Retención de la Aeronave en Colombia
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Questions and Answers

El Plan Nacional de Contingencia es conocido únicamente por las entidades del Estado que forman parte de la CISAC.

True

Los aeropuertos públicos pueden compartir el contenido del Plan de Contingencia de Aeropuerto con cualquier entidad interesada.

False

El PCA debe ser aprobado por la UAEAC antes de ser implementado por los aeropuertos públicos.

True

La protección de pasajeros y tripulación no es responsabilidad del PCA en caso de un secuestro.

<p>False</p> Signup and view all the answers

El PCA sólo debe revisarse cuando la UAEAC lo solicite o si hay cambios en las normas aeronáuticas.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Los simulacros de seguridad son una parte importante de la capacitación del personal en áreas críticas del aeropuerto.

<p>True</p> Signup and view all the answers

El PCA describe cómo deben responder las entidades involucradas en una emergencia por interferencia ilícita.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La protección a las instalaciones del aeropuerto es opcional según el PCA.

<p>False</p> Signup and view all the answers

La UAEAC prioriza el despegue de una aeronave secuestrada para salvar vidas en cualquier circunstancia.

<p>False</p> Signup and view all the answers

La UAEAC notificará rápidamente al país de matrícula del avión y a la OACI en caso de un incidente.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La cooperación con otros países es una de las responsabilidades de la UAEAC durante una crisis relacionada con la aviación.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La información sobre un acto de interferencia ilícita no se comparte con otros Estados miembros del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

<p>False</p> Signup and view all the answers

El Plan Nacional de Contingencia es elaborado por la UAEAC en solitario, sin colaboración de otras entidades.

<p>False</p> Signup and view all the answers

La UAEAC tiene que proporcionar información a la OACI solamente después de que el caso se resuelva por completo.

<p>False</p> Signup and view all the answers

La UAEAC evaluará el peligro de continuar el vuelo antes de tomar una decisión sobre una aeronave secuestrada.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La UAEAC puede decidir mantener a la aeronave en tierra sin ninguna consideración del peligro asociado.

<p>False</p> Signup and view all the answers

El personal aeroportuario debe realizar simulacros de seguridad al menos una vez al año en aeropuertos nacionales.

<p>True</p> Signup and view all the answers

Los simulacros totales en aeropuertos internacionales deben llevarse a cabo cada cuatro años.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Solo el Director General de la UAEAC puede notificar a la OACI sobre actos de interferencia ilícita.

<p>True</p> Signup and view all the answers

Los simulacros deben incluir una variedad de escenarios y la participación de todas las partes interesadas en el aeropuerto.

<p>True</p> Signup and view all the answers

Los operadores de aeronaves pueden llevar a cabo simulacros totales de manera independiente sin la participación del aeropuerto.

<p>False</p> Signup and view all the answers

El Director General tiene un plazo de 60 días para notificar a la OACI sobre actos de interferencia ilícita.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Se recomienda realizar simulacros parciales antes de un simulacro total para medir tiempos de reacción.

<p>True</p> Signup and view all the answers

Los simulacros de seguridad son opcionales para el personal aeroportuario.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Las aerolíneas no necesitan capacitar a su personal para participar en simulacros.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Las partes involucradas deben notificar a la UAEAC inmediatamente después de conocer un acto de interferencia ilícita.

<p>True</p> Signup and view all the answers

El Punto Zulu es un lugar designado para estacionar aeronaves que han sufrido incidentes de seguridad.

<p>True</p> Signup and view all the answers

El Director General de la UAEAC es responsable de decidir cómo se informa a la OACI sobre actos de interferencia ilícita.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La notificación a la OACI sobre interferencias ilícitas debe ser realizada en un plazo de 60 días.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Las entidades responsables deben incluir procedimientos para manejar artefactos sospechosos en sus planes de seguridad.

<p>True</p> Signup and view all the answers

El Centro de Operaciones de Emergencia (COE) no es relevante para la atención de emergencias en aeropuertos.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Tras un incidente de interferencia ilícita, el Comité de seguridad del aeropuerto debe convocar una reunión extraordinaria para evaluar la situación.

<p>True</p> Signup and view all the answers

Los explotadores de aviación general deben cumplir con las exigencias de la UAEAC y el Plan Nacional de Contingencia.

<p>True</p> Signup and view all the answers

El informe de evaluación debe ser enviado a la UAEAC en un plazo máximo de diez días tras el incidente.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Los aeropuertos pueden ignorar la inclusión del Punto Zulu en sus planes de seguridad.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Los simulacros de seguridad también requieren una evaluación según lo indicado en los Apéndices del RAC.

