Tipos de Contratos de Trabajo en España
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Questions and Answers

¿Qué tipo de contrato de trabajo es obligatorio formalizar por escrito según la legislación?

  • Contrato de corta duración
  • Contrato de formación en alternancia (correct)
  • Contrato de trabajo temporal
  • Contrato verbal de confianza
  • ¿Qué grupo de personas puede firmar un contrato de trabajo?

  • Solteros mayores de 16 años
  • Menores de 16 años sin autorización
  • Personas mayores de 18 años (correct)
  • Extranjeros sin documentación
  • ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto a los contratos de trabajo?

  • Los trabajadores emancipados pueden firmar un contrato a partir de 16 años.
  • Es obligatorio un contrato escrito para contratos superiores a cuatro semanas.
  • Los contratos de trabajo pueden ser verbales en todos los casos. (correct)
  • Los contratos de relevo deben ser formalizados por escrito.
  • ¿Qué modalidad de contrato se establece específicamente para la práctica profesional?

    <p>Contrato de formación (C)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de los siguientes tipos de contratos es considerado temporal y requiere un contrato escrito?

    <p>Contrato de los pescadores (D)</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de contrato establece una fecha de finalización?

    <p>Contrato de duración determinada (A)</p> Signup and view all the answers

    Los contratos fijos-discontinuos se utilizan para:

    <p>Trabajo temporal intermitente (B)</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué documento es imprescindible para formalizar un contrato a tiempo parcial?

    <p>Debe estar escrito (A)</p> Signup and view all the answers

    Los contratos indefinidos pueden ser:

    <p>A jornada completa o parcial (D)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de los siguientes tipos de contrato no requiere una fecha de finalización?

    <p>Contrato indefinido ordinario (D)</p> Signup and view all the answers

    Un contrato formativo puede ser:

    <p>A jornada completa o parcial (B)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de los siguientes contratos está diseñado para fomentar la empleabilidad de colectivos vulnerables?

    <p>Contrato indefinido ordinario (D)</p> Signup and view all the answers

    Los contratos de duración determinada son adecuados para:

    <p>Trabajos con periodo específico definido (B)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es una característica de un contrato indefinido?

    <p>No establece fecha de finalización. (C)</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de contrato se prevé que tenga una fecha de finalización?

    <p>Contrato de duración determinada. (D)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de las siguientes es una modalidad de contrato según el tipo de jornada?

    <p>Jornada completa. (A)</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de contrato puede incluir un periodo de prueba?

    <p>Contrato de duración determinada. (B), Contrato temporal. (C)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de las siguientes opciones no es un tipo de contrato según la duración?

    <p>Contrato de jornada parcial. (A)</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es un ejemplo de un contrato de duración determinada?

    <p>Contrato por un período de 6 meses. (B)</p> Signup and view all the answers

    Los contratos formativos están destinados a:

    <p>Jóvenes que buscan adquirir formación laboral. (A)</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de contrato puede ser tanto a jornada completa como a jornada parcial?

    <p>Contrato de duración determinada. (A), Contrato temporal. (B), Contrato indefinido. (D)</p> Signup and view all the answers

    Study Notes

    Contrato de Trabajo

    • Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empresario y un trabajador.
    • El trabajador se compromete a prestar servicios bajo la dirección del empresario.
    • A cambio, recibe una retribución.
    • Las modalidades de contrato varían.
    • Derechos y deberes de la relación laboral incluyen tiempo de trabajo, salario y nómina.
    • También incluye modificaciones, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

    Quién puede firmar un contrato de trabajo

    • Mayores de edad (18 años).
    • Menores de 18 años legalmente emancipados.
    • Mayores de 16 y menores de 18 con autorización de los padres/tutores.
    • Extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable.

    Formas de un contrato

    • Puede ser formalizado por escrito o verbal.
    • Es obligatorio por escrito cuando lo requiera la ley.
    • Para la adquisición de prácticas profesionales.
    • Formación en alternancia.
    • A tiempo parcial, fijo, discontinuo y de relevo.
    • A distancia.
    • Por tiempo determinado (superior a cuatro semanas).
    • Contratos de pescadores.
    • Trabajadores contratados en España para empresas españolas en el extranjero.
    • Indefinido ordinario.
    • Eventual por circunstancias de la producción (a tiempo completo e inferior a 4 semanas).
    • Los contratos escritos requieren una copia para el trabajador y otra para la empresa.

