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Questions and Answers
La suspensión provisional de un Policía local puede prorrogarse por un máximo de un año, sin importar la duración del expediente disciplinario.
La suspensión provisional de un Policía local puede prorrogarse por un máximo de un año, sin importar la duración del expediente disciplinario.
False (B)
Durante la suspensión provisional, el Policía expedientado conserva todas sus retribuciones, incluyendo el complemento específico y las gratificaciones por servicios extraordinarios.
Durante la suspensión provisional, el Policía expedientado conserva todas sus retribuciones, incluyendo el complemento específico y las gratificaciones por servicios extraordinarios.
False (B)
El traslado preventivo de un Policía expedientado no puede exceder la duración del expediente disciplinario.
El traslado preventivo de un Policía expedientado no puede exceder la duración del expediente disciplinario.
True (A)
La suspensión de funciones, ya sea como sanción, ya sea como medida preventiva, conlleva la retirada temporal del arma y la credencial reglamentarias, y la prohibición del uso del uniforme.
La suspensión de funciones, ya sea como sanción, ya sea como medida preventiva, conlleva la retirada temporal del arma y la credencial reglamentarias, y la prohibición del uso del uniforme.
La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, muerte, indulto, amnistía y prescripción de la falta o sanción.
La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, muerte, indulto, amnistía y prescripción de la falta o sanción.
Las faltas muy graves prescriben al cabo de cinco años.
Las faltas muy graves prescriben al cabo de cinco años.
Las sanciones impuestas por faltas graves prescriben al cabo de tres años.
Las sanciones impuestas por faltas graves prescriben al cabo de tres años.
Las sanciones impuestas por faltas leves prescriben al cabo de un mes.
Las sanciones impuestas por faltas leves prescriben al cabo de un mes.
Las faltas leves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de comisión de la falta.
Las faltas leves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de comisión de la falta.
Las faltas graves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de notificación de las sanciones.
Las faltas graves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de notificación de las sanciones.
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de cuatro años.
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de cuatro años.
La tramitación del expediente disciplinario se rige por los principios de sumariedad y celeridad
La tramitación del expediente disciplinario se rige por los principios de sumariedad y celeridad
El Alcalde es quien tiene competencia para la imposición de sanciones por faltas muy graves
El Alcalde es quien tiene competencia para la imposición de sanciones por faltas muy graves
La imposición de sanciones por faltas leves requiere únicamente el trámite de audiencia al interesado
La imposición de sanciones por faltas leves requiere únicamente el trámite de audiencia al interesado
El traslado preventivo de un Policía expedientado puede exceder la duración del expediente disciplinario
El traslado preventivo de un Policía expedientado puede exceder la duración del expediente disciplinario
Durante la suspensión provisional, el Policía expedientado conserva todas sus retribuciones, incluyendo el complemento específico y las gratificaciones por servicios extraordinarios
Durante la suspensión provisional, el Policía expedientado conserva todas sus retribuciones, incluyendo el complemento específico y las gratificaciones por servicios extraordinarios
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de cuatro años
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de cuatro años
Las faltas leves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de comisión de la falta
Las faltas leves prescriben al cabo de un mes desde la fecha de comisión de la falta
La suspensión de funciones, ya sea como sanción, ya sea como medida preventiva, conlleva la retirada temporal del arma y la credencial reglamentarias, y la prohibición del uso del uniforme
La suspensión de funciones, ya sea como sanción, ya sea como medida preventiva, conlleva la retirada temporal del arma y la credencial reglamentarias, y la prohibición del uso del uniforme
La suspensión provisional de un Policía local puede prorrogarse por un máximo de un año, sin importar la duración del expediente disciplinario
La suspensión provisional de un Policía local puede prorrogarse por un máximo de un año, sin importar la duración del expediente disciplinario
Las faltas muy graves prescriben al cabo de cinco años
Las faltas muy graves prescriben al cabo de cinco años
¿Quién tiene competencia para incoar el expediente disciplinario y nombrar al instructor y al Secretario?
¿Quién tiene competencia para incoar el expediente disciplinario y nombrar al instructor y al Secretario?
¿Qué trámite se requiere para imponer sanciones por faltas leves?
¿Qué trámite se requiere para imponer sanciones por faltas leves?
¿Quién tiene competencia para imponer sanciones por faltas muy graves?
¿Quién tiene competencia para imponer sanciones por faltas muy graves?
¿En qué casos se pueden imponer sanciones por faltas graves o muy graves sin expediente disciplinario?
