritmos. Entre menudo, a este respecto, de - Derechos laborales: trabajo, tales derechos podríamos hacer - Derechos relativos a la «libertades positivas». Algunos huelga, descanso retribuido, referencia a algunos como los autonomía de la vida privada: ejemplos característicos son: negociación colectiva, etc. siguientes intimidad, honor, inviolabilidad - Derechos prestacionales: sanidad, domiciliaria («my house is my - Derecho de sufragio activo y pasivo. enseñanza, vivienda, etc. - Derecho al medio ambiente. castel»), imposibilidad de ser - Asociación. - Derechos del consumidor. detenido sin garantías, libertad - Derecho de creación de partidos - Derecho a la cultura. de creencias, de expresión, etc. políticos y posibilidad de afiliarse a - Derechos digitales. - Derecho de propiedad. ellos. - Libertades de empresa y de - Derecho de manifestación. mercado. [Es ilustrativa la siguiente forma de designar los estadios El Estado negativo (status libertatis) Estado positivo (status civitatis) Estado activo (status activae civitatis) [No tiene un nombre específico, aunque podría heredar el anterior: evolutivos de la relación entre Estado activo (status activae Estado y derechos (atribuible, en civitatis)] parte, a Georg Jellinek)]. Ejemplos de constituciones concretas – Constitución EEUU, 1787. – Constitución Francia, 1848. – Constitución México, 1917. – Constituciones significativas – Constitución Francia, 1791. – Constitución España, 1869. – Constitución Alemania, 1919. promulgadas tras la II Guerra – Constitución España, 1812. – Constitución Austria, 1920. Mundial: – Constitución España, 1931. - Constitución Francia, 1946, 1958. - Constitución Alemania [Ley Fundamental de Bonn], 1949. - Constitución Italia, 1947. – Otras constituciones posteriores promulgadas en circunstancias diversas (caída de regímenes 7 autoritarios en la Europa occidental u otras diferentes): - Constitución Grecia, 1975. - Constitución Portugal, 1976. - Constitución España, 1978. - Constitución Holanda, 1983. - Constitución Bélgica, 1994. - Constitución Holanda, 1983. - Constitución Suiza, 1999. - Constitución Finlandia, 1999. – Constituciones significativas promulgadas tras la caída de la Unión Soviética: - Constitución Croacia, 1991. - Constitución Bulgaria, 1991. - Constitución Rumania, 1991. - Constitución Estonia, 1992. - Constitución Letonia, 1992. - Constitución Letonia, 1992. - Constitución Letonia, 1993. Otros aspectos que deben tenerse en cuenta → La expresión norteamericana del Con todo, hay que tener en cuenta → Una fase en la que, además, Habría muchas más cosas que decir constitucionalismo. que la incorporación a las emerge en Europa la jurisdicción sobre esta etapa del Estado constituciones de la expresión constitucional y el constitucional, como las El Estado constitucional nace en los «Estado democrático» o similares no parlamentarismo racionalizado. consecuencias que ha tenido sobre él EEUU libre de las ataduras que se se produjo, salvo excepciones, en la crisis del Estado social, la irrupción viven en Europa. Así pues, carente de esta época, sino mucho después. de nuevas estructuras – Jurisdicción constitucional: la herencia absolutista, la supranacionales como la Unión organización constitucional del Europea o la globalización. En todo En efecto, Europa se acompasa en Estado liberal en los EEUU se caso, se trata de una etapa del esta etapa con la tradición que en caracterizó por una serie de rasgos constitucionalismo aún viva en la EEUU había comenzado a inicios particulares en contraste con Europa. medida en que la mayoría de las del siglo XIX, es decir, la que Entre ellos cabe destacar: constituciones promulgadas tras la posibilita que los jueces puedan controlar si las leyes son o no segunda posguerra mundial todavía – República mantienen su vigencia. A lo largo del constitucionales. Ahora bien, el – Federalismo curso estudiaremos un caso concreto sistema de control de – Presidencialismo como es la Constitución española de constitucionalidad se llevará a – Defensa jurisdiccional de la 1978 y, a cuenta de este supuesto, cabo en Europa de un modo Constitución [judicial review of podremos ver bien sus notas distinto, concretamente a través legislation] 8 de un órgano especializado definitorias, sus déficits y sus → La expresión europea del llamado Tribunal Constitucional. expectativas de evolución. constitucionalismo. Las semejanzas y diferencias entre uno y otro modelo las La herencia absolutista en Europa estudiaremos más adelante. condicionó la organización constitucional del Estado liberal y, – Parlamentarismo racionalizado: fruto de ello, la mayoría de los Estados nacieron y se desarrollaron Ante el desprestigio de las durante largo tiempo con rasgos instituciones representativas (se propios –algunos de los cuales hablaba de «absolutismo del perduran hasta hoy– en contraste con parlamento») nacen en Europa una EEUU. Entre ellos cabe destacar: serie de mecanismos que tratan de equilibrar el poder de los parlamentos – Monarquía para dotar de mayor estabilidad al – Centralismo sistema, entre los que puede – Parlamentarismo destacarse: – Ausencia de defensa jurisdiccional - La moción de censura constructiva. de la Constitución - La atribución de funciones a la figura del presidente de la república. - Mecanismos de democracia semidirecta: referéndum, iniciativa legislativa popular, etc. 9