    Periodo de prueba

    • Tiempo durante el cual el empresario o el trabajador pueden finalizar la relación sin preaviso ni indemnización.
    • Debe estar pactado por escrito.
    • El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que sus compañeros.
    • No se puede pactar si el trabajador ya ha trabajado antes en la empresa.

    Periodo de prueba: duración

    • La duración se establece en los Convenios Colectivos.
    • Contratos indefinidos: 6 meses para técnicos titulados, 2 meses para el resto.
    • Contratos temporales (de duración inferior a 6 meses): 1 mes.
    • Contratos en prácticas: 1 mes para FP grado medio, 2 meses para grado superior y hasta 6 meses para graduados universitarios.

    Tipos de contrato

    • Según la jornada: jornada completa o jornada parcial (inferior a la completa).
    • Según la duración: indefinido (sin fecha de finalización), de duración determinada (fecha de finalización prevista), formativo.

    Derechos y deberes del trabajador y empresario

    • Derechos del trabajador: derecho a la ocupación efectiva, promoción, formación, integridad física, intimidad y remuneración.
    • Deberes del trabajador: cumplir las obligaciones del puesto, seguir las medidas de seguridad e higiene, acatar instrucciones, etc. - Deberes del empresario: Respetar los derechos de los trabajadores, informarlos en caso de contratos superiores a 4 semanas, informar a los representantes de los trabajadores y comunicar al Servicio Público de Empleo el contenido de los contratos.

    Partes de un contrato

    • Lugar y fecha.
    • Identificación de las partes.
    • Categoría profesional.
    • Lugar de trabajo.
    • Duración.
    • Jornada y horario.
    • Retribución.
    • Vacaciones.
    • Preaviso.
    • Convenio colectivo.
    • Otras (voluntarias): periodo de prueba, permanencia, no competencia, confidencialidad.

    Ejercicio: Modalidades de contratos SEPE

    • La página web del SEPE explica los tipos de contratos y permite descargar modelos, anexos y prórrogas.
    • El estudiante debe seleccionar un modelo, verificar las partes y los apartados adicionales presentes en el contrato.

    Ejercicio: Tipos de contrato

    • Ejercicios consisten en identificar el tipo de contrato temporal más apropiado para diferentes situaciones. -Ejemplos incluyen pintores, personal de refuerzo, sustitución durante permisos.

    Otras formas de contratación: ETT

    • Empresas de trabajo temporal que ponen a disposición de otras empresas trabajadores temporalmente.
    • Los trabajadores contratados por ETT tienen los mismos derechos que si fueran empleados directos de la empresa usuaria.
    • Incluyen jornada de trabajo, remuneración, vacaciones, días festivos.

    Jornada de trabajo

    • Tiempo dedicado por el trabajador/a al trabajo.
    • Jornada completa y jornada parcial.
    • Jornada continua y jornada partida.
    • Calculo de horas semanales y diarias máximas y mínimas.
    • Descanso semanal y horas de descanso entre jornadas.

    Jornada de trabajo: Fiestas laborales

    • Se fijan anualmente.
    • Tienen carácter retribuido y no recuperable.
    • Máximo 14 / año (2 locales + 2 CCAA).
      • Navidad (25/12)
      • Año nuevo (1/1)
      • Fiesta del trabajo (1/5)
      • Fiesta Nacional de España (12/10)

    Vacaciones anuales

    • El periodo de vacaciones es pactado por convenio colectivo o contrato individual.
    • No puede ser inferior a 30 días naturales.
    • Debe conocerse con 2 meses de antelación al menos el comienzo de las vacaciones.

    Horario de trabajo

    • Trabajo a turnos: horario cambia por días o semanas, reduce descanso.
    • Trabajo nocturno: 22:00 - 06:00. Mín de 3 horas nocturnas o 1/3 de la jornada.
    • Retribución específica a acordar.

    Ejercicio: Horario de trabajo

    • Determinar si un horario específico es legal o no, basándose en las normas laborales.

    Permisos retribuidos

    • El trabajador/a debe avisar con antelación y justificar el permiso.
    • Existen diversos tipos de permisos retribuidos.
    • Pueden incluir matrimonio, enfermedad grave, hospitalizaciones, situaciones de parentesco.
      • Los tiempos de permisos varían según el contexto.