<p>True</p> Signup and view all the answers

No es necesario que las aerolíneas mantengan un Plan de Contingencia alineado con el PCA de los aeropuertos.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Un Plan de Acción creado a partir de una evaluación no es necesario monitorear.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Las sustancias sospechosas no requieren procedimientos específicos en los planes de seguridad de las entidades.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Las partes interesadas no tienen la responsabilidad de informar rápidamente a la UAEAC sobre cualquier incidente.

<p>False</p> Signup and view all the answers

Study Notes

Retención de la Aeronave

  • Si una aeronave secuestrada aterriza en Colombia, la UAEAC hará lo posible por mantenerla en tierra, a menos que sea absolutamente necesario permitir su despegue para salvar vidas.
  • Antes de tomar cualquier decisión, se evaluará si continuar el vuelo es peligroso.

Coordinación con otros Países

  • La UAEAC contactará con el país propietario o que opera el avión y notificará a los países hacia donde podría dirigirse la aeronave.
  • Si Colombia es el país que opera o registra la aeronave, también informará a otros países involucrados.

Notificaciones

  • La UAEAC debe informar de inmediato:
    • Al país de matrícula y al país que opera el avión.
    • A los países donde haya ciudadanos muertos, heridos o secuestrados.
    • A los países con ciudadanos a bordo del avión.
    • A la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

Intercambio de Información y Notificación

  • La UAEAC debe proporcionar a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) toda la información relacionada con la seguridad de un acto de interferencia ilícita, tan pronto se haya resuelto el caso.
  • La UEAAC compartirá con otros países (miembros del Convenio sobre Aviación Civil Internacional) la información que considere útil para responder a un acto de interferencia ilícita.
  • Esta información también se envía a la OACI.

Plan Nacional de Contingencia

  • La UAEAC, junto con el Comité Técnico de la Comisión Intersectorial de Seguridad de la Aviación Civil (CISAC), crea y actualiza el Plan o Protocolo Nacional de Contingencia para responder a actos de interferencia ilícita.
  • La UAEAC, como Secretaría Técnica de la CISAC, presenta el Plan y sus actualizaciones a la Comisión para su aprobación.
  • El Plan Nacional de Contingencia es conocido solo por las entidades del Estado que forman parte de la CISAC y por las organizaciones que participan en su activación o desarrollo.
  • La UAEAC compartirá solo los aspectos del Plan que sean necesarios para que los aeropuertos públicos puedan aplicarlo en caso de interferencia ilícita.

Plan de Contingencia de Aeropuerto y de Explotador de Aeronave

  • El gerente o administrador del aeropuerto público con operaciones comerciales regulares debe crear, implementar y mantener actualizado un Plan de Contingencia de Aeropuerto (PCA), alineado con el Plan Nacional de Contingencia y las normativas correspondientes.
  • El contenido del PCA es confidencial y solo deben conocerlo quienes participen en su activación, como las autoridades encargadas de la crisis y los organismos de socorro.
  • Los aeropuertos públicos deben presentar su PCA a la UAEAC para su aprobación, asegurando que incluye las medidas necesarias para enfrentar actos de interferencia ilícita.
  • El PCA debe describir cómo responderán de manera coordinada todas las entidades involucradas, dentro y fuera del aeropuerto, en una emergencia por interferencia ilícita. Esto incluye a:
    • UAEAC y otras autoridades públicas
    • Policía Nacional de Colombia
    • Gerente del aeropuerto
    • Representantes de las aerolíneas
    • Servicios de tránsito aéreo
    • Fuerzas Militares, bomberos y servicios médicos, entre otros.
  • El PCA debe asegurar la protección de pasajeros, tripulación y la aeronave secuestrada, hasta que puedan continuar su viaje o se resuelva la situación. Además, debe proteger a las personas y las instalaciones del aeropuerto y su zona de influencia.
  • El PCA debe actualizarse cuando haya cambios en las normas aeronáuticas, en la estructura del aeropuerto, o cuando la UAEAC lo solicite. Si no hay modificaciones, debe revisarse al menos una vez al año.
  • El gerente del aeropuerto debe asegurarse de que el personal en áreas críticas, como centrales de comunicaciones o torres de control, esté capacitado para manejar amenazas. También deben garantizar la organización de simulacros de seguridad y la disponibilidad de los recursos necesarios para manejar una contingencia real.
  • Las aerolíneas deben elaborar y mantener un Plan de Contingencia alineado con el PCA de los aeropuertos donde operan, y con el Plan Nacional de Contingencia.
  • Las aerolíneas deben capacitar a su personal y asegurar la logística necesaria para participar en simulacros y atender contingencias reales dentro de sus competencias.
  • Los explotadores de aviación general deben cumplir con lo que exija la UAEAC en el Plan Nacional de Contingencia y los PCA de los aeropuertos donde operan, participando en la atención de actos de interferencia ilícita o simulacros de seguridad.

