Dependientes PDF
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Summary
This document details the definition of dependents according to Uruguayan law. It outlines the criteria for considering someone a dependent, including specific cases like apprentices and those working in certain sectors. It also clarifies when someone is not considered a dependent.
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DEPENDIENTES Definición de dependiente: “Será considerado dependiente todo aquel que ejecute un trabajo habitual u ocasional, remunerado y en régimen de subordinación (Art. 3 de la Ley N° 16.074).” Tratándose de empresas unipersonales el cónyuge del titular no será conside...
DEPENDIENTES Definición de dependiente: “Será considerado dependiente todo aquel que ejecute un trabajo habitual u ocasional, remunerado y en régimen de subordinación (Art. 3 de la Ley N° 16.074).” Tratándose de empresas unipersonales el cónyuge del titular no será considerado dependiente aun cuando figure en el organismo previsional como cónyuge colaborador. En este último caso, de tener interés en estar cubierto, podrá hacerlo como patrono bajo iguales condiciones que el titular de la empresa unipersonal. Son considerados dependientes: - Socios en actividad de Cooperativas Obreras de Producción - Patrones que están incluidos en el monto total de salarios de dependientes en el código 47 del BPS. - Según el Art. 4to. De la Ley n° 16.074 son considerados dependientes: a) aprendices y personal a prueba con o sin remuneración (pasantes) b) a quienes trabajan en su propio domicilio por cuenta de terceros c) serenos, vareadores, jockeys, peones, capataces y cuidadores ocupados en hipódromos y STUDS. Las instituciones que explotan los hipódromos, cuando los accidentes ocurran dentro de los mismos, serán consideradas patronos. No se consideran obreros o empleados a quienes practiquen cualquier actividad deportiva o sean actores en espectáculos artísticos, sin perjuicio de los seguros especiales que se contrataren.