¿En qué casos se pueden imponer sanciones por faltas graves o muy graves sin expediente disciplinario?
¿Cuál es el máximo de tiempo que puede durar la suspensión provisional de un Policía local?
¿Cuál es el máximo de tiempo que puede durar la suspensión provisional de un Policía local?
¿Cuál es el plazo máximo de suspensión provisional para un Policía local según el artículo 56?
¿Cuál es el plazo máximo de suspensión provisional para un Policía local según el artículo 56?
¿Qué implica la suspensión provisional en cuanto a las retribuciones del Policía expedientado?
¿Qué implica la suspensión provisional en cuanto a las retribuciones del Policía expedientado?
¿Cuál es la duración máxima del traslado preventivo de un Policía expedientado según el artículo 56?
¿Cuál es la duración máxima del traslado preventivo de un Policía expedientado según el artículo 56?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuándo se extingue la responsabilidad disciplinaria según el artículo 58?
¿Cuándo se extingue la responsabilidad disciplinaria según el artículo 58?
La tramitación del expediente disciplinario se rige por los principios de sumariedad y celeridad, pero en ningún caso podrá causarse indefensión.
La tramitación del expediente disciplinario se rige por los principios de sumariedad y celeridad, pero en ningún caso podrá causarse indefensión.
La incoación del expediente disciplinario corresponde exclusivamente al Alcalde.
La incoación del expediente disciplinario corresponde exclusivamente al Alcalde.
La imposición de sanciones por faltas leves puede ser impuesta sin más trámite que el de audiencia al interesado.
La imposición de sanciones por faltas leves puede ser impuesta sin más trámite que el de audiencia al interesado.
La imposición de sanciones por faltas muy graves corresponde al Pleno de la Corporación.
La imposición de sanciones por faltas muy graves corresponde al Pleno de la Corporación.
La trascendencia para la seguridad pública es un factor a considerar en la imposición de sanciones.
La trascendencia para la seguridad pública es un factor a considerar en la imposición de sanciones.
La reincidencia en la comisión de faltas no es un factor a considerar en la imposición de sanciones.
La reincidencia en la comisión de faltas no es un factor a considerar en la imposición de sanciones.
El grado de participación en la comisión u omisión no tiene relevancia en la imposición de sanciones.
El grado de participación en la comisión u omisión no tiene relevancia en la imposición de sanciones.
El nombramiento del instructor del expediente disciplinario corresponde al Secretario.
El nombramiento del instructor del expediente disciplinario corresponde al Secretario.
La separación del servicio por faltas muy graves es competencia del Alcalde.
La separación del servicio por faltas muy graves es competencia del Alcalde.
La imposición de sanciones por faltas graves corresponde al Pleno de la Corporación.
La imposición de sanciones por faltas graves corresponde al Pleno de la Corporación.
¿Quién tiene la competencia para incoar el expediente disciplinario y nombrar al instructor y al Secretario, según el artículo 54?
¿Quién tiene la competencia para incoar el expediente disciplinario y nombrar al instructor y al Secretario, según el artículo 54?
¿Cuál es el máximo de tiempo que puede durar la suspensión provisional de un Policía local, según el artículo 56?
¿Cuál es el máximo de tiempo que puede durar la suspensión provisional de un Policía local, según el artículo 56?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuál es el trámite requerido para imponer sanciones por faltas leves?
¿Cuál es el trámite requerido para imponer sanciones por faltas leves?
¿Cuál es un factor a considerar en la imposición de sanciones según el artículo 54?
¿Cuál es un factor a considerar en la imposición de sanciones según el artículo 54?
¿Cuál es el plazo máximo de suspensión provisional para un Policía local según el artículo 56?
¿Cuál es el plazo máximo de suspensión provisional para un Policía local según el artículo 56?
¿Cuánto tiempo se computa a efectos del cumplimiento de una sanción de suspensión de funciones durante la suspensión provisional?
¿Cuánto tiempo se computa a efectos del cumplimiento de una sanción de suspensión de funciones durante la suspensión provisional?
¿Cuál es la duración máxima del traslado preventivo del Policía expedientado según el artículo 56?
¿Cuál es la duración máxima del traslado preventivo del Policía expedientado según el artículo 56?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuándo prescribe una falta grave según el artículo 58?
¿Cuándo se extingue la responsabilidad disciplinaria según el artículo 58?
¿Cuándo se extingue la responsabilidad disciplinaria según el artículo 58?