Punto de Estacionamiento Aislado de Aeronaves (Punto Zulu)

  • Los aeropuertos deben incluir en sus planes de seguridad y contingencia lo relacionado con el Punto Zulu, que es el lugar designado para estacionar aeronaves que han sufrido algún tipo de incidente de seguridad o interferencia ilícita.

Tratamiento de Artefactos o Sustancias Sospechosas

  • Las entidades responsables, según el RAC 160.105, deben incluir en sus planes de seguridad y contingencia los procedimientos para manejar cualquier artefacto o sustancia sospechosa.

Centro de Operaciones de Emergencia (COE)

  • Los aeropuertos deben incluir en su Plan de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y en su Plan de Contingencia todo lo relacionado con el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).

Ejercicios de Seguridad (Simulacros)

  • El objetivo es garantizar que el personal aeroportuario esté preparado para actuar ante sucesos de interferencia ilícita mediante la realización de simulacros de seguridad.
  • El Gerente o Administrador aeroportuario, o el Gerente del concesionario, deben asegurar la realización de los simulacros según las normas y apéndices correspondientes.
  • Aeropuertos internacionales: Simulacros de escritorio al menos una vez al año y simulacros totales cada dos años.
  • Aeropuertos nacionales: Simulacros de escritorio al menos una vez al año y simulacros totales cada tres años.
  • Los simulacros deben incluir distintos escenarios de interferencia ilícita y asegurar la participación de diferentes partes interesadas dentro del aeropuerto.
  • Antes de realizar un simulacro total, se recomienda realizar simulacros parciales o de escritorio para probar los protocolos y medir tiempos de reacción de las áreas involucradas.
  • Tanto los operadores de aeronaves como los tenedores de espacios en el aeropuerto deben participar en los simulacros de contingencia organizados por el aeropuerto. No pueden hacer simulacros totales de forma independiente.

Notificación de Actos de Interferencia Ilícita

  • Solo el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) puede notificar a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre actos de interferencia ilícita y gestionar la información con los medios de comunicación.
  • El Director General decide cómo, cuándo y qué se notificará a:
    • La OACI.
    • El Estado donde está registrada la aeronave involucrada.
    • El Estado del operador de la aeronave.
    • Estados cuyos ciudadanos hayan sido tomados como rehenes, lesionados o fallecidos.
    • Estados con ciudadanos a bordo de la aeronave.
  • La notificación debe realizarse usando el formato oficial de la OACI y, de ser posible, dentro de los 30 días después del incidente.
  • Las partes involucradas, según el RAC 160.105, deben notificar a la UAEAC tan pronto conozcan de un acto de interferencia ilícita. Deben proporcionar la información de manera rápida, segura y en el formato solicitado a la autoridad aeronáutica responsable de la seguridad de la aviación civil.

Evaluación del Acto de Interferencia Ilícita y de Ejercicios de Seguridad

  • Después de cualquier amenaza, acto de interferencia ilícita o simulacro, el Comité de seguridad del aeropuerto debe convocar una reunión extraordinaria para evaluar la situación y la efectividad de las acciones tomadas.
  • Objetivos de la evaluación:
    • Revaluar los controles y procedimientos existentes.
    • Adoptar medidas para corregir debilidades identificadas y prevenir la repetición de incidentes similares, con el apoyo de la UAEAC.
  • Se debe elaborar un informe que detalle la evaluación realizada y las medidas recomendadas para prevenir futuros incidentes. Este informe debe enviarse a la UAEAC en un plazo máximo de ocho días calendario tras el incidente.
  • Después de realizar simulacros de seguridad, también se debe hacer una evaluación según lo indicado en los Apéndices del RAC.
  • A partir de la evaluación, se crea un Plan de acción que se debe seguir y monitorear para asegurar que sea efectivo.

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Este cuestionario explora las regulaciones y protocolos de la UAEAC en caso de un secuestro de aeronaves. Se abordan aspectos como la coordinación con otros países y las notificaciones necesarias a las autoridades internacionales. Pon a prueba tus conocimientos sobre la gestión de emergencias en la aviación.

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