Contratos Laborales PDF
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Universidad de Montería
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This document discusses different types of labor contracts, including aspects such as definition, duration, payment, and social security, as well as teletrabajo (telework). It also details the key elements within a labor contract and types of employment contracts.
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Contratos Laborales, Aspecto Contrato Laboral Contrato por Prestación de Servicios Relación de trabajo subordinada donde el Acuerdo entre una persona natural o jurídica Definición empleado presta sus servicios de manera para la real...
Contratos Laborales, Aspecto Contrato Laboral Contrato por Prestación de Servicios Relación de trabajo subordinada donde el Acuerdo entre una persona natural o jurídica Definición empleado presta sus servicios de manera para la realización de una tarea específica, personal y continua. sin subordinación ni continuidad. Existe una subordinación al empleador, No hay subordinación; el contratante no Vinculación quien puede dar órdenes y supervisar el puede dirigir ni supervisar el trabajo trabajo. directamente. Generalmente indefinida, pero puede ser a Tiene un tiempo determinado o definido por Duración término fijo o por obra o labor específica.el cumplimiento de una tarea o proyecto. Se paga un salario mensual, quincenal o Se paga un honorario acordado por la tarea Pago de salarios semanal según lo acordado en el contrato. realizada o el proyecto. El contratista es responsable de sus propios El empleador debe pagar los aportes a Seguridad Social aportes a salud y pensión. No se paga salud, pensión y riesgos laborales. riesgos laborales, a menos que se pacte. Incluye prestaciones como cesantías, Prestaciones No se incluyen prestaciones sociales. El prima de servicios, vacaciones, y dotación Sociales contratista asume todos los costos. (en algunos casos). Aspecto Contrato Laboral Contrato por Prestación de Servicios Existe mayor estabilidad y protección ante No existe estabilidad laboral; el contrato Estabilidad despidos injustificados, regulada por la ley puede ser terminado al finalizar la tarea o por Laboral laboral. incumplimiento. Si es un despido injustificado, el empleador No hay indemnización por terminación, a Indemnización debe indemnizar al trabajador según lo menos que esté estipulado en el contrato o por Terminación establecido por la ley. haya incumplimiento de alguna de las partes. Se rige por el Código Sustantivo del Trabajo, No hay límite de jornada laboral. El con un máximo de 46 horas semanales. contratista organiza su propio tiempo, Jornada Laboral Hay horas extras, recargos nocturnos y siempre y cuando cumpla con los objetivos dominicales. acordados. Derecho a 15 días hábiles remunerados por No hay derecho a vacaciones pagas. Vacaciones cada año trabajado. Relación Existe una relación de dependencia No hay relación jerárquica. El contratista Jerárquica jerárquica frente al empleador. trabaja de forma independiente. El empleador debe afiliar al trabajador a El contratista no está obligado a afiliarse a Riesgos Laborales una ARL (Administradora de Riesgos una ARL, a menos que lo haga de forma Laborales). voluntaria. Regido por el Código Sustantivo del Trabajo, Terminación del requiere de una justa causa o Termina con la finalización de la tarea o por Contrato indemnización en caso de despido incumplimiento del acuerdo. injustificado. ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO El artículo 23 del código sustantivo del trabajo señala los tres elementos que contiene un contrato de trabajo, que son: Prestación personal del servicio. Continuada subordinación. Retribución o remuneración del servicio. Clasificación de los contratos de trabajo Tipos y formas del contrato de trabajo. Contrato de trabajo verbal. Contrato de trabajo escrito. Duración del contrato de trabajo. Contrato de trabajo a término fijo. Contrato a término indefinido. Contrato de obra o labor. Contrato ocasional, accidental o transitorio. Teletrabajo Es una forma de organización laboral, que consiste en el Desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo el teletrabajo, puede revestir una de las siguientes formas: Teletrabajo Autónomo Trabajadores independientes o empleados que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas, ejecutándolas desde cualquier lugar elegido por él. Trabajan fuera de la oficina y solo asisten a la empresa en algunas ocasiones. Teletrabajo Suplementario Trabajadores con contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que teletrabajan al menos dos días a la semana Teletrabajo Móvil Trabajadores que utilizan dispositivos móviles para ejecutar sus tareas. Su actividad laboral les permite ausentarse con frecuencia de la oficia. No tienen un lugar definido para ejecutar sus tareas. TELETRABAJADOR Persona que desempeña actividades laborales a través de tecnologías de la información y la comunicación por fuera la empresa a la que presta sus servicios. Características del Contrato Laboral Terminación del contrato de trabajo. Es un hecho mediante el cual por causas provenientes o no de la voluntad de las partes contratantes estas cesan en el cumplimiento de sus obligaciones y terminan la relación laboral que los ha vinculado. Clases de terminación del Contrato de Trabajo 1. Causales objetivas de terminación. La expiración del plazo pactado. La terminación de la obra o labor contratada Por terminación del período académico Por vencimiento del término fijo La incapacidad total del trabajador. La muerte del trabajador. La liquidación o clausura definitiva de la empresa. Clases de terminación del Contrato de Trabajo 2. Causales originadas en la voluntad del trabajador : La renuncia. El despido indirecto o auto despido por culpa del empleador. El no regresar al trabajo una vez se cesan las causas que produjeron la suspensión del contrato. 3. Causales originadas en la voluntad de ambas partes. El mutuo acuerdo. Clases de terminación del Contrato de Trabajo 4. Causales originadas en la voluntad del empleador. El despido con justa causa por incumplimiento del trabajador. El despido sin justa causa con indemnización. 5.intervención administrativa o judicial. Orden de cesación de la relación de trabajo. Decisión administrativa Sentencia judicial Causales de despido con justa causa. Haber sufrido en engaño por parte del trabajador por presentación de certificados falsos para su admisión. Todo acto de violencia injuria malos tratos o grave indisciplina en que incurre al trabajar en sus labores contra el empleador los miembros de su familia el personal directivo o sus compañeros de trabajo. Los daños materiales causados intencionalmente a edificios maquinarias y materias primas. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller o en el lugar de trabajo. Causales de despido con justa causa. La detención preventiva del trabajador por más de 30 días a menos que posteriormente sea absuelto o el arresto correccional que no excederá de 8 días o aún por un tiempo menor. El trabajador revele los secretos técnicos o comerciales. El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas que no se corrija en un plazo razonable. Causales de despido con justa causa. La sistemática inejecución sin razones válidas por parte del trabajador de las obligaciones convencionales o legales. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento. La renuncia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas o curativas prescritas por el médico del empleador o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada. Causales de despido con justa causa. El reconocimiento al trabajador de la pensión de jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador que no tenga carácter de profesional así como cualquier otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo cuya curación no haya sido posible durante 180 días el despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad también en cuenta las limitaciones del orden constitucional.