    Salario

    • Es la retribución por el trabajo.
    • Hay salario en especie y en dinero.
    • Clasificación de los salarios.
    • Clases de salarios según la forma de pago.
    • Salarios en dinero: metálico, cheque o transferencia.
    • Salarios en especie: bienes distintos al dinero.
    • No es salario lo pagado por gastos derivados del trabajo, prestaciones ni indemnizaciones. - Incluyen gastos de locomoción y gastos de dietitas.

    Salario: Recibo de salarios o nómina

    • Documento obligatoriamente entregado por el empresario al trabajador que indica percepciones y deducciones.
    • Debe mostrar claridad y separación entre percepciones y deducciones.

    Composición del salario

    • Percepciones salariales (cotizan a la Seguridad Social): salario base, complementos salariales, horas extras, horas complementarias.
    • Percepciones no salariales (generalmente no cotizan a la Seguridad Social): plus de transporte, diestas, indemnizaciones, suplidos.

    Salario: Cotizaciones a Seguridad Social

    • Aportaciones tanto del empresario como del trabajador.
    • Clasificación de conceptos: contingencias comunes, desempleo, formación profesional.
    • Porcentajes fijados por ley, pudiendo variar por convenio colectivo.

    Salario: Descuentos (Otros)

    • Anticipos de nómina, descuentos por ausencias injustificadas/sanciones/embargos, el valor económico de los productos en especie.

    Salario: Bases de Cotización

    • La base de cotización es la remuneración mensual bruta, incluyendo pagas extras (prorrateadas).
    • Ley fija topes/mínimos para la cotización.
    • Empresa y trabajador cotizan al Seguridad Social, repartiendo la cuota en función de porcentajes prefijados.

    Salario: Salario bruto y Salario Neto

    • El salario bruto es el total devengado.
    • Salario neto es el importe que efectivamente se ingresa.

    SMI (Salario Mínimo Interprofesional)

    • La retribución mínima.
    • Fija anualmente basándose en indicadores como IPC.
    • El SMI es inembargable, excepto para pensiones alimenticias.
    • Para jornada completa en 2023: 1.080 euros brutos mensuales / 15.120 euros brutos anuales.
    • El SMI no considera el salario en especie a la hora de calcular su importe.

    Ejercicio: Horario de trabajo

    Ejercicio: Estructura de una nómina

    • Análisis y respuesta sobre elementos de la nómina, salario bruto y neto.

    FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)

    • Organismo que garantiza el pago de salarios y las indemnizaciones laborales en casos de insolvencia de la empresa.
    • Es la última opción en caso de que la empresa no pueda pagar los salarios al trabajador o no lo haya hecho en tiempo y forma.

    Modificación, suspensión o extinción del contrato de trabajo

    • Cambios en el contrato de trabajo, interrupciones temporales o finalización definitiva del contrato.
    • Tipos de modificación(movilidad funcional, geográfica, cambio de puesto, cambios de condiciones laborales), suspensión (nacimiento menor, enfermedad, incapacidad temporal) y extinción (voluntad del trabajador o del empresario, causas objetivas)
    • Conceptos relevantes como, indemnizaciones, preaviso y los pasos a seguir en cada situación.

    Modificación. Movilidad Funcional, Geográfica, Desplazamiento y Traslado

    • Especificaciones en términos de plazos, indemnizaciones, causas por la que se puede solicitar o cambiar el contrato.
    • Normativas a las que hay que ceñirse durante las modificaciones o traslados.

    Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

    • Causas objetivas y plazos.
    • 6 condiciones de trabajo afectadas.

    Excedencias

    • Situaciones de suspensión a solicitud del trabajador.
    • Clases de excedencia: forzosa (cargo público representativo) y voluntaria (1 año de antigüedad).
    • Plazos y condiciones adicionales para solicitar la excedencia y la reincorporación.
    • Tipos de excedencias: por cuidado de hijos (menor de 3 años), por cuidado familiar. - Los plazos y condiciones para cada uno de los casos

    Extinción del contrato de trabajo:

    • Finalización del vínculo contractual.

    • Causas de extinción: por voluntad del trabajador, por voluntad del empresario, por otras causas.

    • Resumen de las indemnizaciones por extinción de contrato.

    Ejercicios:

    • Identificar el tipo de modificación (M), suspensión (S) o extinción (E) en diferentes situaciones laborales.

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